° El proveedor, sus representantes, o el personal dependiente de aquellos, deberán observar el más alto estándar ético exigible durante la realización de la presente licitación y en la ejecución del contrato respectivo, y en ningún caso deberán propiciar o ejecutar prácticas corruptas. En caso contrario, Gendarmería de Chile podrá declarar inadmisible la oferta, readjudicar a la segunda oferta mejor evaluada o terminar anticipadamente el contrato, según corresponda, lo que se ejecutará en forma administrativa, mediante resolución fundada. Se entienden como prácticas corruptas, entre otras, las siguientes:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de Gendarmería de Chile, que puede implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo oferente, adjudicatario o proveedor y el Servicio.
b)
c) Dar u ofrecer cualquier objeto de valor con el fin de influenciar la actuación de un Funcionario de Gendarmería de Chile.
d)
e) Tergiversar hechos, con el fin de influir en la realización o resultados de la presente licitación, o la ejecución del respectivo contrato.