La apertura de los anexos administrativos, técnicos y oferta económica solicitados en el artículo precedente, se efectuará en una etapa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34° del Decreto Supremo Nº 250 del Ministerio de Hacienda que aprueba el “Reglamento de la ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” de fecha 24 de septiembre de 2004, en el área de adquisiciones del C.C.P. de Coronel, en presencia del encargado del proceso, actuación que se llevará a cabo en dependencias de dicha área de la institución, en la fecha y hora indicadas en el cronograma de la licitación.
En primera instancia se verificará la inclusión en formato digital, de cada uno de los anexos administrativos, anexos técnicos y económicos solicitados en las presentes bases.
En caso de ser necesarios una revisión o análisis más detallado de estos documentos, ésta se efectuará posteriormente, durante el período de evaluación y selección de las ofertas recibidas.
1) ANEXOS ADMINISTRATIVOS.
2) ANEXOS TÉCNICOS.
3) OFERTA ECONÓMICA.
En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 40° del Decreto de Hacienda N° 250, la Institución otorgará un plazo fatal de 02 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice la solicitud, dentro del cual el o los respectivos oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará a través del Sistema.
La solicitud respectiva la hará el Servicio habilitando la opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran.
La oferta de aquel proponente que, en definitiva, no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la apertura de su oferta económica.
En casos excepcionales podrá admitirse la presentación de antecedentes en soporte papel, especialmente cuando hay indisponibilidad técnica del sistema de información y en los demás casos indicados en el artículo 62° del Decreto Supremo Nº 250 del Ministerio de Hacienda que aprueba el “Reglamento de la ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” de fecha 24 de septiembre de 2004.
El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el sistema de información.