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2.-
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROGRAMA
1.2 Beneficios del Programa:
Todos los cursos y sus componentes son gratuitos para los beneficiarios. No se puede cobrar por ningún concepto a los beneficiarios, ni inscripción, ni acreditación, ni credenciales. El realizar algún cobro a los beneficiarios implicará aplicación de multas y sanciones a los OTEC, por parte de la Institución Pública.
Las propuestas de cursos deberán incluir, por cada módulo, la siguiente información solicitada en la Ficha Técnica.
a) Objetivos: Generales y específicos, que sean coherentes con los contenidos requeridos en las Fichas Técnicas de cada curso. Éstos deben ser susceptibles de cuantificar y medir al término del mismo.
b) Criterios de evaluación para cada uno de los aprendizajes esperados, incluyendo indicadores para la evaluación de conocimientos, habilidades o destrezas y aptitudes. Los indicadores deben referirse a acciones observables y concretas.
c) Metodología que cumpla con los estándares definidos en la Ficha Técnica, que dé cuenta de estrategias y actividades didácticas adecuadas para el desarrollo de las diversas competencias, abordando el saber, el saber hacer y el saber ser.
d) Detalle y cuantificación de los recursos materiales que se contemplan para el módulo, teniendo como referente los indicados en la Ficha Técnica.
e) Infraestructura para la ejecución tanto de clases teóricas, como prácticas, todo coherente con el desarrollo de los módulos solicitados en la Ficha Técnica del curso.
f) Equipos y Herramientas: Siendo una cabina/o equipo de soldar para cada alumno. Y la cantidad de herramientas suficientes por alumno, descritas y cuantificadas en la propuesta.
g) Perfil del relator/es, en términos que cumpla con los estándares solicitados en la Ficha Técnica para el adecuado desarrollo del curso.
h) Registro fotográfico: De cada actividad desarrollada en los módulos. Previo consentimiento escrito de los participantes del curso.
1.3 Beneficiarios del Programa:
Para efectos de la presente licitación, los beneficiarios que participarán del programa de capacitación del curso de capacitación corresponden a población objetivo atendida por Gendarmería de Chile a través del Centro de Apoyo para la Integración Social de Concepción, dependiente de la Dirección Regional del Biobío de Gendarmería de Chile.
La naturaleza del participante, condiciones de vulnerabilidad y exclusión socio-cultural, exige un gran esfuerzo por asegurar que los servicios contratados sean, en primer lugar, de Alta pertinencia, es decir, buscar que la capacitación que se entregue posibilite realmente la inserción laboral, que el oficio o competencias desarrolladas sean requeridas por el mercado local o regional y que tenga continuidad en el tiempo. Paralelamente, interesa que los servicios prestados sean de excelencia, es decir, de calidad con acento en la eficacia de las metodologías y su consistencia; en los materiales a utilizar, en la seriedad y congruencia de los horarios; en la calidad de los relatores y las instalaciones (aire acondicionado o calefacción, por ejemplo); siempre y cuando las condiciones del lugar de ejecución del curso lo permitan.
1.4 Curso de Capacitación:
El objetivo es adquirir conocimientos y habilidades en aspectos referidos con el proceso de soldadura con electrodo revestido, máquinas y equipos para soldar, terminología eléctrica, prevención de riesgos en el proceso de soldadura, procedimientos de soldadura arco manual y tipos de uniones de soldadura arco manual.
Este curso debe incluir en su mayoría horas prácticas, alternando con clases teóricas, de modo de facilitar el aprendizaje de los alumnos y las alumnas.
El participante debe tener dominio de las 4 operaciones matemáticas básicas, comprensión lecto/escritura, disposición para integrar y participar en equipos de trabajo y disposición a seguir instrucciones.
El curso se debe encontrar basado en competencias, por lo tanto, el Organismo oferente deberá presentar su propuesta Técnica basada en los Planes Formativos disponibles en el Catálogo Nacional de SENCE.
El OTEC deberá especificar en su propuesta y diseñar el curso con un enfoque basado en competencias, esto es, precisando las competencias que actualmente son exigidas por los empleadores en el desempeño del oficio y cómo el curso contribuirá a desarrollar en los alumnos.
Los precios de los cursos presentados deberán ser adecuados a la región, zona geográfica y sector productivo en el cual se ejecutará el curso, no debiendo exceder al valor hora alumno indicado la tabla del punto 3.6 de las presentes especificaciones técnicas.
Respecto a la modalidad de instrucción de la fase lectiva esta será presencial. Sin perjuicio de lo anterior, y dependiendo de las contingencias sanitarias y/o del contexto social en el periodo en que se inicien los cursos podrá evaluarse la factibilidad de implementación bajo modalidad E-Learning, acordado previamente con la contraparte del C.A.I.S. Concepción, quien decidirá sobre el asunto.
2. DISPOSITIVOS DE APOYO AL PROGRAMA
2.1 Subsidio Diario
Los cursos destinados a la población objetivo de los C.A.I.S., contarán con subsidio diario de $2.000 pesos por concepto de movilización el cual debe ser entregado a cada alumno/a por día asistido durante la fase lectiva. La frecuencia y condiciones de entrega de este subsidio deberán ser por clase asistida por cada alumno y alumna, para ello se elaborará un acta que debe estar debidamente firmada por todos los alumnos participantes. Con todo, el subsidio diario debe ser entregado íntegramente al alumno/a y por ningún motivo debe ser fraccionado o entregado como mercancía, debiendo ser pagado en efectivo
El formato de planilla de pago de subsidio diario que debe ser utilizado para la entrega de este, será remitido por el coordinador de la Institución pública a los ejecutores previo al inicio de clases, sin enmendaduras.
2.2 Plan de Enseñanza
Debe presentar coherencia metodológica entre el objetivo general del plan, perfil de los beneficiarios, las competencias laborales definidas y la estructura del plan respecto de los componentes que conforman la capacitación y los resultados esperados de los alumnos. Se considerará la distribución de horas teórico/prácticas y su coherencia con respecto al plan presentado y acorde a lo solicitado en las fichas de los cursos.
2.3 Metodología y Evaluación
Se considerarán los métodos, técnicas y procedimientos de enseñanza-aprendizaje activo y participativo que se utilizarán en el desarrollo del curso, los recursos didácticos para el desarrollo o adquisición de las competencias propuestas, así como los instrumentos y los criterios de evaluación que se utilizarán. Las actividades de capacitación deberán ser teórico-prácticas, con el objetivo de que los participantes adquirieran las competencias requeridas para desempeñar el oficio o tarea a lo largo del curso y al finalizar este en cualquier situación laboral relacionada con dicho oficio, evitando las clases teóricas o con metodologías sólo explicativas.
2.4 Material Didáctico a utilizar
El material didáctico que será entregado de manera impresa durante la actividad, debe corresponder a los objetivos del curso y estar diseñado acorde a las características del grupo objetivo de los participantes. El material didáctico deberá ser en cantidad y calidad suficiente como para que se cumplan las indicaciones de la metodología y evaluación. El material deberá ser enviado en copia a la persona que la Institución destine como coordinador(a) del área de capacitación, a fin de supervisar y/o fiscalizar el curso y de corroborar que el material didáctico registrado en la propuesta sea efectivamente el utilizado. Si éste difiere negativamente uno del otro, y esto no se subsana en un plazo de 3 días corridos, será causal suficiente para rechazar al OTEC y reasignar a un nuevo Organismo.
2.5 Infraestructura e Instalaciones físicas para el curso
Las instalaciones físicas que propone el Organismo deben ser acorde con los requerimientos, objetivos de la actividad y de los participantes que se pretende atender, enfatizando la utilización de talleres y/o laboratorios, así como también las especificaciones técnicas de los mismos que mejor recreen el ambiente de trabajo en que el oficio debe ejercerse.
Las instalaciones deberán contar con los servicios higiénicos y sanitarios diferenciados. El edificio debe contar con salidas de emergencias debidamente señalizadas.
Deben estar ubicadas en un sector de fácil acceso a la locomoción colectiva, de preferencia en la comuna de Concepción.
La Institución podrá efectuar inspecciones oculares antes de la evaluación de la propuesta, a fin de corroborar que la infraestructura sea efectivamente la registrada y cumpla con los requisitos necesarios para atender a la población indicada. Si ésta difiere negativamente una de la otra y no se subsana en un plazo de cinco días corridos, será causal suficiente para rechazar al OTEC y reasignar a un nuevo Organismo.
2.6 Equipos, herramientas e instrumentos
El equipamiento, útiles y herramientas a utilizar durante la ejecución de la actividad deben permitir satisfacer las necesidades de aprendizaje de la capacitación, además de estar acorde al grupo objetivo de participantes y a las competencias indicadas en la ficha del curso. Se evaluará la calidad y cantidad de las mismas en relación al número de participantes por curso, así como también, su disponibilidad y especificaciones técnicas. La Institución podrá supervisar el curso, a fin de corroborar que los equipos, herramientas e instrumentos registrados en la propuesta sean efectivamente los utilizados. Si éstas difieren negativamente una de la otra y esto no se subsana en un plazo de cinco días corridos, será causal suficiente para rechazar al OTEC y reasignar a un nuevo Organismo.
2.7 Útiles, herramientas y/u otros materiales que quedan en poder del alumno
Son aquellos útiles, materiales y otros, que al final de la actividad serán entregados a los participantes de acuerdo a las exigencias establecidas por los cursos. Gendarmería de Chile podrá supervisar y fiscalizar el curso, a fin de corroborar que los útiles, herramientas y/u materiales que quedarán en poder de los alumnos registrados en la propuesta sean efectivamente los utilizados. Si éstos difieren negativamente uno de otros, y esto no se subsana en un plazo de cinco días corridos, será causal suficiente para rechazar al OTEC.
2.8 Currículo de los Relatores/ Instructores/ Formadores
La especialidad, título o formación del(la) facilitador(a) y/o instructor(a), experiencia docente y experiencia profesional, deberán estar en estrecha sintonía con el ámbito de competencias propuestas para el curso, de modo de asegurar la pertinencia del mismo. Gendarmería de Chile podrá supervisar y fiscalizar el curso, a fin de corroborar que el relator o relatora registrado(a) en la propuesta sea efectivamente la persona que imparta las clases. Si éste(a) difiere de lo comunicado a la Institución y no se subsana antes de que finalice la capacitación, será causal suficiente para rechazar al OTEC y reasignar a un nuevo Organismo.
2.9 Experiencia relevante de la OTEC (oferente)
Indicar la experiencia en capacitación y trabajo, identificando las capacitaciones realizadas a personas adultas en situación de vulnerabilidad, señalando duración y organismo al cual se capacito. Presentando los verificadores para cada caso.
2.10 Manejo de la Información
La entidad ejecutora no podrá realizar difusión de las actividades que involucren a la población atendida, referida a cualquier tipo de registro; escrito, fotográfico, audiovisual ni datos personales. Salvo los que sean solicitados por el C.A.I.S. de Concepción previo consentimiento de los y las alumnas.
2.11 Seguro de accidente
Dadas los requerimientos de seguridad que demandan los cursos, se requiere la contratación de un seguro contra accidentes de traslado y de taller.
La póliza debe ser de tipo flotante, de tal manera que permita reemplazar
alumnos/as y que frente a una eventual deserción de algún alumno/a, sea
excluido/de dicha póliza para que el cupo quede liberado y pueda ser ocupado por
otro alumno.
El seguro tiene por objeto permitir a los beneficiarios/as de los cursos estar cubiertos
de todo siniestro, sin excluir ningún tipo de accidente producido a causa o con ocasión de la actividad de capacitación, incluyendo los sucedidos en el trayecto directo entre el domicilio del participante y el lugar donde se ejecute la capacitación o el lugar de práctica laboral, el que será de carácter obligatorio e irrenunciable, y cubrirá todo el período de duración del curso de capacitación, desde el inicio y hasta el término de la misma
En caso de accidentes, el OTEC deberá adoptar todas las medidas necesarias con el objeto de que el beneficiario reciba la atención que corresponda y de manera oportuna, e informar de la situación a Gendarmería de Chile.
2.12 Valor Agregado.
Se sumará puntaje a quien le dé un valor agregado a la entrega del curso.
3.- CERTIFICACION DEL CURSO
Corresponde a cualquier tipo de licencia, certificación, credencial, autorización, permiso u otro documento formal, regulado por una entidad pública o privada y de carácter voluntario para el desempeño del oficio u ocupación, el cual tiene por objeto agregar valor y mejorar las posibilidades de empleabilidad de los participantes cuando se incorporen al mundo laboral.
La certificación al término de los cursos debe efectuarla cada OTEC adjudicada, Los costos que deriven de la emisión de los diplomas que acrediten la participación de cada uno de los beneficiarios serán de cargo de cada OTEC. Se hace presente que deberá incorporar el nombre de la capacitación, las horas de duración y la evaluación que obtuvo el beneficiario.
Realizar ceremonia de cierre de capacitación, en la cual participarán los alumnos y un familiar. Debiendo contar con un servicio de catering: café, té, jugos, pasteles, sándwich, otros. En dicha ceremonia se hará entrega de certificados a cada alumno(a). Junto a la documentación requerida por la Encargada del área administrativa del C.A.I.S. para el cierre administrativo y presupuestario del curso.
4.- CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA
N° alumnos 20 alumnos
Contenidos mínimos 1.- Soldadura Con Protección Gaseosa
2.- Equipos de Soldadura acorde a la capacitación.
3.- Voltaje y Corriente Eléctrica
4.- Preparación del Equipo de Soldadura
5.- Soldadura TIG
6.- Soldadura en distintas 4 posiciones.
7.- Clasificación de Generadores de Soldadura
8.- Seguridad Industrial Aplicada y Equipo de Protección Personal.
Horas 80 horas cronológicas.
Horario Por determinar según perfil de participantes.
Lugar Céntrico de fácil acceso, ubicado en la comuna de Concepción.
Kit de herramientas a entregar a alumnos en el desarrollo del curso Guantes
Zapatos de seguridad
Antiparras
Pechera
Kit de herramientas a entregar a alumnos aprobados: Amoladora
4.1 Propuesta técnica
Como se indicó en el punto 1.3, las propuestas técnicas del OTEC que se presenten deben ser basadas en los planes formativos disponibles en el Catálogo Nacional de Planes Formativos del SENCE, debiendo incluir y detallar por cada módulo a ejecutar, la siguiente información conforme al Plan Formativo:
i) Aprendizajes Esperados
j) Criterios de evaluación
k) Contenidos
l) Estrategias metodológicas para la implementación del módulo
m) Estrategia Evaluativa del módulo
n) Detalle y cuantificación de los recursos materiales del módulo
o) Perfil del relator/es propuestos
4.2 Duración de las actividades de capacitación:
Las actividades de capacitación adjudicadas a los OTEC junto con las rendiciones, preferentemente, deberán durar como máximo hasta el 30 de septiembre del 2023, exceptuando aquellas en que se justifique su prolongación derivada de contingencias, ya sea por situación sanitaria, contexto social, etc. En este caso, la prolongación deberá referirse estrictamente a razones fundadas y debidamente acreditadas y siempre que no implique por ningún motivo una falta de gestión por parte del OTEC, y que deberá ser siempre autorizado previamente por la Dirección Regional del Biobío de Gendarmería de Chile, mediante correo electrónico del coordinador regional. En caso contrario, cualquier retraso se considerará negligencia del OTEC lo que será sancionado de acuerdo a lo estipulado en la presentes Bases.
Con todo, los cursos de este llamado deberán estar completamente ejecutados a más tardar antes del 30 de septiembre del presente año, de no mediar autorización por parte de la Institución pública y el SENCE respectivamente.
4.3 Supervisión de cursos
En caso de incumplimiento del OTEC adjudicado en el desarrollo del curso, entendiéndose por esto la no coincidencia tanto en los aspectos metodológicos, como en los implementos presentados en las propuestas y los realmente utilizados en la ejecución del curso, la Dirección Regional del Biobío de Gendarmería de Chile tendrá la facultad de evaluar, según los hechos y antecedentes previamente recabados, si procede o no la re-adjudicación del curso a otro OTEC, o en su defecto se efectuará un nuevo proceso de licitación.
5.- EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas técnicas serán evaluadas conforme a los siguientes criterios:
CRITERIO PUNTAJE PONDERACION PREDETERMINADA PUNTAJE MAXIMO PONDERADO
Precio
0 -10
30%
3,00
Especificaciones Técnicas del Servicio 1 -10 50% 5,00
Experiencia del OTEC y Relator 1-10 10%
1,00
Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta. 5 -10 10% 1,00
Corresponderá a la Comisión Evaluadora del C.A.I.S. de Concepción, evaluar las propuestas teniendo en cuenta si éstas responden a lo solicitado en las Bases y al plan de capacitación, aplicando los criterios a evaluar de acuerdo con las siguientes ponderaciones:
A) PRECIO (30%)
Con respecto a la Propuesta Económica, el OTEC deberá especificar el costo total del curso, incluyendo los costos por subsidios, Certificaciones, Calificaciones o Licencias Habilitantes o materiales y herramientas, cuando el curso lo requiera.
En el caso de este criterio, el puntaje ponderado se determinará aplicando la siguiente fórmula, datos que se obtendrán del Formulario N°05:
Puntaje = (Precio más Ventajoso x 100) / (Precio Ofrecido) x Ponderación del Criterio
Los precios de los cursos presentados deberán ser adecuados a la actividad de capacitación propuesta, a los recursos pedagógicos utilizados, al número de horas y al rango de costos aceptable por el Programa.
B) ESPECIFICACION TECNICAS DEL SERVICIO (EVALUACIÓN TÉCNICA) (50%)
En el caso de este criterio, se calculará utilizando los siguientes factores:
FACTORES PUNTAJE PONDERACION
ESPECIFICACION TECNICAS DEL SERVICIO 0 - 100 50%
EXPERIENCIA DEL OTEC Y RELATOR 0 - 100 20%
B) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE SERVICIO (50%) PONDERACION PUNTAJE
A) Pauta de contenido y evaluación de alumnos: En este factor se deberá detallar por módulo y para cada uno de los/as participantes, tanto los contenidos y aprendizajes esperados, como los criterios de evaluación para dichos aprendizajes, incluyendo indicadores para la evaluación de conocimientos, habilidades o destrezas y actitudes. Los indicadores deben referirse a acciones observables y concretas.
10%
Incluye los contenidos y criterios de evaluación para cada módulo, detallando los aprendizajes esperados, apuntando todos a acciones observables y concretas. Incluye indicadores relacionados con conocimientos, habilidades y actitudes.
100
20
Incluye contenidos y criterios de evaluación para algunos módulos, detallando los aprendizajes esperados.
O bien, cumpliendo con presentar criterios de evaluación para cada módulo, no todos apuntan a acciones observables y concretas. Incluye indicadores relacionados con conocimientos, habilidades y actitudes.
70
14
No presenta contenidos ni tampoco criterios de evaluación para cada módulo, aunque establece criterios de evaluación generales de los aprendizajes esperados y no todos apuntan a acciones observables y concretas; no incluye indicadores relacionados con conocimientos, habilidades y actitudes.
40 6
No se indican contenidos como tampoco criterios de evaluación o éstos no tienen relación con los aprendizajes esperados
0 0
B) Metodología: En este factor se deberá indicar la metodología para cada módulo formativo, señalando estrategias pedagógicas y actividades didácticas por cada aprendizaje esperado. La metodología debe apuntar a integrar a través de la acción, los conocimientos, habilidades y actitudes que conforman las diferentes competencias a desarrollar
5%
La metodología incluye las estrategias y actividades didácticas para cada aprendizaje esperado, integrando a través de la acción, los conocimientos, habilidades y actitudes que conforman las diferentes competencias a desarrollar.
100
20
La metodología no incluye las estrategias y actividades didácticas para la totalidad de los aprendizajes esperados. O bien, incluyendo todas las estrategias, éstas no siempre integran a través de la acción, los conocimientos, habilidades y actitudes que conforman las diferentes competencias a desarrollar.
70
14
La metodología incluye sólo algunas estrategias didácticas y éstas, no siempre integran a través de la acción, los conocimientos, habilidades y actitudes para el desarrollo de las competencias.
40 6
No señala la metodología, o ésta no es consistente con los aprendizajes esperados
0
0
c)Factor - Infraestructura: En este factor se deberá detallar, describir y acreditar todos los lugares donde se ejecutará la capacitación, incluyendo salas de clases u otros recintos análogos atingentes a la capacitación; así mismos, deberán especificarse los espacios destinados a actividades prácticas o para el desarrollo de talleres, lo cuales deberán ser coherentes con los objetivos de aprendizaje definidos. Para acreditar la infraestructura, el organismo deberá presentar títulos de dominio, contratos de arriendo, usufructo o cesión de toda la infraestructura requerida para desarrollar las actividades en aula y los talleres. Esta información deberá ser acreditada en www.mercadopublico.cl
20%
La infraestructura está claramente detallada y descrita, contando con todos los medios de acreditación requeridos y que respaldan la presencia de características idóneas para desarrollar las actividades lectivas. Los espacios destinados a actividades prácticas o talleres cumplen con todos los requerimientos de la capacitación y cuentan con la capacidad y acondicionamiento suficiente para el número de participantes.
100
20
La infraestructura está detallada y descrita, contando con los medios de acreditación que respaldan la presencia de características idóneas para desarrollar las actividades lectivas. Los espacios destinados a actividades prácticas o talleres sólo cumplen parcialmente con los requerimientos propios de la capacitación y cuentan con la capacidad y acondicionamiento suficiente para el número de participantes.
70
14
La infraestructura está poco detallada y/o no se presentan todos los medios de acreditación que respaldan la presencia de características idóneas para desarrollar las actividades. Los espacios destinados a actividades de aula y actividades prácticas no cumplen con la totalidad de los requerimientos propios de la capacitación, o bien, no cuentan con la capacidad y acondicionamiento suficiente para el número de participantes.
40 6
No señala infraestructura o ésta es totalmente inadecuada para desarrollar la actividad
0
0
d) Factor – Ubicación: En este factor se deberá indicar, en kilómetros, la ubicación del lugar donde se realizará el curso de capacitación. Tomando como punto de referencia la plaza de armas de la ciudad de Concepción. Indicando la movilización pública a la cual se tiene acceso.
20%
La distancia, en kilómetros, de la ubicación del lugar donde se realizará el curso de capacitación, está claramente detallada y descrita. Tomando como punto de referencia la plaza de armas de la ciudad de Concepción, Indicando la movilización publica a la cual se tiene acceso y es la más cercana.
100
20
La distancia, en kilómetros, de la ubicación del lugar donde se realizará el curso de capacitación, está parcialmente detallada y descrita. Tomando como punto de referencia la plaza de armas de la ciudad de Concepción. Indicando la movilización pública a la cual se tiene acceso.
70
14
La distancia, en kilómetros, de la ubicación del lugar donde se realizará el curso de capacitación, no está detallada y descrita. Tomando como punto de referencia la plaza de armas de la ciudad de Concepción. Indicando la movilización pública a la cual se tiene acceso.
40 6
E) Equipos y Herramientas: En este factor se deberán indicar, describir y cuantificar los equipos y herramientas necesarios para las actividades a desarrollar en el curso, los cuales deberán ser de buena calidad, proporcionales al número de participantes y totalmente coherentes con los módulos de aprendizaje. .
20%
Se indican, describen y cuantifican todos los equipos y herramientas necesarios para las actividades a desarrollar en el curso, siendo totalmente coherentes con los módulos de aprendizaje y en cantidad suficiente, considerando el número de participantes.
100
20
Se indican, describen y cuantifican la mayoría de los equipos y herramientas necesarios para las actividades a desarrollar en el curso, los cuales resultan parcialmente coherentes con los módulos de aprendizaje. O bien, son insuficientes en cantidad, considerando el número de participantes.
70
14
Se incluye una descripción general de los equipos y herramientas necesarios para el desarrollo del curso, sin lograr establecerse si son totalmente coherentes con los módulos de aprendizaje. Tampoco es posible establecer si son suficientes en cantidad considerando el número de participantes.
40 8
No indica, ni describe ni cuantifica los equipos y herramientas requeridos, no logrando establecerse si su cantidad es suficiente. O bien, no corresponde a lo solicitado.
0
0
F) Materiales e Insumos: En este factor se deberán definir y cuantificar los materiales e insumos necesarios para las actividades a desarrollar en el curso, según el número de participantes y los módulos de aprendizaje.
20%
Se definen y cuantifican todos los materiales e insumos requeridos y éstos son coherentes con la cantidad de participantes y los módulos de aprendizaje.
100
20
Se definen y cuantifican todos los materiales e insumos requeridos, pero las cantidades indicadas o el tipo de insumos no son totalmente coherentes con el número de participantes ni con los módulos de aprendizaje.
70
14
Se definen parcialmente los materiales e insumos requeridos, por lo que no es posible establecer si son suficientes para la cantidad de participantes.
40 8
No se indican los materiales e insumos requeridos o éstos no corresponden al curso.
0
0
G) Valor Agregado: Se deberá indicar claramente el bien, servicio, u otro que de valor agregado a la entrega del curso.
5%
Se definen el/los bien(es), servicio, u otro que de valor agregado a la entrega del curso y éstos son coherentes con la cantidad de participantes y los módulos de aprendizaje.
100
20
Se definen el/los bien(es), servicio, u otro que de valor agregado a la entrega del curso, pero estos no son coherentes con la cantidad de participantes y los módulos de aprendizaje.
70
14
Se definen parcialmente el/los bien(es), servicio, u otro que de valor agregado a la entrega del curso, pero estos no son coherentes con la cantidad de participantes y los módulos de aprendizaje.
40 8
No se indican el/los bien(es), servicio, u otro que de valor agregado a la entrega del curso, pero estos no son coherentes con la cantidad de participantes y los módulos de aprendizaje.
0
0
En el caso de este Factor, se determinará el puntaje de cada oferta, aplicando la siguiente evaluación:
C) EXPERIENCIA DEL OTEC Y RELATOR (20%) PONDERACION PUNTAJE
a) Experiencia del OTEC: En este factor se deberá cuantificar la experiencia del organismo, los currículums de los/as relatores/as, instructores/as o formadores/as de acuerdo a su Título o Formación, experiencia docente y profesional en el ámbito de competencias propuestas para el curso.
60%
Experiencia OTEC con población infractora de ley superior a 4 años
100 60
Experiencia OTEC con población infractora de ley de 4 años o menos
70 42
Sin Experiencia OTEC con población infractora de ley
0
0
b) Formación del relator(a): 25%
Título profesional, técnico o de formación, directamente pertinente a los requerimientos del curso.
100 25
Título profesional, técnico o de formación, sin relación con los requerimientos del curso.
70 17
Sin título profesional, técnico o de formación.
0 0
c) Experiencia del relator(a):
15%
Experiencia como relator(a) en temática pertinente al curso, de 4 o más años, con población en situación de vulnerabilidad
100 15
Experiencia como relator(a) en temática pertinente al curso, de menos de 4 años, con población en situación de vulnerabilidad
70 10
Experiencia como relator(a) en temática pertinente al curso, de 4 o más años; sin experiencia población en situación de vulnerabilidad
40 6
Experiencia como relator(a) en temática pertinente al curso, de menos de 2 años; sin experiencia población en situación de vulnerabilidad
20 3
Sin experiencia como relator(a) en temática pertinente al curso; o bien, sin experiencia población en situación de vulnerabilidad
0 0
Posteriormente se determinará el puntaje ponderado del criterio con la siguiente formula:
Puntaje Ponderado = Puntaje obtenido x Ponderación Predeterminada
5.1 Causales de Inadmisibilidad de la propuesta
Las siguientes situaciones serán causal suficiente para excluir una o más propuestas técnicas del proceso de licitatorio:
• Valores de la propuesta económica excedan el presupuesto disponible para la fase lectiva por cada curso.
• No indicar dentro de la propuesta los subsidios asignados a cada curso, y no especificar el valor total por cada subsidio.
• Cantidad de alumnos/as del curso difiera de lo solicitado en el plan de capacitación.
• Documentación entregada esté incompleta o no se ajuste a la solicitada en las Bases y/o plan del respectivo llamado.
• La infraestructura y/o equipamiento propuestos no se ajusten al requerimiento territorial indicado.
• Perfil de los relatores no se ajuste a las características del curso.
6.- EJECUCIÓN DE CURSOS Y MODIFICACIONES
6.1 Plazo de inicio del curso
El Ejecutor deberá dar inicio al curso en la fecha que no puede ser superior a 30 días corridos a partir de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato de prestación de servicios, salvo previa autorización de la Institución Pública; para ello el Ejecutor deberá solicitarlo formalmente señalando razones fundadas. En este último caso, la Institución Pública podrá autorizar una nueva fecha de inicio, la que no podrá exceder de 30 días corridos contados desde el cumplimiento de la fecha original.
En el caso de que el ejecutor no cumpla con los plazos de inicio de los 30 días corridos o en la fecha autorizada con su prórroga, la Institución Pública podrá aplicarle multas en los términos dispuestos en el presente instructivo.
Previo al inicio de cada curso adjudicado el OTEC deberá presentar al encargado regional de la Institución Púbica la siguiente información:
• Póliza de seguro de accidentes personales para todos los beneficiarios del curso.
• Programación cronológica de los cursos adjudicados (considerando fecha, horarios y dirección de ejecución de acuerdo a la propuesta presentada y necesidades de los participantes).
• Planilla con los datos de los relatores para ser cargados en el SIC Administrativo.
Siempre que las condiciones sanitarias y del contexto social puedan alterar la adecuada ejecución y continuidad de los cursos, la Institución Pública tendrá la posibilidad de modificar plazos de ejecución, en caso que existiera retraso en el inicio de los cursos o suspensión de los mismos. Esto implicará coordinar su reprogramación a través de un nuevo cronograma que permita asegurar su correcta ejecución en favor de los beneficiarios.
6.2 Reemplazo de Participantes Inscritos o Incorporación de Nuevos
Inscritos.
A partir del segundo día de clases y en caso de que existan cupos vacantes o deserciones y hasta transcurrido el 25% de las horas de la Fase Lectiva, el Ejecutor podrá realizar reemplazos o incorporación de nuevos participantes.
En caso que el curso haya iniciado con menos participantes que el cupo máximo, el Ejecutor deberá registrar en el sistema a los participantes nuevos desde la fecha en que se incorporan al curso, esto es el primer día efectivo de su asistencia, y en caso de reemplazo de participantes, por deserciones ocurridas (antes del 25% de las horas de Fase Lectiva) en el curso, deberá seleccionar en el sistema al participante a reemplazar y registrar al nuevo participante a partir de la fecha en que se incorpora al curso, indicando además las fechas de abandono del participante reemplazado y la fecha de incorporación del reemplazante.
El plazo para informar del ingreso del reemplazo o incorporación de nuevos participantes será hasta dos días hábiles contados desde el ingreso real del participante al curso.
Una vez iniciado el curso se podrán reemplazar los/as relatores/as en los siguientes casos:
• Enfermedad o accidente que impidan al relator cumplir con la ejecución del curso
• Fallecimiento del relator
• Cambio de domicilio a otra región, situación que le impida relatar el curso
• Cambio de lugar de trabajo, situación que le impida relatar el curso
• Otra causal calificada y autorizada por el contratante
La autorización de cambios de relator y el procedimiento de evaluación será de responsabilidad de la Institución Pública.
A los alumnos/as que ingresan como reemplazantes hasta un 25% de iniciada la fase lectiva o dejen de asistir por causas justificadas y vuelvan a retomar el curso, el OTEC deberá nivelarlos a su propio costo para cumplir con el 75% de asistencia necesario para aprobar la fase lectiva del curso.
Registro de Asistencia Diaria
La asistencia de los alumnos/as (ingreso/salida) deberá registrarse diariamente a través del sistema de registro diario de asistencia manual del libro de clases. Este registro reflejará los siguientes estados para los/as alumnos/as:
• Presente: Alumno/a que registra asistencia dentro de los 20 minutos desde el inicio de la clase.
• Ausente: alumno/a que no registra asistencia, o que ingresa después de los 20 minutos de iniciada la clase.
Registro de asistencia para casos Justificados
Para efectos de este programa, se autoriza registrar como presente a los/as alumnos/as que, en casos justificados, solo asistan al 50% de las horas de la jornada, ya sea por ingreso después del tiempo de cortesía (20 minutos después la hora de inicio de la jornada) o por retiro anticipado.
Los casos justificados serán:
Médicos. Todo trámite que corresponda a atención médica del alumno/a. Este tipo de justificación se debe acreditar con el comprobante de atención, en el que debe estar debidamente identificada la fecha, hora de atención y la individualización del alumno.
Trámites. Se entenderá por tal, todo trámite que el alumno deba realizar sin postergación. Por ejemplo: gestión ante el banco, registro civil, municipalidad, cobro de pensión, firmas mensuales, citaciones a tribunales, detención policial, etc. La acreditación de este tipo de casos deberá realizarse mediante comprobante de la institución donde se indique la fecha y hora de la atención.
También se entenderán por trámites, aquellas diligencias derivadas del fallecimiento de algún familiar directo (padre, madre, cónyuge/pareja o hijos).
Escolares. Corresponderá a toda citación del establecimiento educacional de los hijos de los alumnos/as, sean estas reuniones, citación del profesor o eventos escolares, como actos, licenciaturas u otros. Este tipo de casos deberá acreditar con la comunicación o invitación del respectivo establecimiento educacional.
En estos casos también se incluye a los alumnos que presenten problemas de horario con la guardería, colegio o jardín infantil de sus hijos, los cuales deberán justificarse con una comunicación de las mismas donde se indique que efectivamente el beneficiario es quien retira al menor y el horario en que se realiza, la que será válida para toda la duración del año escolar o el curso.
Asistencia a Audiencias. En el caso de la población atendida por Gendarmería de Chile, corresponderá a atrasos o inasistencias por motivos de asistencia a audiencias o cumplimiento de objetivos del “Plan de intervención individual”, entre otros.
Todas estas causales deberán ser debidamente acreditadas al término del curso e informadas oportunamente a la Institución Pública, para que el/la alumno/a se considere presente y se pague tanto la capacitación como el reembolso de subsidios, según corresponda.
6.4 Deserciones y ausencias justificadas para cursos presenciales,
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6.4.1 Deserciones Justificadas:
Se considerarán como causas de deserción justificadas las que impidan al participante asistir a clases por un período superior al porcentaje necesario para aprobar la Fase Lectiva y que se mencionan a continuación:
a) Enfermedades o accidentes: ambos casos acreditados a través de una licencia médica y/o certificado médico.
b) Post natal por nacimiento de un hijo, en caso de hombres y mujeres.
c) Cambio de domicilio: a otra Región o comuna que le impida asistir al curso. (Solo cursos presenciales)
d) Privación libertad.
e) Fallecimiento del participante.
f) Siniestro: Incendios, inundaciones u otros que impidan al participante asistir a clases, acreditado con certificado de bomberos o informe social de la respectiva Municipalidad
g) Obtención de un trabajo cuyo horario impida al participante asistir a clases, comprobable a través de contrato de trabajo o liquidación de sueldo. (solo cursos presenciales)
h) Otra causal de deserción determinada por instrucciones generales u otra normativa del Director Nacional de GENCHI.
En caso que un participante deserte por maternidad, por una licencia médica con una duración que le impida asistir al mínimo de horas para aprobar o por cualquiera de los motivos mencionados como deserciones justificadas y decida reincorporarse al curso, de común acuerdo con el OTEC, dejará de considerarse como desertor justificado y los pagos serán realizados de acuerdo con la asistencia que corresponda.
6.4.2 Ausencias Justificadas:
Serán consideradas sólo para cursos en ejecución presencial de módulos o curso remoto, durante la Fase Lectiva. Se considerarán como ausencias justificadas aquellas que en total tengan una duración menor al porcentaje máximo de ausencias permitidas para la aprobación y que correspondan a las siguientes causas:
a) Licencia o certificado médicos del participante o por enfermedad de un hijo hasta los 12 años inclusive. Lo anterior deberá ser acreditado mediante Licencia médica, o Certificado Médico emitido por las Postas de Salud, los Servicios de Salud de Atención Primaria o la Entidad Competente.
Los anteriores documentos podrán estar emitidos tanto a nombre del participante o de sus hijos menores de 12 años. Al igual que en el caso de deserción justificada por este motivo, cuando se trate de la madre, se deberá presentar la licencia o certificado médico y el certificado de nacimiento del hijo; en el caso que se trate del padre, deberá además presentarse una declaración jurada simple del participante, especificando que el menor se encuentra a cargo suyo.
b) Fallecimiento de un familiar directo por afinidad en línea ascendente o descendente (padre, madre o hijo) o del cónyuge, en estos casos se deberá presentar un certificado de nacimiento del participante o del hijo según corresponda donde conste el nombre de los padres o el certificado de matrimonio.
c) Siniestro. Incendios, inundaciones u otros que impidan al participante asistir a clases y aprobar la Fase Lectiva los cuales se acreditan con informe social de profesional del área de instituciones públicas o privadas exceptuando al Ejecutor (ejemplo: informe social del Departamento de Emergencia de la Municipalidad).
d) Privación de Libertad. Aquellos participantes que hayan sido detenidos por la autoridad policial y, cuyo tiempo de detención no impida aprobar el curso, en cuyo caso el Ejecutor deberá presentar un certificado emitido por el Tribunal correspondiente o el Acta de Audiencia respectiva donde conste la privación de libertad.
e) Otra causal de ausencia determinada por instrucciones generales u otra normativa del Director Nacional de GENCHI.
El Ejecutor deberá presentar a la Institución Pública todos los documentos que justifican las ausencias y deserciones antes detalladas, junto al formulario de término de la Fase Lectiva.
7 OBLIGACIONES DEL OTEC
Durante el desarrollo del curso el OTEC deberá informar diariamente al supervisor del C.A.I.S. de Concepción la asistencia de los alumnos, ello con la finalidad de reforzar la permanencia y adherencia de los alumnos, o en su defecto, poder gestionar los reemplazos de los alumnos que deserten en los plazos establecidos para tales fines.
Al finalizar cada curso, el OTEC deberá entregar obligatoriamente al coordinador del C.A.I.S de Concepción,
• Copia autorizada del libro de clases, el cual debe indicar las materias impartidas y las horas correspondientes, (Manual o Electrónico). Además de la asistencia de los beneficiarios
• Informe de notas finales de cada alumno.
• Certificado y/o calificación del curso de soldadura.
• El OTEC deberá adoptar las medidas necesarias y pertinentes que faciliten la labor de supervisión y fiscalización.
• El OTEC deberá elaborar y entregar los Diplomas y Actas de formación y Asistencia de los alumnos en una Ceremonia de Certificación, además, deberá entregar una copia de los mismos al C.A.I.S. de Concepción para anexar dicha copia a la respectiva carpeta individual del usuario/a.
8.- SITUACIONES QUE PUEDEN PRESENTARSE EN EL MARCO DE UNA SUPERVISIÓN Y/O FISCALIZACIÓN:
8.1. Incumplimientos advertidos
Si producto de una visita a un curso, un supervisor o fiscalizador detectare la existencia de faltas o situaciones que impliquen una contravención al presente instructivo, propuestas, contrato u otro documento que forme parte integrante de las primeras, y que no impliquen fraudes u otras conductas dolosas, o bien, otras situaciones imposibles de ser reparadas, deberá seguir el siguiente procedimiento:
a) Levantar un acta de irregularidad, estableciendo en la misma un plazo prudencial al infractor para que subsane dicha situación. El plazo no podrá exceder de 3 días hábiles.
b) Entregar copia del acta de irregularidad al infractor en el momento de la visita.
c) Entregar copia del acta de irregularidad a la institución pública en el plazo máximo de un (1) día hábil desde la realización de la visita de supervisión o fiscalización para que se haga cargo del control de la infracción.
8.2. Incumplimientos Advertidos por la Institución Pública.
Si producto de una visita a un curso, un supervisor de la institución pública detectare la existencia de faltas o situaciones que impliquen una contravención al presente instructivo, bases, propuestas, contrato u otro documento que forme parte integrante de las primeras, y que no impliquen fraudes u otras conductas dolosas, o bien, otras situaciones imposibles de ser reparadas, deberá seguir los siguientes procedimientos:
a) Levantar un acta de irregularidad, estableciendo en la misma un plazo prudencial al infractor para que subsane dicha situación. El plazo no podrá exceder de 3 días hábiles.
b) Entregar copia del acta de irregularidad al infractor en el momento de la visita.
c) Enviar copia del acta de irregularidad al Encargado del Programa de Gendarmería de Chile, en el plazo máximo de un (1) día hábil desde la realización de la visita de supervisión o fiscalización.
8.2.1. Procedimiento de Subsanación de Irregularidades.
Tanto para el caso de detección de incumplimientos advertidos se deberá seguir el siguiente procedimiento de subsanación:
a) A más tardar al día siguiente del vencimiento del plazo otorgado al Ejecutor para subsanar las irregularidades, la institución pública deberá verificar que el infractor haya solucionado la situación revisando las pruebas respectivas.
b) En el caso que la situación haya sido subsanada, la institución pública deberá enviar informe de la situación al Encargado del Sistema Postpenitenciario en la Dirección Regional.
c) En el caso que la situación no haya sido subsanada por el infractor o haya sido subsanada parcialmente, se procederá a la formulación de cargos.
8.2.2 Procedimiento de Cargos:
La institución pública deberá formular y notificar los cargos al Organismo Ejecutor por la infracción cometida, a través de carta certificada. Esto deberá hacerlo en el plazo máximo de dos días hábiles desde la verificación del incumplimiento de la obligación de subsanar por parte del ejecutor.
El Organismo ejecutor dispondrá de 3 días hábiles, a contar de la notificación mencionada en el numeral anterior, para formular sus descargos, acompañando los medios de verificación, que fueren procedentes.
Con el mérito de los descargos y medios de verificación acompañados, si los hubiere, o transcurrido el plazo sin que éstos se hubiesen presentado, la institución pública resolverá sobre el particular, pronunciándose fundada y razonadamente sobre los descargos presentados, si existieren y, analizando los medios de verificación, si los hubiere, pudiendo aplicar multas, en el caso de no haberse desvirtuado los cargos formulados.
La notificación del documento a través del cual la institución pública aplica multa al Organismo Ejecutor se realizará por medio de carta certificada, dirigida al domicilio del representante legal o mandatario que consta en el respectivo contrato. El plazo máximo para la notificación de la sanción será de 3 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo de presentación de descargos del Organismo Técnico. En caso de no haberse presentado descargos, el plazo para notificar el documento que aplique la multa, será de 2 días hábiles contados del vencimiento del plazo que tenía el Ejecutor para presentar sus descargos.
8.2.3 Procedimiento de información.
La institución pública deberá realizar un Informe del proceso de fiscalización y aplicación de multa, adjuntando todos los documentos de respaldo que den cuenta del cumplimiento del procedimiento antes descrito. Además, deberá registrar los antecedentes de la multa aplicada.
En el caso que la inconsistencia o irregularidad se mantenga en el tiempo, a pesar de la aplicación de la sanción al organismo, la institución pública podrá aplicar sanciones nuevamente siguiendo el procedimiento antes detallado.
Las sanciones al organismo Ejecutor serán aplicadas por la institución pública, de conformidad a indicaciones punto 8.3.1.
8.3. Infracciones.
La comisión evaluadora aplicará las sanciones derivadas de las irregularidades que se detecten en el marco de las labores de supervisión y fiscalización de los cursos que realice.
Asimismo, los cursos de capacitación podrán también ser fiscalizados por la Unidad de Fiscalización de Unidad Técnica de la Dirección Regional respectiva.
Se fiscalizará el cumplimiento de las diversas fases de capacitación con el objeto de que se realice acorde con lo estipulado en este instructivo.
Las siguientes infracciones deberán estar incluidas en todo el proceso de Licitación por parte de la institución. De esta manera, los Ejecutores deberán adoptar las medidas conducentes a permitir el libre acceso de los fiscalizadores y supervisores del Servicio a los cursos y la aplicación de los instrumentos de supervisión y fiscalización sin restricciones, prestando la colaboración que se requiera en este sentido.
Sin perjuicio de lo señalado, las infracciones que a continuación se señalarán, aplicarán según corresponda a la modalidad del curso, es decir, presencial o e-learning.
8.3.1. Infracciones graves: 30 UTM
a) Ejecutar la capacitación con equipos, herramientas, materiales e insumos de una calidad, estado o cantidad distinta a la exigida en el Plan Formativo o a lo ofertado en la propuesta, y consignado en el Acuerdo Operativo, cuando tales elementos sean esenciales en el proceso de aprendizaje o cuando, dado su estado, cantidad o calidad, puedan hacer peligrar la vida o la salud de los participantes.
b) Ejecutar la capacitación sin que los participantes cuenten y utilicen los implementos de seguridad según lo establecido en la propuesta o plan formativo, en el momento que lo requiera el curso, de acuerdo con las fechas de entrega establecidas en el Acuerdo Operativo o el documento que lo reemplace.
c) Iniciar o ejecutar el curso sin estar aprobado el acuerdo operativo.
d) Impedir u obstaculizar la acción de fiscalización del SENCE.
e) Manipular, alterar, extraviar, destruir o negarse a exhibir el libro de clases del curso, así como de cualquier otra documentación justificadora de la ejecución de la fase lectiva y los demás componentes y fases que contempla el programa.
f) Cobrar o percibir por parte de los participantes del curso, pagos, aportes o cualquier otra retribución para la ejecución de este.
g) Suspender o no entregar en tiempo y forma, los componentes, o los apoyos, subsidios o materiales considerados en cada fase.
h) Discriminar arbitrariamente a los participantes y a los postulantes. Se entenderá especialmente como discriminación arbitraria aquella que se efectúe en razón del sexo, edad, raza, condición social, religión, ideología o afiliación sindical de los participantes o postulantes.
i) No impartir los contenidos y objetivos de los módulos que conforman la propuesta técnica o el Plan Formativo seleccionado o adjudicado.
j) No contar con oficina de atención de público o de contacto, de acuerdo con los términos establecidos en las bases.
8.3.2 Infracciones menos graves: 15 UTM
a) No iniciar el curso, no obstante, contar el ejecutor con el mínimo de participantes establecidos en las bases.
b) Modificar sin autorización los contenidos y objetivos de los módulos que conforman la propuesta técnica seleccionada o adjudicada al ejecutor.
c) No contar con el correspondiente libro de clases en el momento en que se efectúe la fiscalización.
d) Entregar por cualquier medio, información respecto de las características del curso que no se ajuste a las condiciones convenidas, o bien, no informar a los participantes de los beneficios que el programa contempla.
e) Ejecutar la capacitación en una infraestructura o lugar de ejecución diferente al exigido en el Plan Formativo o autorizado en el Acuerdo Operativo.
f) Iniciar el curso con un número de participantes inferior al mínimo que establece la normativa del programa, a menos que medie autorización de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile.
g) No registrar diariamente la asistencia de los participantes.
h) Presentar fuera de plazo, formularios de ejecución, solicitudes de pago, documentación complementaria y/o los anexos de acuerdo operativo, según considere el programa.
8.3.3. Infracciones leves: 3 UTM
a) No disponer de los equipos, herramientas o implementos, en la cantidad y calidad necesaria, de acuerdo con el número de participantes indicados en el Acuerdo Operativo o sus anexos, en tanto no incidan directamente en el proceso de aprendizaje.
b) Ejecutar las actividades de capacitación de los cursos en un horario diferente al informado.
c) Realizar enmendaduras de menor rango en el libro de clases. Se entenderá que son de menor rango aquellas que no impliquen una pérdida de confiabilidad del libro.
d) No respetar la norma gráfica diseñada para el programa u otra falta a los lineamientos comunicacionales establecidos.
e) Cualquier otra infracción a las obligaciones establecidas en las bases, instructivos, manuales o resoluciones, que no esté expresamente señalada en alguna de las conductas calificadas como graves o menos graves de este catálogo.
8.4. Otras Infracciones.
Todas aquellas otras conductas de los ejecutores, que infrinjan lo dispuesto en los contratos pertinentes, en el respectivo contrato, sus modificaciones y anexos, como asimismo en cualquier otra instrucción que dicte la Institución Pública para la correcta ejecución del programa, que no se encuentren descritas expresamente y que no ameriten la cancelación del organismo, serán calificadas por el Director Regional de Gendarmería de conformidad a la gravedad de las mismas, pudiendo al efecto aplicar multas que van de las 3 a 30 UTM.
Lo anterior, sin perjuicio de poner en conocimiento del Ministerio Público todas aquellas conductas o actos que podrán revestir el carácter de delitos.
Lo anterior, no obsta para que la unidad de fiscalización regional verifique en terreno si la conducta irregular fue subsanada por el organismo ejecutor.
8.5. Aplicación de Multas.
Las multas serán aplicadas por el Director Regional respectivo de la Institución Pública, mediante resolución fundada, la que podrá ser reclamada por los ejecutores, a través de los recursos que dispone la Ley N°19.880, sin perjuicio de los demás recursos judiciales que procedan.
Las multas deberán ser pagadas, a través del depósito o transferencia electrónica en la cuenta corriente de Gendarmería de Chile que se señale en el acto administrativo correspondiente, al quinto día de notificada la resolución que las aplique, en caso contrario, podrán ser descontadas de la próxima facturación o ser cobradas en la garantía entregada para caucionar el fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato , devolviendo la diferencia que se produzca a favor del ejecutor afectado, en cuyo caso deberá el organismo reemplazar la garantía de fiel cumplimiento otorgada, dentro del plazo de 10 días hábiles anteriores a la devolución de la diferencia, de lo contrario la institución pública podrá poner término anticipado al contrato, lo cual será notificado mediante carta certificada..
De igual forma podrá descontarse la multa impaga de los pagos a que tenga derecho a recibir el ejecutor, en el marco del contrato que la entidad ejecutora haya suscrito con la Institución Pública para la implementación del presente programa.
8.6. Suspensión de Pago de Cursos.
De igual modo, la institución pública estará facultada para suspender el pago de los cursos en el caso que se detecte que el ejecutor pudo incurrir en graves irregularidades a la normativa del programa y demás instrucciones dictadas para la ejecución de éste. Esta suspensión será de carácter temporal y preventiva, mientras se determina la responsabilidad definitiva del organismo.
9 ENFOQUE DE GÉNERO
Los contenidos de los cursos en oficio, deberán plantearse con claridad, sin lenguaje sexista ni discriminaciones de ningún tipo y contemplar leguaje inclusivo.
Los materiales educativos, didácticos y documentos técnicos de apoyo deberán contener lenguaje inclusivo, poniendo atención en no utilizar estereotipos de género, no transmitir prejuicios sobre lo que los hombres y mujeres deben hacer en los ejemplos a utilizar, teniendo la precaución que sean acordes a intereses generales, evitando las referencias a aquellos ámbitos que son tradicionalmente más masculinos.
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