9.
Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas
9.1
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El
oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus
trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución
Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º y 16º,
en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se
compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar
dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y
Empresas de Naciones Unidas.
2. El
oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo,
naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos
que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El
oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la
libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El
oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación,
que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas
las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El
oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de
legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente
proceso licitatorio.
6. El
oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes
y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El
oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables a la misma.
8. El
oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio
es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con
la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas
que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores
y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen
directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
9.2 Participantes
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o
jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando
individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento
de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas
antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por
los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos
años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas
BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea
el caso:
Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el
Portal:
Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1 y 4, firmadas
por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo
proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en
el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas
en el Portal: No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante acuerdo que debe contener
las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del D.S. de Hda
N°661/2024 encontrarse vigente a la fecha de presentación de las ofertas y
cumplir con el resto de los requisitos legales y reglamentarios.
9.3 Forma de cotización
Los oferentes deberán presentar sus ofertas, considerando los
requerimientos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá
aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los
criterios de evaluación y las presentes bases, y los motivos de esta decisión
quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir
al portal www.mercadopublico.cl, en las fechas que se identifican en el numeral
3 “Etapas y plazos” de las presentes bases de licitación. Para el caso que los
archivos se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados, la oferta será
declarada inadmisible, lo que constará en el acta de evaluación correspondiente
junto con su debido respaldo. Asimismo, las ofertas y sus antecedentes no
podrán ser confeccionados en forma manuscrita y deberán presentarse en idioma
español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto,
denominación y/o aplicación se utilicen en idioma inglés u otro.
Para presentar la
oferta en el portal www.mercadopublico.cl y para asegurar la visibilidad de la
oferta, los participantes deberán ingresar los documentos solicitados en estas
bases, de acuerdo a los siguientes software: Documentos en formato PDF,
documentos de texto compatibles con Microsoft Word o formato imagen JPEG.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los
antecedentes y las siguientes condiciones:
a) Las
ofertas (Anexos Nºs 1 al 5) deben emanar de quien o quienes tengan facultades
para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como
también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
b) Los
oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal,
dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo
contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado
en el artículo 115, numeral 2, del D.S. de Hda N° 661/2024.
c) En el
caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del
Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente
ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº
2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se
ha solicitado.
d) Los
oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el
numeral 9.7.2 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que
afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 181, inciso 2º, del
D.S. de Hda N° 661/2024).
e) Los
archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Sistema de
Información, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las
ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios
anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el
proceso.
f) Las
ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las
presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos
los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de
los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad Provincia
de San Felipe, Región de Valparaíso, en ningún caso, responsable de estos.
g) En la
etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Provincia de San
Felipe, Región de Valparaíso recibirá todas las ofertas ingresadas al Sistema
de Información, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, quienes
deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las
presentes BA, BT y Anexos.
9.4 Plazo de validez de la oferta
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de
ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad
Provincia de San Felipe, Región de
Valparaíso deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación.
Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán
revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección
de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso.
9.5 Precios y Monedas
Los precios presentados por los oferentes en el Sistema de Información,
se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA, no reajustable, incluyendo el
valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea
requerido para la entrega de los productos/servicio en las condiciones presentadas
por las presentes bases de licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los
oferentes, no contempla ningún tipo de
reajuste.
9.6 Contraparte Técnica
Actuará como contraparte técnica de esta contratación, el Jefe de Conservación Subrogante Provincia
de San Felipe quien deberá realizar la correspondiente recepción conforme
del producto, a través de un Acta de Recepción disponible, según formato establecido por ChileCompra.
Asimismo, y habiéndose cumplidos con todas las exigencias establecidas en estas
bases de licitación, visará la documentación de pago quien tenga las
atribuciones según corresponda.
9.7 Evaluación de antecedentes y aceptación de la
propuesta
Las ofertas serán
evaluadas por al menos un funcionario público de la Dirección de Vialidad del
Ministerio de Obras Públicas.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la
Ley N°19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos
de licitación, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare
expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y
se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las
respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso
de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
9.7.1 Procedimiento de Evaluación
a) Los
revisores recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Sistema
de Información, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes BA
y BT o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo
grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del D.S. de Hda N° 661/2024.
b) Los
revisores propondrá declarar
inadmisibles:
- Las ofertas que no cumplan con la presentación
de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numerales 4.1.2 y 4.1.3, así como
también los documentos contemplados en los numerales 4.1.1 y 5.1, por tratarse
de documentos esenciales, salvo lo indicado en el punto 9.8 de estas bases de
licitación y en el caso de las UTP, además de lo señalado, debe incluir los
documentos públicos o privados mediante los cuales se da cuenta de la unión.
- Las ofertas que contengan archivos que se
encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados.
- Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en
forma manuscrita.
- Las ofertas presentadas por participantes que no
asistieron a alguna de las visitas a terreno obligatorias establecidas en el
número 4.7 de las presentes BA.
- Las ofertas riesgosas o temerarias, según lo establecido
en el artículo 61 del D.S. de Hda N° 661/2024.
c) Los
revisores de ofertas propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo
señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos:
Cuando no se presenten ofertas, o
Cuando las ofertas que se presenten no resulten
convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación
de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en
el artículo 57 del D.S. de Hda N° 661/2024.
d) Los
revisores de ofertas efectuarán la evaluación técnica y económica de las
ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes
BA.
e) Los
revisores de ofertas rechazarán las ofertas que NO cumplan con los requisitos
mínimos establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a
lo señalado en el artículo 54 del D.S. de Hda N° 661/2024.
f) Los
revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en el numeral 3.8 de las
presentes BA, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en
el Sistema de Información, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo
establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del
Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
9.7.2 Factores de
Evaluación
Para la proposición de adjudicación de
la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de
conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se
precisan a continuación:
a. Evaluación
Precio: 60%
b. Evaluación Técnica:
40%
El puntaje final resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor
descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente y en el caso de
existir decimales en el resultado, estos serán aproximado hasta el número
entero superior.
a. EVALUACIÓN
PRECIO:
La evaluación del
precio tendrá una ponderación de 60%.
El puntaje se
asignará de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Precio mínimo
ofertado/Precio de la oferta) X 100
En el caso de que existan diferencias entre el
valor precio de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante
de Oferta que el oferente ingrese en el Sistema de Información, prevalecerán
los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo,
incluir IVA si no se ha solicitado.
b. EVALUACIÓN
TÉCNICA:
La Evaluación Técnica
tendrá una ponderación de 40%, la que considera los siguientes subfactores y
puntajes máximos:
|
subfactores
|
Puntaje máximo
|
|
1. Plazo de entrega
|
20 puntos
|
|
2. Respuesta ante fallas
|
10 puntos
|
|
3. Cumplimiento de los requisitos formales
|
05 puntos
|
|
4. Programa de Integridad
|
05 puntos
|
Los puntajes de
cada uno de los subfactores serán evaluados de la siguiente forma:
|
SUBFACTORES A EVALUAR
|
CRITERIO/DEFINICIÓN
|
PUNTAJE
|
|
1.
Plazo de Entrega
|
Tiempo de entrega del material entre 1 a 5
días hábiles
Tiempo de entrega del material entre 6 a 10
días hábiles
Tiempo de entrega del material con más de
10 días hábiles
Sin información
|
20
10
5
No se evalúa.
|
|
|
|
|
2. Respuesta ante
fallas
|
Hasta 3 días hábiles.
Hasta 5 días hábiles.
Más de 5 días hábiles.
|
10
5
0
|
|
3. Cumplimiento de
los Requisitos Formales
|
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de
ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su
oferta.
|
5
|
|
Cumple con entregar documentación solicitada, según los
plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro
inverso.
|
0
|
|
4. Programas de
integridad
|
El oferente acredita la existencia de un programa de
integridad que sea conocido por su personal.
|
5
|
|
El oferente NO acredita la existencia de un programa de
integridad que sea conocido por su personal.
|
0
|
Para evaluar Subfactor
de Programas de Integridad, el oferente deberá acompañar la Declaración Jurada
Simple (ANEXO N° 5), que indique que tiene programas de integridad y ética
empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su
personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17
del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Se entenderá por
programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo
prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de
leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una
organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de que
una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la
totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.
Nota: En caso de no tener programas de
integridad y ética empresarial, deberá presentarlos al momento de contratar con
la Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso y, en
caso de no presentarlo, se deberá desestimar la oferta y readjudicar en los
términos del numeral 9.15 de las bases administrativas.
En caso de que el
oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del
foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en
las bases, NO se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
En caso de que el oferente no entregue o entregue incompleto el Anexo Nº
3 (Oferta Técnica), no podrá ser evaluado y su oferta será declarada
inadmisible.
En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta
Económica), no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
9.8 Contacto en etapa de evaluación de ofertas
Durante
el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas
presentadas por los oferentes, los revisores de ofertas podrán solicitar a
través del Foro disponible en el Sistema de Información por escrito a éstos,
aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u
omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 56 del D.S.
de Hda N° 661/2024.
Las
aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por
el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 1
día hábil, contado desde efectuado el requerimiento.
Asimismo,
se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y
el periodo de evaluación, siempre que no se vulnere el principio de igualdad de
los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno
de los oferentes.
Desde
la fecha de publicación en el Sistema de Información hasta la adjudicación, los
revisores de ofertas solo podrán mantener contacto con los oferentes de la
licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que
esta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en
las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a
esta licitación ni recibir donativos.
9.9 Derecho a desestimar las ofertas
La
Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso se reserva
el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas
superen el Presupuesto Disponible de
la adquisición, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta
decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente. En
tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la
Dirección de Vialidad Región de Valparaíso.
En
caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad
competente de la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso dictará una
resolución fundada, la que será publicada en el Sistema de Información.
9.10 Derecho
a variación de cantidades
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a
disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un 30%
del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, en
la adjudicación. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con
decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente.
Tal variación no podrá significar una alteración
del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad, el plazo de entrega
de las cantidades adicionales deberá ser señalado por el proponente, mediante
carta respuesta a la solicitud de precisión que podrá realizar la Dirección de
Vialidad durante el estudio de las ofertas; el plazo de entrega de esta
parcialidad podrá ser distinto al de la oferta original y no afectará la evaluación
correspondiente.
9.11 Resolución de empates
En
caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se
adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el
primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si
aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así
sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
|
LUGAR
|
NOMBRE FACTOR
|
|
1°
|
Precio
|
|
2°
|
Plazo de
entrega
|
|
3°
|
Respuesta
ante fallas
|
|
4°
|
Cumplimiento
de los Requisitos Formales
|
|
5º
|
Programas de
Integridad
|
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que
ingresó primero en el portal electrónico www.mercadopublico.cl.
9.12 Adjudicación de la licitación
La
adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de
la Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso.
Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que
sirven de fundamento a las bases, las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas
presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La
adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el
interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no
ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en
el Acta de Evaluación de Ofertas, en lo que corresponda.
El
plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del
Servicio, indicando las razones que justifican dicha necesidad, el que será
publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la
licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El
oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de
Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de
suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se
trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá
acreditar la inscripción precitada.
Es
importante señalar que, NO se contratará la oferta de aquel oferente que se
encuentre inhabilitado para contratar con las entidades que conforman la
administración del estado.
9.12.1 Situaciones en que la adjudicación
queda sin efecto
En las siguientes
situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a) En
caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato
b) En
caso de que el proveedor no acepte o rechace la orden de compra.
c) En
caso de incumplimiento del pacto de integridad.
d) Si el
oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores
de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en el
plazo establecido en las presentes BA.
e) Si el
oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en
forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente
señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al
integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y
desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior,
la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta
comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura
pública, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación
de la adjudicación.
f) Si
el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar,
establecidos en el numeral 5 de estas BA.
g) Por
la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato,
de acuerdo con las presentes bases.
h) En
caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8
de las presentes Bases, en caso de que hayan sido requeridas
i) Por
la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o
conducente a error
j) En
general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al
oferente durante el presente proceso licitatorio.
La Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso
podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados
desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo
totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo
más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el
numeral 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de las presentes BA.
9.13 Mecanismo para solución de consultas respecto a
la adjudicación
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del
Sistema de Información, para hacer consultas sobre la adjudicación, por medio
del referido Sistema de Información.
Las consultas referidas a la adjudicación se podrán realizar al correo
electrónico que se indicará en la resolución de adjudicación correspondiente.
Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso
deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días
hábiles siguientes desde la fecha de recepción de las consultas.
9.14 Notificación
y aceptación de orden de compra
La
Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso publicará
el resultado de la licitación en el Sistema de Información, una vez tramitada
la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 9 del D.S. de Hda
N°661/2024, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las
24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Provincia de San
Felipe, Región de Valparaíso publique en el Sistema de Información, la
resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el
adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través
del Sistema de Información, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su
fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Provincia de San
Felipe, Región de Valparaíso podrá cancelar dicha orden de compra.
La
orden de compra respectiva será enviada una vez adjudicada la presente licitación
en la plataforma de www.mercadopublico.cl.
9.15 Readjudicación de la licitación
La Dirección de Vialidad Provincia de San
Felipe, Región de Valparaíso podrá, en
caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue
la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo
establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las
presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar
de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al
oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y
así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efectos la primera
adjudicación y se procederá a readjudicar.
9.16 Cesión del contrato
La
empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.17 Gestión del contrato
Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, verificará la habilidad
del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante la vigencia del contrato se declarase la inhabilidad
sobreviniente del proveedor, se estará a lo dispuesto en el artículo 159 del
D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad Región de Valparaíso
evaluará, antes de tramitar el estado de pago correspondiente, a través del
Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el
oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
Oportunidad de entrega
Calidad
Cumplimiento especificaciones técnicas
Desempeño en general
9.18 Vigencia del contrato
La vigencia del contrato corresponderá al plazo
ofertado y adjudicado, y comenzará a regir a contar del día hábil siguiente al
envío de la orden de compra, como señal de formalización de la contratación. En
el caso de que exista ampliación en el plazo de entrega, también se ampliará el
de la vigencia del contrato, bajo las mismas condiciones.
9.19 Plazo de entrega
Los oferentes deberán indicar en el Anexo Nº 3 “Oferta Técnica”, el
plazo de entrega del material ofertado. Estos plazos deben ser expresados en días hábiles, contados desde la
aceptación de la orden de compra.
Si
con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no
pudiese cumplir con el plazo aceptado por causa de caso fortuito o fuerza mayor
debidamente calificado por la Dirección, podrá solicitar una ampliación. Esta
ampliación, deberá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento del plazo de
entrega original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. No
obstante, lo anterior, dicha solicitud no obliga de modo alguno a la Dirección,
siendo esta soberana para conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo
solicitado.
En caso de que la contraparte técnica verifique fallas en los productos
dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega y requiera su cambio, el
proveedor tendrá 5 días hábiles para su reposición.
9.20 Acreditación de
cumplimientos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social
El oferente deberá presentar junto con
la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Provincia de San
Felipe, Región de Valparaíso, una declaración firmada por el Representante
Legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Posteriormente, el oferente que
resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un “Certificado de
Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” vigente emitido por la Dirección
del Trabajo (F30), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados.
La Dirección de Vialidad Provincia de
San Felipe, Región de Valparaíso podrá requerir al adjudicatario, en cualquier
momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento
de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario
registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, el pago producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de
dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas.
9.21 Normas laborales
El adjudicatario, en su calidad de
empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de
las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de
previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo
y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus
respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será
responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del
pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios,
gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma
de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o
integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
9.22 Condiciones de Pago
El pago al proveedor, se efectuará dentro de los 30 días corridos
siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario
de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, la
contraparte técnica certifique la recepción conforme de los bienes y/o
servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso.
Las facturas
electrónicas al momento de su emisión:
Deben indicar en las “Referencias” el código UDP
616.
Deben indicar en las “Referencias” el nombre
de la Unidad de Pago, que en este caso es:
REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_ SAN_FELIPE
Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
Se establece que la Dirección de Vialidad
Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso tendrá un plazo máximo de 8 días
corridos para efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios,
contados desde la fecha de recepción del documento tributario.
En caso de no concretarse la recepción
conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido
con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Morandé 71, Primer Piso
Comuna: Santiago
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia
electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de generar su
factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del
Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de
pago, deberá ingresar una solicitud de Autorización de Pagos a Través de Bancos
en la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente
enlace: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante ClaveÚnica y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural:
Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que
se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de
Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Contar con Certificado de Vigencia de Poder
del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Ambos certificados hayan sido emitidos
recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas.
Crear una solicitud
Completar el formulario web indicando:
Rut de la empresa
Región (en la que desea agregar o revocar la
cuenta)
Correo electrónico
Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta)
Cuenta
Tipo de Cuenta
Banco
Además, en caso de ser Persona Jurídica:
Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad
del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso
de la solicitud)
Cargar Certificado de Vigencia de Poder del
Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la
solicitud)
Ambos certificados pueden ser obtenidos en el
sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago / Trámites en Línea
/Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/)
Aprobación/Rechazo de la solicitud
Una vez verificados los datos proporcionados
en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o Rechazada.
La notificación del resultado de la solicitud
será entregada a través del correo electrónico proporcionado en formulario web.
En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a
partir del tercer día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la
plataforma.
La autorización comenzará a contar del tercer
día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en la Dirección de
Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de
poder revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación
a la fecha requerida de revocación. También será causal de expiración el cierre
de la cuenta individualizada. La información que se detalla en esta autorización
es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de
Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en
los datos entregados. Las personas jurídicas deberán acreditar su
representación mediante los instrumentos requeridos.
9.23 Multas, sanciones y procedimientos para su
aplicación
La contraparte
técnica debe notificar por oficio, carta o correo electrónico al adjudicatario
y luego, informará mediante oficio o correo electrónico al Área de Adquisiciones, las sanciones que se
aplicarán, a fin de recibir los descargos correspondientes, para las medidas
pertinentes, si existen multas relacionadas con el incumplimiento contractual,
de acuerdo con lo indicado en el Anexo Nº 3.
El incumplimiento
o infracción por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones
establecidas tanto en las Bases de Licitación, será causal de las multas que se
indican a continuación:
|
MONTO MULTA (% SOBRE EL MONTO ADJUDICADO)
|
TIPO DE INFRACCIÓN
|
CRITERIO DE APLICACIÓN
|
TOPE
|
|
1% sobre el monto adjudicado
|
En caso de cualquier incumplimiento de las obligaciones emanadas de
las presentes bases, sus especificaciones técnicas, anexos o demás
antecedentes que forman parte integral de esta licitación
|
Cada vez que ocurra
|
5 veces
|
|
1% sobre el monto adjudicado
|
Por atraso en la reposición del producto
|
Cada día hábil de atraso
|
5 días hábiles
|
|
1% sobre el monto adjudicado
|
Por atraso en la entrega de los productos
solicitados
|
Cada día hábil de ausencia
|
3 días hábiles
|
En caso de que dicha multa supere el tope considerado para cada
criterio, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento
grave.
Sin perjuicio del cobro de la garantía, la Dirección de Vialidad
Provincia de San Felipe, Región de
Valparaíso podrá interponer las acciones civiles que correspondan, para ser
indemnizado de los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento
del proveedor.
No procederá el
cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o
fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una
causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado
como tal por la Dirección de Vialidad Región de Valparaíso, en base al estudio
de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le
impide cumplir.
9.23.1 Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de
incumplimientos
En el caso que corresponda la aplicación de una
multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La contraparte técnica comunicará mediante
carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en
una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la
causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la
configuran.
Dicha contraparte técnica conocerá y analizará los descargos del
proveedor, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el
plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la
contraparte técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento,
derivará los antecedentes al Director de Vialidad Región de Valparaíso,
solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del
incumplimiento, el cálculo y monto de la multa.
b) El
Director de Vialidad Región de Valparaíso analizará los antecedentes, y si es
procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la
causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos
presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal
Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito a la empresa
contratista, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se
encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al
Área de Adquisiciones.
c) En
contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el contratista
podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la
autoridad señalada en el numeral anterior (Director de Vialidad), y
subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras
Públicas.
d) Los
recursos señalados en la letra c) anterior, deberán ser fundados e interponerse,
por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días
hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la
aplicación de multa.
e) Las
autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la
letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos,
contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La
multa respectiva, será descontada del pago correspondiente.
Se podrán interponer
las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Dirección de
Vialidad Región de Valparaíso sea indemnizada por los daños y perjuicios que
hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado.
9.24 Modificación y término del contrato
En virtud artículo 129 del D.S. N°661 de 2024 del
Ministerio de Hacienda, el contrato podrá modificarse durante su vigencia
cuando se dé algunas de los siguientes supuestos:
1. Cuando
así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
2. Las
modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse
cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación
de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Dirección de
Vialidad Región de Valparaíso, (ii) Que el cambio de proveedor generara
inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para Dirección
de Vialidad Región de Valparaíso, (iii) Que se límite introducir las
variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que
la haga necesaria, y (iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe,
Región de Valparaíso estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del
contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá
realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el
contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés
público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad
pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones
podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones
realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto
originalmente convenido entre el Proveedor y la Dirección de Vialidad Provincia
de San Felipe, Región de Valparaíso, siempre que este último cuente con
disponibilidad presupuestaria para ello.
Por otro lado, y en conformidad al artículo 130 del
D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá terminarse
anticipadamente por las siguientes causales:
1. La
muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la
personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La
resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se
encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El
incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
4. El
estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato.
5. La
imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados,
cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del
reglamento de la ley de compras públicas. En tal caso, la Dirección de Vialidad
Provincia de San Felipe, Región de Valparaíso sólo pagará el precio por los
bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según
corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la
imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al
proveedor, procederá que se apliquen en su contra las multas y otras las
medidas establecidas en las bases, según el artículo 135 del reglamento de la
ley de compras públicas.
6. Por
exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las
demás establecidas en la ley, en las Bases de la licitación o en el contrato.
9.24.1 Procedimiento
previo a la declaración de término anticipado por mutuo acuerdo del contrato:
Las
partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito con
una anticipación no inferior a 10 días.
Si
la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del
contrato al MOP, la Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de
Valparaíso podrá hacer efectiva la garantía correspondiente en el caso de
comprobarse incumplimiento del contrato.
Si es el MOP- Dirección de Vialidad Provincia de San Felipe, Región de
Valparaíso, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo
establecido, la empresa adjudicada no tendrá derecho a ningún tipo de
indemnización.
9.25 Confidencialidad y seguridad de la información
a. El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre
los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los
que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con
ocasión de éste, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad
a su finalización.
b. El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe
cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la
Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran
publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c. Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de
información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el
proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen
en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no
autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando
dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d. El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las
acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en
el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de
la información señalada.
e. En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí
establecida, tanto por el contratista como por sus trabajadores o por
cualquiera de las personas con las cuales este se relacione para la prestación
del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al contrato, sin
perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
9.26 Solución de controversias
Los reclamos que se susciten durante la ejecución
del servicio serán presentados a la contraparte técnica, quien lo enviará, si
fuese necesario a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que
se someta a consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de
las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y a la
Sra. Ministra de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los
Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o
veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio
—de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10
días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá
solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto
debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia
acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por
la Ley N° 19.880.
9.27 Jurisdicción y domicilio
Para todos los efectos, los oferentes fijan
domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso y se someterán a la ley chilena y
a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de las
facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
9.28 Interpretación e información
Las BA, BT, contrato y Anexos, se interpretarán en
forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida
correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se
interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución
de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable
según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la
interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo
establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los
oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los
documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la
responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la
elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo
tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas,
errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de
la información disponible o que se obtenga.
9.29 Días inhábiles
Los plazos de días corridos que se establezcan en
las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá
prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
9.30 Estándares de probidad
El adjudicatario deberá observar, durante toda la
época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético
exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el
personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos
exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el
título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado.
9.31 Marca o equivalentes
Cualquier referencia a marcas y modelos respecto
de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de
ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa
de compras públicas.