9.1 Normativa
Sin perjuicio de las facultades que corresponden al Director Regional de Vialidad, al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República, cada uno en sus respectivos ámbitos de competencia, la presente licitación se regirá por la ley Nº 19.886, su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda y por los siguientes documentos:
a) Las Bases Administrativas y sus documentos anexos;
b) Las Especificaciones Técnicas y sus documentos anexos;
c) Procedimiento para Evaluación de Ofertas y Calificación de Proveedores;
d) Las aclaraciones a las bases efectuadas por propia iniciativa del Servicio; y
e) Las respuestas del Servicio a las consultas efectuadas por los interesados.
Si hubiera discrepancia entre las Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas, prevalecerá lo dispuesto en las Bases Administrativas.
9.2. Coordinación
Para los efectos de este proceso, efectuará la coordinación en materias administrativas, la Srta. Karina Torres Mondaca de la Dirección de Vialidad Los Andes y, en materias técnicas, la Sra. Claudia Lizama Villarroel, Jefa de Conservación de la Dirección de Vialidad Los Andes, los funcionarios que los subroguen, suplan o reemplacen en el cargo, todo de conformidad con las normas que rigen a la Dirección de Vialidad.
9.3 Contacto en etapa de evaluación de ofertas
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión de Evaluación podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 40 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 1 día hábil, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
9.4 Resolución de Empates
En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
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LUGAR
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NOMBRE DEL FACTOR
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1°
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Precio
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2°
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Condiciones laborales de los trabajadores
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3°
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Cumplimiento de los Requisitos Formales
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4°
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Convenios Colectivos Vigentes
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En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
9.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, la Comisión tendrá en cuenta los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación (Cumplimiento de los Requisitos Formales).
9.6 Pacto de integridad
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.7 Participantes
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
Proveedores no inscritos en ChileProveedores:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal:
Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
Proveedores inscritos en ChileProveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal:
No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y encontrarse vigentes a la fecha de presentación de las ofertas.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
9.8 Forma de cotización
Los proponentes deberán presentar sus ofertas considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
De conformidad al artículo 18 de la Ley Nº 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”.
Las ofertas se recibirán en soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos, de acuerdo con lo que se indica en el punto 4.2 de las presentes BA. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 de las presentes BA.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS Nºs 1 AL 4) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el punto 3.3 de estas BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 62, numeral 2, del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso que los precios indicados en el Anexo Nº 2, sean diferentes a los ingresados en la Ficha de la Adquisición del Portal, prevalecerán los indicados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el punto 6 de las presentes BA, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta (Artículo 67, inciso 5º, Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Circulares Aclaratorias (si las hubiere). Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos, asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases Administrativas, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
9.9 Plazo de validez de la oferta
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
9.10 Precios y monedas
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega de los productos en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
9.11 Apertura de la Licitación
La Fecha de apertura electrónica de la licitación será señalada en el Portal Mercado Público.
Debido a la condición electrónica de la apertura en el Portal Mercado Público, cada oferente deberá ingresar en el sitio, en conjunto con sus ofertas, todos los antecedentes solicitados en las presentes bases, en las Especificaciones Técnicas y Anexos, en formato de archivo o documento escaneado. Se rechazará cualquier documento con clave aquella que hubiere modificado sustancialmente el formato, no pudiendo la empresa proponente que así presente su oferta, continuar participando en las siguientes etapas del proceso de licitación.
9.12 Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta
La Evaluación de las Ofertas, será efectuada por una Comisión designada para tal efecto, mediante acto administrativo, que estará integrada por los siguientes funcionarios de la Dirección de Vialidad:
Jefa de Conservación y Administración Directa de la Provincia de Los Andes, Sra. Claudia Lizama Villarroel.
Jefe de Conservación y Administración Directa de la Provincia de San Felipe, Sr. Christofer Páez Salinas.
Administrador de Combustible de la Provincia de Los Andes, Sr. Maiker Herrera Iglesias.
O por quienes les subroguen, suplan o reemplacen en dichos cargos. Dichos funcionarios ejecutarán su función de conformidad al Procedimiento de ponderación presente en las Bases Administrativas y en estas Especificaciones Técnicas.
9.12.1 Procedimiento de Evaluación
a. La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
b. La Comisión efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.12.3 de las presentes BA.
c. La Comisión rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 37, inciso 1º del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
d. La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
- Las ofertas que no cumplan con la presentación de la presentación de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numeral 4 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en los puntos 9.3 y 9.5 (Derecho a solicitar Aclaraciones y Antecedentes) de estas bases de licitación.
e. La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886:
- Cuando no se presenten ofertas o
- Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 40 bis del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
La Comisión tendrá el plazo señalado en el numeral 3.8 de estas BA, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación de la licitación, de conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
9.12.2 Factores de Evaluación
Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:
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CRITERIOS
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PORCENTAJE
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A.
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OFERTA ECONÓMICA
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50%
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B.
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OFERTA TÉCNICA
- Condiciones laborales de los trabajadores
- Cumplimiento Requisitos Formales
- Convenios colectivos vigentes
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50%
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El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente.
La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
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PUNTAJE FINAL
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=
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PUNTAJE EVALUACIÓN ECONÓMICA*
50%
|
+
|
PUNTAJE EVALUACIÓN TÉCNICA*
50%
|
- Oferta Económica:
La evaluación económica tendrá una ponderación de 50%.
Fórmula de cálculo:
La oferta más económica obtendrá 100 puntos y las ofertas restantes se evaluarán según la siguiente fórmula:
(Precio Mínimo Total Ofertado/Precio Total de la Oferta a Evaluar) *100
- Oferta Técnica:
La evaluación técnica tendrá una ponderación de 50%.
Fórmula de cálculo
El puntaje de la Evaluación Técnica se obtendrá de la suma de los puntajes que se obtenga en cada uno de los subfactores:
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SUBFACTORES
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PUNTAJE MÁXIMO
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1.
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Condiciones laborales de los trabajadores
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40%
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2.
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Cumplimiento de los Requisitos Formales
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5%
|
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3.
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Convenios colectivos vigentes
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5%
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Para determinar el puntaje de cada uno de los subfactores, se procederá de la siguiente forma:
1. CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES
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SUBFACTORES A EVALUAR
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CRITERIO/DEFINICIÓN
|
PUNTAJE
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1. CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES
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TIPO DE GRATIFICACIÓN
Gratificación a todo evento, conforme lo dispuesto en el art. 50 del Código del Trabajo
Gratificación conforme arts. 46 a 49 del Código del Trabajo
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10%
5%
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REMUNERACIONES
Oferentes que paguen a sus trabajadores por sobre un 25%.
Oferentes que paguen a sus trabajadores entre un 10% y un 24,99%.
Oferentes que paguen a sus trabajadores entre un 5% y un 9,99%.
Oferentes que paguen a sus trabajadores entre un 0% y un 4,99%
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10%
5%
3%
0%
|
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TIPO DE CONTRATO
Contratos de trabajo con Plazo Indefinido.
Contratos de trabajo con Plazo Fijo o por Faena.
No se aceptará la contratación de trabajadores a Honorarios.
|
10%
5%
|
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AGUINALDOS E INCENTIVOS
Entre $60.000.- y una cifra superior en cada uno de los eventos.
Entre $30.000.- y $59.999.- en cada uno de los eventos.
Entre $20.000.- y 29.999.- en cada uno de los eventos.
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10%
5%
3%
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|
|
Nota: Aguinaldos e Incentivos: La asignación de las notas por este concepto deberá complementarse con el monto de las asignaciones que se otorgue a los trabajadores, a través de un análisis comparativo de las distintas ofertas, de manera que no solo se pondere con nota máxima el otorgamiento de un mayor número de asignaciones, sino los montos que en cada caso se entreguen. Así por ejemplo, aunque un oferente otorgue solo una de estas asignaciones, si su monto es superior a lo entregado por otro a través de tres distintas asignaciones, se calificará con la nota máxima a quien otorgue un beneficio mayor a favor de sus trabajadores. Solo se considerarán asignaciones o bonos que se paguen a todo evento a los trabajadores de la empresa y que no estén sujetos al cumplimiento de determinados requisitos para percibirlos.
Los Aguinaldos e Incentivos son:
- Fiestas Patrias
- Navidad
- Bono Escolar
Las condiciones antes referidas, consideradas y evaluadas al momento de ponderación y revisión de las ofertas, deberán ser mantenidas a lo largo de toda la vigencia del contrato, pudiendo solo ser mejoradas durante la vigencia del iter contractual. Consecuentemente con lo señalado, cada uno de los criterios informados por la empresa proveedora, serán verificados tras la adjudicación del servicio y durante el plazo de vigencia del contrato, considerándose incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cambio en la condición jurídica de los trabajadores bajo la que se ofertó.
2. CUMPLIMIENTOS DE LOS REQUISITOS FORMALES
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SUBFACTORES A EVALUAR
|
CRITERIO/DEFINICIÓN
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PUNTAJE
|
|
2. CUMPLIMIENTOS DE LOS REQUISITOS FORMALES
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Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta.
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5%
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Cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro inverso.
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0%
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3. CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES 5%
En este Sub Factor se evaluará si el oferente mantiene vigentes convenios colectivos con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o si les hace aplicables convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, instrumento colectivo del trabajo que deberá estar suscrito de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
Para la evaluación de este Sub Factor, el oferente deberá proporcionar dicha información en el Anexo Nº3 y deberá acompañar a su oferta copia simple de tales convenios.
La vigencia de los convenios vendrá determinada, según el documento suscrito.
Solo serán considerados aquellos convenios colectivos vigentes que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del Código del Trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo dentro de los cinco días siguientes a sus suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación disponible para tales efectos, donde conste su registro en dicha entidad.
El puntaje se asignará de acuerdo al siguiente cuadro:
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SUBFACTORES A EVALUAR
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CRITERIO/DEFINICIÓN
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PUNTAJE
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3. EXISTENCIA DE CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES
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El oferente acredita contar con uno o más convenios colectivos vigentes
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5%
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El oferente no acredita tener convenio colectivo vigente
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0%
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NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
NOTA 2: En caso de que el oferente no entregue, o entregue incompleto algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 3: En caso de que el oferente no entregue o entregue incompleto el Anexo Nº 3 (Oferta Técnica) no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 4: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica), no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
NOTA 5: En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo N° 2 y el precio ofertado en el comprobante de ingreso de oferta que el oferente ingresa en el portal de Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo N° 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
9.13 Desestimación de las ofertas
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o algunas de ellas, si existiere incumplimiento de bases o de las especificaciones técnicas. Los oferentes renuncian al ejercicio de acciones de carácter civil en contra del Servicio o del Fisco de Chile, por el ejercicio de la atribución contemplada en el inciso anterior por parte de la Administración.
9.14 Adjudicación
La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de aquella resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases, las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación, en lo que corresponda.
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del Servicio, indicando las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado ―Fechas‖ de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: ChileProveedores, antes de suscribir el contrato señalado en el punto 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.14.1 Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a. En caso de que el proveedor se desista de aceptar la orden de compra.
b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
d. En caso de que el proveedor adjudicado no efectuase la entrega de la garantía de fiel cumplimiento en los términos exigidos en las presentes BA (cuando corresponda).
e. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl
f. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
g. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes Bases Administrativas.
La Dirección de Vialidad podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente, teniendo presente lo señalado en el punto 9.16 de las presentes Bases Administrativas.
9.15 Notificación de la Adjudicación
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la resolución de adjudicación. De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en el portal Mercado Público, la resolución objeto de la notificación.
9.16 Readjudicación de la Licitación
La Dirección de Vialidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando corresponda), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
9.17 Cesión del contrato
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.18 Gestión del contrato
9.18.1 Firma del contrato
De acuerdo con cláusula 3.7 de las presentes BA.
9.18.2 Habilidad de Proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro ChileProveedores de la Dirección ChileCompra, debiendo encontrarse en calidad de Hábil. Si durante el periodo del contrato, el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal de término anticipado del Contrato.
9.18.3 Evaluación de Proveedores
La Dirección de Vialidad, evaluará, antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado.
Los factores a medir son:
Oportunidad de entrega
Calidad
Cumplimiento de las especificaciones técnicas
Desempeño en general.
9.19 Preparación y Suscripción del Contrato
El Servicio hará llegar al adjudicatario por correo electrónico, el borrador del contrato.
El adjudicatario deberá entregar el contrato firmado y timbrado en soporte papel, dentro del plazo de 7 días hábiles desde que se le haga llegar éste, junto con la garantía de fiel cumplimiento.
En forma previa a la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su inscripción en el Registro Oficial de Proveedores del Estado.
En caso que el adjudicatario no cumpliera con las obligaciones anteriores, y/o no suscribiese el contrato dentro del plazo indicado, el Servicio declarará sin efecto la adjudicación y procederá a celebrar el contrato con el oferente que le siga en calificación, utilizando el mismo procedimiento.
9.19.1 Vigencia del Contrato
El plazo de vigencia del contrato por la prestación de los servicios licitados será de dieciocho (18) meses a contar del 01 de marzo del 2024 y se extenderá hasta el 31 de agosto del 2025 (ambos días inclusive).
En consecuencia el plazo de vigencia del contrato se dividirá en dos periodos, atendida a la disponibilidad presupuestaria de los años 2024 y 2025. El primer periodo se extenderá desde el 01 de marzo hasta el 31 de diciembre del año 2024; el segundo, corresponderá al periodo entre el 01 de enero hasta el 31 de agosto del año 2025, el que quedará por tanto supeditado a la disponibilidad que se considere para tales efectos en el presupuesto del servicio del año 2025.
Sin perjuicio de lo señalado, la duración del contrato podría terminar antes del plazo fijado, en caso de agotarse los recursos presupuestarios dispuestos para la atención de los servicios contratados. Además, de lo señalado anteriormente, la Dirección de Vialidad Provincias de Los Andes, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, previa notificación por escrito y con 30 días de anticipación.
9.19.2 Prórroga del Contrato
En caso de que el nuevo proceso de compras no esté perfeccionado al término del presente contrato y debido a la imperiosa necesidad de contar con el servicio de vigilancia, se podrá prorrogar con el común acuerdo de las partes, hasta que esté en condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga, en ningún caso podrá ser superior a cuatro meses y las condiciones de dicha ampliación serán en general las del contrato prorrogado.
9.20 Acreditación de cumplimientos Obligaciones Laborales y Previsionales
El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad, una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde declare no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas.
9.21 Forma de Pago
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la Dirección de Vialidad, se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la Contraparte Técnica certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
- Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 615.
- Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
REG_05_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_LOS_ANDES.
- mop_dte@paperless.cl
Se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los bienes o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF Dirección: Morandé 71, Primer Piso - Santiago o República Argentina 313 Los Andes – Región de Valparaíso.
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Se deberá considerar que el pago del servicio contratado para los meses de diciembre y enero, serán cursados una vez que se encuentren aprobados los recursos para los procesos presupuestarios de dichos ejercicios en el mes de febrero de cada año, previa confirmación de la IF para la emisión de las facturas.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para efectos de acceder a dicha modalidad de pago, deberá ingresar una solicitud de Autorización de Pagos a Través de Bancos en la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace: https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx o bien https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante ClaveÚnica y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces. Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces. Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas.
En caso de que el proveedor requiera el depósito de su pago, deberá completar y entregar los formularios que al efecto tenga la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP y entregar la copia cedible de la factura junto con la original y la copia de control tributario.
Las empresas deberán avisar con antelación si utilizarán el Factoring en el pago de sus facturas bajo ningún concepto se efectuarán pagos anticipados.
9.22 Multas, sanciones y procedimiento para su aplicación
Se entenderá por incumplimiento del contrato, la no entrega y/o la entrega deficitaria del servicio de vigilancia que se contrata, es decir, hecho este último que será sancionado con multa equivalente al 15% del valor mensual de los servicios encomendados, la que se hará efectiva descontándose dicho porcentaje del valor neto de la factura correspondiente o, eventualmente, haciéndose efectivo el cobro de la Garantía de “Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato”, previo aviso al contratante con 5 días hábiles de antelación. Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago a la empresa a cargo del servicio de vigilancia al que se le pone término anticipado en razón de su incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados y que excedan el monto de la garantía.
La no entrega del servicio, sin que exista caso fortuito o fuerza mayor que lo justifique, circunstancia que corresponderá calificar soberanamente a la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes, de acuerdo con informe que deberá evacuar el Inspector Fiscal del contrato que se designe, facultará al Servicio para dar término anticipado al Contrato.
Sin perjuicio de otras que pueda declarar mediante acto fundado el Inspector Fiscal del contrato de vigilancia, constituyen formas de incumplimiento de las obligaciones que de él emanan, las que a continuación se indica:
Hurto o robo con fuerza en las cosas ejecutado por terceros durante la vigencia del servicio contratado;
Ausencia o no presentación de los vigilantes convenidos en el recinto por más de 30 minutos o por una hora al inicio de los turnos correspondientes.
Presencia del personal en condiciones o estado físico o psicológico que le impida el cumplimiento adecuado de sus funciones;
La no identificación en su uniforme del personal que se desempeña como vigilante;
Falta de presentación de Directiva de Funcionamiento entregada a Carabineros de Chile;
No acreditación de Curso OS10, certificada por Carabineros para la empresa proveedora del servicio de vigilancia contratado;
No entrega de Formulario 35-B “Solicitud de Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo”;
No cumplir con las normas mínimas de seguridad e higiene para cada uno de los guardias que se desempeñan en las dependencias de la Dirección de Vialidad Provincia de Los Andes (ropa adecuada para el clima, ropa de seguridad mínima, entre otras).
Adicionalmente, el Servicio considerará la condición de las empresas adjudicatarias cuyos contratos hayan terminado anticipadamente a causa de graves incumplimientos a las obligaciones que de él emanan, para la evaluación de las ofertas que, en futuras licitaciones, efectúe la Dirección de Vialidad.
9.22.1 Procedimiento para la aplicación de multas
En el caso que corresponda la aplicación de multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Contraparte Técnica comunicará mediante oficio o correo electrónico al proveedor contratado, que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
Dicha Contraparte Técnica conocerá y analizará los descargos del proveedor contratado, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del oficio o correo electrónico remitido por la Contraparte Técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director Regional de Vialidad, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento y el monto de la multa.
b) El Director Regional de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Área de Adquisiciones.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el punto anterior (Director de Vialidad), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra “c” anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva será descontada del pago correspondiente.
Sin perjuicio del cobro de la garantía (cuando corresponda), se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Dirección de Vialidad sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado
9.23 Modificación y término anticipado del contrato
Sin perjuicio de los derechos y acciones legales que puedan ejercer las partes en el evento de incumplirse una o más obligaciones emanadas del presente contrato, el Servicio podrá además, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, modificar o terminar anticipadamente el contrato, en el evento que ocurra alguna de las siguientes situaciones:
· Si la adjudicataria fuere declarada en quiebra o cayere en insolvencia notoria;
· Si se disolviere;
· Si se trasformare o fusionare con otra, sin asumir la última las obligaciones de la primera;
· Si incurriera en incumplimiento grave de sus obligaciones, calificado así por el Servicio; y
· Si no respetare los precios cotizados en la oferta.
Sin perjuicio de otras situaciones calificadas por el Servicio, son formas de incumplimiento grave de las obligaciones contractuales:
· La no ejecución del servicio contratado, según lo dispuesto en las Bases Técnicas;
· La subcontratación para desarrollar cualquier aspecto de los servicios convenidos;
· Por la aplicación de tres multas o más durante la vigencia del contrato; y
· El incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y cotizaciones de salud de los trabajadores que sean empleados en los servicios prestados a la Dirección de Vialidad de Los Andes, Región de Valparaíso.
Verificada la ocurrencia de cualquiera de las situaciones antes enunciadas, el Servicio podrá poner término anticipado al contrato mediante Resolución Fundada, notificada al adjudicatario por carta certificada, remitida con 5 días hábiles de antelación al domicilio registrado en el contrato. Esta decisión no dará derecho al adjudicatario a reclamar indemnización alguna ni siquiera como consecuencia de la eventual disminución del precio del contrato. Además, en esta eventualidad el Servicio se reserva el derecho de hacer efectiva la garantía señalada en la cláusula 8.3. de las presentes bases administrativas.
En caso de resolverse el contrato en forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes, no habrá lugar a indemnización alguna por parte del servicio.
El Servicio se reserva, en caso que ello resulte conveniente al interés fiscal, la facultad de adjudicar la contratación de los servicios al segundo oferente mejor evaluado en el proceso de licitación pública, cuando el contrato haya debido terminar anticipadamente a causa del grave incumplimiento de la empresa adjudicataria original.
9.23.1 Procedimiento Previo a la Declaración de Término Anticipado, según de quien inste por ella
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato (cuando corresponda).
Si es el MOP - Dirección de Vialidad, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
9.23.2 Procedimiento de Término Anticipado o de Caducidad del Contrato
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término del contrato por incumplimiento de las obligaciones impuestas al mismo, la Dirección aplicará el siguiente procedimiento, previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a. La Dirección notificará al adjudicatario los incumplimientos graves del Contrato y antecedentes relevantes e informará de esta situación a la Jefa de Conservación de la Provincia de Los Andes.
b. El adjudicatario en el plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección, informe pormenorizado de la situación que produjo el incumplimiento, adjuntando los antecedentes que lo comprueben, conteniendo además las medidas para subsanar las faltas o evitar su ocurrencia en el futuro. El informe deberá abordar las medidas de gestión necesarias y especificar un cronograma de implementación de las acciones propuestas.
c. La Dirección de Vialidad Valparaíso, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si corresponde, podrá fijar un plazo para subsanar los incumplimientos, que deberán ser verificados e informados a Jefa de Conservación de la Provincia de Los Andes
d. En caso de incumplimiento del Contrato, la Dirección de Vialidad de Los Andes, Regional Región Valparaíso, informará a Jefa de Conservación de la Provincia de Los Andes, para que se tramite el acto administrativo de término del Contrato y aplicación de sanción. Ello sin perjuicio del derecho que le asiste al Adjudicatario de interponer los recursos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880.
9.24 Solución de controversias
Los reclamos que se susciten durante la vigencia del contrato, serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará, si fuese necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director Nacional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director General de Obras Públicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 19.880.
9.25 Jurisdicción y domicilio
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
9.26 Interpretación e información
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
9.27 Integración al contrato
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo (cuando corresponda) y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.28 Confidencialidad y Seguridad de la Información
a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.