Licitación ID: 2019-8-LE23
Convenio de Suministro de Leña CONADI Social_2023
Responsable de esta licitación: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE ÚLTIMA ESPERANZA, Deleg Presid Provincial de Última Esperanza
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Recursos de madera combustible 1848 Unidad
Cod: 70151903
Convenio de suministro para la Contratación de 1.848 sacos de Leña, 25kg cada uno, Para Beneficiarios del Proyecto CONADI Social 2023.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio de Suministro de Leña CONADI Social_2023
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere contratar 1848 sacos de leña trozada, embolsada en sacos de 25 kilos cada uno, para ser distribuidos a personas pertenecientes a Pueblos Originarios con residencia en la localidad de Puerto Edén, por lo tanto, el lugar de entrega será en el muelle donde recala barcaza Crux Australis, la entrega se realizará según programación, a su vez, la Facturación será por evento y el pago de la factura se efectuará a 30 días corridos de la recepción conforme del servicio contratado.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DE ÚLTIMA ESPERANZA
Unidad de compra:
Deleg Presid Provincial de Última Esperanza
R.U.T.:
60.511.122-k
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-07-2023 15:30:00
Fecha de Publicación: 17-07-2023 14:15:25
Fecha inicio de preguntas: 17-07-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 20-07-2023 14:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-07-2023 13:45:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-07-2023 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-07-2023 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 28-07-2023 11:08:57
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases de Licitación.
Documentos Técnicos
1.- Según Bases de Licitación.
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases de Licitación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Según bases de licitación punto 2.8.3. 2%
2 Oferta Económica Según bases de licitación punto 2.8.1. 68%
3 Oferta Técnica Según bases de licitación punto 2.8.2. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa CONADI SOCIAL
Monto Total Estimado: 7000000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible de 7.000.000.- en la primera distribución presupuestaria del contrato firmado 05-06-2023, RE_187 de 12 de junio 2023.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: La renovación será efectiva,siempre que proceda 1 nuevo convenio para el 2024. El Contrato será Renovable por una sola vez y su duración podrá ser igual o distinta al plazo original, pero la suma de ambos no podrá superar a la vigencia de ambos proyectos.
Observaciones El presupuesto disponible para la contratación del convenio de suministro por la provisión de 1.848 sacos de leña de 25 kg cada uno es de 7.000.000.-
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JUAN MONTIEL C.
e-mail de responsable de pago: JMONTIEL@INTERIOR.GOB.CL
Nombre de responsable de contrato: FELIPE DEL CASTILLO
e-mail de responsable de contrato: FDELCASTILLO@INTERIOR.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2411954-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación. El Proveedor no podrá delegar las obligaciones emanadas de una compra o servicio en una tercera persona.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
I. BASES ADMINISTRATIVAS.

“Convenio de Suministro para la Adquisición De 1.848  Sacos de Leña Trozada”

ID 2019-8-LE23

1. DE LA PRESENTACIÓN

 

Las presentes bases regulan aspectos administrativos, económicos y legales involucrados en la Licitación Pública para la contratación de 1.848  sacos de leña trozada - CONVENIO DE SUMINISTRO CONADI SOCIAL 2023”, ID 2019-8-LE23.

 

1.1. Objetivo.

El objetivo de este proceso de licitación es la adquisición de 1.848  Sacos de Leña Trozada para satisfacer la necesidad de calefacción de personas pertenecientes a Pueblos Originarios con residencia en la localidad de Puerto Edén, a contar del Totalmente Tramitado del presente proceso de licitación, las que deberán ajustarse a las cantidades, unidad de medida y demás especificaciones indicadas en las presentes bases.

 

Todo lo anterior, sólo será posible previa visación y autorización de la Autoridad Máxima de la Delegación Presidencial Provincial de Última Esperanza, en adelante “DPP-Última Esperanza”.

 

La presente licitación comprende una línea de adjudicación por Sacos de Leña Trozada, estimándose la contratación en 1.848 sacos de leña con un presupuesto estimado de $7.000.000.- (Siete Millones de Pesos), impuesto incluido. Más adelante, en las Bases Técnicas, se detalla el servicio a contratar de manera que los proponentes puedan definir su mejor oferta y logística que deberán considerar en caso de ser adjudicados.

 

1.2. Requerimientos Generales.

El proceso de licitación está orientado a obtener óptimas condiciones técnicas y económicas por parte del proveedor adjudicado. La “DPP-Última Esperanza”, espera adjudicar a la persona natural o jurídica más idónea en capacidad de entrega, equipo de trabajo y que se ajuste a los requisitos establecidos en las bases de licitación. En lo económico se aspira recibir y adjudicar la oferta más ventajosa, dentro de los precios de mercado.

 

1.3. Normas y documentos que rigen la licitación.

Esta licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en La Ley N° 19.886 sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la Ley 19880 que Establece Bases De Los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

 

Los instrumentos señalados anteriormente, forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

1. Las correspondientes propuestas técnicas y ofertas económicas.

2. Los antecedentes documentales y digitales solicitados a cada participante.

3. Las consultas formuladas y aclaraciones solicitadas por los participantes, y las respectivas respuestas evacuadas por la “DPP-Última Esperanza”.

4. Las Modificaciones y aclaraciones de oficio si las hubiere.

5. Las declaraciones juradas exigidas.

6. El Informe de evaluación.

7. Orden de Compra.

8. Contrato.

 

1.4. Participantes.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales o jurídicas, unión temporal de proveedores, chilenos o extranjeros que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente y las presentes bases de licitación, por ejemplo, que se encuentren registrados en el portal www.mercadopublico.cl.

La DPP-Última Esperanza” podrá solicitar a los oferentes documentos u otros medios de verificación que permitan comprobar el cumplimiento de estos requisitos.

 

No podrán participar los oferentes que, al momento de presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley 19.886, ni aquellos que se encuentren afectados por alguna de las inhabilidades establecidas en el inciso 6° de la misma Ley.

 

Quedarán excluidos aquellos oferentes que, al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o, al momento de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales, según la Ley de Quiebras (Art. 401, Ley N°20.720), dentro de los anteriores dos años. Asimismo, para efectos del contrato y tratándose de personas jurídicas, estas no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

 

Cuando quien participa en la Licitación sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá adjuntar el documento en que conste dicha unión, (se propone el Anexo N°3), el que deberá contener al menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la DPP-Última Esperanza” y el nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 bis., del Reglamento de la Ley N°19.886. En todo caso la vigencia del acuerdo no podrá ser inferior al plazo del contrato.

 

1.5. Entrega de Bases.

Se hace presente que las Bases de Licitación deben ser descargadas del Portal www.mercadopublico.cl.

 

1. La DPP-Última Esperanza”, por razones presupuestarias o de buen servicio, se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y Técnicas.

2. La “DPP-Última Esperanza” podrá, en cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, modificar las bases ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta.

3. La “DPP-Última Esperanza” evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.

Estas modificaciones, una vez que cuenten con su acto administrativo correspondiente, pasaran a formar parte integral de las bases de licitación.

4. Asimismo, podrán ingresarse notas aclaratorias, previa resolución exenta debidamente fundada y firmada por la máxima autoridad provincial, a los criterios de evaluación, siempre velando y resguardando la igualdad de condiciones de los oferentes.

5. La “DPP-Última Esperanza” podrá realizar observaciones a la propuesta técnica que resulte adjudicada para la ejecución del trabajo las que deberán ser incorporadas por el proponente adjudicado en la ejecución de los servicios de que se trata, siempre que ello no signifique un costo mayor para el adjudicatario, una modificación esencial a los servicios licitados o una vulneración al principio de igualdad entre los licitantes.

6. Una vez cerrada la licitación, “DPP-Última Esperanza”, por causas justificadas o interés superior de la institución, podrá postergar la fecha fijada para apertura de la propuesta y adjudicación del mismo proceso de licitación. En cuyo caso las nuevas fechas, serán notificadas como Aclaración en el portal www.mercadopublico.cl,  con su respectivo acto administrativo.

 

1.6. Proceso de Consultas y Aclaraciones a las Bases.

Los participantes podrán formular consultas o pedir aclaraciones, de carácter técnico como administrativas, solamente, a través, del portal www.mercadopublico.cl, ícono llamado "Foro" y hasta las 14:30 del día jueves 20-07-2023 14:30.

 

La “DPP-Última Esperanza” procederá a responder, por la misma vía, las consultas formuladas, en un plazo no mayor a 24 horas. En las respuestas, se citará cada consulta formulada, sin hacer mención del participante que la haya presentado, y luego la respuesta respectiva.

 

Se entenderá que las respuestas que emanen de las consultas de los participantes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases y, en tal condición, deberán ser consideradas por los participantes en la preparación de sus ofertas.

 

La “DPP-Última Esperanza” se reserva el derecho de no responder cuando las consultas o petición de aclaraciones fueren improcedentes, impliquen confidencialidad de asuntos propios del Servicio o pongan en peligro el proceso normal de la licitación pública.

 

En el caso de consultas de carácter administrativo, la “DPP-Última Esperanza” podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar su alcance, como también, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se publicarán en el portal www.mercadopublico.cl, en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas.

 

1.7. Interpretación de las Bases.

Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

 

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

 

2. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

 

2.1. Forma de Presentar la Oferta.

Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir los requerimientos mínimos obligatorios especificados en las presentes bases de licitación. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos no serán evaluados y, por tanto, quedarán excluidos de la licitación.

 

Todos los costos de presentación de las propuestas serán de cargo de los oferentes.

 

Se presume que, desde que los oferentes presentan su propuesta, aceptan todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes Bases de licitación y en las eventuales respuestas a consultas y aclaraciones.

 

Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta y los documentos anexos, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del portal www.mercadopublico.cl, al teléfono 600-7000-600, para obtener información precisa que le permita ingresar su oferta.

 

2.2. Oferta Económica.

Corresponde al valor ingresado, SIN IMPUESTO, en la ficha electrónica de postulación en el portal www.mercadopublico.cl, según la línea de producto que está postulando para la licitación N°2019-8-LE23 y expresado en moneda nacional.

Cada oferente deberá presentar una sola oferta.

Las únicas ofertas válidas, serán las presentadas por el portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por otro medio al establecido en estas Bases.

Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

 

2.3. Oferta Técnica.

Los antecedentes que componen la oferta técnica son:

 

2.2.1. Experiencia del Oferente.

Los oferentes deberán adjuntar alguno de los siguientes documentos: facturas, contratos, órdenes de compra, actas de entrega u otro documento afín, para acreditar su experiencia en la provisión y distribución de leña trozada, estos documentos tienen que haber sido emitidos entre el 01 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2023. El documento que acredite la experiencia del oferente deberá indicar claramente el servicio prestado y relacionado con la entrega de leña trozada, para poder ser considerados evaluación y asignación de puntaje. Si el proponente no adjuntare el anexo N°1 y/o sus debidas acreditaciones se podrá solicitar mediante el foro inverso para que complemente su oferta.

 

Ante el evento que la glosa de la factura no sea clara, se permitirá presentar como antecedente complementario para que sea considerada en la evaluación, la presentación de Órdenes de Compra asociadas a las facturas o Certificados otorgados por el Mandante que contengan información suficiente que permita a la Comisión Técnica determinar los servicios prestados y el monto facturado por ellos.

 

En el evento que el Oferente sea persona Jurídica, se aceptará la experiencia de sus Socios o Ejecutivos, debiendo acreditar esta calidad con copia de los documentos legales que den cuenta de dicha calidad.

 

2.4. Validez de la Oferta.

Las ofertas deberán tener validez por un plazo de sesenta días corridos, contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas. Aquellas cuyo plazo de vigencia sea menor, serán rechazadas de plano.

 

2.5. Inadmisibilidad de las ofertas.

La “DPP-Última Esperanza” declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases de licitación, según lo autoriza el artículo 9° de la Ley 19.886.

 

2.6. Apertura de las Ofertas.

Se procederá a la Apertura de las Ofertas a las 15:35 horas del día lunes 24 de julio de 2023.

La modalidad de la apertura será en una etapa, en la cual se hará una revisión del cumplimiento de los requisitos solicitados para participar en la licitación, por parte de un Profesional del departamento de Administración y Finanzas. El que luego de cotejar el cumplimiento de los requisitos solicitados a los oferentes, procederá a aceptar o declarar inadmisibles las ofertas recibidas, indicando el fundamento de ello en el mismo Portal, luego de lo cual, procederá a realizar la apertura electrónica emitiendo el Portal automáticamente un acta de apertura.

 

2.7. Comisión Evaluadora, Evaluación y Calificación de las Propuestas.

En virtud del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, “La Entidad Licitante deberá evaluar los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores y rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases.

La evaluación de las ofertas se efectuará a través de un análisis económico y técnico de los beneficios y los costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido en cada una de las ofertas. Para efectos del anterior análisis, la Entidad Licitante deberá remitirse a los criterios de evaluación definidos en las Bases.

La Entidad Licitante asignará puntajes de acuerdo a los criterios que se establecen en las respectivas Bases. Los miembros de la comisión evaluadora, si existiera, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.”

 

Por lo anterior, la Comisión Evaluadora, que estará formada por tres funcionarios de “DPP-Última Esperanza” nombrados por resolución exenta de la DPP-Última Esperanza. Con todo, además, podrá integrarse la comisión evaluadora conforme lo señala el inciso 5° del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras, siguiendo las limitaciones allí indicadas.

 

En el caso que se deba reemplazar a un integrante de la comisión evaluadora, deberá quedar constancia de ello en el acta de evaluación de las ofertas.

 

La Comisión Evaluadora tendrá un plazo no mayor a 3 días hábiles para evaluar las ofertas recibidas, a contar desde el día siguiente a la apertura electrónica.

Será responsabilidad de los oferentes acompañar a su oferta todos los antecedentes relevantes para que la Comisión Evaluadora pueda analizar y evaluar adecuadamente las respectivas ofertas.

 

La evaluación de las propuestas se hará con estricta sujeción a las presentes Bases y las ponderaciones se asignarán conforme a los criterios de evaluación.

 

El proceso de evaluación tendrá carácter confidencial durante su realización.

 

La evaluación de las ofertas es un proceso competitivo entre los oferentes, y para su selección la comisión evaluadora, en primer término constatará la existencia de los antecedentes generales de cada una de las ofertas y luego evaluará los antecedentes económicos, administrativos, legales y técnicos, que se haya exigido, asignando los puntajes para cada criterio de evaluación de acuerdo a los puntajes establecidos en las presentes Bases, justificando, en cada caso, las razones tenidas a la vista para asignar dicha puntuación y estableciendo el puntaje final para cada oferente.

 

Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante mediante el foro inverso, siempre y cuando así lo estime pertinente, la Comisión Evaluadora, quien podrá solicitar a algún proponente precisiones y/o aclaraciones sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de ser adjudicado. Tendrán un plazo de 25 horas continuas, contados desde el requerimiento realizado por “DPP-Última Esperanza”, mediante la plataforma www.mercadopublico.cl.

 

En virtud del Artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, la entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá  estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.

 

En estos casos el oferente será evaluado de conformidad a lo establecido en las bases, es decir, asignándole un menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

 

Toda información falsa, alterada o maliciosamente incompleta, entregada por los Oferentes como respaldo para la evaluación de su oferta u otros que la Comisión Evaluadora le requiera, será considerada de dolosa y lo eliminará por este hecho de participar en la Propuesta.

 

El informe que elabore la Comisión Evaluadora será presentado, junto con su recomendación a la Srta. Delegada Presidencial Provincial de Última Esperanza, quien decidirá a que proponente debe adjudicarse.

 

2.8. Método para la Evaluación.

La evaluación de las ofertas se efectuará previa verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases.

El proceso de evaluación de las propuestas será interno y se realizará en una etapa, aplicando una escala de notas que fluctúan entre 0 y 100.

 

2.8.1. Oferta Económica (68%)

La evaluación económica se realizará de acuerdo al valor ingresado neto, por la contratación de 1.848 Sacos de Leña Trozada, para ello se utilizará una escala de puntajes de 0 a 100, asignando el puntaje más alto (100 puntos) a la oferta económica de menor valor que cumpla con los requerimientos definidos en las bases técnicas. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la diferencia entre cada propuesta y el valor de la menor propuesta económica en su conjunto.

 

Puntaje = (precio mínimo ofertado/Precio Oferta)*100

 

También, será parte de la oferta económica el Anexo N°2, que consistirá en el PRECIO TOTAL DE OFERTA ECONÓMICA CON IMPUESTO.

 

El PRECIO TOTAL debe considerar todos los costos asociados a la prestación del servicio, su personal y traslado.

Este formulario debe ingresarse como documento adjunto en el portal www.mercadopublico.cl, en el icono “oferta económica”.

En caso de existir errores en la operación aritmética, la comisión técnica podrá efectuar las correcciones que sean procedentes y/o pedir las aclaraciones pertinentes.

 

2.8.2. Oferta Técnica (30%)

La experiencia del proponente, se obtendrá de la cantidad de contratos de similar naturaleza y magnitud a la que se presenta en estas Bases de licitación, por ello, se evaluará al proponente con un puntaje de 0 a 100 en base al total de contrataciones, debidamente acreditadas, de similar naturaleza y magnitud de la que se está licitando, ya sea contrataciones con entidades públicas y/o privadas.

 

Fórmula para calcular puntaje Experiencia de los Oferentes = ((N° Contrataciones en Venta de Leña Nativa, Acreditadas por el Oferente Evaluado / Oferente con Mayor N° Contrataciones en Venta de Leña Nativa Acreditadas) x 100)).

La experiencia a comprobar corresponderá a venta, únicamente, en leña nativa, ya sea con entidades públicas y/o privadas.

 

Para acreditar la experiencia, el proponente deberá adjuntar o anexar a su oferta, alguno de los siguientes documentos: factura electrónica, órdenes de compra, actas de entrega, contratos, debidamente firmados o cualquier otro documento que valide su contratación en la provisión y distribución de leña trozada.

 

También, será parte de la oferta Técnica el Anexo N°1, que consistirá en completar la ficha con los contratos debidamente acreditados conforme a la convocatoria de la presente licitación pública.

 

2.8.3. Cumplimiento de los Requisitos (2%)

El Cumplimiento de los Requisitos, se obtendrá de la medición del tiempo que se presenten los documentos y/o antecedentes solicitados en las Bases de licitación, siendo su puntuación la siguiente:

 

Cumplimiento de los Requisitos

Puntaje

El oferente presenta antecedentes, posterior a la fecha límite o no presenta los antecedentes solicitados.

0

El oferente presenta antecedentes, posterior a la fecha de recepción de ofertas y antes de la fecha límite señalada en las bases.

30

El oferente presenta los antecedentes, dentro del plazo de presentación de ofertas.

100

 

2.9. Adjudicación de la Licitación.

La “DPP-Última Esperanza” adjudicará la propuesta que estime más conveniente a sus intereses, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las bases.

 

La adjudicación de la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación se efectuará a un solo oferente a más tardar el día viernes 28 de julio de 2023.

 

En caso de no poder cumplir con la fecha indicada, la “DPP-Última Esperanza” publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.

 

Solo se consideraran para el proceso de adjudicación aquellas ofertas que tengan un puntaje igual o superior a 70 puntos.

 

Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la “DPP-Última Esperanza” podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

 

En caso de empate en el puntaje final se elegirá la oferta que tenga mejor puntuación en la Oferta Económica. En caso que persista el empate se elegirá a la que tenga mejor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”. De continuar persistiendo el empate, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero su oferta en la plataforma www.mercadopublico.cl.

 

El acto administrativo de adjudicación de la propuesta se hará por Resolución Exenta y esta deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

 

Conforme a lo estipulado en la Ley N°19.886, la “DPP-Última Esperanza” podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación por resolución fundada si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, estás no resultasen convenientes a sus intereses, evento en que la “DPP-Última Esperanza” procederá a reiniciar un nuevo proceso de licitación pública o excepcionalmente se procederá a llamar a un proceso de licitación privada o de trato directo según lo previsto en el Art. 10 del Reglamento de la Ley 19.886 que establece: se puede acudir al Trato Directo “Cuando, habiendo realizado una licitación pública previa para el suministro de bienes y servicios no se recibieran ofertas, o éstas resultaran inadmisibles por no ajustarse a los requisitos esenciales establecidos en las bases y la contratación es indispensable para el organismo”.

 

Tanto el rechazo de una o de todas las propuestas, se formalizará mediante la dictación de una resolución exenta, dicho documento será publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

 

Una vez adjudicada la propuesta el adjudicatario deberá tomar contacto con la “DPP-Última Esperanza” mediante correo electrónico, mdominguez@conadi.gov.cl, o por teléfono 612411423, con la finalidad de finiquitar las fechas para el inicio del contrato.

 

2.10. Requisitos que Solicitarán al Oferente Adjudicado.

Para una mejor entrega del servicio, se requiere que el proveedor adjudicado pueda cumplir y con los siguientes requerimientos:

 

i. Contar con stock de leña.

ii. Que los productos entregados, correspondan a lo solicitado y adjudicado y prevaleciendo la calidad de éste.

iii. Comunicación permanente con el supervisor del contrato, ya sea vía telefónica o vía correo electrónico, por mejoras en la logística u otras materias afines a la contratación.

 

2.11. Revocación.

Se podrá otorgar el estado de “revocada” cuando una licitación ya está publicada y se decide, de manera debidamente justificada, que no se podrá seguir con el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateralmente por la “DPP-Última Esperanza”, mediante resolución exenta, siempre fundados que así lo autorice y se proceda a realizar hasta antes de adjudicado el proceso de licitación.

 

2.12. Suspensión.

Se trata de congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y posteriormente seguir con el curso normal de una licitación. Este estado procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado puede asignarse desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.

 

2.13. Reincorporación de las Ofertas.

Este proceso corresponde a la funcionalidad que faculta a un usuario/a supervisor de una proceso de adquisición, poder reincorporar una propuesta en caso que se haya descartado a un oferente por error durante el acta de apertura. La reincorporación de la oferta se podrá realizar cuando el proceso de licitación se encuentra en estado cerrado, una vez reincorporada la propuesta se podrá continuar con los siguientes procesos: apertura electrónica, evaluación y adjudicación, según corresponda.

 

2.14. La Orden de Compra.

La emisión de la orden de compra será efectuada por la Encargada de Adquisiciones o por quien la remplace en el cargo, dicha orden de compra será enviada al adjudicatario vía portal www.mercadopublico.cl y por correo electrónico por parte del Supervisor del Contrato.

Se extenderá una orden de compra por la totalidad del contrato adjudicado y se irá rebajando de manera parcial el saldo de la misma, según las entregas realizadas por el adjudicatario y su respectiva recepción conforme.

 

2.15. Días inhábiles

Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.

 

3. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.

Resuelta la adjudicación de la licitación, se celebrará el contrato correspondiente.

 

3.1. El Contrato.

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses del Estado, y será suscrito dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, a través, de la plataforma www.mercadopublico.cl.

 

Formarán parte integrante del contrato las Bases Administrativas y Técnicas, Anexos, Modificaciones, Aclaraciones y Respuestas si las hubo, la oferta presentada, las Resoluciones Exentas de Aprobación de las Bases y Adjudicación.

 

El adjudicatario, para efectos del contrato, deberá fijar domicilio la ciudad de Puerto Natales, donde serán válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones que se le cursen y que será válido para efectos de otorgar competencia para resolver los conflictos que eventualmente se susciten con relación al contrato, a los Tribunales Ordinarios de Justicia de Puerto Natales.

 

El Contrato será redactado por el Departamento de Administración y Finanzas de la “DPP-Última Esperanza”, con estricto apego a lo consignado en las Bases de Licitación ID 2019-8-LE23, en la Resolución Exenta de Adjudicación, en la Oferta Económica y Técnica del Adjudicatario, y demás antecedentes que formen parte integrante de la propuesta.

El Departamento de Administración y Finanzas de la DPP-Última Esperanza” podrá solicitar antecedentes adicionales, si en su parecer estos son indispensables para la redacción del contrato. Estos nuevos antecedentes serán solicitados al adjudicatario por medio del Encargado del programa CONADI - Social.

 

El Contrato será suscrito por el adjudicatario o su representante legal y autorizado por el Jefe de Gabinete en su calidad de Ministro de Fe.

 

El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes siempre que no se alteren las cláusulas esenciales del mismo referidas al objeto de los servicios ni precio. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo.

 

En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el acuerdo en que conste dicha unión deberá materializarse por escritura pública como documento necesario para contratar en los términos indicados en el artículo 67 bis., del Reglamento de la Ley N°19.886.

 

3.2. Modificación del Contrato

El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes siempre que no se alteren las cláusulas esenciales del mismo referidas al objeto de los servicios ni precio a menos que corresponda una renovación del contrato. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo.

 

Una de las instancias en que podrá aplicar la “Modificación del Contrato”, es cuando, exista:

- Redistribución de recursos en los ítems presupuestarios que componen el proyecto 2023 o 2024.

- Optimización del presupuesto vigente y se genere un excedente de recursos monetarios u otra causa similar.

 

Esta modificación al contrato primitivo, no podrá exceder las 100UTM y deberá generarse una nueva orden de compra.

Lo anterior, sólo será posible previa visación y autorización de la Autoridad Máxima de la “DPP-Última Esperanza”.

 

3.3. Cláusula de Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o que la entidad adjudicataria no concurra a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si, concurriendo, no acredita estar inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, de acuerdo al artículo 16 de la ley N° 19.886, se entenderá que ésta no acepta la adjudicación, pudiendo la “DPP-Última Esperanza” dejar sin efecto la adjudicación de la propuesta y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien, declarar desierta la licitación.

 

Los oferentes ubicados en los lugares segundo y tercero, en su caso, deberán cumplir con lo estipulado anteriormente y además acompañar la documentación correspondiente, dentro del plazo de cinco contados desde el vencimiento del plazo exigido al adjudicatario anterior, sucesivamente.

 

3.4. Interpretación del Contrato.

El contrato debe ejecutarse de buena fe y, por consiguiente, se interpretará del modo que mejor permita alcanzar los objetivos que se han establecido para él.

Toda discrepancia, real o aparente entre especificaciones técnicas, normas, bases de licitación, etc., que surja con posterioridad, será resuelta exclusivamente por la “DPP-Última Esperanza”, a solicitud escrita del “Adjudicatario”.

 

3.5. Liberación De Responsabilidad.

Se establece que el adjudicatario será el empleador exclusivo del personal que destine a la ejecución de los trabajos contratados. De ser persona jurídica el Personal que destine para la ejecución de esta contratación deberá ser contratado de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.

 

3.6. Plazo del Contrato.

La vigencia del contrato será a contar desde la notificación de Adjudicación, a través, del portal www.mercadopublico.cl y hasta el 12 de enero de 2024 o hasta término del proyecto 2023.

 

3.6.1. Inicio del Contrato.

El inicio del contrato y el comienzo de la entrega de los sacos de leña trozada, será previa coordinación con Asesor PIDI - Conadi de la “DPP-Última Esperanza”.

 

El plazo del contrato podrá ser suspendido mediante Resolución Exenta de la “DPP-Última Esperanza”, en caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por la “DPP-Última Esperanza”.

 

Si por motivos de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente acreditados, el adjudicatario no pudiese cumplir con las fechas acordadas, para la entrega de los sacos de leña trozada, el proveedor adjudicado deberá exponer las razones, en forma escrita y a su vez, entregar la solución a la “DPP-Última Esperanza”, indicando las alternativas para dar cumplimiento al servicio adjudicado, todo esto con cinco (5) días de anterioridad a la fecha inicial pactada. Será responsabilidad del Asesor PIDI - Conadi de la “DPP-Última Esperanza” gestionar el acto administrativo aprobatorio que dé cuenta de la nueva fecha para la primera entrega de los sacos de leña trozada.

 

3.6.2. Renovación del Contrato.

La renovación del contrato será efectiva, siempre y cuando, proceda un nuevo convenio para el año 2024 y que requiera de esta contratación.

El contrato podrá ser Renovable por una sola vez y la duración del nuevo periodo puede ser igual o distinta al plazo original, pero la suma de ambos periodos no podrá exceder a los 14 meses.

 

Sí, el contrato original fuere evaluado por la “DPP-Última Esperanza” positivamente, y las necesidades del servicio así lo ameriten, los precios de la renovación del nuevo contrato será reajustado como mínimo en la variación del IPC año 2023 y emitiéndose una nueva orden de compra.

Si los nuevos precios no fueren convenientes para alguna de las partes se procederá a un nuevo proceso de compra público lo que será ponderado y decidido por la “DPP-Última Esperanza”.

 

3.7. Término del Contrato.

Se podrá dar término al contrato por las siguientes causales:

a. Por resciliación o mutuo acuerdo entre la “DPP-Última Esperanza” y el adjudicatario.

b. Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario.

c. Cumplimiento del plazo del contrato.

d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

 

Para poner término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras a, b y d precedentes se deberá emitir una resolución exenta fundada y una vez totalmente tramitado el acto administrativo deberá ser publicada en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

 

3.7.1. Término Anticipado del Contrato por Incumplimiento.

El contrato podrá terminarse anticipadamente por la “DPP-Última Esperanza”, si el adjudicatario incurre  en alguna de las causales  de incumplimiento que se señalan a continuación:

i. Si al momento de la suscripción del contrato el adjudicatario no esté habilitado para ser contratado por el Estado de Chile o en caso que, tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, la inhabilidad afecte a un integrante de la misma y ésta se desista de su participación en el respectivo proceso.

ii. Por haberse dictado Resolución de Liquidación en contra del “Adjudicatario” en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.720.

iii. Por estado de notoria insolvencia a menos que se mejoren las cauciones entregadas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley N°19.886.

iv. Si falleciere la persona natural adjudicada o se disolviere la empresa. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedaren pendientes.

v. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de cuatro meses.

vi. Si los representantes del “Adjudicatario” han sido condenados por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el Título V del Libro II del Código Penal.

vii. Haber sido condenado de acuerdo a la Ley N°20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.

viii. En el evento de no suscribir el contrato dentro del plazo establecido en las bases.

ix. En caso de acumulación de multas por un monto equivalente a 10 UTM.

x. Por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes bases de licitación.

xi. Si se pone fin a la asignación presupuestaria que financia el proyecto. Esta causal no será necesario acreditarla.

 

La declaración de término de contrato por incumplimiento se efectuará por Resolución Exenta, notificando por carta certificada, al adjudicatario por el encargado del Proyecto CONADI-Social, al domicilio indicado en el respectivo contrato.

 

En todos los casos precedentes no habrá indemnización alguna para el adjudicatario.

 

3.7.2. Término por Cumplimiento del Plazo del Contrato.

El contrato terminará al cumplirse el plazo que se haya señalado en el mismo y que fue aprobado mediante Resolución Exenta.

 

3.8. Responsabilidad Del Adjudicatario.

i. Aceptar la orden de compra.

ii. Deberá comprometerse a garantizar la estabilidad y calidad del servicio adjudicado por el periodo total de la contratación.

iii. Mantener vigente su inscripción en el Registro de Proveedores.

iv. Mantener durante toda la vigencia del contrato las condiciones establecidas en su oferta.

v. El personal que el adjudicatario destine para el cumplimiento de este Convenio de Suministros será de su exclusiva responsabilidad y no tendrá vínculo alguno de subordinación o dependencia con la “DPP-Última Esperanza”.

 

4. DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.

La supervisión del contrato corresponderá al Encargado del Proyecto “Apoyo Para Actividades Participativas, Sociales Y De Fomento Productivo Para La Población Indígena De La Provincia De Última Esperanza”, quien estará a cargo de las relaciones contractuales entre la “DPP-Última Esperanza” y el adjudicatario.

 

Además le corresponderá:

i. Recepcionar los sacos de leña trozada en el lugar, día y hora acordada con el “Adjudicatario”, para cada entrega.

ii. Verificar que los sacos se encuentren en óptimas condiciones.

iii. Notificar al adjudicatario cuando se detecten deficiencias en la prestación del servicio, en primera instancia podrán ser notificadas al adjudicatario por correo electrónico adjuntándose el registro fotográfico, con el objeto de que el adjudicatario tome conocimiento de estas y proceda a subsanarlas.

iv. Ejercer la labor de Contraparte Técnica del Contrato.

v. Colaborar con el adjudicatario en todo lo que sea necesario para la correcta ejecución del contrato.

vi. Observar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, contraídas en virtud de la presente licitación.

vii. Certificar la correcta ejecución del contrato, en cuanto corresponda a cantidad, calidad y plazos de ejecución.

viii. Efectuar la revisión y visación de las facturas emitidas por el adjudicatario.

ix. En general adoptar todas las medidas que estime necesarias para el correcto, cabal y oportuno cumplimiento del contrato.

 

5. DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

Serán obligaciones del “Adjudicatario”, entre otras las siguientes:

i. Dar oportuno y debido cumplimiento a la ejecución del contrato y a todas las obligaciones establecidas en el contrato, entendiéndose incluidos en él las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, Aclaraciones y Respuestas si las hubo y la oferta presentada.

ii. Disponer de los recursos humanos, técnicos y de infraestructura que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los requerimientos, en calidad y plazos definidos respecto a la entrega de los sacos de leña trozada adquiridos.

iii. Informar oportunamente a la “DPP-Última Esperanza”, las dificultades o impedimentos detectados y que afecten el cumplimiento.

iv. Designar un Supervisor del Servicio como contraparte oficial ante la “DPP-Última Esperanza”.

v. Cumplir respecto de sus trabajadores con toda la normativa laboral y previsional vigente, manteniendo al día el pago de las remuneraciones y cotizaciones previsionales.

vi. Entregar al supervisor del contrato la factura electrónica afecta.

vii. Entregar la cantidad de sacos de leña trozada en lugar, fecha, hora y cantidad acordada con el supervisor del contrato.

viii. Entregar los sacos de leña trozada en la cantidad, calidad, características ofrecidas y en perfectas condiciones.

ix. Contar con todos los permisos y/o autorizaciones de los organismos y/o autoridades públicas o privadas necesarias para el desarrollo de la actividad objeto de la presente licitación pública.

x. Todas las demás obligaciones establecidas en las leyes aplicables a la materia y en las presentes bases.

 

6. DEL PRESUPUESTO, PRECIO DEL CONTRATO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.

 

6.1. Presupuesto.

El presupuesto estimado, para el convenio de suministro 2023, es de $7.000.000.- (Siete Millones de Pesos), impuesto incluido para la adquisición de 1.848 Sacos de Leña Trozada, pudiendo la cantidad variar según los precios de mercado, en relación a la calidad de los productos solicitados.

 

6.2. Precio Total del Contrato.

El precio total del contrato será el valor ofrecido por el adjudicatario e ingresado en la ficha electrónica de postulación del portal www.mercadopublico.cl, más IVA, y que corresponderá al valor total de la entrega de los bienes y servicios por la contratación de 1.848  Sacos de Leña Trozada.

 

Se entiende que en el precio indicado por el adjudicatario en ficha electrónica, están incluidos todos los gastos inherentes a la totalidad de los servicios licitados y contratados. El adjudicatario renuncia, por consiguiente, a solicitar cualquier incremento del precio antes indicado, aun cuando durante la ejecución del servicio se produzcan aumentos en los salarios, costos financieros u otros, ya que deberán estar considerados como imprevistos en su oferta.

 

6.3. Facturación.

a) La factura de venta debe emitirse a nombre de Delegación Presidencial Provincial de Última Esperanza, RUT 60.511.122-k, giro fiscal, Puerto Natales.

b) En el campo: Doc. Referencia debe seleccionar ORDEN DE COMPRA.

c) En el campo llamado Folio o donde debe ingresar el número de la OC, tal cual lo señala la orden de compra, generada a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, es decir, con sus números, guiones y letras en mayúscula.

d) En campo Forma de Pago debe seleccionar: CRÉDITO

e) Enviar copia de archivo xml de la factura emitida a la casilla dipresrecepcion@custodium.com una vez emitido el documento tributario.

 

El Proveedor debe tener presente que por cada factura, emitida a nombre de la “DPP-Última Esperanza”, deberá enviar el archivo xlm, correspondiente a dicho documento, al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, el no envío del archivo xml, en un plazo máximo de 48 horas, de emitida la factura, significará un rechazo de la misma por parte de la plataforma ACEPTA, lo que implicará solicitar al proveedor generar una nota de crédito por la factura rechazada y nuevamente refacturar.

 

El oferente adjudicado deberá anexar a su factura los Certificados o Constancia de Entrega por el total de sacos de leña trozada efectivamente abastecidos durante el mes finalizado, documentos que deberán ser entregados al Supervisor del Contrato.

 

6.4. Forma de Pago.

El pago de las facturas se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes, previa visación y conformidad, por parte del Supervisor de Contrato. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria, debiendo el adjudicatario informar los siguientes datos:

- Nombre del banco,

- N° de la cuenta bancaria de la empresa,

- Señalar el tipo de cuenta,

- Dirección de correo electrónico, donde debe comunicarse el pago.

 

Téngase presente que la cuenta bancaria deberá corresponder a la Razón Social de la Factura Electrónica Afecta.

 

El pago de la factura será mensual, por mes vencido, en pesos más IVA, conforme a la cantidad de sacos de leña trozada entregados y recepcionados por la “DPP-Última Esperanza” y según la recepción conforme de la factura electrónica afecta.

 

Los pagos deberán guardar estricta concordancia con los valores ofertados en el referido Anexo N°2, por lo tanto, el Supervisor del Contrato deberá llevar siempre el control permanente de los pagos realizados al adjudicatario.

 

7. DE LAS MULTAS.

 

La “DPP-Última Esperanza” podrá aplicar administrativa y unilateralmente sin ulterior recurso, multas que se indican por las causales que se señalan a continuación:

#

Causa De Multa

Unidad

UTM

1.

Por cada atraso en la entrega de los sacos de leña trozada con un máximo de 10 días, No aplica para caso de fuerza mayor o fortuito debidamente calificado.

Por cada día de atraso.

1

2.

Entrega de sacos defectuosos y/o no entregar la carga en los muelles de la Barcaza Crux Australis.

Por evento.

0,3

3.

Cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases.

Por evento.

0,5

 

7.1. Procedimiento Para Aplicación De Sanciones Por Incumplimiento Y Multas.

La “DPP-Última Esperanza”, a través, de su oficina de Administración y Finanzas, llevará un registro de los incumplimientos y multas imputables al adjudicatario y procederá a notificar en forma escrita de tal situación al mismo, indicando el porcentaje acumulado de sanción hasta la fecha. Asimismo, indicará los hechos que originan la multa y su monto. Las comunicaciones que se efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de despachada la carta por Correo.

El adjudicatario dispondrá de cinco (5) días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, se dictará la pertinente Resolución por parte de la “DPP-Última Esperanza” que aplique la multa.

Si se han presentado descargos oportunamente, la Delegada Provincial resolverá sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente los descargos presentados. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario.

El adjudicatario podrá reclamar del acto administrativo que aplica la multa mediante los recursos que la Ley N° 19.880 franquea y dentro de los plazos que establece la normativa vigente.

En caso de quedar ejecutoriada la multa, el “Adjudicatario” podrá pagarla directamente dentro del plazo de cinco (5) días hábiles desde su notificación. Si así no lo hiciere, la “DPP-Última Esperanza”, a su arbitrio y fundadamente, podrá:

a) Descontar del pago correspondiente, el monto de la multa.

 

8. DE LA PROHIBICIÓN DE CESIÓN.

 

El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de este contrato podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.

 

9. DE LA CONFIDENCIALIDAD.

 

El adjudicatario y personal directo que se encuentren ligados a este contrato, deberán guardar absoluta confidencialidad de los antecedentes, reservados o no que, respecto de la “DPP-Última Esperanza”, tomen conocimiento durante su desarrollo.

La responsabilidad del adjudicatario será solidaria respecto de sus personeros, empleados, contadores.

El adjudicatario debe resguardar la confidencialidad de la información, reservándose la “DPP-Última Esperanza”, el derecho de ejercer las acciones que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información obtenida por el adjudicatario o las personas indicadas anteriormente, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará derecho a la “DPP-Última Esperanza” a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el “Adjudicatario”, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado las referidas personas.

 

10. DEL DOMICILIO DE LAS PARTES.

Las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Puerto Natales, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

II. BASES TÉCNICAS.

“Convenio de Suministro para la Adquisición De 1.848  Sacos de Leña Trozada”

ID 2019-8-LE23

 

El objetivo de este proceso de licitación es la adquisición de 1.848  Sacos de Leña Trozada para satisfacer la necesidad de calefacción de personas pertenecientes a Pueblos Originarios con residencia en la localidad de Puerto Edén, a contar del Totalmente Tramitado del presente proceso de licitación, las que deberán ajustarse a las cantidades, unidad de medida y demás especificaciones indicadas en las presentes bases técnicas.

 

1.1. Requerimiento Técnico

1. Línea de adjudicación N°1: Recursos de madera combustible / Cod: 70151903 / Convenio de suministro para la Contratación de 1.848 sacos de Leña, 25kg cada uno, Para Beneficiarios del Proyecto CONADI Social 2023.

2. Las fechas de entrega quedarán sujetas a las fechas de salida de la Barcaza Crux Australis desde Puerto Natales – Puerto Edén.

3. Ante un cambio imprevisto de salida de la barcaza, el oferente debe tener un lugar de almacenamiento de la carga hasta la nueva salida.

4. El oferente, cuando realice su oferta económica, deberá considerar el costo del Flete y las personas necesarias para el descargue de la leña en el puerto.

5. La leña se deberá entregar en el muelle de la barcaza Crux Australis, el día en que designe la empresa de transporte naviero para ingresar la carga. Al momento de llevar la factura electrónica, a la “DPP-Última Esperanza”, el oferente deberá adjuntar una copia del documento que respalde el embarque de los sacos de leña en la barcaza de la empresa Transbordadora Austral Broom S.A.

6. El día de la entrega de la leña en el puerto será respaldado con un acta de recepción de producto el cual será firmado por el Asesor PIDI - Conadi de Oficina Puerto Natales o quién se designe para esta labor por parte de la “DPP-Última Esperanza”.

7. El supervisor del contrato es Don Mauricio Domínguez Aguilar, Asesor PIDI - Conadi de Oficina Puerto Natales, a quien podrá contactar vía correo electrónico, mdominguez@conadi.gov.cl o a los teléfonos 61-2 411423 / +56977582305.

8. El oferente debe garantizar el origen de la leña nativa, por lo cual, al momento de realizar cada entrega deberá portar la Guía de Libre Tránsito, conforme Ley 20.283, debidamente visada por CONAF y entregar una copia del documento al momento de llevar la factura a oficinas de la “DPP-Última Esperanza”.

9. El proponente podrá indicar en su oferta con cuantos días de anticipación se debe realizar el pedido de sacos de leña.

10. Téngase presente que NO ES POSIBLE UNA SOLA ENTREGA para la cantidad total de sacos de leña trozada contratada.

11. La leña a contratar No requiere de certificación del Ministerio de Energía ni tener sello de calidad.

 

1.2. Forma de Entrega de los sacos de leña de trozada.

El adjudicatario deberá entregar los sacos de leña trozada según los requerimientos que fije el Supervisor del Contrato y previa coordinación de las fechas estimativas con la empresa adjudicada.

 

Esta cantidad puede variar, situación que se comunicará con anticipación al adjudicatario, por el Supervisor del Contrato.

El Adjudicatario será el único responsable de la totalidad del costo por flete y/o traslado de los sacos de leña trozada.

 

Los sacos de leña trozada deberán ser entregados en el muelle de la Barcaza Crux Australis, ciudad de Puerto Natales por el proveedor o por quien le reemplace en esa función.

 

Por lo anterior, se privilegiará el adjudicar a un proveedor con base en la ciudad de Puerto Natales.

 

Si resultare adjudicado un proponente sin sucursal en la ciudad de Puerto Natales, deberá considerar todos las variables necesarias para el fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma para cada evento de solicitud de entrega de los sacos de leña trozada.

 

Si por motivos de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente acreditados, el adjudicatario no pudiese hacer entrega de los bienes, deberá proponer a la “DPP-Última Esperanza”, en forma escrita, las alternativas para dar cumplimiento al servicio, lo que deberá ser previamente sometido a la aprobación del Supervisor del Contrato.

 

1.3. Formato De Los Sacos de Leña Trozada.

Se requiere que la leña sea embolsada en sacos de 25 kg cada uno.

 

1.4. Recepción Conforme de los sacos de Leña.

La recepción conforme será realizada por el Supervisor del Contrato, quien deberá verificar que la entrega se haya realizado de acuerdo con lo establecido en las Bases de Licitación.

 

Una vez verificada la recepción conforme el Supervisor del Contrato suscribirá el Acta de Recepción Conforme dando cuenta de los sacos de leña trozada recibidos y entregará junto a la factura al Departamento de Administración y Finanzas.

 

III. ANEXOS.

 

1. Anexo N°1

“Experiencia del Oferente” ID 2019-8-LE23

 

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre o Razón Social de la Persona Natural o Persona Jurídica

 

RUT de la Persona Natural o Persona Jurídica

 

Nombre del Representante Legal de la Persona Jurídica

 

RUT del Representante Legal

 

Firma de la Persona Natural o Representante Legal

 

 

Empresa Contratante

N° Orden de Compra

Fecha de

inicio

Fecha de término

Monto total

Datos de contacto (Nombre y fono y/o correo electrónico)

1

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

4

 

 

 

 

 

 

5

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

 

El intervalo de tiempo, para acreditar la experiencia corresponderá desde el 01 de enero de 2018 y  hasta el 30 de junio de 2023.

 

Este formulario deberá subirse al portal www.mercadopublico.cl, como archivo adjunto en el icono anexos técnicos, con sus respectivos respaldos, por ejemplo: facturas, contratos, órdenes de compra, actas de entrega u otro documento afín, que acredite su experiencia en la provisión y distribución de leña trozada.

 

PUERTO NATALES,                 de                                de  2023.

 

2. Anexo N°2

“Oferta Económica” ID 2019-8-LE23

 

I. IDENTIFICACIÓN.

ANTECEDENTES DEL OFERENTE

Nombre o Razón Social de la Persona Natural o Persona Jurídica

 

RUT de la Persona Natural o Persona Jurídica

 

Nombre del Representante Legal de la Persona Jurídica

 

RUT del Representante Legal

 

Firma de la Persona Natural o Representante Legal

 

 

Precio Unitario por saco de leña trozada de 25 kg

 

 

 

PRECIO TOTAL DE OFERTA ECONÓMICA CON IMPUESTO, (Precio Unitario Por 1.848  sacos) IVA Incluido

 

IVA 19%

 

PRECIO NETO TOTAL DE OFERTA ECONÓMICA (*)

(Precio Unitario Por 1.848 sacos) SIN IVA

 

 

PUERTO NATALES,                 de                                de  2023.

 

 

(*) CORRESPONDE AL VALOR QUE DEBE SUBIRSE EN EL PORTAL WWW.MERCADOPUBLICO.CL, PRECIO NETO TOTAL DE OFERTA ECONÓMICA.

 

EL VALOR DEL PRECIO UNITARIO DEBE CONSIDERAR TODOS LOS COSTOS ASOCIADOS A LA PRESTACION DEL SERVICIO, SU PERSONAL Y TRASLADO, SEGÚN CORRESPONDA.

 

ESTE FORMULARIO DEBE INGRESARSE COMO DOCUMENTO ANEXO EN EL MISMO PORTAL WWW.MERCADOPUBLICO.CL, EN EL ICONO “OFERTA ECONÓMICA”.

 

EN CASO DE EXISTIR ERRORES EN LA OPERACIÓN ARITMÉTICA, LA COMISIÓN EVALUADORA PODRÁ EFECTUAR LAS CORRECCIONES QUE SEAN PROCEDENTES, SIEMPRE Y CUANDO NO SE INFRINJA EL PRINCIPIO DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS BASES E IGUALDAD DE LAS PARTES.

 

II. DETALLE DE LA OFERTA:

Cuadro Requerimientos y especificaciones Técnicas a completar

DEBE COMPLETAR CADA UNO DE LOS ITEMS SOLICITADOS EN EL SIGUIENTE RECUADRO

TIPO DE LEÑA

Los Oferentes Deberán Indicar El Tipo De Especie Arbórea De Origen De La Leña Para Calefacción Trozada En Sacos De 25 KGS.

 

3. Anexo N°3

 

UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

 

Individualización del representante legal:

Nombre:

Cédula de identidad:

Domicilio:

 

El representante legal, que suscribe el presente instrumento, declara la intención de participar en el presente proceso como unión temporal de proveedores y que los miembros que constituyen esta unión temporal que oferta, son los siguientes:

Nombre del Proveedor

RUT

 

 

 

 

 

Del mismo modo declaro que en caso de inhabilidad de uno los miembros de esta unión temporal (marcar con una X):

 

No continuaremos en este proceso de compras.

 

Continuaremos con este proceso de compras.

 

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Nombre y Firma Representante Legal

 

PUERTO NATALES,                 de                                  de 2023.