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Resolución de Empates |
Se verá a aquella oferta que tenga mayor puntaje en el cumplimiento de Especificaciones técnicas.
En caso que aun así persista el empate se verá a aquella oferta que tenga mayor puntaje en el siguiente orden:
→ Plazo de entrega
→ Representación de la Marca
→ Oferta económica
→ Garantía para el equipo ofertado
→ Cumplimiento de requisitos formales
→ Programas de integridad
En caso de persistir el empate, se adjudicará a aquel proveedor que primero haya realizado su oferta en el portal
mercado público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
12.1. Resolución de consultas respecto de la adjudicación
Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, el
reclamo y/o consulta deberá entablarse, a través de la plataforma, ante el Servicio dentro del plazo de 5 días
hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl
y el correo estipulado en la ficha de la licitación.
Efectuada la consulta, el Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud entregara la respuesta y/o
aclaración a través de la plataforma, dentro de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la respectiva apertura electrónica de las ofertas, tanto técnica como económica, el Servicio podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el
precio.
Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de sistema de información (Art.
56 del Reglamento de la Ley N°19.886)
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite “o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde a notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por el Servicio o para acompañar los antecedentes requeridos por
esta. El Servicio no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan
sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los
antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la respectiva apertura electrónica de las ofertas, tanto técnica como económica, el Servicio podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el
precio.
Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de sistema de información (Art.
56 del Reglamento de la Ley N°19.886)
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite “o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde a notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por el Servicio o para acompañar los antecedentes requeridos por
esta. El Servicio no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan
sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los
antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la respectiva apertura electrónica de las ofertas, tanto técnica como económica, el Servicio podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el
precio.
Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de sistema de información (Art.
56 del Reglamento de la Ley N°19.886)
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite “o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde a notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por el Servicio o para acompañar los antecedentes requeridos por
esta. El Servicio no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan
sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los
antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la respectiva apertura electrónica de las ofertas, tanto técnica como económica, el Servicio podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el
precio.
Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio
respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de sistema de información (Art.
56 del Reglamento de la Ley N°19.886)
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite “o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde a notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por el Servicio o para acompañar los antecedentes requeridos por
esta. El Servicio no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan
sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los
antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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EN BASES DE LICITACION
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de
inhabilidad:
1. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo
del Código Penal.
2. Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a
200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de
encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o
ejecutoriada la respectiva resolución.
3. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se
acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por
sentencia judicial ejecutoriada.
5. Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
6. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de
la Dirección de Compras.
7. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
8. Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Documentos persona natural
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se
establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de
bienes y servicios con los funcionarios
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