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ADJUDICACION |
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Se adjudicara a solo un proveedor por línea, siendo este el mejor evaluado en los criterios de evaluación , sin embargo, de existir varias líneas la comisión podrá proponer adjudicar el total o parcial de las líneas a el o los proveedor con mayor cantidad de líneas adjudicadas según mejor evaluación de criterios de evaluación, lo anterior, en virtud de no provocar un gasto mayor al proveedor con menos líneas en relación al costo de despacho del producto adjudicado, considerando el valor total de cada producto en cuestión.- Para tal efecto se emitirá la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación. La comisión podrá proponer la adjudicación total o parcial de la propuesta. La Seremi de Salud Región del Biobío declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto por la Seremi dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si el adjudicatario incumple con lo ofertado en la licitación.
En todos estos casos, la SEREMI de Salud Región del Biobío podrá dentro de sus facultades y prerrogativas realizar una nueva adjudicación de la licitación fallida, adjudicando, al oferente evaluado con la siguiente mejor calificación, según cuadro comparativo y así sucesivamente, en la medida que cumplan íntegramente con las Bases Administrativas y resulten convenientes a los intereses institucionales y dejarla sin efecto en caso contrario.
Se establece además, que la SEREMI de Salud, podrá aumentar o disminuir las cantidades de los productos licitados de acuerdo a las necesidades de la Institución, enmarcado en el tipo de licitación según su tramo; siempre y cuando exista el respaldo financiero para hacerlo y se mantengan las condiciones de precio y plazo de entrega del o los proveedores adjudicados.
Prorroga de plazos de adjudicación; Respecto a la fecha de adjudicación informada a través del portal esta podrá ampliarse hasta un máximo de 10 (diez) días Hábiles. De acuerdo a lo establecido en el artículo 41 del reglamento “cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el sistema de información las razones que justifiquen el incumplimiento…”. Quedando registrada y fundamentada esta modificación en la fecha de adjudicación dentro de las etapas y plazos obligatorios de la ficha de licitación a través del portal Mercadopublico.cl de las presentes bases de licitación.-
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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