Licitación ID: 2079-5-LR20
ELABORACION INSTRUMENTOS EVALUACION EMTP
Responsable de esta licitación: CENTRO DE PERFECCIONAMIENTO EXPERI E INV, CENTRO DE PERFECC. EXPERIM. E INVESTIG. PEDAGOGICAS (CPEIP)
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 24
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Productos o servicios
1
Asesorías educativas 1 Unidad
Cod: 86141501
ITEM 1  

2
Asesorías educativas 1 Unidad
Cod: 86141501
ITEM 2  

3
Asesorías educativas 1 Unidad
Cod: 86141501
ITEM 3  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ELABORACION INSTRUMENTOS EVALUACION EMTP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE ELABORACIÓN DE INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS Y PEDAGÓGICOS PARA DOCENTES DE EDUCACIÓN MEDIA DIFERENCIADA TÉCNICO PROFESIONAL, PARA LA PROGRESIÓN EN EL SISTEMA DE DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE, PRIMERA ETAPA 2021 SEGUNDA ETAPA 2022 Y TERCERA ETAPA, 2023
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO DE PERFECCIONAMIENTO EXPERI E INV
Unidad de compra:
CENTRO DE PERFECC. EXPERIM. E INVESTIG. PEDAGOGICAS (CPEIP)
R.U.T.:
60.907.064-1
Dirección:
Camino Nido de Aguila 14557, Lo Barnechea
Comuna:
Lo Barnechea
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-01-2021 17:30:00
Fecha de Publicación: 21-12-2020 17:11:00
Fecha inicio de preguntas: 21-12-2020 17:31:00
Fecha final de preguntas: 31-12-2020 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-01-2021 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-01-2021 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-02-2021 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 13-04-2021 16:51:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 4.2. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas se recibirán desde el día de publicación de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl hasta el plazo señalado en el punto 13 “Cronograma de la Licitación” de las presentes Bases. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo y debido a las funcionalidades del portal www.mercadopublico.cl los Oferentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes podrán presentar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas, o que se refiera a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello los oferentes tendrán el plazo fatal de 5 días hábiles para la corrección de esta omisión, contados desde el requerimiento que en este sentido haga la Subsecretaría a través del sistema de información de compras públicas, sin perjuicio de lo cual esta situación será ponderada negativamente en la evaluación de las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- 4.3. INGRESO DE LA OFERTA TÉCNICA. El Oferente deberá ingresar como Oferta Técnica al portal www.mercadopublico.cl, un archivo adjunto por cada ítem al que oferte, identificando al ítem que corresponda, con lo siguiente: • Anexo Nº 1 de las presentes Bases, denominado "Formato presentación del equipo de trabajo", de acuerdo con lo especificado en el punto 4.7 de las Bases Técnicas, según el correspondiente ítem. Además, el Oferente deberá acompañar copia simple de títulos académicos de los profesionales del equipo de trabajo. La idoneidad de la documentación que guarda relación a títulos, grados o equivalente de los profesionales, se deberá demostrar ante la Subsecretaría mediante fotocopia simple de título profesional o técnico, de lo contrario, dicha información se tendrá por no acreditada. En el caso de tratarse de un título, grado o equivalente otorgado en el extranjero, corresponde distinguir lo siguiente. o En el caso de títulos o grados provenientes de Estados Parte de la "Convención de La Haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros' (Convención de la Apostilla), podrán contener su respectiva apostilla emanada del país de origen, conforme se regula en la Ley Nº20. 711 y su reglamento contenido en el Decreto Nº 81, de 2015, del Ministerio de Relaciones Exteriores. o En el caso de provenir de Estados que no son parte de la Convención de La Haya antes mencionada, los documentos deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. o Para acreditar experiencia, se deberá acompañar medios de verificación en el caso que correspondiere, como por ejemplo, boletas de honorarios, contratos de trabajo, finiquitos de contrato de trabajo, certificados de experiencia laboral emitidos por el empleador, entre otros. • Anexo Nº 2 de las presentes Bases, denominado "Propuesta Técnica", por cada ítem ofertado. • Anexo Nº 4 de las presentes Bases, denominado "Plan de Contingencia", deberá describir los procedimientos de contingencia asociados, por cada ítem ofertado. • Anexo N° 5 de las presentes Bases denominado “Mecanismos de Seguridad y confidencialidad”, por cada ítem ofertado. • Certificación de acreditación institucional, en el caso de las instituciones de educación superior, emitida por la Comisión Nacional de Acreditación, u otra evidencia que dé cuenta de la acreditación, si la universidad estuviese acreditada. Tratándose de personas jurídicas sin fines de lucro deberán acompañar normas de calidad ISO 9000/9001 de los últimos 5 años u otra equivalente, si las hubiere, por cada ítem ofertado. Asimismo, el oferente podrá ingresar: • a) Certificado emitido por el Registro Nacional de Discapacidad que acredite la contratación de trabajadores en la institución- que posean alguna discapacidad. • b) Listado que acredite mayor porcentaje de integrantes del equipo de trabajo que poseen contrato de trabajo de carácter indefinido y en el caso de funcionarios públicos, contrato de planta o contrata, esto conforme al Anexo Nº 3 de las presentes Bases, denominado "Listado de integrantes del equipo de trabajo y su modalidad de contratación". • Estos antecedentes no serán evaluados técnicamente, sino que serán considerados ante la ocurrencia de un empate en el puntaje final técnico-económico entre dos o más oferentes. • Junto con lo anterior el Oferente deberá presentar el Anexo N° 6 “Declaraciones Juradas”, por cada ítem al que oferta. Persona Natural: DECLARACIÓN JURADA En Santiago de Chile, a........ de .............. de 2020, don / doña: .............. ...................................................................................................................................., declara que: No ha sido condenado por prácticas antisindicales y/o infracción a los derechos fundamentales del trabajador y/o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, durante el período de dos años anteriores a la presentación de su oferta. No ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 10 del Título II del Artículo Primero de la Ley Nº 20.393. No ha sido condenada por los hechos descritos en la letra a) del artículo 3 del DFL N°1 de 2004 del ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que “Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973”, en que la sentencia definitiva y ejecutoriada haya impuesto la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado según se dispone en la letra d) del artículo 26 de la norma citada. __________________ Firma Persona Jurídica: DECLARACION JURADA En Santiago de Chile, a........ de ..............de 2020, don / doña ..................................................................................................................................., representante legal de ..........................................................................., viene en declarar que: 1.- La entidad que representa no ha sido condenada por prácticas antisindicales y/o infracción a los derechos fundamentales del trabajador y /o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, durante el periodo de dos años anteriores a la presentación de su oferta. 2.- La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario directivo de la Subsecretaría de Educación o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del DFL Nº 1/19653, de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; ni tampoco una sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 3.- La entidad que representa no ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 10 del Título II del Artículo Primero de la Ley Nº 20.393. 4.- La entidad que representa no ha sido condenada por los hechos descritos en la letra a) del artículo 3 del DFL N°1 de 2004 del ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que “Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973”, en que la sentencia definitiva y ejecutoriada haya impuesto la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado según se dispone en la letra d) del artículo 26 de la norma citada. __________________ Firma Para el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, deberán adjuntar copia del documento que formalice la Unión (sin necesidad de constituir una sociedad), donde se pacte a lo menos la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen en virtud de la presente licitación y el nombramiento de un representante o apoderado con poderes suficientes, cuya vigencia debe ser superior a la del contrato pretendido a través de la presente licitación. Además, cada persona (natural o jurídica) que la componga deberá presentar, conforme a su calidad, la declaración jurada precedente.
 
Documentos Económicos
1.- El precio que señalen los Oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al Valor Total Neto por ítem ofertado y deberá estar expresado en pesos chilenos. Los Oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Puntaje técnico= A. Acreditación Institucional * 5% + B. Propuesta técnica *30% + C. Equipo de trabajo *60% + D. Antecedentes Formales de la Propuesta * 5%. 70%
2 Precio Puntaje económico = OM * 3 / OE Dónde: OE = Oferta evaluada. OM = Oferta mínima. 3 = Puntaje máximo. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 3277000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jeannete Figueroa
e-mail de responsable de pago: jeannete.figueroa@mineduc.cl
Nombre de responsable de contrato: Administrador de Contrato CPEIP
e-mail de responsable de contrato: patricio.mendez@mineduc.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24066962-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El Contratista no podrá subcontratar los servicios requeridos en virtud del respectivo contrato. Se prohíbe la subcontratación total o parcial.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Subsecretaría de Educación, R.U.T. 60.901.000-2
Fecha de vencimiento: 18-08-2021
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: Esta garantía se exige para proteger a la Subsecretaría contra los riesgos de desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las Bases, retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de seriedad en los términos de la oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado; falta de entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del contrato y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de contrato. Por cada oferta efectuada, respecto de cada ítem, el Oferente deberá presentar una garantía que asegure el pago de manera rápida y efectiva, cuyo monto será de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos), a la orden de la Subsecretaría de Educación, R.U.T. Nº 60.901.000–2, con una vigencia no inferior a 210 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La Garantía de Seriedad de la Oferta será pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. En todo documento que se constituya como Garantía de Seriedad de la Oferta, es necesario que se indique la individualización del oferente que participa en la propuesta. En el caso de pólizas de seguro estas deberán ser pagaderas al primer requerimiento, sin liquidador y sin requerir ningún trámite adicional para su cobro. La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como Garantía de Seriedad de la Oferta para la Licitación Pública Nº 2079-5-LR20, indicando el ítem respectivo. Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, en cuyo caso deberá presentarse copia de dicho documento a través del portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes administrativos de la oferta. Los oferentes deberán presentar el documento de seriedad de la oferta, en la Oficina de Partes del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas de la Subsecretaría de Educación, ubicada en Camino Nido de Águilas Nº 14.557, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, de lunes a viernes, desde las 09:30 a las 12:30 horas; y desde las 15:00 a 16:30 horas hasta el día de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl. El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del oferente, nombre y RUT de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la garantía. Copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía. Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes señalados, no se evaluará la oferta presentada. Dicha situación será comunicada a la Comisión Evaluadora, previo al proceso de evaluación. Posteriormente, dicha oferta será declarará inadmisible a través de resolución fundada. Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría otorgará un plazo fatal de dos días hábiles, contados desde el requerimiento que en este sentido haga la Subsecretaría, para que el oferente subsane los errores meramente de transcripción que pueda contener la garantía presentada, excluyendo lo referido al monto y/o vigencia de la garantía, si transcurrido dicho plazo no se subsanaren los errores, no se evaluará la oferta presentada y posteriormente será declarada inadmisible a través de resolución fundada. Si dentro de la vigencia señalada en el párrafo segundo de este punto no se hubiere efectuado la adjudicación de la licitación, por razones no imputables a la Subsecretaría, éste solicitará a los Oferentes la renovación de las garantías de seriedad de las ofertas, antes de su expiración. Si alguno de los oferentes no accediera a la solicitud, su propuesta se tendrá por desistida, en cuyo caso la Subsecretaría devolverá los documentos de garantía en el plazo de cinco días hábiles, contado desde su vencimiento.
Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta para la Licitación Pública Nº 2079-5-LR20, Item
Forma y oportunidad de restitución: Dentro del plazo de 10 días contados desde la publicación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de las ofertas, o de la adjudicación según corresponda por ítem, los oferentes a quienes se les hayan rechazado administrativa o técnicamente sus ofertas y los oferentes que hubiesen obtenido el tercer o un lugar inferior en el listado decreciente, señalado en la letra b) del punto 7 referente a las funciones de la comisión evaluadora económica, indicadas en las presentes Bases Administrativas, podrán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en la Sección de Ejecución Presupuestaria de la Subsecretaría, ubicada Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1371, segundo piso, en días hábiles, en horario de 09:00 a 12:00 horas. La devolución de los documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso de que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción. Dicho plazo se contará desde la notificación de las mencionadas resoluciones a través del portal web de compras públicas, salvo que recurran de cualquier forma en contra de la resolución de adjudicación. Para retirar la Garantía, los Oferentes deberán presentar un poder simple, emitido por la persona autorizada para realizar dicho trámite; al momento del retiro les será exigido además del poder en comento, su cédula de identidad. Tratándose del Oferente adjudicado o el Oferente que hubiese obtenido el segundo mayor puntaje final, la restitución del documento de garantía de seriedad de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre firmado por el Oferente adjudicado o readjudicado, si correspondiesey una vez que éste haya hecho entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaría de Educación, R.U.T. 60.901.000-2
Fecha de vencimiento: 18-02-2025
Monto: 15 %
Descripción: Una vez notificado el adjudicado, este deberá presentar para cada ítem, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación, una garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, siendo necesario que en dicho documento se indique la individualización del adjudicado. Si el adjudicado presenta una póliza, como garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ésta deberá ser pagadera al primer requerimiento, sin liquidador, sin arbitraje y sin mediar ningún trámite adicional para su cobro. Además, la póliza deberá cubrir el pago de todo tipo de multas o cláusulas penales derivadas del contrato. La garantía o caución presentada deberá señalar que se encuentra tomada como “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de la Licitación Pública ID N° Nº 2079-5-LR20 ítem N° XXXXX, indicando además el o los ítems garantizados por la misma. Esta caución deberá ser extendida en pesos chilenos, a nombre de la Subsecretaría de Educación, RUT N°60.901.000-2, por un monto igual al 15% del valor del contrato por cada ítem, considerando toda su vigencia. Dicha garantía debe ser extendida en pesos chilenos. Si el Oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso la Subsecretaría hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará para el ítem respectivo al Oferente que según el Informe Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje económico entre los que hayan calificado técnicamente, si dicha oferta es conveniente para los intereses de la Subsecretaría. En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 9.6.5 de las presentes Bases, y siempre que el adjudicado no pague directamente las multas establecidas o estas no sean descontadas del valor total del servicio, la Subsecretaría hará efectiva esta garantía y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de poder ejercer las acciones legales que correspondan. Lo dicho no obsta a que el adjudicado reemplace la garantía según lo establecido en el párrafo final del punto 9.6.5. de las presentes bases. Además, dicha garantía cubrirá el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicado, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 19.886. En caso de que la prestación de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, el adjudicado deberá reemplazarla con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto y con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al nuevo período previsto para la prestación de servicios pendientes.
Glosa: Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de la Licitación Pública ID N° Nº 2079-5-LR20 ítem N° XX
Forma y oportunidad de restitución: La Subsecretaría hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez prestado conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y habiendo transcurrido el plazo de 60 días hábiles indicado en el párrafo primero. Para ello la Contraparte Técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello a la Sección de Ejecución Presupuestaria y solicitándole la devolución del documento de garantía. La Sección de Ejecución Presupuestaria procederá a devolver el documento de garantía dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la Contraparte Técnica. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
INFORMES Y PLAZOS
El Contratista deberá entregar por cada ítem y por cada etapa, tres informes de avance que permitirá la retroalimentación del proceso con el cual se dará término al proceso. Los informes deberán contener todos los contenidos indicados y con el formato establecidos por la Contraparte Técnica. Estos serán enviados al responsable del proyecto 15 días antes de las entregas de cada informe.
DEL PAGO
La Subsecretaría de Educación pagará al Contratista, por los servicios encomendados una suma única, bruta y total, por cada item, de acuerdo con el valor indicado por el Contratista en su oferta económica. El pago se distribuirá en 09 cuotas: 1) Una primera cuota, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, que será pagado una vez entregado y aprobado el Primer Informe de Avance, primera etapa (año 2021) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo a lo señalado en la letra a), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 2) Una segunda cuota, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, que será pagado previa entrega y aprobación del Segundo Informe de Avance, primera etapa (año 2021) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo con lo señalado en la letra b), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 3) Una tercera cuota, por un monto equivalente al 12% del valor total del contrato. Esta cuota será pagada previa entrega y aprobación del Tercer informe de avance, primera etapa (año 2021) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo con lo señalado en la letra c), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 4) Una cuarta cuota, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, que será pagado una vez entregado y aprobado el Primer Informe de Avance, segunda etapa (año 2022) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo a lo señalado en la letra a), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 5) Una quinta cuota, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, que será pagado previa entrega y aprobación del Segundo Informe de Avance, segunda etapa (año 2022) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo con lo señalado en la letra b), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 6) Una sexta cuota, por un monto equivalente al 12% del valor total del contrato. Esta cuota será pagada previa entrega y aprobación del Tercer informe de avance, segunda etapa (año 2022) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo con lo señalado en la letra c), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 7) Una séptima cuota, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, que será pagado una vez entregado y aprobado el Primer Informe de Avance, tercera etapa (año 2023) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo a lo señalado en la letra a), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 8) Una octava cuota, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, que será pagado previa entrega y aprobación del Segundo Informe de Avance, tercera etapa (año 2023) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo con lo señalado en la letra b), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. 9) Una novena cuota, por un monto equivalente al 16% del valor total del contrato. Esta cuota será pagada previa entrega y aprobación del Tercer informe de avance, tercera etapa (año 2023) y emitido el respectivo certificado de conformidad por parte de la Contraparte Técnica, de acuerdo con lo señalado en la letra c), del punto 9.6.1, de las presentes Bases. La Subsecretaría procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde que el Oferente presente la satisfactoriamente los siguientes antecedentes: a) Certificado que indique la recepción conforme de los servicios requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría señalada en el respectivo contrato. b) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo denominado “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, que acredite que el contratista o subcontratista, si correspondiere, no tiene deudas laborales o previsionales con los trabajadores que participan o prestan el servicio requerido, adjuntando la nómina de tales trabajadores. En el evento, de que este documento no exista, se podrá acompañar cualquier antecedente idóneo que permita acreditar el cumplimiento de las señaladas obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, incluido el pago de remuneraciones. En el evento de que el Contratista no tenga trabajadores o los trabajadores que participan o presten el servicio requerido, no tengan un contrato de trabajo regido por el Código del Trabajo, no deberá presentar dicho certificado, bastando sólo con una declaración jurada simple que señale que el Contratista no tiene trabajadores o los trabajadores que participan o presten el servicio requerido, no tienen un contrato de trabajo regido por el Código del Trabajo. c) La factura respectiva, en la Oficina de Partes del CPEIP, extendida a nombre del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, RUT Nº 60.907.064-1, con domicilio camino Nido de Águilas 14.557, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Asimismo, el Contratista deberá notificar a la Subsecretaría oportunamente si va a ceder, informando nombre, Rut, dirección del cesionario del crédito, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.983 y su reglamento. En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) el Contratista deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura. Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo provisto en el Art 3 Nº2 de la ley Nº 19.983. En caso de que el Contratista subcontrate parte de los servicios requeridos, para proceder al pago, deberá acompañar, además, los antecedentes señalados en la letra b) respecto del Subcontratista. La Subsecretaría podrá retener de los pagos que correspondan el monto que adeude el Contratista por concepto de remuneraciones u obligaciones previsionales con sus trabajadores o con los trabajadores del Subcontratista si correspondiese, dicho monto será utilizado para pagar al trabajador o a la institución previsional respectiva. Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la o las órdenes de compra deben encontrarse aceptadas por el Contratista, en el portal www.mercadopublico.cl. El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el Contratista deberá informar a la Subsecretaría, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. En todo caso, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del Contratista de la/s factura/s correspondiente/s. El pago de la(s) cuota(s) que se devengue(n) para los años presupuestarios futuros quedará(n) sujeto(s) a la disponibilidad de fondos que se contemple para el presupuesto de esos años, sin requerirse la dictación de acto administrativo adicional.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El contrato será administrado por el(la) funcionario(a) público(a) que se desempeñe como Administrador de Contratos del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, de la Subsecretaría de Educación, o por el/la funcionario(a) público(a) de su dependencia que éste(a) designe. Serán funciones del Administrador del Contrato, entre otras, las siguientes: a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad entregado por la Contraparte Técnica. b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda, previo requerimiento por escrito de la Contraparte Técnica. c) Verificar el cumplimiento de la normativa laboral por parte del Contratista, de conformidad a lo indicado en la letra b) del punto 9.6.2 de las Bases Administrativas, y solicitar, en caso de incumplimiento, el término anticipado del contrato. d) Solicitar reemplazar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo y forma señalado en el punto 9.3 de las presentes Bases Administrativas, en relación con lo prescrito en el párrafo final del punto 9.6.5 de las presentes Bases Administrativas. e) Adjuntar al portal de Mercado Público en la orden de compra del contratista el certificado de recepción conforme del servicio requerido, el cual será remitido por la Contraparte Técnica. f) En el caso de subcontratación, verificar que no se subcontraten servicios, de acuerdo con lo señalado en el punto 9.6.9 de las presentes Bases. g) Solicitar el término anticipado en el caso que corresponda. h) Para cada orden de compra, realizar la recepción conforme de ella en el portal web de compras públicas, adjuntando el certificado de recepción conforme del bien o servicio a la respectiva orden de compra, o realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento de estas obligaciones. Solicitar la devolución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato después de concluida la vigencia de la contratación, previa certificación conforme de la contraparte técnica. 9.6.4 CONTRAPARTE TÉCNICA. La labor de Contraparte Técnica será realizada por el (la) funcionario (a) público (a) que se desempeñe como Coordinador(a) del Área de Evaluación Docente, del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas de la Subsecretaría de Educación o por el (la) funcionario(a) público(a) de su dependencia que éste(a) designe, mediante memorándum o correo electrónico. Serán funciones de la Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias. b) Apoyar, coordinando las actividades que involucren salidas a terreno del Contratista, facilitando el contacto con los funcionarios regionales, provinciales y áreas de la Subsecretaría. c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados, establecidos en el respectivo contrato. d) Autorizar por escrito adecuaciones relativas al plan de trabajo del proyecto original, atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas que no constituyan modificaciones del precio, del objeto, ni de la viegencia del contrato.. e) Notificar por escrito modificaciones necesarias relativas a los procesos llevados a cabo por el contratista en el marco del desarrollo del servicio y/o productos y sus características, en cualquiera de las tres etapas. (preguntas, tablas de especificaciones, temarios, planillas de corrección, ensamblaje de las pruebas, instrumentos propiamente tales, diseño gráfico), justificiadas por razones técnicas y/o de fuerza mayor. f) Revisar, observar y/o aprobar los informes dentro del plazo de 10 días hábiles. En caso de formularse observaciones a los informes, el Contratista deberá corregirlas o aclararlas, según corresponda, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de las observaciones. A su vez, la Contraparte Técnica deberá aprobar o rechazar los informes dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde su entrega. g) Autorizar reemplazos de los integrantes del equipo de trabajo, durante el desarrollo del servicio, siempre que cada reemplazante cumpla con los requisitos indicados en el punto 4.7 de las Bases Técnicas. h) Entregar, al responsable del proyecto, las especificaciones necesarias para los informes referidos en el punto 9.6.1. de las presentes bases, con una antelación de 15 días corridos al término del plazo de entrega de cada informe. i) Solicitar al Contratista informes o antecedentes distintos a los referidos en el punto 9.6.1 de las presentes Bases, con el objeto de dar respuesta o permitir el acceso a la información el proceso, tanto a los evaluados como a instituciones públicas o privadas, según la normativa legal. La comunicación formal entre Contraparte Técnica y Contratista se realizará a través de correo electrónico.
SANCIONES
Si el Contratista no diere cumplimiento a las obligaciones emanadas del presente instrumento , la Subsecretaría, aplicará las siguientes sanciones: a) Si el Contratista no entrega o se retrasa en la entrega de los informes, deberá pagar a la Subsecretaría una multa equivalente a 100 unidades de fomento (100 UF), por ítem, por cada día corrido de atraso, con un límite de hasta 10 (diez) días corridos. b) Si la Subsecretaría rechaza un informe entregado, el Contratista tendrá solo una oportunidad exenta de multa para rectificar dicho informe. Si se rechazare un informe en una segunda oportunidad, se aplicará una multa equivalente 1000 unidades de fomento (1000 UF), de existir un tercer rechazo del informe, la Contraparte Técnica estará facultada para requerir el término anticipado del contrato. c) Si el contratista no cumpliera con la integridad del equipo presentado en la propuesta adjudicada, o si realizara algún cambio en el equipo de trabajo, durante el desarrollo del servicio, cualquiera de estas dos situaciones antes señaladas, sin previo aviso y aprobación de la Contraparte Técnica, se aplicará una multa de 200 unidades de fomento (200 UF), por cada modificación del equipo con un límite de dos eventos. d) En el evento de vulneración, pérdida, filtración o divulgación de información, entendiéndose por tal, la filtración de ítems de uno o más instrumentos en las primeras etapas del proceso (elaboración de ítems y validación interna). El Contratista estará obligado a confeccionar nuevamente los ítems que se encuentren en dicha situación, de manera tal que cumpla con las exigencias establecidas en estas bases, en un plazo de 15 (quince) días corridos; y en cualquier caso se le aplicará una multa de 1500 unidades de fomento (1500 UF), con un máximo de 2 eventos. e) En el evento de vulneración, pérdida, filtración o divulgación de información, entendiéndose por tal, la filtración de ítems de uno o más instrumentos en etapas avanzadas de (validación externa, ensamblaje y diseño gráfico del instrumento). El Contratista estará obligado a confeccionar y validar nuevamente los ítems que se encuentren en dicha situación, de manera tal que cumpla con las exigencias establecidas en estas bases, en un plazo de 20 (veinte) días corridos; y en cualquier caso se le aplicará una multa de 2.000 unidades de fomento (2000 UF), con un máximo de 1 evento. f) En el evento de vulneración, Pérdida, filtración o divulgación de información complementaria como; planillas de ensamblaje o corrección, tablas de especificaciones (con antelación a la publicación de los temarios), fichas de instrumentos, cuadernillos para puntos de corte, preguntas en Word, todo lo anterior de manera total o parcial,se aplicará una multa equivalente a 2000 unidades de fomento, con el tope de 1 evento. g) En caso de incumplimiento de los mecanismos de seguridad y confidencialidad señalados en la oferta y/o en ausencia de medios de verificación que comprueben que el contratista los está aplicando, se aplicará una multa equivalente 500 unidades de fomento (500 UF), aun cuando no se produjesen filtraciones o perdidas de ítems u otro producto del servicio, con el tope de un evento. h) Si entre los integrantes del equipo de trabajo se encontrase un profesional al que le corresponda participar del proceso de reconocimiento durante el año en que se elaborarán los instrumentos de evaluación y en el año siguiente; se aplicará una multa correspondiente a 1500 unidades de fomento, con el tope de dos eventos (Se incluye a coordinadores/as, profesionales de apoyo, elaboradores de ítems, expertos revisores en evaluación y en las especialidades, entrevistados o entrevistadores o cualquier otro miembro del equipo o colaborador que tenga acceso a posibles preguntas que se utilizarán en el diseño final) i) Si, durante la vigencia del contrato, la contraparte técnica evidenciara que una o más preguntas que conforman los instrumentos o set de preguntas (con excepción de preguntas anclas) no son inéditas, ya sea porque forman parte de una prueba Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos de años anteriores y/o son parte de cuestionarios, textos, otros instrumentos de evaluación o cualquier fuente, se aplicarán las multas de acuerdo al siguiente cuadro: Entre 1 y 4 preguntas no inéditas por instrumento y/o item completo. 500 unidades de fomento Entre 5 y 8 preguntas no inéditas por instrumento y/o item completo. 800 unidades de fomento Entre 9 y 15 preguntas no inéditas por instrumento y/o item completo. 1500 unidades de fomento En cualquiera de los casos, el proveedor deberá reemplazar las preguntas no inéditas por instrumento y/o item completo. j) Si durante la vigencia del servicio y con posterioridad a la aprobación de los informes se detectaran errores, incumplimientos de lo solicitado en las Bases Técnicas y/o discrepancias con lo indicado en los informes de avance tales como: cambios en las proporciones de tablas de especificaciones, cambios en los niveles de complejidad, incumplimiento de requerimientos de las preguntas anclas, incumplimiento de las características de diseño gráfico informadas, entre otras, se aplicará una multa de 500 unidades de fomento por cada error detectado, con un tope de 2 eventos. k) Si el Contratista incurre en cualquier otro incumplimiento que entorpezca o paralice la prestación de los servicios contratados afectando la calidad y/u oportunidad en la prestación de los mismos, se aplicará una multa equivalente a 2000 unidades de fomento (2000 UF) por cada evento detectado, con un tope de 2 eventos. Para la aplicación de la multa prevista en este literal se requerirá que la verificación del incumplimiento que efectúe la contraparte técnica describa detalladamente el hecho imputable exclusivamente al contratista, el tipo, grado o nivel de entorpecimiento o paralización y la relación de causalidad directa entre ello y la falta o disminución en la calidad y/o oportunidad en la prestación de los servicios contratados. Solo una vez que este informe sea validado por el Administrador del Contrato respectivo se iniciará el Procedimiento de aplicación de multas y sanciones previsto en estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, las multas, en su conjunto, no podrán superar el 15% del valor total del contrato por ítem, en caso que así fuere se entenderá que existe incumplimiento grave del contrato. El valor de la UF será calculado al valor del día de la total tramitación del acto administrativo que aplica la sanción. Las multas antes señaladas no se aplicarán si se producen por caso fortuito o fuerza mayor no imputable al Contratista, en cuyo caso la Subsecretaría ampliará el plazo de vigencia del contrato respectivo, si fuese necesario, mediante el correspondiente acto administrativo, por un término equivalente a la duración del impedimento respectivo, previa comunicación por escrito del Contratista y calificación conforme por parte de la Subsecretaría, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado, y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados. En caso que la Subsecretaría considere que existe mérito suficiente para aplicar sanciones, comunicará esta circunstancia por carta certificada al Contratista, indicando el monto y fundamento de la multa, además de acompañar a esta comunicación los antecedentes necesarios. El Contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la notificación de la comunicación señalada precedentemente, para formular sus descargos y aportar antecedentes. Con el mérito de los descargos y antecedentes, o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, la Subsecretaría resolverá mediante resolución fundada, previa ponderación de todos los antecedentes y descargos, remitiéndole a la Contratista copia del acto administrativo pertinente. La aplicación de la multa se materializará a través de acto administrativo fundado, contra el cual procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, en la forma y dentro de los plazos que en dicho cuerpo legal se señalan. El Contratista podrá pagar la multa directamente, en cuyo caso el pago de la multa deberá efectuarse dentro de diez días corridos, contados desde el requerimiento de su cobro por parte de la Subsecretaría, notificación que se efectuará por carta certificada entregada en el domicilio del Contratista estipulado en el contrato, la cual se entenderá notificada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos respectiva. Si el Contratista no paga directamente la multa, la Subsecretaría estará facultada para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que corresponda efectuar, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. En este último caso, el Contratista deberá reemplazar su garantía de fiel cumplimiento, hasta completar el 10% del valor total del contrato, para ello deberá entregar una nueva garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la aplicación de la multa, en los mismos términos señalados en el punto 9.3 de las presentes Bases.
TERMINO ANTICIPADO
La Subsecretaría podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Si se dictare Resolución de Liquidación, en contra del Contratista en un Procedimiento Concursal de Liquidación o si transcurriera el plazo de protección financiera concursal una vez dictada Resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización, o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Si se disolviere la sociedad Contratista. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el Contratista, siempre y cuando ello no se deba a un caso fortuito o fuerza mayor. Se considerarán situaciones de incumplimiento grave, superar los límites señalados en el punto 9.6.5 de las presentes Bases. f) Si el Contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. g) Si el Contratista no reemplaza la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo y forma señalado en el párrafo final del punto 9.6.5 de las presentes Bases Administrativas, en relación a lo prescrito en el punto 9.3 de las mismas. h) Por infringir el deber de confidencialidad establecido en el punto 9.6.7 de las Bases Administrativas. i) Por sobrepasar el porcentaje de subcontratación permitido en el punto 9.6.9 de las presentes Bases, o por contratar servicios no subcontratables. j) Por resolución fundada de la Subsecretaría de Educación en que se justifique que el servicio contratado ya no resulta necesario. La resolución será notificada por carta certificada dirigida al contratista con al menos 30 días de antelación a la fecha prevista para el término del contrato. En los casos de las letras b), c), e), f), g), h) o i), la Subsecretaría, hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, y además solicitará judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
INFORMACION CONFIDENCIAL
El Contratista declarará conocer y aceptar la política de seguridad de la información de la Subsecretaría, disponible en el portal www.mineduc.cl y se obligará en forma irrevocable a que toda información que la Subsecretaría le haya proporcionado o le proporcione con motivo del contrato respectivo y/o sus Anexos tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El Contratista deberá diseñar y operar, a su cuenta y riesgo, un protocolo de seguridad interno y externo que permita mantener la integridad y confidencialidad de la Información. El Contratista sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de dicho contrato y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de la Información Confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal sólo tenga acceso a la Información Confidencial que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del contrato respectivo. Al momento de la terminación por cualquier causa del contrato que se origine en virtud de la presente licitación, el Contratista deberá restituir, según lo indique la Subsecretaría, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, discos, cintas, disquetes o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de esta, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la Subsecretaría. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del Contratista durante la vigencia del contrato respectivo, o después de su finalización, dará lugar a la Subsecretaría a entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
DERECHO DE PROPIEDAD
El Contratista declara ser titular único y exclusivo de la totalidad de los derechos necesarios para suscribir el presente contrato y en tal carácter cede de forma exclusiva a la Subsecretaría los derechos de edición, reproducción, adaptación, traducción, distribución y comercialización o venta, en forma de libro, así como en cualquier otro soporte, y en general su aplicación a todo tipo de productos, diagnósticos, informes, términos de referencia y toda obra que se elabore con ocasión del cumplimiento del respectivo contrato. El Contratista no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, los documentos, sus resultados, los antecedentes del desarrollo del proyecto, sin previa autorización escrita otorgada por la Subsecretaría. El Contratista será responsable si se infringe cualquier tipo de patente, marca registrada o derechos de propiedad industrial o intelectual, y la ley sobre delitos informáticos en los bienes o servicios informáticos que suministra o que emplea para la ejecución del servicio encomendado. El Contratista deberá encontrarse siempre facultado para la ejecución de los servicios propuestos y contratados. Sin perjuicio de la cesión de derechos a que se refiere esta cláusula, el Contratista podrá hacer mención de las acciones desarrolladas con ocasión del respectivo contrato, en su difusión y presentaciones técnicas.
SUBCONTRATACION
El Contratista no podrá subcontratar los servicios requeridos en virtud del respectivo contrato. Se prohíbe la subcontratación total o parcial.
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá por 40 meses contados desde esa fecha.
PROHIBICION DE CESIÓN
El Contratista no podrá ceder ni transferir de forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
DEBER DE CONDUCTA DEL CONTRATISTA
El contratista se obliga a proceder en todo momento, durante la vigencia del contrato, conforme al principio de buena fe, manteniendo un comportamiento leal para con la Subsecretaría. Especialmente, se obligan a salvaguardar la confidencialidad de las negociaciones que involucre el cumplimiento del contrato.
RESERVA DE DERECHOS
La Subsecretaría se reserva el derecho a: a) Dejar sin efecto la licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, como resultado de modificaciones presupuestarias sobrevinientes, y, en general, por fuerza mayor o caso fortuito, mediante acto administrativo fundado al efecto que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl. b) La Subsecretaría podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Subsecretaría evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c) Adjudicar a la propuesta que sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos tanto para el proceso de licitación, y de ser adjudicado, durante la vigencia del contrato: a) Se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) Se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) Se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) Se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) Se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) Se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.