Previo al vencimiento del plazo para la suscripción del contrato, el
Hospital exigirá al oferente adjudicado, que acredite su solvencia financiera y
habilidad para contratar con el Estado mediante la entrega de certificado que
acredite su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del
Estado, conjuntamente con entregar un Certificado de antecedentes laborales y
previsionales, que informe respecto de los antecedentes labores y previsionales
de los dos últimos años, la Declaración Jurada Ley 20.393 (Formulario VI) en
caso de ser el adjudicatario persona jurídica (en caso de UTP se exigirá por
cada una de las personas jurídicas que la compongan) y la declaración de no
haber sido condenado por delitos concursales de aquellos tipificados en el
Código Penal.
El adjudicatario inscrito en el Portal Chile
Proveedores que no tenga contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma del contrato,
en fotocopia legalizada ante Notario, los siguientes documentos según proceda:
a)
En el evento de tratarse de personas Naturales se deberá adjuntar
fotocopia de la cédula de Identidad.
b) En
caso de ser personas jurídicas, los documentos que acrediten la constitución de
la persona jurídica y sus modificaciones, si las hubiere, y el documento en que
conste la personería de su representante legal. A demás se deberá señalar la
individualización completa de los socios, indicando su porcentaje de participación
en la empresa, salvo que se trate de una sociedad anónima abierta.
Estos documentos son:
·
Copia de la
escritura pública de constitución de la persona jurídica oferente, y sus
eventuales modificaciones; y si se tratare de sociedades anónimas o de
responsabilidad limitada, deberá adjuntarse, además, copia del extracto de la
escritura social, inscrito en el Registro de Comercio respectivo y publicación
del mismo en el Diario Oficial. En el caso que hubiera modificaciones al pacto
social original, también deberá cumplirse con la exigencia anterior.
·
Certificado
de vigencia emitido por el Registro de Comercio respectivo con una data no
superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el
contrato.
·
En el evento
que no constare el representante legal en los documentos antes referidos,
deberá adjuntarse la documentación en que consten las correspondientes
personerías de quienes están facultados para actuar en representación de la
entidad, especialmente para celebrar el tipo de contrato licitado, mediante
Certificado respectivo emitido por el Registro de Comercio con una data no
superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el
contrato.
c) Tratándose de personas
jurídicas que se acojan a la Ley Nº20.659, se debe acompañar Certificado de
Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen
General, según sea el caso, además del Certificado de Vigencia, Certificado del
Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente
persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº45,de 2013,
del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley
Nº20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución
de las Sociedades Comerciales.
d)
Copia del instrumento de formalización de la Unión Temporal de Proveedores de
acuerdo a lo prescrito en el artículo 67 bis del D.S. N°250/04 del Ministerio
de Hacienda o el instrumento constitución de la sociedad formada en caso de que
la Unión optara por éste, en conformidad a lo previsto en el acuerdo de
actuación conjunta. En dicho documento deberá dejarse en forma expresa la
solidaridad de quienes la componen respecto a las obligaciones contractuales,
estipulaciones respecto a la representación legal o mandato respectivo, forma
en que se deberá efectuar la facturación sea está a la Unión o a cada uno de
sus integrantes y en las cantidades o porcentajes que se hayan acordado,
duración de la unión y cualquier otra disposición que permita gestionar de
forma eficiente el contrato y garantizar su cumplimiento.
* Los documentos, sean
estos instrumentos públicos o privados, y certificados de cualquier naturaleza,
emitidos en el extranjero deberán presentarse en original debidamente legalizados,
esto es, la documentación debe ser legalizada en el Consulado chileno
respectivo y validada la firma del Cónsul por parte del Ministerio de
Relaciones Exteriores de Chile, sin perjuicio de la aplicación del tratado de
Apostillas en lo que fuere aplicable.