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BASES ADMINISTRATIVAS |
- BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN:
3.1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACION.
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Nombre de la Adquisición
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CONVENIO INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE CIRUGIA VASCULAR
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Objeto de la Licitación
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Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento, sus modificaciones y su modernización, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través del Departamento de Abastecimiento y Logística, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, a participar en la licitación pública para contar con una Empresa externa, que provea de bienes o servicios, para el Hospital de Curanilahue y la red del Servicio de Salud, determinado los requisitos administrativos mínimos para participar en la propuesta y garantizar con este mismo instrumento la calidad y entrega del servicio requerido.
Las Bases Administrativas, Anexos y todas las contempladas en el ID 2098-102-LE26, establecen las condiciones que regirán la Licitación y el posterior Convenio que se celebre para dar cumplimiento a este objeto.
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Tipo de Adquisición
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Publica – Licitación pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
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Tipo de Convocatoria
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Abierta
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Moneda
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Pesos chilenos
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Etapas del proceso de apertura de las ofertas
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Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
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Opciones de Pago
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Transferencia electrónica
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Publicidad de los anexos técnicos
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si
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Domicilio Del Oferente
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Aun cuando no se exprese en el Contrato, el oferente constituye domicilio en la Ciudad de Curanilahue, en la Calle Av. Bernardo O “Higgins 111, para todos los efectos de cualquier Acto Jurídico que pueda tener con el Hospital
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3.2 ORGANISMO LICITANTE
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Razón social
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Hospital de Curanilahue
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Unidad de Compra
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Hospital Curanilahue
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RUT
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61.602.211-3
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Dirección
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Avda. Bernardo O’Higgins #111
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Comuna
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Curanilahue
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Región
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Del Biobío
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3.3 INSUMOS A SOLICITAR
El hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue requiere la compra de Reactivos; los productos se detallan a continuación y en anexo N°2 de esta licitación:
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LÍNEA
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DESCRIPCIÓN / ESPECIFICACIONES TECNICAS
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1
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CONFECCION ACCESO VASCULAR AUTOLOGO EN BRAZO ANTEBRAZO, ACCESO VASCULAR SIMPLE, MEDIANTE FAV PARA HEMODIALISIS
CODIGO SIGGES: 2501031
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CONFECCION ACCESO VASCULAR PROTESICO EN BRAZO ANTEBRAZO, ACCESO VASCULAR PROTESICO, MEDIANTE FAV PROTESICA PARA HEMODIALISIS
CODIGO SIGGES: 2501033
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REPARACION ACCESO VASCULAR FISTULA ARTEREOVENOSA DE BRAZO O ANTEBRAZO PARA HEMODIALISIS, DISFUNCIONANTE, OCLUIDO
CODIGO SIGGES: 2501034
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CONFECCION ACCESO VASCULAR AUTOLOGO DE ALTA COMPLEJIDAD MEDIANTE FAV EN BRAZO ANTEBRAZO, PARA HEMODIALISIS
CODIGO SIGGES: 2501032
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3.4 PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial para esta adquisición corresponde a $ 50.649.630.- (Cicuenta Millones Seiscientos Cuarenta y Nueve Mil Sesicientos Treinta Pesos) Exento de Impuestos, para la totalidad del Servicio, es decir 3 meses y/o hasta agotar presupuesto.
Con cargo a Ítem N° 22-12-999-003-02 “Compra de Intervenciones Quirúrgicas”
N° 22-12-999-002-01 “Compra de Examenes”
N° 22-12-999-016-01 “Consultas Médicas al Extrasistema”
Se establecerá el valor unitario por servicio adjudicado y se pagaran los servicios efectivamente prestados, conforme a lo establecido en la presentes Bases Administrativas.
El oferente deberá indicar en el Anexo N°4 Formulario de Experiencia, los datos personales de o los profesionales que prestan el servicio y el número de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de salud.
Se validarán los servicios prestados, siempre y cuando los profesionales que participen de la prestación, sean los declarados en su oferta por el oferente adjudicado, a trevés del Anexo N°4 Fomulario de Experiencia.
3.5 DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y circulares emitidos por la autoridad pública.
HRAV: Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue.
Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Contrato: Documento que debe contener la individualización del contratista, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en las Bases.
Orden Compra: Orden de ejecución de los bienes o servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopúblico.cl.
Unidad Técnica: Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá como Unidad Técnica para todos los fines a Eu. Coordinador de Dialisis o quien la subrogue, funcionaria del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue, quien estará a cargo de la Supervisión del presente Contrato y cuyas funciones se detallan en numeral 3.26 de las presentes bases administrativas. Esta profesional podrá incluir personal técnico del área, ya sea para la evaluación o aclaración de algún aspecto específico.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el decreto N°661 del año 2024, del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley 19.886.
3.6 CONSIDERACIONES DE OPERATIVIDAD
a) Proveedor Adjudicado:
- Dentro de los 5 primeros dias del mes siguiente a aquel en que prestó los sevicios contratados, deberá entregar a EU. Coorinador de Dialisis, detalle con fecha, horario y prestaciones realizadas, en el mes anterior al cobro.
- Será de responsabilidad del contratante entegar la nómina con lo solicitado en el primer punto de lo contrario se le solicitará subsanar los errores u omisiones, debiendo aclarar ante la unidad solicitante, continuidad con el proceso inicial.
b) Departamento de Abastecimiento y Logistica:
- De manera mensual, dentro de los primeros 5 días del mes, deberá realizar la emision de orden de compra a través del protal de mercado público, enviando dicha orden de compra a proveedor adjudicado, de acuerdo a los servicios prestados mensuales.
c) EU. Coordinador Diálisis:
- Una vez recibidos el detalle por parte del proveedor, deberá revisar la emisión de este informe y dar visto bueno a los servicios ejecutados. De lo contrario podrá solicitar subsanar los errores u omisiones, continuando con el proceso inicial.
- Deberá solicitar a Unidad de personal un certificado del cumplimiento de horas contratadas via subtitulo 21 del proveedor adjudicado, una vez recibido este documento, debe solicitar a Despartamento de Abastecimiento y Logística, la emisión de orden de compra correspondiente a nómina de servicios realizados por el adjudicatario, indicando fecha y cantidad de procedimiento efectivamente realizados, individualizando a los respectivos prestadores de los servicios.
- Sera de responsabilidad del Supervisor del contrato, llevar el control de los servicios adjudicado en el sentido de no realizar más procedimientos de las establecidas en la licitación.
d) Proveedor Adjudicado:
- Deberá Aceptar Orden de Compra a través del portal de mercado público, emitir factura, previa emisión de orden de compra, en ningún caso el monto facturado podrá exceder del monto en OC emitida.
- FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO ENTREGAR POR LA DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura al correo electronico dipresrecepcion@custodium.com.
e) Departamento de Abastecimiento y logística:
- Una vez recibido la Factura en SGDTE, a través de la Encargada de Facturas y RC, se solicitará la emisión de Recepción de Conformidad del DTE al supervisor del convenio.
f) EU Coordinador Diálisis:
Deberá emitir recepción conforme del documento, adjuntando los documentos que respaldan recepción de conformidad emitida.
g) Departamento de Abastecimiento y Logística:
Una vez recibida la recepción de conformidad deberá, enviar los antecedentes a Departamento de Finanzas para generar devengo de documentos.
h) Finanzas:
- Al momento de recibir expediente, procederá a realizar devengo de la factura, para que posteriormente en los plazos establecidos, se realice el pago de los servicios, a través de pago directo desde la Tesorería General de la Republica.
i) De las prestaciones del Servicio:
ü Control preoperatorio en el cual se solicitarán exámenes, se firmar el consentimiento informado explicando al paciente el procedimiento a realizar.
ü 1 control postoperatorio
ü El control preoperatorio y postoperatorio contará de ser necesario con eco Doppler que deberá ser parte del equipamiento del oferente.
ü Los pacientes deben ser pacientes con indicación de FAV por un especialista Nefrólogo
El oferente deberá contar como parte de su equipo mínimo con:
ü 01 médico especialista Vascular
ü 01 arsenalera
ü 01 pabellonera
ü 01 auxiliar de anestesia
ü 01 Cirujano general
ü 01 Profesional de Enfermería
ü 01 Anestesista si se requiere
ü 01 Auxiliar de Aseo
ü Contar con cajas quirúrgicas para confección de FAV
ü Eco Doppler si es necesario
3.7 DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LOS ORGANISMOS DEL ESTADO
- Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera o idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas con su información actualizada, en el registro de proveedores en el artículo 16, cumpliendo con los demás requisitos que este señale y con los que exige el derecho común.
- Quedaran excluidos quienes, dentro de dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código postal.
- En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
- Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
- Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
- El inciso anterior solo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que adjudicatorio se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
3.8 DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
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Normativa Aplicable:
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Esta Licitación se rige por las bases, conjuntamente con las consultas, respuestas y aclaraciones, órdenes de compra, contratos y demás documentos del proceso licitatorio que se publicaran en el portal de compra publicas www.mercadopublico.cl y en lo previsto por éstas, por las normas de la ley 19.886, su reglamento y su modernización Ley 21.634.
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Participantes:
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Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas, uniones temporales de proveedores (de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del reglamento Ley 21634 que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas, y Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº19.886.
En consecuencia, las uniones temporales de proveedores cuando se trate de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, las uniones temporales de proveedores deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. En todo caso, la vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
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Requisitos Que Deben Cumplir Los Proveedores
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REQUISITOS MÍNIMOS PARA OFERTAR.
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el código Penal dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la ley de compras. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el Hospital de Curanilahue podrá verificar esta información a través de los medios oficiales disponibles para el efecto.
- Encontrarse inscrito y hábil en Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de proveedores”, al momento de celebrar las respectivas ofertas con las entidades contratantes. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el registro de Proveedores
- Asimismo, el oferente No haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del decreto con fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
- Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada. Para ello, el oferente (y el integrante UTP que ingrese la oferta en el Sistema tratándose de ofertas efectuadas bajo modalidad UTP) deberá efectuar dicha declaración de manera completamente electrónica o a través del formato de declaración denominado ¨Declaración jurada de requisitos para ofertar¨, solo respecto de la sección "inhabilidades por condena", el que se encuentra disponible en el módulo de presentación de las ofertas del Sistema de información www.mercadopublico.cl, En el caso de los integrantes UTP que no corresponden o aquél que realice el ingreso de la oferta en el Sistema de información, igualmente deberán dar cumplimento o esto exigencia, la entidad licitante podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
- En caso que el oferente no dé cumplimiento a la exigencia señalada precedentemente, ya sea que no complete debidamente la declaración jurada online, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible y no será parte del proceso de evaluación de ofertas.
- Adicionalmente, no podrán participar de la presente licitación aquellos oferentes que se encuentren en alguno de las situaciones descritas en el artículo 4 Ley 21634 que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas. Quedaran excluidos quienes, dentro de dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código postal.
- En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
- Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellos que hayan sido condenados por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N°19.973, en el artículo 8° de la ley N°18.374 y en los artículos 250 y 257 bis del Código penal, o la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Hospital de Curanilahue verificará esta información o través del Registro que se llevó para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica.
- No podrán participar en la presente propuesta aquellas personas naturales o
jurídicas que se encuentren inhabilitadas para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
- En caso que el proponente oferte bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el Hospital de Curanilahue verificara la información a través de dicho registro para cado uno de los integrantes de la UTP.
REQUISITOS PARA SER CONTRATADO.
- Encontrarse inscrito y hábil en Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de proveedores”, al momento de celebrar los respectivos contratos con las entidades contratantes. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar al Hospital de Curanilahue, los siguientes documentos:
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Si el proveedor adjudicado es persona natural
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a) Declaraciones Juradas Simples debidamente firmadas, que acredite que el proveedor no se encuentra afecto a la inhabilidad establecida en el artículo 4 inciso 1°de la ley 19.886 y a las inhabilidades para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
b) Fotocopia Simple de la cédula de Identidad del proponente.
c) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
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Si el proveedor adjudicado es persona Jurídica
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a) Declaraciones Juradas Simples debidamente firmadas, que acredite que el proveedor no se encuentra afecto a la inhabilidad establecida en el artículo 4 inciso 1° de la ley 19.886 y a las inhabilidades para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886
b) Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación u otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
c) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
d) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
e) Certificado Antecedentes Laborales y previsionales, emitido por la dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Nota: Las Uniones Temporales de Proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886.
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Unión Temporal De Proveedores
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En este caso, quienes la componen todos sus integrantes deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponde a persona natural o jurídica.
a) Los solicitantes deberán declarar que no están incluidos en las listas de personas naturales o jurídicas declaradas inelegibles para la adjudicación de contratos elaboradas por las instituciones financieras multilaterales. Esta información deberá actualizarse cada vez que haya modificaciones a su respecto y dentro de los plazos que defina la dirección de la ley de compras según el párrafo 3 del articulo 145 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras publicas.
b) Escritura Pública, Pública que conste el acuerdo de la Unión Temporal para participar y contratar en la presente licitación, en concordancia con el artículo 4 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras publicas
c) Registro de Registro de proveedores del Estado de cada miembro de la Unión Temporal.
d) En caso de que uno o más integrantes sean personas jurídicas deberán presentar declaración jurada de no haber sido condenados por los delitos previstos en la ley de Responsabilidad Penal N. 20.393
e) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
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Computo de los Plazos para proceso Licitatorio
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Todos los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos, específicamente en las ofertas de los oferentes.
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Idioma:
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Español
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Comunicación con el HRAV.:
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Exclusivamente a través del portal Web Mercado Público.
Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl
El Hospital podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl , aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el principio de estricta sujeción a las Bases.
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Soporte de Documentos:
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Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la ley de compras y su reglamento.
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3.9 GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación, sea para presentar oferta, para la adjudicación, durante la firma del contrato y la ejecución del mismo, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue.
3.10 DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA LICITACIÓN
Esta Licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, su reglamento aprobado por Decreto N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda y Ley N°21.634, que moderniza la ley de compras y los documentos que a continuación se indican:
a) Bases administrativas, Bases técnicas y Anexos
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el HRAV a través del documento formal denominado “Modificación de Bases”.
c) Consultas y Respuestas realizadas a través del foro del proceso de licitación.
d) Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el HRAV.
Los documentos que a continuación se detallan, formarán parte integrante de la licitación y posterior contrato:
a) Resolución que aprueba Bases
b) Bases Administrativas
c) Anexo de Licitación
d) Cuadro comparativo
e) Acta de Evaluación
f) Resolución de adjudicación.
g) Declaración Jurada
h) Los documentos exigidos en las presentes Bases.
i) Contrato, orden de compra y/o resolución que lo aprueba.
3.11 ETAPAS Y PLAZOS
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CONVOCATORIA A PROPUESTA PÚBLICA
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A través de las presentes Bases, el director del HRAV convoca a licitación, en el Portal Mercado Público. La fecha de publicación será dentro de los 2 días hábiles siguientes desde la tramitación de resolución que aprueba estas Bases
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ETAPA DE VISITA A TERRENO
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NO APLICA
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ETAPA DE PREGUNTAS
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Las consultas que deseen efectuar los proponentes se efectuarán sólo a través del Foro del portal web Mercado Público, transcurrido 1 día desde la fecha de la publicación y hasta transcurridos a lo menos 2 días corridos desde la fecha de publicación, en caso que la fecha coincida con día sábado, domingo o festivo considerar el día hábil siguiente.
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RESPUESTAS
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Las respuestas a las interrogantes que pudiesen presentarse en la etapa indicada en el punto anterior, serán publicadas como plazo máximo 2 día hábiles posterior al cierre del periodo de consultas; vía portal web Mercado Público.
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FECHA DE CIERRE
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Las ofertas Técnicas y económicas se recibirán electrónicamente en el portal web Mercado Público a lo menos 5 días corridos, contados a partir de la fecha de publicación de la licitación en el portal y hasta las 17:00 horas del último día. En caso que la fecha coincida con día inhábil, esta se considerará para el día hábil siguiente; en caso de que la fecha de cierre coincida con un día lunes o día siguiente a un feriado, esta no podrá ser antes de las 15:00 hrs.
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APERTURA ELECTRÓNICA
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Se procederá a la apertura electrónica de las ofertas en una etapa dentro del día a la fecha de cierre de la licitación, oportunidad en la cual se deberá realizar las siguientes acciones establecidas en el Portal Mercado Público, para validar las ofertas.
Verificar que los oferentes hayan ingresado en forma electrónica, junto a la oferta económica, los formularios administrativos y técnicos solicitados.
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PLAZO COMISIÓN DE EVALUACIÓN
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Para la evaluación y adjudicación, de la propuesta, la comisión de evaluación emitirá un informe completo de evaluación, dentro de 20 días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica
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PLAZO ADJUDICACIÓN
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La Licitación será adjudicada dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica.
Si por causas no imputables al HRAV, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Complejo Asistencial publicará una nueva fecha en el Portal Mercado Público informando allí las razones del atraso.
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3.12 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
a) Los oferentes deberán presentar sus ofertas sólo a través www.mercadopublico.cl. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Sólo en el caso de que se produzca alguna indisponibilidad técnica en el sistema www.mercadopublico.cl., para lo cual el organismo de dirección de compra emitirá su respectivo certificado que acredite dicha indisponibilidad. Y Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.
b) Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases.
c) Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema.
d) Los oferentes participantes de esta licitación deberán obligatoriamente presentar en su oferta todos los requisitos solicitados, y documentación en general que será considerada para la evaluación.
e) La sola presentación de la oferta, implicará por parte del oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases y en las Especificaciones Técnicas, en cuanto le sean aplicables.
f) Se deberá indicar plazo o fecha de vigencia de la oferta, la cual deberá tener una validez mínima de 60 días hábiles a partir de la fecha de la apertura electrónica. De no incluirse este plazo, se entenderá que es este plazo mínimo.
g) Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, su Oferta Económica mediante Anexo Nº3 denominado “Formulario de oferta Económica”
Presentación Oferta Administrativa:
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su Oferta Administrativa, uno o más archivos con la siguiente información:
a) Anexo Nº1: Identificación del Oferente
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su Oferta Técnica, uno o más archivos con la siguiente información:
Aquel oferente que no cumpla con la totalidad de los requerimientos técnicos indicados en estas bases, oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
Presentación Oferta técnica:
Anexo N°2: Formulario de cumplimientos mínimos (exigible)
Anexo N°4: Formulario de Experiencia (Evaluable)
Propuesta Económica:
a) Anexo Nº 3: Oferta económica
- En caso que la oferta indicada en este Anexo no sea concordante con la informacion indicada en el portal, se considerará ésta última como información relevante para la evaluación de este criterio.
- Los oferentes deberán ingresar en el portal www.mercadopublico.cl el VALOR TOTAL NETO, expresdo en mondea nacional (pesos chilenos) según Anexo N°3, (El detalle del valor por prestación debe ser informado en Anexo N°3)
- LOS PRECIOS SE DEBERÁN MANTENER FIJOS POR TODO EL CONVENIO.
- El oferente deberá contemplar todos los riesgos, contingencias y demás factores o circunstancias que puedan afectar el monto de su propesta económica.
- El precio ofertado deberá considerar los costos asociados a los servicios prestados en esta licitación.
3.13 REQUISITOS PARA OFERTAR
a) Los Proveedores deberán encontrase inscritos y hábiles en el registro de proveedores a cargo de la Dirección Compras y Contratación Pública y para poder participar en cualquier procedimiento de contratación y suscribir los Contratos Definitivos.
b) Completar firmar y subir a su oferta en el Portal todos los formularios que componen la oferta que se encuentran en numeral 3.12 de bases administrativas. Hospital de Curanilahue.
c) Aquel oferente que no cumpliera con lo señalado en el inciso anterior, su oferta será declarada inadmisible.
d) Ofrecer servicios que cumplan con todas las especificaciones solicitadas en las bases de Licitación.
3.14 MODIFICACIONES A LAS BASES
Las bases de cada Licitación serán aprobadas por acto administrativo de la autoridad competente. En caso de que las Bases sea modificadas antes del cierre de recepción de ofertas, deberá considerarse un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones según el artículo 40 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas.
3.15 CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MIDIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de las Bases Administrativas y del contrato de suministro para todos los efectos correspondientes.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas y documentos que integran la propuesta.
3.16 ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACION
Durante la etapa de evaluación la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de estas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectara el principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los proveedores, esta deberá estar contemplada en las bases de licitación, especificando un plazo breve y fatal para la corrección de estos, contando desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema de información.
En tales condiciones, las bases deberán establecer, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando un menor puntaje de las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación, con todo lo requerido.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del sistema de información.
3.17 DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS Y LA COMISIÓN EVALUADORA
La apertura electrónica de las ofertas administrativas, económicas y técnicas se realizará en el portal de Compras del Estado y en este caso serán aceptadas o rechazadas de acuerdo a si se ajustan a lo solicitado o no, la evaluación técnica de los antecedentes ofertados, serán analizados por una comisión compuesta por funcionarios del Hospital, que será la responsable de evaluar y seleccionar las oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, los funcionarios a cargo de la evaluación son los siguientes:
- EU. Corrdinador de Servicio de Dialisis, o quien los Subrogue;
- Jefe de Abastecimiento y Logística, o quien lo subrogue;
- Subdirector Administrativo, o quien lo subrogue.
LOS FUNCIONARIOS QUE INTEGREN DICHA COMISIÓN, DEBERÁN SUSCRIBIR UNA DECLARACIÓN JURADA SOBRE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS Y CONFIDENCIALIDAD POR PARTE DE MIEMBROS DE LA COMISIÓN EVALUADORA EN LICITACIÓN
ID 2098-102-LE26 DEL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA V. DE CURANILAHUE.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la administración del estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las regalas estatuaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes según el párrafo 7 del artículo 54 de la ley ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría del Departamento de Jurídica del Servicio de Salud Arauco, quien emitirá un informe respecto a lo consultado.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría de personal contratado a Honorarios, quienes podrán ser incluidos en dicha comisión de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°54 del reglamento de compras.
La comisión evaluadora en conformidad a las atribuciones entregadas de acuerdo a este numeral y demás antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a) Resolver dudas o discrepancias que puedan surgir en relación a la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha del Portal Mercado Publico.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, para que estos tomen conocimiento de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente durante el periodo de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión Evaluadora.
Finalmente, los integrantes de la comisión, emitirán un acta de evaluación y propuesta de adjudicación.
3.18 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
Evaluación de las Ofertas:
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas ofertas que contengan claramente la información requerida y que además correspondan a los servicios solicitados en esta licitación. Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en las etapas de evaluación técnica y económica.
La pauta de Evaluación que utilizará la Comisión de evaluación, dentro del proceso será la siguiente:
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CRITERIO
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PONDERACIÓN
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PRECIO
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50%
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EXPERIENCIA
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40%
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CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE
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4%
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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6%
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PORCENTAJE TOTAL
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100%
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- Precio (50%):
Se evaluarán aquellos proveedores que oferten los Servicios solicitados según lo indicado en Anexo N°3, en caso que la oferta indicada en este Anexo no sea concordante con la información indicada en el portal, se considerará ésta ultima con información relevante para la evaluación de este criterio. Este criterio será evaluado mediante una regla tres simples de acuerdo al sguiente recuadro:
(Precio mínimo Ofertado / Precio Oferta Evaluada) * 50%
Los Oferentes deberán completar, firmar y subir en el Portal, su Oferta en el Anexo Nº 3.
La oferta económica debe ser en pesos chilenos por el valor neto unitario de cada Reactivo e Insumo requerido en Anexo N° 3.
- EXPERIENCIA (40%)
La evaluación de este criterio se evaluara según el siguiente detalle:
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EXPERIENCIA
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Experiencia del prestador del servicio, superior o igual a 24 meses: 40%
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Experiencia del prestador del servicio, superior p igual a 12 meses o inferior a 24 meses: 20%
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Experiencia del prestador del servicio, inferior a 12 meses o no presenta medio de validación: 0%
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MEDIO DE VALIDACIÓN: órdenes de compra, contratos o certificados que acrediten la expericiencia del facultativo y la entidad que representa en e área licitada, en establecimientos de salud de quienes realizaran las prestaciones (jefe equipo médico o equipo médico). Que acredite los meses de ejercicio en la respectiva institución.
Los certificados que acrediten la experiencia laboral en la prestación de los servicios licitados deberán indicar lo siguiente:
- Razón social de la empresa/istitución donde el oferente evaluado prestó los servicios.
- Identidicación en el citado documento del oferente participante (profesional que prestará el servicio).
- Perido en el que se presentaron los servicio (mes/año)
- Nombre firma y timbre del responsable de la entidad que informa sobre los servicios prestados.
El hospital de Curanilahue podrá verificar los antecedentes señalados en los certificados correspodientes.
Si los certificados no contienen la información antes indicada, éstos serán desestimados y no estrán considerados en la evaluación del criterio de experiencia. Sólo se evaluarán los certificados acompañados correctamente.
NOTA: En el caso de que los servicios sean prestados por más de un profesional, este criterio evaluara a la totalidad de los prestadores ingresados en Anexo N°4, por lo tanto, cada uno de los prestadores debe cumplir con los meses de experiencia requeridos en este criterio.
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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Cumple con Todos los Requisitos Formales: 6%
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No Cumple con Todos los Requisitos Formales: 0%
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Los oferentes deberán cumplir con todo lo solicitado en el numeral 3.12 “Presentación Oferta Administrativa”, “Presentación Oferta Técnica” y Propuesta Económica, de las presentes bases.
- CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE (4%)
En armonía con la Directiva de contratación N°31 sobre Código de Ética para Proveedores del Estado; el dictamen E370752N23 de Contraloría General de la República que indica la necesidad de que los oferentes cuenten con programas de integridad conocidos por su personal, el dictamen E435864N24 de Contraloría General de la República que autoriza puntuar ofertas de personas naturales sin programa, siempre que exista un compromiso de implementación dentro de un plazo establecido en la oferta, y en consideración de la Guía de Buenas Prácticas en Compras Públicas enfocada en organismos compradores, de noviembre 2024, y el Manual de recomendaciones y Buenas Prácticas en Compras Públicas, el cual exige acreditación formal del Programa de Integridad, de fecha mayo del 2025, ambas de la Dirección Chilecompra y Contratación Pública, y finalmente el artículo 17 del Decreto 661/2024 de Min. de Hacienda que fija el Reglamento de Compras públicas que establece que los proveedores que contraten con Entidades deben demostrar tener programas de integridad y ética empresarial, conocidos y aplicados por su personal.
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CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE (4%)
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Criterio
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Descripción
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Sub-ponderación
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Formalización del programa
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Existencia de programa por escrito con firma o compromiso institucional
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1%
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*En el caso de persona natural, En caso de no contar con programa, incluir compromiso formal con fecha límite (Aplica dictamen E435861N24 de CGR)
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0.5%
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No cuenta con existencia de programa por escrito con firma o compromiso institucional
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0%
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Difusión interna
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Evidencia que ha sido comunicado al personal
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1%
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No cuenta con evidencia que ha sido comunicado al personal
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0%
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Herramientas operativas
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Cuenta con canal de denuncias, matriz de riesgos y sanciones
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1%
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No cuenta con canal de denuncias, matriz de riesgos y sanciones
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0%
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Capacitaciones y actualizaciones
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Existencia de sesiones o plan de capacitación al personal, y revisión del programa al menos una vez anual
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1%
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No cuenta con existencia de sesiones o plan de capacitación al personal, y revisión del programa al menos una vez anual
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0%
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MEDIOS DE VALIDACIÓN:
A) Formalización del programa: Copia del programa de integridad firmado por el representante legal, acta de aprobación del directorio o gerencia, documento con fecha de elaboración y versión.
B) Difusión interna: Copia de correo masivo enviado al personal, registro de reuniones o capacitaciones (listas de asistencias, presentaciones, actas, captura de intranet o plataforma interna donde esté publicado.
C) Herramientas operativas: copia de la matriz de riesgos institucional, evidencia de canal de denuncias activo (ejemplo: correo oficial, formulario web, línea telefónica), reglamento interno con procedimientos disciplinario o sancionatorio vinculado al programa.
D) Capacitaciones y actualizaciones: Cronograma o plan anual de capacitaciones en integridad, certificado de participación o listas de asistencia, informe de actualización anual del programa (ejemplo: acta, circular, revisión formal)
E) *Compromiso de implementación (Dictamen E435861N24 de CGR): En el caso de persona natural. declaración jurada simple del representante legal comprometiéndose a implementar el programa en un plazo específico (máximo 6 meses), carta de compromiso incorporada en la oferta, cronograma tentativo de implementación.
*Si una persona natural (un oferente o contratista individual) no tiene implementado un Programa de Integridad, puede igualmente participar, siempre que entregue una carta de compromiso en la que prometa poner en marcha dicho programa dentro del plazo que ella misma indique.
Sin embargo, si llegado ese plazo el contratista no cumple con implementar efectivamente el Programa de Integridad, el Hospital Provincial Rafael Avaria Valenzuela queda facultado para poner término anticipado al contrato, es decir, darlo por finalizado antes del vencimiento normal de su plazo.
OBSERVACION: Aquel oferente que no cumpla con la totalidad de los requerimientos técnicos indicados en estas bases, oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
Los oferentes deberán cumplir con todo lo exigido en los acápites “PRESENTACIÓN OFERTA ADMINISTRATIVA”, “PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA y “PROPUESTA ECONOMICA” de las presentes bases, de no cumplir con todo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá declarar la oferta inadmisible
3.19 ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
3.19.1 En cuanto a la inadmisibilidad de las ofertas y Deserción de la licitación: El Hospital de Curanilahue deberá declarar inadmisible cualquier oferta presentada que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad del Hospital de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases, la cual será evaluada por la comisión.
Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada.
La adjudicación o deserción será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Dr. Rafael V. de Curanilahue.
Está licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos según artículo 59, 60 y 61 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas:
Artículo 59: Inadmisibilidad de las ofertas
La entidad licitante declarara inadmisible las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento
Artículo 60: Inadmisibilidad de las ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre si
Se declarará inadmisible una o más ofertas, cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultaneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la ley de compras.
Artículo 61: ofertas riesgosas o temerarias
La entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios del mercado sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato.
3.16.2 En cuanto a Resolución de Empates: Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “PRECIO”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “EXPERIENCIA”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE”.
En caso que siguiere persistiendo la igualdad, la licitación finalmente se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta según licitación ID 2098-102-LE26 a través del portal www.mercadopublico.cl .
Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl , de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas. Transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria. V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl .
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado.
3.20 READJUDICACIÓN
El Hospital de Curanilahue, tendrá la facultad de readjudicar la licitación realizando la reevaluación de las ofertas recibidas, descartando del análisis, la oferta inicialmente adjudicada, para readjudicar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en bases, y así sucesivamente, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
- En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta;
- No cumpla con los requisitos establecidos en las Bases para contratar;
- No se inscriba o no se habilite en el registro de proveedores del estado, en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la adjudicación;
- Se rehúse a suscribir el contrato;
- No haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para ello,
Además, en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
- Si el adjudicatario es una unión temporal de proveedores y no adjunta la escritura pública (Notarial) si correspondiere, en la que conste el acuerdo que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases de licitación.
- Si el adjudicatario es inhábil para contratar con la Administración del Estado, en los términos establecidos en el artículo 4° de la Ley de Compras o no entrega los documentos que le sean requeridos para acreditar dicha condición.
- Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la adjudicación.
3.21 DEL CONTRATO Y SU VIGENCIA
El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del oferente adjudicado. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, se solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 del Reglamento de Compras.
Vigencia del contrato. El contrato se mantendrá vigente por 3 meses.
3.22 DOMICILIO DEL OFERENTE
Aun cuando no se exprese en el Contrato, el oferente constituye domicilio en la ciudad de Curanilahue, en calle Av. Bernardo O’Higgins 111, para todos los efectos de cualquier acto jurídico que pueda tener con el Hospital.
3.23 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo, sin perjuicio de lo establecido en la ley 20.123 y Art. 126 y 128 del Decreto 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases
Con toda la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquellos.
3.24 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 bis de la Ley N°19.886 y en artículo 130 y 131 del Decreto 661, Reglamento de la Ley de Compras, que regulan las causales de Modificaciones y Término Anticipado del contrato, el Hospital podrá poner término anticipado administrativamente al contrato notificando al proveedor adjudicado su decisión por escrito enviada a lo menos con 10 días de anticipación a la fecha de término establecida.
De acuerdo a lo anterior, La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Los contratos administrativos regulados de compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
- Si los plazos ofertados no se cumplen y el equipo queda fuera de operaciones, por falta de acciones preventivas o reparativas, por plazos superiores a los treinta días corridos.
- Cuando el contratista abandone la ejecución de los servicios o la entrega del suministro.
- Alcanzar el tope de multas indicadas en numeral 3.30 de las presentes bases de Licitación.
- Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas
- las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes ylo servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
- Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el articulo 135 del reglamento.
- En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
- Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
- Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
- En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la UTP.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Constituirá causal de término anticipado del contrato, de pleno derecho y sin derecho a indemnización a favor del contratista, la verificación de incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones previstas en los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Dicho incumplimiento comprenderá, entre otros, la inexistencia, inobservancia o deficiente aplicación de modelos de prevención de delitos adecuados conforme a lo dispuesto en el artículo 8° de la citada ley, así como la participación, facilitación, encubrimiento o favorecimiento de cualquiera de los delitos económicos tipificados en su artículo 10°. La acreditación de estas circunstancias será considerada causal objetiva y suficiente para que el Hospital Provincial Rafael Avaria Valenzuela, o el órgano contratante que corresponda, declare administrativamente el término del contrato, sin perjuicio de las demás responsabilidades legales, civiles y administrativas que procedan y de las acciones que se puedan ejercer ante los tribunales competentes.
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
- Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
- Se determinará como causal de termino anticipado de contrato, y en relación a la obligatoriedad de programas de integridad y compliance, que el oferente no podrá prometer, considerar, ni intentar conceder sobornos, regalos, premios o dádivas durante el proceso de contratación y la ejecución contractual. Por lo tanto, estos pactos obligan al proveedor a cumplir con los criterios de integridad e informar de los mismos a quienes trabajan para él, pues serán ellos los que prestarán el servicio.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el sistema de información pública.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando haya realizado a total conformidad la totalidad de la prestación.
En todo caso, su constatación exigirá por parte de la entidad publica un acto escrito emitido por la unidad responsable del contrato, de recepción o conformidad tan pronto como sea posible, o en el plazo que se determine en las respectivas bases, según la naturaleza de la contratación.
La fecha y lugar en que la entidad efectuara su revisión, si de acuerdo con la naturaleza del contrato fuera procedente, le será comunicada al contratista por las vías que se hayan establecido en las bases de licitación o el contrato para su eventual asistencia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 135 del Decreto 661, Reglamento de la Ley de Compras, En caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la Entidad podrá aplicar multas de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.30 “MULTAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR”, o terminar anticipadamente el contrato en caso de exceder en más de una ocasión la categoría “FALTA GRAVE”
Procedimiento para realizar termino anticipado de convenio:
Una vez detectada la situación que amerite realizar termino anticipado de convenio, el supervisor del contrato, deberá informar la situación a la Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la causal respectiva. Para lo cual el Jefe de Abastecimiento y Logística informará al Director del Hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum.
En el caso de aplicarse el termino anticipado de convenio, el Hospital, notificará de manera electrónica a través del módulo de Gestión de Contratos de la plataforma Mercado Público de la Dirección Chilecompra, esta notificación será reforzada a través de una notificación mediante correo electrónico a la dirección que el proveedor indique en el formulario Anexo N°1 sobre Identificación del Oferente, esta decisión al proveedor indicando la causa a que da origen.
El proveedor podrá apelar al Director del Hospital, dentro de diez hábiles contados desde la notificación, a través del módulo de Gestión de Contrato de la plataforma Mercado Público, o mediante correo electrónico a la dirección electrónica en que sea reforzada su notificación, con todo, también es aceptada el ingreso a Oficina de partes con la Carta con sus descargos. El Director, resolverá fundadamente la reclamación presentada acogiendo o rechazando los argumentos dados por el proveedor dentro de un plazo de 5 días hábiles, a través de la respectiva resolución, y publicándose oportunamente en el Sistema de Información.
3.25 SUPERVISOR DEL CONTRATO
La Supervisión del Contrato estará a cargo de EU. Coordinador de Servicio de Dialisis del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue o quien la subrogue, a quien corresponderá efectuar las funciones de administración y control del contrato. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio contratado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio licitado.
En particular deberá realizar las siguientes funciones:
- Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor;
- Aprobar la recepción conforme de los servicios contratados;
- Informar al Dpto. de Abastecimiento en caso de incumplimiento de parte del proveedor para aplicar sanciones o dar término del contrato;
- Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato;
- Ejecutar la revisión y visación de los documentos tributarios emitidos por el proveedor, con recepción de conformidad, por concepto de los servicios contratados y detallados en las presentes bases.
ROL DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y LOGÍSTICA
- Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor adjudicado, canalizando los incumplimientos de la empresa contratada y todas aquellas pertinentes al convenio en cuestión.
- Informar a la Dirección en caso de incumplimiento de parte del proveedor.
- Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato.
- Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesario para la correcta ejecución del contrato;
- Efectuar la evaluación del adjudicatario.
Observación: El supervisor del contrato, podrá solicitar ayuda técnica sobre temas administrativos a jefe del Depto. de Abastecimiento y Logística o quien lo subrogue.
3.26 ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Se emitirán órdenes de Compras a razón de demanda; según correo electrónico emitido por gestor de Bodega.
El proveedor deberá aceptar la orden de compra en el Portal de Mercado Público, para lo cual tendrá un plazo de 24 Hrs.
El Adjudicatario no podrá rechazar la orden de Compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
3.26 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El proveedor deberá emitir factura electrónica (DTE) una vez recepcionados conformes los productos contratados por los valores detallados en la presente resolución exenta. Factura Electrónica deberá ser extendida de la siguiente forma:
Razón Social: Hospital de Curanilahue
RUT: 61.602.211-3
Giro: Hospital
Domicilio: Avenida Bernardo O’Higgins Nº 111, Curanilahue
FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO DE DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura electrónica antes de las 72 horas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administran funcionarios del Hospital de Curanilahue. En caso de no recibir DTE antes de las 72 horas, será reclamado por la plataforma (SGDTE). DTE también podrá ser rechazado por Dpto. de abastecimiento en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), en el caso de que contenga errores de emisión y/o no se hayan recibido conformes los productos y/o servicios. En ambos casos, Proveedor queda obligado a emitir un nuevo DTE (Refacturación) y la correspondiente Nota de Crédito que anule a DTE reclamado.
En caso de Proveedores nuevos y que sus datos bancarios no se encuentren registrados en la base de datos del Hospital, el proveedor deberá informar mediante correo electrónico contabilidad@hrav.cl e Idilia.campos@hrav.cl, la Cuenta Corriente para la realización del Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la República (TGR). La cuenta informada debe ser coincidente con la cuenta registrada en la TGR. Se adjuntará a la Orden de Compra “Guía Usuario Comprobante de Pago TGR”, para la extracción de comprobante de Pago Centralizado.
En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, el representante o apoderado común con poderes suficientes, deberá informar cómo se genera la emisión de la factura de la respectiva adquisición, o debe estar previamente establecidos en Bases de Licitación.
PROCESO DESCRIPTIVO O ACLARATORIO DEL PROCESO DE FACTURACIÓN:
Primero: Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una orden de compra, la que quedará automáticamente en estado “Enviada a proveedor”
Segundo: Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica
Tercero: Proveedor deberá despachar con guía de despacho los bienes adquiridos a través de la correspondiente orden de compra, siendo requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica, que deberá emitir cada proveedor adjudicado en la casilla de intercambio dispuesta por la DIPRES.
IMPORTANTE: Cuando se trata de entrega de bienes, estos deben ser despachados con guía de despacho. Si estos fuesen despachados con factura, esta será rechazada en la plataforma de DTE. Una vez recepcionado conforme según guía de despacho emitida por la entidad contratada, la entidad contratante recepcionará conforme en la plataforma www.mercadopublico.cl, y luego de esto proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuando se trata de entrega de servicios, estos deben ser entregados a la entidad contratante y una vez recepcionado conforme, proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuarto: Una vez recepcionados conformes los bienes y/o servicios entregados con guía de despacho, el Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística realizará la recepción conforme a través del portal www.mercadopublico.cl
Quinto: Una vez emitida la recepción conforme de la respectiva orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl, proveedor deberá emitir la respectiva factura electrónica. Esta acción no debe ocurrir antes y si esto ocurriera, factura será rechazada por Dpto. de Abastecimiento en plataforma dispuesta por la DIPRES.
Sexto: Una vez ocurrido lo anterior y en caso, que factura electrónica se encuentra con la información pertinente de acuerdo a lo solicitado en la presente contratación, el hospital tendrá un plazo de 8 días corridos para aceptar o rechazar la factura electrónica contados desde la fecha de emisión de esta, la cual deberá ser ingresada en plataforma dispuesta por la DIPRES. Si el hospital de Curanilahue, no rechaza la factura electrónica se entenderá por recibida conforme.
Cada proveedor, al momento de emitir la factura electrónica deberá indicar en esta, el número de la orden de compra a la cual se encuentra asociada, en el campo “Folio de Referencia” del Documento Tributario Electrónico (DTE), a la vez al momento de seleccionar la forma de pago deberá seleccionar “CREDITO”, siendo estos requisitos indispensables para la aceptación de la factura electrónica en SGDTE. Una vez recibida conforme la factura electrónica, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue procederá a su pago en un plazo no superior a 30 días.
Por el sistema de pago centralizado ejecutado por la Tesorería General de la República, para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar en página web de la TGR, https://www.tgr.cl/pago-a-proveedores-delestado/
Séptimo: Mediante la Circular N°14 del 08 de marzo de 2023, la Dirección de Presupuestos informó sobre la suspensión, por un plazo de 180 días corridos, contados desde el viernes 10 de marzo de 2023, sobre el procedimiento de gestión automatizada electrónica y centralizada de órdenes de pago a proveedores del Estado a través de su Plataforma de Pago Automatizado -PPA-. Por lo que el pago será realizado directamente por la Institución a la que el Proveedor prestó el servicio. Por tal razón, en plataforma de TGR, solo se visualizarán facturas enviadas a pago que están con tramitación con anterioridad a esa fecha y se encuentren calendarizadas, aunque su fecha de pago sea posterior a esa fecha.
Para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar a través de la página web del Hospital de Curanilahue, Pago de Proveedores https://pagos.bancoestado.cl/ConsultaProveedores/login.aspx?MID=Nl1HmVUnFybpAWjqmsutRTdOvurHqcbo
Octavo: De acuerdo a las últimas indicaciones entregadas por la Dirección de Presupuestos, en el caso que exista factura que ingrese al flujo de pago centralizado, siendo pagada por TGR y que posteriormente el proveedor emita nota de crédito asociada a dicho documento, se deberá efectuar devolución a la institución pública respectiva.
El proveedor deberá realizar una transferencia directa al Establecimiento, por el monto a reintegrar, la cual debe ser ingresada a la Cuenta Corriente N°55309010441 del Banco Estado, informando a los siguientes correos electrónicos a contabilidad@hrav.cl., tesoreria@hrav.cl., abastecimiento@hrav.cl.
Los proveedores NO deben efectuar devoluciones directamente a TGR. Siendo responsabilidad del Proveedor realizar el reintegro de fondos, toda vez que se le notifique esta solicitud de parte del Establecimiento.
Toda la información detallada en el manual del Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado se encuentra ingresada como documento adjunto en las presente Orden de Compra.
3.27 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Para los casos en que los proveedores incumplan en las obligaciones contraídas en las presentes bases de licitación, el Hospital de Curanilahue podrá realizar las siguientes acciones:
- Calificar en el portal www.mercadopublico.cl de forma negativa al proveedor contratado.
- Informar a la dirección de compras públicas mediante un ordinario los incumplimientos detectados para que esta los considere en procesos licitatorios o para que tome las acciones correspondientes.
- Emitir un formulario interno de reclamo por servicio de post venta indicando los incumplimientos de parte del proveedor contratado, así también podrá considerar dichas evaluaciones en procesos licitatorios venideros.
3.28 DE LA INCORPORACIÓN DE SERVICIOS NO CONTEMPLADOS Y DE LA MODIFICACION AL CONTRATO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, el monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta del oferente, señalado en el Anexo N° 2 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo. Lo anterior a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.
3.29 COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro o presten el servicio licitado en el presente Convenio, no podrán ofrecer obsequios o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
3.30 DEBERES Y PROHIBICIONES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Según el Articulo 11 obligaciones de probidad e integridad en la contratación pública de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas, las entidades deberán resguardar la probidad y transparencia en los procesos de contratación, para lo cual deberán dar estricto cumplimiento a las disposiciones del capítulo VII, de la probidad administrativa y transparencia en la contratación pública, de la ley de compras, las del presente reglamento y otras leyes aplicables.
3. BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN:
3.1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACION.
Nombre de la Adquisición CONVENIO INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE CIRUGIA VASCULAR
Objeto de la Licitación Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento, sus modificaciones y su modernización, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través del Departamento de Abastecimiento y Logística, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores, a participar en la licitación pública para contar con una Empresa externa, que provea de bienes o servicios, para el Hospital de Curanilahue y la red del Servicio de Salud, determinado los requisitos administrativos mínimos para participar en la propuesta y garantizar con este mismo instrumento la calidad y entrega del servicio requerido.
Las Bases Administrativas, Anexos y todas las contempladas en el ID 2098-102-LE26, establecen las condiciones que regirán la Licitación y el posterior Convenio que se celebre para dar cumplimiento a este objeto.
Tipo de Adquisición Publica – Licitación pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de Convocatoria Abierta
Moneda Pesos chilenos
Etapas del proceso de apertura de las ofertas Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
Opciones de Pago Transferencia electrónica
Publicidad de los anexos técnicos si
Domicilio Del Oferente Aun cuando no se exprese en el Contrato, el oferente constituye domicilio en la Ciudad de Curanilahue, en la Calle Av. Bernardo O “Higgins 111, para todos los efectos de cualquier Acto Jurídico que pueda tener con el Hospital
3.2 ORGANISMO LICITANTE
Razón social Hospital de Curanilahue
Unidad de Compra Hospital Curanilahue
RUT 61.602.211-3
Dirección Avda. Bernardo O’Higgins #111
Comuna Curanilahue
Región Del Biobío
3.3 INSUMOS A SOLICITAR
El hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue requiere la compra de Reactivos; los productos se detallan a continuación y en anexo N°2 de esta licitación:
LÍNEA DESCRIPCIÓN / ESPECIFICACIONES TECNICAS
1 CONFECCION ACCESO VASCULAR AUTOLOGO EN BRAZO ANTEBRAZO, ACCESO VASCULAR SIMPLE, MEDIANTE FAV PARA HEMODIALISIS
CODIGO SIGGES: 2501031
CONFECCION ACCESO VASCULAR PROTESICO EN BRAZO ANTEBRAZO, ACCESO VASCULAR PROTESICO, MEDIANTE FAV PROTESICA PARA HEMODIALISIS
CODIGO SIGGES: 2501033
REPARACION ACCESO VASCULAR FISTULA ARTEREOVENOSA DE BRAZO O ANTEBRAZO PARA HEMODIALISIS, DISFUNCIONANTE, OCLUIDO
CODIGO SIGGES: 2501034
CONFECCION ACCESO VASCULAR AUTOLOGO DE ALTA COMPLEJIDAD MEDIANTE FAV EN BRAZO ANTEBRAZO, PARA HEMODIALISIS
CODIGO SIGGES: 2501032
3.4 PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto referencial para esta adquisición corresponde a $ 50.649.630.- (Cicuenta Millones Seiscientos Cuarenta y Nueve Mil Sesicientos Treinta Pesos) Exento de Impuestos, para la totalidad del Servicio, es decir 3 meses y/o hasta agotar presupuesto.
Con cargo a Ítem N° 22-12-999-003-02 “Compra de Intervenciones Quirúrgicas”
N° 22-12-999-002-01 “Compra de Examenes”
N° 22-12-999-016-01 “Consultas Médicas al Extrasistema”
Se establecerá el valor unitario por servicio adjudicado y se pagaran los servicios efectivamente prestados, conforme a lo establecido en la presentes Bases Administrativas.
El oferente deberá indicar en el Anexo N°4 Formulario de Experiencia, los datos personales de o los profesionales que prestan el servicio y el número de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de salud.
Se validarán los servicios prestados, siempre y cuando los profesionales que participen de la prestación, sean los declarados en su oferta por el oferente adjudicado, a trevés del Anexo N°4 Fomulario de Experiencia.
3.5 DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa, y que es el tiempo que deberá presentar su oferta el proveedor.
Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y circulares emitidos por la autoridad pública.
HRAV: Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue.
Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Contrato: Documento que debe contener la individualización del contratista, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en las Bases.
Orden Compra: Orden de ejecución de los bienes o servicios contratados generadas a través del portal www.mercadopúblico.cl.
Unidad Técnica: Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá como Unidad Técnica para todos los fines a Eu. Coordinador de Dialisis o quien la subrogue, funcionaria del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue, quien estará a cargo de la Supervisión del presente Contrato y cuyas funciones se detallan en numeral 3.26 de las presentes bases administrativas. Esta profesional podrá incluir personal técnico del área, ya sea para la evaluación o aclaración de algún aspecto específico.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el decreto N°661 del año 2024, del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley 19.886.
3.6 CONSIDERACIONES DE OPERATIVIDAD
a) Proveedor Adjudicado:
• Dentro de los 5 primeros dias del mes siguiente a aquel en que prestó los sevicios contratados, deberá entregar a EU. Coorinador de Dialisis, detalle con fecha, horario y prestaciones realizadas, en el mes anterior al cobro.
• Será de responsabilidad del contratante entegar la nómina con lo solicitado en el primer punto de lo contrario se le solicitará subsanar los errores u omisiones, debiendo aclarar ante la unidad solicitante, continuidad con el proceso inicial.
b) Departamento de Abastecimiento y Logistica:
• De manera mensual, dentro de los primeros 5 días del mes, deberá realizar la emision de orden de compra a través del protal de mercado público, enviando dicha orden de compra a proveedor adjudicado, de acuerdo a los servicios prestados mensuales.
c) EU. Coordinador Diálisis:
• Una vez recibidos el detalle por parte del proveedor, deberá revisar la emisión de este informe y dar visto bueno a los servicios ejecutados. De lo contrario podrá solicitar subsanar los errores u omisiones, continuando con el proceso inicial.
• Deberá solicitar a Unidad de personal un certificado del cumplimiento de horas contratadas via subtitulo 21 del proveedor adjudicado, una vez recibido este documento, debe solicitar a Despartamento de Abastecimiento y Logística, la emisión de orden de compra correspondiente a nómina de servicios realizados por el adjudicatario, indicando fecha y cantidad de procedimiento efectivamente realizados, individualizando a los respectivos prestadores de los servicios.
• Sera de responsabilidad del Supervisor del contrato, llevar el control de los servicios adjudicado en el sentido de no realizar más procedimientos de las establecidas en la licitación.
d) Proveedor Adjudicado:
• Deberá Aceptar Orden de Compra a través del portal de mercado público, emitir factura, previa emisión de orden de compra, en ningún caso el monto facturado podrá exceder del monto en OC emitida.
• FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO ENTREGAR POR LA DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura al correo electronico dipresrecepcion@custodium.com.
e) Departamento de Abastecimiento y logística:
• Una vez recibido la Factura en SGDTE, a través de la Encargada de Facturas y RC, se solicitará la emisión de Recepción de Conformidad del DTE al supervisor del convenio.
f) EU Coordinador Diálisis:
Deberá emitir recepción conforme del documento, adjuntando los documentos que respaldan recepción de conformidad emitida.
g) Departamento de Abastecimiento y Logística:
Una vez recibida la recepción de conformidad deberá, enviar los antecedentes a Departamento de Finanzas para generar devengo de documentos.
h) Finanzas:
• Al momento de recibir expediente, procederá a realizar devengo de la factura, para que posteriormente en los plazos establecidos, se realice el pago de los servicios, a través de pago directo desde la Tesorería General de la Republica.
i) De las prestaciones del Servicio:
Control preoperatorio en el cual se solicitarán exámenes, se firmar el consentimiento informado explicando al paciente el procedimiento a realizar.
1 control postoperatorio
El control preoperatorio y postoperatorio contará de ser necesario con eco Doppler que deberá ser parte del equipamiento del oferente.
Los pacientes deben ser pacientes con indicación de FAV por un especialista Nefrólogo
El oferente deberá contar como parte de su equipo mínimo con:
01 médico especialista Vascular
01 arsenalera
01 pabellonera
01 auxiliar de anestesia
01 Cirujano general
01 Profesional de Enfermería
01 Anestesista si se requiere
01 Auxiliar de Aseo
Contar con cajas quirúrgicas para confección de FAV
Eco Doppler si es necesario
3.7 DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LOS ORGANISMOS DEL ESTADO
1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera o idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas con su información actualizada, en el registro de proveedores en el artículo 16, cumpliendo con los demás requisitos que este señale y con los que exige el derecho común.
2. Quedaran excluidos quienes, dentro de dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código postal.
3. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
4. Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este artículo.
5. Cada entidad licitante podrá establecer, respecto del adjudicatario, en las respectivas bases de licitación, la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato en los términos establecidos en esta ley.
6. El inciso anterior solo se aplicará respecto de contratos cuyo objeto sea la adquisición de bienes o la prestación de servicios que adjudicatorio se obligue a entregar o prestar de manera sucesiva en el tiempo.
3.8 DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
Normativa Aplicable: Esta Licitación se rige por las bases, conjuntamente con las consultas, respuestas y aclaraciones, órdenes de compra, contratos y demás documentos del proceso licitatorio que se publicaran en el portal de compra publicas www.mercadopublico.cl y en lo previsto por éstas, por las normas de la ley 19.886, su reglamento y su modernización Ley 21.634.
Participantes: Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas, uniones temporales de proveedores (de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del reglamento Ley 21634 que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas, y Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº19.886.
En consecuencia, las uniones temporales de proveedores cuando se trate de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, las uniones temporales de proveedores deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. En todo caso, la vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Requisitos Que Deben Cumplir Los Proveedores REQUISITOS MÍNIMOS PARA OFERTAR.
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el código Penal dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la ley de compras. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el Hospital de Curanilahue podrá verificar esta información a través de los medios oficiales disponibles para el efecto.
• Encontrarse inscrito y hábil en Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de proveedores”, al momento de celebrar las respectivas ofertas con las entidades contratantes. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el registro de Proveedores
• Asimismo, el oferente No haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del decreto con fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
• Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada. Para ello, el oferente (y el integrante UTP que ingrese la oferta en el Sistema tratándose de ofertas efectuadas bajo modalidad UTP) deberá efectuar dicha declaración de manera completamente electrónica o a través del formato de declaración denominado ¨Declaración jurada de requisitos para ofertar¨, solo respecto de la sección "inhabilidades por condena", el que se encuentra disponible en el módulo de presentación de las ofertas del Sistema de información www.mercadopublico.cl, En el caso de los integrantes UTP que no corresponden o aquél que realice el ingreso de la oferta en el Sistema de información, igualmente deberán dar cumplimento o esto exigencia, la entidad licitante podrá verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
• En caso que el oferente no dé cumplimiento a la exigencia señalada precedentemente, ya sea que no complete debidamente la declaración jurada online, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible y no será parte del proceso de evaluación de ofertas.
• Adicionalmente, no podrán participar de la presente licitación aquellos oferentes que se encuentren en alguno de las situaciones descritas en el artículo 4 Ley 21634 que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas. Quedaran excluidos quienes, dentro de dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código postal.
• En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
• Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellos que hayan sido condenados por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N°19.973, en el artículo 8° de la ley N°18.374 y en los artículos 250 y 257 bis del Código penal, o la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Hospital de Curanilahue verificará esta información o través del Registro que se llevó para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica.
• No podrán participar en la presente propuesta aquellas personas naturales o
jurídicas que se encuentren inhabilitadas para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
• En caso que el proponente oferte bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el Hospital de Curanilahue verificara la información a través de dicho registro para cado uno de los integrantes de la UTP.
REQUISITOS PARA SER CONTRATADO.
• Encontrarse inscrito y hábil en Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de proveedores”, al momento de celebrar los respectivos contratos con las entidades contratantes. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar al Hospital de Curanilahue, los siguientes documentos:
Si el proveedor adjudicado es persona natural a) Declaraciones Juradas Simples debidamente firmadas, que acredite que el proveedor no se encuentra afecto a la inhabilidad establecida en el artículo 4 inciso 1°de la ley 19.886 y a las inhabilidades para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
b) Fotocopia Simple de la cédula de Identidad del proponente.
c) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
Si el proveedor adjudicado es persona Jurídica a) Declaraciones Juradas Simples debidamente firmadas, que acredite que el proveedor no se encuentra afecto a la inhabilidad establecida en el artículo 4 inciso 1° de la ley 19.886 y a las inhabilidades para contratar con la administración, conforme a lo dispuesto en los artículos 35°quáter, 35°quinquies, 35°septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886
b) Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación u otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
c) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, considerando la vigencia ya señalada.
d) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
e) Certificado Antecedentes Laborales y previsionales, emitido por la dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Nota: Las Uniones Temporales de Proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886.
Unión Temporal De Proveedores En este caso, quienes la componen todos sus integrantes deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponde a persona natural o jurídica.
a) Los solicitantes deberán declarar que no están incluidos en las listas de personas naturales o jurídicas declaradas inelegibles para la adjudicación de contratos elaboradas por las instituciones financieras multilaterales. Esta información deberá actualizarse cada vez que haya modificaciones a su respecto y dentro de los plazos que defina la dirección de la ley de compras según el párrafo 3 del articulo 145 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras publicas.
b) Escritura Pública, Pública que conste el acuerdo de la Unión Temporal para participar y contratar en la presente licitación, en concordancia con el artículo 4 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras publicas
c) Registro de Registro de proveedores del Estado de cada miembro de la Unión Temporal.
d) En caso de que uno o más integrantes sean personas jurídicas deberán presentar declaración jurada de no haber sido condenados por los delitos previstos en la ley de Responsabilidad Penal N. 20.393
e) Declaración Jurada de Cumplimiento de obligaciones laborales (Anexo para contratar)
Computo de los Plazos para proceso Licitatorio Todos los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos, específicamente en las ofertas de los oferentes.
Idioma: Español
Comunicación con el HRAV.: Exclusivamente a través del portal Web Mercado Público.
Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl
El Hospital podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el principio de estricta sujeción a las Bases.
Soporte de Documentos: Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la ley de compras y su reglamento.
3.9 GASTOS
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación, sea para presentar oferta, para la adjudicación, durante la firma del contrato y la ejecución del mismo, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue.
3.10 DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA LICITACIÓN
Esta Licitación se rige por lo previsto en la Ley N°19.886, su reglamento aprobado por Decreto N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda y Ley N°21.634, que moderniza la ley de compras y los documentos que a continuación se indican:
a) Bases administrativas, Bases técnicas y Anexos
b) Modificación a las bases, que eventualmente podrá hacer el HRAV a través del documento formal denominado “Modificación de Bases”.
c) Consultas y Respuestas realizadas a través del foro del proceso de licitación.
d) Aclaración a las ofertas que hayan sido solicitadas por el HRAV.
Los documentos que a continuación se detallan, formarán parte integrante de la licitación y posterior contrato:
a) Resolución que aprueba Bases
b) Bases Administrativas
c) Anexo de Licitación
d) Cuadro comparativo
e) Acta de Evaluación
f) Resolución de adjudicación.
g) Declaración Jurada
h) Los documentos exigidos en las presentes Bases.
i) Contrato, orden de compra y/o resolución que lo aprueba.
3.11 ETAPAS Y PLAZOS
CONVOCATORIA A PROPUESTA PÚBLICA A través de las presentes Bases, el director del HRAV convoca a licitación, en el Portal Mercado Público. La fecha de publicación será dentro de los 2 días hábiles siguientes desde la tramitación de resolución que aprueba estas Bases
ETAPA DE VISITA A TERRENO NO APLICA
ETAPA DE PREGUNTAS
Las consultas que deseen efectuar los proponentes se efectuarán sólo a través del Foro del portal web Mercado Público, transcurrido 1 día desde la fecha de la publicación y hasta transcurridos a lo menos 2 días corridos desde la fecha de publicación, en caso que la fecha coincida con día sábado, domingo o festivo considerar el día hábil siguiente.
RESPUESTAS Las respuestas a las interrogantes que pudiesen presentarse en la etapa indicada en el punto anterior, serán publicadas como plazo máximo 2 día hábiles posterior al cierre del periodo de consultas; vía portal web Mercado Público.
FECHA DE CIERRE Las ofertas Técnicas y económicas se recibirán electrónicamente en el portal web Mercado Público a lo menos 5 días corridos, contados a partir de la fecha de publicación de la licitación en el portal y hasta las 17:00 horas del último día. En caso que la fecha coincida con día inhábil, esta se considerará para el día hábil siguiente; en caso de que la fecha de cierre coincida con un día lunes o día siguiente a un feriado, esta no podrá ser antes de las 15:00 hrs.
APERTURA ELECTRÓNICA Se procederá a la apertura electrónica de las ofertas en una etapa dentro del día a la fecha de cierre de la licitación, oportunidad en la cual se deberá realizar las siguientes acciones establecidas en el Portal Mercado Público, para validar las ofertas.
Verificar que los oferentes hayan ingresado en forma electrónica, junto a la oferta económica, los formularios administrativos y técnicos solicitados.
PLAZO COMISIÓN DE EVALUACIÓN Para la evaluación y adjudicación, de la propuesta, la comisión de evaluación emitirá un informe completo de evaluación, dentro de 20 días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica
PLAZO ADJUDICACIÓN La Licitación será adjudicada dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de apertura electrónica.
Si por causas no imputables al HRAV, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Complejo Asistencial publicará una nueva fecha en el Portal Mercado Público informando allí las razones del atraso.
3.12 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
a) Los oferentes deberán presentar sus ofertas sólo a través www.mercadopublico.cl. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Sólo en el caso de que se produzca alguna indisponibilidad técnica en el sistema www.mercadopublico.cl., para lo cual el organismo de dirección de compra emitirá su respectivo certificado que acredite dicha indisponibilidad. Y Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.
b) Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases.
c) Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema.
d) Los oferentes participantes de esta licitación deberán obligatoriamente presentar en su oferta todos los requisitos solicitados, y documentación en general que será considerada para la evaluación.
e) La sola presentación de la oferta, implicará por parte del oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases y en las Especificaciones Técnicas, en cuanto le sean aplicables.
f) Se deberá indicar plazo o fecha de vigencia de la oferta, la cual deberá tener una validez mínima de 60 días hábiles a partir de la fecha de la apertura electrónica. De no incluirse este plazo, se entenderá que es este plazo mínimo.
g) Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, su Oferta Económica mediante Anexo Nº3 denominado “Formulario de oferta Económica”
Presentación Oferta Administrativa:
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su Oferta Administrativa, uno o más archivos con la siguiente información:
a) Anexo Nº1: Identificación del Oferente
Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su Oferta Técnica, uno o más archivos con la siguiente información:
Aquel oferente que no cumpla con la totalidad de los requerimientos técnicos indicados en estas bases, oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
Presentación Oferta técnica:
Anexo N°2: Formulario de cumplimientos mínimos (exigible)
Anexo N°4: Formulario de Experiencia (Evaluable)
Propuesta Económica:
a) Anexo Nº 3: Oferta económica
• En caso que la oferta indicada en este Anexo no sea concordante con la informacion indicada en el portal, se considerará ésta última como información relevante para la evaluación de este criterio.
• Los oferentes deberán ingresar en el portal www.mercadopublico.cl el VALOR TOTAL NETO, expresdo en mondea nacional (pesos chilenos) según Anexo N°3, (El detalle del valor por prestación debe ser informado en Anexo N°3)
• LOS PRECIOS SE DEBERÁN MANTENER FIJOS POR TODO EL CONVENIO.
• El oferente deberá contemplar todos los riesgos, contingencias y demás factores o circunstancias que puedan afectar el monto de su propesta económica.
• El precio ofertado deberá considerar los costos asociados a los servicios prestados en esta licitación.
3.13 REQUISITOS PARA OFERTAR
a) Los Proveedores deberán encontrase inscritos y hábiles en el registro de proveedores a cargo de la Dirección Compras y Contratación Pública y para poder participar en cualquier procedimiento de contratación y suscribir los Contratos Definitivos.
b) Completar firmar y subir a su oferta en el Portal todos los formularios que componen la oferta que se encuentran en numeral 3.12 de bases administrativas. Hospital de Curanilahue.
c) Aquel oferente que no cumpliera con lo señalado en el inciso anterior, su oferta será declarada inadmisible.
d) Ofrecer servicios que cumplan con todas las especificaciones solicitadas en las bases de Licitación.
3.14 MODIFICACIONES A LAS BASES
Las bases de cada Licitación serán aprobadas por acto administrativo de la autoridad competente. En caso de que las Bases sea modificadas antes del cierre de recepción de ofertas, deberá considerarse un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones según el artículo 40 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas.
3.15 CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MIDIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, en el período señalado en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de las Bases Administrativas y del contrato de suministro para todos los efectos correspondientes.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas y documentos que integran la propuesta.
3.16 ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACION
Durante la etapa de evaluación la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de estas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectara el principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los proveedores, esta deberá estar contemplada en las bases de licitación, especificando un plazo breve y fatal para la corrección de estos, contando desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema de información.
En tales condiciones, las bases deberán establecer, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando un menor puntaje de las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación, con todo lo requerido.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del sistema de información.
3.17 DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS Y LA COMISIÓN EVALUADORA
La apertura electrónica de las ofertas administrativas, económicas y técnicas se realizará en el portal de Compras del Estado y en este caso serán aceptadas o rechazadas de acuerdo a si se ajustan a lo solicitado o no, la evaluación técnica de los antecedentes ofertados, serán analizados por una comisión compuesta por funcionarios del Hospital, que será la responsable de evaluar y seleccionar las oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, los funcionarios a cargo de la evaluación son los siguientes:
• EU. Corrdinador de Servicio de Dialisis, o quien los Subrogue;
• Jefe de Abastecimiento y Logística, o quien lo subrogue;
• Subdirector Administrativo, o quien lo subrogue.
LOS FUNCIONARIOS QUE INTEGREN DICHA COMISIÓN, DEBERÁN SUSCRIBIR UNA DECLARACIÓN JURADA SOBRE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS Y CONFIDENCIALIDAD POR PARTE DE MIEMBROS DE LA COMISIÓN EVALUADORA EN LICITACIÓN
ID 2098-102-LE26 DEL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA V. DE CURANILAHUE.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la administración del estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las regalas estatuaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes según el párrafo 7 del artículo 54 de la ley ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría del Departamento de Jurídica del Servicio de Salud Arauco, quien emitirá un informe respecto a lo consultado.
En caso de ser necesario, la comisión podrá requerir asesoría de personal contratado a Honorarios, quienes podrán ser incluidos en dicha comisión de acuerdo a lo establecido en el Articulo N°54 del reglamento de compras.
La comisión evaluadora en conformidad a las atribuciones entregadas de acuerdo a este numeral y demás antecedentes de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a) Resolver dudas o discrepancias que puedan surgir en relación a la interpretación o aplicación de las presentes Bases Administrativas o Ficha del Portal Mercado Publico.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, para que estos tomen conocimiento de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones descritas precedentemente durante el periodo de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión Evaluadora.
Finalmente, los integrantes de la comisión, emitirán un acta de evaluación y propuesta de adjudicación.
3.18 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
Evaluación de las Ofertas:
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas ofertas que contengan claramente la información requerida y que además correspondan a los servicios solicitados en esta licitación. Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en las etapas de evaluación técnica y económica.
La pauta de Evaluación que utilizará la Comisión de evaluación, dentro del proceso será la siguiente:
CRITERIO PONDERACIÓN
PRECIO 50%
EXPERIENCIA 40%
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE 4%
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 6%
PORCENTAJE TOTAL 100%
A. Precio (50%):
Se evaluarán aquellos proveedores que oferten los Servicios solicitados según lo indicado en Anexo N°3, en caso que la oferta indicada en este Anexo no sea concordante con la información indicada en el portal, se considerará ésta ultima con información relevante para la evaluación de este criterio. Este criterio será evaluado mediante una regla tres simples de acuerdo al sguiente recuadro:
(Precio mínimo Ofertado / Precio Oferta Evaluada) * 50%
Los Oferentes deberán completar, firmar y subir en el Portal, su Oferta en el Anexo Nº 3.
La oferta económica debe ser en pesos chilenos por el valor neto unitario de cada Reactivo e Insumo requerido en Anexo N° 3.
B. EXPERIENCIA (40%)
La evaluación de este criterio se evaluara según el siguiente detalle:
EXPERIENCIA Experiencia del prestador del servicio, superior o igual a 24 meses: 40%
Experiencia del prestador del servicio, superior p igual a 12 meses o inferior a 24 meses: 20%
Experiencia del prestador del servicio, inferior a 12 meses o no presenta medio de validación: 0%
MEDIO DE VALIDACIÓN: órdenes de compra, contratos o certificados que acrediten la expericiencia del facultativo y la entidad que representa en e área licitada, en establecimientos de salud de quienes realizaran las prestaciones (jefe equipo médico o equipo médico). Que acredite los meses de ejercicio en la respectiva institución.
Los certificados que acrediten la experiencia laboral en la prestación de los servicios licitados deberán indicar lo siguiente:
• Razón social de la empresa/istitución donde el oferente evaluado prestó los servicios.
• Identidicación en el citado documento del oferente participante (profesional que prestará el servicio).
• Perido en el que se presentaron los servicio (mes/año)
• Nombre firma y timbre del responsable de la entidad que informa sobre los servicios prestados.
El hospital de Curanilahue podrá verificar los antecedentes señalados en los certificados correspodientes.
Si los certificados no contienen la información antes indicada, éstos serán desestimados y no estrán considerados en la evaluación del criterio de experiencia. Sólo se evaluarán los certificados acompañados correctamente.
NOTA: En el caso de que los servicios sean prestados por más de un profesional, este criterio evaluara a la totalidad de los prestadores ingresados en Anexo N°4, por lo tanto, cada uno de los prestadores debe cumplir con los meses de experiencia requeridos en este criterio.
C. CUMPLIMIENTOS DE REQUISITOS FORMALES (6%):
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Cumple con Todos los Requisitos Formales: 6%
No Cumple con Todos los Requisitos Formales: 0%
Los oferentes deberán cumplir con todo lo solicitado en el numeral 3.12 “Presentación Oferta Administrativa”, “Presentación Oferta Técnica” y Propuesta Económica, de las presentes bases.
D. CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE (4%)
En armonía con la Directiva de contratación N°31 sobre Código de Ética para Proveedores del Estado; el dictamen E370752N23 de Contraloría General de la República que indica la necesidad de que los oferentes cuenten con programas de integridad conocidos por su personal, el dictamen E435864N24 de Contraloría General de la República que autoriza puntuar ofertas de personas naturales sin programa, siempre que exista un compromiso de implementación dentro de un plazo establecido en la oferta, y en consideración de la Guía de Buenas Prácticas en Compras Públicas enfocada en organismos compradores, de noviembre 2024, y el Manual de recomendaciones y Buenas Prácticas en Compras Públicas, el cual exige acreditación formal del Programa de Integridad, de fecha mayo del 2025, ambas de la Dirección Chilecompra y Contratación Pública, y finalmente el artículo 17 del Decreto 661/2024 de Min. de Hacienda que fija el Reglamento de Compras públicas que establece que los proveedores que contraten con Entidades deben demostrar tener programas de integridad y ética empresarial, conocidos y aplicados por su personal.
CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE (4%)
Criterio Descripción Sub-ponderación
Formalización del programa Existencia de programa por escrito con firma o compromiso institucional 1%
*En el caso de persona natural, En caso de no contar con programa, incluir compromiso formal con fecha límite (Aplica dictamen E435861N24 de CGR) 0.5%
No cuenta con existencia de programa por escrito con firma o compromiso institucional 0%
Difusión interna Evidencia que ha sido comunicado al personal 1%
No cuenta con evidencia que ha sido comunicado al personal 0%
Herramientas operativas Cuenta con canal de denuncias, matriz de riesgos y sanciones 1%
No cuenta con canal de denuncias, matriz de riesgos y sanciones 0%
Capacitaciones y actualizaciones Existencia de sesiones o plan de capacitación al personal, y revisión del programa al menos una vez anual 1%
No cuenta con existencia de sesiones o plan de capacitación al personal, y revisión del programa al menos una vez anual 0%
MEDIOS DE VALIDACIÓN:
A) Formalización del programa: Copia del programa de integridad firmado por el representante legal, acta de aprobación del directorio o gerencia, documento con fecha de elaboración y versión.
B) Difusión interna: Copia de correo masivo enviado al personal, registro de reuniones o capacitaciones (listas de asistencias, presentaciones, actas, captura de intranet o plataforma interna donde esté publicado.
C) Herramientas operativas: copia de la matriz de riesgos institucional, evidencia de canal de denuncias activo (ejemplo: correo oficial, formulario web, línea telefónica), reglamento interno con procedimientos disciplinario o sancionatorio vinculado al programa.
D) Capacitaciones y actualizaciones: Cronograma o plan anual de capacitaciones en integridad, certificado de participación o listas de asistencia, informe de actualización anual del programa (ejemplo: acta, circular, revisión formal)
E) *Compromiso de implementación (Dictamen E435861N24 de CGR): En el caso de persona natural. declaración jurada simple del representante legal comprometiéndose a implementar el programa en un plazo específico (máximo 6 meses), carta de compromiso incorporada en la oferta, cronograma tentativo de implementación.
*Si una persona natural (un oferente o contratista individual) no tiene implementado un Programa de Integridad, puede igualmente participar, siempre que entregue una carta de compromiso en la que prometa poner en marcha dicho programa dentro del plazo que ella misma indique.
Sin embargo, si llegado ese plazo el contratista no cumple con implementar efectivamente el Programa de Integridad, el Hospital Provincial Rafael Avaria Valenzuela queda facultado para poner término anticipado al contrato, es decir, darlo por finalizado antes del vencimiento normal de su plazo.
OBSERVACION: Aquel oferente que no cumpla con la totalidad de los requerimientos técnicos indicados en estas bases, oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
Los oferentes deberán cumplir con todo lo exigido en los acápites “PRESENTACIÓN OFERTA ADMINISTRATIVA”, “PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA y “PROPUESTA ECONOMICA” de las presentes bases, de no cumplir con todo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá declarar la oferta inadmisible
3.19 ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
3.19.1 En cuanto a la inadmisibilidad de las ofertas y Deserción de la licitación: El Hospital de Curanilahue deberá declarar inadmisible cualquier oferta presentada que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad del Hospital de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases, la cual será evaluada por la comisión.
Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada.
La adjudicación o deserción será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Dr. Rafael V. de Curanilahue.
Está licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos según artículo 59, 60 y 61 de ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas:
Artículo 59: Inadmisibilidad de las ofertas
La entidad licitante declarara inadmisible las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento
Artículo 60: Inadmisibilidad de las ofertas simultaneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre si
Se declarará inadmisible una o más ofertas, cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultaneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la ley de compras.
Artículo 61: ofertas riesgosas o temerarias
La entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios del mercado sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato.
3.16.2 En cuanto a Resolución de Empates: Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “PRECIO”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “EXPERIENCIA”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD DEL OFERENTE”.
En caso que siguiere persistiendo la igualdad, la licitación finalmente se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta según licitación ID 2098-102-LE26 a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas. Transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria. V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado.
3.20 READJUDICACIÓN
El Hospital de Curanilahue, tendrá la facultad de readjudicar la licitación realizando la reevaluación de las ofertas recibidas, descartando del análisis, la oferta inicialmente adjudicada, para readjudicar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en bases, y así sucesivamente, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
• En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta;
• No cumpla con los requisitos establecidos en las Bases para contratar;
• No se inscriba o no se habilite en el registro de proveedores del estado, en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la adjudicación;
• Se rehúse a suscribir el contrato;
• No haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para ello,
Además, en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
• Si el adjudicatario es una unión temporal de proveedores y no adjunta la escritura pública (Notarial) si correspondiere, en la que conste el acuerdo que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases de licitación.
• Si el adjudicatario es inhábil para contratar con la Administración del Estado, en los términos establecidos en el artículo 4° de la Ley de Compras o no entrega los documentos que le sean requeridos para acreditar dicha condición.
• Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la adjudicación.
3.21 DEL CONTRATO Y SU VIGENCIA
El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del oferente adjudicado. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, se solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 del Reglamento de Compras.
Vigencia del contrato. El contrato se mantendrá vigente por 3 meses.
3.22 DOMICILIO DEL OFERENTE
Aun cuando no se exprese en el Contrato, el oferente constituye domicilio en la ciudad de Curanilahue, en calle Av. Bernardo O’Higgins 111, para todos los efectos de cualquier acto jurídico que pueda tener con el Hospital.
3.23 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial lo que se establecerá en el contrato definitivo, sin perjuicio de lo establecido en la ley 20.123 y Art. 126 y 128 del Decreto 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases
Con toda la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquellos.
3.24 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 bis de la Ley N°19.886 y en artículo 130 y 131 del Decreto 661, Reglamento de la Ley de Compras, que regulan las causales de Modificaciones y Término Anticipado del contrato, el Hospital podrá poner término anticipado administrativamente al contrato notificando al proveedor adjudicado su decisión por escrito enviada a lo menos con 10 días de anticipación a la fecha de término establecida.
De acuerdo a lo anterior, La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Los contratos administrativos regulados de compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1. Si los plazos ofertados no se cumplen y el equipo queda fuera de operaciones, por falta de acciones preventivas o reparativas, por plazos superiores a los treinta días corridos.
2. Cuando el contratista abandone la ejecución de los servicios o la entrega del suministro.
3. Alcanzar el tope de multas indicadas en numeral 3.30 de las presentes bases de Licitación.
4. Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas
5. las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses
7. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
8. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes ylo servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
9. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el articulo 135 del reglamento.
10. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
11. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
12. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
13. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
14. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
15. Constituirá causal de término anticipado del contrato, de pleno derecho y sin derecho a indemnización a favor del contratista, la verificación de incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones previstas en los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Dicho incumplimiento comprenderá, entre otros, la inexistencia, inobservancia o deficiente aplicación de modelos de prevención de delitos adecuados conforme a lo dispuesto en el artículo 8° de la citada ley, así como la participación, facilitación, encubrimiento o favorecimiento de cualquiera de los delitos económicos tipificados en su artículo 10°. La acreditación de estas circunstancias será considerada causal objetiva y suficiente para que el Hospital Provincial Rafael Avaria Valenzuela, o el órgano contratante que corresponda, declare administrativamente el término del contrato, sin perjuicio de las demás responsabilidades legales, civiles y administrativas que procedan y de las acciones que se puedan ejercer ante los tribunales competentes.
16. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
a. No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
b. Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
17. Se determinará como causal de termino anticipado de contrato, y en relación a la obligatoriedad de programas de integridad y compliance, que el oferente no podrá prometer, considerar, ni intentar conceder sobornos, regalos, premios o dádivas durante el proceso de contratación y la ejecución contractual. Por lo tanto, estos pactos obligan al proveedor a cumplir con los criterios de integridad e informar de los mismos a quienes trabajan para él, pues serán ellos los que prestarán el servicio.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el sistema de información pública.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando haya realizado a total conformidad la totalidad de la prestación.
En todo caso, su constatación exigirá por parte de la entidad publica un acto escrito emitido por la unidad responsable del contrato, de recepción o conformidad tan pronto como sea posible, o en el plazo que se determine en las respectivas bases, según la naturaleza de la contratación.
La fecha y lugar en que la entidad efectuara su revisión, si de acuerdo con la naturaleza del contrato fuera procedente, le será comunicada al contratista por las vías que se hayan establecido en las bases de licitación o el contrato para su eventual asistencia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 135 del Decreto 661, Reglamento de la Ley de Compras, En caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la Entidad podrá aplicar multas de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.30 “MULTAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR”, o terminar anticipadamente el contrato en caso de exceder en más de una ocasión la categoría “FALTA GRAVE”
Procedimiento para realizar termino anticipado de convenio:
Una vez detectada la situación que amerite realizar termino anticipado de convenio, el supervisor del contrato, deberá informar la situación a la Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la causal respectiva. Para lo cual el Jefe de Abastecimiento y Logística informará al Director del Hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum.
En el caso de aplicarse el termino anticipado de convenio, el Hospital, notificará de manera electrónica a través del módulo de Gestión de Contratos de la plataforma Mercado Público de la Dirección Chilecompra, esta notificación será reforzada a través de una notificación mediante correo electrónico a la dirección que el proveedor indique en el formulario Anexo N°1 sobre Identificación del Oferente, esta decisión al proveedor indicando la causa a que da origen.
El proveedor podrá apelar al Director del Hospital, dentro de diez hábiles contados desde la notificación, a través del módulo de Gestión de Contrato de la plataforma Mercado Público, o mediante correo electrónico a la dirección electrónica en que sea reforzada su notificación, con todo, también es aceptada el ingreso a Oficina de partes con la Carta con sus descargos. El Director, resolverá fundadamente la reclamación presentada acogiendo o rechazando los argumentos dados por el proveedor dentro de un plazo de 5 días hábiles, a través de la respectiva resolución, y publicándose oportunamente en el Sistema de Información.
3.25 SUPERVISOR DEL CONTRATO
La Supervisión del Contrato estará a cargo de EU. Coordinador de Servicio de Dialisis del Hospital Rafael Avaria de Curanilahue o quien la subrogue, a quien corresponderá efectuar las funciones de administración y control del contrato. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio contratado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio licitado.
En particular deberá realizar las siguientes funciones:
• Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor;
• Aprobar la recepción conforme de los servicios contratados;
• Informar al Dpto. de Abastecimiento en caso de incumplimiento de parte del proveedor para aplicar sanciones o dar término del contrato;
• Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato;
• Ejecutar la revisión y visación de los documentos tributarios emitidos por el proveedor, con recepción de conformidad, por concepto de los servicios contratados y detallados en las presentes bases.
ROL DEL DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO Y LOGÍSTICA
• Para efectos contractuales, ser interlocutor válido del Hospital con el proveedor adjudicado, canalizando los incumplimientos de la empresa contratada y todas aquellas pertinentes al convenio en cuestión.
• Informar a la Dirección en caso de incumplimiento de parte del proveedor.
• Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato.
• Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesario para la correcta ejecución del contrato;
• Efectuar la evaluación del adjudicatario.
Observación: El supervisor del contrato, podrá solicitar ayuda técnica sobre temas administrativos a jefe del Depto. de Abastecimiento y Logística o quien lo subrogue.
3.26 ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Se emitirán órdenes de Compras a razón de demanda; según correo electrónico emitido por gestor de Bodega.
El proveedor deberá aceptar la orden de compra en el Portal de Mercado Público, para lo cual tendrá un plazo de 24 Hrs.
El Adjudicatario no podrá rechazar la orden de Compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.
3.26 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El proveedor deberá emitir factura electrónica (DTE) una vez recepcionados conformes los productos contratados por los valores detallados en la presente resolución exenta. Factura Electrónica deberá ser extendida de la siguiente forma:
Razón Social: Hospital de Curanilahue
RUT: 61.602.211-3
Giro: Hospital
Domicilio: Avenida Bernardo O’Higgins Nº 111, Curanilahue
FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO DE DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura electrónica antes de las 72 horas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administran funcionarios del Hospital de Curanilahue. En caso de no recibir DTE antes de las 72 horas, será reclamado por la plataforma (SGDTE). DTE también podrá ser rechazado por Dpto. de abastecimiento en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), en el caso de que contenga errores de emisión y/o no se hayan recibido conformes los productos y/o servicios. En ambos casos, Proveedor queda obligado a emitir un nuevo DTE (Refacturación) y la correspondiente Nota de Crédito que anule a DTE reclamado.
En caso de Proveedores nuevos y que sus datos bancarios no se encuentren registrados en la base de datos del Hospital, el proveedor deberá informar mediante correo electrónico contabilidad@hrav.cl e Idilia.campos@hrav.cl, la Cuenta Corriente para la realización del Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la República (TGR). La cuenta informada debe ser coincidente con la cuenta registrada en la TGR. Se adjuntará a la Orden de Compra “Guía Usuario Comprobante de Pago TGR”, para la extracción de comprobante de Pago Centralizado.
En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, el representante o apoderado común con poderes suficientes, deberá informar cómo se genera la emisión de la factura de la respectiva adquisición, o debe estar previamente establecidos en Bases de Licitación.
PROCESO DESCRIPTIVO O ACLARATORIO DEL PROCESO DE FACTURACIÓN:
Primero: Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una orden de compra, la que quedará automáticamente en estado “Enviada a proveedor”
Segundo: Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica
Tercero: Proveedor deberá despachar con guía de despacho los bienes adquiridos a través de la correspondiente orden de compra, siendo requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica, que deberá emitir cada proveedor adjudicado en la casilla de intercambio dispuesta por la DIPRES.
IMPORTANTE: Cuando se trata de entrega de bienes, estos deben ser despachados con guía de despacho. Si estos fuesen despachados con factura, esta será rechazada en la plataforma de DTE. Una vez recepcionado conforme según guía de despacho emitida por la entidad contratada, la entidad contratante recepcionará conforme en la plataforma www.mercadopublico.cl, y luego de esto proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuando se trata de entrega de servicios, estos deben ser entregados a la entidad contratante y una vez recepcionado conforme, proveedor deberá emitir la correspondiente factura.
Cuarto: Una vez recepcionados conformes los bienes y/o servicios entregados con guía de despacho, el Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística realizará la recepción conforme a través del portal www.mercadopublico.cl
Quinto: Una vez emitida la recepción conforme de la respectiva orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl, proveedor deberá emitir la respectiva factura electrónica. Esta acción no debe ocurrir antes y si esto ocurriera, factura será rechazada por Dpto. de Abastecimiento en plataforma dispuesta por la DIPRES.
Sexto: Una vez ocurrido lo anterior y en caso, que factura electrónica se encuentra con la información pertinente de acuerdo a lo solicitado en la presente contratación, el hospital tendrá un plazo de 8 días corridos para aceptar o rechazar la factura electrónica contados desde la fecha de emisión de esta, la cual deberá ser ingresada en plataforma dispuesta por la DIPRES. Si el hospital de Curanilahue, no rechaza la factura electrónica se entenderá por recibida conforme.
Cada proveedor, al momento de emitir la factura electrónica deberá indicar en esta, el número de la orden de compra a la cual se encuentra asociada, en el campo “Folio de Referencia” del Documento Tributario Electrónico (DTE), a la vez al momento de seleccionar la forma de pago deberá seleccionar “CREDITO”, siendo estos requisitos indispensables para la aceptación de la factura electrónica en SGDTE. Una vez recibida conforme la factura electrónica, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue procederá a su pago en un plazo no superior a 30 días.
Por el sistema de pago centralizado ejecutado por la Tesorería General de la República, para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar en página web de la TGR, https://www.tgr.cl/pago-a-proveedores-delestado/
Séptimo: Mediante la Circular N°14 del 08 de marzo de 2023, la Dirección de Presupuestos informó sobre la suspensión, por un plazo de 180 días corridos, contados desde el viernes 10 de marzo de 2023, sobre el procedimiento de gestión automatizada electrónica y centralizada de órdenes de pago a proveedores del Estado a través de su Plataforma de Pago Automatizado -PPA-. Por lo que el pago será realizado directamente por la Institución a la que el Proveedor prestó el servicio. Por tal razón, en plataforma de TGR, solo se visualizarán facturas enviadas a pago que están con tramitación con anterioridad a esa fecha y se encuentren calendarizadas, aunque su fecha de pago sea posterior a esa fecha.
Para consultar respecto al pago de facturas, se debe realizar a través de la página web del Hospital de Curanilahue, Pago de Proveedores https://pagos.bancoestado.cl/ConsultaProveedores/login.aspx?MID=Nl1HmVUnFybpAWjqmsutRTdOvurHqcbo
Octavo: De acuerdo a las últimas indicaciones entregadas por la Dirección de Presupuestos, en el caso que exista factura que ingrese al flujo de pago centralizado, siendo pagada por TGR y que posteriormente el proveedor emita nota de crédito asociada a dicho documento, se deberá efectuar devolución a la institución pública respectiva.
El proveedor deberá realizar una transferencia directa al Establecimiento, por el monto a reintegrar, la cual debe ser ingresada a la Cuenta Corriente N°55309010441 del Banco Estado, informando a los siguientes correos electrónicos a contabilidad@hrav.cl., tesoreria@hrav.cl., abastecimiento@hrav.cl.
Los proveedores NO deben efectuar devoluciones directamente a TGR. Siendo responsabilidad del Proveedor realizar el reintegro de fondos, toda vez que se le notifique esta solicitud de parte del Establecimiento.
Toda la información detallada en el manual del Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado se encuentra ingresada como documento adjunto en las presente Orden de Compra.
3.27 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Para los casos en que los proveedores incumplan en las obligaciones contraídas en las presentes bases de licitación, el Hospital de Curanilahue podrá realizar las siguientes acciones:
• Calificar en el portal www.mercadopublico.cl de forma negativa al proveedor contratado.
• Informar a la dirección de compras públicas mediante un ordinario los incumplimientos detectados para que esta los considere en procesos licitatorios o para que tome las acciones correspondientes.
• Emitir un formulario interno de reclamo por servicio de post venta indicando los incumplimientos de parte del proveedor contratado, así también podrá considerar dichas evaluaciones en procesos licitatorios venideros.
3.28 DE LA INCORPORACIÓN DE SERVICIOS NO CONTEMPLADOS Y DE LA MODIFICACION AL CONTRATO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, el monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta del oferente, señalado en el Anexo N° 2 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo. Lo anterior a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.
3.29 COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro o presten el servicio licitado en el presente Convenio, no podrán ofrecer obsequios o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
3.30 DEBERES Y PROHIBICIONES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Según el Articulo 11 obligaciones de probidad e integridad en la contratación pública de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886 de compras públicas, las entidades deberán resguardar la probidad y transparencia en los procesos de contratación, para lo cual deberán dar estricto cumplimiento a las disposiciones del capítulo VII, de la probidad administrativa y transparencia en la contratación pública, de la ley de compras, las del presente reglamento y otras leyes aplicables.
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