Licitación ID: 2098-162-LE22
ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE C, Hospital Curanilahue
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 38
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Productos o servicios
1
Arriendo de vehículos 2 Unidad
Cod: 78111808
SERVICIO DE ARRIENDO DE AMBULANCIAS BASICAS  

2
Arriendo de vehículos 1 Unidad
Cod: 78111808
SERVICIO DE ARRIENDO DE AMBULANCIA SAMU AVANZADA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento y sus modificaciones, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través de su Unidad de abastecimiento, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas, a participar en la licitación pública para participar de un Convenio de “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HRAV.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE SALUD HOSPITAL DE C
Unidad de compra:
Hospital Curanilahue
R.U.T.:
61.602.211-3
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-07-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 13-07-2022 12:03:53
Fecha inicio de preguntas: 13-07-2022 12:11:00
Fecha final de preguntas: 15-07-2022 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-07-2022 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-07-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-07-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-07-2022 16:06:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- COMPLETAR, FIRMAR, ESCANEAR Y SUBIR ANEXOS A LA OFERTA
Documentos Técnicos
1.- COMPLETAR, FIRMAR, ESCANEAR Y SUBIR ANEXOS A LA OFERTA
 
Documentos Económicos
1.- COMPLETAR, FIRMAR, ESCANEAR Y SUBIR ANEXOS A LA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO El Puntaje obtenido para la oferta económica o precio ofertado ponderará en un 40%. Para obtener el puntaje se aplicará la siguiente formula: = (Precio Mínimo ofertado/Precio Oferta Evaluada) x 40% El oferente deberá ingresar el valor de su oferta en el anexo N°2. 40%
2 EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR Experiencia Sobre 5 años 20% Experiencia Sobre 3 años 10% Inferior a 3 años 0% 20%
3 PLAZO DE ENTREGA -De 1 a 5 días hábiles 20% -Desde 6 a 10 días 10% -Sobre 10 días 0% 20%
4 UBICACION GEOGRAFICA Proveedor se ubica a máximo 150 kilómetros de Curanilahue 15% Proveedor se ubica a sobre 150 kilómetros de Curanilahue 0% 15%
5 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES - Cumple con todos los documentos solicitados 5% - Cumple parcial o no cumple los requisitos formales 0% 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 44010000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 3 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Francisca Romero Neira
e-mail de responsable de pago: francisca.romero@hospitaldecuranilahue.cl
Nombre de responsable de contrato: Manuel Contreras Duran
e-mail de responsable de contrato: manuel.contreras@hospitaldecuranilahue.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2725506-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PLAZO DE ENTREGA”; De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio UBICACIÓN GEOGRÁFICA y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES”.
Bases Administrativas
3. BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN: 3.1 IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN Las presentes Bases establecen las disposiciones Administrativas que regirán las condiciones para la adquisición mediante Propuesta Pública para el “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE” que celebre el Hospital Dr. Rafael Avaria V., ubicado en Avda. Bernardo O’Higgins N° 111 Comuna de Curanilahue, perteneciente al Servicio de Salud Arauco, en conformidad a las Bases. 3.2 OBJETIVO DE LA LICITACIÓN Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento y sus modificaciones, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través de su Unidad de abastecimiento, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas, a participar en la licitación pública para participar de un Convenio de “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE”. Las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos de Licitación y todas las contempladas en el ID 2098-162-LE22 establecen las condiciones que regirán la Licitación y el posterior convenio que se celebre para dar cumplimiento a este objeto. 3.3 SERVICIOS SOLICITADOS NOMBRE GENÉRICO DEL SERVICIO Cantidad ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE HUE 3 MESES 3.4 PRESUPUESTO DISPONIBLE El Hospital de Curanilahue requiere de un “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE” para un periodo de 3 meses, cuyo presupuesto total corresponde a un total de $44.010.000.- (Cuarenta y cuatro millones diez Mil pesos) exento, correspondiente al período total de duración del Contrato, es decir 3 meses. 3.5 NORMATIVA APLICABLE Esta licitación pública se rige por las presentes bases que se publicarán en el Portal www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por éstas, por las normas de la ley 19.886 y su Reglamento. Etapas: Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl Participantes: Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas, uniones temporales de proveedores (de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento), y Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº 19.886. En consecuencia, las uniones temporales de proveedores cuando se trate de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, las uniones temporales de proveedores deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. En todo caso, la vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Inhabilidades a) Requisito para ofertar: Pueden participar cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades: - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales a los trabajadores dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta. - No haber sido condenados por delitos concursales establecidos en el artículo 463 del Código Penal conforme a lo dispuesto en la Ley N°20.720, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta. b) Requisitos para Contratar. Pueden Contratar con el Hospital Dr. Rafael Avaria V. cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades: Unión Temporal de Proveedores - De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, el HRAV no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos” del establecimiento, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, no con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedicha. - Las personas Jurídicas condenadas por los delitos regulados en la Ley N°20.393. - Aquellas personas afectadas por sentencia definitiva del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en el caso de las conductas previstas en la letra a) del Artículo 3° del DFL N° 1 del año 2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211 de 1973, que tengan prohibición de contratar establecidas en el Artículo 26 letras d) del mismo cuerpo normativo, que señala “la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada” c) Inhabilidades Sobreviniente. Se hace presente que los funcionarios del HRAV pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente establecidos en la ley 18.575, en caso de contratar como personas naturales por sí o por un tercero por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios del HRAV que, sean directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes. d) Otras consideraciones - Todas las personas naturales, jurídicas, unión temporal de proveedores o Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, deben cumplir no solo con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas, sino que también con la ley Nº18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 250/04). - Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada de que no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente a través del Portal de Mercado público en su oferta Computo de los Plazos para proceso Licitatorio Todos los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos, específicamente en las ofertas de los oferentes. Idioma: Español Comunicación con el HRAV.: Exclusivamente a través del portal Web Mercado Público. Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl El Hospital podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de esta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el principio de estricta sujeción a las Bases. Soporte de Documentos: Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la ley de compras y su reglamento. 3.6 MARCO REGULATORIO La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 de “Bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios” y su reglamento aprobado con el Decreto con fuerza de Ley N° 250 del Ministerio de Hacienda de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y prestación de Servicios y sus modificaciones y las presentes bases administrativas, especificaciones o bases técnicas y anexos de esta misma licitación. Así mismo formarán parte de las bases las modificaciones y las aclaraciones del presente proceso licitatorio. La presente licitación se ceñirá por la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación: 1. La ley 19.886 y su reglamento. 2. Las bases de licitación, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones. 3. Oferta efectivamente adjudicada. 4. La resolución de adjudicación. 5. Contrato celebrado entre el Hospital de Curanilahue y el (los) proveedor (s) adjudicado (s). 6. Orden (s) compra (s) que emitan los organismos habilitados para utilizar el sitio web www.mercadopublico.cl. No podrán participar: Conforme al inc. 1 Del art. 4 de la ley 19.886 agregado por la ley 20.088 y modificado por la ley 20.238, no podrán participar los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. 3.7 CONSIDERACIONES DE OPERATIVIDAD: Respecto a la modalidad de concreción de compra:  Modalidad en que se hará efectiva: El Hospital, concretará la adquisición sólo mediante emisión de la orden de compra que se remitirá por el portal www.mercadopublico.cl, no respondiendo por adquisiciones no generadas por este medio. Emisión y aceptación de las Órdenes de Compra: Ejecutiva de compras del Departamento de Abastecimiento y Logística emitirá en el Portal www.mercadopublico.cl las órdenes de compra de manera mensual, y por el valor total adjudicado de cada ambulancia. El proveedor deberá aceptar las órdenes de compra en el Portal de Mercado Público una vez efectuada la notificación. Oportunidad: El proveedor tendrá la obligación de aceptar la orden de compra enviada por el portal de www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 24 horas, desde la fecha de envío a través de la misma plataforma. 3.8 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO DE DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura electrónica antes de las 48 horas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administran funcionarios del Hospital de Curanilahue. En caso de no recibir DTE antes de las 48 horas, será reclamado por la plataforma (SGDTE). DTE también podrá ser rechazado por jefe de abastecimiento en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), en el caso de que contenga errores de emisión y/o no se hayan recibido conformes los productos y/o servicios. En ambos casos, Proveedor queda obligado a emitir un nuevo DTE (Re facturación) y la correspondiente Nota de Crédito que anule a DTE reclamado. En caso de Proveedores nuevos y que sus datos bancarios no se encuentren registrados en la base de datos del Hospital, el proveedor deberá informar mediante correo electrónico contabilidad@hospitaldecuranilahue.cl y ofpartes.facturas@hospitaldecuranilahue.cl, la Cuenta Corriente para la realización del Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la Republica (TGR). La cuenta informada debe ser coincidente con la cuenta registrada en la TGR. Se adjuntará a la Orden de Compra “Guía Usuario Comprobante de Pago TGR”, para la extracción de comprobante de Pago Centralizado. En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, sólo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión, emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes. PROCESO DESCRIPTIVO O ACLARATORIO DEL PROCESO DE FACTURACIÓN: Primero: Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una orden de compra, la que quedará automáticamente en estado “Enviada a proveedor” Segundo: Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica. Tercero: Proveedor deberá despachar con guía de despacho los bienes adquiridos a través de la correspondiente orden de compra, siendo requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica, que deberá emitir cada proveedor adjudicado en la casilla de intercambio dispuesta por la DIPRES. IMPORTANTE: Cuando se trata de entrega de bienes, estos deben ser despachados con guía de despacho. Si estos fuesen despachados con factura, esta será rechazada en la plataforma de DTE. Una vez recepcionado conforme según guía de despacho emitida por la entidad contratada, la entidad contratante recepcionará conforme en la plataforma www.mercadopublico.cl, y luego de esto proveedor deberá emitir la correspondiente factura. Cuando se trata de entrega de servicios, estos deben ser entregados a la entidad contratante y una vez recepcionado conforme, proveedor deberá emitir la correspondiente factura. Cuarto: Una vez recepcionados conformes los bienes y/o servicios entregados con guía de despacho, el Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística realizará la recepción conforme a través del portal www.mercadopublico.cl. Quinto: Una vez emitida la recepción conforme de la respectiva orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl, proveedor deberá emitir la respectiva factura electrónica. Esta acción no debe ocurrir antes y si esto ocurriera, factura será rechazada por jefe de Abastecimiento en plataforma dispuesta por la DIPRES. Sexto: Una vez ocurrido lo anterior y en caso, que factura electrónica se encuentra con la información pertinente de acuerdo a lo solicitado en la presente contratación, el hospital tendrá un plazo de 8 días corridos para aceptar o rechazar la factura electrónica contados desde la fecha de emisión de esta, la cual deberá ser ingresada en plataforma dispuesta por la DIPRES. Si el hospital de Curanilahue, no rechaza la factura electrónica se entenderá por recibida conforme. Cada proveedor, al momento de emitir la factura electrónica deberá indicar en esta, el número de la orden de compra a la cual se encuentra asociada, en el campo “Folio de Referencia” del Documento Tributario Electrónico (DTE), a la vez al momento de seleccionar la forma de pago deberá seleccionar “CREDITO”, siendo estos requisitos indispensables para la aceptación de la factura electrónica en SGDTE. Una vez recibida conforme la factura electrónica, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue procederá a su pago en un plazo no superior a 30 días. 3.9 GUIA DE USO DE PROVEEDORES SOBRE EMISIÓN Y ENVÍO DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS AL SISTEMA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS Y GESTIÓN DE PAGO OPORTUNO Creado con la función de informar a los proveedores sobre el “Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado” (SGDTE-Plataforma ACEPTA), el cual tiene por finalidad dar recepción a la información de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) desde el Servicio de Impuestos Internos, sus documentos en formato XML, sobre la gestión de pago oportuno y eventuales reclamos ante incumplimientos. 3.9.1 OPERACIÓN FUNCIONAL Los Documentos que el sistema recibe actualmente y que están siendo procesados por el SGDTE son: • Facturas Afectas • Facturas Exentas • Nota de Crédito • Notas de Debito • Guías de Despacho Cada información de un DTE que llega a esta plataforma pasa por las siguientes validaciones: • Se verifica si el DTE fue recibido y aceptado por el SII. • Se verifica si el proveedor envío el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. • Se verifica que en el Campo de referencia 801 viene un ID valido tranzado en Mercado Público y que corresponda a la institución. • Se verifica si el DTE no trae nada en el Campo 801 verifica que el proveedor este clasificado en Lista Blanca o que su monto este en el rango menor o igual a 3UTM. • El Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica. Toda la información detallada en el manual del Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado se encuentra ingresada como documento adjunto en las presentes bases de licitación. 3.10 GENERALIDADES a) Las presentes Bases de Licitación y eventuales aclaraciones escritas en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras, formarán parte integrante del contrato. b) De acuerdo a lo normativa vigente, los proveedores adjudicados al momento de contratar deberán encontrarse hábiles en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl). c) El cronograma de etapas y plazos que regirá este proceso se desarrollará de acuerdo a la información del Portal Mercado Público. d) Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl e) La adjudicación de la oferta se realizará través del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del portal, para lo cual, el oferente adjudicado se dará por informado. f) En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta; no cumpla con los requisitos establecidos en las bases, o no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para ello, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá proceder a la readjudicación del proceso al oferente que pondere el segundo mejor puntaje según la evaluación realizada, y así sucesivamente. g) Las consultas en relación a la adjudicación del proceso se realizarán vía correo electrónico dirigido a marilyn.betanzo@hospitaldecuranilahue.cl con copia a manuel.contreras@hospitaldecuranilahue.cl y serán respondidas por el mismo medio. h) El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopúblico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. i) Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases. j) En conformidad con el artículo 4º de la ley 19.886, los proveedores deberán acreditar no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante la declaración jurada que se emite de manera automática en el ingreso de la oferta, sin perjuicio de las facultades de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Para la celebración del contrato respectivo los proveedores adjudicados deberán estar inscritos y hábiles en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, Chile Proveedores, medio por el cual se verificará lo indicado, sin perjuicio de las facultades del Hospital de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleva de Dirección del Trabajo. 3.11 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 3.11.1 Presentación Oferta Técnica y Económica: a) Los oferentes deberán presentar sus ofertas sólo a través www.mercadopublico.cl. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas. b) Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases. c) Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. d) Los oferentes participantes de esta licitación deberán presentar en su oferta todos los requisitos solicitados, y documentación en general que será considerada para la evaluación. e) La sola presentación de la oferta, implicará por parte del oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases y en las Especificaciones Técnicas, en cuanto le sean aplicables. f) Se deberá indicar plazo o fecha de vigencia de la oferta. De no incluirse este plazo se entenderá que este plazo será de 90 días. g) Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, su Oferta Económica mediante Anexo Nº2, el formato se encuentra publicado en archivo denominado “Anexo Nº 2 Formulario Propuesta Económica”. 3.11.2 Presentación Oferta Administrativa: Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su oferta, uno o más archivos con la siguiente información: a) Anexo Nº1: Identificación del Oferente. b) Anexo N°3: Formulario Experiencia del proveedor. c) Anexo N°4: Formulario ubicación Geográfica. d) Anexo N°5: Formulario datos ambulancia básicas y avanzada. e) Anexo N°6: Formulario especificaciones ambulancia de reemplazo básicas y avanzada (excluyente). 3.11.3 Presentación Oferta Económica: e) Anexo Nº2: Formulario Anexo Económico y plazo de entrega. Los oferentes deberán ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl a valor total exento de impuestos por el arriendo de cada ambulancia (3 meses), expresado en moneda nacional (pesos chilenos) de acuerdo a lo solicitado en anexo N°2, sin impuestos. • El precio ofertado deberá considerar los costos asociados al servicio prestado en esta licitación. • El oferente deberá contemplar todos los riesgos, contingencias y demás factores que puedan afectar el monto de su propuesta económica. • El oferente no se encuentra en la obligación de ofertar todas las líneas de productos solicitadas. 3.12 REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA OFERTAR a) Completar, Firmar y subir a su oferta en el Portal todos los formularios que componen la oferta que se encuentran en numeral 3.11.2 y 3.11.3 de bases administrativas y técnicas. Hospital de Curanilahue, a través de la comisión evaluadora, podrá declarar inadmisible aquella oferta que no cumpla con las condiciones requeridas en los Anexos de Licitación. b) Ofrecer los servicios que cumplan con las especificaciones solicitadas en las bases de Licitación. c) El proveedor deberá presentar factura por el servicio prestado. 3.13 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES: Los proveedores podrán presentar las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, se evaluará a los oferentes de acuerdo al punto 3.18 de las presentes bases, letra d. 3.14 DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACIÓN: Esta licitación pública se regirá por los siguientes documentos: a) Las Bases de Licitación, Bases Técnicas y Anexos de Licitación que se incluyan en este proceso de licitación. b) Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las presentes Bases. c) Los formularios y la oferta económica del oferente adjudicado, junto con los medios de verificación. d) Las modificaciones efectuadas en las Bases de esta licitación pública, si las hubiere. e) Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue. f) Guía de uso de proveedores. 3.15 MODIFICACIONES A LAS BASES El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación pública, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen estas modificaciones en sus ofertas, de esta manera propender a recibir mejores ofertas. Asimismo, si el número de ofertas presentadas al cierre de la publicación es inferior a 2, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá ampliar el plazo de recepción de éstas, con el propósito de permitir la mayor participación de oferentes. 3.16 CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN: El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. 3.17 DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS Y LA COMISIÓN EVALUADORA: Apertura Electrónica, Evaluación Técnica y Propuesta de adjudicación: La apertura electrónica de las ofertas administrativas, económicas y técnicas se realizará en el portal de Compras del Estado y en este caso serán aceptadas o rechazadas de acuerdo a si se ajustan a lo solicitado o no, la evaluación técnica de los antecedentes ofertados, serán analizados por una comisión compuesta por funcionarios del Hospital, que será la responsable de evaluar y seleccionar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, los funcionarios a cargo de la evaluación o quienes los subrogan son los siguientes:  Jefe de Mantención y Servicios Generales, o quien lo Subrogue.  Jefe de Abastecimiento y Logística, o quien lo Subrogue.  Subdirector Administrativo, o quien lo Subrogue. Finalmente, los integrantes de la comisión, emitirán un acta de evaluación y propuesta de adjudicación. 3.18 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas serán analizadas por la comisión antes mencionada, que será la responsable de evaluar y de proponer la adjudicación a la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases. Los aspectos a evaluar son los que se señalan a continuación: a) PRECIO 40% El Puntaje obtenido para la oferta económica o precio ofertado ponderará en un 40%. Para obtener el puntaje se aplicará la siguiente formula: = (Precio Mínimo ofertado/Precio Oferta Evaluada) x 40% El oferente deberá ingresar el valor de su oferta en el anexo N°2. b) EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR 20% DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE Experiencia Sobre 5 años 20% Experiencia Sobre 3 años 10% Inferior a 3 años 0% NOTA: Se evaluará un máximo de 5 años a los que se haya prestado servicio desde el año 2017 en adelante. Órdenes de Compra de años anteriores no serán evaluadas. (4 Órdenes de Compra del mismo año en estado aceptada validan 1 año de servicio). Años de experiencia en el rubro: ____________ • ORDENES DE COMPRAS. Si estas provienen de una adjudicación de licitación por algún servicio puntual, se considerarán 4 órdenes de compras de un mismo año recibida a través del portal www.mercadopublico.cl, en estado recepción conforme, las cuales acreditarán 1 año de experiencia. • 4 facturas validaran 1 año de experiencia, emitidas desde el año 2017. • Cada oferente deberá completar el Anexo N° 3. De no adjuntar se otorgará 0 puntos porcentuales en criterio de evaluación “Cumplimiento Requisitos Formales”. a) PLAZO DE ENTREGA 20% En este criterio se evaluará el tiempo en que el oferente tardará en poner a disposición las ambulancias solicitadas para el traslado de pacientes, desde la emisión de la orden de compra, a lo que se aplicará la siguiente tabla de evaluación: DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE - De 1 a 5 días hábiles 20% - Desde 6 a 10 días 10% - Sobre 10 días 0% El oferente deberá indicar plazo de ejecución en el anexo N°2. b) UBICACIÓN GEOGRAFICA 15% Este criterio evaluará distancia entre el organismo comprador y el proveedor evaluado, la cual deberá indicar ciudad donde está ubicado el domicilio legal del proveedor DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE Proveedor se ubica a máximo 150 kilómetros de Curanilahue 15% Proveedor se ubica a sobre 150 kilómetros de Curanilahue 0% c) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE - Cumple con todos los documentos solicitados 5% - Cumple parcial o no cumple los requisitos formales 0% 3.19 ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la pro¬puesta al proponente cuya oferta haya sido evaluada como el más ventajoso acorde al puntaje obtenido, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y en el Decreto 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue. Esta licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en el punto 3.18 de las presentes Bases. Resolución de Empates: Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “PRECIO”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “UBICACIÓN GEOGRAFICA”; De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES". En caso que siguiera persistiendo la igualdad, la licitación finalmente se adjudicará al oferente que haya Ingresado primero su oferta en el portal. Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl . En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación. El Hospital Dr. Rafael Avaria V. podrá descalificar a los participantes, en cualquier etapa de la Licitación, en caso de que incurra alguna de las siguientes causales: Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. Transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria. V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado. 3.20 READJUDICACIÓN En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta; no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases para contratar, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá proceder a la Re adjudicación del proceso, para esto se realizará la reevaluación de las ofertas recibidas, descartando del análisis, la oferta inicialmente adjudicada, para Re adjudicar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en bases, y así sucesivamente. 3.21 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El contrato se formalizará mediante la emisión de las órdenes de compra y la aceptación de éstas por parte del oferente adjudicado. En caso que las órdenes de compra no hayan sido aceptadas, se solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 del Reglamento de Compras. 3.22 PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO El contrato comenzará a en la fecha en la que el proveedor ponga a disposición del hospital de Curanilahue las ambulancias Con todo, el Hospital de Curanilahue podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.24 de las presentes bases administrativas. 3.23 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO Para los casos en que los proveedores incumplan en las obligaciones contraídas en las presentes bases de licitación, el Hospital de Curanilahue podrá realizar las siguientes acciones: • Calificar en el portal www.mercadopublico.cl de forma negativa al proveedor contratado. • Informar a la dirección de compras públicas mediante un ordinario los incumplimientos detectados para que esta los considere en procesos licitatorios o para que tome las acciones correspondientes. • Emitir un formulario interno de reclamo por servicio de post venta indicando los incumplimientos de parte del proveedor contratado, así también podrá considerar dichas evaluaciones en procesos licitatorios venideros. • La acumulación de dos sanciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuos ameritará una multa de 1 UTM. 3.24 MULTAS Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantenciones y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara al director del hospital mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada. La multa a considerar es la siguiente: CAUSAL CATEGORIA MULTA APLICABLE Días sin servicio, por falta de vehículo. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento. Incumplimiento del servicio, por reparación y/o mantención del o los Vehículos, sin reemplazo de otro móvil. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento. Vehículo de reemplazo no corresponde al ofertado. LEVE 3 UTM por cada incumplimiento. Incumplimiento de una o varias de las normas legales para su circulación. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento (la multa será igual si se incumpliese uno, dos o todas las normas) Incumplimiento de grúa para su retiro en situaciones que lo amerite, no informando al hospital la causa de esto. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento. OBSERVACIÓN: El hospital de Curanilahue podrá hacer uso de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y terminar este de forma anticipada, cuando el cobro de multas se curse llegando a su tope, según lo detallado en tabla anterior, según procedimiento de cobro de multas establecido en bases de licitación. 3.25 PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantención y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara a director del hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada. Los plazos del procedimiento de cobro de multas es el siguiente: a) Plazo de apelación: Las multas podrán ser apeladas por el proveedor en un plazo de 5 días hábiles después de la fecha de notificación de la multa y/o garantía, mediante documento escrito que deberá ingresar en Oficina de Partes dirigida al director del Hospital con copia a la unidad Solicitante b) Plazo para respuesta de apelación: jefe de Mantención y Servicios Generales resolverá su aprobación o rechazo, en un plazo máximo de 10 días hábiles a contar del día hábil siguiente de recibida la apelación de la empresa (Fecha que funcionaria de oficina de partes deberá dejar estipulada en apelación recibida según plazos establecidos). Una vez emitida la respuesta por parte del supervisor del contrato, el asesor Jurídico en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de recibida la respuesta de parte del Supervisor del Contrato, procederá a dictar resolución exenta indicando la infracción, la multa y el cobro de esta. c) Notificación: En un plazo no mayor a 3 días hábiles el Hospital de Curanilahue procederá a la notificación a la empresa contratada a través de Ordinario. Departamento de Finanzas a través de su unidad de Contabilidad, serán los responsables de hacer el cobro de las multas correspondientes, las multas serán descontadas del pago mensual de los servicios, al valor de la UTM correspondiente al mes de su notificación, las multas que se apliquen, se descontarán de los respectivos estados de pago que estuvieren pendientes. Informando al proveedor para que éste realice el descuento correspondiente mediante la emisión de una nota de crédito aplicándose a la facturación del mes siguiente a la multa. De verificarse multas impagas al final del convenio, estas podrán ser cobradas de la boleta de fiel cumplimiento de contrato. Para ello, el Hospital cobrará dicha Boleta y emitirá un cheque por la diferencia al proveedor sancionado. 3.26 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El Convenio podrá terminarse anticipadamente por el Hospital, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. c) Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las bases de licitación o contrato. d) Revocación o disolución de la personalidad jurídica, en caso que él o los adjudicatarios sean personas jurídicas. e) El Hospital podrá poner término anticipado del contrato por la acumulación de más de 2 incumplimientos durante la vigencia del convenio. Además, este podrá hacer uso de la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato. f) Quiebra o el estado de notaria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existencias sean suficientes para garantizar el incumplimiento del contrato. g) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la cual será validada con la entrega del formulario 30-1 que estará a cargo del supervisor del contrato h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. i) El Hospital Dr. Rafael Avaria V., podrá poner término al Contrato en forma total o parcial, en cualquier momento, mediante carta certificada despachada al domicilio del proveedor adjudicado, con antelación mínima de 30 días, corridos a la fecha en la que se dispone el término de este Contrato. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra por los servicios adquiridos, recibidas antes de la notificación del referido término anticipado. j) Que en el transcurso del convenio se registren o detecten condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. k) Sanciones: más de cinco (5) veces aplicada l) Multa: más de dos (2) veces aplicada. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario. 3.27 PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantención y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara a director del hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada. Los plazos del procedimiento de cobro de multas y garantías es el siguiente: d) Plazo de apelación: Las multas podrán ser apeladas por el proveedor en un plazo de 5 días hábiles después de la fecha de notificación de la multa y/o garantía, mediante documento escrito que deberá ingresar en Oficina de Partes dirigida al director del Hospital con copia a la unidad Solicitante e) Plazo para respuesta de apelación: jefe de Mantención y Servicios Generales resolverá su aprobación o rechazo, en un plazo máximo de 10 días hábiles a contar del día hábil siguiente de recibida la apelación de la empresa (Fecha que funcionaria de oficina de partes deberá dejar estipulada en apelación recibida según plazos establecidos). Una vez emitida la respuesta por parte del supervisor del contrato, el asesor Jurídico en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de recibida la respuesta de parte del Supervisor del Contrato, procederá a dictar resolución exenta indicando la infracción, la multa y el cobro de esta. f) Notificación: En un plazo no mayor a 3 días hábiles el Hospital de Curanilahue procederá a la notificación a la empresa contratada a través de Ordinario. Departamento de Finanzas a través de su unidad de Contabilidad, serán los responsables de hacer el cobro de las multas correspondientes, las multas serán descontadas del pago mensual de los servicios, al valor de la UTM correspondiente al mes de su notificación, las multas que se apliquen, se descontarán de los respectivos estados de pago que estuvieren pendientes. Informando al proveedor para que éste realice el descuento correspondiente mediante la emisión de una nota de crédito aplicándose a la facturación del mes siguiente a la multa. De verificarse multas impagas al final del convenio, estas podrán ser cobradas de la boleta de fiel cumplimiento de contrato. Para ello, el Hospital cobrará dicha Boleta y emitirá un cheque por la diferencia al proveedor sancionado. 3.28 SUPERVISOR DEL CONTRATO La Supervisión del Contrato estará a cargo del jefe del departamento de Mantención y Servicios generales del Hospital de Curanilahue, o quien lo subrogue, a quien corresponderá efectuar las funciones de administración y control del contrato. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio licitado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio licitado. En particular deberá realizar las siguientes funciones: a) Para efectos contractuales, ser interlocutor entre el Departamento de Mantención y Servicios Generales y el Departamento de Abastecimiento y Logística; b) Informar a Departamento de Abastecimiento y Logística en caso de incumplimiento de parte del proveedor; c) Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato; d) Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesario para la correcta ejecución del contrato; e) Efectuar la evaluación del o los adjudicatarios. Por su parte, cada oferente deberá incluir en su oferta los datos del ejecutivo de ventas responsable de la administración del contrato, quien deberá tener una relación permanente con el responsable del contrato del Hospital. 3.29 ASPECTOS NO PREVISTOS EN BASES DEL CONVENIO El Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela, con el consentimiento del proveedor, podrán incorporar tareas, funciones y/o procedimientos del servicio adjudicado, que no hayan sido previstos en la presente licitación, mientras que estos no alteren el objetivo del servicio contratado, se refieran precisamente a labores directamente relacionadas con el servicio contratado 3.30 COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro o presten el servicio licitado en el presente Convenio, no podrán ofrecer obsequios o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. 3.31 DEBERES Y PROHIBICIONES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS, ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACION DE LA LICITACION a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviera acceso en razón de la función pública que se desempeña. c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. f. Omitir o eludir la propuesta publica en los casos que la ley disponga. g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. 3.32 ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta declaración deberá ser presentada al cumplirse la mitad del período de duración del contrato, con un máximo de seis meses. 3.33 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere. 3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere. 6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si los hubiere. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 3. BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN: 3.1 IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN Las presentes Bases establecen las disposiciones Administrativas que regirán las condiciones para la adquisición mediante Propuesta Pública para el “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE” que celebre el Hospital Dr. Rafael Avaria V., ubicado en Avda. Bernardo O’Higgins N° 111 Comuna de Curanilahue, perteneciente al Servicio de Salud Arauco, en conformidad a las Bases. 3.2 OBJETIVO DE LA LICITACIÓN Conforme a Ley de Compras Públicas Nº19.886, el reglamento y sus modificaciones, el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue a través de su Unidad de abastecimiento, invita a los oferentes, personas naturales o jurídicas, a participar en la licitación pública para participar de un Convenio de “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE”. Las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos de Licitación y todas las contempladas en el ID 2098-162-LE22 establecen las condiciones que regirán la Licitación y el posterior convenio que se celebre para dar cumplimiento a este objeto. 3.3 SERVICIOS SOLICITADOS NOMBRE GENÉRICO DEL SERVICIO Cantidad ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE HUE 3 MESES 3.4 PRESUPUESTO DISPONIBLE El Hospital de Curanilahue requiere de un “ARRIENDO DE DOS AMBULANCIAS BÁSICAS Y UNA AMBULANCIA SAMU AVANZADO, PARA EL HOSPITAL DR. RAFAEL AVARIA VALENZUELA DE CURANILAHUE” para un periodo de 3 meses, cuyo presupuesto total corresponde a un total de $44.010.000.- (Cuarenta y cuatro millones diez Mil pesos) exento, correspondiente al período total de duración del Contrato, es decir 3 meses. 3.5 NORMATIVA APLICABLE Esta licitación pública se rige por las presentes bases que se publicarán en el Portal www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por éstas, por las normas de la ley 19.886 y su Reglamento. Etapas: Una (apertura de oferta técnica y económica en un solo Acto), que se efectuará a través del sistema de información www.mercadopublico.cl Participantes: Podrán participar en la presente licitación, personas naturales, jurídicas, uniones temporales de proveedores (de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento), y Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley Nº 19.886. En consecuencia, las uniones temporales de proveedores cuando se trate de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, las uniones temporales de proveedores deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la unión temporal de proveedores. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. En todo caso, la vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Inhabilidades a) Requisito para ofertar: Pueden participar cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades: - No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales a los trabajadores dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta. - No haber sido condenados por delitos concursales establecidos en el artículo 463 del Código Penal conforme a lo dispuesto en la Ley N°20.720, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta. b) Requisitos para Contratar. Pueden Contratar con el Hospital Dr. Rafael Avaria V. cualquier persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores que cumplan con los requisitos de la presente licitación y que no le afecte alguna de las siguientes inhabilidades: Unión Temporal de Proveedores - De acuerdo al artículo 4 inciso sexto de la Ley Nº 19.886, el HRAV no podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicio con los funcionarios “directivos” del establecimiento, ni con personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, no con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedicha. - Las personas Jurídicas condenadas por los delitos regulados en la Ley N°20.393. - Aquellas personas afectadas por sentencia definitiva del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en el caso de las conductas previstas en la letra a) del Artículo 3° del DFL N° 1 del año 2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211 de 1973, que tengan prohibición de contratar establecidas en el Artículo 26 letras d) del mismo cuerpo normativo, que señala “la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada” c) Inhabilidades Sobreviniente. Se hace presente que los funcionarios del HRAV pueden incurrir en inhabilidad sobreviniente establecidos en la ley 18.575, en caso de contratar como personas naturales por sí o por un tercero por montos iguales o superiores a las 200 UTM. Asimismo, en igual inhabilidad podrán incurrir los funcionarios del HRAV que, sean directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes. d) Otras consideraciones - Todas las personas naturales, jurídicas, unión temporal de proveedores o Personas Jurídicas constituidas según lo establecido en la Ley N°20.659, deben cumplir no solo con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas, sino que también con la ley Nº18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº19.886 (sobre Contratos Administrativos) y su Reglamento (D.S. 250/04). - Los oferentes o sus representantes legales deberán presentar una declaración jurada de que no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente a través del Portal de Mercado público en su oferta Computo de los Plazos para proceso Licitatorio Todos los plazos son de días hábiles, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días corridos, específicamente en las ofertas de los oferentes. Idioma: Español Comunicación con el HRAV.: Exclusivamente a través del portal Web Mercado Público. Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl El Hospital podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de esta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el principio de estricta sujeción a las Bases. Soporte de Documentos: Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas Bases o por la ley de compras y su reglamento. 3.6 MARCO REGULATORIO La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 de “Bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios” y su reglamento aprobado con el Decreto con fuerza de Ley N° 250 del Ministerio de Hacienda de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y prestación de Servicios y sus modificaciones y las presentes bases administrativas, especificaciones o bases técnicas y anexos de esta misma licitación. Así mismo formarán parte de las bases las modificaciones y las aclaraciones del presente proceso licitatorio. La presente licitación se ceñirá por la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación: 1. La ley 19.886 y su reglamento. 2. Las bases de licitación, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones. 3. Oferta efectivamente adjudicada. 4. La resolución de adjudicación. 5. Contrato celebrado entre el Hospital de Curanilahue y el (los) proveedor (s) adjudicado (s). 6. Orden (s) compra (s) que emitan los organismos habilitados para utilizar el sitio web www.mercadopublico.cl. No podrán participar: Conforme al inc. 1 Del art. 4 de la ley 19.886 agregado por la ley 20.088 y modificado por la ley 20.238, no podrán participar los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. 3.7 CONSIDERACIONES DE OPERATIVIDAD: Respecto a la modalidad de concreción de compra:  Modalidad en que se hará efectiva: El Hospital, concretará la adquisición sólo mediante emisión de la orden de compra que se remitirá por el portal www.mercadopublico.cl, no respondiendo por adquisiciones no generadas por este medio. Emisión y aceptación de las Órdenes de Compra: Ejecutiva de compras del Departamento de Abastecimiento y Logística emitirá en el Portal www.mercadopublico.cl las órdenes de compra de manera mensual, y por el valor total adjudicado de cada ambulancia. El proveedor deberá aceptar las órdenes de compra en el Portal de Mercado Público una vez efectuada la notificación. Oportunidad: El proveedor tendrá la obligación de aceptar la orden de compra enviada por el portal de www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 24 horas, desde la fecha de envío a través de la misma plataforma. 3.8 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO FACTURA ELECTRÓNICA DEBERÁ SER ENVIADA A LA CASILLA DE INTERCAMBIO DE DIPRES. Es responsabilidad del proveedor adjudicado enviar la factura electrónica antes de las 48 horas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com lo que se enlazará con la plataforma que maneja la DIPRES y que administran funcionarios del Hospital de Curanilahue. En caso de no recibir DTE antes de las 48 horas, será reclamado por la plataforma (SGDTE). DTE también podrá ser rechazado por jefe de abastecimiento en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), en el caso de que contenga errores de emisión y/o no se hayan recibido conformes los productos y/o servicios. En ambos casos, Proveedor queda obligado a emitir un nuevo DTE (Re facturación) y la correspondiente Nota de Crédito que anule a DTE reclamado. En caso de Proveedores nuevos y que sus datos bancarios no se encuentren registrados en la base de datos del Hospital, el proveedor deberá informar mediante correo electrónico contabilidad@hospitaldecuranilahue.cl y ofpartes.facturas@hospitaldecuranilahue.cl, la Cuenta Corriente para la realización del Pago Centralizado por parte de la Tesorería General de la Republica (TGR). La cuenta informada debe ser coincidente con la cuenta registrada en la TGR. Se adjuntará a la Orden de Compra “Guía Usuario Comprobante de Pago TGR”, para la extracción de comprobante de Pago Centralizado. En el caso de que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, sólo se aceptará que uno de los integrantes de dicha unión, emita el documento tributario correspondiente, situación que debe ser informada por el representante o apoderado común con poderes suficientes. PROCESO DESCRIPTIVO O ACLARATORIO DEL PROCESO DE FACTURACIÓN: Primero: Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una orden de compra, la que quedará automáticamente en estado “Enviada a proveedor” Segundo: Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica. Tercero: Proveedor deberá despachar con guía de despacho los bienes adquiridos a través de la correspondiente orden de compra, siendo requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica, que deberá emitir cada proveedor adjudicado en la casilla de intercambio dispuesta por la DIPRES. IMPORTANTE: Cuando se trata de entrega de bienes, estos deben ser despachados con guía de despacho. Si estos fuesen despachados con factura, esta será rechazada en la plataforma de DTE. Una vez recepcionado conforme según guía de despacho emitida por la entidad contratada, la entidad contratante recepcionará conforme en la plataforma www.mercadopublico.cl, y luego de esto proveedor deberá emitir la correspondiente factura. Cuando se trata de entrega de servicios, estos deben ser entregados a la entidad contratante y una vez recepcionado conforme, proveedor deberá emitir la correspondiente factura. Cuarto: Una vez recepcionados conformes los bienes y/o servicios entregados con guía de despacho, el Hospital Curanilahue a través de funcionarios del departamento de abastecimiento y Logística realizará la recepción conforme a través del portal www.mercadopublico.cl. Quinto: Una vez emitida la recepción conforme de la respectiva orden de compra en la plataforma www.mercadopublico.cl, proveedor deberá emitir la respectiva factura electrónica. Esta acción no debe ocurrir antes y si esto ocurriera, factura será rechazada por jefe de Abastecimiento en plataforma dispuesta por la DIPRES. Sexto: Una vez ocurrido lo anterior y en caso, que factura electrónica se encuentra con la información pertinente de acuerdo a lo solicitado en la presente contratación, el hospital tendrá un plazo de 8 días corridos para aceptar o rechazar la factura electrónica contados desde la fecha de emisión de esta, la cual deberá ser ingresada en plataforma dispuesta por la DIPRES. Si el hospital de Curanilahue, no rechaza la factura electrónica se entenderá por recibida conforme. Cada proveedor, al momento de emitir la factura electrónica deberá indicar en esta, el número de la orden de compra a la cual se encuentra asociada, en el campo “Folio de Referencia” del Documento Tributario Electrónico (DTE), a la vez al momento de seleccionar la forma de pago deberá seleccionar “CREDITO”, siendo estos requisitos indispensables para la aceptación de la factura electrónica en SGDTE. Una vez recibida conforme la factura electrónica, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue procederá a su pago en un plazo no superior a 30 días. 3.9 GUIA DE USO DE PROVEEDORES SOBRE EMISIÓN Y ENVÍO DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS AL SISTEMA DE GESTIÓN DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS Y GESTIÓN DE PAGO OPORTUNO Creado con la función de informar a los proveedores sobre el “Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado” (SGDTE-Plataforma ACEPTA), el cual tiene por finalidad dar recepción a la información de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) desde el Servicio de Impuestos Internos, sus documentos en formato XML, sobre la gestión de pago oportuno y eventuales reclamos ante incumplimientos. 3.9.1 OPERACIÓN FUNCIONAL Los Documentos que el sistema recibe actualmente y que están siendo procesados por el SGDTE son: • Facturas Afectas • Facturas Exentas • Nota de Crédito • Notas de Debito • Guías de Despacho Cada información de un DTE que llega a esta plataforma pasa por las siguientes validaciones: • Se verifica si el DTE fue recibido y aceptado por el SII. • Se verifica si el proveedor envío el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. • Se verifica que en el Campo de referencia 801 viene un ID valido tranzado en Mercado Público y que corresponda a la institución. • Se verifica si el DTE no trae nada en el Campo 801 verifica que el proveedor este clasificado en Lista Blanca o que su monto este en el rango menor o igual a 3UTM. • El Proveedor deberá aceptar orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl, siendo este requisito obligatorio para aceptar con posterioridad factura electrónica. Toda la información detallada en el manual del Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado se encuentra ingresada como documento adjunto en las presentes bases de licitación. 3.10 GENERALIDADES a) Las presentes Bases de Licitación y eventuales aclaraciones escritas en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras, formarán parte integrante del contrato. b) De acuerdo a lo normativa vigente, los proveedores adjudicados al momento de contratar deberán encontrarse hábiles en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl). c) El cronograma de etapas y plazos que regirá este proceso se desarrollará de acuerdo a la información del Portal Mercado Público. d) Las consultas serán realizadas a través de la funcionalidad “Preguntas y respuestas” que aparece en la ID del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del sitio Web señalado, y sus respectivas respuestas serán efectuadas por el mismo medio, hasta la fecha y hora señalada en www.mercadopublico.cl e) La adjudicación de la oferta se realizará través del Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas del portal, para lo cual, el oferente adjudicado se dará por informado. f) En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta; no cumpla con los requisitos establecidos en las bases, o no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para ello, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá proceder a la readjudicación del proceso al oferente que pondere el segundo mejor puntaje según la evaluación realizada, y así sucesivamente. g) Las consultas en relación a la adjudicación del proceso se realizarán vía correo electrónico dirigido a marilyn.betanzo@hospitaldecuranilahue.cl con copia a manuel.contreras@hospitaldecuranilahue.cl y serán respondidas por el mismo medio. h) El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopúblico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. i) Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases. j) En conformidad con el artículo 4º de la ley 19.886, los proveedores deberán acreditar no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante la declaración jurada que se emite de manera automática en el ingreso de la oferta, sin perjuicio de las facultades de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Para la celebración del contrato respectivo los proveedores adjudicados deberán estar inscritos y hábiles en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, Chile Proveedores, medio por el cual se verificará lo indicado, sin perjuicio de las facultades del Hospital de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleva de Dirección del Trabajo. 3.11 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 3.11.1 Presentación Oferta Técnica y Económica: a) Los oferentes deberán presentar sus ofertas sólo a través www.mercadopublico.cl. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas. b) Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado en el portal www.mercadopublico.cl no podrán participar en esta Licitación. Asimismo, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue, excluirá del proceso aquellas ofertas que no cumplan los requisitos y condiciones establecidas en estas Bases. c) Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. d) Los oferentes participantes de esta licitación deberán presentar en su oferta todos los requisitos solicitados, y documentación en general que será considerada para la evaluación. e) La sola presentación de la oferta, implicará por parte del oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases y en las Especificaciones Técnicas, en cuanto le sean aplicables. f) Se deberá indicar plazo o fecha de vigencia de la oferta. De no incluirse este plazo se entenderá que este plazo será de 90 días. g) Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, su Oferta Económica mediante Anexo Nº2, el formato se encuentra publicado en archivo denominado “Anexo Nº 2 Formulario Propuesta Económica”. 3.11.2 Presentación Oferta Administrativa: Los oferentes deberán presentar a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos”, en su oferta, uno o más archivos con la siguiente información: a) Anexo Nº1: Identificación del Oferente. b) Anexo N°3: Formulario Experiencia del proveedor. c) Anexo N°4: Formulario ubicación Geográfica. d) Anexo N°5: Formulario datos ambulancia básicas y avanzada. e) Anexo N°6: Formulario especificaciones ambulancia de reemplazo básicas y avanzada (excluyente). 3.11.3 Presentación Oferta Económica: e) Anexo Nº2: Formulario Anexo Económico y plazo de entrega. Los oferentes deberán ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl a valor total exento de impuestos por el arriendo de cada ambulancia (3 meses), expresado en moneda nacional (pesos chilenos) de acuerdo a lo solicitado en anexo N°2, sin impuestos. • El precio ofertado deberá considerar los costos asociados al servicio prestado en esta licitación. • El oferente deberá contemplar todos los riesgos, contingencias y demás factores que puedan afectar el monto de su propuesta económica. • El oferente no se encuentra en la obligación de ofertar todas las líneas de productos solicitadas. 3.12 REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA OFERTAR a) Completar, Firmar y subir a su oferta en el Portal todos los formularios que componen la oferta que se encuentran en numeral 3.11.2 y 3.11.3 de bases administrativas y técnicas. Hospital de Curanilahue, a través de la comisión evaluadora, podrá declarar inadmisible aquella oferta que no cumpla con las condiciones requeridas en los Anexos de Licitación. b) Ofrecer los servicios que cumplan con las especificaciones solicitadas en las bases de Licitación. c) El proveedor deberá presentar factura por el servicio prestado. 3.13 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES: Los proveedores podrán presentar las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, se evaluará a los oferentes de acuerdo al punto 3.18 de las presentes bases, letra d. 3.14 DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACIÓN: Esta licitación pública se regirá por los siguientes documentos: a) Las Bases de Licitación, Bases Técnicas y Anexos de Licitación que se incluyan en este proceso de licitación. b) Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivado del procedimiento establecido en las presentes Bases. c) Los formularios y la oferta económica del oferente adjudicado, junto con los medios de verificación. d) Las modificaciones efectuadas en las Bases de esta licitación pública, si las hubiere. e) Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue. f) Guía de uso de proveedores. 3.15 MODIFICACIONES A LAS BASES El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación pública, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen estas modificaciones en sus ofertas, de esta manera propender a recibir mejores ofertas. Asimismo, si el número de ofertas presentadas al cierre de la publicación es inferior a 2, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá ampliar el plazo de recepción de éstas, con el propósito de permitir la mayor participación de oferentes. 3.16 CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN: El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. 3.17 DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS Y LA COMISIÓN EVALUADORA: Apertura Electrónica, Evaluación Técnica y Propuesta de adjudicación: La apertura electrónica de las ofertas administrativas, económicas y técnicas se realizará en el portal de Compras del Estado y en este caso serán aceptadas o rechazadas de acuerdo a si se ajustan a lo solicitado o no, la evaluación técnica de los antecedentes ofertados, serán analizados por una comisión compuesta por funcionarios del Hospital, que será la responsable de evaluar y seleccionar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, los funcionarios a cargo de la evaluación o quienes los subrogan son los siguientes:  Jefe de Mantención y Servicios Generales, o quien lo Subrogue.  Jefe de Abastecimiento y Logística, o quien lo Subrogue.  Subdirector Administrativo, o quien lo Subrogue. Finalmente, los integrantes de la comisión, emitirán un acta de evaluación y propuesta de adjudicación. 3.18 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas serán analizadas por la comisión antes mencionada, que será la responsable de evaluar y de proponer la adjudicación a la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases. Los aspectos a evaluar son los que se señalan a continuación: a) PRECIO 40% El Puntaje obtenido para la oferta económica o precio ofertado ponderará en un 40%. Para obtener el puntaje se aplicará la siguiente formula: = (Precio Mínimo ofertado/Precio Oferta Evaluada) x 40% El oferente deberá ingresar el valor de su oferta en el anexo N°2. b) EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR 20% DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE Experiencia Sobre 5 años 20% Experiencia Sobre 3 años 10% Inferior a 3 años 0% NOTA: Se evaluará un máximo de 5 años a los que se haya prestado servicio desde el año 2017 en adelante. Órdenes de Compra de años anteriores no serán evaluadas. (4 Órdenes de Compra del mismo año en estado aceptada validan 1 año de servicio). Años de experiencia en el rubro: ____________ • ORDENES DE COMPRAS. Si estas provienen de una adjudicación de licitación por algún servicio puntual, se considerarán 4 órdenes de compras de un mismo año recibida a través del portal www.mercadopublico.cl, en estado recepción conforme, las cuales acreditarán 1 año de experiencia. • 4 facturas validaran 1 año de experiencia, emitidas desde el año 2017. • Cada oferente deberá completar el Anexo N° 3. De no adjuntar se otorgará 0 puntos porcentuales en criterio de evaluación “Cumplimiento Requisitos Formales”. a) PLAZO DE ENTREGA 20% En este criterio se evaluará el tiempo en que el oferente tardará en poner a disposición las ambulancias solicitadas para el traslado de pacientes, desde la emisión de la orden de compra, a lo que se aplicará la siguiente tabla de evaluación: DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE - De 1 a 5 días hábiles 20% - Desde 6 a 10 días 10% - Sobre 10 días 0% El oferente deberá indicar plazo de ejecución en el anexo N°2. b) UBICACIÓN GEOGRAFICA 15% Este criterio evaluará distancia entre el organismo comprador y el proveedor evaluado, la cual deberá indicar ciudad donde está ubicado el domicilio legal del proveedor DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE Proveedor se ubica a máximo 150 kilómetros de Curanilahue 15% Proveedor se ubica a sobre 150 kilómetros de Curanilahue 0% c) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% DESCRIPCIÓN DEL CRITERIO PUNTAJE - Cumple con todos los documentos solicitados 5% - Cumple parcial o no cumple los requisitos formales 0% 3.19 ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN El Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la pro¬puesta al proponente cuya oferta haya sido evaluada como el más ventajoso acorde al puntaje obtenido, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y en el Decreto 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Podrá, además, declarar desierta la licitación pública, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria del Hospital; en estos últimos casos, dichas declaraciones se manifestarán mediante Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue. Esta licitación se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en el punto 3.18 de las presentes Bases. Resolución de Empates: Si el máximo puntaje final fuera compartido por dos o más oferentes, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “PRECIO”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR”. De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “UBICACIÓN GEOGRAFICA”; De persistir la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES". En caso que siguiera persistiendo la igualdad, la licitación finalmente se adjudicará al oferente que haya Ingresado primero su oferta en el portal. Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl . En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación. El Hospital Dr. Rafael Avaria V. podrá descalificar a los participantes, en cualquier etapa de la Licitación, en caso de que incurra alguna de las siguientes causales: Para este efecto el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. Transcurridas desde que el Hospital Dr. Rafael Avaria. V. de Curanilahue publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación del oferente seleccionado. 3.20 READJUDICACIÓN En caso de que el proveedor adjudicado desista de su oferta; no cumpla con los requisitos establecidos en las Bases para contratar, el Hospital Dr. Rafael Avaria V. de Curanilahue podrá proceder a la Re adjudicación del proceso, para esto se realizará la reevaluación de las ofertas recibidas, descartando del análisis, la oferta inicialmente adjudicada, para Re adjudicar la oferta más conveniente, conforme a los criterios de evaluación establecidos en bases, y así sucesivamente. 3.21 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El contrato se formalizará mediante la emisión de las órdenes de compra y la aceptación de éstas por parte del oferente adjudicado. En caso que las órdenes de compra no hayan sido aceptadas, se solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 del Reglamento de Compras. 3.22 PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO El contrato comenzará a en la fecha en la que el proveedor ponga a disposición del hospital de Curanilahue las ambulancias Con todo, el Hospital de Curanilahue podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 3.24 de las presentes bases administrativas. 3.23 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO Para los casos en que los proveedores incumplan en las obligaciones contraídas en las presentes bases de licitación, el Hospital de Curanilahue podrá realizar las siguientes acciones: • Calificar en el portal www.mercadopublico.cl de forma negativa al proveedor contratado. • Informar a la dirección de compras públicas mediante un ordinario los incumplimientos detectados para que esta los considere en procesos licitatorios o para que tome las acciones correspondientes. • Emitir un formulario interno de reclamo por servicio de post venta indicando los incumplimientos de parte del proveedor contratado, así también podrá considerar dichas evaluaciones en procesos licitatorios venideros. • La acumulación de dos sanciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuos ameritará una multa de 1 UTM. 3.24 MULTAS Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantenciones y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara al director del hospital mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada. La multa a considerar es la siguiente: CAUSAL CATEGORIA MULTA APLICABLE Días sin servicio, por falta de vehículo. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento. Incumplimiento del servicio, por reparación y/o mantención del o los Vehículos, sin reemplazo de otro móvil. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento. Vehículo de reemplazo no corresponde al ofertado. LEVE 3 UTM por cada incumplimiento. Incumplimiento de una o varias de las normas legales para su circulación. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento (la multa será igual si se incumpliese uno, dos o todas las normas) Incumplimiento de grúa para su retiro en situaciones que lo amerite, no informando al hospital la causa de esto. GRAVE 5 UTM por cada incumplimiento. OBSERVACIÓN: El hospital de Curanilahue podrá hacer uso de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y terminar este de forma anticipada, cuando el cobro de multas se curse llegando a su tope, según lo detallado en tabla anterior, según procedimiento de cobro de multas establecido en bases de licitación. 3.25 PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantención y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara a director del hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada. Los plazos del procedimiento de cobro de multas es el siguiente: a) Plazo de apelación: Las multas podrán ser apeladas por el proveedor en un plazo de 5 días hábiles después de la fecha de notificación de la multa y/o garantía, mediante documento escrito que deberá ingresar en Oficina de Partes dirigida al director del Hospital con copia a la unidad Solicitante b) Plazo para respuesta de apelación: jefe de Mantención y Servicios Generales resolverá su aprobación o rechazo, en un plazo máximo de 10 días hábiles a contar del día hábil siguiente de recibida la apelación de la empresa (Fecha que funcionaria de oficina de partes deberá dejar estipulada en apelación recibida según plazos establecidos). Una vez emitida la respuesta por parte del supervisor del contrato, el asesor Jurídico en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de recibida la respuesta de parte del Supervisor del Contrato, procederá a dictar resolución exenta indicando la infracción, la multa y el cobro de esta. c) Notificación: En un plazo no mayor a 3 días hábiles el Hospital de Curanilahue procederá a la notificación a la empresa contratada a través de Ordinario. Departamento de Finanzas a través de su unidad de Contabilidad, serán los responsables de hacer el cobro de las multas correspondientes, las multas serán descontadas del pago mensual de los servicios, al valor de la UTM correspondiente al mes de su notificación, las multas que se apliquen, se descontarán de los respectivos estados de pago que estuvieren pendientes. Informando al proveedor para que éste realice el descuento correspondiente mediante la emisión de una nota de crédito aplicándose a la facturación del mes siguiente a la multa. De verificarse multas impagas al final del convenio, estas podrán ser cobradas de la boleta de fiel cumplimiento de contrato. Para ello, el Hospital cobrará dicha Boleta y emitirá un cheque por la diferencia al proveedor sancionado. 3.26 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El Convenio podrá terminarse anticipadamente por el Hospital, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. c) Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las bases de licitación o contrato. d) Revocación o disolución de la personalidad jurídica, en caso que él o los adjudicatarios sean personas jurídicas. e) El Hospital podrá poner término anticipado del contrato por la acumulación de más de 2 incumplimientos durante la vigencia del convenio. Además, este podrá hacer uso de la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato. f) Quiebra o el estado de notaria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existencias sean suficientes para garantizar el incumplimiento del contrato. g) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la cual será validada con la entrega del formulario 30-1 que estará a cargo del supervisor del contrato h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. i) El Hospital Dr. Rafael Avaria V., podrá poner término al Contrato en forma total o parcial, en cualquier momento, mediante carta certificada despachada al domicilio del proveedor adjudicado, con antelación mínima de 30 días, corridos a la fecha en la que se dispone el término de este Contrato. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra por los servicios adquiridos, recibidas antes de la notificación del referido término anticipado. j) Que en el transcurso del convenio se registren o detecten condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. k) Sanciones: más de cinco (5) veces aplicada l) Multa: más de dos (2) veces aplicada. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario. 3.27 PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS Se entenderá por incumplimiento del contrato la no entrega del servicio contratado por causas ajenas al Hospital, una vez detectada la situación que amerite la aplicación de multas, por parte del supervisor del contrato (jefe de Mantención y Servicios Generales), este deberá informar la situación a Jefatura de Abastecimiento y Logística o quien le subrogue, mediante memorándum, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. Para lo cual el jefe de Abastecimiento y Logística informara a director del hospital con visto bueno de Subdirección Administrativa mediante Memorándum. El director del Hospital notificará mediante Ordinario a la empresa contratada. Los plazos del procedimiento de cobro de multas y garantías es el siguiente: d) Plazo de apelación: Las multas podrán ser apeladas por el proveedor en un plazo de 5 días hábiles después de la fecha de notificación de la multa y/o garantía, mediante documento escrito que deberá ingresar en Oficina de Partes dirigida al director del Hospital con copia a la unidad Solicitante e) Plazo para respuesta de apelación: jefe de Mantención y Servicios Generales resolverá su aprobación o rechazo, en un plazo máximo de 10 días hábiles a contar del día hábil siguiente de recibida la apelación de la empresa (Fecha que funcionaria de oficina de partes deberá dejar estipulada en apelación recibida según plazos establecidos). Una vez emitida la respuesta por parte del supervisor del contrato, el asesor Jurídico en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de recibida la respuesta de parte del Supervisor del Contrato, procederá a dictar resolución exenta indicando la infracción, la multa y el cobro de esta. f) Notificación: En un plazo no mayor a 3 días hábiles el Hospital de Curanilahue procederá a la notificación a la empresa contratada a través de Ordinario. Departamento de Finanzas a través de su unidad de Contabilidad, serán los responsables de hacer el cobro de las multas correspondientes, las multas serán descontadas del pago mensual de los servicios, al valor de la UTM correspondiente al mes de su notificación, las multas que se apliquen, se descontarán de los respectivos estados de pago que estuvieren pendientes. Informando al proveedor para que éste realice el descuento correspondiente mediante la emisión de una nota de crédito aplicándose a la facturación del mes siguiente a la multa. De verificarse multas impagas al final del convenio, estas podrán ser cobradas de la boleta de fiel cumplimiento de contrato. Para ello, el Hospital cobrará dicha Boleta y emitirá un cheque por la diferencia al proveedor sancionado. 3.28 SUPERVISOR DEL CONTRATO La Supervisión del Contrato estará a cargo del jefe del departamento de Mantención y Servicios generales del Hospital de Curanilahue, o quien lo subrogue, a quien corresponderá efectuar las funciones de administración y control del contrato. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio licitado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio licitado. En particular deberá realizar las siguientes funciones: a) Para efectos contractuales, ser interlocutor entre el Departamento de Mantención y Servicios Generales y el Departamento de Abastecimiento y Logística; b) Informar a Departamento de Abastecimiento y Logística en caso de incumplimiento de parte del proveedor; c) Colaborar con el proveedor en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato; d) Exigir al proveedor la presentación de cualquier documentación que a su juicio estime necesario para la correcta ejecución del contrato; e) Efectuar la evaluación del o los adjudicatarios. Por su parte, cada oferente deberá incluir en su oferta los datos del ejecutivo de ventas responsable de la administración del contrato, quien deberá tener una relación permanente con el responsable del contrato del Hospital. 3.29 ASPECTOS NO PREVISTOS EN BASES DEL CONVENIO El Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela, con el consentimiento del proveedor, podrán incorporar tareas, funciones y/o procedimientos del servicio adjudicado, que no hayan sido previstos en la presente licitación, mientras que estos no alteren el objetivo del servicio contratado, se refieran precisamente a labores directamente relacionadas con el servicio contratado 3.30 COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL ADJUDICATARIO El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro o presten el servicio licitado en el presente Convenio, no podrán ofrecer obsequios o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. 3.31 DEBERES Y PROHIBICIONES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS, ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACION DE LA LICITACION a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviera acceso en razón de la función pública que se desempeña. c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. f. Omitir o eludir la propuesta publica en los casos que la ley disponga. g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. 3.32 ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta declaración deberá ser presentada al cumplirse la mitad del período de duración del contrato, con un máximo de seis meses. 3.33 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si los hubiere. 3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si los hubiere. 6. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si los hubiere. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 5. Publíquese esta resolución en el sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl. 5. Publíquese esta resolución en el sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl.