Resolución de Empates |
En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán comenzando por Experiencia, Evaluación Económica. En el caso de persistir la condición de empate, se declarará desierta la licitación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso de existir dudas después de la Adjudicación, se podrán comunicar con Benjamín Castillo Arriagada, Encargado de Adquisiciones al fono 45-2557525 o al e-mail benjamín.castilloarriagada@araucanianorte.cl, De lunes a viernes en horario de oficina en el plazo de 5 días corridos contados desde la adjudicación en el portal Mercado Público.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “FACTORES EXCLUYENTES” en las presentes bases no será evaluado.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MODIFICACIÓN DE BASES |
Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes del cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del Decreto Nº250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En todo caso, la entidad licitante podrá formular aclaraciones a las bases administrativas a través del sistema de información de compras públicas, en la medida que no involucre ello una modificación a las bases. Dichas aclaraciones a las bases administrativas podrán verificarse hasta el momento del cierre de recepción de ofertas.
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REQUERIMIENTOS |
Hospital de Lonquimay adosado a la gestión del Servicio de Salud Araucanía Norte, llama a licitación para la adquisición de CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMOS DETANTALES LONQUIMAY 2024, por un periodo de 24 meses para el correcto servicio dental a los pacientes del Hospital de Lonquimay.
En los casos que corresponda, el proveedor puede presentar más de una oferta. Es obligatorio completar los anexos respectivos por cada oferta, (Anexo Nº1, Nº2, Nº3, Nº 4) y sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos.
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PRECIOS |
El precio de los servicios en la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos.
Las ofertas presentadas vía Anexo Nº4 Oferta Económica, deben expresarse en valores netos. El valor neto informado en dicho anexo debe coincidir con el informado en su oferta a través del portal Mercado Público.
Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y respuestas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.
Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas a través del portal Mercado Público.
Las ofertas deben ser presentadas en español.
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EVALUACIÓN |
La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta de la Directora del Hospital de Lonquimay. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación, así como los criterios de evaluación considerados en la misma.
La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos.
La Comisión de Evaluación se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y/o información adicional, incluyendo documentos, que a juicio de la Comisión sean necesarios y que no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes, según los términos señalados en el acápite “ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS”.
La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases consecutivas:
1. Fase I: Se verificará la integralidad del contenido de fondo de los documentos adjuntos a cada oferta declarada como “aceptada” a través del Acta de Apertura Electrónica, realizando un análisis exhaustivo de cada uno de ellos. Solo las ofertas que cumplan con las exigencias solicitadas en el acápite “FACTORES EXCLUYENTES” pasarán a la siguiente fase II de evaluación. La oferta será declarada “inadmisible” si no cumple con lo establecido precedentemente.
2. Fase II: Se realizará la evaluación cuantitativa de las ofertas aplicando los CRITERIOS DE EVALUACION.
La Comisión de Evaluación informará a la Directora del Hospital de Lonquimay el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente.
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FACTORES EXCLUYENTES |
Los factores de evaluación de carácter excluyente donde el no cumplimiento de cualquiera de los requisitos solicitados dejara fuera de concurso a dicha oferta son:
No presentar los Anexos N°1, N°2, N°3, Nº4 y N°5, debidamente completados y firmados.
Presentar diferencias entre los valores del portal mercado público y el anexo correspondiente.
Presentar valores que sean netos.
Poca claridad en el precio y el formato para su correcta evaluación.
Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, de acuerdo al artículo 67 bis, de la ley 19.886
Las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos como “Factor Excluyente”, se declaran inadmisibles, declaración que se efectuará mediante resolución fundada, en conformidad al artículo 9 de la ley 19.886 de Compras Públicas.
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