Resolución de Empates |
En caso de empates se priorizará el factor “económico” para realizar el desempate. En caso de haber un nuevo empate, se priorizara el factor “plazo de entrega”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso de mediar dudas una vez concretado el proceso de adjudicación, los interesados deberán comunicarse con Don Benjamín Castillo, Encargado de Abastecimiento al fono 45-2557525 o al e-mail benjamin.castilloarriagada@araucanianorte.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Las propuestas que no cumplan con la entrega de alguno de los requisitos establecidos con carácter excluyente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Nº9 de la Ley Nº19.886. Por ende, si un proveedor durante el proceso de licitación omite la presentación e incorporación de documentos solicitados como “Factores Excluyentes” en las respectivas Bases de Licitación, perderá el derecho a ser evaluado por falta de requisitos obligatorios exigidos para la prosecución del proceso de licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PRECIOS |
El precio de las oferta(s) presentada(s) vía portal Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional y en valores netos.
Los precios de las ofertas económicas presentadas vía Anexo N°4 “Oferta Económica”, deben expresarse en valores netos.
Los valores consignados en la oferta, presentados por el oferente, deben considerar cualquier otro costo asociado a ésta, incluyéndose tanto los costos directos asociados, aun cuando no estén indicados expresamente en los antecedentes de la licitación, conforme al Principio de Buena Fe que rigen a los contratos. De lo anterior, se colige que no se aceptará bajo ningún respecto cobro extraordinario por conceptos que no hayan sido incorporados en la oferta y en consecuencia autorizados, en la respectiva resolución de adjudicación de la licitación en comento. Costos que deberán ser asumidos por el proveedor para todo efecto legal.
Las ofertas se considerarán para todo efecto que poseen una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de las ofertas en el portal Mercado Público.
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APERTURA DE LA LICITACIÓN |
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se efectuará a través del portal Mercado Público, en la fecha señalada en el acápite denominado “Etapas y plazos”, levantándose acta de lo actuado a través del Portal Mercado Publico (Acta de apertura electrónica). Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta, dentro de las 24 horas siguientes a su publicación, a través del Portal.
En caso de existir observaciones, estas serán analizadas y respondidas con ocasión de la confección del informe de evaluación fundado de las ofertas.
Lo anterior no limita lo preceptuado en el artículo 62° del reglamento de compras públicas de la ley N° 19.886.
En esta instancia se verificará que se haya presentado los Anexos 1,2, 3, 4.
Dicha revisión será efectuada por la Unidad de Abastecimiento del Servicio de Salud Araucanía Norte, mediante un “Acta de Apertura Electrónica”. Esta verificación no constituirá evaluación del contenido de fondo de la oferta.
La no entrega de algún anexo establecido precedentemente, dejará al oferente fuera del proceso de evaluación (oferta rechazada), no pasando dichas ofertas a la etapa de evaluación y serán declaradas inadmisibles.
Las ofertas que se declaren “Aceptadas” pasarán a la etapa de evaluación, en la cual se evaluarán los contenidos de fondo de las ofertas presentadas. Dicha situación se reflejará a su vez en el correspondiente Informe de Evaluación que deba levantar la comisión respectiva.
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ADJUDICACIÓN |
El Director del Hospital Lonquimay adjudicará la propuesta a través del portal, según la información proporcionada por la comisión de evaluación en el informe de evaluación, la que será publicada y notificada el adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio, de acuerdo al artículo N°6 del Reglamento de la Ley de Compras.
La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación simple”.
El Servicio se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta que resulte ser la más conveniente para los intereses del Servicio, aunque no sea la de menor precio, que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las Bases, adjudicando la propuesta mediante resolución fundada, en la cual se especificarían los aludidos criterios; o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del Servicio, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. Asimismo, el Servicio podrá declarar desierta la totalidad de la licitación o algunos de sus ítems si las ofertas no se ajustaren al precio estimado por el Servicio para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los casos que proceda, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2° del artículo N°11 del Reglamento de la Ley de Compras. La decisión del Servicio de declarar desierta la licitación o inadmisibles la totalidad de las ofertas, se hará por Resolución fundada que se publicará en el Portal.
Cuando la adjudicación no se realice, sea o no por causas imputables al Servicio, dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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ORDEN DE COMPRA |
El Hospital Lonquimay generará la orden de compra dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la notificación de la resolución exenta de adjudicación través del portal Mercado Público.
Para todo efecto legal la Orden de Compra válidamente emitida y aceptada por parte del proveedor, será la formalización del respectivo Contrato que ligue a las partes, conforme lo señalado en el artículo 63 inciso 1° del Reglamento de la Ley 19.886.-
La orden de compra emitida a través del portal Mercado Público se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl.
En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del reglamento de la Ley de compras públicas).
En el caso que el proveedor rechace la orden de compra, o que ésta sea considerada como rechazada, ello será considerado como causal de readjudicación.
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PRODUCTOS REQUERIDOS |
La presente licitación tiene como objetivo convocar un convenio de suministro para la compra de frutas y verduras frescas, abarrotes e insumos de aseo.
Estos productos se encuentran individualizadas en las especificaciones técnicas, y que se entienden formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales.
En los casos que corresponda, el Proveedor puede presentar más de una oferta.
Es obligatorio completar los Anexos respectivos por cada oferta o tipo de equipo que se oferte, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos.
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