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Resolución de Empates |
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En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatara a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1.- El oferente mejor evaluado en el criterio precio.
2.- El oferente mejor evaluado en el criterio ubicación Casa Matriz o Sucursal.
3.- El oferente mejor evaluado en el criterio Experiencia.
4.- El oferente mejor evaluado en el criterio Plazo de entrega.
Si aun así no fuere posible desempatar, y con el fin de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes, se resolverá adjudicando a quien haya ingresado primero la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso de mediar dudas una vez concretado el proceso de adjudicación, los interesados deberán comunicarse con NATALY YAÑEZ, Encargado de Abastecimiento al fono 45-2602267 o al e-mail nataly.yanez@araucanianorte.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PRECIOS |
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El precio de las oferta(s) presentada(s) vía portal Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional y en valores netos y deben coincidir con los informado en el correspondiente anexo de oferta económica.
Los valores consignados en la oferta, presentados por el oferente, deben considerar cualquier otro costo asociado a ésta, incluyéndose tanto los costos directos asociados, aun cuando no estén indicados expresamente en los antecedentes de la licitación, conforme al Principio de Buena Fe que rigen a los contratos. De lo anterior, se colige que no se aceptará bajo ningún respecto cobro extraordinario por conceptos que no hayan sido incorporados en la oferta y en consecuencia autorizados, en la respectiva resolución de adjudicación de la licitación en comento. Costos que deberán ser asumidos por el proveedor para todo efecto legal.
Las ofertas se considerarán para todo efecto que poseen una vigencia mínima de 90 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de las ofertas en el portal Mercado Público.
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EVALUACION |
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La Comisión de Evaluación analizará las ofertas que hayan sido declaradas admisibles, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases Administrativas, aplicando estrictamente los criterios y ponderaciones de evaluación previamente definidos. Para estos efectos, levantará el correspondiente Informe de Evaluación fundado, en el cual se consignará el análisis de las ofertas y la propuesta de adjudicación por línea (ítem) a la autoridad competente, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación, total o parcialmente, según corresponda.
Corresponderá asimismo a la Comisión de Evaluación verificar la admisibilidad de las ofertas, de acuerdo con los requisitos y factores excluyentes establecidos en las presentes Bases Administrativas, respecto de cada línea ofertada.
La Comisión podrá requerir las asesorías técnicas y los antecedentes que estime necesarios para el adecuado cumplimiento de su función, sin que ello implique alterar los criterios de evaluación definidos en estas Bases.
La evaluación de las ofertas se realizará en dos fases sucesivas, aplicables de manera independiente a cada línea (ítem):
Fase I: Admisibilidad
En esta fase se verificará, para cada línea ofertada, el cumplimiento de los requisitos formales y excluyentes exigidos en las presentes Bases Administrativas. Las ofertas que no cumplan con dichos requisitos serán declaradas inadmisibles respecto de la línea correspondiente, quedando excluidas de la etapa de evaluación para dicha línea.
Fase II: Evaluación técnica y económica
En esta fase se efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las ofertas declaradas admisibles, aplicando los criterios y ponderaciones establecidos en el acápite “Criterios de Evaluación” de las presentes Bases Administrativas, de manera independiente para cada línea ofertada.
Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión confeccionará un cuadro comparativo por línea (ítem), que establecerá el orden de prelación de las ofertas evaluadas para cada una de ellas, de acuerdo con el puntaje total obtenido. Para cada línea, la oferta más conveniente será aquella que obtenga el mayor puntaje, conforme a los criterios de evaluación establecidos, aun cuando no corresponda a la de menor precio.
El resultado de la evaluación será informado mediante Informe de Evaluación fundado al Director del hospital de Lonquimay, acompañando todos los antecedentes necesarios para que se resuelva la adjudicación por línea (ítem) a uno o más proveedores, según corresponda.
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ADJUDICACION |
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El Director del Hospital Comunitario Intercultural de Lonquimay adjudicará la presente licitación a través del Sistema de Información de Compras Públicas, conforme a los antecedentes y a la propuesta contenida en el Informe de Evaluación fundado elaborado por la Comisión de Evaluación. La resolución de adjudicación será publicada en dicho sistema y se entenderá notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
La modalidad de adjudicación de la presente licitación será por línea (ítem), pudiendo adjudicarse una o más líneas a uno o más proveedores, de acuerdo con los resultados de la evaluación efectuada conforme a los criterios establecidos en las presentes Bases Administrativas.
Cada línea (ítem) será evaluada y adjudicada de manera independiente, pudiendo el Hospital adjudicar una misma licitación a distintos proveedores, con el objeto de asegurar la continuidad y adecuado abastecimiento de los insumos y/o material de imprenta requeridos.
El Hospital se reserva el derecho de adjudicar la oferta que resulte más conveniente a sus intereses institucionales, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas, aun cuando no corresponda a la de menor precio, debiendo dicha decisión constar en una resolución fundada.
Asimismo, el Hospital podrá declarar desierta la licitación, total o parcialmente por línea (ítem), cuando las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses del Servicio o no se ajusten a las exigencias establecidas en las presentes Bases Administrativas, sin que ello genere derecho a indemnización alguna para los oferentes. Dicha decisión deberá adoptarse mediante resolución fundada y será publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas.
En caso de que la adjudicación no se efectúe dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, sea o no por causas imputables al Hospital, la entidad licitante informará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifican el incumplimiento del plazo, indicando un nuevo plazo para la adjudicación
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El contrato comenzará desde la aprobación de la adjudicación por resolución de adjudicación fundada y se tendrá una vigencia de 24 meses. Dicho contrato podrá ser renovado mediante resolución exenta por un máximo de 1 período anual (12 meses), si el proveedor resulta bien evaluado y se cuenta con la disponibilidad presupuestaria, para lo cual ambas partes deben consentir expresamente en ello y por escrito. Dicha facultad podrá efectuarse con una anticipación de hasta 10 días hábiles al término de la vigencia del respectivo período, y en caso contrario se entenderá que las partes han consentido en no perseverar en el referido contrato. En caso de renovarse el contrato, se deberán reajustar los valores originariamente ofertados por la variación que haya experimentado el índice de precios al consumidor (IPC) en el período de vigencia del contrato.
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