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3. ANTECEDENTES REQUERIDOS A LOS OFERENTES |
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Podrán participar en este proceso licitatorio, personas naturales y/o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Podrán participar en la presente Propuesta, todas aquellas personas naturales chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas, y sus Especificaciones Técnicas, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
b) Estar inscritos en el sistema de compras y contratación pública (mercado público).
3.1. No podrán participar de la presente licitación:
a) Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
b) Personas que tengan la calidad de funcionarios directivos de “El Hospital” o de los establecimientos hospitalarios dependientes del Servicio de Salud O´Higgins.
c) Cualquiera que se encuentre unido a alguno de los señalados en la letra b) precedente por los vínculos de parentesco que se encuentran descritos en la letra b) del artículo 54, de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es, cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
d) Personas Jurídicas en las que formen parte aquellos mencionados en las letras b) y c) precedentes, ya sea bajo la forma de sociedades de personas, sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en las que fueren accionistas, o sociedades anónimas abiertas en las que sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
e) Gerentes, administradores, representantes o directores de las personas jurídicas mencionadas en la letra d) precedente. Lo anterior conforme lo establece el inciso 4º del artículo 4, de la Ley Nº 19.886. Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios de Compras Públicas.
f) Personas que tengan la calidad de autoridades o funcionarios públicos cuando la licitación se refiera a materias específicas o casos concretos que deban ser analizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo o servicio público a que pertenezcan. Lo anterior en relación a lo preceptuado en el inciso 2º del artículo 56 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3.2. Antecedentes legales.
El oferente deberá acreditar a través de Chile Proveedores y/o enviar en archivo adjunto de la licitación aquellos oferentes que no se encuentren inscritos en el registro de Chileproveedores, la siguiente información:
Persona Natural:
1. Fotocopia cédula de identidad.
2. Fotocopia de iniciación de actividades en SII.
3. Declaración Jurada simple (ANEXO N° 4), acreditando:
i. No haber sido condenado con sanción de multa de infracción al DFL 1 del 2005 en más de dos oportunidades dentro de un periodo de dos años.
ii. No haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de contrato celebrado con alguna entidad regida por la ley de compras en los últimos dos años.
iii. La inexistencia de Conflicto de Intereses, indicados en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886 y artículo 54 de la Ley 18.575, debidamente firmado por la persona natural o el(los) representante(s) legal(es), según corresponda.
iv. No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, conforme al inciso 1° del artículo 4 de la Ley Nº 19.886.
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4. REGISTRO CHILE PROVEEDORES |
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El oferente deberá estar inscrito en chile proveedores con cuenta activa al momento de contratar con el Hospital. “El Hospital” podrá verificar toda la documentación que se encuentre en el portal www.chileproveedores.cl, a fin de obtener la documentación referida en las letras anteriores. Si los antecedentes señalados en el punto 3.2, no se encuentran debidamente registrados y vigentes en el Sitio señalado, el oferente deberá adjuntarlos complementariamente en su oferta vía sistema. En definitiva, para el caso que algunos documentos no se encuentren disponibles en el portal Chile proveedores, se aceptará su presentación en forma digitalizada y como anexo en el sistema de Chilecompra.
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5. PRESENTACION DE OFERTAS A TRAVES DE MERCADO PUBLICO |
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Es condición fundamental para participar en el proceso de licitación el realizar la, o las ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. y adecuarse a los formatos de los Anexos publicados. La(s) oferta(s) debe indicar claramente el servicio ofertado, según fuere el caso, con sus montos, precios o costos, netos. No obstante lo anterior, se debe completar (ANEXO Nº 3):“Formato de Oferta Económica” y adjuntarlo en el sistema en presentación digital. No se aceptarán antecedentes en soporte papel. Las bases estarán a disposición de los proveedores solamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
La Oferta. Está compuesta por una parte administrativa, una parte técnica, otra económica y los documentos anexos, todos los cuales, deberán ser presentados en formato digital, en el portal www.mercadopublico.cl. La propuesta se regirá por las presentes bases, las que constituirán reglas propias de la misma. Las aclaraciones escritas que emita el Hospital (si corresponde) a través del portal mercado público, sean requeridas por los participantes o bien impartidas por el establecimiento, pasaran a formar parte de las presentes bases.
Las Ofertas Económicas. Estas deberán ser presentadas obligatoriamente a través del portal www.mercadopublico.cl señalando valor neto (sin impuestos). El oferente debe dar cumplimiento a la presentación de la oferta a través del portal mercado público y enviar los antecedentes solicitados en archivos adjuntos acompañando la oferta, por tanto, estos serán descargados desde mercado público.
Validez y/o Vigencia de las Ofertas. Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación
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7. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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8. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
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8.1 Las consultas y/o aclaraciones antes de la fecha de recepción de ofertas deberán realizarse exclusivamente a través del portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl). Las respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes Bases y a los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados.
8.2 Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital Santa Cruz podrá modificar o aclarar Bases y la documentación complementaria que rigen el procesos licitatorio, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del mismo, debiendo necesariamente en el caso de modificar las Bases, extender prudencialmente el plazo fijado, de acuerdo a lo indicado en la normativa vigente de compras públicas, para el cierre de la recepción de ofertas, a fin de que los oferentes puedan oportunamente formular o adecuar sus ofertas, según corresponda.
8.3 Consultas y/o aclaraciones durante el periodo de evaluación administrativa, técnica y económica sólo serán a los proveedores a través del portal.
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9. MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION |
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Se dará respuesta al oferente mediante foro de Mercado Publico disponible para dichas consultas en www.mercadopublico.cl
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10. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA |
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Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación.
Por lo tanto el oferente tendrá como un plazo fatal de 48 horas para salvar errores u omisiones (Art.° 40 del Reglamento 250, de Ley N° 19.886). Los Anteriores solo podrán ser de carácter administrativo, considerando que serán evaluados en escala diferente a los oferentes que dan cumplimiento según las bases correspondientes al proceso licitatorio.
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11. ENTREVISTA Y APLICACIÓN DE TEST. PSICODIAGNOSTICOS |
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11.1 Oportunidad y Citación a la Entrevista:
Los postulantes que cumplieran con la documentación obligatoria requerida en la licitación y que hayan pasado el filtro curricular, cumpliendo con lo establecido en el perfil de cargo como criterio excluyente (años de experiencia laboral y/o cursos de capacitación), de conformidad a la evaluación de antecedentes que efectúe el Departamento de Abastecimiento con colaboración del Asesor Jurídico, serán citados a una entrevista Psicológica, la cual será realizada por la Psicóloga de Desarrollo Organizacional del establecimiento. Será deber del Jefe del Departamento de Abastecimiento remitir la nómina de los postulantes que cumplan con los requisitos descritos precedentemente para la realización de la entrevista.
Una vez remitida la nómina de postulantes, será responsabilidad de la Psicóloga de Desarrollo Organizacional fijar en un tiempo prudencial la realización de la entrevista Psicológica.
La citación a esta entrevista se realizará preferentemente a través del correo electrónico, sin desestimar otros medios de contacto que permitan comunicar (llamada telefónica, carta certificada, etc.), debiendo dicha comunicación establecer el día, hora y lugar de la evaluación.
Aquellos postulantes que no se presenten a la entrevista en el día y la fecha establecida, quedarán automáticamente fuera del proceso de selección y no pasarán a la etapa posterior de evaluación.
11.2 Evaluación:
En esta etapa se evaluarán las competencias transversales y específicas del cargo (adecuación psicológica del postulante en relación al perfil del cargo). El método utilizado será aquel que permita medir objetivamente las aptitudes y competencias requeridas para el adecuado desempeño del cargo, como lo son Entrevista por competencia (la asignación de puntaje se realizará de acuerdo a la tabla de familia de competencias y cargos de la Dirección de Servicio de Salud del Libertador Bernardo O´Higgins) y test de psicodiagnóstico (asignación de puntaje de acuerdo a los estándares de cada test).
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13. EVALUACION DE LAS OFERTAS |
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Declarada la admisibilidad administrativa (realizada por el Depto. de Abastecimiento) y técnica (realizada por una comisión de evaluación), se efectuará la evaluación de las ofertas.
El Informe de Evaluación (Acta de Preadjudicación) será emitido por una comisión de ofertas que estará integrada por un representante de la parte que desarrolló los perfiles del cargo, el jefe del Depto. de Abastecimiento, Subdirector administrativo, y otros que sean designados, funcionario asesor del departamento jurídico del Hospital Santa Cruz (para licitación que impliquen riesgo, enmarcada en ámbitos estratégicos o de importancia económica por la naturaleza de los servicios o productos); informe que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, la cual está conformada por las personas mencionadas a continuación o sus subrogantes o designaciones, según corresponda:
1. Subdirector Administrativo o quien le subrogue.
2. Jefe Dpto. Gestión de Personas o quien le subrogue
3. Jefe de Abastecimiento o quien le subrogue
4. Representante FENATS o FENPRUSS (dependiendo del estamento).
5. Referente Técnico.
Corresponderá a la Comisión:
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad lo previsto en las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas que hayan sido calificadas como admisibles y realizar el análisis de todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
3. Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas (Acta de Pre adjudicación).
4. Propondrá, la oferta más idónea y con mayor puntaje, al Director del Hospital Santa Cruz, de acuerdo a los resultados de la evaluación de cada propuesta que cumplió con todos los requisitos solicitados en la licitación.
Durante el proceso de evaluación, el Hospital podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el Hospital Santa Cruz.
Respecto de aquellas ofertas incompletas, el hospital podrá solicitar a los proponentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos proponentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los profesionales, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La evaluación se inicia con la revisión de los antecedentes enviados por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl .
La evaluación y calificación de las ofertas técnicas y económicas presentadas por los oferentes será realizada previo efectuar el análisis y evaluación respectiva, dejando constancia de este acto en un instrumento que se denominará “Acta de Pre Adjudicación” proponiendo al Director del Hospital, la adjudicación de la Licitación objeto de las presentes Bases. El contenido del informe de evaluación deberá contener al menos lo siguiente:
1. Verificación de admisibilidad de los oferentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada uno de ellos sobre la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá deja constancia de ello.
2. Análisis particular de las propuestas.
3. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
4. Análisis final de evaluación y de observaciones.
5. Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los oferentes
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14. ACEPTACION, ADJUDICACION Y RESOLUCION DE LA PROPUESTA |
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La adjudicación de la licitación es prerrogativa exclusiva del Director del Hospital, situación que será aceptada por el oferente en el sentido de facultar al Hospital para que sea una prerrogativa exclusiva de éste. Así mismo, El Hospital podrá solicitar cualquier información complementaria, respecto de la capacidad económica y financiera de cualquier oferente, como asimismo sobre sus aspectos que guarden relación con su identidad, comercial o cualquier otro, si lo estima necesario, con posterioridad a la Apertura de las Propuestas. Se deja establecido, que dicha información no podrá ser ponderada de manera beneficiosa ni perjudicial para el oferente.
Admisibilidad y Rechazo de las Propuestas. En forma previa a la evaluación de las propuestas, el Contratante efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los postulantes hayan cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas. El Contratante declarará inadmisibles las ofertas por resolución fundada, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases Administrativas incluidos aquellos casos en que habiéndose solicitado a los proponentes salvar errores, omisiones formales y/o complementar sus antecedentes, según lo establecido en el párrafo anterior, no se hubiere dado cumplimiento a lo requerido dentro del plazo indicado en la solicitud respectiva. También la entidad licitante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de acuerdo al Artículo 9) de la Ley 19.886, cuando no se presenten ofertas, cuando estas no cumplan con lo establecido con la Bases Administrativas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Hospital Santa Cruz en base a razones objetivas y no discriminatorias, que deber ser fundamentadas en la respectiva resolución para todos los casos.
El Hospital rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisible aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Se declarará desierta la licitación en los siguientes casos:
1) Errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases.
2) Si no se presentan ofertas.
3) Si todas las ofertas son inadmisibles de conformidad a las presentes bases.
4) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.
5) Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses del Hospital.
6) En razón de causa sobreviniente de cambios en las necesidades requeridas que impliquen una nueva licitación.
7) Por no cumplir con los requisitos técnicos requeridos.
8) Si la oferta técnica o económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en los respectivos anexos de oferta técnica o económica y dichas inconsistencias no pudieran ser subsanadas.
Revocación de la Licitación Pública. El Hospital se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el portal de Mercado Público cuando no pueda continuar con su flujo normal que conduce a la adjudicación. La revocación deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, no pudiendo revocarse la licitación cuando:
a. Se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente.
b. La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos.
c. Por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto.
Lo anterior, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. El estado de revocado del proceso de licitación produce el efecto de detenerlo definitivamente aun existiendo ofertas.
Readjudicación. El Hospital podrá readjudicar en un plazo igual o menor a 60 días corridos desde la publicación en el sistema de información de la resolución que dé cuenta de la adjudicación. Se procederá a la readjudicación en los siguientes casos:
a. Cuando el oferente no mantenga su oferta posterior al proceso de adjudicación.
b. Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia.
c. Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Nacional de Chile Proveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación o, encontrándose inscrito en dicho registro, no está habilitado para contratar.
d. Cuando el oferente no adjunte la declaración jurada simple para contratar, Anexo N° 4.
e. Cuando el oferente no cumpla con el plazo de suscripción del contrato señalado en la cláusula “Contrato”.
En esos casos, el Hospital Santa Cruz podrá adjudicar al oferente que sigue en puntaje y así sucesivamente, siempre que cumpla con los requisitos exigidos en las bases.
El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y el Hospital, y podrá dejarse sin efecto de acuerdo a lo señalado en estas bases. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y el Hospital, es el acto aprobatorio del contrato tramitado.
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15. RESOLUCION DE EMPATES |
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Una vez evaluadas las ofertas, si se producen empates en las evaluaciones finales, para su desempate se atenderá a los mayores puntajes obtenidos en los siguientes criterios de evaluación:
a. Se aplicará como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en la evaluación de entrevista técnica.
b. Si persiste el empate, se recurrirá al siguiente criterio que será la entrevista psicolaboral.
c. Si aún persistiere empate, se considerará como tercer criterio de desempate la antigüedad laboral en cargos iguales o similares que es objeto la presente licitación
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16. FORMA DE PAGO |
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La compra de servicio, objeto de la presente licitación, debidamente singularizados en Los Términos de Referencia y suscrito en el respectivo Contrato, será pagado mensualmente previa entrega de informe mensual sobre tareas realizadas y/o conformidad de la prestación del servicio, el cual será visado por su jefatura, conjuntamente con Certificación de Cumplimiento de Asistencia y Funciones visado por el Jefe de Departamento Gestión de Personas. La remuneración se pagará entre el día 10 y 15 del mes siguiente de ejecutada la prestación de servicio acorde con las fechas de transferencia de recursos por parte del Servicio de Salud O’Higgins. Será responsabilidad del interesado la entrega oportuna de las solicitudes de permiso administrativo y descanso compensatorio señalados en las presentes bases técnicas, para no proceder con el respectivo descuento.
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17. HORARIOS DE TRABAJO |
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La prestación de servicios podrá realizarse de lunes a viernes en horario, de 8:00 hasta 16:48, o de 8:30 hasta 17:18, o en rotativa de cuarto turno, según necesidad de la Unidad o Departamento donde se desempeñe la función, o que se le designe por el Director de acuerdo a necesidades particulares del Hospital. Este horario podrá sufrir modificaciones previa aprobación de la Dirección del Hospital y en coordinación con el Departamento de Personas.
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18. ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA E INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA |
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Emisión. Una vez adjudicada la licitación, podrán emitir las Órdenes de Compra respectivas por el Sistema de Información. Esta Orden de Compra generará, a su vez, el correspondiente pedido, no obstante, aplique la solicitud de entrega parcial de los productos.
La Orden de Compra emitida a través del Portal deberá ser aceptada dentro del plazo de dos días hábiles, salvo aquella oferta adjudicada que no haya acompañado los certificados de vigencia de Chileproveedores, en cuyo caso el plazo será de 10 días hábiles. En caso contrario, el Hospital podrá dejar sin efecto la correspondiente resolución de adjudicación, pudiendo re adjudicar esta propuesta a una o más de las ofertas presentadas en la licitación que obtuvieren el siguiente mejor puntaje, o declarar desierto el proceso, sin perjuicio de remitir estos antecedentes para ser conocidos nuevamente por la Comisión de Adjudicación, en los casos que corresponda, situaciones todas de las cuales se deberá dejar constancia en el portal. Lo anterior no obsta a las demás acciones que se pudieran derivar de esta retracción intempestiva de la oferta.
El no cumplimiento cabal de la oferta faculta al “Hospital” para dejar constancia en el portal Chilecompra el reclamo respectivo, y no aceptar futuras ofertas, previo informe fundamentado de acuerdo a las condiciones que establece www.mercadopublico.cl.
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22. MULTAS |
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Incumplimiento de los Servicios. En caso que el Adjudicado, reciba 3 certificados de conformidad mensuales insatisfactorios, indicados en las presentes Bases Administrativas, incumpliendo a lo instruido por el jefe Directo, se podrá aplicar una multa de 1 Unidad de Fomento (UF) por evento, descontada del pago del mes en curso, salvo caso fortuito o fuerza mayor, la cual deberá ser justificada por escrito al Jefe Directo. O en su defecto ser causal para término anticipado de contrato, según letra c) del numeral 19.
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23. SUPERVISION ADMINISTRATIVA Y TECNICA |
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El prestador adjudicado se desempeñará para el HOSPITAL SANTA CRUZ quien emana la solicitud de la necesidad del servicio a prestar, y bajo la supervisión técnica respectiva. Asumirán el rol de Contraparte Técnica, el Jefe o el Profesional a cargo de la Unidad del HOSPITAL SANTA CRUZ en que el prestador adjudicado deba prestar sus servicios, a quienes corresponderá:
1. Supervisar y controlar el desarrollo del Contrato, velando por el cumplimiento de sus objetivos y plazos establecidos.
2. Proporcionar la información necesaria al prestador que se adjudique esta licitación.
3. Informar y solicitar a quien corresponda la aplicación de multas en caso de incumplimiento a las Bases o a la ejecución del Contrato según corresponda.
4. Emitir los certificados de conformidad de la prestación de servicios.
Asumirán el rol de Contraparte Administrativa, él o los funcionarios del Departamento de Gestión de Personas, a quien le corresponde:
1. Supervisar y poner a disposición de la contraparte técnica el mecanismo para evaluar la prestación del servicio contratado.
2. Mantener disponible los antecedentes de la licitación tanto para la institución como para el prestador.
3. Realizar los actos administrativos que se deriven de la toma de decisión por parte de la contraparte técnica.
4. Realizar el control y supervisión del cumplimiento de horario y asistencia del prestador.
5. Realizar los cálculos de renta para el periodo mensual respectivo.
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