Licitación ID: 2107-121-LQ20
SERV MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SCANNER
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE SANTA CRUZ
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA SCANNER Marca Siemens Modelo SOMATOM Scope Serie 90919.-  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERV MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SCANNER
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
el Hospital Santa Cruz, como establecimiento de salud requiere CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA SCANNER según necesidad de disponer del correcto funcionamiento del equipamiento a través de mantenimiento preventivo yo correctivo, asegurando la disponibilidad, seguridad, y continuo funcionamiento del scanner para los pacientes que lo requieran, por lo que corresponde adquirir dichos bienes mediante licitación pública.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital de Santa Cruz
R.U.T.:
61.602.148-6
Dirección:
Avenida Errázuriz 921
Comuna:
Santa Cruz
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-10-2020 16:23:00
Fecha de Publicación: 17-08-2020 15:15:00
Fecha inicio de preguntas: 17-08-2020 15:30:00
Fecha final de preguntas: 20-08-2020 15:13:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-08-2020 15:13:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-10-2020 16:24:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-10-2020 16:24:00
Fecha de Adjudicación: 09-10-2020 16:36:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ver anexos
Documentos Técnicos
1.- ver anexos
 
Documentos Económicos
1.- ver anexos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 precio Fórmula [(precio mínimo ofertado) / (Precio oferta)]*100 30%
2 Plazo de Reparación - Antes de 24 horas 100 - Entre 24 y 48 horas 50 - Mayor a 48 horas 0 10%
3 Garantía del Mantenimiento Preventivo (Anexo 7) - Garantía ≥ 6 meses:100 - 3 meses ≤ Garantía < 6 meses:50 - Garantía < 3 meses:0 10%
4 Experiencia del Oferente (ANEXO 6) Acredita experiencia en el mantenimiento de scanner (órdenes de compra y antecedentes fidedignos de servicios prestados para las marca y modelo licitado) : -Mayor o igual a 5 años :100 -Menor a 5 años:50 -No acredita exper:0iencia 20%
5 Garantía del Mantenimiento Correctivo (repuestos) - Garantía ≥ 6 meses:100 - 3 meses ≤ Garantía < 6 meses:50 - Garantía < 3 meses:0 10%
6 Sistema de gestión de Calidad (Certificación ISO 9 -La empresa cuenta con la certificación:100 -La empresa no cuenta con certificación ISO, pero tiene un sistema de gestión de calidad propio establecido.50 -La empresa no informa o no cuenta con un sistema de gestión de calidad:0 10%
7 Requisitos Generales -Cumple con todos los antecedentes requeridos para la presentación de oferta:100 -No Cumple con todos los antecedentes requeridos para la presentación de oferta:0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: luz verdugo silva
e-mail de responsable de pago: luz.verdugo@saludohiggins.cl
Nombre de responsable de contrato: cristina cabello cabrera
e-mail de responsable de contrato: crisca18@gmail.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2332221-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital de Santa Cruz
Fecha de vencimiento: 30-12-2020
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 31 del DS Nº 250/2004, modificado por Decreto D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, a modo ejemplar: boleta de garantía, vale vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, debiendo todos ser a la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente
Glosa: “Garantía Irrevocable De Seriedad de la Oferta de Contrato Mantenimiento Preventivo y Correctivo para scanner del Hospital de Santa Cruz”
Forma y oportunidad de restitución: LA DEVOLUCIÓN DE ESTA GARANTÍA SE EFECTUARÁ CONFORME A LO SIGUIENTE a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad dentro del plazo de 15 días contados desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 10 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución Aprobatoria de Contrato, y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la propuesta publica sea declarada desierta o inadmisible, se devolverán las Garantías de Seriedad de la Oferta a los oferentes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de Declaración Desierta o Inadmisible de la licitación. El reintegro de la garantía deberá́ ser previamente solicitada por el Oferente a través de email a crisca18@gmail.com. La devolución será́ efectuada por el Depto de Abastecimiento, mediando un memorándum conductor emitido por este Departamento, con devolución detallada de boleta y tipo de garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital de Santa Cruz
Fecha de vencimiento: 29-12-2023
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 68 del D.S. Nº 250/2004, modificado por D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, como por ejemplo: boleta de garantía o, vale a la vista o, póliza de seguro de ejecución inmediata. la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente
Glosa: “Garantía Irrevocable de Fiel Cumplimiento de Contrato Mantenimiento Preventivo y Correctivo para scanner del hospital de Santa Cruz”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
3. DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DE LA LICITACIÓN
El orden de prelación entre los distintos documentos de la licitación, será el que se indica a continuación: a. Bases Administrativas. b. Las Especificaciones Técnicas y sus anexos. c. Consultas y aclaraciones. d. La oferta y documentos presentados por el oferente, tanto en lo relativo a los aspectos técnicos como económicos.
4. PARTICIPACIÓN E INHABILIDADES
Pueden participar en esta licitación personas naturales, jurídicas y Unión Temporal de Proveedores, que cumplan con lo previsto en la Ley 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento. Aquellos oferentes que sean adjudicados en esta licitación tendrán la obligación de inscribirse en el portal www.chileproveedores.cl y además deberán cumplir con: a. Acreditar no haber sido condenado por prácticas anti-sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los 2 años anteriores a la presente licitación. b. Cumplir con lo dispuesto en la letra B del artículo 54 de la ley 18.575, LOC de bases generales de la administración del estado, acreditado bajo declaración jurada simple c. Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, el cumplimiento de la Directiva de Contratación Pública N° 22 denominado Orientaciones sobre la participación de las Uniones Temporales de Proveedores en los Procesos de Compra; y deberá cumplir asimismo con las disposiciones del artículo 67 bis del Decreto 250/2004, en particular que el acuerdo en el que conste la UTP sea otorgado por escritura pública, donde además conste el nombre del representante o apoderado y las facultades señaladas a continuación: * Presentar antecedentes y ofertar; * Subsanar solicitudes de aclaración; * Concurrir a visita en terreno; * Actuar como contraparte del contrato y representar a los integrantes; * Entregar los bienes y/o servicios; * Facturar; * Entregar informes, renovar o modificar garantías; * Cobrar y/o percibir; * Recibir notificaciones; * Firmar contratos y/o modificarlos. – 4.1. Inhabilidades para contratar Conforme al art. Nº 4 de la ley 19.886 agregado por la ley 20.088 y modificado por la ley 20.238, no podrán participar los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti-sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, en los dos últimos años. A fin de acreditar que los oferentes no se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas precedentemente, deberán acompañar la declaración jurada Simple que corresponde al Anexo 4 de las presentes Bases Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada miembro que la componga deberá ser hábil de conformidad a las causales indicadas precedentemente. En consecuencia, deberá presentar la declaración jurada (Anexo N°4) por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso. Asimismo, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su partición en el respectivo proceso 8 Artículo 67 bis DS 250). - Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Por tratarse de una contratación superior a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir sociedad, conforme se dispone en el artículo 67 Bis del DS 250.- La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la ley 19.886. Cumplir con los demás requisitos establecidos en el artículo 67 bis del DS 250 y las presentes bases
5. ANTECEDENTES REQUERIDOS A LOS OFERENTES
Los Oferentes interesados en participar en este proceso de licitación, deberán acompañar a su propuesta, sin perjuicio de lo indicado en el punto 8 de las presentes bases, los siguientes antecedentes: Persona Natural: 1. Fotocopia cédula de identidad. 2. Fotocopia de iniciación de actividades en SII. 3. Certificado de Deuda Tesorería General de la República. Persona Jurídica: 1. Fotocopia Simple del R.U.T de la Empresa. 2. Fotocopia Simple de cédula identidad del representante legal. 3. Certificado de Deuda Tesorería General de la República. En ambos casos, deberán acompañar los Anexos Administrativos y Técnicos requeridos en las presentes bases. En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá acompañar asimismo los documentos requeridos en el punto 4 de las presentes Bases, en los casos, forma y oportunidad que allí se indica.
6. REGISTRO CHILE PROVEEDORES
El oferente deberá estar inscrito en chile proveedores con cuenta activa al momento de contratar con el Hospital. En aquellos casos que el oferente no se encuentre inscrito podrá igualmente presentar su oferta en la licitación, disponiendo en caso de adjudicación de un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la publicación de la resolución adjudicatoria en el sistema de información. Para la contratación resulta indispensable que el adjudicado esté vigente y con cuenta activa, y en caso de no contar con dicha calidad, dará lugar al término o re-adjudicación de la contratación, de acuerdo a lo previsto en el punto 15 de las presentes bases. “El Hospital” podrá verificar toda la documentación que se encuentre en el portal www.chileproveedores.cl, a fin de obtener la documentación referida en las letras anteriores. Si los antecedentes señalados en el punto 5 no se encuentran debidamente registrados y vigentes en el sitio señalado, el oferente deberá adjuntarlos complementariamente en su oferta vía sistema. En definitiva, para el caso que algunos documentos no se encuentren disponibles en el portal Chileproveedores, se aceptará su presentación en forma digitalizada y como anexo en el sistema de Chilecompra.
7. OFERTAS A TRAVES DE MERCADO PUBLICO
Es condición fundamental para participar en el proceso de licitación el realizar la, o las ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. La(s) oferta(s) debe(n) indicar claramente el servicio ofertado, según fuere el caso, con sus montos, precios o costos, netos. No obstante lo anterior, se debe completar en el respectivo anexo (Nº 3):“Formato de Oferta Económica” y adjuntarlo en el sistema en presentación digital. No se aceptarán antecedentes en soporte papel. Las bases estarán a disposición de los proveedores solamente a través del portal www.mercadopublico.cl La propuesta se regirá por las presentes bases, las que constituirán reglas propias de las mismas. Las aclaraciones escritas que emita el Hospital (si corresponde) a través del portal mercado público, que sean requeridas por los participantes o bien impartidas por el establecimiento, pasaran a formar parte de las presentes bases. Las ofertas económicas deberán ser presentadas obligatoriamente a través del portal www.mercadopublico.clseñalando valor neto (sin impuestos). El oferente debe dar cumplimiento a la presentación de la oferta a través del portal mercado público y enviar los antecedentes solicitados en archivos adjuntos acompañando la oferta, por tanto, estos serán descargados desde mercado público. Los oferentes deberán ajustarse a lo explícitamente indicado en las Bases de Licitación, respecto a la presentación de las Ofertas, utilizando sólo los formularios del Portal y Anexos adjuntos si los hubiera, levantando toda la información en el sitio www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán efectuar sólo una oferta en el portal, en caso contrario todas las ofertas serán rechazadas
8. DE LA OFERTA – ANEXOS ADMINISTRATIVOS
Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado ANEXOS ADMINISTRATIVOS del portal, los siguientes documentos: 1. ANEXO Nº1: “Identificación del Oferente”. 2. ANEXO Nº2: “Carta de aceptación y conocimiento de las bases administrativas y técnicas”. 3. ANEXO Nº3: “Formato de Oferta Económica” 4. ANEXO N°4: “Declaración Jurada simple”. 5. ANEXO N°5:“Plazo de Reparación”. 6. ANEXO N°6: “Experiencia Específica y Servicio Técnico”. El oferente debe completar presentando el listado de Hospitales Públicos y/o privados, en los cuales ha mantenido Contratos de Mantenimiento del Equipamiento que licita. Este documento debe presentarse con la totalidad de datos solicitados, de no ser así, el comité de evaluación estará facultado a calificar el criterio con la nota mínima. 7. ANEXO Nº7: “Garantía del Mantenimiento Preventivo”. 8. ANEXO Nº8: “Certificado de Servicio Técnico Autorizado”. Certificado de representación de la marca y certificado de procedencia de los repuestos de los equipos a mantener, el cual se encuentre vigente a la fecha de publicación de la presente licitación. La NO presentación de estos certificados, dejará fuera al proveedor del proceso licitatorio. 9. ANEXO N°9: “Declaración técnica simple”. 10. ANEXO N°10: “Declaración de repuestos, accesorios y Kits de mantenimiento”. El oferente deberá completar, presentando el listado de insumos, accesorios y repuestos considerados dentro del Kit de Mantenimiento preventivo, indicando también la periodicidad del cambio. En este formulario, se debe declarar el valor de los repuestos y/o accesorios asociados a reparación de los equipos a mantener, con la finalidad de adquirirlos a través de la misma licitación. Nota: El oferente deberá indicar los valores de los accesorios y/o repuestos según corresponda la línea de servicio que ofertará. 11. Protocolo de Mantenimiento Preventivo. El oferente deberá adjuntar a su oferta el protocolo de mantenimientos preventivo para los equipos considerados en la presente licitación. 12. Certificación ISO 9001:2015. El oferente deberá adjuntar a su oferta el certificado de calidad ISO 9001:2015 en caso de poseerlo. De lo contrario deberá adjuntar el protocolo interno de su sistema de gestión de calidad. (forma parte del criterio de evaluación) 13. Certificado de calibración de Instrumentos y Plan de calibración. El oferente deberá adjuntar el certificado de calibración de los instrumentos que ocuparía para la ejecución de los servicios ofertados y el plan de calibración correspondiente (en caso de calibraciones futuras durante el período de este convenio).
9. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Las consultas y/o aclaraciones antes de la fecha de recepción de ofertas deberán realizarse exclusivamente a través del portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl). Las respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes Bases y a los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados. Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital Santa Cruz podrá modificar o aclarar Bases y la documentación complementaria que rigen el procesos licitatorio, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del mismo, debiendo necesariamente en el caso de modificar las Bases, extender prudencialmente el plazo fijado, de acuerdo a lo indicado en la normativa vigente de compras públicas, para el cierre de la recepción de ofertas, a fin de que los oferentes puedan oportunamente formular o adecuar sus ofertas, según corresponda. Las Consultas y/o aclaraciones durante el periodo de evaluación administrativa, técnica y económica sólo serán a los proveedores a través del portal
11. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN
Se dará respuesta al oferente mediante foro de Mercado Publico disponible para dichas consultas en www.mercadopublico.cl.
12. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
El Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación. Por lo tanto el oferente tendrá como un plazo fatal de 24 horas para salvar errores u omisiones (Art.° 40 del Reglamento 250, de Ley N° 19.886). Los Anteriores solo podrán ser de carácter administrativo, considerando que serán evaluados en escala diferente a los oferentes que dan cumplimiento según las bases correspondientes al proceso licitatorio.
15. ACEPTACIÓN, ADJUDICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA
Una vez adoptada la decisión por parte de la Comisión Evaluadora, presentará al Director de El Hospital el Acta de Pre adjudicación y el resultado de su evaluación, proponiendo la correspondiente adjudicación a él o los oferentes que obtengan la mejor puntuación, o el hecho de declarar desierta la Licitación en su caso. La adjudicación de la licitación es prerrogativa exclusiva de la Dirección de Servicio Salud O’Higgins, aun cuando ésta, no sea la de menor valor en comparación con otros oferentes; situación que será aceptada por el oferente en el sentido de facultar Al Dirección de Servicio Salud O’Higgins para que sea una prerrogativa exclusiva de éste. Asimismo, el Hospital podrá solicitar cualquier información complementaria, respecto de la capacidad económica y financiera de cualquier oferente, como asimismo sobre sus aspectos que guarden relación con su identidad comercial o cualquier otro, si lo estima necesario, con posterioridad a la Apertura de las Propuestas. Se deja establecido, que dicha información no podrá ser ponderada de manera beneficiosa ni perjudicial para el oferente. 15.1 Aceptación y Adjudicación Parcial Sin perjuicio de lo anterior el Hospital se reserva el derecho de aceptar y adjudicar total o parcialmente cualquiera de las ofertas, aunque no sea la oferta más económica, de conformidad con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento. El resultado de la licitación, será comunicado a través del sitio o portal www.mercadopublico.cl a los oferentes. 15.2 Formalización de la Adjudicación De acuerdo a lo señalado por el Artículo 63 del Decreto 250, que Aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, el acto de adjudicación se formalizará mediante suscripción del contrato entre las partes. 15.3 Revocación y Re adjudicación de la Adjudicación La adjudicación podrá ser dejada sin efecto por el Hospital, dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario correspondiente, rechaza la adjudicación. b) Si el adjudicatario correspondiente, no acompaña el Instrumento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y/o no suscribe el respectivo Contrato, dentro de los plazos establecido en estas Bases, cuando corresponda. c) Si el adjudicatario correspondiente, no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del Contrato, en un plazo no superior a diez días hábiles desde la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. d) Si el adjudicatario correspondiente, infringiere la Ley 19.886 en cualquier modo que afecta su capacidad o calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. Sin perjuicio del cobro de la Garantía de Seriedad de Oferta, en todos estos casos, el Hospital podrá re-adjudicar la licitación en forma total o parcial, al oferente evaluado con la siguiente mejor calificación, y así sucesivamente, en la medida que cumplan íntegramente con las Bases Administrativas y Técnicas y resulten convenientes a los intereses institucionales, o en caso contrario, podrá declararse desierta la Licitación total o parcialmente, de conformidad al punto 15.4. En ambas situaciones se emitirá la respectiva Resolución Exenta. 15.4 Licitación Desierta Se declarará desierta la licitación mediante resolución fundada, y en los siguientes casos: 1) Errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases. 2) Si no se presentan ofertas. 3) Si todas las ofertas son inadmisibles de conformidad a las presentes bases. 4) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 5) Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses del Hospital. 6) En razón de causa sobreviniente de cambios en las necesidades o cantidades requeridas que impliquen una nueva licitación. 7) Por no cumplir con las características o requisitos técnicos requeridos. 8) En razón de que los precios ofertados no son convenientes en relación con el presupuesto disponible para la licitación. 9) Si la oferta técnica o económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en los respectivos anexos de oferta técnica o económica y dichas inconsistencias no pudieran ser subsanadas. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y el Hospital, y podrá dejarse sin efecto de acuerdo a lo señalado en estas bases. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y el Hospital, es el acto aprobatorio del contrato tramitado.
16. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuesta en una línea, una vez evaluadas todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Por lo tanto, de presentarse igualdad de puntajes totales en la evaluación de las ofertas, se determinará que la resolución de empates será el criterio con mayor puntaje. De continuar el empate, se considerará el segundo mayor puntaje y así sucesivamente, hasta desempatar dicha licitación. En caso de persistir el empate se recurrirá al siguiente mecanismo, oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público
17. ADJUDICACIÓN FUERA DE PLAZO
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en la licitación (cronograma), El Hospital comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación
18. RE ADJUDICACIÓN
En caso que el Proveedor adjudicado, no pueda cumplir con lo adquirido o la prestación del servicio requerido, el Hospital Santa Cruz, podrá re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo a la Tabla de Evaluación informada en el Sistema de acuerdo al puntaje más alto y así sucesivamente
19. FORMA DE PAGO
El Hospital Santa Cruz pagará a la empresa por los servicios prestados la suma adjudicada, impuestos incluidos, de acuerdo en lo señalado en la oferta económica realizada por la empresa a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Para los efectos del inciso anterior, El precio del servicio contratado corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntos en la licitación, más los impuestos correspondientes (Anexo Nº3). En caso de discrepancia entre el precio señalado en el portal y el anexo, primará el indicado en el anexo. El precio se mantendrá inalterable durante todo el periodo de vigencia del contrato. Las facturas o boletas deberán contar con toda la documentación respectivas para proceder al pago, de no ser así, estas serán devueltas o en su defecto el proveedor se obliga a emitir la(s) Nota(s) de Crédito respectivas, en un tiempo no mayor a 72 horas una vez informada la incongruencia. La respectiva factura deberá ser extendida a nombre del Hospital Santa Cruz, Rut 61.602.148-6, con domicilio en Avenida Errázuriz N° 921, Santa Cruz; y deberá estar subida en la Plataforma ACEPTA. La Factura y su documentación serán visadas por el Jefe del Departamento de Abastecimiento, quien deberá verificar que la documentación presentada sea correcta, y la remitirá al Departamento de Finanzas, quien dará Visto Bueno de la documentación recepcionada y procederá a efectuar el pago de los servicios. El Hospital, procederá a efectuar el pago que corresponda en el plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la Factura en la oficina de partes. Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la(s) Orden(es) de Compra(s) deberán encontrarse aceptadas por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl. El pago podrá realizarse por transferencia electrónica, para ello el proveedor deberá informar a El Hospital, al momento de formalizar la contratación los antecedentes de la cuenta bancaria respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. Sin perjuicio de lo anterior, El Hospital podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.983.
20. ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA E INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA
Emisión. Una vez adjudicada la licitación, podrán emitir las Órdenes de Compra respectivas por el Sistema de Información. Esta Orden de Compra generará, a su vez, el correspondiente pedido del servicio. La Orden de Compra emitida a través del Portal deberá ser aceptada dentro del plazo de dos días hábiles (48 horas), salvo aquella oferta adjudicada que no haya acompañado los certificados de vigencia de Chileproveedores, en cuyo caso el plazo será de 10 días hábiles. En caso contrario, el Hospital Santa Cruz podrá dejar sin efecto la correspondiente resolución de adjudicación, pudiendo re adjudicar esta propuesta a una o más de las ofertas presentadas en la licitación que obtuvieren el siguiente mejor puntaje, o declarar desierto el proceso, sin perjuicio de remitir estos antecedentes para ser conocidos nuevamente por la Comisión Evaluadora, en los casos que corresponda, situaciones todas de las cuales se deberá dejar constancia en el portal. Lo anterior no obsta a las demás acciones que se pudieran derivar de esta retracción intempestiva de la oferta y cobro de la Garantía correspondiente. El no cumplimiento cabal de la oferta faculta a “El Hospital” para dejar constancia en el portal Chilecompra el reclamo respectivo, y no aceptar futuras ofertas, previo informe fundamentado de acuerdo a las condiciones que establece www.mercadopublico.cl.
21. CONTRATO
El adjudicatario tendrá a su cargo y ejecutará bajo su responsabilidad el contrato de acuerdo a los términos y antecedentes de la propuesta, las presentes bases, así como sus modificaciones; las correspondientes Bases Técnicas aprobadas por resolución que al efecto se dictare, las respuestas u aclaraciones dadas en el portal con motivo del periodo de consultas; por lo dispuesto en la oferta del adjudicatario. Todos los documentos y antecedentes que se entenderán ser de conocimiento de las partes y formar parte del contrato para todos los efectos legales. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de discrepancia o duda, las disposiciones de las presentes Bases Administrativas tipo, así como las de las respectivas Bases Técnicas primarán siempre sobre las de la oferta. Firma de Contrato. Este deberá ser desarrollado y afinado por la Asesoría Jurídica del Hospital, para posteriormente entregarse para ser firmado por el representante legal o quien tenga el poder para ello, en los casos que procedan, y a su vez la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento, lo cual deberá efectuarse dentro de los plazos de 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Suscripción del Contrato. El (los) adjudicatario(s) deberá(n) acreditar y, en su caso: 1. Estar inscritos en Chileproveedores. 2. Entregar (si correspondiere) el formulario No 30 de la Dirección del Trabajo “Solicitud para certificar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” (o su equivalente en el futuro). Regencia del Contrato. El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, sin embargo y por razones de buen servicio y mediante resolución fundada, podrá disponerse que las entregas inicien desde el momento de su adjudicación. Con todo, no procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. Su vigencia será de 36 meses o hasta agotar las cantidades o el presupuesto previsto para la licitación, lo que ocurra primero y se extenderá hasta por 3 meses desde la fecha de término del contrato. Prorroga de Contrato. Durante la vigencia del contrato, las partes de común acuerdo, podrán prorrogarlo total o parcialmente por una única vez, al precio adjudicado, por el periodo de 3 meses
22. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Presentación y Glosa: Los oferentes deberán entregar la garantía de seriedad de la oferta hasta el día de cierre de la licitación en la Oficina de Partes, del Hospital de Santa Cruz, ubicado en Avenida Errázuriz Nº 921, Santa Cruz, tomada a nombre del Hospital, incluyendo el R.U.T., la cual deberá presentarse en un sobre cerrado, cuyo anverso deberá indicar la ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del oferente, además debe contener la siguiente glosa: “Garantía Irrevocable De Seriedad de la Oferta de Contrato Mantenimiento Preventivo y Correctivo para scanner del Hospital de Santa Cruz” Sin perjuicio de lo anterior, si se trata de garantías digitales permitidas por la Ley y el Reglamento de Compras, ya citado, deberá acompañarse copia o certificado que acredite fehacientemente la existencia de tal caución y el cumplimiento de las formalidades exigidas en estas bases de licitación. La garantía deberá tener las siguientes características: Tipo de documento Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 31 del DS Nº 250/2004, modificado por Decreto D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, a modo ejemplar: boleta de garantía, vale vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, debiendo todos ser a la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente. Beneficiario Hospital de Santa Cruz, RUT Nº 61.602.148-6. Pagadera A la vista o de ejecución inmediata, según corresponda. Carácter de la Garantía Irrevocable. Vigencia Mínimo 60 días desde el día de cierre de la oferta de la presente licitación, pudiendo otorgarse una nueva garantía si fuera indispensable por un nuevo plazo de 30 días. Expresada en Pesos Chilenos. Monto Equivalente a $200.000 pesos (IVA incluido) Glosa “Garantía Irrevocable De Seriedad de la Oferta de Contrato Mantenimiento Preventivo y Correctivo para scanner del Hospital de Santa Cruz” Además, deberá presentarse dentro del plazo desde la publicación hasta el día del cierre de la licitación. EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente por acto fundado y, sin necesidad de declaración judicial alguna, por el Hospital una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes casos: a) Que el Oferente retire su oferta o se desista de ella dentro del período de vigencia de la misma. b) Que el Oferente no haga entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes bases. c) Que el Oferente sea adjudicado y no concurra a la firma del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes bases. LA DEVOLUCIÓN DE ESTA GARANTÍA SE EFECTUARÁ CONFORME A LO SIGUIENTE a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad dentro del plazo de 15 días contados desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 10 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución Aprobatoria de Contrato, y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la propuesta publica sea declarada desierta o inadmisible, se devolverán las Garantías de Seriedad de la Oferta a los oferentes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de Declaración Desierta o Inadmisible de la licitación. El reintegro de la garantía deberá́ ser previamente solicitada por el Oferente a través de email a crisca18@gmail.com. La devolución será́ efectuada por el Depto de Abastecimiento, mediando un memorándum conductor emitido por este Departamento, con devolución detallada de boleta y tipo de garantía.
23. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Y OPORTUNIDAD DEL CONTRATO
Al momento de firmar el contrato será requisito para el adjudicatario entregar un Vale Vista o Boleta de Garantía Bancaria al Hospital. Asimismo, el Hospital queda expresamente facultado por el adjudicado para hacer efectivo el Instrumento Financiero de Fiel Cumplimiento de Contrato y proceda a su cobro, cualquier incumplimiento a lo solicitado. El documento debe considerar lo siguiente: La garantía deberá tener las siguientes características: Tipo de documento Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 68 del D.S. Nº 250/2004, modificado por D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, como por ejemplo: boleta de garantía o, vale a la vista o, póliza de seguro de ejecución inmediata. la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente Beneficiario Hospital de Santa Cruz, RUT Nº 61.602.148-6. Pagadera A la vista y de ejecución inmediata, según sea el caso. Carácter de la Garantía Irrevocable. Ámbito de la Garantía Esta garantía deberá asegurar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazos de despacho, cantidad despachada, calidad y atributos de los productos, quiebres de stock que impidan reabastecer eficazmente de los productos. Vigencia Desde el quinto día desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público, durante la vigencia del contrato y con una extensión de 60 días hábiles, posteriores al término del mismo. Expresada en Pesos Chilenos ID Contener el ID de la respectiva propuesta Monto 5% del total del contrato Imp. Incluido. Glosa “Garantía Irrevocable de Fiel Cumplimiento de Contrato Mantenimiento Preventivo y Correctivo para scanner del hospital de Santa Cruz”. El Hospital podrá solicitar la renovación de la boleta de garantía de fiel cumplimiento, en las mismas condiciones si previo su vencimiento y en caso de prórroga, así mismo, será obligación del adjudicado renovar de manera previa a su vencimiento, con al menos 30 días anterior a éste, de lo contrario se faculta al Hospital Santa Cruz para hacer efectivo el cobro de la garantía. La respectiva Boleta de Garantía podrá hacerse efectiva en el siguiente caso: “Vulneración de los plazos establecidos de despacho o entrega de los productos, de forma reiterativa, situación que será debidamente informada y fundamentada por el Jefe del Depto. Gestión Industrial, haciéndose efectiva bajo Resolución Fundada”. La garantía será devuelta una vez que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
24. AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES
El Hospital podrá ordenar al proveedor adjudicado que amplíe o disminuya hasta en un 30% el valor total del Contrato impuesto incluido. En estos casos el proveedor deberá acompañar garantía de fiel y oportuno cumplimiento equivalente al 5% en caso de aumento, la cual deberá tener una vigencia superior a la fecha de término del contrato. Los aumentos de la adquisición de bienes o servicios, su presupuesto, deberán ser aprobados mediante resolución exenta para posteriormente ser notificado a través de plataforma mercado público, emitiendo la respectiva orden de compra y disponibilidad presupuestaria correspondiente.
25. MODIFICACION O TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
Mediante Resolución Exenta fundada, el Hospital podrá modificar o poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan en Articulo 77 del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, detalladas a continuación: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Para todos los efectos de este Contrato se considerará especialmente que las siguientes causales son de incumplimiento grave del Contratista o proveedor, - No haber iniciado el adjudicatario la prestación de los servicios correspondientes dentro del plazo de 5 días hábiles, contado desde el día siguiente de la adjudicación en el portal mercado público de la Licitación. - No aceptar Orden de compra dentro de las 72 horas siguientes a emitida electrónicamente esta - Si el Contratista es declarado en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores, lo que procederá en el evento que no se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato - Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de sus bienes - Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores - Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima - Si el Contratista ha hecho abandono de los servicios contratados o deja de proveer los servicios contratados o ha disminuido el ritmo de trabajo a un extremo que a juicio del Gestor de Contrato equivalga a un abandono de las mismas - Si uno de los integrantes de la UTP se retira de esta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. - Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. - Disolución de la UTP - El no pago de las remuneraciones de sus trabajadores o leyes sociales, de acuerdo a lo señalado en las presentes bases c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, en el caso de corresponder. f) Si la calidad de los bienes suministrados son insatisfactorios o deficientes, circunstancias que deberán ser debidamente establecidas e informadas por la dependencia que correspondiere al Hospital. En relación a la resolución de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el artículo Nº 79 del DS. 250/04 del Ministerio de Hacienda, esto es deberá ser fundada y publicarse oportunamente en el Sistema de Información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, dándosele traslado de 5 días hábiles al proveedor a fin de que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), el Hospital procederá a depositar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento Bancario de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio que podrá ejercer todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratante. Sin perjuicio de lo anterior el oferente adjudicado facultará expresamente al Hospital para que éste último pueda ponerle término en cualquier momento, ante un incumplimiento de las Bases Administrativas o cualquier otra obligación por parte del adjudicado, situación que será calificada unilateralmente por el Hospital, mediando aviso de término al oferente adjudicado, en el plazo y forma que este último estime pertinente, debiéndose pagar en su caso los bienes que hayan sido previamente suministrados por el adjudicatario y que no constituyan éstos, el incumplimiento, cuestionamiento y término del contrato.
26. MULTAS
El adjudicatario podrá ser sancionado con multas en caso de incumplimiento en la entrega oportuna de los servicios, deterioro en la calidad del servicio de manera consistente y continua, interrupción del servicio sin causa que lo justifique, de conformidad a la tabla que se adjunta a continuación: Faltas al contrato Hecho Monto de la multa Atraso en la entrega de servicio Atraso en el plazo de mantención preventiva o correctiva, según oferta y sin mediar justificación oportuna, por evento 2 UTM Entrega de información inexacta En caso de incumplimiento de lo estipulado en las bases de licitación, por evento 2 UTM Fallas de calidad Deterioro en la calidad del servicio o entrega de servicio por evento 2 UTM Procedimiento de aplicación de multas: En el caso de que el coordinador de contrato, quien le subrogue o se designe, estime que es procedente la aplicación de una multa, de conformidad a la tabla anterior, deberá informar formalmente al Subdirector Administrativo, mediante un informe que señale la o las multas que deben aplicarse y los hechos en los cuales se funda, así como también los antecedentes que acreditan los mismos (fecha y hora de los hechos, set fotográfico, etc.). Los incumplimientos considerados, en la ejecución del contrato en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de Notificación de Incumplimiento o vía correo electrónico enviada por El Hospital Santa Cruz, remitida al domicilio registrado para estos efectos por el Contratista. El proveedor tendrá 5 días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, El Hospital dictará la respectiva Resolución aplicando la Multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, El Hospital tendrá un plazo de hasta 5 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Resolución fundada, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada o vía correo electrónico, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días de remitida la información, siendo además publicada oportunamente en el Sistema de Información mercado público. El Hospital podrá aplicar la multa a través del correspondiente descuento en futuros estados de pago a la empresa. Además, el Hospital podrá solicitar, la adopción de medidas tales como el cobro de la Boleta de Garantía por fiel cumplimiento del contrato, poner término anticipado al contrato, cuando existieren incumplimientos graves por parte del proveedor adjudicado. Todo lo anterior deberá ser fundado mediante el acto administrativo correspondiente. En caso de que las multas acumuladas superen el 20% del monto total adjudicado, dará lugar para que el Hospital pueda proceder al término anticipado del contrato y cobro de la caución del Fiel Cumplimiento y Oportunidad del contrato
27.FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito, el acontecimiento o hecho a que se refiere el Artículo 45 del Código Civil, que no es imputable a las partes y que no pudo preverse, o que pudiendo preverse, es inevitable y de tal naturaleza que impide el cumplimiento de la obligación. El proveedor se obliga dentro de las 24 (veinte y cuatro) horas siguientes al requerimiento respectivo, comunicar por escrito (vía email) dicha circunstancia al Coordinador del Contrato y al Jefe de Abastecimiento. En dicha comunicación el Proveedor deberá́ explicar el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, como este ha provocado el atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del cual podrá́ cumplir con el servicio. Corresponderá a la Dirección del Hospital calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el Proveedor configuran caso fortuito o fuerza mayor que exima de la aplicación de multas correspondientes. Transcurrido el plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas a que se hace referencia, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del Proveedor fundada en razones de caso fortuito o fuerza mayor, configurándose en dicho caso un incumplimiento que dará lugar a la aplicación de las multas previstas en las bases. Las reclamaciones que se formulen al hospital en contra del proveedor, con ocasión de los servicios contratados serán remitidas a la empresa adjudicataria por escrito la cual deberá responder de igual forma dentro de un plazo de 24 horas. Cuando ocurra un caso calificado como fuerza mayor, no siendo atribuible al demandante, el adjudicado deberá subcontratar el servicio con cargo a su propio patrimonio.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.