Licitación ID: 2107-147-LE19
ARRIENDO DE ECOGRAFO MULTIPROPOSITO
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE SANTA CRUZ
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidades de ecografía o eco pulso o doppler o ultrasonido médico para uso diagnóstico general 1 Unidad
Cod: 42201712
Arriendo de ecógrafo multipropósito con 4 transductores  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE ECOGRAFO MULTIPROPOSITO
Estado:
Revocada
Descripción:
ARRIENDO DE ECOGRAFO MULTIPROPOSITO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital de Santa Cruz
R.U.T.:
61.602.148-6
Dirección:
Portugal 1870
Comuna:
Santiago Sur
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-09-2019 17:27:00
Fecha de Publicación: 24-08-2019 17:06:00
Fecha inicio de preguntas: 24-08-2019 17:16:00
Fecha final de preguntas: 26-08-2019 16:33:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-08-2019 16:33:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-09-2019 17:28:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-09-2019 17:28:00
Fecha de Adjudicación: 30-10-2019 17:28:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- VER ANEXOS WORD
Documentos Técnicos
1.- VER ANEXOS WORD
 
Documentos Económicos
1.- VER ANEXOS WORD
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Fórmula [(precio mínimo ofertado)/(Precio oferta)]*100 30%
2 Requisitos Generales Cumple con los antecedentes requeridos para la presentación de oferta 100 No Cumple con los antecedentes requeridos para la presentación de oferta 1 5%
3 Experiencia del Proveedor (según anexo n°6) Proveedor cuenta con experiencia demostrable en arriendo de equipo licitado mayor a 5 años (debe adjuntar órdenes de compra, boletas, licitaciones, etc.). 100 Cuenta con experiencia demostrable en arriendo de equipo licitado entre 2 y 5 años (debe adjuntar órdenes de compra, boletas, licitaciones, etc). 50 Posee experiencia menor a 2 años 1 10%
4 Servicio técnico - Post Venta (Según formulario N° Cumple con todo lo solicitado en Anexo 8 100 Cumple parcialmente con lo solicitado en Anexo 8 50 No cumple con lo solicitado 1 20%
5 Costos operativos y Otros (Según formulario N°1, í Cumple con todo lo solicitado en Formulario 1, Ítem 16-17.3 100 Cumple parcialmente con lo solicitado en Formulario 1, Ítem 16-17.3 50 No cumple con lo solicitado 1 5%
6 Especificaciones Técnicas (según anexo n° 5, ITEM Característica que por defecto debe estar en el equipo de manera obligatoria 100 Indica un atributo sobresaliente para el desempeño del equipo (CR). 50 No cumple con todo lo estipulado en Anexo 5 1 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: luz verdugo silva
e-mail de responsable de pago: luz.verdugo@saludohiggins.cl
Nombre de responsable de contrato: cristina cabello cabrera
e-mail de responsable de contrato: crisca18@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2332351-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL SANTA CRUZ
Fecha de vencimiento: 29-10-2021
Monto: 5 %
Descripción: Tipo de documento Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 68 del D.S. Nº 250/2004, modificado por D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, como por ejemplo: boleta de garantía o, vale a la vista o, póliza de seguro de ejecución inmediata. la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente
Glosa: Glosa “Garantía Irrevocable de Fiel Cumplimiento De Contrato De Compra De ARRIENDO ECOGRAFO MULTIPROPOSITO CON 4 TRANSDUCTORES PARA HOSPITAL SANTA CRUZ”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Las consultas y/o aclaraciones antes de la fecha de recepción de ofertas deberán realizarse exclusivamente a través del portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl). Las respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes Bases y a los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados. 10.2 Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital Santa Cruz podrá modificar o aclarar Bases y la documentación complementaria que rigen el procesos licitatorio, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del mismo, debiendo necesariamente en el caso de modificar las Bases, extender prudencialmente el plazo fijado, de acuerdo a lo indicado en la normativa vigente de compras públicas, para el cierre de la recepción de ofertas, a fin de que los oferentes puedan oportunamente formular o adecuar sus ofertas, según corresponda. 10.3 Consultas y/o aclaraciones durante el periodo de evaluación administrativa, técnica y económica sólo serán a los proveedores a través del portal.
MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION
Se dará respuesta al oferente mediante foro de Mercado Publico disponible para dichas consultas en www.mercadopublico.cl.
ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
El Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación. Por lo tanto el oferente tendrá como un plazo fatal de 24 horas para salvar errores u omisiones (Art.° 40 del Reglamento 250, de Ley N° 19.886). Los Anteriores solo podrán ser de carácter administrativo, considerando que serán evaluados en escala diferente a los oferentes que dan cumplimiento según las bases correspondientes al proceso licitatorio.
EVALUACION DE LAS OFERTAS
Declarada la admisibilidad administrativa (realizada por el Depto. de Abastecimiento) y técnica (realizada por una comisión de evaluación), se efectuará la evaluación de las ofertas. El informe de evaluación (Acta de Pre-adjudicación) será emitido por una comisión de ofertas que estará integrada por un representante de la parte que desarrolló las especificaciones técnicas, el jefe del Depto. de Abastecimiento, referente técnico, Subdirector administrativo, Subdirector Médico, funcionario asesor del departamento jurídico del Hospital Santa Cruz (para licitación que impliquen riesgo, enmarcada en ámbitos estratégicos o de importancia económica por la naturaleza de los servicios o productos); informe que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Previa a la evaluación, mediante el presente acto administrativo, se publicará en el portal el nombre y cargo de los integrantes de la comisión evaluadora de ofertas. Esta comisión deberá emitir un informe comparativo de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, el que será remitido a la autoridad llamada a adoptar la decisión, esto es, el Director de Hospital Santa Cruz. La Comisión de Evaluación para la presente Licitación Pública estará conformada por los siguientes funcionarios, o sus subrogantes o designaciones, según corresponda: 1. Subdirector Administrativo, Pablo Martínez Quinteros. 2. Subdirector Gestión Asistencial, Francisco Leyton Arrieta 3. Referente Técnico, Claudia Zúñiga Calderón 4. Jefe(s) de Abastecimiento, Cristina Cabello Cabrera. Esta comisión deberá emitir un informe comparativo de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, el que será remitido a la autoridad llamada a adoptar la decisión, esto es, el Director de Hospital Santa Cruz. 1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad lo previsto en las presentes Bases. 2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas que hayan sido calificadas como admisibles y realizar el análisis de todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros. 3. Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas (Acta de Preadjudicación). 4. Propondrá, la oferta más idónea y/o con mayor puntaje y convenientes a los intereses del hospital, al Director de Hospital Santa Cruz, de acuerdo a los resultados de la evaluación de cada propuesta que cumplió con todos los requisitos solicitados en la licitación. Durante el proceso de evaluación, el Hospital podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el Hospital Santa Cruz. Respecto de aquellas ofertas incompletas, el hospital podrá solicitar a los proponentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos proponentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los profesionales, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La evaluación se inicia con la revisión de los antecedentes enviados por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. La evaluación y calificación de las ofertas técnicas y económicas presentadas por los oferentes será realizada previo efectuar el análisis y evaluación respectiva, dejando constancia de este acto en un instrumento que se denominará “Acta de Pre Adjudicación” proponiendo al Director de Hospital Santa Cruz, la adjudicación de la Licitación objeto de las presentes Bases. El informe de evaluación deberá contener al menos lo siguiente: 1. Verificación de admisibilidad de los oferentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada uno de ellos sobre la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá deja constancia de ello. 2. Análisis particular de las propuestas. 3. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido. 4. Análisis final de evaluación y de observaciones. 5. Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los oferentes. Además, cada integrante de esta comisión deberá firmar la Declaración de Conflicto de Intereses para aquellas licitaciones con montos superiores a 1.000 UTM. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, el Hospital podrá a través de un informe fundado descartar esa oferta.
ACEPTACION, ADJUDICACION Y RESOLUCION DE LA PROPUESTA
Una vez adoptada la decisión por parte de la Comisión Evaluadora, presentará al Director del Hospital Santa Cruz el Acta de Pre adjudicación y el resultado de su evaluación, proponiendo la correspondiente adjudicación al o los oferentes que obtengan la mejor puntuación, o el hecho de declarar desierta la Licitación en su caso. La adjudicación de la licitación es prerrogativa exclusiva de la Dirección Hospital Santa Cruz, aun cuando ésta, no sea la de menor valor en comparación con otros oferentes; situación que será aceptada por el oferente en el sentido de facultar Al Director de Hospital Santa Cruz para que sea una prerrogativa exclusiva de éste. Asimismo, el Hospital podrá solicitar cualquier información complementaria, respecto de la capacidad económica y financiera de cualquier oferente, como asimismo sobre sus aspectos que guarden relación con su identidad comercial o cualquier otro, si lo estima necesario, con posterioridad a la Apertura de las Propuestas. Se deja establecido, que dicha información no podrá ser ponderada de manera beneficiosa ni perjudicial para el oferente. 15.1 Aceptación y Adjudicación Parcial Sin perjuicio de lo anterior el Hospital se reserva el derecho de aceptar y adjudicar total o parcialmente cualquiera de las ofertas, aunque no sea la oferta más económica, de conformidad con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento. El resultado de la licitación, será comunicado a través del sitio o portal www.mercadopublico.cl a los oferentes. 15.2 Formalización de la Adjudicación De acuerdo a lo señalado por el Artículo 63 del Decreto 250, que Aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, el acto de adjudicación se formalizará (mediante suscripción del contrato entre las partes y/o con la emisión de la Orden de compra y aceptación de ésta por parte del proveedor). 15.3 Revocación de la Adjudicación La adjudicación podrá ser dejada sin efecto por el Hospital, dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario correspondiente, rechaza la adjudicación. b) Si el adjudicatario correspondiente, no acompaña el Instrumento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y/o no suscribe el respectivo Contrato, dentro de los plazos establecido en estas Bases (cuando corresponda) c) Si el adjudicatario correspondiente, no cumple con los plazos de entrega indicados en su oferta d) Si el adjudicatario correspondiente, no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del Contrato, en un plazo no superior a diez días hábiles desde la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl . e) Si el adjudicatario correspondiente, infringiere la Ley 19.886 en cualquier modo que afecta su capacidad o calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. Sin perjuicio del cobro de la Garantía de Seriedad de Oferta, en todos estos casos, el Hospital podrá re-adjudicar la licitación en forma total o parcial, al oferente evaluado con la siguiente mejor calificación, y así sucesivamente, en la medida que cumplan íntegramente con las Bases Administrativas y Técnicas y resulten convenientes a los intereses institucionales, o en caso contrario, podrá declararse desierta la Licitación total o parcialmente, de conformidad al punto 15.5. En ambas situaciones se emitirá la respectiva Resolución Exenta. 15.4 Licitación Desierta Se declarará desierta la licitación en los siguientes casos: 1) Errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases. 2) Si no se presentan ofertas. 3) Si todas las ofertas son inadmisibles de conformidad a las presentes bases. 4) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 5) Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses del Hospital. 6) En razón de causa sobreviniente de cambios en las necesidades o cantidades requeridas que impliquen una nueva licitación. 7) Por no cumplir con las características o requisitos técnicos requeridos. 8) En razón de que los precios ofertados no son convenientes en relación con el presupuesto disponible para la licitación. 9) Si la oferta técnica o económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en los respectivos anexos de oferta técnica o económica y dichas inconsistencias no pudieran ser subsanadas. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y el Hospital, y podrá dejarse sin efecto de acuerdo a lo señalado en estas bases. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y el Hospital, es el acto aprobatorio del contrato tramitado.
ADJUDICACION FUERA DE PLAZO
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en la licitación (cronograma), El Hospital comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación, además solicitará la renovación de la garantía de seriedad de la oferta en caso de ser necesario.
READJUDICACION
Se podrá readjudicar en los siguientes casos: • Si el proveedor no acepta la orden de compra. • No cumple con las condiciones o requisitos para el envío de la orden de compra. • Si el proveedor no cumple la obligación de inscribirse en el portal de www.chileproveedores.cl en el plazo indicado en las presentes bases El Hospital podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, y así consecutivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
RESOLUCION DE EMPATES
Una vez evaluadas las ofertas, si se producen empates en las evaluaciones finales, para su desempate se atenderá a los mayores puntajes obtenidos en los siguientes criterios de evaluación: a. Mayor puntaje en propuesta económica. b. Si se mantiene el empate con la evaluación económica, se aplicará como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en la evaluación de los aspectos técnicos. c. Si persiste el empate, se recurrirá al siguiente criterio que es plazo de entrega. d. Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
FORMA DE PAGO
El Hospital Santa Cruz pagará a la empresa por la venta de los productos la suma adjudicada, impuestos incluidos, de acuerdo en lo señalado en la oferta económica realizada por la empresa a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, previa emisión de la Orden de Compra y recepción de bodega emitida por el Departamento de Logística de El Hospital. Si los productos especificados no fueran proporcionados en su totalidad, la empresa proveedora, se obliga a emitir Nota(s) de Crédito(s) respectivas por el total o diferencia del valor o monto en un tiempo no mayor a 72 horas una vez informada la incongruencia, permitiendo la coincidencia exacta de los documentos, de no ser así, estas serán devueltas al proveedor. El Hospital, procederá a efectuar el pago que corresponda en el plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que la empresa presente los siguientes documentos: La respectiva factura al momento de entregar los productos en bodega, o en su defecto, en la Oficina de Partes de El Hospital en Horario de 8:30 a 13:00 horas, extendida a nombre del Hospital Santa Cruz, Rut 61.602.148-6, con domicilio en Av. Errázuriz N° 921, Santa Cruz, y visada por el Jefe de Abastecimiento y Jefe de Finanzas, o quien les subrogue o reemplace. Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la(s) Orden(es) de Compra(s) deberán encontrarse aceptadas por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl. El pago podrá realizarse por transferencia electrónica, para ello el proveedor deberá informar a El Hospital, al momento de formalizar la contratación los antecedentes de la cuenta bancaria respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. Sin perjuicio de lo anterior, El Hospital podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.983.
ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA E INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA
Emisión. Una vez adjudicada la licitación, podrán emitir las Órdenes de Compra respectivas por el Sistema de Información. Esta Orden de Compra generará, a su vez, el correspondiente pedido del servicio. La Orden de Compra emitida a través del Portal deberá ser aceptada dentro del plazo de dos días hábiles (48 horas), salvo aquella oferta adjudicada que no haya acompañado los certificados de vigencia de Chileproveedores, en cuyo caso el plazo será de 10 días hábiles. En caso contrario, el Hospital Santa Cruz podrá dejar sin efecto la correspondiente resolución de adjudicación, pudiendo re adjudicar esta propuesta a una o más de las ofertas presentadas en la licitación que obtuvieren el siguiente mejor puntaje, o declarar desierto el proceso, sin perjuicio de remitir estos antecedentes para ser conocidos nuevamente por la Comisión de Adjudicación, en los casos que corresponda, situaciones todas de las cuales se deberá dejar constancia en el portal. Lo anterior no obsta a las demás acciones que se pudieran derivar de esta retracción intempestiva de la oferta y cobro de la Garantía correspondiente. El no cumplimiento cabal de la oferta faculta a “ El Hospital” para dejar constancia en el portal Chilecompra el reclamo respectivo, y no aceptar futuras ofertas, previo informe fundamentado de acuerdo a las condiciones que establece www.mercadopublico.cl.
CONTRATO
El adjudicatario tendrá a su cargo y ejecutará bajo su responsabilidad el contrato de acuerdo a los términos y antecedentes de la propuesta, las presentes bases, así como sus modificaciones; las correspondientes Bases Técnicas aprobadas por resolución que al efecto se dictare, las respuestas u aclaraciones dadas en el portal con motivo del periodo de consultas; por lo dispuesto en la oferta del adjudicatario. Todos los documentos y antecedentes que se entenderán ser de conocimiento de las partes y formar parte del contrato para todos los efectos legales. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de discrepancia o duda, las disposiciones de las presentes Bases Administrativas tipo, así como las de las respectivas Bases Técnicas primarán siempre sobre las de la oferta. Firma de Contrato. Este deberá ser desarrollado y afinado por la Asesoría Jurídica de El Hospital, para posteriormente entregarse para ser firmado por el representante legal o quien tenga el poder para ello, en los casos que procedan, y a su vez la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento, lo cual deberá efectuarse dentro de los plazos de 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Suscripción del Contrato. El (los) adjudicatario(s) deberá(n) acreditar y, en su caso: 1. Estar inscritos en Chileproveedores. 2. Entregar (si correspondiere) el formulario No 30 de la Dirección del Trabajo “Solicitud para certificar cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” (o su equivalente en el futuro). 3. Presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, de conformidad a las exigencias contenidas en las presentes bases. En el caso de que el oferente sea una persona jurídica deberá, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación totalmente tramitada, y siempre y cuando que dicha información no se encuentre disponible en el portal de Chile Proveedores, entregar materialmente en el Departamento de Abastecimiento del Hospital, una copia de la Escritura Pública en la cual consten los poderes de los representantes de la sociedad que suscribirán el contrato, así como también un certificado de vigencia de la sociedad no superior a seis meses de la fecha de la adjudicación en el sistema de información; o enviar la documentación solicitada al correo electrónico abastecimientohsc1@gmail.com, en caso de fuere electrónica. Regencia del Contrato. El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, sin embargo y por razones de buen servicio y mediante resolución fundada, podrá disponerse que las entregas inicien desde el momento de su adjudicación. Con todo, no procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. Su vigencia será de 24 meses. Una vez concluido el contrato de arriendo; el equipo pasará a formar parte de los activos del Hospital Santa Cruz, lo cual es aceptado expresamente por el proveedor que se adjudique el contrato. Prorroga de Contrato. Durante la vigencia del contrato, las partes de común acuerdo, podrán prorrogarlo total o parcialmente por una única vez, al precio adjudicado, por el periodo de 3 meses. Cesión del Contrato: El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, en especial, lo establecido en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará́ derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el numeral 19 de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES
El Hospital podrá ordenar al proveedor adjudicado que amplíe o disminuya hasta en un 30% el valor total del Contrato impuesto incluido. En estos casos el proveedor deberá acompañar garantía de fiel y oportuno cumplimiento equivalente al 5% en caso de aumento, la cual deberá tener una vigencia superior a la fecha de término del contrato. Los aumentos de la adquisición de bienes o servicios, su presupuesto, deberán ser aprobados mediante resolución exenta para posteriormente ser notificado a través de plataforma mercado público, emitiendo la respectiva orden de compra y disponibilidad presupuestaria correspondiente.
MODIFICACION O TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
Mediante Resolución Exenta fundada, el Hospital podrá modificar o poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan en Articulo 77 del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, detalladas a continuación: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, por los siguientes motivos: Dificultades de despacho, quiebres de stock del producto enviado, no cumplimiento de bases técnicas, de servicio técnico y post venta que impliquen directamente suspensión de agenda por razones técnicas no resueltas en plazo máximo 48 horas desde el reporte del incidente al proveedor, cualquier variación arbitraria de los precios de los productos adjudicados. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, en el caso de corresponder. f) Si la calidad de los equipos suministrados son insatisfactorios o deficientes, circunstancias que deberán ser debidamente establecidas e informadas por la dependencia que correspondiere al Hospital. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), el Hospital procederá a depositar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento Bancario de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio que podrá ejercer todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratante. Sin perjuicio de lo anterior el oferente adjudicado facultará expresamente al Hospital para que éste último pueda ponerle término en cualquier momento, ante un incumplimiento de las Bases Administrativas o cualquier otra obligación por parte del adjudicado, situación que será calificada unilateralmente por el Hospital, mediando aviso de término al oferente adjudicado, en el plazo y forma que este último estime pertinente, debiéndose pagar en su caso los bienes que hayan sido previamente suministrados por el adjudicatario y que no constituyan éstos, el incumplimiento, cuestionamiento y término del contrato.
MULTAS
El adjudicatario podrá ser sancionado con una multa en caso de incumplimiento en la entrega oportuna de los servicios, deterioro en la calidad del servicio de manera consistente y continua, interrupción del servicio sin causa que lo justifique. Todo evento deberá ser informado formalmente por el Coordinador del Contrato, quien le subrogue o se designe, vía email al Subdirector Administrativo con copia a la empresa prestadora de servicios. El Hospital podrá aplicar la multa a través del correspondiente descuento en futuros estados de pago a la empresa. Además, el Hospital podrá solicitar, la adopción de medidas tales como el cobro de la Boleta de Garantía por fiel cumplimiento del contrato, poner término anticipado al contrato, cuando existieren incumplimientos graves por parte del proveedor adjudicado. Todo lo anterior deberá ser fundado mediante el acto administrativo correspondiente. Faltas al contrato Hecho Monto de la multa Atraso en la entrega de servicio Atraso en el plazo de entrega según oferta y sin mediar justificación oportuna, por evento 1 UTM Entrega de información inexacta En caso de incumplimiento de lo estipulado en las bases de licitación, por evento 1 UTM Fallas de calidad Deterioro en la calidad del servicio o entrega de productos, por evento 1 UTM Mantenciones En caso de no dar respuesta dentro 48 hrs, de ocurrido el desperfecto, debidamente informado por el establecimiento, por evento 3 UTM Procedimiento de aplicación de multas: Los incumplimientos considerados, en la ejecución del contrato en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta Certificada o vía correo electrónico enviada por el Hospital Santa Cruz, remitida al domicilio registrado para estos efectos por el Contratista. El proveedor tendrá 5 días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, El Hospital dictará la respectiva Resolución aplicando la Multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, El Hospital tendrá un plazo de hasta 5 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Resolución fundada, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada o vía correo electrónico, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días de remitida la información, siendo además publicada oportunamente en el Sistema de Información mercado público. En caso de que las multas acumuladas superen el 20% del monto total adjudicado, dará lugar para que el Hospital pueda proceder al término anticipado del contrato y cobro de la caución del Fiel Cumplimiento y Oportunidad del contrato.
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito, el acontecimiento o hecho a que se refiere el Artículo 45 del Código Civil, que no es imputable a las partes y que no pudo preverse, o que pudiendo preverse, es inevitable y de tal naturaleza que impide el cumplimiento de la obligación. El proveedor se obliga dentro de las 24 (veinte y cuatro) horas siguientes al requerimiento respectivo, comunicar por escrito (vía email) dicha circunstancia al Coordinador del Contrato y al Jefe de Abastecimiento. En dicha comunicación el Proveedor deberá́ explicar el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, como este ha provocado el atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del cual podrá́ cumplir con el servicio. Corresponderá a la Dirección del Hospital calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el Proveedor configuran caso fortuito o fuerza mayor que exima de la aplicación de multas correspondientes. Transcurrido el plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas a que se hace referencia, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del Proveedor fundada en razones de caso fortuito o fuerza mayor, configurándose en dicho caso un incumplimiento que dará lugar a la aplicación de las multas previstas en las bases. Las reclamaciones que se formulen al hospital en contra del proveedor, con ocasión de los servicios contratados serán remitidas a la empresa adjudicataria por escrito la cual deberá responder de igual forma dentro de un plazo de 24 horas. Cuando ocurra un caso calificado como fuerza mayor, no siendo atribuible al demandante, el adjudicado deberá subcontratar el servicio con cargo a su propio patrimonio.
DEFICIENCIA EN LA CALIDAD DEL SERVICIO PRESTADO
Los insumos necesarios para la mantención y/o reparación, entiéndase como repuestos, accesorios asociados a la estructura del equipo, serán de costos del proveedor del servicio de arriendo, y en ningún caso implicará costos adicionales para el Hospital, entendiéndose de esta forma como la compra del servicio entregado a cabalidad.
PRECIO
El precio del servicio contratado corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes (Anexo Nº3). En caso de discrepancia entre el precio señalado en el portal y el anexo, primará el indicado en el anexo. El precio se mantendrá inalterable durante todo el periodo de vigencia del contrato.
MANTENCIONES
La prestación de los servicios de mantenimiento preventivo se realizará de acuerdo a la carta Gantt propuesta o convenida entre el mandante y el proveedor adjudicado, así mismo, el mantenimiento correctivo frente a fallas o averías se realizará a través de correo electrónico y llamada telefónica dirigida al contacto responsable del proveedor adjudicado. El horario de funcionamiento habitual de las Unidades en el establecimiento es de lunes a sábado de 8:30 a 20:00 horas, no obstante, previa coordinación con el Depto. Gestión Industrial pueda realizarse en un horario distinto al habitual. De la Recepción Conforme del Servicio: La recepción de los servicios prestados será realizada por el personal encargado de mantenimiento, o quien el Jefe de gestión industrial designe, donde debe quedar constancia en la respectiva Orden de Servicio/Trabajo, o en su defecto informe de falla/avería. Por cada servicio prestado, se debe recibir conforme las Ordenes de Trabajo para validar las facturas que el proveedor emita al respecto, indicando claramente fecha, nombre, Rut y firma de la persona que recibe y timbre del establecimiento. Los insumos necesarios para la prestación de servicios serán de costos del proveedor del servicio, y en ningún caso implicará costos adicionales para el Hospital, entendiéndose de esta forma como la compra del servicio del trabajo terminado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.