Licitación ID: 2107-19-LE20
SUMINISTRO DE IMPLANTESDENTALES DEPTO. ODONTOESTOMATOLOGIA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD HOSPITAL DE SANTA CRUZ
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Kits para implantes odontológicos 1 Unidad
Cod: 42152464
SUMINISTRO DE IMPLANTES DENTALES PARA DEPTO ODONTOESTOMATOLOGIA.- (Favor revisar bases oferta tecnica y anexos oferta economica )  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE IMPLANTESDENTALES DEPTO. ODONTOESTOMATOLOGIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Hospital Santa Cruz, como establecimiento de salud requiere adquirir compra de Suministro De Implantes Dentales Para Departamento De Odontoestomatologia, para el año 2020, de acuerdo a solicitud de fecha 06 de enero del 2020, emitidas por Dr. Jorge Troncoso, por lo que corresponde adquirir dichos bienes mediante licitación pública.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital de Santa Cruz
R.U.T.:
61.602.148-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-02-2020 18:42:00
Fecha de Publicación: 31-01-2020 12:36:09
Fecha inicio de preguntas: 31-01-2020 14:34:00
Fecha final de preguntas: 03-02-2020 14:34:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-02-2020 14:34:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-02-2020 18:43:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-02-2020 18:43:00
Fecha de Adjudicación: 21-02-2020 9:25:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- según bases
Documentos Técnicos
1.- según bases
 
Documentos Económicos
1.- según bases
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 precio Fórmula [(precio mínimo ofertado)/(Precio oferta)]*100 30%
2 Plazo de despacho - Menor o igual a 5 días hábiles:100 - Acredita experiencia menor a 4 años:50 - No acredita experiencia:0 20%
3 Cuenta con certificación de calidad - Certificación ISO /FDA:100 - No adjunta certificados :0 20%
4 Requisitos Generales - Cumple con los antecedentes requeridos para la presentación de oferta:100 - No Cumple con los antecedentes requeridos para la presentación de oferta:0 10%
5 Experiencia del Oferente (órdenes de compra, licit - Acredita experiencia en rubro con 4 o más años:100 - Acredita experiencia menor a 4 años:50 - No acredita experiencia:0 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: luz verdugo silva
e-mail de responsable de pago: luz.verdugo@saludohiggins.cl
Nombre de responsable de contrato: cristina cabello cabrera
e-mail de responsable de contrato: crisca18@gmail.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2332221-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital de Santa Cruz
Fecha de vencimiento: 30-04-2021
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 68 del D.S. Nº 250/2004, modificado por D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, como por ejemplo: boleta de garantía o, vale a la vista o, póliza de seguro de ejecución inmediata. la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente
Glosa: “Garantía Irrevocable De Fiel Cumplimiento Suministro De Implantes Dentales Para Departamento De Odontoestomatologia”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
6. REGISTRO CHILE PROVEEDORES
El oferente deberá estar inscrito en chile proveedores con cuenta activa al momento de contratar con el Hospital. En aquellos casos que el oferente no se encuentre inscrito podrá igualmente presentar su oferta en la licitación, disponiendo en caso de adjudicación de un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la publicación de la resolución adjudicatoria en el sistema de información. Para la contratación resulta indispensable que el adjudicado esté vigente y con cuenta activa, y en caso de no contar con dicha calidad, dará lugar al término o re-adjudicación de la contratación, de acuerdo a lo previsto en el punto 15 de las presentes bases. “El Hospital” podrá verificar toda la documentación que se encuentre en el portal www.chileproveedores.cl, a fin de obtener la documentación referida en las letras anteriores. Si los antecedentes señalados en el punto 5 no se encuentran debidamente registrados y vigentes en el sitio señalado, el oferente deberá adjuntarlos complementariamente en su oferta vía sistema. En definitiva, para el caso que algunos documentos no se encuentren disponibles en el portal Chileproveedores, se aceptará su presentación en forma digitalizada y como anexo en el sistema de Chilecompra.
7. OFERTAS A TRAVES DE MERCADO PUBLICO
Es condición fundamental para participar en el proceso de licitación el realizar la, o las ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. La(s) oferta(s) debe(n) indicar claramente el servicio ofertado, según fuere el caso, con sus montos, precios o costos, netos. No obstante lo anterior, se debe completar en el respectivo anexo (Nº 3):“Formato de Oferta Económica” y adjuntarlo en el sistema en presentación digital. No se aceptarán antecedentes en soporte papel. Las bases estarán a disposición de los proveedores solamente a través del portal www.mercadopublico.cl La propuesta se regirá por las presentes bases, las que constituirán reglas propias de las mismas. Las aclaraciones escritas que emita el Hospital (si corresponde) a través del portal mercado público, que sean requeridas por los participantes o bien impartidas por el establecimiento, pasaran a formar parte de las presentes bases. Las ofertas económicas deberán ser presentadas obligatoriamente a través del portal www.mercadopublico.cl señalando valor neto (sin impuestos). El oferente debe dar cumplimiento a la presentación de la oferta a través del portal mercado público y enviar los antecedentes solicitados en archivos adjuntos acompañando la oferta, por tanto, estos serán descargados desde mercado público. Los oferentes deberán ajustarse a lo explícitamente indicado en las Bases de Licitación, respecto a la presentación de las Ofertas, utilizando sólo los formularios del Portal y Anexos adjuntos si los hubiera, levantando toda la información en el sitio www.mercadopublico.cl. Los oferentes podrán efectuar sólo una oferta en el portal, en caso contrario todas las ofertas serán rechazadas.
9. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Las consultas y/o aclaraciones antes de la fecha de recepción de ofertas deberán realizarse exclusivamente a través del portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl). Las respuestas y aclaraciones serán entendidas como interpretación a las presentes Bases y a los demás documentos que rijan los procesos en aquellos aspectos consultados. Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital Santa Cruz podrá modificar o aclarar Bases y la documentación complementaria que rigen el procesos licitatorio, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del mismo, debiendo necesariamente en el caso de modificar las Bases, extender prudencialmente el plazo fijado, de acuerdo a lo indicado en la normativa vigente de compras públicas, para el cierre de la recepción de ofertas, a fin de que los oferentes puedan oportunamente formular o adecuar sus ofertas, según corresponda. Las Consultas y/o aclaraciones durante el periodo de evaluación administrativa, técnica y económica sólo serán a los proveedores a través del portal.
11. MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION
Se dará respuesta al oferente mediante foro de Mercado Publico disponible para dichas consultas en www.mercadopublico.cl
12. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
El Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación. Por lo tanto el oferente tendrá como un plazo fatal de 24 horas para salvar errores u omisiones (Art.° 40 del Reglamento 250, de Ley N° 19.886). Los Anteriores solo podrán ser de carácter administrativo, considerando que serán evaluados en escala diferente a los oferentes que dan cumplimiento según las bases correspondientes al proceso licitatorio.
15. ACEPTACION, ADJUDICACION Y RESOLUCION DE LA PROPUESTA
Una vez adoptada la decisión por parte de la Comisión Evaluadora, presentará al Director de El Hospital el Acta de Preadjudicación y el resultado de su evaluación, proponiendo la correspondiente adjudicación a el o los oferentes que obtengan la mejor puntuación, o el hecho de declarar desierta la Licitación en su caso. La adjudicación de la licitación es prerrogativa exclusiva de la Dirección de Hospital Santa Cruz, aun cuando ésta, no sea la de menor valor en comparación con otros oferentes; situación que será aceptada por el oferente en el sentido de facultar Al Director de El Hospital para que sea una prerrogativa exclusiva de éste. Asimismo, el Hospital podrá solicitar cualquier información complementaria, respecto de la capacidad económica y financiera de cualquier oferente, como asimismo sobre sus aspectos que guarden relación con su identidad comercial o cualquier otro, si lo estima necesario, con posterioridad a la Apertura de las Propuestas. Se deja establecido, que dicha información no podrá ser ponderada de manera beneficiosa ni perjudicial para el oferente. 15.1 Aceptación y Adjudicación Parcial Sin perjuicio de lo anterior el Hospital se reserva el derecho de aceptar y adjudicar total o parcialmente cualquiera de las ofertas, aunque no sea la oferta más económica, de conformidad con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento. El resultado de la licitación, será comunicado a través del sitio o portal www.mercadopublico.cl a los oferentes. 15.2 Formalización de la Adjudicación De acuerdo a lo señalado por el Artículo 63 del Decreto 250, que Aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, el acto de adjudicación se formalizará mediante suscripción del contrato entre las partes. 15.3 Revocación y Readjudicación de la Adjudicación La adjudicación podrá ser dejada sin efecto por el Hospital, dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario correspondiente, rechaza la adjudicación. b) Si el adjudicatario correspondiente, no acompaña el Instrumento de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y/o no suscribe el respectivo Contrato, dentro de los plazos establecido en estas Bases, cuando corresponda. c) Si el adjudicatario correspondiente, no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del Contrato, en un plazo no superior a diez días hábiles desde la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl . d) Si el adjudicatario correspondiente, infringiere la Ley 19.886 en cualquier modo que afecta su capacidad o calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. Sin perjuicio del cobro de la Garantía de Seriedad de Oferta, en todos estos casos, el Hospital podrá re-adjudicar la licitación en forma total o parcial, al oferente evaluado con la siguiente mejor calificación, y así sucesivamente, en la medida que cumplan íntegramente con las Bases Administrativas y Técnicas y resulten convenientes a los intereses institucionales, o en caso contrario, podrá declararse desierta la Licitación total o parcialmente, de conformidad al punto 15.4. En ambas situaciones se emitirá la respectiva Resolución Exenta. 15.4 Licitación Desierta Se declarará desierta la licitación mediante resolución fundada, y en los siguientes casos: 1) Errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases. 2) Si no se presentan ofertas. 3) Si todas las ofertas son inadmisibles de conformidad a las presentes bases. 4) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 5) Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses del Hospital. 6) En razón de causa sobreviniente de cambios en las necesidades o cantidades requeridas que impliquen una nueva licitación. 7) Por no cumplir con las características o requisitos técnicos requeridos. 8) En razón de que los precios ofertados no son convenientes en relación con el presupuesto disponible para la licitación. 9) Si la oferta técnica o económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en los respectivos anexos de oferta técnica o económica y dichas inconsistencias no pudieran ser subsanadas. El acto de adjudicación no generará vínculos contractuales entre el adjudicado y el Hospital, y podrá dejarse sin efecto de acuerdo a lo señalado en estas bases. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el oferente adjudicado y el Hospital, es el acto aprobatorio del contrato tramitado.
16. RESOLUCION DE EMPATES
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuesta en una línea, una vez evaluadas todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Por lo tanto, de presentarse igualdad de puntajes totales en la evaluación de las ofertas, se determinará que la resolución de empates será el criterio con mayor puntaje. De continuar el empate, se considerará el segundo mayor puntaje y así sucesivamente, hasta desempatar dicha licitación. En caso de persistir el empate se recurrirá al siguiente mecanismo, oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público
17. ADJUDICACION FUERA DE PLAZO
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en la licitación (cronograma), El Hospital comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
18. RE ADJUDICACION
En caso que el Proveedor adjudicado, no pueda cumplir con lo adquirido o la prestación del servicio requerido, el Hospital Santa Cruz, podrá re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo a la Tabla de Evaluación informada en el Sistema de acuerdo al puntaje más alto y así sucesivamente.
19. FORMA DE PAGO
El Hospital Santa Cruz pagará a la empresa por los servicios prestados la suma adjudicada, impuestos incluidos, de acuerdo en lo señalado en la oferta económica realizada por la empresa a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Para los efectos del inciso anterior, El precio del servicio contratado corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntos en la licitación, más los impuestos correspondientes (Anexo Nº3). En caso de discrepancia entre el precio señalado en el portal y el anexo, primará el indicado en el anexo. El precio se mantendrá inalterable durante todo el periodo de vigencia del contrato. Las facturas o boletas deberán contar con toda la documentación respectivas para proceder al pago, de no ser así, estas serán devueltas o en su defecto el proveedor se obliga a emitir la(s) Nota(s) de Crédito respectivas, en un tiempo no mayor a 72 horas una vez informada la incongruencia. La respectiva factura deberá ser extendida a nombre del Hospital Santa Cruz, Rut 61.602.148-6, con domicilio en Avenida Errázuriz N° 921, Santa Cruz; y deberá ser entregada en la oficina de Partes del Hospital Santa Cruz, en horario de 8:30 a 13:00 horas, o en su defecto al correo electrónico erika.bonilla@redsalud.gov.cl si esta fuera digital. Deberá además acompañarse a la respectiva factura el certificado de Cumplimiento Conforme de los Servicios Prestados en el periodo comprendido en la respectiva factura. Dicho documento deberá ser remitido por él o los referentes técnicos designados para la presente Licitación. La Factura y su documentación serán visadas por el Jefe del Departamento de Abastecimiento, quien deberá verificar que la documentación presentada sea correcta, y la remitirá al Departamento de Finanzas, quien dará Visto Bueno de la documentación recepcionada y procederá a efectuar el pago de los servicios. El Hospital, procederá a efectuar el pago que corresponda en el plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la Factura en la oficina de partes. Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la(s) Orden(es) de Compra(s) deberán encontrarse aceptadas por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl. El pago podrá realizarse por transferencia electrónica, para ello el proveedor deberá informar a El Hospital, al momento de formalizar la contratación los antecedentes de la cuenta bancaria respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. Sin perjuicio de lo anterior, El Hospital podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.983.
20. ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA E INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA
Emisión. Una vez adjudicada la licitación, podrán emitir las Órdenes de Compra respectivas por el Sistema de Información. Esta Orden de Compra generará, a su vez, el correspondiente pedido del servicio. La Orden de Compra emitida a través del Portal deberá ser aceptada dentro del plazo de dos días hábiles (48 horas), salvo aquella oferta adjudicada que no haya acompañado los certificados de vigencia de Chileproveedores, en cuyo caso el plazo será de 10 días hábiles. En caso contrario, el Hospital Santa Cruz podrá dejar sin efecto la correspondiente resolución de adjudicación, pudiendo re adjudicar esta propuesta a una o más de las ofertas presentadas en la licitación que obtuvieren el siguiente mejor puntaje, o declarar desierto el proceso, sin perjuicio de remitir estos antecedentes para ser conocidos nuevamente por la Comisión Evaluadora, en los casos que corresponda, situaciones todas de las cuales se deberá dejar constancia en el portal. Lo anterior no obsta a las demás acciones que se pudieran derivar de esta retracción intempestiva de la oferta y cobro de la Garantía correspondiente. El no cumplimiento cabal de la oferta faculta a “El Hospital” para dejar constancia en el portal Chilecompra el reclamo respectivo, y no aceptar futuras ofertas, previo informe fundamentado de acuerdo a las condiciones que establece www.mercadopublico.cl.
21. CONTRATO
El adjudicatario tendrá a su cargo y ejecutará bajo su responsabilidad el contrato de acuerdo a los términos y antecedentes de la propuesta, las presentes bases, así como sus modificaciones; las correspondientes Bases Técnicas aprobadas por resolución que al efecto se dictare, las respuestas u aclaraciones dadas en el portal con motivo del periodo de consultas; por lo dispuesto en la oferta del adjudicatario. Todos los documentos y antecedentes que se entenderán ser de conocimiento de las partes y formar parte del contrato para todos los efectos legales. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de discrepancia o duda, las disposiciones de las presentes Bases Administrativas tipo, así como las de las respectivas Bases Técnicas primarán siempre sobre las de la oferta. Firma de Contrato. Este deberá ser desarrollado y afinado por la Asesoría Jurídica del Hospital, para posteriormente entregarse para ser firmado por el representante legal o quien tenga el poder para ello, en los casos que procedan, y a su vez la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento, lo cual deberá efectuarse dentro de los plazos de 20 días corridos contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Suscripción del Contrato: Los antecedentes solicitados para formalizar el contrato serán los siguientes: 1. Conforme al inciso cuarto del Artículo Nº 16 de la Ley N° 19.886, y Nº 66 de su Reglamento, se requerirá del Proveedor a quien se le adjudique la propuesta su inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores (www.chileproveedores.cl) a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de suscribir el contrato. Tratándose de Unión temporal de Proveedores cada proveedor, de dicha unión deberá inscribirse en ChileProveedores. – 2. Certificado de antecedentes laborales y previsionales del adjudicatario, correspondiente a los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de licitación. Tratándose de Unión temporal de Proveedores cada proveedor, de dicha unión deberá adjuntar el referido certificado. - 3. En el caso de que el oferente sea persona jurídica o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el registro de comercio con certificación de su vigencia, fecha no anterior a 3 meses contada la fecha de la adjudicación de la propuesta Fotocopia del documento donde conste la personería del representante legal. 4. En el caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá cumplir con las disposiciones del artículo 67 bis del Decreto 250/2004, en particular Acuerdo en el que conste la UTP otorgado por escritura pública, donde además conste el nombre del representante o apoderado y las facultades señaladas a continuación: * Presentar antecedentes y ofertar; * Subsanar solicitudes de aclaración; * Concurrir a visitan en terreno; * Actuar como contraparte del contrato y representar a los integrantes; * Entregar los bienes y/o servicios; * Facturar; * Entregar informes, renovar o modificar garantías; * Cobrar y/o percibir; * Recibir notificaciones; * Firmar contratos y/o modificarlos. 5. Garantía de fiel cumplimiento del contrato. La no presentación o suscripción de estos documentos facultará al establecimiento para readjudicar al segundo mejor Oferente, si lo hubiere. Regencia del Contrato. El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, sin embargo y por razones de buen servicio y mediante resolución fundada, podrá disponerse que las entregas inicien desde el momento de su adjudicación. Con todo, no procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. Su vigencia será de 12 meses o hasta agotar las cantidades o el presupuesto previsto para la licitación, lo que ocurra primero y se extenderá hasta por 3 meses desde la fecha de término del contrato. Prorroga de Contrato. Durante la vigencia del contrato, las partes de común acuerdo, podrán prorrogarlo total o parcialmente por una única vez, al precio adjudicado, por el periodo de 3 meses.
22. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO Y OPORTUNIDAD DEL CONTRATO
Presentación y Glosa: El adjudicatario deberá entregar la garantía de fiel cumplimiento en la Oficina de Partes, del Hospital de Santa Cruz, ubicado en Avenida Errázuriz N° 921, Santa Cruz, dentro de los cinco (20) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación en el Portal www.mercadopublico.cl , con una vigencia que se extenderá desde el quinto día desde la notificación de la adjudicación en el Portal www.mercadopublico.cl , por todo el período de duración del contrato y hasta 60 días hábiles posteriores al término del mismo, tomada a nombre de El Hospital. Deberá presentarse en un sobre cerrado, cuyo anverso deberá indicar la ID del portal asociado a la propuesta y la identidad del o los adjudicados, además debe contener la siguiente glosa: “Garantía Irrevocable de Fiel Cumplimiento De Suministro De Implantes Dentales Para Departamento De Odontoestomatologia” Sin perjuicio de lo anterior, si se trata de garantías digitales permitidas por la Ley y el Reglamento de Compras, ya citado, deberá acompañarse copia o certificado que acredite fehacientemente la existencia de tal caución y el cumplimiento de las formalidades exigidas en estas bases de licitación. Si no se presenta la garantía respectiva en tiempo y forma, el Hospital como sanción por este incumplimiento podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta sin necesidad de comunicación alguna al tomador de la misma, pudiendo declarar desierta la presente licitación, mediante resolución fundada. El oferente adjudicado podrá solicitar el canje de la garantía de fiel cumplimiento por otra que cumpla con todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases, cuestión que será sometida a la decisión del Hospital quien podrá aceptar o denegar tal petición. En todo caso, las obligaciones del contrato deberán estar siempre garantizadas, sin existir nunca intervalos. El Hospital podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento cuando no se cumplan las obligaciones emanadas del contrato. La garantía deberá tener las siguientes características: Tipo de documento Cualquier tipo de documento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones estipuladas en artículo Nº 68 del D.S. Nº 250/2004, modificado por D.S. Nº 1410/2015, ambos del Ministerio de Hacienda, como por ejemplo: boleta de garantía o, vale a la vista o, póliza de seguro de ejecución inmediata. la vista y de carácter irrevocable según correspondiere legalmente Beneficiario Hospital Santa Cruz, RUT Nº 61.602.148-6. Pagadera A la vista o de ejecución inmediata, según sea el caso. Carácter de la Garantía Irrevocable. Ámbito de la Garantía Esta garantía deberá asegurar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazos de despacho, cantidad despachada, calidad y atributos de los productos, quiebres de stock que impidan reabastecer eficazmente de los productos. Vigencia Desde el quinto día desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público, durante la vigencia del contrato y con una extensión de 60 días hábiles, posteriores al término del mismo. Expresada en Pesos Chilenos ID Contener el ID de la respectiva propuesta Monto 5% del total del contrato Imp. Incluido. Glosa “Garantía Irrevocable De Fiel Cumplimiento Suministro De Implantes Dentales Para Departamento De Odontoestomatologia” El Hospital podrá solicitar la renovación de la boleta de garantía de fiel cumplimiento, en las mismas condiciones si previo su vencimiento y en caso de prórroga, así mismo, será obligación del adjudicado renovar de manera previa a su vencimiento, con al menos 15 días anterior a éste, de lo contrario se faculta al Hospital de Santa Cruz para hacer efectiva la garantía. La garantía será devuelta una vez que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del Hospital emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles. La respectiva Boleta de Garantía podrá hacerse efectiva en el siguiente caso: En el evento que el Proveedor no cumpla con las obligaciones laborales, previsionales y/o los plazos que establece las presentes Bases, la propuesta correspondiente y/o el contrato, el Hospital queda facultado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudiere corresponderé́ al Hospital. El reintegro de la garantía deberá́ ser previamente solicitada por el Oferente a través de email a crisca18@gmail.com. La devolución será́ efectuada por Depto. de Abastecimiento, mediando un memorándum conductor emitido por este Departamento, con devolución detallada de boleta y tipo de garantía.
23. AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES
El Hospital podrá ordenar al proveedor adjudicado que amplíe o disminuya hasta en un 30% el valor total del Contrato impuesto incluido. En estos casos el proveedor deberá acompañar garantía de fiel y oportuno cumplimiento equivalente al 5% en caso de aumento, la cual deberá tener una vigencia superior a la fecha de término del contrato. Los aumentos de la adquisición de bienes o servicios, su presupuesto, deberán ser aprobados mediante resolución exenta para posteriormente ser notificado a través de plataforma mercado público, emitiendo la respectiva orden de compra y disponibilidad presupuestaria correspondiente.
24. MODIFICACION O TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
Mediante Resolución Exenta fundada, el Hospital podrá modificar o poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan en Articulo 77 del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, detalladas a continuación: a) Resciliación o muto acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, por los siguientes motivos: Dificultades de despacho o quiebres de stock de los productos enviados por el proveedor sin dar solución alguna en plazo máximo 48 horas contado desde la emisión de la Orden de Compra y además hacer una variación arbitraria de los precios de los productos adjudicados. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, en el caso de corresponder. f) Si la calidad de los bienes suministrados son insatisfactorios o deficientes, circunstancias que deberán ser debidamente establecidas e informadas por la dependencia que correspondiere al Hospital. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), el Hospital procederá a depositar y hacer efectiva la Boleta Bancaria o Vale Vista Bancario de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio que podrá ejercer todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratante. Sin perjuicio de lo anterior el oferente adjudicado facultará expresamente al Hospital para que éste último pueda ponerle término en cualquier momento, ante un incumplimiento de las Bases Administrativas o cualquier otra obligación por parte del adjudicado, situación que será calificada unilateralmente por el Hospital, mediando aviso de término al oferente adjudicado, en el plazo y forma que este último estime pertinente, debiéndose pagar en su caso los bienes que hayan sido previamente suministrados por el adjudicatario y que no constituyan éstos, el incumplimiento, cuestionamiento y término del contrato.
25. MULTAS
El adjudicatario podrá ser sancionado con multas en caso de incumplimiento en la entrega oportuna de los servicios, deterioro en la calidad del servicio de manera consistente y continua, interrupción del servicio sin causa que lo justifique, de conformidad a la tabla que se adjunta a continuación: Faltas al contrato Hecho Monto de la multa Atraso en la entrega de servicio Atraso en el plazo de entrega según oferta y sin mediar justificación oportuna, por evento 1 UTM Entrega de información inexacta En caso de incumplimiento de lo estipulado en las bases de licitación, por evento 1 UTM Fallas de calidad Deterioro en la calidad del servicio o entrega de productos, por evento 1 UTM Procedimiento de aplicación de multas: En el caso de que el coordinador de contrato, quien le subrogue o se designe, estime que es procedente la aplicación de una multa, de conformidad a la tabla anterior, deberá informar formalmente al Subdirector Administrativo, mediante un informe que señale la o las multas que deben aplicarse y los hechos en los cuales se funda, así como también los antecedentes que acreditan los mismos (fecha y hora de los hechos, set fotográfico, etc.). Los incumplimientos considerados, en la ejecución del contrato en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de Notificación de Incumplimiento o vía correo electrónico enviada por El Hospital Santa Cruz, remitida al domicilio registrado para estos efectos por el Contratista. El proveedor tendrá 5 días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, El Hospital dictará la respectiva Resolución aplicando la Multa. Si el proveedor adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, El Hospital tendrá un plazo de hasta 5 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Resolución fundada, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada o vía correo electrónico, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días de remitida la información, siendo además publicada oportunamente en el Sistema de Información mercado público. El Hospital podrá aplicar la multa a través del correspondiente descuento en futuros estados de pago a la empresa. Además, el Hospital podrá solicitar, la adopción de medidas tales como el cobro de la Boleta de Garantía por fiel cumplimiento del contrato, poner término anticipado al contrato, cuando existieren incumplimientos graves por parte del proveedor adjudicado. Todo lo anterior deberá ser fundado mediante el acto administrativo correspondiente. En caso de que las multas acumuladas superen el 20% del monto total adjudicado, dará lugar para que el Hospital pueda proceder al término anticipado del contrato y cobro de la caución del Fiel Cumplimiento y Oportunidad del contrato.
26. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito, el acontecimiento o hecho a que se refiere el Artículo 45 del Código Civil, que no es imputable a las partes y que no pudo preverse, o que pudiendo preverse, es inevitable y de tal naturaleza que impide el cumplimiento de la obligación. El proveedor se obliga dentro de las 24 (veinte y cuatro) horas siguientes al requerimiento respectivo, comunicar por escrito (vía email) dicha circunstancia al Coordinador del Contrato y al Jefe de Abastecimiento. En dicha comunicación el Proveedor deberá́ explicar el evento de fuerza mayor o caso fortuito invocado, como este ha provocado el atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del cual podrá́ cumplir con el servicio. Corresponderá a la Dirección del Hospital calificar de manera exclusiva si los hechos invocados por el Proveedor configuran caso fortuito o fuerza mayor que exima de la aplicación de multas correspondientes. Transcurrido el plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas a que se hace referencia, no se aceptará justificación ni reclamo alguno del Proveedor fundada en razones de caso fortuito o fuerza mayor, configurándose en dicho caso un incumplimiento que dará lugar a la aplicación de las multas previstas en las bases. Las reclamaciones que se formulen al hospital en contra del proveedor, con ocasión de los servicios contratados serán remitidas a la empresa adjudicataria por escrito la cual deberá responder de igual forma dentro de un plazo de 24 horas. Cuando ocurra un caso calificado como fuerza mayor, no siendo atribuible al demandante, el adjudicado deberá subcontratar el servicio con cargo a su propio patrimonio.
27. CANTIDADES LICITADAS
En la presente licitación las cantidades solicitadas podrán variar de acuerdo a la demanda observada y según necesidad, por lo tanto puede disminuir o aumentar. En el caso de una mayor demanda y que supere la cantidad licitada, el Administrador del Contrato deberá justificar dicho aumento mediante un informe firmado y timbrado para validar la modificación, la que no podrá en ningún caso exceder el 30% del monto de la licitación. Además se adjuntará un certificado de disponibilidad presupuestaria complementaria, en caso de corresponder.
28. INSUMOS
Los insumos necesarios para la prestación de servicios serán de costos del proveedor del servicio, y en ningún caso implicará costos adicionales para el Hospital, entendiéndose de esta forma como la compra del servicio del trabajo terminado.
29. CANJE Y DEVOLUCION DE LOS PRODUCTOS
El producto, objeto de la prestación del servicio de laboratorio dental, que se reciba con daño atribuible al transporte o fallas de calidad asociadas al proceso productivo podrán ser devueltos previo informe y fundamento objetivo de la no conformidad de los trabajos al proveedor. El proveedor por su parte eximirá del pago por estos productos y se obliga a la restitución del mismo.
30. PRECIO
El precio del servicio contratado corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos correspondientes (Anexo Nº3). En caso de discrepancia entre el precio señalado en el portal y el anexo, primará el indicado en el anexo. El precio se mantendrá inalterable durante todo el periodo de vigencia del contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.