El Instituto exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente Licitación Pública sean ingresados digitalmente en las ofertas como archivos adjuntos.
Solamente durante el periodo de evaluación y sólo en los casos que el Instituto lo estime necesario, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas”- “Foro Inverso”, disponible en el sitio web www.mercadopublico.cl.
Sólo se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación
El plazo que tendrán los oferentes, en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado, no podrá ser superior a 48 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Instituto y deberá ser respondida y publicada bajo la misma funcionalidad.
Si los oferentes no respondieran a la solicitud realizada a través de la funcionalidad, obtendrán el menor puntaje para el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, establecido en los criterios de evaluación, numeral 14.1 y siguientes de las presentes Bases.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca dentro de lo establecido en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, a través del cual se aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886.