1.-
ANTECEDENTES GENERALES
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El Centro de Referencia de Salud de Maipú, en adelante CRS Maipú o CRSM, es un servicio público descentralizado, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Salud, cuya misión es satisfacer principalmente las necesidades de salud de la población preferentemente de Maipú y Cerrillos, brindando una atención médica con calidad técnica, humanizada, integral, oportuna y resolutiva.
En dicho contexto, está facultado por el DFL Nº31 DE 2000 del Ministerio de Salud para la compra de bienes y servicios que sean necesarios para dar cumplimiento a las tareas y funciones, generales o específicas, aun cuando sean propias y/o habituales.
2. BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
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Están destinadas a regular la Licitación Pública mediante la cual el Centro de Referencia de Salud de Maipú, convoca a personas naturales y/o jurídicas para proveer el SERVICIO DE MONTAJE Y ARRIENDO DE ESTACIÓN CRIOGÉNICA, BACK UP DE OXIGENO, SUMINISTRO DE OXIGENO LIQUIDO Y GASES MEDICINALES de acuerdo con los requerimientos específicos señalados en las Bases Técnicas de este documento.
3. DOMICILIO
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Para todos los efectos, el mandante fija su domicilio en Camino a Rinconada N°1001, comuna de Maipú.
4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
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En las presentes bases administrativas y para los efectos de las bases técnicas, los términos que a continuación se indican, expresan lo siguiente:
EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD, CRS MAIPÚ O CRSM: El CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ.
Oferente: Proveedor que participa en un proceso de compras, presentando una oferta o cotización.
Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido adjudicada una oferta o una cotización en un proceso de compras, para la suscripción del contrato definitivo.
Oferta: La cotización ofrecida por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en las respectivas bases.
Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el CRSM, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el CRSM encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sea inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
TENS: Técnico en Enfermería de Nivel Superior
Presupuesto Referencial: Corresponde a una estimación del monto del contrato para las adquisiciones de los bienes o servicios objeto de la licitación.
Comisión Evaluadora: integrada por funcionarios del CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ designados por su Directora con el objeto de asesorar en la apertura generada de la propuesta y la evaluación de las ofertas.
Administrador de contrato: Encargado de la gestión administrativa del contrato.
Coordinador Técnico/a del contrato: su responsabilidad es supervisar y fiscalizar el cumplimiento técnico de las obligaciones del adjudicatario en términos cualitativos, cuantitativos y de calidad.
5. ÁMBITO DE APLICACIÓN
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Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada por el CRSM, para la contratación del SERVICIO DE MONTAJE Y ARRIENDO DE ESTACIÓN CRIOGÉNICA, BACK UP DE OXIGENO, SUMINISTRO DE OXIGENO LIQUIDO Y GASES MEDICINALES para el CRSM.
Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del CRSM y publicado en el portal www.mercadopublico.cl relacionado con el presente llamado a licitación pública.
Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.
6. OBJETO
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El objeto de esta licitación es la contratación del SERVICIO DE MONTAJE Y ARRIENDO DE ESTACIÓN CRIOGÉNICA, BACK UP DE OXIGENO, SUMINISTRO DE OXIGENO LIQUIDO Y GASES MEDICINALES por 24 meses.
El presupuesto de referencia para esta contratación es de $101.000.000.- impuestos incluidos.
De acuerdo con las necesidades del servicio, el CRSM podrá modificar la composición del número de servicios a brindar, aumentando un tipo específico de prestación y/o reduciendo en la misma cantidad otra, o viceversa, siempre y cuando no sobrepase el monto total contratado en pesos. El mencionado cambio se realizará mediante acuerdo entre los coordinadores Técnicos y Administrativos del CRS Maipú y el Coordinador del Adjudicatario.
Sin perjuicio de lo anterior, esta contratación podría aumentar producto de eventuales ampliaciones de financiamiento y por necesidades del servicio. Con todo, el incremento no podrá superar el 30% del total contratado, ni ser igual o superior a 5.000 UTM.
7. DE LOS OFERENTES
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Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme a la ley N°19.886 y su reglamento cumpliendo con los demás requisitos que ésta señale y con los que exige el derecho común.
Aquellos participantes que no estén inscritos en el portal Chile Proveedores, al momento de presentación de las ofertas, dicho requerimiento les será exigido previo a la firma del contrato.
Quedarán excluidos de esta licitación quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, delitos concursales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Asimismo, debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19.653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM o más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Se adjuntarán formularios tipo con relación a las inhabilidades precedentemente señaladas los que deberán ser completados y firmados por los oferentes, a través de los cuales éstos declararán no estar afectos a aquellas, los que forman parte de estas bases.
8. PERIODOS DE CONSULTAS, ACLARACIONES, RESPUESTAS Y APERTURA.
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Las consultas, como asimismo las respuestas y aclaraciones que el CRSM estime necesario hacer a las Bases y/o sus documentos anexos, deberán realizarse exclusivamente a través de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos de días corridos que se señalan, que se contarán a partir de la fecha de su publicación en el referido portal.
PLAZOS FECHAS
Plazo para realizar consultas:
Desde el 1° día a los 13 días corridos desde la publicación, ambas fechas incluidas.
Plazo para visita a terreno obligatoria
El 5° día hábil desde publicada la licitación a las 10:00 horas.
Plazo para entrega de respuestas:
Hasta el 3°día hábil desde el termino de plazo para realizar consultas.
Plazo de Cierre de Recepción de Ofertas:
El 2° día hábil desde vencido el plazo para entrega de respuestas, a las 13:00 horas.
Fecha de Apertura:
La apertura de ofertas será el día de cierre de recepción de ofertas, a las 13:01 horas.
Acta de Apertura:
Se publicará un Acta de Apertura generada automáticamente por el portal www.mercadopublico.cl.
Plazo de evaluación de ofertas:
Hasta 10 días hábiles desde la fecha del acta de apertura.
Plazo de adjudicación:
Hasta 10 días hábiles vencido el plazo de evaluación de ofertas.
Plazo para firmar Contrato:
Hasta 30 días corridos siguientes a la fecha de la adjudicación.
El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. De vencerse el plazo en alguno de dichos días, el plazo de cierre de la recepción de ofertas será el día siguiente hábil de aquél, a las 15:00 horas.
Ampliación de Plazo de adjudicación: Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto Nº 8: PERIODO DE CONSULTAS, ACLARACIONES, RESPUESTAS Y APERTURA, de las presentes bases, el CRS de Maipú informará en el portal los motivos del retraso y se señalará el nuevo plazo para la adjudicación. Lo anterior, de conformidad con lo que establece el artículo 41 inciso 2° del Decreto Supremo N° 250/04, que establece el Reglamento de la Ley 19.886.-
El CRSM se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. De ser necesaria una modificación a las bases, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente.
Cuando se modifiquen las bases, se prorrogará el plazo para la presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de los antecedentes, considerando lo indicado en el párrafo anterior. Con todo, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas.
9. COMUNICACIONES
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Cualquier comunicación que deba realizar el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ con los proponentes será mediante el portal www.mercadopublico.cl.
Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl, haciendo uso del ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas y aclaraciones serán emitidas por el CRSM. Todo lo anterior de acuerdo con las fechas señaladas en el portal www.mercadopublico.cl.
Se deja constancia que sólo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el CRSM.
10. DE LAS OFERTAS
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10.1 Aspectos Generales
La licitación se adjudicará a la mejor oferta, de conformidad a lo señalado en estas bases. No habrá adjudicación por líneas o rubros.
La Oferta, Económica y Técnica, deberá ser presentada en los formatos de la presente licitación disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán tener una vigencia no inferior a 60 días desde la fecha de cierre de la licitación.
Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases.
Si dos o más proveedores se unen para el efecto participar en esta Licitación, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el CRS Maipú y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (escritura pública cuando el monto de la oferta sea mayor a 1.000 UTM). Todo lo anterior de conformidad y dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el Artículo 67 Bis del Reglamento de la Ley 19.886.
10.2 De los Anexos administrativos.
Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado ANEXOS ADMINISTRATIVOS del portal, los siguientes antecedentes:
Formato Completo de identificación del Oferente (Anexo N°1)
10.3 De la oferta técnica
Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas. Para ello el CRSM adjunta anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas los cuales son:
Anexo N°2: Integración del trabajador
Anexo N°3: Comunicación
Anexo N°4: Experiencia y conformidad de servicio
Anexo N°5: Tiempo de respuesta en caso de emergencia
Anexo N°6: Especificaciones Técnicas
Además, deberá adjuntar:
Registro sanitario de óxido nitroso vigente emitido por el Instituto de Salud Pública de Chile
Toda la información, deberá ser adjuntada (digitalmente) en el apartado ANEXOS TÉCNICOS del portal www.mercadopublico.cl.
10.4 Visita a Terreno
Los proponentes que estén interesados en participar en la presente licitación deberán asistir a una visita a terreno obligatoria, presentándose y registrándose en la portería del Centro de Referencia de Salud Maipú en horario indicado en ficha del portal www.mercadopublico.cl, para facilitar la asistencia a los proveedores.
De este acto, se levantará acta, la cual será publicada en los anexos del proceso licitatorio publicado en el Portal y en cuyo contenido consten los proponentes que concurran.
Las preguntas que se presenten en la visita deberán formalizarse en el Portal a fin de dar respuesta oportuna, completa, formal y pública. Se solicita al oferente puntualidad, existiendo un rango de 15 minutos de espera, deberán entonces, presentarse en:
Lugar Dirección
Centro de Referencia de Salud Maipú Avenida Camino Rinconada 1001, Maipú.
10.5 De la oferta económica.
La Oferta económica deberá ser expresada en pesos sin impuestos, neto y debe corresponder al valor ofertado; esta oferta no será reajustable durante el período que dure el contrato. La oferta deberá ingresarse sólo en el apartado OFERTA ECONÓMICA del portal www.mercadopublico.cl.
11. GARANTÍAS
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11.1 Antecedentes Generales
Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N°19.886 y su reglamento. Se podrá utilizar uno o más instrumentos, ya sea en formato electrónico o en papel.
Los documentos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Expresar su monto en pesos.
Estar tomados a favor del “Centro de Referencia de Salud de Maipú”, RUT 65.061.030-K
Estar tomados por el oferente o por un tercero.
Mencionar el nombre o ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social del constituyente.
Ser pagaderas a la vista o de ejecución inmediata y de carácter irrevocable.
11.2 Garantía de Seriedad de la Oferta.
Tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas como, asimismo el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente su condición de tal.
Para este proceso, su monto asciende a la suma de $150.000.-, y deberá tener una vigencia de 60 días corridos contados desde la fecha de la apertura de la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl.
El CRSM tendrá la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desista de celebrar el respectivo contrato.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, salvo para el oferente adjudicado y al que le siga en puntaje, a quienes se le devolverá dicha garantía una vez firmado el contrato.
El documento de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “Seriedad de oferta de suministro de gases medicinales para el CRSM”.
La garantía en caso de ser documento físico debe ser entregada en oficina de partes, ubicada en Camino Rinconada 1001, segundo piso, de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 Horas, como plazo fatal el día y la hora de cierre de recepción de las ofertas y en caso de ser documento digital debe ser enviado al correo: andrea.farias@crsmaipu.cl, pablo.nunez@crsmaipu.cl y al de Oficina de Partes de la institución: oficinadepartes@crsmaipu.cl.
11.3 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Dada la complejidad de la contratación, la cual conlleva servicios que deben prestarse en las dependencias del CRSM, se ha considerado prudente solicitar una garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Esta garantía tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma, por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato como, asimismo, garantiza las obligaciones laborales y sociales de la empresa con respecto a sus trabajadores, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley N°19.886.
La garantía de fiel cumplimiento deberá entregarse al CRSM para suscribir el contrato. Si no se presenta esta garantía en tiempo y forma, el CRSM podrá dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.
Para este proceso, el monto de la boleta será el correspondiente al 5% del precio del contrato y tendrá una vigencia de a lo menos 60 días hábiles contados desde la fecha de término del contrato. El documento de garantía deberá ser entregado en un plazo máximo de 10 días hábiles desde notificada la adjudicación.
El documento de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “fiel cumplimiento de contrato de suministro de gases medicinales para el CRSM". Junto a la glosa señalada, deberá el documento indicar el número de identificación de la propuesta en Mercado Público, denominada en el Portal: Número de la Adquisición o ID.
La garantía en caso de ser documento físico debe ser entregada en oficina de partes, ubicada en Camino Rinconada 1001, segundo piso de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 Horas, y en caso de ser documento digital debe ser enviado al correo: andrea.farias@crsmaipu.cl, pablo.nunez@crsmaipu.cl y al de Oficina de Partes de la institución: oficinadepartes@crsmaipu.cl.
11.4 Devolución de garantía
La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su vencimiento que fue establecido en las bases. Esta podrá ser retirada por el oferente, previa coordinación con el Departamento de Gestión Financiera.
12. REVISIÓN FORMAL DE LAS OFERTAS
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Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de una revisión formal.
La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos obligatorios, por lo cual será objeto de evaluación.
Se considerarán siempre inadmisibles las ofertas extemporáneas y aquellas que no den cumplimiento a los requisitos obligatorios de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores o reparos, no lo hubiesen subsanado o corregido en el plazo otorgado.
Asimismo, los siguientes hechos permitirán declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando esta haya sido validada técnica y administrativamente:
Cuando el proveedor por cualquier medio dé a conocer al CRSM su oferta económica antes de la apertura económica electrónica;
Cuando la oferta técnica no conste en los formularios disponibles para tal efecto;
Cuando el CRSM constate de manera fehaciente la falsedad de alguna declaración del oferente en cualquier documento de la presente licitación.
Cuando el proveedor no haya participado de la visita a terreno de carácter obligatoria.
13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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Las ofertas que se presenten serán analizadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios/as del CRSM, sus subrogantes o reemplazantes: Encargado de Salud ocupacional, prevención de riesgos y gestión ambiental, jefe del Departamento de Gestión de la Operación, y Encargado de Equipos Industriales.
Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de una revisión formal.
La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos y técnicos obligatorios por lo cual será objeto de evaluación.
El CRSM solicitará a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información.
No obstante, la asignación de un menor puntaje, el CRSM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, el oferente deberá acompañar las certificaciones o antecedentes dentro del plazo fatal de 48 horas, contado desde el requerimiento del CRSM informado a través del portal www.mercadopublico.cl.
La Comisión de Evaluación, deberá emitir un informe comparativo de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, y hará una propuesta fundada de adjudicación a la Dirección del CRSM, o en su defecto de declarar desierta la Licitación.
13.1. Criterios de Evaluación
El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los siguientes:
N° Factor de Evaluación Ponderación
1 Precio 60%
2 Evaluación Técnica 20%
3 Experiencia de los oferentes 18%
4 Integración del trabajador 2%
El puntaje se calculará de la siguiente manera:
13.1.1. Oferta Económica (60%)
Se tomará como referencia el monto de la mejor oferta económica (que pondera 60%). El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta calculando el porcentaje de cada oferta presentada en relación con la más económica, de acuerdo con lo consignado por el oferente en el apartado OFERTA ECONÓMICA del portal www.mercadopublico.cl.
Fórmula de Cálculo:
Puntaje Ponderado Oferta (i)=(Valor Total de la Oferta de menor valor,en pesos)/(Valor Total de la Oferta evaluada (i),en pesos)*60
13.1.2. Evaluación Técnica 20%
100 puntos: Cumple a cabalidad con especificaciones técnicas de acuerdo con lo requerido en las Bases Técnicas. Los oferentes deberán presentar antecedentes escritos que respalden la información. (Anexo Nº7)
Fórmula de Cálculo:
Puntaje Ponderado Oferta (i)=(Puntos oferta (i))/100*20
Siendo Puntos oferta (i); la cantidad de puntos obtenidos por cada oferente.
Esta evaluación tiene una ponderación del 20% respecto a la evaluación total. Los factores para evaluar son los siguientes:
CRITERIOS PARA EVALUAR LOS REQUISITOS TÉCNICOS (100 PUNTOS MÁXIMOS)
Se calificarán los diversos aspectos que componen el criterio “Evaluación Técnica” de acuerdo con el sistema de asignación de puntaje que se indica a continuación:
ITEM SUB-CRITERIO FACTOR PTJE
1 Cantidad y disposición de cilindros de Oxígeno de 10 m3 Mayor a 30 cilindros diarios 10
Entre 12 y 30 cilindros diarios 5
Menor a 12 cilindros diarios 3
No indica 0
2 Cantidad y disposición de cilindros portátiles de Oxígeno de 0,7-1 M3 con sistema integrado Mayor a 25 cilindros diarios 10
Entre 20 y 25 cilindros diarios 5
Menor a 20 cilindros diarios 3
No indica 0
3 Plazo de entrega para los despachos de gases medicinales en condiciones normales Hasta 12 horas corridas contadas desde la solicitud 10
Mayor de 12 horas y menor a 24 horas corridas 5
Mayor de 24 horas corridas 3
No indica 0
4 Plazo de entrega para los despachos de óxido nitroso en cilindros portátiles 3 kilos Hasta 48 horas corridas contadas desde la solicitud 10
Mayor a 48 horas y menor a 72 horas corridas 5
Mayor a 72 horas corridas 3
No indica 0
5 Plazo de entrega de accesorios e insumos para la conexión en instalaciones y equipos Hasta 24 horas corridas contadas desde la solicitud 10
Mayor a 24 horas y menor a 48 horas corridas 5
Mayor a 48 horas corridas 3
No indica 0
6 Ubicación de la planta (dirección) Menor a 20 Km del CRSM 10
Mayor a 20 Km del CRSM 5
No indica 0
7 Producción de gases medicinales Producción propia 10
Subcontrata 5
No indica 0
8 Capacidad gaseosa de estanque criogénico Mayor a 5.000 M3 10
Entre 2.000 y 5.000 M3 5
Igual o mayor a 2.000 M3 0
9 Capacitación al personal del CRS Se presenta programa de capacitación referente al punto 4.3.2 de las bases técnicas 10
No indica 0
10 Plazo de Instalación estanque criogénico Menor o igual a 15 días corridos 10
Mayor a 15 días corridos 0
Aquella propuesta que obtenga una puntuación menor a 70 puntos en este criterio de evaluación, su oferta será desestimada y no continuara en proceso de evaluación.
13.1.3 Experiencia de los Oferentes (18%)
Se evalúa la experiencia de cada oferente en el rubro licitado, considerando todos aquellos establecimientos públicos que tengan o hayan mantenido contrato, en los últimos 3 años. Los oferentes deben adjuntar certificado que se encuentra en el Anexo Nº5 que avale su experiencia en el rubro de la presente licitación. La asignación de puntaje se indica a continuación:
N° Características puntaje Puntaje ponderado
1 Igual o superior a 11 certificados 10 10
2 Entre 8 y 10 certificados 5
3 Entre 5 y 8 certificados 2
4 Menor a 5 o no informa 0
N° Características puntaje Puntaje ponderado
1 Igual o superior a 8 certificados calificación muy bueno 8 8
2 Entre 5 y 7 certificados calificación muy bueno 5
3 Entre 2 y 4 certificados calificación muy bueno 2
4 Menor a 2 certificados calificación muy bueno o no informa 0
Fórmula de Cálculo:
% Oferta (i)=(Puntos oferta (i))/18*18
Siendo Puntos oferta (i); la cantidad de puntos obtenidos por cada oferente.
13.1.4 Integración del trabajador (2%)
El oferente deberá, además de acompañar la documentación necesaria que respalde la integración del o los trabajadores, completar la información requerida en el Anexo N°2.
13.1.4.1. Integración de personas discapacitadas
En consideración a lo establecido en el artículo 38 del reglamento de la Ley de Compras, la empresa deberá acreditar la integración de al menos una persona discapacitada que participe en la prestación de los servicios licitados, para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente:
Credencial o certificado emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile Registro Nacional de la Discapacidad (copia simple)
Contrato que demuestre la relación contractual vigente (código del trabajo).
Acreditar los últimos 3 meses de relación laboral a través de liquidación de sueldo firmada por el trabajador o certificado de pago de cotizaciones previsionales.
Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla:
Especificación Puntaje Ponderado
Presenta información 1
No informa, presenta incompleta o no cumple con lo solicitado 0
13.1.4.2. Integración de personas mayores, de 60 años o más
La empresa deberá acreditar la integración de al menos una persona de 60 años o más que participe en la prestación de los servicios licitados, para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente:
Copia de Cedula de Identidad
Contrato que demuestre la relación contractual vigente (código del trabajo).
Acreditar los últimos 3 meses de relación laboral a través de liquidación de sueldo firmada por el trabajador o certificado de pago de cotizaciones previsionales.
Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla:
Especificación Puntaje Ponderado
Presenta información 1
No informa o no cumple con lo solicitado 0
13.2. Consideraciones complementarias
En caso de que se incorporen antecedentes a requerimiento del CRSM de conformidad a las presentes bases y lo prescrito en el inciso segundo del Art. 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, se descontará 5% del total del puntaje ponderado obtenido a la oferta evaluada.
En caso de producirse un empate en el puntaje de los factores evaluados, el criterio de desempate será priorizando los siguientes elementos en el mismo orden de presentación:
Mejor resultado en el Factor de Evaluación: Evaluación técnica
Mejor resultado en el Factor de Evaluación: Experiencia de los oferentes
Mejor resultado en el Factor de Evaluación: Evaluación Económica
14. DE LA DECISIÓN DEL PROCESO DE LICITACIÓN
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La decisión del proceso será adoptada por la Dirección del CRSM, a proposición de la Comisión Evaluadora.
Declaración de proceso desierto.
El CRSM declarará desierta una licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si éstas fueren desestimadas por no cumplir con los requisitos obligatorios contemplados para ellas en estas Bases o no resultaren convenientes a sus intereses, de conformidad al resultado del proceso de evaluación.
Se considerará inconveniente para los intereses de la Institución una oferta económica que sobrepase sustancialmente los precios de referencia señalados en estas Bases o sobrepase el presupuesto estimado para esta Licitación. Lo anterior será determinado, al momento de la evaluación de las ofertas a través de consulta de la comisión evaluadora a la Subdirección de Gestión Administrativa y Financiera del CRSM, la que con un informe fundado de la jefatura del Departamento de Gestión Financiera – se pronunciará por escrito al respecto.
Adjudicación de la propuesta.
Se adjudicará la propuesta a la oferta mejor evaluada, aun cuando no sea la más económica.
El adjudicatario deberá enviar, además de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la siguiente información:
Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor.
Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente.
Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería.
Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.
Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
De la facultad de readjudicar.
El CRSM podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo estipulado para aquello. Para lo cual, se hará efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 10 días hábiles desde subida la resolución de adjudicación al portal, en caso de que dicho trámite no se encuentre en tramitación.
15. DEL CONTRATO
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El Contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del CRSM de conformidad a lo que se expresa en las bases, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.
Formarán parte integrante del contrato: las presentes Bases Administrativas y Técnicas y la Resolución de la Dirección del CRSM que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, y la oferta adjudicada; las normas de pabellón y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en el CRSM.
El CRSM podrá dejar sin efecto la adjudicación en el evento que el adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido y, facultativamente, readjudicar a una de las ofertas presentadas en la licitación, situación de la cual se deberá dejar constancia en el portal www.mercadopublico.cl.
15.1 De la Vigencia
La vigencia del contrato comenzará en la fecha de notificación del acto administrativo que apruebe el contrato y tendrá una duración de 24 meses. No obstante, por razones de buen servicio, las prestaciones objeto de esta contratación podrán comenzar a entregarse a partir de la fecha de la adjudicación a solicitud del CRSM, sin perjuicio que los pagos correspondientes se efectuarán solo a partir de la total tramitación de la resolución de la Dirección del CRSM que aprueba el contrato.
15.2 Causales de Término
Las partes podrán poner término al contrato en cualquier momento de común acuerdo.
El CRSM se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si se produce una de las siguientes causales:
El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si por razones de ley, actos de autoridad, caso fortuito o fuerza mayor sea imperioso terminarlo.
Si las multas aplicadas, excedieren el 15% del valor total del contrato.
El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Para que opere esta causal, bastará un incumplimiento debidamente calificado e informado por el Coordinador del Contrato y/o Administrador del Contrato y el CRSM evaluará la conveniencia de terminar anticipadamente la relación contractual.
Incumplimiento de la cláusula de confidencialidad señalada en las presentes bases.
No renovar o completar garantía de fiel cumplimiento del contrato si ello procediere por haberse cobrado el total o parte de ésta.
Si la empresa hiciese traspaso de su contrato a otra persona natural o jurídica.
En estos casos, el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ comunicará su decisión de poner término al contrato, mediante carta certificada despachada al domicilio de la empresa señalado en la comparecencia del respectivo contrato. La comunicación se entenderá efectuada dentro de tres días de despachada por correos.
En todos los casos señalados precedentemente, salvo tratándose de causales no imputables al prestador de los servicios, el CRSM hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
15.3 Procedimiento en caso de término anticipado del contrato
Configurada una causal de término anticipado del contrato, por parte del Administrador y/o Coordinador del Contrato, la Dirección del CRSM comunicará por carta certificada al Adjudicatario la infracción contractual cometida, indicando los hechos que la constituyen y la causal de termino anticipado que se ha configurado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime convenientes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el CRSM dictará la respectiva Resolución poniendo fin anticipado al contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el CRSM resolverá el recurso mediante resolución notificándose a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario.
Contra el mencionado acto administrativo la adjudicataria podrá interponer los recursos administrativos establecidos en la ley 19.880.
15.4 Coordinador/a Técnico/a del Contrato
El Centro de Referencia de Salud de Maipú supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, a través del funcionario Encargado de Mantenimiento de Equipamiento Industrial quien, como Coordinador/a Técnico/a del Contrato, tendrá entre otras, las siguientes funciones:
Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato;
Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos;
Evaluar y emitir los informes técnicos del cumplimiento del contrato en términos cuantitativos, cualitativos y de calidad;
Informar al Administrador del Contrato el no cumplimiento de las obligaciones de la adjudicataria al objeto de aplicar multas cuando procedieran, según precede en la sección sobre Incumplimientos, sanciones y multas.
15.5 Administrador/a del Contrato
Para el cumplimiento de los aspectos administrativos del contrato, tales como vigencia de las Boletas de Garantía, vigencia del contrato y validación de multas, el CRSM designa al Profesional de Adquisiciones don Pablo Núñez Maturana del Departamento de Adquisiciones y Abastecimiento o quien lo subrogue o reemplace.
15.6 Confidencialidad
La información y todo antecedente de carácter personal o sensible que los participantes obtengan con motivo de esta licitación y su posterior ejecución tiene carácter de estrictamente confidencial y privado, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia; reservándose el Centro de Referencia de Salud de Maipú el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.
15.7 Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales
La empresa será empleador único y exclusivo de los trabajadores que se desempeñen en la prestación del servicio, y, por consiguiente, directamente responsables ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales, y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad.
Sin desmedro de lo señalado precedentemente, la empresa adjudicada deberá informar en forma directa al CRS de Maipú y acreditar el monto pagado y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, mediante la exhibición de certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo o bien certificados emitidos por entidades o instituciones competentes en tanto se encuentren acreditadas para dicho efecto ante las Subsecretarías de Trabajo y Previsión Social.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
De conformidad con lo establecido en el artículo 183-AB del código del trabajo; que señala, al referirse la contratación de empresas de servicios transitorios, “será de responsabilidad directa de la usuaria el cumplimiento de las normas referidas a la higiene y seguridad en el trabajo, incluidas las disposiciones legales y reglamentarias relativas al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ley Nº 16.744, especialmente las medidas de prevención de riesgos que deba adoptar respecto de sus trabajadores permanentes. Asimismo, deberá observar lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 bis de la ley Nº 16.744”; la empresa adjudicataria, en caso de serle aplicable dicha norma, deberá dar estricto cumplimiento a las citadas obligaciones legales. El CRSM podrá fiscalizar dicho cumplimiento a través de su unidad de Prevención de Riesgos o quien la Dirección del establecimiento designe.
16. DE LA FACTURACIÓN Y PAGO
La facturación deberá efectuarse por mes vencido dentro de los 5 días hábiles del mes siguiente de la prestación de los servicios.
La factura deberá ser emitida a nombre del Centro de Referencia de Maipú, Rut. 65.061.030-K, dirección Av. Camino Rinconada N°1001, Maipú.
La factura deberá ser emitida previa emisión del Certificado de Recepción conforme otorgado por el Coordinador Técnico del Contrato.
Junto a la factura, el adjudicatario deberá acompañar los siguientes antecedentes necesarios para la autorización de la factura:
Certificado emitido por la Dirección del Trabajo de antecedentes laborales y previsionales.
Orden de compra en estado aceptada.
Certificado de Cumplimiento de los servicios otorgado por el coordinador técnico del contrato.
Atendido que el pago se realiza centralizadamente por la Tesorería General de la República a través de documento tributario electrónico (DTE), se deberá enviar éste al correo electrónico oficinadepartes@crsmaipu.cl y a la casilla dipresrecepcion@custodium.com.
El CRS de Maipú podrá reclamar en contra del contenido del documento tributario electrónico de la falta total o parcial en la entrega de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su publicación en el portal del Servicio de Impuesto Internos. En este caso, el reclamo será publicado en dicho portal y el proveedor tendrá que emitir la respectiva nota de crédito. La “Guía para Proveedores” es un documento guía para aquellos proveedores que emiten DTE a las diferentes instituciones del Gobierno central de Chile, el cual se adjunta.
La recepción conforme deberá ser otorgada por el Coordinador Técnico del contrato, el cual será responsable de adjuntar dicho documento en www.mercadopublico.cl.
El pago de los documentos tributarios electrónicos se realizará centralizadamente por la Tesorería General de la República en los plazos que establece la normativa vigente. Los datos de la cuenta bancaria deberán ser proporcionados al CRS de Maipú al momento de la adjudicación.
17. DE LOS INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS
17.1 Antecedentes.
Todo incumplimiento al contrato por parte del proveedor facultará al CRSM para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el proveedor.
17.2 Multas
Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas:
17.2.1 Multa menos grave: la que será sancionada con 3 UTM por evento:
Conducta poco deferente o irrespetuosa o maltrato del personal de la adjudicataria hacia pacientes, familiares y/o funcionarios del establecimiento.
El Incumplimiento de normas de seguridad y los protocolos institucionales.
No portar a la vista, la credencial de identificación al momento de realizar la prestación de servicios y/o suministro.
17.2.2 Multa grave: la que será sancionada con 10 UTM por evento:
Si se produjo un incidente o un evento que provocó un daño temporal en instalaciones del CRS provocado por algún funcionario del equipo del adjudicatario, previo informe conjunto del Coordinador Técnico del contrato y del jefe del Depto. de Operaciones.
Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución.
Si se comprobara daño, pérdida, mal uso o desperfectos del equipamiento y/o infraestructura del CRSM ocasionado por el personal de la empresa adjudicada.
Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del CRSM, todo o parte del informe, documento o la información a la que tenga acceso, con motivo del servicio contratado.
Por incumplimiento en el servicio prestado de acuerdo con lo requerido en las especificaciones técnicas u ofertado, por vez.
Incumplimiento de normas sanitarias del establecimiento de prevención de COVID-19, por vez.
No entregar un servicio o producto en la fecha dispuesta para ello, por vez.
El monto de las multas no podrá sobrepasar el 15% del monto total del contrato.
17.4 Procedimiento para la aplicación de multas
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Administrador del Contrato, informado previamente por el coordinador del contrato, la Dirección del CRSM comunicará al Adjudicatario la infracción cometida, indicando los hechos que la constituyen y el monto de la multa que se aplicaría. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime convenientes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el CRSM dictará la respectiva Resolución aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el CRSM resolverá el recurso mediante acto administrativo, notificándose a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario.
A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y/o pruebas que estime pertinente.
Si el adjudicatario hubiera formulado los descargos en tiempo y forma, o transcurrido el plazo para ello sin presentar descargos por parte del oferente, el CRSM resolverá la procedencia de la multa mediante acto administrativo, notificándose a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario y dictando una Resolución fundada, la que, además, deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas de la Administración.
17.5 Procedimiento de Reposición
El adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación de la carta certificada que notifica la Resolución que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.
La Dirección del CRSM resolverá el recurso mediante acto administrativo, notificándose a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario
17.6 Cobro de la multa
Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de la multa será cobrado directamente al adjudicatario.
El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta al CRSM la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.
Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del CRSM.
17.7 Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
El adjudicatario podrá ser sancionado por el CRSM con el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en alguno de los siguientes casos:
No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado del CRSM.
Más de 5 reclamos acogidos mensuales.
Aplicación reiterada (3 veces) de algunas de las sanciones establecidas en las presentes bases, a requerimiento fundado del CRSM.
Incumplimiento de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados, a requerimiento fundado del CRSM.
Incumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes bases de Licitación.
Interrupción superior a 5 días hábiles en la entrega de los servicios.
Casos señalados en la Sección Causales de Término del Contrato, de las presentes Bases
18. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
18.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación pública, ni con la ejecución de él o los Contratos u Ordenes de Compras que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los Contratos u Ordenes de Compras que de ello se deriven.
18.2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
18.3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
18.4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
18.5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los Contratos que de ellos se derivase.
18.6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
18.7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
18.8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
19. DISPOSICIONES FINALES
Para todos los efectos de estas Bases, el Centro de Referencia de Salud Maipú y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus Tribunales.
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