Licitación ID: 2115-3-LQ21
SUMINISTRO DE FRACC. DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS
Responsable de esta licitación: CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPU, Departamento de Abastecimiento
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 250 Unidad
Cod: 73101701
Atropina sulfato monohidrato solución oftálmica 0,01%, frasco gotario con 5 mL  

2
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 360 Unidad
Cod: 73101701
Azul de metileno 1% solución inyectable, ampolla de 5 mL  

3
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 2400 Unidad
Cod: 73101701
Bevacizumab solución inyectable 2,5 mg / 0,1 mL (uso exclusivo oftalmológico) envasado en jeringa de insulina con aguja 31G x 6 mm.  

4
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 900 Unidad
Cod: 73101701
Hidróxido de calcio, cápsulas 250 mg, envasada en frasco con tapa y rótulo que contiene 30 cápsulas.  

5
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 300 Unidad
Cod: 73101701
Mitomicina sol inyectable 0,04%, jeringa prellenada estéril 2 mL  

6
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 100 Unidad
Cod: 73101701
Pasta lassar, envase de 50 gr.  

7
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 7000 Unidad
Cod: 73101701
Povidona yodada solución oftálmica 5%, frasco gotario con 10 mL  

8
Servicios de producción de medicamentos o medicinas 240 Unidad
Cod: 73101701
Subgalato de bismuto 10 gr polvo, sobre con 10 gr  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE FRACC. DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de esta licitación es el SUMINISTRO DE FRACCIONAMIENTO DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ, de acuerdo con lo requerido en las Bases Técnicas del presente llamado a Licitación Pública. El presupuesto referencial para este proceso es de 170.000.000.- impuestos incluidos. Sin perjuicio de lo anterior, este número podría aumentar producto de eventuales ampliaciones de financiamiento y por necesidades del servicio. Con todo, el incremento no podrá superar el 30% del total contratado, ni ser igual o superior a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPU
Unidad de compra:
Departamento de Abastecimiento
R.U.T.:
65.061.030-k
Dirección:
Camino Rinconada 1001
Comuna:
Maipú
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-02-2021 15:01:00
Fecha de Publicación: 20-01-2021 15:30:56
Fecha inicio de preguntas: 20-01-2021 16:01:00
Fecha final de preguntas: 26-01-2021 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-01-2021 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-02-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-02-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-02-2021 10:25:18
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 11.2 De los Anexos administrativos.
Documentos Técnicos
1.- 11.3 De la oferta técnica
 
Documentos Económicos
1.- 11.4 De la oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio % Oferta (i)=(Valor Total de la Oferta mas baja,en pesos)/(Valor Total de la Oferta (i),en pesos)*60 60%
2 Plazo de Entrega 14.2.3. Plazo de Entrega 20%
3 Monto Mínimo de Despacho 14.2.3. Monto Mínimo de Despacho 10%
4 Integración de Adultos Mayor a 60 años 14.2.3. Integración de personas mayores de 60 años o más 5%
5 Integración de trabajador (a) discapacitado 14.2.4. Integración de personas discapacitadas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Sofia Rodriguez
e-mail de responsable de pago: sofia.rodriguez@crsmaipu.cl
Nombre de responsable de contrato: Jaime Diaz
e-mail de responsable de contrato: jaime.diaz@crsmaipu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-5746569-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Centro de Referencia de Salud Maipú
Fecha de vencimiento: 30-04-2021
Monto: 150000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: El documento de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “SUMINISTRO DE FRACC. DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CRSM”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su vencimiento que fue establecido en las bases. Esta podrá ser retirada por el oferente, previa coordinación con Unidad de Tesorería del CRS.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Centro de Referencia de Salud Maipú
Fecha de vencimiento: 31-05-2023
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: El documento de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “SUMINISTRO DE FRACC. DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CRSM”. Junto a la glosa señalada, deberá el documento indicar el número de identificación de la propuesta en Mercado Público, denominada en el Portal: Número de la Adquisición o ID.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su vencimiento que fue establecido en las bases. Esta podrá ser retirada por el oferente, previa coordinación con Unidad de Tesorería del CRS.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Administrativas
BASES ADMINISTRATIVAS SUMINISTRO DE FRACCIONAMIENTO DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ 1. ANTECEDENTES GENERALES El Centro de Referencia de Salud de Maipú, en adelante, CRS Maipú o CRSM, es un servicio público descentralizado, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Salud, cuya misión es satisfacer las necesidades de salud de la población preferentemente de Maipú y Cerrillos, brindando una atención médica con calidad técnica, humanizada, integral, oportuna y resolutiva. En dicho contexto, está facultado por el DFL N°31 DE 2000 del Ministerio de Salud para la compra de bienes y servicios que sean necesarios para dar cumplimiento a las tareas y funciones, generales o específicas, aun cuando sean propias y/o habituales. 2. BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Están destinadas a regular la Licitación Pública mediante la cual el Centro de Referencia de Salud de Maipú, convoca a personas naturales y/o jurídicas para el SUMINISTRO DE FRACCIONAMIENTO DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ, de acuerdo con los requerimientos específicos señalados en las Bases Técnicas de este documento. 3. DOMICILIO Para todos los efectos, el mandante fija su domicilio en Camino a Rinconada Nº1001, comuna de Maipú. 4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS En las presentes bases administrativas y para los efectos de las bases técnicas, los términos que a continuación se indican, expresan lo siguiente: El CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD, CRS MAIPÚ O CRSM: El CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ. Oferente: Proveedor que participa en un proceso de compras, presentando una oferta o cotización. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido adjudicada una oferta o una cotización en un proceso de compras, para la suscripción del contrato definitivo. Oferta: La cotización ofrecida por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en las respectivas bases. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el CRSM, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el CRSM encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sea inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato. CRSM: Centro de Referencia de Salud de Maipú Presupuesto Referencial: Corresponde a una estimación del monto del contrato para las adquisiciones de los bienes o servicios objeto de la licitación. Comisión Evaluadora: integrada por funcionarios del Centro de Referencia de Salud de Maipú designados por su Directora con el objeto de asesorar en la apertura generada de la propuesta y la evaluación de las ofertas. Administrador de contrato: Encargado de la gestión administrativa del contrato. Encargada de Recepción Técnica: Su responsabilidad es supervisar y fiscalizar el cumplimiento técnico de las obligaciones del adjudicatario en términos cualitativos, cuantitativos y de calidad. 5. ÁMBITO DE APLICACIÓN Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada por el CRSM, para el SUMINISTRO DE FRACCIONAMIENTO DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del CRSM y publicado en el portal www.mercadopublico.cl relacionado con el presente llamado a licitación pública. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 6. OBJETO El objeto de esta licitación es el SUMINISTRO DE FRACCIONAMIENTO DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ, de acuerdo con lo requerido en las Bases Técnicas del presente llamado a Licitación Pública. El presupuesto referencial para este proceso es de $170.000.000.- impuestos incluidos. Sin perjuicio de lo anterior, este número podría aumentar producto de eventuales ampliaciones de financiamiento y por necesidades del servicio. Con todo, el incremento no podrá superar el 30% del total contratado, ni ser igual o superior a 5.000 UTM. DE LOS OFERENTES Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme a la ley N° 19.886 y su reglamento cumpliendo con los demás requisitos que ésta señale y con los que exige el derecho común. Aquellos participantes que no estén inscritos en el portal Chile Proveedores, al momento de presentación de las ofertas, dicho requerimiento les será exigido previo a la firma del contrato. Quedarán excluidos de esta licitación quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, delitos concursales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. Asimismo, debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19.653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM o más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Se adjuntarán formularios tipo con relación a las inhabilidades precedentemente señaladas los que deberán ser completados y firmados por los oferentes, a través de los cuales éstos declararán no estar afectos a aquellas, los que forman parte de estas bases. 8. PERIODOS DE CONSULTAS, ACLARACIONES, RESPUESTAS Y APERTURA. ________________________________________________________________________________Las consultas, como asimismo las respuestas y aclaraciones que el CRSM estime necesario hacer a las Bases y/o sus documentos anexos, deberán realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos de días corridos que se señalan, que se contarán a partir de la fecha de su publicación en el referido portal. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el CRS Maipú. PLAZOS FECHAS Plazo para realizar consultas: Desde el 1° día al 6° día, ambos incluidos. Plazo para entrega de respuestas: Hasta el 8° día. Plazo de Cierre de Recepción de Ofertas: Día 10º a las 15:00 horas. Fecha de Apertura: La Apertura referencial de las ofertas se efectuará el mismo día de cierre a las 15:10 Acta de Apertura: Se publicará un Acta de Apertura generada automáticamente por el portal www.mercadopublico.cl. Plazo de evaluación de ofertas: 10 días hábiles desde la fecha del acta de apertura publicada en portal www.mercadopublico.cl. Plazo de adjudicación: 10 días hábiles vencido el plazo de evaluación de ofertas. Plazo para firmar Contrato: 20 días hábiles siguientes a la fecha de la adjudicación. El plazo de publicación se rebajará a 10 días por tratarse de contratación de bienes de simple y objetiva especificación lo que conlleva un esfuerzo menor en la preparación de las ofertas, Decreto 250, Artículo 25. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. De vencerse el plazo en alguno de dichos días, el plazo de cierre de la recepción de ofertas será el día siguiente hábil de aquél, a las 15:00 horas. 9. MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN El CRS Maipú se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. Cuando se modifiquen las bases, se prorrogará el plazo en 1 o más días corridos para la presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de los antecedentes, considerando lo indicado en el párrafo anterior. Con todo, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan antes de la fecha de cierre de presentación de las ofertas. 10. COMUNICACIONES Cualquier comunicación que deba realizar el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ con los proponentes será mediante el portal www.mercadopublico.cl. A través del foro de consulta de licitación. Se deja constancia que sólo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el CRSM. Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl, haciendo uso del ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas y aclaraciones serán emitidas por el CRSM. Todo lo anterior de acuerdo con las fechas señaladas en el portal www.mercadopublico.cl. 11. DE LAS OFERTAS 11.1 Aspectos Generales La licitación se adjudicará por línea a la mejor oferta, de conformidad a lo señalado en estas bases. La Oferta, Económica y Técnica, deberá ser presentada en los formatos de la presente licitación disponibles en el portal www.mercadopublico.cl. La única excepción en cuanto a documentos que pueden ser presentados en soporte de papel es lo que dispone el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Las ofertas deberán tener una vigencia no inferior a 60 días desde la fecha de cierre de la licitación. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases. 11.2 De los Anexos administrativos. Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado ANEXOS ADMINISTRATIVOS del portal, los siguientes antecedentes: Formato Completo de identificación del Oferente (Anexo N°1) Declaración Jurada simple del representante legal de la empresa que acredite no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de sus trabajadores, dentro de los anteriores 2 años (Anexo N°2A); Declaración Jurada simple sobre causales de inhabilidad e incompatibilidad (Anexo N°2B); Declaración Jurada Simple Artículo 4° Ley 19.886 (Anexo N°2C). Integración del trabajador (Anexo N°6) 11.3 De la oferta técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas. Para ello el CRSM adjunta anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas los cuales son: Anexo N° 4 Plazo de Entrega y Monto Mínimo de Despacho. Anexo N°5 Antecedentes Técnicos Obligatorios. Información de Medicamento, según lo solicitado en anexo N°5 “Especificaciones Técnicas” Podrá Incluir imagen del envase primario y secundario si corresponde para demostrar que cumple con lo solicitado. Todos los Anexos y documentación mencionada anteriormente, es de carácter obligatorio para la admisibilidad de la oferta. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional y no profesional, así como los elementos que pone a disposición para el desarrollo del servicio y el cumplimiento de los objetivos. Toda la información, deberá ser adjuntada (digitalmente) en el apartado ANEXOS TÉCNICOS del portal www.mercadopublico.cl. 11.4 De la oferta económica. La Oferta económica deberá ser expresada en pesos sin impuestos, neto y debe corresponder al valor ofertado; esta oferta no será reajustable durante el período que dure el contrato. La oferta (Anexo N°3) deberá ingresarse sólo en el apartado OFERTA ECONÓMICA del portal www.mercadopublico.cl. Si existiera discrepancia entre el anexo 3 y el valor ingresado en el apartado Oferta Económica, se declarará inadmisible la propuesta en coherencia con lo estipulado en el punto 13 de estas bases de licitación. 11.5 Unión Temporal de Proveedores Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en esta Licitación, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el CRS de Maipú y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Todo lo anterior de conformidad y dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el artículo 67 Bis del reglamento de la ley 19.886. 12. GARANTÍAS 12.1 Antecedentes Generales Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N°19.886 y su reglamento. Los documentos deberán cumplir con los siguientes requisitos: Expresar su monto en pesos. Estar tomados a favor del “Centro de Referencia de Salud de Maipú”, RUT 65.061.030-K Mencionar el nombre o ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social del constituyente. Ser pagaderas a la vista o de ejecución inmediata y de carácter irrevocables. 12.2 Garantía de Seriedad de la Oferta. Tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y contenido de las ofertas como, asimismo el cumplimiento de las obligaciones que impone al proponente su condición de tal. Para este proceso, su monto asciende a la suma de $150.000.-, y deberá tener una vigencia de 60 días corridos contados desde la fecha de la apertura de la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl. El CRSM tendrá la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desista de celebrar el respectivo contrato La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, salvo para el oferente adjudicado y al que le siga en puntaje, a quienes se le devolverá dicha garantía una vez firmado el contrato. El documento de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “SUMINISTRO DE FRACC. DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CRSM”. 12.3 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. En los contratos que superen las 100 UTM, deberá presentarse garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta garantía tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma, por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato como, asimismo, garantiza las obligaciones laborales y sociales de la empresa con respecto a sus trabajadores, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley N°19.886. La garantía de fiel cumplimiento deberá entregarse al CRSM para suscribir el contrato. Si no se presenta esta garantía en tiempo y forma, el CRSM podrá dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Para este proceso, el monto de la boleta será el correspondiente al 5% del precio del contrato y tendrá una vigencia de a lo menos 60 días hábiles contados desde la fecha de término del contrato. El documento de garantía deberá ser entregado en un plazo máximo de 7 días hábiles desde notificada la adjudicación. El documento de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “SUMINISTRO DE FRACC. DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CRSM”. Junto a la glosa señalada, deberá el documento indicar el número de identificación de la propuesta en Mercado Público, denominada en el Portal: Número de la Adquisición o ID. La garantía en caso de ser documento físico debe ser entregada en oficina de partes, ubicada en Camino Rinconada 1001, segundo piso de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 Horas, y en caso de ser documento digital debe ser enviado al correo: adquisiciones@crsmaipu.cl. Asimismo, en el caso que la garantía sea emitida digitalmente podrá subirse en Garantía del apartado de oferta económica. El documento que garantice el Fiel Cumplimiento del Contrato deberá expresar que posee el carácter de “irrevocable”. 12.4 Devolución de garantía La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su vencimiento que fue establecido en las bases. Esta podrá ser retirada por el oferente, previa coordinación con Unidad de Tesorería del CRS. 13. REVISIÓN FORMAL DE LAS OFERTAS Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de una revisión formal. La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos y técnicos por lo cual será objeto de evaluación. Se considerarán siempre inadmisibles las ofertas extemporáneas y aquellas que no den cumplimiento a los requisitos obligatorios de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores o reparos, no lo hubiesen subsanado o corregido en el plazo otorgado. Asimismo, los siguientes hechos permitirán declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando esta haya sido validada técnica y administrativamente: Cuando el proveedor por cualquier medio dé a conocer al CRSM su oferta económica antes de la apertura económica electrónica; Cuando la oferta económica o técnica no conste en los formularios disponibles para tal efecto; Cuando la información contenida en anexos acompañados a la licitación sea contradictoria con la de la oferta. Cuando el CRSM constate de manera fehaciente la falsedad de alguna declaración del oferente en cualquier documento de la presente licitación. 14. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, integrada por los siguientes funcionarios del CRSM, o sus subrogantes: Subdirector de Gestión Clínica; Subdirector de Gestión Administrativa y Financiera; Coordinador Servicio de Cirugía Mayor Ambulatoria y Q.F. Jefe Unidad de Farmacia. El CRSM, durante la evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, o realicen aclaraciones, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, o las aclaraciones, no les otorgue una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se le informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. No obstante, la asignación de un menor puntaje, el CRSM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, el oferente deberá acompañar las certificaciones o antecedentes dentro del plazo fatal de 25 horas, contado desde el requerimiento del CRSM informado a través del portal www.mercadopublico.cl. La Comisión de Evaluación, deberá emitir un informe comparativo de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, y hará una propuesta fundada de adjudicación a la Dirección del CRSM, o en su defecto de declarar desierta la Licitación. 14.1. CONDICIÓN TÉCNICA OBLIGATORIO PARA QUE LAS OFERTAS SEAN EVALUABLES: El oferente deberá considerar el anexo N°5 de la presente licitación indicando: Cumple (Si/No): El proveedor deberá señalar si la oferta cumple o no el requerimiento del mandante respecto a los siguientes aspectos: Recetario proveedor debe contar con autorización sanitaria otorgada por ISP. El proveedor debe informar mediante documento (propio) nombre de médico o químico farmacéutico responsable de dar respuesta a las consultas técnicas. Cumple con la presentación técnica del medicamentos o preparado magistral, según lo indicado en numera N°5 de las bases técnicas. El envase de los preparados farmacéuticos debe garantizar la inviolabilidad y conservación del producto terminado y tener la capacidad adecuada para su contenido. Debe señalar en sus rótulos: A) Denominación del producto B) Cantidad total de producto por envase y forma farmacéutica. C) Número de registro de elaboración D) Fecha de vencimiento, expresado en día, mes y año E) Precauciones de almacenamiento y conservación F) Dosis y composición del preparado, debiendo indicar primero el principio activo con letras destacadas y a continuación el listado de excipientes completo, todos conforme a sus denominaciones comunes internacionales. La oferta que no cumpla con uno o mas de los requisitos obligatorios se desestimara. CRITERIOS DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN La Evaluación se efectuará a través de medidas cuantificables de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación: N° Factor de Evaluación Ponderación 1 Precio 60% 3 Plazo de entrega 20% 4 Monto Mínimo de Despacho 10% 5 Integración de Trabajador con Capacidad Diferente. 5% 6 Integración de Adultos Mayor a 60 años 5% Total, porcentaje 100% 14.2.1. Precio Se tomará como referencia el monto de la mejor oferta económica. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta calculando el porcentaje de cada oferta presentada en relación con la más económica, de acuerdo con lo consignado por el oferente en el anexo correspondiente. Fórmula de Cálculo: % Oferta (i)=(Valor Total de la Oferta mas baja,en pesos)/(Valor Total de la Oferta (i),en pesos)*60 Siendo “Oferta (i)”; la oferta en evaluación. Ponderación Ítem (%) = Puntaje Obtenido / Puntaje Total del Criterio * Porcentaje del Criterio. 14.2.3. Plazo de Entrega y Monto Mínimo de Despacho La empresa oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl una carta de compromiso de plazo de entrega (adjunta en anexos de esta licitación), garantizando la entrega de los insumos requeridos por el Hospital, en el tiempo en que éste lo solicite. (ANEXO 4) Aplicación de criterio: Plazo de Entrega (20%) Puntaje 24 horas contadas desde la fecha de envío de la Orden de Compra 100 48 horas contadas desde la fecha de envío de la Orden de Compra 50 Mayor a48 horas contado desde la fecha de envío de la Orden de Compra 0 Aplicación de criterio: Monto Mínimo de Despacho (10%) Puntaje Proveedor no exige monto mínimo despacho 100 Proveedor exige mínimo despacho igual o menor a $50. 000 (cincuenta mil pesos netos) 50 Proveedor exige mínimo despacho entre $ 50.000 y $ 100.000 mil pesos netos 20 Proveedor exige mínimo despacho mayor a $100. 000 (cien mil pesos netos) 0 Ponderación Ítem (%) = Puntaje Obtenido / Puntaje Total del Criterio * Porcentaje del Criterio. 14.2.3. Integración de personas mayores de 60 años o más La empresa deberá acreditar la integración de al menos una persona de 60 años o más que participe en la prestación de los servicios licitados, para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente: Copia de Cedula de Identidad Contrato que demuestre la relación contractual vigente. Presentar un documento de al menos los últimos 3 meses que acredite relación laboral (liquidación de sueldo o pago de cotización) Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla: Aplicación criterio (5%) Ponderación Presenta información 1% No informa o no cumple con lo solicitado 0% 14.2.4. Integración de personas discapacitadas La empresa deberá acreditar la integración de al menos una persona discapacitada que participe en la prestación de los servicios licitados, para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente: Credencial Servicio de Registro Civil e Identificación Chile Registro Nacional de la Discapacidad (copia simple) Contrato que demuestre la relación contractual vigente. Al menos una cotización previsional de los últimos 3 meses (AFP o Salud) Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla: Aplicación criterio (5%) Ponderación Presenta información 1% No informa o no cumple con lo solicitado 0% Solo se asignará puntaje al proveedor que cumpla con la totalidad de la documentación solicitada en los criterios de inclusión. En caso de que se incorporen antecedentes a requerimiento del CRSM de conformidad a las presentes bases y lo prescrito en el inciso segundo del Art. 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, se descontará 5% del total del puntaje ponderado obtenido a la oferta evaluada. Se hace presente que la información solicitada es necesaria para la evaluación de los oferentes en la matriz de decisión, por lo tanto, la falta de datos e información irá en desmedro del oferente que las omitió. La comisión propondrá la adjudicación de la oferta que tenga el mayor puntaje ponderado, según lo establecido en el sistema de evaluación detallado anteriormente. 15. DE LA DECISIÓN DEL PROCESO DE LICITACIÓN La decisión del proceso será adoptada por la Dirección del CRSM, a proposición de la Comisión Evaluadora. 15.1 Declaración de proceso desierto. El CRSM declarará desierta una licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si éstas fueren desestimadas por no cumplir con los requisitos obligatorios contemplados para ellas en estas Bases o no resultaren convenientes a sus intereses, de conformidad al resultado del proceso de evaluación. Se considerará inconveniente para los intereses de la Institución una oferta económica que sobrepase sustancialmente los precios de referencia señalados en estas Bases o sobrepase el presupuesto estimado para esta Licitación. Lo anterior será determinado, al momento de la evaluación de las ofertas a través de consulta de la comisión evaluadora a la Subdirección de Gestión Administrativa y Financiera del CRSM, la que – con un informe fundado de la jefatura del Departamento de Gestión Financiera – se pronunciará por escrito al respecto. Adjudicación de la propuesta. Adjudicación múltiple, por ítem, se adjudicará la propuesta a la oferta mejor evaluada, aun cuando no sea la más económica. El adjudicatario deberá enviar, además de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la siguiente información: Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal. 15.3 Notificación de la Decisión de Compra. La Resolución que resuelve el proceso licitatorio se notificará a través del Sistema de Información de Compras Públicas, Portal www.mercadopublico.cl. 15.4 Mecanismo de resolución de empate Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes: Como primer mecanismo, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje en la Evaluación Precio. De existir aún empate, como segundo mecanismo se seleccionará aquel oferente que presente mayor puntaje en la Plazo de Entrega. Como tercer mecanismo de desempate, se seleccionará aquel oferente que presente un mayor puntaje criterio Integración de Adulto Mayor. 15.5 Peticiones o reclamos del oferente adjudicado. Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. 15.6 De la facultad de readjudicar. El CRSM podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario. Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en plazo estipulado. Si el adjudicatario se desiste de su oferta. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo 15 días corridos desde notificada la adjudicación en el portal Mercado Publico.
Contrato
16. DEL CONTRATO El Contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del CRSM de conformidad a lo que se expresa en las bases, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Formarán parte integrante del contrato: las presentes Bases Administrativas y Técnicas y la Resolución de la Dirección del CRSM que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, y la oferta adjudicada; las normas de pabellón y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en el CRSM. El proveedor que se adjudique un monto igual o inferior a 100 UTM el contrato se formalizara con la orden de compra aceptada por el proveedor en un plazo máximo de 2 días hábiles. El CRSM podrá dejar sin efecto la adjudicación en el evento que el adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 8 de las bases administrativas y, facultativamente, readjudicar a una de las ofertas presentadas en la licitación, situación de la cual se deberá dejar constancia en el portal www.mercadopublico.cl. 16.1 De la Vigencia La vigencia del contrato comenzará en la fecha de su suscripción y tendrá una duración 24 meses. Por razones de buen servicio, las prestaciones objeto de esta contratación podrán comenzar a entregarse a partir de la fecha de la adjudicación, sin perjuicio que los pagos correspondientes se efectuarán solo a partir de la total tramitación de la resolución de la Dirección del CRSM que aprueba el contrato. 16.2 Aumentos y disminuciones del contrato Para los efectos de aumentos o disminuciones de las cantidades que se solicitan en el contrato, el proponente deberá respetar el valor propuesto en su oferta económica. El Centro de Referencia de Salud de Maipú se reserva el derecho de aumentar los servicios solicitados, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, hasta un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la institución. Tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. 16.3 Causales de Término Las partes podrán poner término al contrato en cualquier momento de común acuerdo. El CRSM se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si se produce una de las siguientes causales: a) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. c) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. d) Si por razones de ley, actos de autoridad, caso fortuito o fuerza mayor sea imperioso terminarlo. e) Si las multas aplicadas, excedieren el 5% del valor total del contrato. f) Si se advirtieren cambios o modificaciones en los productos adjudicados en cuanto a las especificaciones técnicas requeridas y ofertadas, sin previa aceptación y autorización expresa del Administrador del Contrato. g) Incumplimiento de la cláusula de confidencialidad señalada en las presentes bases. h) No renovar o completar la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato si ello procediere por haberse cobrado el total o parte de ésta. i) Si la empresa hiciese traspaso de su contrato a otra persona natural o jurídica. En estos casos, el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ comunicará su decisión de poner término al contrato, mediante carta certificada despachada al domicilio de la empresa señalado en la comparecencia del respectivo contrato. La comunicación se entenderá efectuada dentro de tres días de despachada por correos. En todos los casos señalados precedentemente, salvo tratándose de causales no imputables al prestador de los servicios, el CRSM hará efectiva la boleta de fiel cumplimiento del contrato. 16.4 Procedimiento en caso de término anticipado del contrato Configurada una causal de término anticipado del contrato, por parte del Administrador del Contrato, la Dirección del CRSM comunicará por carta certificada al Adjudicatario la infracción contractual cometida, indicando los hechos que la constituyen y la causal de termino anticipado que se ha configurado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime convenientes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el CRSM dictará la respectiva Resolución poniendo fin anticipado al contrato. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el CRSM resolverá el recurso mediante resolución que se notificará a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario y al Coordinador del contrato. Contra el mencionado acto administrativo la adjudicataria podrá interponer los recursos administrativos establecidos en la ley 19.880. 16.5 Encargada de Recepción. El Centro de Referencia de Salud de Maipú designa como encargado de la recepción a al encargado de bodega central o quien la subrogue o reemplace. Quien tendrá como principales funciones el realizar las validaciones de los medicamentos y/o preparados recepcionados verificando que cumplan, con lo adquirido mediante la orden de compra en su totalidad. 16.6 Coordinador Técnico del Contrato El Centro de Referencia de Salud de Maipú designa como Coordinador Técnico de contrato al Q.F. Jefe de la Unidad de Farmacia del CRS de Maipú o quien lo subrogue o reemplace. Quien tendrá como principales funciones: - Evaluar y emitir los informes técnicos del cumplimiento del contrato en términos cualitativos, cuantitativos y de calidad cuando corresponda. 16.7 Coordinador Administrativo del Contrato El Centro de Referencia de Salud de Maipú designa como Coordinador Administrativo al Encargado de la Unidad de Adquisiciones del CRS de Maipú o quien lo subrogue o reemplace. Quien tendrá como principales funciones: - Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos; - Certificar la ejecución, operación, gestión del contrato, y notificar al Administrador de Contrato sobre la aplicación de multas cuando proceda. 16.8 Administrador del Contrato Para el cumplimiento de los aspectos administrativos del contrato, tales como vigencia de las Boletas de Garantía, vigencia del contrato y validación de multas, se designa como Administrador del contrato al Encargado de Contratos del Departamento de Adquisiciones del Centro de Referencia de Salud Maipú, o quien lo subrogue o reemplace. 16.9 Confidencialidad La información y todo antecedente de carácter personal o sensible que los participantes obtengan con motivo de esta licitación y su posterior ejecución tiene carácter de estrictamente confidencial y privado, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia; reservándose el Centro de Referencia de Salud de Maipú el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 16.10 Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales La empresa será empleador único y exclusivo de los trabajadores que se desempeñen en la prestación del servicio, y, por consiguiente, directamente responsables ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales, y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. El CRS de Maipú de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 Letra C y siguientes del Código del Trabajo, y lo dispuesto en el Decreto Supremo N°319 de 2006 del Ministerio del Trabajo, que aprueba el reglamento sobre acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, ejercerá en forma oportuna y periódica el derecho de información respecto de la empresa contratista, para conocer el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que dicha empresa tenga para con las personas que realicen la prestación de servicios contratada por el CRS de Maipú. Para estos efectos, la empresa adjudicada deberá informar en forma directa al CRS de Maipú y acreditar el monto pagado y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, mediante la exhibición de certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo o bien certificados emitidos por entidades o instituciones competentes en tanto se encuentren acreditadas para dicho efecto ante las Subsecretarías de Trabajo y de Previsión Social. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. De conformidad con lo establecido en el artículo 183-AB del código del trabajo; que señala, al referirse la contratación de empresas de servicios transitorios, “será de responsabilidad directa de la usuaria el cumplimiento de las normas referidas a la higiene y seguridad en el trabajo, incluidas las disposiciones legales y reglamentarias relativas al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ley Nº 16.744, especialmente las medidas de prevención de riesgos que deba adoptar respecto de sus trabajadores permanentes. Asimismo, deberá observar lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 bis de la ley Nº 16.744”; la empresa adjudicataria, en caso de serle aplicable dicha norma, deberá dar estricto cumplimiento a las citadas obligaciones legales. El CRSM fiscalizará dicho cumplimiento a través de su unidad de Prevención de Riesgos o quien la Dirección del establecimiento designe 17. DE LA FACTURACIÓN Y PAGO Atendido que el pago se realiza centralizadamente por la Tesorería General de la República a través de documento tributario electrónico (DTE), se deberá enviar éste al correo electrónico ofpartes.crsm@redsalud.gov.cl y a la casilla dipresrecepcion@custodium.com. El CRS de Maipú podrá reclamar en contra del contenido del documento tributario electrónico de la falta total o parcial en la entrega de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su publicación en el portal del Servicio de Impuesto Internos. En este caso, el reclamo será publicado en dicho portal y el proveedor tendrá que emitir la respectiva nota de crédito. La “Guía para Proveedores” es un documento guía para aquellos proveedores que emiten DTE a las diferentes instituciones del Gobierno central de Chile, el cual se adjunta. La recepción conforme deberá ser otorgada por el Recepción Técnica del contrato, el cual será responsable de adjuntar dicho documento en www.mercadopublico.cl. El pago de los documentos tributarios electrónicos se realizará centralizadamente por la Tesorería General de la República en los plazos que establece la normativa vigente. Los datos de la cuenta bancaria deberán ser proporcionados al CRS de Maipú al momento de la adjudicación. 18. DE LOS INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS 18.1 Antecedentes. Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al CRSM para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el proveedor. 18.2 Cobro de multas. EL CRSM estará facultado para cobrar las multas que se indican, en el caso que el Adjudicatario cometa las siguientes infracciones a las obligaciones que se establecen en estas Bases: 18.3 Multas - No devolver el contrato de servicio firmado dentro del plazo establecido en el numeral 8 de las bases administrativas: 3UTM por día hábil de retraso atribuible al adjudicatario. - Difundir, divulgar o comunicar, sin la expresa autorización del CRSM, todo o parte del informe, documento o servicio contratado. 5 UTM - Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 5 UTM por cada incumplimiento - Por incumplimiento en el tiempo de despacho establecido en Anexo N°4, la multa será de 1 UTM por cada día de atraso. - No contar con stock suficiente para abastecer al CRS Maipú, , la multa será de 3 UTM por cada evento. - Por cambio del producto adjudicado, la multa será de 3 UTM. - Por no respetar la garantía ofertada, la multa será de 6 UTM. Con todo y de conformidad a lo prescrito en el artículo 79 TER, inciso segundo, del Decreto Supremo 250 de Ministerio de Hacienda de 2004, que contiene el reglamento de la ley 19.886, las multas que se aplicaren no podrán sumar más de un 5% del monto total del contrato. La reiteración de estas faltas dará derecho a que el CRSM ponga término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas. 18.4 Procedimiento para aplicación de multas Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Administrador del Contrato, la Dirección del CRSM comunicará al Adjudicatario la infracción cometida, indicando los hechos que la constituyen y el monto de la multa que se aplicaría. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime convenientes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el CRSM dictará la respectiva Resolución aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, se resolverá el recurso mediante resolución la que se notificará través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario. 18.5 Procedimiento de Reposición El adjudicatario dispondrá del plazo de ocho días hábiles, a contar de la fecha de emisión de la carta certificada que notifica la Resolución que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. 18.6 Cobro de la multa Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de las multas será rebajado del pago que el CRSM deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta al CRSM al término anticipado del contrato. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del CRSM. 19. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 19.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación pública, ni con la ejecución de él o los Contratos u Ordenes de Compras que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los Contratos u Ordenes de Compras que de ello se deriven. 19.2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 19.3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 19.4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 19.5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los Contratos que de ellos se derivase. 19.6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 19.7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 19.8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 20. DISPOSICIONES FINALES ________________________________________________________________________________ Para todos los efectos de estas Bases, el CRSM y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus Tribunales
Técnico
BASES TÉCNICAS “SUMINISTRO DE FRACCIONAMIENTO DE MEDICAMENTOS Y PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ” La presente licitación tiene como objetivo, la contratación de Suministro de Medicamento Recetario Magistral para el Centro de Referencia de Salud de Maipú, - en adelante CRS-. En las presentes Bases Técnicas se establecen los fines, condiciones, requisitos y aspectos técnicos que deberán ser observados y cumplidos por los oferentes en todas y cada una de las partes que conforman su propuesta. 1. LOS PRODUCTOS - El Centro de Referencia se reserva el derecho de solicitar la validación técnica de cualquiera de los fármacos ofertados, ya sea en el Instituto de Salud Pública o donde estime pertinente. Los costos en que se incurran por este concepto, serán de cargo del proveedor - De existir esta evaluación, el informe deberá señalar categóricamente la aceptabilidad del producto y contener el nombre y firma del profesional responsable de la evaluación - Del mismo modo, el CRS podrá exigir certificado de evaluación de los productos bajo normas tales como ISO9000, GMP u otras. 2. ENVASES Y ROTULACIONES - Los envases unitarios, fármacos, empaques múltiples y rotulados deberán corresponder a los estipulados en los registros del Instituto de Salud Pública. - Los envases de fármacos o empaques de venta, deben presentarse con la identificación completa señalada en el punto anterior y la cantidad de unidades que contiene cada uno. - Los envases de venta deberán ser de resistencia adecuada al peso del contenido. Se entregarán debidamente sellados para asegurar su inviolabilidad y cantidad., deben facilitar la maniobrabilidad y la conservación. - Los envases unitarios deben estar completamente sellados, Asegurando la esterilización, cuando así corresponda. 3. VENCIMIENTO - Los productos, no podrán tener al día de su recepción en Bodega una vigencia inferior a 30 días, o quedara sujeta a la naturaleza y estabilidad del principio activo contenido en el preparado magistral. 4. REQUISITO PARA ADMISIBILIDAD DE LA OFERTA: Cumplir a cabalidad con la descripción (glosa) del medicamento o preparado indicados en el listado de producto descrito en el punto N°5 Todos los preparados magistrales o fraccionados magistrales deben contener tanto en su envase primario, como también secundario, el rotulo de identificación del fármaco con a lo menos al siguiente información: A) Nombre del principio activo (en denominación común internacional). B) Concentración o potencia (según corresponda). C) Cantidad total de producto por envase y forma farmacéutica. D) Número de registro de elaboración del recetario. E) Fecha de vencimiento, expresado en día, mes y año. F) Precauciones de almacenamiento y conservación (cuando corresponda). Para la acreditación del requisito anterior, deberán adjuntar una imagen con el rotulo del producto ofertado. Las ofertas que no cumplan con este requisito o que presenten un producto distinto del contenido en la tabla del punto N°5, se declararán inadmisibles. Productos Refrigerados: Todos los oferentes deberán cumplir con las siguientes condiciones de entrega para los medicamentos refrigerados: 1) Cooler o contenedor adecuado al producto que se entrega 2) Pack frio o Conservador de Temperatura 3) Respetar condiciones de temperatura y vigencia conforme a lo que indique el envase del medicamento y lo establecido en el decreto 79 del MINSAL. En caso contrario los productos quedaran sujetos a validación y el oferente estará obligado a cambia el medicamento a requerimiento del CRSM. El incumplimiento de las condiciones anteriormente descritas, la cuales serán verificadas en el momento de recepción de farmacia del CRS, con los medios disponibles (termómetro u otro instrumento de medición), será causal para la devolución de los productos y las multas o causales de contrato que correspondan.