Licitación ID: 2115-61-LE21
Servicio Normalizacion Electrica central Rack
Responsable de esta licitación: CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPU, Departamento de Abastecimiento
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES, ver bases publicas, técnicas y económicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio Normalizacion Electrica central Rack
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Centro de Referencia de Salud de Maipú requiere contratar el servicio de normalización de instalaciones eléctricas de la sala de rack de comunicaciones, para asegurar el continuo y normal funcionamiento en el tiempo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPU
Unidad de compra:
Departamento de Abastecimiento
R.U.T.:
65.061.030-k
Dirección:
Camino Rinconada 1001
Comuna:
Maipú
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-12-2021 15:05:00
Fecha de Publicación: 15-12-2021 16:51:43
Fecha inicio de preguntas: 15-12-2021 17:03:00
Fecha final de preguntas: 20-12-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-12-2021 22:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-12-2021 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-12-2021 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 15-02-2022 16:31:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ver punto 12. DE LAS OFERTAS, bases administrativas, anexos
2.- visita a terreno 20 de Diciembre a las 10:00 AM, contacto Sr. Nicolas Corral, Jefe Depto. Gestión de la Operación
Documentos Técnicos
1.- 12.DE LAS OFERTAS, bases técnicas, anexos
 
Documentos Económicos
1.- ver punto 15.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Deberán presentar antecedentes escritos que respalden la información solicitada 25%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 60%
3 Integración de personas discapacitadas y mayores d Ver punto 15.4 2%
4 Experiencia de los Oferentes Los oferentes deben presentar su experiencia efectiva, consignando lo requerido en el Anexo N°7 (acompañando los antecedentes que ahí se indican) 13%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marcelo teke Veloso
e-mail de responsable de pago: marcelo.teke@crsmaipu.cl
Nombre de responsable de contrato: Jaime Diaz Piutrin
e-mail de responsable de contrato: jaime.diaz@crsmaipu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25746485-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
17.4 PROHIBICIÓN DE CESIÓN El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD MAIPU
Fecha de vencimiento: 22-04-2022
Monto: 5 %
Descripción: El o los documentos que garanticen el Fiel Cumplimiento del Contrato deberá expresar que posee el carácter de “irrevocable”. Podrá ser tomada por el oferente o por un tercero. Se podrán presentar en formato electrónico o en papel.
Glosa: FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES DEL CRS DE MAIPÚ”. Junto a la glosa señalada, deberá el documento indicar el número de identificación de la propuesta en Mercado Público, denominada en el Portal: Número de la Adquisición o ID.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su vencimiento que fue establecido en las bases. Esta podrá ser retirada por el oferente, previa coordinación con el Departamento de Gestión Financiera.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMNINISTRATIVAS
BASES ADMINISTRATIVAS SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES DEL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ 1. ANTECEDENTES GENERALES El Centro de Referencia de Salud de Maipú, en adelante, CRS Maipú o CRSM, es un servicio público descentralizado, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Salud, cuya misión es satisfacer las necesidades de salud de la población, preferentemente personas mayores del polo de Maipú y Cerrillos, así como de otros establecimientos, en coordinación con la red del Servicio de Salud Metropolitano Central o FONASA, brindando una atención médica especializada, oportuna, con calidad técnica, humanizada, integral, oportuna y resolutiva. En dicho contexto, se encuentra facultado legalmente para la compra de bienes y servicios externos, para dar cumplimiento a las tareas y funciones, generales o específicas, aun cuando sean propias y/o habituales. 2. BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Están destinadas a regular la Licitación Pública mediante la cual el Centro de Referencia de Salud de Maipú, convoca a personas naturales y/o jurídicas para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES de acuerdo con los requerimientos específicos señalados en las Bases Técnicas de este documento. 3. DOMICILIO Para todos los efectos, el mandante fija su domicilio en Camino a Rinconada Nº1001, comuna de Maipú. 4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS En las presentes bases administrativas y para los efectos de las bases técnicas, los términos que a continuación se indican, expresan lo siguiente: El CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD, CRS MAIPÚ O CRSM: el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ. El Mandante: el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD representado por su Director(a). Proponente u Oferente: proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. Oferta: la cotización ofrecida por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. Bases: documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el CRSM, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas y los documentos Anexos que se acompañan. Bases Administrativas: documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. Bases Técnicas: documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. Contrato de Servicios: aquél mediante el cual el CRSM encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato. Comisión: comisión de funcionarios del CRSM designados por su Director(a) con el objeto de asesorarla en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas. Precio de Referencia: corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado. Administrador del Contrato: funcionario del CRSM encargado de supervisar los aspectos administrativos del contrato. Coordinador Técnico del Contrato: funcionario del CRSM encargado de supervisar y fiscalizar los aspectos técnicos y el correcto cumplimiento del mismo. 5. ÁMBITO DE APLICACIÓN Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada por el CRSM, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES PARA EL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ a ejecutarse en las dependencias del CRSM para los pacientes beneficiarios. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del CRSM y publicado en el portal www.mercadopublico.cl relacionado con el presente llamado a licitación pública. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 6. OBJETO El objeto de esta licitación es la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES DEL CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ, para las instalaciones del establecimiento, ubicadas en Av. Camino a Rinconada N°1001, comuna de Maipú. El presupuesto de referencia del presente llamado a licitación es de $9.000.000.- (Nueve millones de pesos) impuestos incluidos. El servicio requerido podría aumentar producto de eventuales ampliaciones de financiamiento y por necesidades del servicio. Con todo, el incremento no podrá superar el 30% del total contratado. 7. DE LOS OFERENTES Podrán participar en la presente licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme a la ley N°19.886 y su reglamento cumpliendo con los demás requisitos que ésta señale y con los que exige el derecho común. Aquellos participantes que no estén inscritos en el portal Chile Proveedores, al momento de presentación de las ofertas, dicho requerimiento les será exigido previo a la firma del contrato. Quedarán excluidos de esta licitación quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años. Asimismo, debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso sexto del artículo 4 de la Ley 19.886, esto es que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19.653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM o más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Se adjuntarán formularios tipo con relación a las inhabilidades precedentemente señaladas los que deberán ser completados y firmados por los oferentes, a través de los cuales éstos declararán no estar afectos a aquellas, los que forman parte de estas bases. De conformidad con lo establecido en el artículo 183-AB del código del trabajo; que señala, al referirse la contratación de empresas de servicios transitorios, “será de responsabilidad directa de la usuaria el cumplimiento de las normas referidas a la higiene y seguridad en el trabajo, incluidas las disposiciones legales y reglamentarias relativas al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la ley Nº 16.744, especialmente las medidas de prevención de riesgos que deba adoptar respecto de sus trabajadores permanentes. Asimismo, deberá observar lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 bis de la ley Nº 16.744”; la empresa adjudicataria, en caso de serle aplicable dicha norma, deberá dar estricto cumplimiento a las citadas obligaciones legales. El CRSM fiscalizará dicho cumplimiento a través de su unidad de Prevención de Riesgos o quien la Dirección del establecimiento designe. 8. PERIODOS DE CONSULTAS, ACLARACIONES, RESPUESTAS Y APERTURA. Las consultas, como asimismo las respuestas y aclaraciones que el CRSM estime necesario hacer a las Bases y/o sus documentos anexos, deberán realizarse exclusivamente a través de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos de días corridos que se señalan, que se contarán a partir de la fecha de su publicación en el referido portal. De ser el último día de los plazos no hábil, éste se pospondrá para el día hábil siguiente. Plazo para realizar consultas: Días corridos, desde el 1° día al 6° día, ambos incluidos. Plazo para entrega de respuestas: Hasta el 2° días corridos, luego de concluido el plazo para realizar consultas. Visita a Terreno Obligatoria Quinto día corrido desde su publicación Horario de 10:00 AM, si es día inhábil se realizará el primer día hábil correspondiente a la fecha que por defecto entrega www.mercadopublico.cl. Plazo de Cierre de Recepción de Ofertas: El 10° día corrido desde su publicación. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. De vencerse el plazo en alguno de dichos días, el plazo de cierre de la recepción de ofertas será el día siguiente hábil de aquél, a las 15:05 horas. Fecha de Apertura: La Apertura de las ofertas se efectuará el mismo día del Cierre de la Recepción de las Ofertas a las 15:05 horas. Acta de Apertura: Se publicará un Acta de Apertura generada automáticamente por el portal www.mercadopublico.cl. Plazo de evaluación de ofertas: Hasta 10 días hábiles desde la fecha del acta de apertura publicada en portal de www.mercadopublico.cl. Plazo de adjudicación: Hasta 10 días hábiles vencido el plazo de evaluación de ofertas Plazo para firmar Contrato: A más tardar dentro de 30 días corridos siguientes a la fecha de la adjudicación. El CRSM se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. De ser necesaria una modificación a las bases, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. Cuando se modifiquen las bases, se prorrogará el plazo para la presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de los antecedentes, considerando lo indicado en el párrafo anterior. Con todo, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas. 9. COMUNICACIONES Cualquier comunicación que deba realizar el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ con los proponentes será mediante el portal www.mercadopublico.cl. Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en el portal www.mercadopublico.cl, haciendo uso del ID correspondiente a la presente licitación. Las respuestas y aclaraciones serán emitidas por el CRSM. Todo lo anterior de acuerdo con las fechas señaladas en el portal www.mercadopublico.cl. Se deja constancia que sólo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el CRSM. 10. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 10.1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación pública, ni con la ejecución de él o los Contratos u Ordenes de Compras que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los Contratos u Ordenes de Compras que de ello se deriven. 10.2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 10.3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 10.4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 10.5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los Contratos que de ellos se derivase. 10.6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 10.7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 10.8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 11. VISITA A TERRENO Se requerirá visita a terreno de carácter obligatorio para ofertar en este proceso licitatorio, quedará estipulado en punto 8, de las presentes Bases Publicas. 12. DE LAS OFERTAS 12.1 ASPECTOS GENERALES La licitación se adjudicará a la mejor oferta, de conformidad a lo señalado en estas bases. No habrá adjudicación por líneas o rubros. La Oferta, Económica y Técnica, deberá ser presentada en los formatos de la presente licitación disponibles en el portal www.mercadopublico.cl. La única excepción en cuanto a documentos que pueden ser presentados en soporte de papel es lo que al respecto dispone el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Las ofertas deberán tener una vigencia de 60 días corridos desde la fecha de apertura de la propuesta. 12.2 DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS. Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado ANEXOS ADMINISTRATIVOS del portal, los siguientes antecedentes: Identificación del Oferente (Anexo N°1) Declaración jurada simple del representante legal de la empresa que declara en forma juramentada que ésta no se encuentra impedida de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N°20.393 que “Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica”, ni está afecta a las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, incisos 1° y 6° de la ley 19.886 (Anexo N° 2) Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en esta Licitación, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el CRSM y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Todo lo anterior de conformidad y dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el Artículo 67 Bis del Reglamento de la Ley 19.886. Los Oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información: Documentación que acredite constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor. Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería. Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal. 12.3 DE LA OFERTA TÉCNICA Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas. Para ello el CRSM adjunta anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal y los elementos que pone a disposición para el desarrollo del servicio y el cumplimiento de los objetivos. Toda la información, deberá ser adjuntada (digitalmente) en el apartado ANEXOS TÉCNICOS del portal www.mercadopublico.cl. 12.4 DE LA OFERTA ECONÓMICA. La Oferta económica deberá ser expresada en pesos sin impuestos, neto y debe corresponder al valor ofertado; esta oferta no será reajustable durante el período que dure el contrato. La oferta (Anexo N°3) deberá ingresarse sólo en el apartado OFERTA ECONÓMICA del portal www.mercadopublico.cl. Unión Temporal de Proveedores Si dos o más proveedores se unen para el efecto participar en esta Licitación, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el CRS de Maipú y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. El representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Todo lo anterior de conformidad y dando cumplimiento a los demás requisitos prescritos por el artículo 67 Bis del reglamento de la ley 19.886. 13. GARANTÍAS 13.1 ANTECEDENTES GENERALES Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N°19.886 y su reglamento. Se podrá utilizar uno o más instrumentos, ya sea en formato electrónico o en papel. Los documentos deberán cumplir con los siguientes requisitos: Expresar su monto en pesos. Estar tomados a favor del “Centro de Referencia de Salud de Maipú”, RUT 65.061.030-K Estar tomados por el oferente o por un tercero. Mencionar el nombre o ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social del constituyente. Ser pagaderas a la vista e irrevocables. 13.2 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Para este proceso licitatorio no se solicitará este tipo de garantía. 13.3 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma, por el adjudicatario, de las obligaciones que impone el contrato como, asimismo, garantiza las obligaciones laborales y sociales de la empresa con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley Nº19.886. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El CRSM exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. La garantía de fiel cumplimiento deberá entregarse al CRSM al momento de suscribir el contrato entregándose el documento en oficina de partes del CRSM. En caso de que el documento de garantía sea electrónico este podrá ser enviado a los siguientes correos electrónicos: oficina departes@crsmaipu.cl y andrea.farias@crsmaipu.cl, sin la necesidad de ser entregado físicamente. Si no se presenta esta garantía en tiempo y forma, el CRSM podrá dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Para este proceso, el monto de la garantía será el correspondiente al 5% del precio del contrato, en pesos, y tendrá una vigencia de a lo menos 60 días hábiles contados desde la fecha de término del contrato. Será entregada al adjudicatario al término de su vigencia, previa verificación del cumplimiento de todas las obligaciones contraídas por la empresa y de los requisitos que el contrato estipula para su devolución. El o los documentos de garantía deberá indicar que garantiza (Glosa): “FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES DEL CRS DE MAIPÚ”. Junto a la glosa señalada, deberá el documento indicar el número de identificación de la propuesta en Mercado Público, denominada en el Portal: Número de la Adquisición o ID. El o los documentos que garanticen el Fiel Cumplimiento del Contrato deberá expresar que posee el carácter de “irrevocable”. Podrá ser tomada por el oferente o por un tercero. Se podrán presentar en formato electrónico o en papel. La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde su vencimiento que fue establecido en las bases. Esta podrá ser retirada por el oferente, previa coordinación con el Departamento de Gestión Financiera. 14. REVISIÓN FORMAL DE LAS OFERTAS Las ofertas ingresadas a través del portal serán objeto de una revisión formal. La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos, por lo cual será objeto de evaluación. Se considerarán siempre inadmisibles las ofertas extemporáneas y aquellas que no den cumplimiento a los requisitos obligatorios de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores o reparos, no lo hubiesen subsanado o corregido en el plazo otorgado. Asimismo, los siguientes hechos permitirán declarar la inadmisibilidad de una oferta en cualquier etapa del proceso, aun cuando esta haya sido validada técnica y administrativamente: Cuando el proveedor por cualquier medio dé a conocer al CRSM su oferta económica antes de la apertura económica electrónica; Cuando la oferta económica o técnica no conste en los formularios disponibles para tal efecto; Cuando la información económica contenida en anexo acompañado a la licitación sea contradictoria con la de la oferta registrada en el portal www.mercadopublico.cl. Cuando el CRSM constate de manera fehaciente la falsedad de alguna declaración del oferente en cualquier documento de la presente licitación. 15. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, integrada por los siguientes funcionarios del CRSM, o sus subrogantes: Subdirector/a de Gestión Administrativa y Financiera, Jefe de la Unidad de Tecnologías de la información, Jefe de la Unidad de Gestión de la Operación y Jefe de la Unidad de Mantención. La declaración de admisibilidad de una oferta implica que ésta ha cumplido con los requisitos administrativos y técnicos obligatorios por lo cual será objeto de evaluación. El CRSM solicitará a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información. No obstante, la asignación de un menor puntaje, el CRSM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, el oferente deberá acompañar las certificaciones o antecedentes dentro del plazo fatal de 48 horas, contado desde el requerimiento del CRSM informado a través del portal www.mercadopublico.cl. La Comisión de Evaluación, deberá emitir un informe comparativo de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, y hará una propuesta fundada de adjudicación a la Dirección del CRSM, o en su defecto de declarar desierta la Licitación. Criterios de Evaluación El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los siguientes: N° Factor de Evaluación Ponderación 1 Evaluación Económica 60 % 2 Evaluación Técnica 25 % 3 Experiencia de los Oferentes 13 % 4 Integración del Trabajador 2 % 15.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA Se tomará como referencia el monto de la mejor oferta económica, asignándole una ponderación del 60%. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta calculando el porcentaje de cada oferta presentada en relación con la más económica, de acuerdo con lo consignado por el oferente en el Anexo N°3. Fórmula de Cálculo: % Oferta (i)=(Valor oferta mas economica)/(Valor oferta (i) )*60 Siendo “Oferta (i)”; la oferta en evaluación tanto para el servicio como para el insumo. 15.2 EVALUACIÓN TÉCNICA Deberán presentar antecedentes escritos que respalden la información. Los factores por evaluar son los siguientes: N° Especificación Puntaje 1 Cumplimiento de especificaciones técnicas: Presenta anexo N°4 El oferente deberá adjuntar una propuesta técnica referente al servicio de normalización de instalaciones eléctricas solicitado. 20 2 Propuesta de plazos de ejecución y programación: Presenta anexo N°5 1. Presenta plazo de ejecución (10 puntos): De 15 días hábiles (2 puntos) Entre 10 y 14 días hábiles (4 puntos) Entre 7 y 9 días hábiles (6 puntos) Entre 1 y 6 días hábiles (10 puntos) 2. Presenta programación de los trabajos (Carta Gantt) (10 puntos) La propuesta superior a 15 días hábiles, serán desestimada. 20 3 Propuesta de plazos de garantía postventa: Presenta anexo N°6 Garantía de 24 meses (20 puntos) Garantía de 18 meses (15 puntos) Garantía de 12 meses (10 puntos) La propuesta con garantía inferior a 12 meses, será desestimada. 20 La asignación de puntaje se efectuará en función de la cantidad de características evaluadas de acuerdo con la formula indicada a continuación: Fórmula de Cálculo: % Oferta (i)=(Puntos oferta (i))/60*25 Siendo “Puntos oferta (i)” la cantidad de puntos obtenidos por cada oferente. Aquellas ofertas cuyos puntajes en el factor de evaluación “Requisitos Técnicos” sean inferiores a 40 puntos, no continuarán en evaluación, desestimándose su propuesta. 15.3 EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES Los oferentes deben presentar su experiencia efectiva, consignando lo requerido en el Anexo N°7 (acompañando los antecedentes que ahí se indican). Se evaluará de la siguiente manera: Experiencia en el rubro de Instalaciones Eléctricas Deberá acreditar la prestación de los servicios requeridos en los últimos 2 años (contados desde la fecha cierre de recepción de ofertas). Solo se evaluará la experiencia declarada en el Anexo N°7. La asignación de puntaje se realizará como sigue: N° Características Ponderación % 1 Empresa no presenta experiencia durante los últimos 2 años. 0% 2 Empresa presenta una experiencia de 1 a 4 instituciones durante los últimos 2 años. 4% 3 Empresa presenta una experiencia de 5 a 7 instituciones durante los últimos 2 años. 8% 4 Empresa presenta una experiencia de 8 o más instituciones durante los últimos 2 años. 13% 15.4 INTEGRACIÓN DEL TRABAJADOR 15.4.1 Integración de personas discapacitadas Para obtener el puntaje, el oferente deberá acreditar la integración de al menos una persona discapacitada que participe en la empresa, para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente: (anexo N°8) Copia de Cedula de Identidad Credencial Servicio de Registro Civil e Identificación Chile Registro Nacional de la Discapacidad (copia simple) Contrato que demuestre la relación contractual vigente y Cotización de AFP/FONASA, AFP/ISAPRE (al menos uno de los últimos 3 meses) Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla: N° Categoría Ponderación 1 Sí se acredita participación de persona con discapacidad 1% 2 No se acredita participación de persona con discapacidad 0% 15.4.2 Integración de personas mayores de 60 años o más Para obtener el puntaje, el oferente deberá acreditar la integración de al menos una persona de 60 años o más que participe en la empresa, para lo cual debe incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, lo siguiente: Copia de Cedula de Identidad Contrato que demuestre la relación contractual vigente y Cotización de AFP/FONASA, AFP/ISAPRE (al menos uno de los últimos 3 meses) Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla: N° Categoría Ponderación 1 Sí se acredita participación de persona de 60 años o más 1% 2 No se acredita participación de persona de 60 años o más 0% 15.7 Consideraciones complementarias En caso de que se incorporen antecedentes a requerimiento del CRSM de conformidad a las presentes bases y lo prescrito en el inciso segundo del Art. 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, se descontará el 5% del total del puntaje ponderado obtenido a la oferta evaluada. En caso de producirse un empate en el puntaje de los factores evaluados, el criterio de desempate será priorizando los siguientes elementos en el mismo orden de presentación: Mejor resultado en el Factor de Evaluación Técnica. Mejor resultado en el Factor de Evaluación Experiencia de los Oferentes. Mejor resultado en el Factor de Evaluación Tiempo de respuesta. 16. DE LA DECISIÓN DEL PROCESO DE LICITACIÓN La decisión del proceso será adoptada por la Dirección del CRSM, a proposición de la Comisión Evaluadora. 16.1 DECLARACIÓN DE PROCESO DESIERTO. El CRSM declarará desierta una licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si éstas fueren desestimadas por no cumplir con los requisitos obligatorios contemplados para ellas en estas Bases o no resultaren convenientes a sus intereses, de conformidad al resultado del proceso de evaluación. Se considerará inconveniente para los intereses de la Institución una oferta económica que sobrepase sustancialmente los precios de referencia señalados en estas Bases o sobrepase el presupuesto estimado para esta Licitación. Lo anterior será determinado, al momento de la evaluación de las ofertas a través de consulta de la comisión evaluadora a la Subdirección de Gestión Administrativa y Financiera del CRSM, la que, con un informe fundado de la jefatura del Departamento de Finanzas, se pronunciará por escrito al respecto. 16.2 ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA. Se adjudicará la propuesta a la oferta mejor evaluada, aun cuando no sea la más económica. 16.3 NOTIFICACIÓN DE LA DECISIÓN DE COMPRA. La Resolución que resuelve el proceso licitatorio se notificará a través del Sistema de Información de Compras Públicas, Portal www.mercadopublico.cl. De la facultad de readjudicar. El CRSM podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario. Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en el plazo estipulado para aquello, sin una razón fundada. Si el adjudicatario se desiste de su oferta. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 10 días hábiles desde subida la resolución de adjudicación al portal, en caso que dicho trámite no se encuentre en tramitación.
CONTRATO
17. DEL CONTRATO El Contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del CRSM de conformidad a lo que se expresa en las bases, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Formarán parte integrante del contrato: las presentes Bases Administrativas y Técnicas y la Resolución de la Dirección del CRSM que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, y la oferta adjudicada; las normas de pabellón y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en el CRSM. El CRSM podrá dejar sin efecto la adjudicación, en el evento que el adjudicado no suscriba el contrato y, facultativamente, readjudicar a una de las ofertas presentadas en la licitación, situación de la cual se deberá dejar constancia en el portal www.mercadopublico.cl. 17.1 DE LA VIGENCIA La vigencia del contrato comenzará en la fecha de su suscripción y tendrá una duración de 12 meses, a partir de la recepción conforme del Servicio de Normalización Eléctrica. Por razones de buen servicio, las prestaciones objeto de esta contratación podrán comenzar a entregarse a partir de la fecha de la adjudicación, sin perjuicio que los pagos correspondientes se efectuarán solo a partir de la total tramitación de la resolución de la Dirección del CRSM que aprueba el contrato. 17.2 CAUSALES DE TÉRMINO Las partes podrán poner término al contrato en cualquier momento de común acuerdo. El CRSM se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si se produce una de las siguientes causales: a) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. c) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, sin la debida regularización. d) Si por razones de ley, actos de autoridad, caso fortuito o fuerza mayor sea imperioso terminarlo. e) Si las multas aplicadas, excedieren el 5% del valor total del contrato. f) Disminución notoria, evaluada y certificada por el CRSM, de las capacidades técnicas del Adjudicatario (equipos o personal) que vaya en desmedro de la calidad del servicio contratado, y no subsanada en el plazo de 30 días corridos contado desde la constatación del hecho y comunicado el respectivo informe al adjudicatario. En caso de ser subsanadas las observaciones anteriormente descritas, pero posteriormente se verifique nuevamente una disminución notoria, evaluada y certificada por el CRSM de las condiciones adjudicadas y/o capacidades técnicas del adjudicatario que vaya en desmedro de la calidad del servicio contratado, sólo procederá dar curso al término anticipado del contrato, sin la posibilidad de otorgamiento de un plazo para subsanar las observaciones. g) Si se advirtieren cambios o modificaciones en los servicios contratados en cuanto a las condiciones técnicas requeridas y ofertadas, sin previa aceptación y autorización expresa del Administrador y/o del Coordinador del Contrato. h) Incumplimiento de la cláusula de confidencialidad señalada en las presentes bases. i) No renovar o completar la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato si ello procediere por haberse cobrado el total o parte de ésta. j) Si la empresa hiciese traspaso de su contrato a otra persona natural o jurídica. En estos casos, el CENTRO DE REFERENCIA DE SALUD DE MAIPÚ comunicará su decisión de poner término al contrato, mediante carta certificada despachada al domicilio de la empresa señalado en la comparecencia del respectivo contrato. La comunicación se entenderá efectuada dentro de tres días de notificada. En todos los casos señalados precedentemente, salvo tratándose de causales no imputables al prestador de los servicios, el CRSM hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 17.3 PROCEDIMIENTO EN CASO DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Configurada una causal de término anticipado del contrato, por parte del Administrador y/o del Coordinador del Contrato, la Dirección del CRSM comunicará por carta certificada al Adjudicatario la infracción contractual cometida, indicando los hechos que la constituyen y la causal de termino anticipado que se ha configurado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime convenientes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el CRSM dictará la respectiva Resolución poniendo fin anticipado al contrato. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el CRSM tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario. Contra el mencionado acto administrativo la adjudicataria podrá interponer los recursos administrativos establecidos en la ley 19.880. 17.4 PROHIBICIÓN DE CESIÓN El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato. 17.5 COORDINADORES, ADMINISTRADOR Y CONFIDENCIALIDAD 17.5.1. Coordinador/a Técnico/a del Contrato El Centro de Referencia de Salud de Maipú supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, a través del Jefe de la Unidad de Mantención, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones: - Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato; - Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos; - Evaluar y emitir los informes técnicos del cumplimiento del contrato en términos cuantitativos, cualitativos y de calidad. Estos informes deberán ser emitidos mensualmente y deben considerar los incumplimientos que impliquen la aplicación de multas según las presentes bases. Los informes deben ser remitidos al Administrador del Contrato para las acciones administrativas correspondientes que prosigan; 17.5.2. Administrador/a del Contrato Para el cumplimiento de los aspectos administrativos del contrato, tales como vigencia de las Boletas de Garantía, vigencia del contrato y validación de multas, el CRSM designa al profesional de adquisiciones del establecimiento para que cumpla las funciones de Administrador/a del Contrato. 17.5.3. Supervisor/a Técnico/a del Adjudicatario El adjudicatario deberá designar a una persona (Anexo N°9), para que cumpla la coordinación con el Coordinador Técnico del Contrato y el Administrador del Contrato, ambos del CRSM; la persona designada por el adjudicatario deberá coordinar la ejecución de todos los servicios realizados por el adjudicatario. Aun cuando posteriormente sea modificable, el oferente deberá consignar a la persona que cumplirá dicho rol. 17.5.4. Confidencialidad La información y todo antecedente de carácter personal o sensible que los participantes obtengan con motivo de esta licitación y su posterior ejecución tiene carácter de estrictamente confidencial y privado, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia; reservándose el Centro de Referencia de Salud de Maipú el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 18. DE LA FACTURACIÓN Y PAGO La facturación deberá realizarse mensualmente, por mes vencido y previa recepción conforme de los servicios otorgado por la Contraparte Técnica. Atendido que el pago se realiza centralizadamente por la Tesorería General de la República a través del documento tributario electrónico (DTE), se deberá enviar éste al correo electrónico oficinadepartes@crsmaipu.cl y a la casilla dipresrecepcion@custodium.com. El CRS de Maipú podrá reclamar en contra del contenido del documento tributario electrónico de la falta total o parcial en la entrega de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su publicación en el portal del Servicio de Impuesto Internos. En este caso, el reclamo será publicado en dicho portal y el proveedor tendrá que emitir la respectiva nota de crédito. La “Guía para Proveedores” es un documento guía para aquellos proveedores que emiten DTE a las diferentes instituciones del Gobierno central de Chile, el cual se adjunta. La recepción conforme deberá ser otorgada por el coordinador técnico del contrato. El pago de los documentos tributarios electrónicos se realizará centralizadamente por la Tesorería General de la República en los plazos que establece la normativa vigente. Los datos de la cuenta bancaria deberán ser proporcionados al CRS de Maipú al momento de la adjudicación a los siguientes correos electrónicos: sofia.rodriguez@crsmaipu.cl y marcelo.teke@crsmaipu.cl. 19. DE LOS INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS 19.1 ANTECEDENTES Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al CRSM para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas la garantía que tenga constituida el proveedor. Los incumplimientos serán consignados por el Coordinador Técnico del Contrato del CRSM y comunicadas al Administrador del Contrato del CRSM; será este último quien la comunique formalmente al adjudicatario. 19.2 MULTAS EL CRSM estará facultado para cobrar las multas que se indican, en el caso que el Adjudicatario cometa las siguientes infracciones a las obligaciones que se establecen en estas Bases: Tipo de multa Situaciones para la aplicación de multa, según tipo Multa Leve - No devolver el contrato de servicio firmado dentro del plazo establecido. 3 UTM - No contar con la debida identificación en el horario laboral, por evento. Grave - Incumplimiento respecto a las especificaciones técnicas, por evento. - Incumplimiento de plazo de ejecución de la oferta presentada, por día de atraso. - Difundir, divulgar o comunicar, sin la expresa autorización del CRSM, todo o parte del informe, documento o servicio contratado. - No cumplimiento por parte de los trabajadores de la empresa de las medidas preventivas COVID-19 y de las medidas de seguridad y uso de los correspondientes implementos de seguridad y/o protección personal. - Concurrencia de personal no acreditado ni autorizado previamente por la empresa ante el CRSM. - Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. - De comprobarse la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. - El Incumplimiento de normas de seguridad. 5 UTM, por evento Muy grave - Si producto de la manipulación de las instalaciones eléctricas se produjera un incidente o un evento que provocara un daño en el personal del CRSM. - Si se comprobara daño, pérdida, mal uso o desperfectos de las instalaciones, equipamiento y/o infraestructura del CRSM ocasionado por el personal de la empresa adjudicada. 10 UTM, por evento El monto de las multas no podrá sobrepasar el 5% del monto total del contrato. Las multas serán descontadas del proceso de pago del mes siguiente correspondiente a la notificación realizada. 19.3 PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Coordinador del Contrato, la Dirección del CRSM comunicará al Adjudicatario la infracción cometida, indicando los hechos que la constituyen y el monto de la multa que se aplicaría. A contar del tercer día hábil de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime convenientes. Vencido el plazo sin presentar descargos, el CRSM dictará la respectiva Resolución aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el CRSM resolverá mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de carta certificada al Representante legal del adjudicatario y al Coordinador del contrato. 19.3.1 Procedimiento de Reposición El adjudicatario dispondrá del plazo de ocho días hábiles, a contar de la fecha de notificación de la Resolución que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición. La Dirección del CRSM resolverá, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. 19.4 COBRO DE LA MULTA Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa. El monto de la multa será cobrado directamente al adjudicatario y deberá ser transferido a la cuenta: de CRS Maipú, Rut : 65.061.030-K, Cuenta Corriente : 9700510, Banco :Estado, Correo: sofia.rodriguez@crsmaipu.cl El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta al CRSM la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del CRSM. 19.5 COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El adjudicatario podrá ser sancionado por el CRSM con el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos: a) No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado del CRSM. b) Incumplimiento de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados, a requerimiento fundado del CRSM. c) Interrupción del servicio sin expresión de causa por parte del adjudicatario y sin previo acuerdo con el CRS Maipú. d) Casos señalados en numeral 17.2, de las presentes Bases Administrativas 20. DISPOSICIONES FINALES Para todos los efectos de estas Bases, el CRSM y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus Tribunales.
BASES TECNICAS
1. OBJETIVO DE LA LICITACION ________________________________________________________________________________ Se requiere contratar el SERVICIO DE NORMALIZACION ELECTRICA EN LA SALA DE SERVIDORES, para ejecutar la normalización eléctrica de este recinto, según las condiciones establecidas en estas bases técnicas. En las presentes bases técnicas se establecen los fines, condiciones, requisitos y aspectos técnicos que deberán cumplir los oferentes en todas y cada una de las partes que forman su propuesta. Los oferentes deberán considerar todo trabajo, incluyendo la mano de obra necesaria para ejecutar a cabalidad el servicio, dar continuo y normal funcionamiento a las instalaciones eléctricas de las áreas involucradas, dejando operativas todas las instalaciones y limpio el recinto. Será responsabilidad de los oferentes concurrir a la visita de terreno para conocer las instalaciones antes de realizar su oferta económica, detectando así el estado de la construcción, terreno, servicios presentes y cuantificar el trabajo a realizar. El adjudicatario será el único responsable ante el Centro de Referencia de Salud Maipú de todos los trabajos, equipos, accesorios y personal que forman parte del contrato. En cuanto a las instrucciones y sugerencias de los fabricantes, se debe entender por ello todas las recomendaciones técnicas y constructivas aplicables. El adjudicatario asume esta obligación con el solo hecho de presentarse a la propuesta, siendo de su responsabilidad su adecuada información en forma previa a la presentación de su oferta. En el caso de existir una contradicción con las presentes bases técnicas, será consultada por el oferente a través del canal formal que se establece en el numeral 9 de las bases administrativas. Se da por entendido que el adjudicado está en conocimiento de todas las disposiciones legales, así como de la reglamentación vigente referente a las obras y los trabajos a realizar. Por consiguiente, cualquier defecto, omisión, mala ejecución o dificultad de obtención de los elementos que conforman el presente, es de su única responsabilidad, debiendo rehacer los trabajos o procedimientos rechazados en cualquiera de los elementos del servicio, de ser indicado por el Centro de Referencia de Salud Maipú dentro del periodo de duración del contrato sin conllevar costos adicionales para el mandante. No se aceptarán aumento de plazos sin previa autorización por escrito del CRSM. El proponente adquiere este compromiso con el solo hecho de presentarse al presente proceso de licitación. Cualquier daño que se produzca a la infraestructura e instalaciones producto de los trabajos ejecutados será responsabilidad de la empresa adjudicada, la cual deberá restaurar los elementos dañados. 2. REQUISITOS GENERALES ________________________________________________________________________________ El servicio instalación eléctrica para la central de rack de comunicaciones deberá contemplar, como mínimo, todos los aspectos señalados en el detalle del punto 3, REQUERIMIENTO TÉCNICO, de las presentes bases técnicas, asegurando el perfecto funcionamiento del producto instalado. Los oferentes deben cumplir como requisito los puntos señalados a continuación: a) Contar con un proveedor que otorgue los servicios de en la especialidad de instalaciones eléctricas para obtener la normalización de la sala de rack de comunicaciones del CRCM. b) Los componentes, repuestos, materiales e insumos a utilizar deben ser de confección industrial, nuevos y presentarse sellados. c) Los accesorios e insumos utilizados deben ser de buena calidad, de confección industrializada. d) Al término de la instalación se debe realizar una revisión técnica. Las revisiones se realizarán con previa autorización del establecimiento a través del Coordinador Técnico de la presente licitación y estará a cargo del Jefe de la Unidad de Mantenimiento e) Los trabajos de instalación se ejecutarán con previa coordinación y autorización por parte del establecimiento a través del jefe del Depto. de Gestión de la Operación del CRSM. f) El oferente adjudicado debe tener disponibilidad de realizar trabajos de instalación en horario diurno o vespertino de lunes a domingo, con la finalidad de no afectar las actividades del Servicio de Atención Cerrada. g) Los oferentes deberán contar con un servicio técnico que dé respuesta a la brevedad, que sea operativo y de fácil comunicación, preferentemente en la ciudad de Santiago, mientras dure el desarrollo de los trabajos y la garantía. h) El oferente, deseablemente, debe tener experiencia que garantice, como mínimo, trabajos en 8 instituciones a la fecha, donde efectúe trabajos similares o de mayor envergadura durante los últimos dos años. i) Cuando el proveedor considere aconsejable o necesario proponer una sustitución o modificación, esta deberá ser fundamentada técnica y económicamente y calificada para la aprobación por parte del Departamento de Gestión de la Operación. 3. REQUERIMIENTO TÉCNICO ________________________________________________________________________________ 3.1. Especificaciones técnicas Las presentes especificaciones técnicas asumen que el proveedor es el principal responsable de la correcta ejecución y coordinación de las obras antes de su inicio. El oferente deberá realizar un estudio detallado del anexo N°4, ESPECIFICACIOENS TECNICAS. Este documento contempla las Memorias Técnicas y Especificaciones Técnicas para la ejecución del proyecto de instalación eléctrica para la central de rack de comunicaciones del CRS Maipu, ubicado en la comuna de Maipú, el cual contiene los siguientes puntos: I. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA II. MEMORIA DE CÁLCULOS III. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES DEL PROYECTO IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROYECTO Las obras consideran la normalización de las instalaciones eléctricas con productos nuevos de óptima calidad de todas las partidas definidas en dicho anexo N°4, asegurando un funcionamiento perfecto a través del tiempo. El oferente deberá especificar en su propuesta técnica la marca y modelo de los equipos, componentes, materiales e insumos solicitados. El oferente deberá adjuntar una propuesta técnica referente al servicio de normalización de instalaciones eléctricas solicitado en el anexo N°4. La propuesta deberá contener el desarrollo, plazos, además de métodos constructivos a utilizar en la ejecución de los trabajos. 3.2. Plazo de Ejecución y Programación ________________________________________________________________________________ El plazo de ejecución propuesto por el oferente deberá estar indicado el en anexo N°5, el cual no podrá exceder de 15 días hábiles para la instalación y entrega final de los servicios contratados. La propuesta superior a 15 días hábiles, serán desestimada. Además, el oferente deberá presentar propuesta con programación de trabajos (Carta Gantt), de acuerdo con los plazos de ejecución propuestos para la instalación del servicio contratado que incluya todo lo especificado en el anexo N°4. El adjudicado deberá empezar a ejecutar las obras de normalización de instalaciones eléctricas, al siguiente día hábil de enviada la orden de compra, previa coordinación entre las partes. No se aceptarán aumento de plazos sin previa autorización por escrito del CRSM. 3.3. Garantía ________________________________________________________________________________ El oferente deberá indicar en el anexo N°6 el tiempo de garantía en meses corridos referente a los servicios contratados, según lo solicitado en el requerimiento técnico indicado en el numeral 3 de las bases técnicas y lo indicado en el anexo N°4 especificaciones técnicas, de las presentes bases de licitación. El servicio tendrá que dar solución a cualquier desperfecto que se presente en los equipos durante el periodo de la garantía, que no podrá ser inferior a 12 meses, desde la recepción conforme de los servicios contratados. 4. INSPECCIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL ________________________________________________________________________________ Para efectos de la inspección técnica estará a cargo el Jefe de Mantención del CRSM. Ante cualquier duda o discrepancia entre los antecedentes del requerimiento técnico el oferente adjudicado deberá informar oportunamente al Coordinador Técnico. La totalidad de los productos y materiales especificados se entienden de primera calidad dentro de su especie, debiendo su provisión y almacenamiento ajustarse estrictamente a las normas para cada uno de ellos y/o a las especificaciones del fabricante o proveedor respectivo. Cualquier solicitud de sustitución de marcas o de especificación, deberá ser debidamente fundamentada por escrito y autorizado por el Coordinador Técnico. El personal del adjudicatario que labore deberá estar claramente identificado con su credencial. Se da por entendido que el oferente adjudicado está en conocimiento de todas estas normas y disposiciones, por consiguiente, cualquier defecto o mala ejecución del servicio contratado es de su única responsabilidad, debiendo modificarla o rehacerla de serle solicitado sin costo adicional para el Centro de Referencia de Salud Maipú de lo contrario se hará efectivo el cobro del documento de garantía. 5. RECEPCIÓN CONFORME ________________________________________________________________________________ Luego de finalizado los trabajos el Depto. de Gestión de la Operación del CRS Maipú a través del jefe de la Unidad de Mantención realizara una inspección técnica detallada de las instalaciones eléctricas implementadas, de haber observaciones estas deben quedar estipuladas en un acta de recepción provisoria al igual que el plazo para subsanar las observaciones realizadas. 6. PREVENCIÓN Y SEGURIDAD ________________________________________________________________________________ El personal que labore en los trabajos deberá contar con los elementos de seguridad necesarios, como guantes, zapatos y otros elementos de protección personal y de medidas preventivas del COVID-19 según la legislación vigente. La integridad física del personal durante el mantenimiento será de responsabilidad del proveedor adjudicado y del sistema de seguridad que ésta cotice.