Resolución de Empates |
El hospital adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en el punto 7.4 de las presentes bases.
En caso de producirse empates de puntajes entre los oferentes participantes en el proceso de evaluación, se aplicarán en el mismo orden en que se presentan las siguientes reglas de desempate:
a. Mayor puntaje en el criterio oferta técnica.
b. Mayor puntaje en el criterio económica.
c. Mayor puntaje en el criterio experiencia.
d. Mayor puntaje en el criterio cumplimiento requisitos formales.
En caso de subsistir el empate, y con el fin de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes, se resolverá por medio de una elección al azar, que para el efecto habilitará la Comisión Evaluada, quienes, por medio de uno de sus miembros y en presencia de los oferentes con puntajes empatados, sacarán el nombre del adjudicatario. Para tal efecto, la comisión fijará un día y hora determinada para el sorteo, de carácter fatal, el que se llevará a cabo en presencia de los que asistan.
|
|
|
Relativo a la readjudicación |
En caso que el adjudicatario no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en el evento que el Contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, o aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886, o no entregue las declaraciones juradas señaladas, o certificados, en su caso, o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos señalados al efecto se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo el Hospital, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido y así sucesivamente, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, a menos que de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso que se proceda a adjudicar al oferente que corresponda de acuerdo al orden establecido en el acta de evaluación, para concurrir a la celebración del contrato, éste deberá hacer entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de la documentación correspondiente, antes de la suscripción del contrato.
La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|