La Municipalidad de Ránquil, podrá rechazar aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos exigidos en las Bases Administrativas de la Licitación Pública. Sin embargo, podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sobre cuestionen de fondo o esenciales, ni su corrección altere el principio de igualdad de los proponentes o establezca diferencias arbitrarias. Dichos rechazos o admisiones deberán ser informados y justificados ante el demandante respectivo.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, para ello en las bases se contempla, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 72 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Municipalidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
La Municipalidad de Ránquil, podrá además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación y no sean técnicamente admisibles. La Municipalidad de Ránquil, fundamentará básicamente su proposición de adjudicación o rechazo, sobre la base de los antecedentes presentados por los oferentes y los Criterios de Evaluación establecidos en estas Bases Administrativas y Técnicas.