|
Resolución de Empates |
|
10.7. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
1ro) Menor precio y de persistir el empate.
2do) Mayor experiencia de los profesionales médicos.
3ro) Mayor puntaje residencia de los profesionales médicos
4to) Mayor puntaje en acreditación de patrimonio, de persistir el empate;
5to) Mayor experiencia general del oferente.
6to) Mayor cumplimiento con los antecedentes al momento del cierre.
Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
11.1. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es patricia.sandovalq@redsalud.gov.cl, Jefe Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
10.2. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).
NOTA: La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto Nº 10.1. y 10.2. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas correcciones se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.
Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referente a los antecedentes del personal propuesto para realizar los servicios, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la Licitación las personas que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes, que podrán ser incorporadas posteriormente, con la debida formalidad.
|
|
|
|
11.- VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
|
11.1. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
11.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado.
11.3. Se solicitará una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto (porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, de esta manera garantizar la totalidad del contrato.
Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezara a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto 250.
|
|
|
|
12.- DE LAS OBLIGACIONES |
|
12.1. Será obligación del Adjudicatario tener personal acreditado y capacitado para el desempeño de los servicios por los cuales se ejecuta el presente convenio, y considerar lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado, tanto en competencias como dotación necesaria.
12.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su personal una credencial de identificación la que deberá ser utilizada en un lugar visible y además dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, profesión y servicio a prestar, como identificación de la empresa.
12.3. El proveedor adjudicado deberá entregar a todos los prestadores de servicio el tríptico de inducción, adjunto en bases antes de dar inicio al servicio.
12.4. El proveedor deberá entregar al Sub-departamento de Compras de Servicios el, Listado Recepción Tríptico Compras de Servicios, adjunto en bases, donde toda la dotación que participe del servicio haya firmado la recepción del tríptico señalado en el punto anterior, una vez adjudicado el convenio.
12.5. El Adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos profesionales en caso de remplazar los ya existentes. Se requerirá que el nuevo prestador de servicios cumpla con los mismos requisitos de capacidad comprometidos en la propuesta. Deberá presenta Anexo N°3 Carta compromiso y antecedentes solicitados tanto en bases administrativas como técnicas para su incorporación, lo cual será informado al Hospital previo a iniciar su trabajo (con quince (15) días de anticipación), reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo.
12.6. El Adjudicatario se responsabiliza, en lo que corresponda, a prestar a todo evento sus servicios en forma continua, aún en caso de huelga de su personal y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del servicio programado, no cubrir toda la dotación necesaria para el servicio, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o bien reclamo del funcionario a cargo de la Unidad o Servicio en el cual los prestadores de servicios asisten.
12.7. El Adjudicatario deberá responder sobre el espacio físico y material que ocupe dentro del Hospital, y sobre los bienes muebles de propiedad del Hospital que le sean cedidos mientras dure el Contrato.
12.8. El Adjudicatario deberá prohibir que sus trabajadores coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios.
12.9. El Adjudicatario y su personal respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y Servicios, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera:
- Norma de Higiene de Manos.
- Norma de aseo.
- Norma de salud del personal.
- Norma de Precauciones estándar.
- Norma de precauciones según vía de transmisión.
12.10. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas.
12.11. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La empresa adjudicada deberá considerar que a todo trabajador que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
12.12. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que puedan estipularse en las Bases Técnicas.
|
|
|
|
13.- MULTAS |
|
VER BASES PUNTO 13 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
|
|
|
|
14.- TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
|
VER BASES PUNTO 14 ITEM III DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
|
|
|
|
22.- CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CREDITO |
|
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración.
Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley 19.983.
Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago.
Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la 19.983.
|
|
|
|