Licitación ID: 2133-148-LQ19
490-19 INTERV QX CIRUGIAS DE MAMA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 86
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Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
INTERVENCIONES QUIRURGICAS CIRUGIAS DE MAMA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
490-19 INTERV QX CIRUGIAS DE MAMA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objetivo principal de esta Propuesta es contratar el Recurso Humano necesario para realizar Intervenciones quirúrgicas de Cirugías de Mama, y así resolver pacientes con Garantías Explicitas en Salud, GES, que se encuentren en etapa de proceso diagnostico o espera de tratamiento quirúrgico por cáncer de mama, como también a pacientes GES sin garantía de oportunidad, que requieran intervención quirúrgica luego de concluido su tratamiento neo-adyuvante o adyuvante. Intervenciones Quirúrgicas a realizar en dependencias de este Establecimiento, fuera de horario institucional, y a beneficiarios del sistema de salud pública, en las mejores condiciones posibles para ambas partes, como se detallan en Anexo Nº 1; contrato que estará sujeto a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, del 10 de Julio de 1980 del Ministerio de Salud y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº 18.417. El Prestador de Acciones de Salud se obligará a proporcionar por cuenta y a nombre del Hospital, y por la vía de la delegación, conforme a lo requerido por el inciso N° 1 del Artículo N° 2 del DFL 3680 a los Beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud de la Ley Nº 18.469, las acciones de prevención, fomento, recuperación, protección o de rehabilitación de salud que por este acto se licitan.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-11-2019 15:00:00
Fecha de Publicación: 07-11-2019 21:33:00
Fecha inicio de preguntas: 07-11-2019 21:36:00
Fecha final de preguntas: 11-11-2019 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-11-2019 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-11-2019 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-11-2019 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 21-01-2020 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 18-11-2019
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple. - Anexo Nº 3, Carta Compromiso de todo el personal donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera de su Horario Institucional para los profesionales que son funcionarios públicos. - Escritura vigente de la sociedad donde acredite capital social. Este Documento deberá ser presentado en caso de no encontrarse actualizado y adjunto en Portal Mercado Público. - Certificado de tesorería general de la república, en el cual registre que no mantiene deudas con el Estado, vigente al mes de la postulación. - Anexo N°7, Informe de Rendición Mensual de los Servicios. - Anexo N°8, Registro de intervención. - Anexo N°9, Informe de Rendición detallada de los Servicios en formato digital
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N°4, Nomina de Principales Clientes y Convenios. - Anexo Nº 5, Requisitos mínimos que incluyan mínimas que incluyan las prestaciones. El no cumplimiento de estas especificaciones dejará inadmisible la oferta. - Anexo Nº 6, Listado del RRHH con nombre completo y Rut de todo el personal que realizaran las prestaciones indicando profesión y residencia. - Certificado que acredite su calidad de prestador de Salud individual de todos los participantes indicando Nº de registro, actualizado a la fecha del año en que se realiza la postulación. Este Certificado debe registrar y acreditar Título Profesional (obligación) y Especialización si la hubiere, de todos los profesionales que participaran de la presente licitación. En caso contrario, debe adjuntar Certificado de especialidad de profesional (obligación), el cual acredite especialización de profesional médico.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe llenarlo en forma completa; indicando claramente el Costo de Administración en caso de existir, valor unitario, Total Ofertado y Firmarlo (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La presentación Incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta). - Anexo N°10 Anexo Garantías.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 c) RESIDENCIA DE LOS PROFESIONALES 10 PUNTOS (MÉDI IGUAL O MAYOR A 5 PROFESIONALES CON RESIDENCIA EN TEMUCO 10 puntos DE 3 A 4 PROFESIONALES CON RESIDENCIA EN TEMUCO 7 puntos DE 1 A 2 PROFESIONALES CON RESIDENCIA EN TEMUCO 5 puntos SIN RESIDENCIA EN TEMUCO 1 punto 10%
2 e) ACREDITA SUFICIENCIA ECONÓMICA 10 PUNTOS ACREDITA PATRIMONIO IGUAL O MAYOR AL 20% DEL PRESUPUESTO A ADJUDICAR 10 puntos ACREDITA PATRIMONIO MAYOR O IGUAL A UN 10% Y MENOR AL 20 % DEL PRESUPUESTO A ADJUDICAR 5 puntos NO ACREDITA PATRIMONIO 1 punto 10%
3 F) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR CUMPLE CON ENTREGA HASTA EL MOMENTO DEL CIERRE ELECTRÓNICO SIN RECTIFICATORIA 5 puntos SE REALIZA RECTIFICATORIA EN PERIODO DE EVALUACIÓN TANTO DE CORRECCIONES DE ERRORES U OMISIONES O LA NO PRESENTACIÓN DE UN ANTECEDENTE CON UN PLAZO DE CUARENTA Y OCHO (48) HORAS. 2 puntos NO ADJUNTA ANTECEDENTES DE ADMISIBILIDAD EN CIERRE O NO CUMPLE CON RECTIFICATORIA EN EL PLAZO SEÑALADO EN PERIODO DE EVALUACIÓN INADMISIBLE 5%
4 d) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 5 PUNTOS IGUAL O SUPERIOR A CUATRO (4) CONVENIOS IGUALES Y/O SIMILARES 5 puntos INFERIOR A CUATRO (4) CONVENIOS HASTA DOS (2) CONVENIOS 3 puntos MENOS DE DOS (2) CONVENIOS 1 punto 5%
5 a) EVALUACIÓN ECONÓMICA 50 PUNTOS OFERTA MAS ECONÓMICA*50 OFERTA EVALUADA 50%
6 b) EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 20 PUNTOS (MED DE 8 Y MAS AÑOS 20 puntos DE 4 A 7 AÑOS 15 puntos DE 1 A 3 AÑOS 10 puntos MENOS DE 1 AÑOS 5 puntos 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 210760546
Justificación del monto estimado - El valor presupuesto referencial aproximado para esta licitación es de 210.760.546.- En ningún caso la licitación podrá sobrepasar las 8.000 UTM, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de Enero 2019.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto 250 del año 2004, que a
Observaciones - La adquisición de las intervenciones se financiará con cargo al presupuesto del Hospital en la cuenta presupuestaria 22.12.999.003.02, “Compra de Intervenciones Quirúrgicas Intrahospitalarias con personal externo”.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Ley de presupuesto 21.125 del año 2019 para los Servicios de Salud, esto es dentro de los cuarenta y cinco 45 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la Factura, y según disponibilidad presupuestaria.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: CARMEN PEÑA HERNANDEZ
e-mail de responsable de contrato: carmen.penah@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556834-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 18-03-2020
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 10.1. Los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto de $ 200.000, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación, dicho documento debe entregarse acompañado del “Anexo N° 10” totalmente completo y firmado, en oficina de partes del Hospital. La presentación del documento de garantía es un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo que debe entregarse impostergablemente en la oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del décimo (10) día corrido posterior a la publicación. 10.2. Para el caso de los oferentes que caucionen la Garantía por Seriedad de la oferta por medio de póliza de seguro electrónica, sólo deberá ingresarla al Portal Mercado Público acompañada del “Anexo N° 10” al momento de ingresar su oferta, no será necesario el envío del documento en soporte papel.
Glosa: 8.2. Este documento deberá ser entregado en original, acompañado del “Anexo N° 10”, en sobre cerrado caratulado e indicando claramente en el exterior lo siguiente: - HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA. - DIRECCIÓN MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (OFICINA DE PARTES). - PROPUESTA PUBLICA Nº 490 del 2019 “INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE CIRUGIAS DE MAMA”. - NOMBRE DEL OFERENTE. Importante: El no presentar esta Boleta dejará automáticamente fuera de Bases al Oferente respectivo. Para el caso de los oferentes que caucionen la seriedad de la oferta con Vale Vista, la glosa, el nombre, número e ID de la propuesta, no será exigible debido a que por formato de las instituciones emisoras, no es posible incorporar la información requerida por el licitante.
Forma y oportunidad de restitución: 8.7. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez terminado el período de vigencia correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 17-04-2021
Monto: 5 %
Descripción: 9.1. El adjudicatario deberá entregar, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de la Resolución de adjudicación, un Documento de Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista, pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo y la calidad de las prestaciones, por un monto no inferior al 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 9.2. El documento de Garantía por Buen Cumplimiento de Contrato a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación en el Portal Mercado Público por parte del Establecimiento con el Anexo N° 10, totalmente completo y firmado, en Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 9.3. La no entrega del Documento de Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, podrá dar lugar a la anulación de propuesta.
Glosa: Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena Rut: 61.602.232-6 Nombre y Número de Propuesta Número ID Portal: Fecha de Vencimiento: dd/mm/aa Monto: Moneda Nacional (peso chileno). Glosa: indicar que corresponde a Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 9.4. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez terminado el período de vigencia correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
14.13. Si el incumplimiento de las condiciones detalladas en este punto son dentro del plazo de sesenta 60 días corridos contados desde la publicación de la resolución que adjudica, el Hospital procederá, a dar termino de contrato, dejar sin efecto adjudicación original y re adjudicar al oferente siguiente mejor evaluado si lo hubiere Art. 41 del Decreto 250.
Resolución de Empates

11.7. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

1ro) Menor precio y de persistir el empate.

2do) Mayor experiencia del recurso humano.

3ro) Mayor puntaje residencia de los profesionales médicos

4to) Mayor puntaje en acreditación de patrimonio, de persistir el empate;

5to) Mayor experiencia general del oferente.

6to) Mayor cumplimiento con los antecedentes al momento del cierre.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

12.6. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es patricia.sandovalq@redsalud.gov.cl, Jefe Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

11.2. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).

NOTA: La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto Nº 11.1. y 11.2. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas correcciones se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.

Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referente a los antecedentes del personal propuesto para realizar funciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la Licitación las personas que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes, que podrán ser incorporadas posteriormente, con la debida formalidad.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
3.- ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO
Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los profesionales disponibles que participarán directamente en la licitación adjuntando Certificado de Prestador Individual solicitado en la Superintendencia de Salud. Estos profesionales deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos profesionales por los cuales el Servicio de Salud haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hallan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado. En caso de ser necesario cambio o incorporación de profesionales durante la ejecución del contrato, deberá comunicarse por escrito al Director del Hospital antes de que realice alguna prestación. La adjudicataria deberá solicitar oportunamente y por escrito el cambio o la incorporación de nuevos profesionales. Se requerirá que el nuevo profesional cumpla con los mismos requisitos de idoneidad comprometidos en la propuesta adjuntando todos los documentos solicitados en bases administrativas y tecnicas, lo cual será informado al establecimiento previo a otorgar la prestación de acuerdo a lo señalado precedentemente, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo, determinación que será comunicada oportunamente. Debiendo el Adjudicatario en caso de rechazo proceder a su reemplazo, por otro profesional que cumpla con los requerimientos. El Hospital informará dentro de diez (10) días hábiles la aceptación o rechazo de la incorporación. El Proveedor deberá hacerse responsable de otorgar las atenciones médicas de INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE CIRUGIAS DE MAMA, que deben otorgar el Ministerio de Salud y el Servicio de Salud y por la vía de la delegación, para cuyos efectos esta licitación se sujeta a además a las normas del DFL 36/80, la cual se presume conocida por los eventuales oferentes. Las dudas que presente el prestador en la ejecución del contrato con respecto a especificaciones serán resueltas únicamente por el Director del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena no admitiéndose excusas o dudas basadas en error a falta de claridad de las mismas. Desde el ingreso del paciente beneficiario legal o convencional al cuidado de los profesionales del Prestador y hasta su egreso por el Prestador será jurídicamente responsable de su manejo y protección. Queda expresamente prohibido al Prestador traspasar o encomendar a terceros la obligación que asume en virtud del presente Convenio a menos que cuente con la autorización previa del Hospital. En este caso, el Prestador sólo podrá facturar a Hospital el valor arancelario pactado en el Convenio. Se deja constancia que la ejecución de esta prestación específica otorgada por un tercero en ningún caso significa que el paciente salga del ámbito de cuidado y responsabilidad del prestador. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del DFL Nº 36 /80, el Prestador queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud en los términos señalados por el texto citado y en el DFL Nº 1/05 del Ministerio de Salud que fijó el texto refundido del DL Nº 2763/79, del Ministerio de Salud, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y "el Servicio" en ejercicio de sus facultades legales. De igual modo, en lo que la ejecución del Convenio se refiere, el prestador estará sujeto a la inspección técnica, administrativa y al control por parte del "Servicio", sin perjuicio de las facultades que corresponde a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y/o al Ministerio. En consecuencia, corresponderá al Hospital, especialmente con la colaboración de su Departamento de Auditoría fiscalizar sistemática y permanente la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el DFL Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud y, en particular, de las relativas a la utilización de los recursos que se aporten. El prestador deberá prestar las facilidades necesarias para tal efecto, así como los informes y datos que les sean requeridos con el mismo objeto. Son parte integrante además todas las disposiciones del DFL 36/80 las que se declaran conocidas de las partes contratantes.
4.- RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PRESTADOR, PROVEEDOR O ADJUDICATARIO
El Adjudicatario será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá de sujetarse a las normas de la Lex Artis Medica, así como a las disposiciones establecidas al efecto por El Hospital. El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause a El Hospital o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los trabajos por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado El Hospital o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. DE LA MISMA MANERA, EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE, EN TODOS LOS ASPECTOS, DEL PERSONAL QUE DISPONGA PARA REALIZAR LAS ACCIONES DE SALUD.
5.- OBLIGACIÓN DE ENTREGA DE LA PRESTACIÓN
El prestador Proporcionará a los Beneficiarios de la Prestación específicamente convenida, conforme a lo exigido por el DFL 36/80, norma que se entiende incorporada a este Convenio las dudas que presente el Prestador en la ejecución del Contrato con respecto a especificaciones serán resueltas únicamente por el Departamento de la Red Asistencial, no admitiéndose excusas o dudas basadas en error a falta de claridad de las mismas.
6.- ADSCRIPCIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 del DFL Nº 36 “El Prestador de Acciones de Salud” queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud, en los términos señalados por el texto citado y el DL Nº 2763/79, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y “El Hospital”, en ejercicio de sus facultades legales.
10.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le corresponderá responsabilidad alguna respecto del personal que el Adjudicatario contrate o destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables a la que estén vigentes en las leyes y reglamentos de Chile. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus empleados y trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil.
11.- VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
11.1. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 11.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 11.3. Se solicitará una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto ( porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, de esta manera garantizar la totalidad del contrato. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezara a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto 250.
12.- DE LAS OBLIGACIONES
12.1. Será obligación del Adjudicatario tener personal acreditado y capacitado para el desempeño de las funciones por las cuales se ejecuta el presente convenio, y en número no inferior a lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado. 12.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su personal una credencial de identificación la que deberá ser utilizada en un lugar visible y además dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo y servicio a prestar. 12.3. El proveedor adjudicado deberá entregar a todos los prestadores de servicio el tríptico de inducción, adjunto en bases antes de dar inicio al servicio. 12.4. El proveedor deberá entregar al Sub-departamento de Compras de Servicios el, Listado Recepción Tríptico Compras de Servicios, adjunto en bases, donde toda la dotación que participe del servicio haya firmado la recepción del tríptico señalado en el punto anterior. 12.5. El Adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos funcionarios en caso de remplazar los ya existentes. Se requerirá que el nuevo funcionario cumpla con los mismos requisitos de capacidad comprometidos en la propuesta, lo cual será informado al Hospital previo a iniciar su trabajo (con quince (15) días de anticipación), reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. 12.6. El Adjudicatario se responsabiliza, en lo que corresponda, a prestar a todo evento sus servicios en forma continua, aún en caso de huelga de su personal y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento de horarios, no cubrir todos los puestos de trabajos, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o bien reclamo del funcionario a cargo de la Unidad. 12.7. El Adjudicatario deberá responder sobre el espacio físico, material que ocupe dentro del Hospital y sobre los bienes muebles propiedad del Hospital que le sean cedidos mientras dure el Contrato. 12.8. El Adjudicatario deberá prohibir que sus trabajadores coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 12.9. El Adjudicatario y su personal respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y Servicios, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera: - Norma de Higiene de Manos. - Norma de aseo. - Norma de salud del personal. - Norma de Precauciones estándar. - Norma de precauciones según vía de transmisión. 12.10. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas. 12.11. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La empresa adjudicada deberá considerar que a todo trabajador que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
14.- TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital podrá declarar administrativamente, el término anticipado, de todo o parte del contrato mediante Resolución fundada, por alguna de las siguientes razones: 14.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 14.2. Incumplimiento del Adjudicatario de las siguientes obligaciones: a) No dar inicio al servicio al día hábil siguiente a la fecha de inicio del convenio (según lo indicado en el punto 1 del ítem III de las bases administrativas) o según las necesidades del establecimiento. b) Adulteración de Documentos que digan relación con los antecedentes clínicos de los Pacientes tratados (fecha y hora de la atención, Nombre del Paciente y Nombre de los integrantes del Equipo que realiza la atención). c) Multa reiterada, entiéndase una cuarta (4) vez por la misma situación. d) Manipulación inadecuada de maquinaria o Instrumental quirúrgico que recaiga en riesgo de vida del Paciente, calificada por el Inspector Técnico del Convenio. e) Incumplimiento del protocolo de Calidad del Servicio donde presta servicios. f) Otras razones de índole legal o jurídica debidamente calificadas. g) Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva. 14.3. Paralización de actividades, entendiéndose por tal no solo la paralización total, sino también la paralización parcial (paralización de algunos puestos de trabajo), en caso que el Adjudicatario no cubra los lugares en los periodos pre- fijados. 14.4. Declaración de Quiebra del Adjudicatario, o de Insolvencia Económica, siempre y cuando –a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 14.5. Incumplimiento reiterado de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumpliendo de las obligaciones señaladas en el punto Nº 12 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas. 14.6. Otras causales de término de contrato establecidas en el Art. 13º de la ley 19.886, de Compras y Contratación Pública y en su Reglamento. 14.7. En caso de presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo para ello presentar certificado de la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de esta obligación. 14.8. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en el punto N° 16.1 del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 14.9. El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar dicho incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compras correspondiente. 14.10. La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de la licitación de todos los antecedentes relacionados con el incumplimiento. Deberá comunicar por carta certificada al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, concediéndole traslado para que, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. 14.11. Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital. 14.12. El termino anticipado del Contrato se decretará por resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Publico o por carta certificada al interesado en consideración a los recursos contemplados en la ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886. 14.13. Si el incumplimiento de las condiciones detalladas en este punto son dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la resolución que adjudica, el Hospital procederá, a dar termino de contrato, dejar sin efecto adjudicación original y re adjudicar al oferente siguiente mejor evaluado (si lo hubiere) (Art. 41 del Decreto 250).
16.- NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS SUBCONTRATADOS
Se deja expresamente establecido que “El Hospital”, el Servicio de Salud Araucanía Sur o la SEREMI de Salud o el Ministerio de Salud, no tienen ni tendrán ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión del servicio descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica de los profesionales que intervengan en las prestaciones contratadas.
17.- CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario de la prestación. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.
23- CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CREDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley 19.983. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la 19.983.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.