Licitación ID: 2133-153-LQ19
PPTA 517 “INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE CIRUGIAS CARDIACAS"
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 86
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Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
INTERVENCIONES QUIRURGICAS CIRUGIAS CARDIACAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 517 “INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE CIRUGIAS CARDIACAS"
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo principal de esta Propuesta es contratar el Recurso Humano necesario para realizar Intervenciones Quirúrgicas de Cirugías de Cirugías Cardiacas, y así resolver pacientes con Garantías Explicitas en Salud, o Urgencias que son entregadas a este Hospital desde nodos u otros hospitales de otras ciudades o regiones. Intervenciones Quirúrgicas a realizar en dependencias de este Establecimiento, fuera de horario institucional, y a beneficiarios del sistema de salud pública, en las mejores condiciones posibles para ambas partes, como se detallan en Anexo Nº 1; contrato que estará sujeto a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, del 10 de Julio de 1980 del Ministerio de Salud y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº 18.417. "El Prestador de Acciones de Salud" se obligará a proporcionar por cuenta y a nombre del Hospital, y por la vía de la delegación, conforme a lo requerido por el inciso N° 1 del Artículo N° 2 del DFL 36/80 a los Beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud de la Ley Nº 18.469, las acciones de prevención, fomento, recuperación, protección o de rehabilitación de salud que por este acto se licitan.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-11-2019 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-11-2019 14:37:00
Fecha inicio de preguntas: 16-11-2019 8:00:00
Fecha final de preguntas: 20-11-2019 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-11-2019 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-11-2019 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-11-2019 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-11-2019 10:56:04
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple. - Anexo Nº 3, Carta Compromiso de todo el personal donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera de su Horario Institucional para los profesionales que son funcionarios públicos. - Escritura vigente de la sociedad donde acredite capital social. Este Documento deberá ser presentado en caso de no encontrarse actualizado y adjunto en Portal Mercado Público. - Certificado de tesorería general de la república, en el cual registre que no mantiene deudas con el Estado, vigente al mes de la postulación. - Anexo N°7, Informe de Rendición Mensual de los Servicios. - Anexo N°8, Registro de intervención. - Anexo N°9, Informe de Rendición detallada de los Servicios en formato digital
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N°4, Nomina de Principales Clientes y Convenios. - Anexo Nº 5, Requisitos mínimos que incluyan mínimas que incluyan las prestaciones. El no cumplimiento de estas especificaciones dejará inadmisible la oferta. - Anexo Nº 6, Listado del RRHH con nombre completo y Rut de todo el personal que realizaran las prestaciones indicando profesión y residencia. - Certificado que acredite su calidad de prestador de Salud individual de todos los participantes indicando Nº de registro, actualizado a la fecha del año en que se realiza la postulación. Este Certificado debe registrar y acreditar Título Profesional (obligación) y Especialización si la hubiere, de todos los profesionales que participaran de la presente licitación. En caso contrario, debe adjuntar Certificado de especialidad de profesional (obligación), el cual acredite especialización de profesional médico.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe llenarlo en forma completa; indicando claramente el Costo de Administración en caso de existir, valor unitario, Total Ofertado y Firmarlo (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La presentación Incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta). - Anexo N°10 Anexo Garantías.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 c) RESIDENCIA DE LOS PROFESIONALES 10 PUNTOS (MÉDI VER PUNTO 11.5 ITEM II DE LAS BASES. 10%
2 b) EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 20 PUNTOS (MED VER PUNTO 11.5 ITEM II DE LAS BASES. 20%
3 d) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 5 PUNTOS VER PUNTO 11.5 ITEM II DE LAS BASES. 5%
4 f) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR VER PUNTO 11.5 ITEM II DE LAS BASES. 5%
5 a) EVALUACIÓN ECONÓMICA 50 PUNTOS VER PUNTO 11.5 ITEM II DE LAS BASES. 50%
6 e) ACREDITA SUFICIENCIA ECONOMICA 10 PUNTOS VER PUNTO 11.5 ITEM II DE LAS BASES. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 240776553
Justificación del monto estimado VER PUNTO 2 ÍTEM II DE LAS BASES.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: VER PUNTO 2 ÍTEM III DE LAS BASES.
Observaciones VER PUNTO 2 ÍTEM II DE LAS BASES.
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días SALUD
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUANA MORALES
e-mail de responsable de pago: EUGENIA.ACUNA@ASUR.CL
Nombre de responsable de contrato: CARMEN PENA HERNANDEZ
e-mail de responsable de contrato: CARMEN.PENAH@REDSALUD.GOV.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556834-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 27-03-2020
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: VER PUNTO 8 Y 10 ÍTEM II DE LAS BASES.
Glosa: VER PUNTO 8 Y 10 ÍTEM II DE LAS BASES.
Forma y oportunidad de restitución: VER PUNTO 8 Y 10 ÍTEM II DE LAS BASES.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 25-08-2020
Monto: 5 %
Descripción: VER PUNTO 9 ÍTEM III DE LAS BASES.
Glosa: VER PUNTO 9 ÍTEM III DE LAS BASES.
Forma y oportunidad de restitución: VER PUNTO 9 ÍTEM III DE LAS BASES.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

11.7. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a) mayor puntaje obtenido en factor precio y de persistir el empate;

b) Mayor puntaje obtenido en factor experiencia de experiencia de los profesionales médicos y de persistir el empate;

c) Mayor puntaje obtenido en factor Residencia de los profesionales y de persistir el empate;

d) Mayor Experiencia del oferente y de persistir el empate,

e) Mayor puntaje obtenido en factor Cumplimiento de los requerimientos formales.

Si aún persiste el empate se podrá realizar una adjudicación Múltiple, donde cada Oferente se adjudicará el mismo porcentaje de prestaciones a realizar.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

12.7. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es patricia.sandoval@redsalud.gov.cl, Jefe Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

11.2. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).

NOTA: La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto Nº 11.1. y 11.2. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas correcciones se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.

Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referente a los antecedentes del personal propuesto para realizar funciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la Licitación las personas que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes, que podrán ser incorporadas posteriormente, con la debida formalidad.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
3.- ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO
Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los profesionales disponibles que participarán directamente en la licitación adjuntando Certificado de Prestador Individual solicitado en la Superintendencia de Salud. Estos profesionales deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos profesionales por los cuales el Servicio de Salud haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hallan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado. En caso de ser necesario cambio o incorporación de profesionales durante la ejecución del contrato, deberá comunicarse por escrito al Director del Hospital antes de que realice alguna prestación. La adjudicataria deberá solicitar oportunamente y por escrito el cambio o la incorporación de nuevos profesionales. Se requerirá que el nuevo profesional cumpla con los mismos requisitos de idoneidad comprometidos en la propuesta adjuntando todos los documentos solicitados, lo cual será informado al establecimiento previo a otorgar la prestación de acuerdo a lo señalado precedentemente, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo, determinación que será comunicada oportunamente. Debiendo el Adjudicatario en caso de rechazo proceder a su reemplazo, por otro profesional que cumpla con los requerimientos. El Hospital informará dentro de diez (10) días hábiles la aceptación o rechazo de la incorporación. El Proveedor deberá hacerse responsable de otorgar las atenciones médicas de INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE PROTESIS DE CADERA Y FRACTURA CUELLO DE FEMUR PARA PACIENTES DEL HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, que deben otorgar el Ministerio de Salud y el Servicio de Salud y por la vía de la delegación, para cuyos efectos esta licitación se sujeta a además a las normas del DFL 36/80, la cual se presume conocida por los eventuales oferentes. Las dudas que presente el prestador en la ejecución del contrato con respecto a especificaciones serán resueltas únicamente por el Director del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena no admitiéndose excusas o dudas basadas en error a falta de claridad de las mismas. Desde el ingreso del paciente beneficiario legal o convencional al cuidado de los profesionales del Prestador y hasta su egreso por el Prestador será jurídicamente responsable de su manejo y protección. Queda expresamente prohibido al Prestador traspasar o encomendar a terceros la obligación que asume en virtud del presente Convenio a menos que cuente con la autorización previa del Hospital. En este caso, el Prestador sólo podrá facturar a Hospital el valor arancelario pactado en el Convenio. Se deja constancia que la ejecución de esta prestación específica otorgada por un tercero en ningún caso significa que el paciente salga del ámbito de cuidado y responsabilidad del prestador. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del DFL Nº 36 /80, el Prestador queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud en los términos señalados por el texto citado y en el DFL Nº 1/05 del Ministerio de Salud que fijó el texto refundido del DL Nº 2763/79, del Ministerio de Salud, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y "el Servicio" en ejercicio de sus facultades legales. De igual modo, en lo que la ejecución del Convenio se refiere, el prestador estará sujeto a la inspección técnica, administrativa y al control por parte del "Servicio", sin perjuicio de las facultades que corresponde a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y/o al Ministerio. En consecuencia, corresponderá al Hospital, especialmente con la colaboración de su Departamento de Auditoría fiscalizar sistemática y permanente la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el DFL Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud y, en particular, de las relativas a la utilización de los recursos que se aporten. El prestador deberá prestar las facilidades necesarias para tal efecto, así como los informes y datos que les sean requeridos con el mismo objeto. Son parte integrante además todas las disposiciones del DFL 36/80 las que se declaran conocidas de las partes contratantes.
4.- RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PRESTADOR, PROVEEDOR O ADJUDICATARIO
El Adjudicatario será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá de sujetarse a las normas de la Lex Artis Medica, así como a las disposiciones establecidas al efecto por El Hospital. El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause a El Hospital o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los trabajos por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado El Hospital o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. DE LA MISMA MANERA, EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE, EN TODOS LOS ASPECTOS, DEL PERSONAL QUE DISPONGA PARA REALIZAR LAS ACCIONES DE SALUD.
5.- OBLIGACIÓN DE ENTREGA DE LA PRESTACIÓN
El prestador Proporcionará a los Beneficiarios de la Prestación específicamente convenida, conforme a lo exigido por el DFL 36/80, norma que se entiende incorporada a este Convenio las dudas que presente el Prestador en la ejecución del Contrato con respecto a especificaciones serán resueltas únicamente por el Departamento de la Red Asistencial, no admitiéndose excusas o dudas basadas en error a falta de claridad de las mismas.
6.- ADSCRIPCIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 del DFL Nº 36 “El Prestador de Acciones de Salud” queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud, en los términos señalados por el texto citado y el DL Nº 2763/79, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y “El Hospital”, en ejercicio de sus facultades legales.
10.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le corresponderá responsabilidad alguna respecto del personal que el Adjudicatario contrate o destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables a la que estén vigentes en las leyes y reglamentos de Chile. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus empleados y trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil.
11.- VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
11.1. El Contrato definitivo podrá ser modificado a requerimiento del Hospital cuando las necesidades públicas así lo requieran, siempre que las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (Ius Variandi), debiendo, en tal caso, adecuarse el contrato a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 11.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 25% del monto adjudicado. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezara a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 77 del Decreto 250.
12.- DE LAS OBLIGACIONES
12.1. Será obligación del Adjudicatario tener personal acreditado y capacitado para el desempeño de las funciones por las cuales se ejecuta el presente convenio, y en número no inferior a lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado. 12.2. El Adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos funcionarios en caso de remplazar los ya existentes. Se requerirá que el nuevo funcionario cumpla con los mismos requisitos de capacidad comprometidos en la propuesta, lo cual será informado al Hospital previo a iniciar su trabajo (con quince (15) días de anticipación), reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. 12.3. El Adjudicatario se responsabiliza, en lo que corresponda, a prestar a todo evento sus servicios en forma continua, aún en caso de huelga de su personal y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento de horarios, no cubrir todos los puestos de trabajos, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o bien reclamo del funcionario a cargo de la Unidad. 12.4. El Adjudicatario deberá responder sobre el espacio físico, material que ocupe dentro del Hospital y sobre los bienes muebles propiedad del Hospital que le sean cedidos mientras dure el Contrato. 12.5. El Adjudicatario deberá prohibir que sus trabajadores coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 12.6. El Adjudicatario y su personal respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y Servicios, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera: - Norma de Higiene de Manos. - Norma de aseo. - Norma de salud del personal. - Norma de Precauciones estándar. - Norma de precauciones según vía de transmisión. 12.7. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas. 12.8 REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La empresa adjudicada deberá considerar que a todo trabajador que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
14.- TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital podrá declarar administrativamente, el término anticipado, de todo o parte del contrato mediante Resolución fundada, por alguna de las siguientes razones: 14.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 14.2. Incumplimiento del Adjudicatario de las siguientes obligaciones: a) No dar inicio al servicio al día hábil siguiente de haber sido publicada en el Portal Mercado Público la Resolución de Adjudicación según corresponda, según las necesidades del establecimiento. b) Adulteración de Documentos que digan relación con los antecedentes clínicos de los Pacientes tratados (fecha y hora de la consulta, Nombre del Paciente). c) Multa reiterada, entiéndase una cuarta (4) vez por la misma situación. d) Manipulación inadecuada de maquinaria o Instrumental médico que recaiga en riesgo de vida del Paciente, calificada por el Inspector Técnico del Convenio. e) Incumplimiento del protocolo de Calidad del Servicio donde presta servicios. f) Otros aspectos de índole legal debidamente justificado 14.3. Paralización de actividades, entendiéndose por tal no solo la paralización total, sino también la paralización parcial (paralización de algunos puestos de trabajo), en caso que el Adjudicatario no cubra los lugares en los periodos pre- fijados. 14.4. Declaración de Quiebra del Adjudicatario, o de Insolvencia Económica, siempre y cuando –a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 14.5. Incumplimiento reiterado de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumpliendo de las obligaciones señaladas en el punto Nº 12 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas. 14.6. Otras causales de término de contrato establecidas en el Art. 13º de la ley 19.886, de Compras y Contratación Pública y en su Reglamento. 14.7. En caso de presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo para ello presentar certificado de la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de esta obligación. 14.8. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en el punto N° 16.1 del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 14.9. El Director del Hospital, hará efectivo el Documento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato (Punto N° 9 del III, de las Bases Administrativas) al momento de dictarse la resolución fundada que determine el término anticipado del contrato, solo si la causa por la cual da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al proveedor. El inspector Técnico de Convenio, será el responsable de notificar al Adjudicatario de las Medidas que el establecimiento está tomando, a lo que el Adjudicatario desde la notificación tiene ocho días hábiles (8) para apelación, si en este plazo no presenta descargo se entenderá como una aceptación, y se procederá a dar Termino al Contrato. El termino anticipado del Contrato se decretará por resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Publico o por carta certificada al interesado en consideración a los recursos contemplados en la ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886. Si el incumplimiento de las condiciones detalladas en este punto son dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la resolución que adjudica, el Hospital procederá, a dar termino de contrato, dejar sin efecto adjudicación original y re adjudicar al oferente siguiente mejor evaluado (si lo hubiere) (Art. 41 del Decreto 250).
15.- FACULTADES FISCALIZADORAS
De igual modo, en lo que a la ejecución del Convenio se refiere, “El Prestador de Acciones de Salud” estará sujeto a la inspección técnica, administrativa y al control por parte del Hospital, sin perjuicio de las facultades que corresponde al Servicio de Salud Araucanía Sur, a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y/o al Ministerio. En consecuencia, corresponderá al Departamento de Auditoria del Hospital Hernán Henríquez Aravena, de Temuco, fiscalizar sistemática y permanentemente la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el DFL Nº 36/80 y, en particular de las relativas a la utilización de los recursos que se aporten. Se deja expresa constancia que conforme al inciso final del Artículo N° 10 del DFL 36/80, el Prestador proporcionará las facilidades, Informes y datos que le sean requeridos para el ejercicio de las fiscalizaciones que lleve a cabo el Departamento de Auditoria, el Servicio de Salud Araucanía sur, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, o el Departamento de Inspección del MINSAL, las que podrán hacerse efectivas mediante revisión de Fichas Clínicas, Protocolos Operatorios, Procedimientos, exámenes, Sistema de Registro Pre y Post Operatorios, estados financieros y contables, visitas de inspección, análisis de cuentas de ingresos y gastos y demás medios previstos por las normas y procedimientos de auditoria generalmente aceptados.
16.- NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS SUBCONTRATADOS
Se deja expresamente establecido que “El Hospital”, el Servicio de Salud Araucanía Sur o la SEREMI de Salud o el Ministerio de Salud, no tienen ni tendrán ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión del servicio descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica de los profesionales que intervengan en las prestaciones contratadas.
17.- CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario de la prestación. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.
23- CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CREDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley 19.983. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la 19.983.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.