Licitación ID: 2133-17-LQ24
PPTA 18-24 C.S DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
COMPRA DE SERVICIO DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 18-24 C.S DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo principal de esta propuesta pública es la compra de servicio de apoyo integral para salud mental, la cual pretende apoyar las unidades del Servicio de Psiquiatría, Centro Integral de Rehabilitación Psicosocial CIRP, Hogar Protegido “Las Araucarias”, y también la atención de pacientes hospitalizados, ambulatorios y consultas o visitas domiciliarias a pacientes del hospital, dado que se evidencia una gran brecha de atención en estas unidades, como así también por la intervención del Instituto de Seguridad Laboral, el cual sugiere oportunidades de mejoramiento a través de los servicios de Psicólogoa, Terapeuta Ocupacional, Trabajadora Social, Técnico en Enfermería de Nivel Superior Tens, Cuidadora y diferentes profesionales de la docencia, cuya finalidad es la recuperación de pacientes, que mejoren su calidad de vida y disminuyan el riesgo de diferentes enfermedades que pueden ser perjudiciales para ellos. Servicio a realizar en dependencias del hospital y en entidades que administrativamente dependen de él; en las mejores condiciones posibles para ambas partes, según se detalla en las presentes bases administrativas y bases técnicas, y según cantidades definidas en el anexo n°1.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-02-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 06-02-2024 8:45:44
Fecha inicio de preguntas: 07-02-2024 8:00:00
Fecha final de preguntas: 12-02-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-02-2024 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-02-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-02-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 01-03-2024 16:26:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 7.1 ÍTEM ADMINISTRATIVO (A) - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple. - Anexo Nº 3, Carta Compromiso de todos los prestadores de servicios a participar, donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional, contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur; así como declara no estar inhabilitado para ingresar a la administración pública, de acuerdo al artículo 24 del Decreto 507 que fija el reglamento de becarios de la Ley N° 15.076, y además declaran su compromiso de inscripción en la bolsa curricular del Hospital Hernán Henríquez Aravena, realización de prueba de inducción de la bolsa curricular: rendida y aprobada, según corresponda. - Anexo N° 4, Nómina de Clientes. - Escritura vigente y/o estatuto actualizado de la sociedad donde acredite capital social. Este Documento deberá ser presentado en caso de no encontrarse actualizado y adjunto en Portal Mercado Público. - Certificado de la Tesorería General de la República, en el cual registre que no mantiene deudas con el Estado, vigente al mes de la postulación. - Anexo N°6 Informe de Rendición Mensual de los Servicios. - Anexo N°7, Informe de Rendición detallada de los Servicios en formato digital. - Anexo N°8 Informe de Notificación de Actividades.
Documentos Técnicos
1.- 7.2 ÍTEM TÉCNICO (T) - Anexo N° 5, Listado de Prestadores de Servicios, con nombre y rut de todos los participantes que realizarán las prestaciones. (Requisito de Admisibilidad de la Oferta). - Certificado que acredite su calidad de prestador de Salud individual para Psicólogos, Terapeutas Ocupacionales y Tens, indicando Nº de registro, actualizado a la fecha del año en que se realiza la postulación. Este Certificado debe registrar y acreditar Título Profesional (obligación) y Especialización si la hubiere, de todos los profesionales que participarán de la presente licitación. En caso de estar tramitando registro, debe adjuntar respaldo del mismo. - Título profesional para prestadores de servicios Trabajador(a) Social y Profesores (todas las especialidades), otorgado por la universidad o instituto profesional del estado reconocido por éste, o validado en Chile de acuerdo a la legislación vigente. - Todos los prestadores de servicios profesionales del área de la salud (según se describe en bases técnicas) deben cumplir y adjuntar la documentación que acredite las siguientes capacitaciones, competencias y/o conocimientos: • Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS) o precauciones estándar. Estos documentos deben dar cuenta de una antigüedad que no supere los 5 años de haber recibido la instrucción. • Reanimación Cardiopulmonar (RCP), curso RCP, Reanimación básica o avanzada, PALS, ACLS, ATLS, BLS o similar; o en su defecto certificado que acredite al prestador como instructor vigente de RCP básico o Avanzado, PALS o ACLS. Estos documentos deben dar cuenta de una antigüedad que no supere los 5 años de haber recibido la instrucción. • Esquema de vacunación de Hepatitis B. Es requisito que todos los prestadores de servicios, que tengan contacto con pacientes, fluidos o muestras biológicas durante la prestación de sus servicios en el Hospital, contar con al menos la primera vacuna del esquema contra la Hepatitis B. De no contar con la tarjeta del registro de vacunación, será válida la presentación de un certificado del RNI (Registro Nacional de Inmunizaciones) o presentar el resultado de un examen sanguíneo llamado Anticuerpo contra antígenos de superficie del Virus de la Hepatitis B. Si el resultado es >10 UI/ml la persona está protegida y se considerará valido, es decir, inmunizada. - Licencia o Certificado de enseñanza media completa o similar otorgado y reconocido por el MINEDUC para todos los prestadores de servicios que participarán como Cuidadoras(es), pudiendo ser alguno de los siguientes documentos: - Certificado de estudio para fines laborales; - Licencia de enseñanza media humanista científico; - Certificado anual de estudios; - Certificado anual de estudios enseñanza media técnico profesional, - Certificado de experiencia deseable de todos los prestadores de servicios (según se describe en bases técnicas), en la entrega del mismo servicio o similar en instituciones de salud públicas y/o privadas en cualquier calidad jurídica, la cual debe ser certificada por el Establecimiento de Salud. Documento debe indicar periodo de inicio de las funciones o el periodo en el cual desarrollo dicho servicio, identificando claramente al prestador de servicios, así como a quien suscribe dicha certificación con nombre y cargo. - Documentación deseable que acredite formación y/o competencias en cuidado de paciente con patologías psiquiátricas (para prestador de servicios Técnico de Nivel Superior en Enfermería). - Documentación deseable que acredite formación y/o competencias en manejo y conocimiento de: políticas de salud mental, trabajo en redes, políticas sociales, Microsoft office nivel usuario, comunicación efectiva y deseable curso atención al usuario (para prestador de servicios Trabajador Social). - Documentación deseable que acredite formación y/o competencias en plan nacional de salud mental, red temática de salud mental, guías clínicas asociadas a salud mental, entrevista motivacional y modelo Trans – teórico del Cambio, nomenclatura psiquiátrica (CIE 10, DSM-IV), guías o normativas en alcohol y drogas, rehabilitación individual – psicosocial – comunitaria, manejo computacional medio-alto, deseable ingles nivel intermedio (lectura). (Para perfil Psicólogo que prestara servicios en dependencias del hospital según disposición del ITC). - Documentación exigible que acredite formación y/o competencias en manejo y conocimiento de instrumentos musicales y/o trabajo en formación de talleres grupales (aplica en caso que prestador de servicios sea Psicopedagogo, para perfil de Profesor de Música).
 
Documentos Económicos
1.- 7.3 ÍTEM ECONÓMICO (E) - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, indicando claramente el costo de administración en caso de existir, el valor unitario, y el valor total ofertado (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La presentación incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta). - Garantía por Seriedad de la Oferta. Requisito de Admisibilidad de la Oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a) EVALUACIÓN ECONÓMICA 50 PUNTOS SEGÚN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 50%
2 b) EXPERIENCIA DESEABLE DE LOS PRESTADORES DE SERV SEGÚN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 20%
3 c) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 15 PUNTOS SEGÚN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 15%
4 d) ACREDITA SUFICIENCIA ECONÓMICA 10 PUNTOS SEGÚN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 10%
5 e) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR SEGÚN PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 163121414
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto referencial del contrato, incluido el costo de administración, para doce 12 meses, asciende a la suma de 163.121.414 Exento de IVA, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de la presente Resolución para su conversión,
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2004,
Observaciones 2.2 El costo máximo de administración no podrá ser superior a un 7%, tomando como referencia para su cálculo el presupuesto ofertado sin costo de administración y exento de IVA, ingresado en Anexo N°1, columna A. Por consiguiente, la o las ofertas
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: EUGENIA.ACUNA@REDSALUD.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: CARMEN PEÑA HERNANDEZ
e-mail de responsable de contrato: CARMEN.PENAH@REDSALUD.GOB.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556834-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 15-06-2024
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 8. DOCUMENTO DE GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA 8.1. De acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 de la Ley Nº 19.886, los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, Requisito de Admisibilidad, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto no inferior de $200.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación. El cálculo del monto asegurado para los documentos en donde la moneda sea en valor UF, se calculará de acuerdo a la fecha de emisión por el valor o monto asegurado, el cual, no debe ser inferior a $200.000 mil pesos. 8.2. El documento debe indicar como glosa: - En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta. - Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 18 del 2024 “COMPRA DE SERVICIO DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL” - ID Portal Mercado Público: - Rut del Establecimiento: 61.602.232-6 - Fecha de Vencimiento: día/mes/año 8.3. Para el caso de los oferentes que caucionen la seriedad de la oferta con Vale Vista, la glosa, el nombre, número e ID de la propuesta pública, no será exigible debido a que por formato de las instituciones emisoras, no es posible incorporar la información requerida por el licitante. Sin embargo, deberá identificar claramente el Rut del Hospital como beneficiario. 8.4. El documento de garantía por seriedad de la oferta debe entregarse en sobre cerrado caratulado en oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del décimo (10mo) día corrido posterior a la publicación o bien entregarlo a la Comisión designada para la revisión de estos antecedentes, que se reunirá extraordinariamente y sólo para estos efectos, en Oficina del Subdepartamento de Licitaciones del Hospital, el mismo décimo (10mo) día corrido siguiente al de la publicación a las 15:00 horas. Se solicita a los oferentes cumplir con la identificación del sobre, con el objeto de advertir a los medios de transporte, siempre que se use, o al personal que recibirá el documento, indicando claramente en el exterior lo siguiente: - HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA. - DIRECCIÓN MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (OFICINA DE PARTES). - PROPUESTA PÚBLICA Nº 18 del 2024 “COMPRA DE SERVICIO DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL” - NOMBRE DEL OFERENTE. 8.5. La presentación del documento de garantía por seriedad de la oferta es un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo que debe entregarse impostergablemente en la oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del décimo (10mo) día corrido posterior a la publicación. El no presentar esta Boleta dejará automáticamente fuera de Bases al Oferente respectivo, quedando inadmisible la oferta. 8.6. Para los casos de oferentes que utilizarán la caución de garantía de Póliza de Seguro Electrónica, sólo deberán ingresarla al Portal Mercado Público al momento de ingresar su oferta, no será necesario el envío del documento en soporte papel. 8.7. Una vez adjudicada la propuesta pública, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas. 8.8. Si el plazo finaliza un día sábado, domingo o festivo se prorrogará automáticamente para el día hábil siguiente en el mismo horario. 8.9. Si el documento de garantía contiene algún error en la identificación, ya sea de forma o de fondo, o el monto asegurado sea menor a $200.000 mil pesos, la oferta será declarada inadmisible.
Glosa: 8.2. El documento debe indicar como glosa: - En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta. - Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 18 del 2024 “COMPRA DE SERVICIO DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL” - ID Portal Mercado Público: - Rut del Establecimiento: 61.602.232-6 - Fecha de Vencimiento: día/mes/año
Forma y oportunidad de restitución: 8.7. Una vez adjudicada la propuesta pública, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 14-08-2025
Monto: 5 %
Descripción: 7. DE LA GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 7.1. El adjudicatario se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que podrá ser vale vista, póliza de seguro electrónica, boleta de garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o certificado de fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos (si los hubiere); tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 7.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 7.3. El documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser enviado a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación y/o posteriores al envío del contrato por parte del hospital, a Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 7.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si lo hubiere (Artículo N° 71 del Decreto N° 250/04), y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta como sanción por su incumplimiento. 7.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, dentro del plazo de 90 días corridos contados una vez terminado el período de vigencia correspondiente del contrato, lo cual se informará al proveedor a través de correo electrónico para gestionar la devolución. 7.6. Si el monto total estimado de la Garantía no supera los $ 200.000, entonces se desestimará su exigencia. 7.7. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio.
Glosa: 7.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 7.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, dentro del plazo de 90 días corridos contados una vez terminado el período de vigencia correspondiente del contrato, lo cual se informará al proveedor a través de correo electrónico para gestionar la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
1. INICIO DE LA PROPUESTA
1.1 Para adjudicaciones con montos inferiores a 1.000 UTM, la fecha de inicio será, la fecha que indica la Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución-Contrato y Orden de Compra. 1.2 Para Adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el adjudicatario deberá firmar ante notario o con firma electrónica avanzada un contrato en dos (2) copias, que emanará de la Resolución de Adjudicación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío vía correo electrónico. El Contrato será sancionado mediante la Resolución que Aprueba el Contrato, dictada por la Dirección del Hospital, el cual comenzará su vigencia desde la total tramitación de la Resolución que lo aprueba, la cual será publicada en el Portal Mercado Público. 1.3 No obstante, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán otorgarse desde la fecha de la resolución de adjudicación, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato; de hacer uso de esta facultad el contrato deberá indicar expresamente la fecha a partir de cuándo se comenzarán a prestar los servicios. 1.4 En todo caso, los pagos sólo pueden aplicarse una vez que esté totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato. 1.5 La no presentación del Documento de Garantía en los plazos establecidos en el punto N°7 del ítem III, sobre Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si lo hubiere (artículo 71 del Decreto N° 250/04) y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la oferta, como sanción por su incumplimiento. 1.6 Si existe desistimiento de celebrar el contrato o aceptar la orden de compra, el Hospital podrá adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación (si lo hubiere) (artículo 43 del Decreto N° 250/04) y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la oferta, como sanción por su incumplimiento. 1.7 Si no presenta “el Certificado de antecedentes laborales y previsionales” F30, de la Dirección del Trabajo, dentro del plazo establecido en punto N° 11.14 del Ítem II, sobre Procedimiento Licitatorio de las Bases Administrativas, el Hospital adjudicará al oferente siguiente mejor evaluado (si lo hubiere) (Artículo N° 41 del Decreto N° 250/04).
2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA Y OFERTA
2.1. La propuesta pública por las prestaciones tendrá una duración de doce (12) meses, o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato. 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2004, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio, existiendo motivos fundados para ello, tales como, cuando se justifique adecuadamente que no se pudo contar oportunamente con un nuevo contrato, basado esto, en hechos que provengan de una causa enteramente ajena a la voluntad de la entidad o que el carecer de un nuevo contrato se deba a causas inevitables o, en su caso, que el renovar el contrato sea necesario para la continuidad del servicio, o que por la urgencia de la prestación o servicio, sea necesaria tal renovación, todo esto, solo y únicamente si es debidamente justificado, el monto de la renovación no podrá superar el monto de lo adjudicado en el contrato originario. 2.3. Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación. 2.4. En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al 5% del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato. 2.5. Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original.
3. ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO
3.1 Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los prestadores de servicios que participarán en la licitación, adjuntando el certificado de Prestador Individual de la Superintendencia de Salud. Estos PRESTADORES deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos prestadores por los cuales el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena o el Servicio de Salud Araucanía Sur, haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hayan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado. 3.2 En caso de ser necesario el cambio o la incorporación de prestadores durante la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Director del Hospital a lo menos tres (3) días hábiles antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica. 3.3 El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores con al menos 3 días hábiles de anticipación al inicio del servicio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Subdepartamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que el Director acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 3.4 Respecto del punto anterior, si el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este incumplimiento será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios. Sumado a ello, el rechazo de la incorporación se avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario por parte del Subdepartamento de Compras de Servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.
4. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR, PROVEEDOR O ADJUDICATARIO
El Adjudicatario será el único responsable de la prestación de los Servicios y deberá sujetarse a las normas de la Lex Artis Médica, así como a las disposiciones establecidas al efecto por El Hospital. El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Hospital o a terceras personas, con motivo de la ejecución de las prestaciones por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado el Hospital o por violación a las Leyes o reglamentos aplicables. DE LA MISMA MANERA, EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE, EN TODOS LOS ASPECTOS, DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS QUE DISPONGA PARA REALIZAR LAS ACCIONES DE SALUD.
5. PRECIO
5.1. Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, y exentos de IVA, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el anexo n°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°10.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos. 5.2. Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una aclaratoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato. 5.3. El precio indicado por el Hospital, incluye todo lo especificado en bases para la realización del Servicio. 5.4. En el precio se debe incluir el costo de administración, en caso de existir. 5.5. Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar están exentos de IVA. 5.6. El Hospital no se obliga a realizar la totalidad de las prestaciones publicadas y/o contratadas, ya que estas se realizarán según necesidad y/o disponibilidad del Servicio. 5.7. Déjese establecido que, si los prestadores de servicios son funcionarios del Hospital, las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Por ello, se debe adjuntar documentos que den cuenta de los horarios institucionales en cualquiera de los Establecimientos del Servicio de Salud. Lo anterior será válido para todo el equipo participante. 5.8. Se pagarán sólo por los servicios efectivamente realizados por los prestadores de servicios que están participando de la licitación, así también, por los servicios que cumplan con las bases técnicas.
6. DE LA FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
6.1. Las Horas se facturarán mensualmente, y se gestionará el pago de las prestaciones realizadas específicamente en el período. El proceso de pago procederá con el envío de Informe de Rendición Mensual de los Servicios de todos los prestadores (Anexo N° 6), con el resumen de las horas desarrolladas y valorizadas, y con recepción de Informe de Rendición Digital (Anexo N° 7), el cual registrará todas las horas desarrolladas por cada integrante de la licitación, informe que constatará y evidenciará la realización de las mismas. Dichos documentos serán enviados los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente, dando inicio a una revisión de las mismas y validación de los servicios presentados. Para posterior VºBº del Inspector Técnico del Convenio, certificando que dichas horas fueron efectivamente realizadas por los profesionales y período indicado, como así toda información contenida en Informe de Rendición Mensual de los Servicios, además deberá contar con VºBº del Jefe del Subdepartamento de Compras de Servicios, quien firmará certificando que Informe de Rendición Mensual de los Servicios cumple con la información solicitada en el punto N° 6.14 del Presente Ítem; y con correo electrónico de la Unidad de Asistencia de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, certificando que las horas han sido realizadas fuera de la jornada laboral del prestador. Con dicha validación, se emitirá la Orden de Compra a través del Portal Mercado Público, y se solicitará, una vez aceptada la Orden de Compra, la boleta o factura correspondiente al Adjudicatario. El pago de la factura se podrá realizar mediante trasferencia electrónica de fondos de la Tesorería General de la República de acuerdo a la normativa legal vigente y disponibilidad presupuestaria según la Ley de presupuesto N° 21.640 para el año 2024 para los Servicios de Salud, el cual deberá ser pagado en un plazo que no podrá exceder de treinta (30) días corridos, a contar de la fecha en que la factura es aceptada. (Este punto se encuentra suspendido por el plazo estipulado en la circular N° 14 del 08.03.2023 de la Dirección de Presupuestos). 6.2. El pago de la factura se podrá realizar mediante trasferencia electrónica de fondos del Hospital Hernán Henríquez Aravena, de acuerdo a la normativa legal vigente y disponibilidad presupuestaria según la Ley de presupuesto N° 21.640 para el año 2024 para los Servicios de Salud, el cual deberá ser pagado en un plazo que no podrá exceder de treinta (30) días corridos, a contar de la fecha en que la factura es aceptada. (Este punto se encontrará habilitado solo por el plazo estipulado en la circular N° 14 del 08.03.2023 de la dirección de presupuestos, el cual corresponde desde el 10.03.2023 por 180 días corridos). 6.3. La factura o boleta, se debe emitir a nombre de: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA RUT: 61.602.232-6 DOMICILIO: MANUEL MONTT Nº 115, TEMUCO GIRO: HOSPITAL N° ORDEN DE COMPRA (registrar en campo 801) 6.4. Una vez recibida la notificación de recepción conforme en la plataforma de Mercado Publico, el proveedor deberá proceder a la emisión de la correspondiente Factura electrónica 24 horas después de recibida esta notificación. 6.5. Las facturas deberán ser enviadas a la casilla electrónica: dipresrecepcion@custodium.com, y a carmen.penah@redsalud.gov.cl. 6.6. La Factura emitida por el Proveedor deberá hacer referencia en el detalle a la Orden de Compra (OC) respectiva, dicho número de orden deberá ser registrado en el Campo 801 del documento electrónico. En caso de no contener esta información la factura será rechazada, y se solicitará su refacturación. 6.7. En caso de que la factura no contenga la información indicada en los puntos N° 6.3, y N° 6.6 se procederá a realizar el rechazo del documento. 6.8. Entre la fecha de emisión de factura y la fecha de recepción de la misma no podrá haber más de ocho (8) días corridos de diferencia, de lo contrario la factura será devuelta al remitente, solicitando la refacturación con fecha correspondiente. 6.9. La orden de Compra (OC) debe estar aceptada por el Adjudicatario. 6.10. Solo se pagarán los Servicios que cumplan con las bases técnicas, y que efectivamente sean realizados por los prestadores de servicios que están participando de la licitación. 6.11. No se dará curso al pago de ninguna factura si no se ha ingresado la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. 6.12. Será responsabilidad del Proveedor la entrega y presentación de Informe de Rendición Mensual de los Servicios, que cumpla estrictamente con la información solicitada en las presentes bases, entiéndase y siendo de su completa competencia, una rendición clara y precisa de los servicios a cobrar. Los informes no deben estar enmendados o con presentación de borrones. Es deber del Proveedor velar por las medidas de gestión necesarias para agilizar mensualmente este proceso. 6.13. Deberá adjuntar Planilla con registro horario de los prestadores de servicios, la cual detalle el horario de inicio y término de los días en los cuales realizó los servicios. 6.14. El adjudicatario deberá presentar de manera física, Informe de Rendición Mensual de los Servicios, Anexo N° 6, con todos los integrantes de la licitación que desarrollaron horas en el mes, según formato presentado a continuación: N° MES NOMBRE COMPLETO RUT ESTAMENTO SERVICIO Y/O UNIDAD CANTIDAD DE HORAS VALOR UNITARIO MONTO 1 $ $ 2 $ $ 3 $ $ TOTAL PRESTACIONES $ 6.15. En Informe de Rendición Mensual de los Servicios, Anexo N° 6, deben dar V°B° el o los ITC del contrato y personas indicadas en punto N° 6.1. identificadas con nombre y cargo. 6.16. Los informes asociados al pago de los prestadores de servicios deben ser autorizados mediante la firma y timbre del respectivo Supervisor de Centro, además de las firmas del Inspector Técnico y del Jefe del Subdepartamento de Compras de Servicios. 6.17. Se deben adjuntar las planillas de registro horario a cobrar sin enmendar, firmadas por el Jefe de Servicio y también por ITC designado, subrogantes y/o quien al evento se designe. 6.18. Además, en caso de notificar algún incumplimiento en el desarrollo de las actividades de algún prestador de servicios, Inspector técnico deberá acompañar en la rendición mensual, Anexo N° 8 Informe de notificación de actividades, el cual definirá la sanción por este incumplimiento. 6.19. En el caso de que los prestadores sean funcionarios de algún servicio público de manera habitual o temporal, el Adjudicatario deberá adjuntar registro horario de los mismos, evidenciando que no existe tope de horario, para dar V°B° al pago mensual. Este registro deberá ser presentado al momento de la rendición mensual del servicio y encontrarse sin observaciones. Como también, debe ser válidamente emitido, es decir, contar con las firmas y validación de Jefatura del Recinto Asistencial correspondiente. 6.20. Sumado a lo anterior, Adjudicatario deberá enviar Informe de Rendición detallada de los Servicios, Anexo N° 7, de manera digital. Este Informe de Rendición debe incluir a todos los integrantes que realizaron horas el mes a rendir, y detallando las horas realizadas por los mismos. Si Adjudicatario no envía este informe de rendición digital no será posible dar V°B° al pago de los servicios rendidos. 6.21. De acuerdo a información indicada por cada columna de Anexo N°7 Informe de Rendición detallada de los Servicios, el cual se encuentra adjunto al finalizar bases técnicas, se deberá completar Formulario, según la siguiente descripción: 1 N° Colocar número correlativo. 2 MES PRESTACIÓN Indicar mes en que se realizó la prestación que se está cobrando. 3 RUT Escribir número de Rut del prestador de servicios sin espacios, sin puntos, sin guion, sin digito verificador. 4 DV Escribir sólo el digito verificador del Rut del prestador de servicios. 5 APELLIDOS PRESTADOR Colocar ambos apellidos del prestador de servicios, con letra mayúscula y sin tildes. 6 NOMBRES PRESTADOR Colocar nombre completo del prestador de servicios, con letra mayúscula y sin tildes. 7 FUNCIÓN Indicar en qué función prestó servicios, por ejemplo: nutricionista, enfermera, ingeniero, matrona, técnico en enfermería, técnico en administración, médico en formación, médico especialista, etc. 8 UNIDAD O SERVICIO Señalar en qué unidad o servicio realizó la prestación de servicios 9 AÑO-MES-DÍA Indicar en el siguiente formato la fecha de la prestación: 2024-08-19. Si la prestación es por el mes indicar una línea por día, indicando horario de inicio y término. 10 HORA INICIO Se debe indicar la hora de inicio de la prestación. 11 HORA TÉRMINO Se debe indicar la hora de término de la prestación. 12 TOTAL HORAS En esta columna se debe indicar el total de horas que duró la prestación. 13 CANTIDAD PRESTACIONES Indicar la cantidad de prestaciones a cobrar según lo contratado. 14 CÓDIGO PRESTACIÓN Indicar código de la prestación que se está rindiendo. 15 PRESTACIÓN Indicar el nombre de la prestación que se está rindiendo. 16 VALOR Indicar el valor a cobrar por prestación, según lo contratado. 17 RUT PACIENTE (SIN DIGITO VERIFICADOR, SIN PUNTOS, SIN GUION) Escribir número de Rut del paciente sin espacios, sin puntos, sin guion, sin digito verificador. Si no aplica colocar un cero. 18 DV Escribir sólo el digito verificador del Rut del paciente. Si no aplica colocar un cero. 19 APELLIDOS PACIENTE Colocar ambos apellidos del paciente, con letra mayúscula y sin tildes. Si no aplica colocar un cero. 20 NOMBRES PACIENTE Colocar nombre completo del paciente, con letra mayúscula y sin tildes. Si no aplica colocar un cero. 21 PREVISIÓN DEL PACIENTE Indicar previsión de paciente. Si no aplica colocar un cero. 22 OBSERVACIÓN Si el proveedor desea agregar algún otro comentario puede hacerlo en esta columna. 6.22. El Adjudicatario deberá enviar mensualmente los Anexos N° 6 y N° 7 por correo electrónico al Inspector técnico del convenio, con copia al Subdepartamento de Compras de Servicios, con la finalidad de disponer de los registros rendidos. Si el Adjudicatario no envía estos informes de rendiciones no será posible dar V°B° al pago de los servicios rendidos, y además, será causal de una multa descrita en el punto 13 del ítem III de las presentes bases administrativas 6.23. Los informes deberán ser entregados en el Subdepartamento de Compras de Servicios del Hospital. 6.24. Déjese establecido que, si los prestadores son funcionarios del Hospital, las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur; lo que será validado por el Sub-Departamento de Remuneraciones mediante el V°B° de la Unidad de Asistencia. 6.25. Solo se pagarán los valores que correspondan a los participantes que se encuentren efectivamente validados para pago, los que no cuenten con dicha validación quedarán registrados en el informe firmado por el inspector técnico y el inspector administrativo. La tramitación de los miembros del equipo que no se haya validado en primera instancia quedará pendiente hasta contar con dicha validación. 6.26. El plazo máximo sujeto a la validación de las prestaciones realizadas y a su vez rendidas al Subdepartamento de Compras de Servicios, será el último día hábil de mes subsiguiente en el que se realizó el servicio. 6.27. Para prestaciones rendidas fuera de plazo, (es decir prestaciones con más de 3 meses de atraso en rendición) el plazo máximo de validación será de quince (15) días hábiles, sin excepción, siempre y cuando la licitación se encuentre vigente.
8. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
8.1. Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto de los prestadores de servicios que la prestadora contrate o destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. 8.2. Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables a la que estén vigentes en las leyes y reglamentos de Chile. 8.3. El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los prestadores de servicios que contrate, de acuerdo a las normas establecidas en el Código del Trabajo, incluyendo las disposiciones sobre subcontratación. 8.4. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus prestadores de servicios, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil. 8.5. El Adjudicatario se responsabiliza, de la restitución de los bienes que hayan sido hurtados o robados en sectores que se les haya entregado, cuando se compruebe la responsabilidad del adjudicatario en virtud del proceso administrativo que el Hospital haya instruido para tales efectos. 8.6. Así también el Adjudicatario responderá por los daños o deterioros materiales que se produjeran por la ejecución de los servicios afectos a la presente licitación, que hubieren sido causados por el prestador de servicios designado por éste, cuando se compruebe la responsabilidad del adjudicatario en virtud del proceso administrativo que el Hospital haya instruido para tales efectos.
9. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
9.1. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 9.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 9.3. Se solicitará una nueva Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto ( porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, y de esta manera garantizar la totalidad del contrato. 9.4. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04.
10. DE LAS OBLIGACIONES
10.1. Será obligación del Adjudicatario contar con prestadores acreditados y capacitados para el desempeño de los servicios por los cuales se ejecuta el presente convenio, considerando lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado. 10.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su prestador una credencial de identificación, la que deberá ser utilizada en un lugar visible. Dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, profesión y servicio a prestar, como identificación de la empresa. 10.3. El proveedor adjudicado deberá entregar a todos los prestadores de servicio el tríptico de inducción, adjunto en ID de la propuesta pública en Portal Mercado Público, al momento de dar inicio al Servicio, entregando al Inspector Técnico del convenio el Listado Recepción Tríptico una vez finalizado el primer mes, junto con la documentación para facturación, donde toda la dotación que participe del Servicio haya firmado su recepción. 10.4. Sera obligación del proveedor presentar por cada prestador una copia de "Convenio de Prestación de Servicios a Horarios" o "Contrato", según corresponda, por cada prestador de servicios presentado en Nómina Inicial (Anexo de Prestadores de Servicios de las presentes bases), el cual se podrá presentar en un plazo máximo de diez (10) días corridos, una vez adjudicado el convenio. Además, se deberá presentar por cada prestador que fuera incorporado al convenio, el cual se podrá presentar diez (10) días hábiles iniciados los servicios, o presentada la carta de incorporación, lo que ocurra primero. La documentación deberá remitirse al Subdepartamento de Compra de Servicios, por medio de correo electrónico a la casilla: estephany.gebhard@redsalud.gob.cl. 10.5. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Director del Hospital a lo menos tres (3) días hábiles antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica. 10.6. El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores con al menos 3 días hábiles de anticipación al inicio del servicio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Subdepartamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que el Director acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 10.7. Si el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este incumplimiento será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios. Sumado a ello, el rechazo de la incorporación se avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario por parte del Subdepartamento de Compras de Servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 10.8. El proveedor deberá realizar las prestaciones en las fechas solicitadas por el Hospital, así como velar que los servicios establecidos en las bases se lleven a cabo en la cantidad establecida, intervalos de tiempo, y ejecutados fuera del horario institucional contratado del prestador, en caso de poseer u contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Además de ello, deberá cumplir con lo estipulado en las bases técnicas durante la ejecución del contrato, y que digan relación con las prestaciones señaladas en las mismas. 10.9. El Adjudicatario se responsabiliza, a prestar ininterrumpidamente sus servicios, y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del servicio programado, no cubrir toda la dotación necesaria para el servicio, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o mediante reclamo del funcionario a cargo de la Unidad o Servicio en el cual los prestadores de servicios asisten. 10.10. El Adjudicatario deberá prohibir que sus prestadores de servicios coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 10.11. Todos los prestadores de servicios deben usar los elementos de protección personal correspondientes, los que serán proporcionados por el Hospital, en especial para aquellos prestadores que pudieran estar expuesto a agentes químicos 10.12. El Adjudicatario y su prestador respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y dependencias, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior, por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera: - Norma de Higiene de Manos. - Norma de aseo. - Norma de salud de los prestadores de servicios. - Norma de Precauciones estándar. - Norma de precauciones según vía de transmisión. 10.13. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas. 10.14. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: La empresa adjudicada deberá considerar, que a todo prestador de servicios que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
11. MULTAS
11.1. Será responsabilidad del Adjudicatario realizar la totalidad de las prestaciones demandadas por el Hospital, dentro del plazo establecido en la Licitación, el no cumplimiento de estos plazos y sin causa justificada, podrá ser causal de hacer efectivo el cobro de la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. 11.2. El Hospital aplicará al adjudicatario algunas multas, según la siguiente definición: FALTA MULTA (UTM) REGULAR 1 GRAVE 3 MUY GRAVE 5 11.3. Respecto de la Seguridad Hospitalaria. Cuando sea probable la responsabilidad de alguno(s) de los prestadores de servicios dispuestos por el Adjudicatario, en eventos de sustracción de bienes o especies inventariadas o no, o ante daños o deterioros sobre el espacio físico y material causados por su prestador, se cursará una multa de carácter MUY GRAVE. 11.4. Respecto al Uniforme. El incumplimiento sobre uso del uniforme e identificación del profesional, tendrá la aplicación de una multa. Para esta infracción no se considerará un plazo de mejora, sino que la multa será materializada inmediatamente. Multa de carácter REGULAR. 11.5. El incumplimiento de alguna de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumplimiento de las obligaciones señaladas en el punto Nº 10 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas. Multa de carácter REGULAR. 11.6. Un segundo incumplimiento de la misma obligación señalada en el punto Nº 10 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas, será sancionada con una multa de carácter de GRAVE. 11.7. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Director del Hospital a lo menos tres (3) días hábiles antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica. Luego del proceso de rendición de prestaciones, compra de servicios corroborará que todos los prestadores estén formalmente incorporados y aceptados en el convenio, aplicando una multa por cada prestador de servicios que no esté incorporado en el convenio al momento de otorgar una primera prestación. Este incumplimiento será sancionado con una multa de una (1) UTM por mes en que no se encuentre incorporado el prestador, sin tope máximo de multa. Esta infracción será notificada por la jefatura del Subdepartamento de Compras de Servicios. Multa de carácter de REGULAR. 11.8. Respecto del punto anterior, si el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este incumplimiento será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios. Sumado a ello, el rechazo de la incorporación se avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario por parte del Subdepartamento de Compras de Servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 11.9. Se sancionará con una multa cuando el prestador de servicios no asista al servicio comprometido, y Oferente no haya dispuesto de un nuevo prestador de servicio para su reemplazo. Se aplicará la multa de 1 UTM por cada evento de no presentación del servicio acordado, cuando este no sea cubierto por otro profesional dispuesto por Proveedor. Multa de carácter REGULAR. 11.10. Se sancionará con una multa cuando se produzca abandono del Servicio comprometido. Se aplicará la multa por cada evento de no presentación y/o abandono del turno o horas acordadas, cuando estas no sean cubiertas por otro profesional dispuesto por Proveedor. Multa de carácter de REGULAR. 11.11. Se aplicará una multa por cada reclamo escrito a causa de la atención brindada al usuario por parte del prestador de servicios dispuesto por el Adjudicatario. Multa de carácter de REGULAR. Esta multa será notificada por Inspector Técnico del Convenio. 11.12. La reiteración de dos (2) multas de carácter de REGULAR por el mismo concepto, dentro de la ejecución del convenio, dará lugar a que la tercera multa aplicada por el mismo concepto, tenga carácter de GRAVE. 11.13. La reiteración de dos (2) multas de carácter de GRAVE por el mismo concepto, dentro de la ejecución del convenio, dará lugar a que la tercera (3) multa aplicada por el mismo concepto, tenga carácter de MUY GRAVE. 11.14. Si el prestador de servicios incurre por segunda (2da) vez en una falta respecto a lo definido en “competencias técnicas” sobre las actividades, que “afecte el normal desarrollo del servicio”, o en “otra falta” de acuerdo con el Anexo N°8, se aplicará una multa de una (1) UTM. El inspector técnico notificará estos incumplimientos conforme a lo señalado en Anexo N°8 Informe Notificación de Actividades. El inspector técnico notificará estos incumplimientos conforme a lo señalado en Anexo N°8 Informe Notificación de Actividades. Multa de Carácter REGULAR. 11.15. Si el prestador de servicios incurre por tercera (3ra) vez en una falta respecto a lo definido en “competencias técnicas” sobre las actividades, que “afecte el normal desarrollo del servicio”, o en “otra falta”, de acuerdo con el Anexo N°8, se resolverá el cambio del prestador de servicios y se aplicará una multa de dos (2) UTM. El inspector técnico notificará estos incumplimientos conforme a lo señalado en Anexo N°8 Informe Notificación de Actividades. 11.16. Cuando el prestador de servicios incurra en un incumplimiento calificado como “otra falta”, la cual afecte la integridad física o psíquica de los funcionarios o pacientes, se resolverá el cambio inmediato del prestador de servicios, y se podrá aplicar una multa de tres (3) UTM. Inspector Técnico notificará esta situación acompañando el informe que acredite las circunstancias de la presente falta firmado por el Subdirector del respectivo Servicio, y acompañando Anexo N°8 Informe Notificación de Actividades. Multa carácter GRAVE. 11.17. El Adjudicatario deberá enviar mensualmente los informes (Anexo N° 6 y N° 7) con los antecedentes solicitados para el pago mensual, descrito en Bases Administrativas (Punto 6 ítem III), al correo electrónico del inspector técnico del convenio con copia al Sub-Departamento de Compras de Servicios, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes. El incumplimiento de este plazo será causal de la siguiente multa, según días de retraso: Ciclo Multa 1.- Contados desde el sexto al noveno día hábil del mes siguiente al de las prestaciones 0,5 UTM 2.- Contados desde el décimo al vigésimo día hábil del mes siguiente al de las prestaciones 1 UTM 3.- Contados desde el vigésimo primer y hasta el trigésimo día hábil del mes siguiente al de las prestaciones 2 UTM 4.- Reiterándose el atraso, desde el trigésimo primer día hábil se aumentará el monto de la multa en 1 UTM adicional a lo definido en el intervalo anterior, es decir, el resultado final de la multa corresponderá a la suma de ambos valores. Luego, cada 10 días hábiles de atraso se aumentará el monto de la multa en 1 UTM adicional. Por ejemplo, desde el trigésimo primer día hábil al cuadragésimo día hábil del mes siguiente al de las prestaciones, el monto de la multa será de 3 UTM. A su vez, desde el cuadragésimo primero al quincuagésimo día hábil, el monto de la multa será de 4 UTM, y así sucesivamente cada 10 días hábiles de atraso. 11.18. Si Inspector técnico del convenio, al momento de detectar incumplimiento o una situación que de origen y configure la aplicación de una multa, deberá informar mediante memorándum dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento, al Inspector Administrativo de la Unidad de Compra y a la Unidad de Gestión de Contratos. El Inspector Administrativo será el encargado de dejar registro en la carpeta de la propuesta pública, junto con todos los antecedentes relacionados con la multa y llevar administrativamente el monitoreo del proceso completo. 11.19. A su vez, el Inspector Administrativo notificará al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con la multa al correo electrónico que haya declarado en su anexo “Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), concediéndole traslado para que dentro cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que acepta la multa cursada, precluyendo su derecho a impugnarla. 11.20. Recibidos los descargos del proveedor o vencido el plazo para presentarlos, el Inspector Administrativo del Área de Compra, deberá informar a la Unidad de Gestión de Contratos, mediante memorándum, los descargos, alegaciones o defensas presentados por el proveedor (si los hubiere) y los antecedentes pertinentes que obren en su poder para acreditar el incumplimiento. 11.21. Una vez reunidos todos los antecedentes, la Unidad de Gestión de Contratos citará a reunión al Inspector Administrativo, a un profesional de la Unidad de Asesoría Jurídica, y al Inspector Técnico del Convenio en los casos que corresponda. En esta instancia y en función de los antecedentes presentados por el proveedor, los integrantes resolverán: la aplicación efectiva de la multa, rebaja de la misma, o el no cobro de la multa cuando las causas del incumplimiento se refieran a circunstancias que no sean atribuibles al proveedor. Para todos los casos, se deberá sancionar esta determinación mediante una Resolución fundada, que dará cuenta de las razones que avalan tal determinación. 11.22. Si luego de la evaluación, se determina que procede la aplicación de la Multa, la Unidad de Gestión de Contrato solicitará al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica redactar la Resolución fundada que aplica la multa, pronunciándose sobre los descargos presentados si existieran, y antecedentes que se tengan a la vista, lo que será remitido al Director del Hospital para la dictación de la resolución respectiva. 11.23. La Resolución que aplica multa deberá notificarse al Departamento de Finanzas para su distribución al Sub Departamento de Comercialización y a la Sección de Contabilidad (para el respectivo devengo), a la Unidad de Compra respectiva y a la Unidad de Gestión de Contratos. Esta última deberá ingresar dicha Resolución al sistema local de gestión de contratos, a la correspondiente ficha de contratos de la plataforma de Mercado Público y al afectado. Respecto a este último, tanto la notificación de la Resolución que aplica la multa, como la Resolución que se pronuncie sobre los eventuales recursos interpuestos, deberán efectuarse mediante carta certificada. 11.24. Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, a través de una Resolución dictada por el Director del Hospital, la que será notificada al afectado mediante su publicación en el Portal Mercado Público. Respecto de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los procedimientos administrativos, en las formas y plazos legales. La Resolución que resuelva los recursos interpuestos, deberá notificarse al interesado, así como al Departamento de Finanzas para su distribución al Sub Departamento de Comercialización, a la sección de Contabilidad, la Unidad de Compra respectiva y la Unidad de Gestión de Contratos. 11.25. La multa deberá pagarse dentro de quince (15) días hábiles siguientes de notificada la Resolución que la aplica o resuelva los recursos interpuestos (art. 6 del Decreto N° 250/04), por alguno de los siguientes medios: • Depósito o transferencia electrónica a la cuenta corriente N° 62909137751 del Banco Estado, con copia del comprobante al e-mail: marjorie.perez@redsalud.gov.cl, acompañando copia de la resolución que aplica la multa o resuelva los recursos interpuestos. • Pago directo en la caja de Contabilidad, ubicada en edificio de Acceso Principal, Montt 115, Temuco, acompañando copia de la resolución que aplica la multa o resuelva los recursos interpuestos. 11.26. Una vez recibido el pago de la multa, el Sub Departamento de Contabilidad deberá informar al Sub departamento de Comercialización para su contabilidad y declaración de ingreso propio, al Inspector Administrativo de la Unidad de compra respectiva, para el archivo y cierre del proceso de multas en la carpeta de la Licitación, y a la Unidad de Gestión de Contratos. 11.27. Si el afectado no paga la multa dentro del plazo correspondiente, se procederá en conformidad a lo indicado en las respectivas bases de licitación o términos de referencia, pudiéndose poner término al contrato, en cuyo caso se hará efectiva la Garantía por Cumplimiento de Contrato. 11.28. Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor del contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al señalado será causal de Término anticipado del mismo. Excepcionalmente este tope no se aplicará si la Dirección del Establecimiento estima por Resolución Fundada que no resulta conveniente para los intereses de éste el poner Término al contrato en virtud del estado del mismo. 11.29. Lo anterior, en base a lo indicado según Resolución Exenta Nº 6035 de fecha 30.06.2023 que aprueba modificación de procedimiento interno segunda versión para la aplicación de multas cursadas en contrataciones regidas por la Ley N° 19.886. 11.30. Para todos los casos en que se aplique una multa basada en el valor de la UTM, se considerará siempre la UTM en el mes en que ocurrió el incidente.
12. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital podrá declarar administrativamente, el término anticipado, de todo o parte del contrato mediante Resolución fundada, por alguna de las siguientes razones: 12.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 12.2. Se podrá dar término al contrato anticipadamente cuando las necesidades del Hospital cambien, en el sentido que sea posible cubrir la demanda de las prestaciones que dan origen a esta contratación 12.3. Incumplimiento del Adjudicatario de las siguientes obligaciones: a) No dar inicio al servicio al día hábil siguiente a la fecha de inicio del convenio (según lo indicado en el punto N° 1 del ítem III de las bases administrativas) o según las necesidades del establecimiento. b) Adulteración de Documentos que digan relación con los antecedentes clínicos de los Pacientes tratados (fecha y hora de la atención, Nombre del Paciente y Nombre de los integrantes del Equipo que realiza la atención). c) Multa reiterada, entiéndase una cuarta (4ta) vez por la misma situación. d) Manipulación inadecuada de maquinaria o Instrumental quirúrgico que recaiga en riesgo de vida del Paciente, calificada por el Inspector Técnico del Convenio. e) Incumplimiento del protocolo de Calidad del Servicio donde presta servicios. f) Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva. g) Paralización de actividades por 24 horas, entendiéndose por tal no solo la paralización total, sino también la paralización parcial (no ejecutar la prestación y/o no encontrarse en el lugar en que presta los servicios), en caso de que el Adjudicatario no ejecute las prestaciones y/o no se encontrasen los prestadores en el lugar en que presta los servicios requeridos en los periodos prefijados en el convenio. h) Declaración de Quiebra del Adjudicatario, o de Insolvencia Económica, siempre y cuando –a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. i) Incumplimiento reiterado, entiéndase una cuarta (4ta) vez, de alguna(s) de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumplimiento de las obligaciones señaladas en el punto Nº 10 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas. j) Otras causales de término de contrato establecidas en el Art. 13º de la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación Pública y en su Reglamento. k) En caso de presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo para ello presentar certificado de la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de esta obligación. l) Si durante la ejecución del contrato, aconteciese algunas de las causales establecidas entre los puntos N°1.4.12 y N°1.4.16 del ítem II de las Bases Administrativas, respecto a la Unión temporal de Proveedores (UTP). m) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 12.4. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en los puntos N° 12.1. y 12.2. del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 12.5. El Inspector Técnico del convenio al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compras correspondiente. 12.6. La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de la licitación de todos los antecedentes relacionados con el incumplimiento. Deberá notificar al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con el termino anticipado al correo electrónico que haya declarado en su Anexo N°1“Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público, concediéndole traslado para que dentro de cinco (5) días hábiles, a contar de las 24 horas hábiles transcurridas desde la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que, aceptado el incumplimiento cursado, precluyendo su derecho a impugnarlo. 12.7. Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital. 12.8. El término anticipado del Contrato se decretará por Resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Público al interesado, en consideración a los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del Decreto N° 250, del año 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.
13. NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO
Se deja expresamente establecido que “El Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el prestador que el Adjudicatario destine o contrate para la provisión del servicio descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica del personal que participe en las prestaciones contratadas.
14. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.
15. FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO
Erwin Contreras Poblete; erwin.contreras@redsalud.gov.cl. Jefe Sub-Departamento Licitaciones del Hospital. En todo caso, se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal www.mercadopublico.cl.
16. FUNCIONARIO ENCARGADO DE LA COMPRA E INSPECTOR ADMINISTRATIVO
Carmen Peña Hernández, carmen.penah@redsalud.gov.cl, Jefa del Subdepartamento de Compras de Servicios del Hospital, o quien la subrogue en su cargo.
17. LA RECEPCIÓN
La recepción conforme de las diferentes prestaciones que contemple el convenio, la realizará el Inspector Técnico designado, debiendo además contar con el VºBº del Jefe del Subdepartamento de Compras de Servicios; y correo de la Unidad de Asistencia de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, validando que las prestaciones han sido realizadas fuera de horario institucional del Hospital. Todos los profesionales indicados, tendrán la función de coordinar y actuar como contraparte técnica en este convenio. Esto incluirá también la visación de los pagos por las prestaciones otorgadas.
18. COORDINACIÓN Y CONTRAPARTE TÉCNICA DEL CONTRATO
La Coordinación y contraparte técnica del contrato será realizada por el Inspector Técnico de Convenio, deberá dar el VºBº para el pago de las prestaciones. Esta coordinación será nombrada por resolución exenta del Director, que tendrá la responsabilidad y las atribuciones para la fiscalización de la ejecución del contrato a que da origen la presente licitación pública. En caso de no contar con disponibilidad de Inspector técnico, asumirá sus funciones quien subrogue en su cargo y/o quien se designe como subrogante en esta inspección técnica.
19. REFERENTE A LA FUNCIÓN DE LOS INSPECTORES DEL CONVENIO
Para efectos de coordinar las acciones que sean pertinentes entre Hospital y el Adjudicatario de este Convenio, el Director del Hospital nombrará mediante Resolución un Inspector Técnico del Convenio, y a un Inspector Administrativo, quienes serán los responsables de cumplir las siguientes funciones: 19.1. FUNCIONES INSPECTOR TÉCNICO: - Fiscalizar el estricto cumplimiento del Convenio. - Notificar al Jefe de Sub-Departamento de Compras de Servicios del Hospital, cuando haya evidencia de incumplimiento por parte del proveedor en la entrega del servicio u otros incumplimientos, para hacer efectivos los cobros de las multas asociadas. - Ejecutar todas las funciones asociadas al Control de la Licitación, como solicitudes, y al cumplimiento de las normativas del Establecimiento. - Dar VºBº a los Informes mensuales de los servicios y registro y reportes indicados en bases técnicas realizadas por el adjudicatario, para proceder a la Gestión de Pago de la Factura, previa emisión de la Orden de Compra correspondiente. Dicho Informe deberá identificar claramente al Inspector, por lo que debe venir con Nombre, Cargo y Firma del ITC. - Velar porque la empresa adjudicada envíe dentro de cinco días hábiles, los antecedentes al Sub-Departamento de Compras de Servicios con la validación de la rendición entregada y/o realizar las observaciones necesarias. - Evaluar el Cumplimiento del contrato por parte del Proveedor adjudicado una vez finalizado el convenio. Esta Evaluación será ingresada a Portal Mercado Público, evidenciando y dejando constancia de su comportamiento contractual durante la entrega del servicio, entiéndase cumplimiento tanto de bases técnicas como administrativas. 19.2. FUNCIONES INSPECTOR ADMINISTRATIVO: - Monitorear la vigencia del contrato, registrando las prestaciones rendidas mensualmente y velando porque éstas se vayan descontando adecuadamente de los saldos de la licitación. - Gestionar previa solicitud del Inspector Técnico, todas las solicitudes que refieran a la continuidad del convenio, así como su término anticipado (cuando corresponda). - Corroborar la información rendida por la empresa, verificando los registros de prestaciones en los sistemas hospitalarios. - Luego de revisar y dar VºBº a los informes mensuales, se debe emitir la Orden de Compra correspondiente y solicitar factura al proveedor. - Deberá enviar la documentación a contabilidad para la tramitación de pago.
20. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
20.1. En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Para estos efectos, se considerará lo dispuesto en el artículo 75 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
21. NOTA FINAL
21.1. Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las Leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. 21.2. Además, esta licitación se regirá, para todos los efectos legales, por la Ley N° 19.886, de compras y contrataciones públicas y su Reglamento.
Resolución de Empates

10.15.      En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)       Mayor puntaje en evaluación económica, y de persistir el empate;

b)       Mayor puntaje en experiencia deseable de los prestadores de servicios, y de persistir el empate;

c)       Mayor puntaje en experiencia del oferente, y de persistir el empate;

d)       Mayor puntaje en acreditación de suficiencia económica, y de persistir el empate;

e)       Mayor puntaje en cumplimiento de entrega de antecedentes en cierre electrónico.

10.16.      En caso de haber aplicado los criterios señalados en el punto anterior y se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que hubiese cumplido con la dotación referencial establecida en las bases.

10.17.      Finalmente, y una vez aplicados los criterios de los puntos 10.15 y 10.16 se mantiene el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.