Licitación ID: 2133-31-LQ25
PPTA 62-25 DFL 36 - CS APOYO INTEGRAL SALUD MENTAL
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 86
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Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
COMPRA DE SERVICIO DE APOYO INTEGRAL PARA SALUD MENTAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 62-25 DFL 36 - CS APOYO INTEGRAL SALUD MENTAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo principal de esta Propuesta Pública es la Compra de Servicio de horas de psicólogosas, Terapeuta Ocupacional, Trabajador Social, Profesor de Ed. Física, Profesor de Música, Profesor de Artes, Técnico en Enfermería y Cuidadoras, para el servicio de Psiquiatría, Centro integral de Rehabilitación Psicosocial CIRP. Hogar protegido “Las Araucarias”, y además para la atención de pacientes hospitalizados, ambulatorios y consultas o visitas domiciliarias a pacientes del hospital, ello con la finalidad de dar cobertura oportuna a los pacientes, mejorando su calidad de vida y reduciendo el riesgo de enfermedades que podrían afectarles en el ámbito de la salud mental. Además, se busca proporcionar un enfoque integral y personalizado de la atención, que fomente la rehabilitación física y psicológica, fortaleciendo las habilidades sociales y cognitivas, y el desarrollo de estrategias para el manejo de emociones, pues con la dotación institucional no es posible cubrir la demanda de estas prestaciones, razón por la cual, se requiere dar respuesta a esta necesidad asistencial que va en directo beneficio a la atención de pacientes del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena. Dicho servicio se realizará en dependencias del Establecimiento, fuera de horario institucional, y a beneficiarios del Sistema Público de Salud, en las mejores condiciones posibles para ambas partes, según se detalla en las bases administrativas y técnicas, y en Anexo Nº 1. El respectivo contrato estará sujeto a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, del 10 de Julio de 1980 del Ministerio de Salud y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº 18.417, en este sentido, El Prestador de Acciones de Salud se obligará a proporcionar por cuenta y a nombre del Hospital, y por la vía de la delegación, conforme a lo requerido por el inc. 1 del art. 2 del DFL 3680 a los Beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud de la Ley Nº 18.469, las acciones de prevención, fomento, recuperación, protección o de rehabilitación de salud que por este acto se licitan.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-03-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-03-2025 11:50:22
Fecha inicio de preguntas: 04-03-2025 12:00:00
Fecha final de preguntas: 10-03-2025 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-03-2025 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-03-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-03-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-03-2025 17:04:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo N°1-A Identificación Oferente, para efectos de lo señalado en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Requisito formal. - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple. Requisito formal. - Anexo Nº 2A, Declaración jurada programa de integridad. - Anexo N°2B, Declaración jurada de independencia de la oferta. Requisito formal. - Anexo Nº 3, Carta Compromiso de todos los prestadores de servicios a participar, donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur; y además declaran su compromiso de inscripción en la bolsa curricular del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, realización de prueba de inducción de la bolsa curricular: rendida y aprobada, según corresponda. Requisito formal. - Copia de la escritura pública de constitución y/o eventuales modificaciones, emitida dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación y/o Estatuto actualizado emitido dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación. Requisito formal. - Los oferentes deberán presentar cualquier documento que acredite patrimonio, ya sea escritura de constitución y/o estatuto actualizado (a través de su capital social), documento bancario, certificado del Servicio de Impuestos Internos (SII) u otro documento para persona jurídica; o bien, en caso de tratarse de persona natural, algún documento como, por ejemplo; del Servicio de Impuestos Internos (F22) y/o cualquier antecedente que acredite patrimonio. Ello, según lo requerido en los factores de evaluación definidos en ítem II de las bases administrativas. Requisito formal. - Certificado de la Tesorería General de la República, vigente al mes de la postulación. Requisito formal. - Documento de programa de integridad y ética empresarial.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N° 4, Nómina de Clientes. Requisito de Admisibilidad de la Oferta. - Anexo N° 5, Listado de Prestadores de Servicios, con nombre y rut de todos los participantes que realizarán las prestaciones. Requisito de Admisibilidad de la Oferta. - Certificado que acredite su calidad de prestador de Salud individual de todos los participantes indicando Nº de registro, actualizado a la fecha del año en que se realiza la postulación. Requisito formal. - Certificado de experiencia DESEABLE para los prestadores de servicios según lo establecido en las bases técnicas, del punto N°3.1 al 3.9, en Instituciones de Salud públicas y/o privadas. Experiencia en cualquier calidad jurídica, la cual debe ser certificada por dichas Instituciones de Salud públicas y/o privadas. Documento debe indicar periodo de inicio de las funciones o el periodo en el cual desarrollo dicho servicio, identificando claramente al prestador de servicios, así como a quien suscribe dicha certificación con nombre y cargo. - Todos los prestadores de servicios profesionales del área de la salud deben cumplir y adjuntar la documentación que acredite las siguientes capacitaciones, competencias y/o conocimientos: • Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS) o precauciones estándar. Estos documentos deben dar cuenta de una antigüedad que no supere los 5 años de haber recibido la instrucción. Requisito formal. • Reanimación Cardiopulmonar (RCP), RCP, Reanimación básica o avanzada, PALS, ACLS, ATLS, BLS o similar; o en su defecto certificado que acredite al prestador como instructor vigente de RCP básico o Avanzado, PALS o ACLS. Estos documentos deben dar cuenta de una antigüedad que no supere los 5 años de haber recibido la instrucción. Requisito formal. • Esquema de vacunación de Hepatitis B. Es requisito que los prestadores de servicios que tengan contacto con pacientes, fluidos o muestras biológicas durante la prestación de sus servicios en el Hospital, contar con el esquema completo contra la Hepatitis B (3 dosis). De no contar con la tarjeta del registro de vacunación, será válida la presentación de un certificado del RNI (Registro Nacional de Inmunizaciones) o presentar el resultado de un examen sanguíneo llamado Anticuerpo contra antígenos de superficie del Virus de la Hepatitis B. Si el resultado es >10 UI/ml la persona está protegida y se considerará valido, es decir, inmunizada. Requisito formal.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, indicando claramente el costo de administración en caso de existir, el valor unitario, y el valor total ofertado (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La omisión o presentación incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 D) ACREDITA SUFICIENCIA ECONÓMICA VER PUNTO 9.10, ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 10%
2 A) EVALUACIÓN ECONÓMICA VER PUNTO 9.10, ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 50%
3 B) EXPERIENCIA DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS VER PUNTO 9.10, ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 15%
4 C) EXPERIENCIA DEL OFERENTE VER PUNTO 9.10, ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 15%
5 E) PROGRAMA DE INTEGRIDAD VER PUNTO 9.10, ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%
6 F) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR VER PUNTO 9.10, ITEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 246819528
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto referencial del contrato, incluido el costo de administración, para doce 12 meses, asciende a la suma de 246.819.528.- Exento de IVA, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de la presente Resolución para su conversión.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre la renovación del contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato original, motivo de la presente licitación pública, y por una sola vez. Dicha renovación deberá estar debidamente fundamentada y justificada.
Observaciones 2.5 Las ofertas presentadas no podrán sobrepasar las 5.000 UTM.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Nombre de responsable de contrato: CARMEN PEÑA HERNÁNDEZ
e-mail de responsable de contrato: carmen.penah@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556834-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 11-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: 9.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto total neto ofertado del adjudicatario; la cual podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato.
Glosa: 9.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 9.8. El documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato será devuelto al adjudicatario dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la finalización del periodo de vigencia del mencionado documento, conforme a lo establecido en las bases. Esta devolución será informada al proveedor mediante correo electrónico para su correcta gestión.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Resolución de Empates

9.1.         En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)              Mayor puntaje en evaluación económica, y de persistir el empate;

b)              Mayor puntaje en experiencia de los prestadores de servicios;

c)              Mayor puntaje en experiencia del oferente, y de persistir el empate;

d)              Mayor puntaje en acreditación de suficiencia económica, y de persistir el empate;

e)              Mayor puntaje en programa de integridad, y de persistir el empate;

f)                Mayor puntaje en cumplimiento de entrega de antecedentes en cierre electrónico.

1. INICIO DE LA PROPUESTA
1.1 La propuesta será adjudicada mediante resolución exenta dictada por la Dirección. 1.2 Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el Hospital procederá a redactar el contrato dentro del plazo de treinta (30) días corridos, tomando como base el texto de las presentes bases de licitación. El adjudicatario deberá presentar dos copias firmadas del contrato, ante notario o con firma electrónica avanzada, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital, según se establece en el punto 10.12. ítem II de las bases administrativas. 1.3 El contrato será sancionado mediante una Resolución que aprueba el contrato, el cual será publicado y debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes en el Portal Mercado Público. No obstante, por necesidad del Hospital y razones de buen servicio, la fecha de Inicio del convenio comenzará a partir del 17.03.2025, previa adjudicación. El Servicio podrá otorgarse desde la fecha indicada anteriormente, la cual será estipulada en el contrato, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato de la propuesta y la respectiva recepción conforme de los servicios. 1.4 El adjudicatario deberá presentar los documentos indicados en el punto N°10.11, ítem II, dentro de los plazos estipulados en las presentes bases de licitación. Estos documentos incluyen la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F30) de la Dirección del Trabajo. Si no se presentan estos documentos en el plazo establecido, se entenderá por desistida la oferta y se procederá conforme a lo dispuesto en el punto N°10.14 del ítem II de las bases administrativas.
2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA Y OFERTA
2.1. La propuesta pública por las prestaciones tendrá una duración de doce (12) meses a contar de la fecha estipulada en el punto N°1.3 del ítem III o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato. 2.2. Podrá acordarse entre la renovación del contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato original, motivo de la presente licitación pública, y por una sola vez. Dicha renovación deberá estar debidamente fundamentada y justificada, ya sea por la necesidad de garantizar la continuidad del servicio o por la urgencia en la prestación requerida. 2.3. Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación. 2.4. En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al 5% neto o exento de iva (según corresponda) del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato. 2.5. Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original, en los términos expresados anteriormente.
3. ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO
3.1 Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los prestadores de servicios que participarán en la licitación. Estos PRESTADORES deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos prestadores por los cuales el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena o el Servicio de Salud Araucanía Sur, haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hayan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado. 3.2 En caso de ser necesario el cambio o la incorporación de profesionales durante la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios, enviando esta solicitud a través de correo electrónico a la casilla katherine.munoz@redsalud.gov.cl. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Inspector Administrativo del Convenio antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica. 3.3 El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores antes que estos brinden algún servicio en el marco del convenio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Subdepartamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que se acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 3.4 Respecto del punto anterior, si por algún motivo debidamente justificado el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este evento constituye un incumplimiento y será notificado por el Jefe (a) del Departamento de Compra de Servicios, por ende, el proveedor debe retirar de manera inmediata a su prestador de servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones.
7. PRECIO
7.1. Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, y exentos de IVA, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el Anexo N°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N° 9.10 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos. 7.2. Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una aclaratoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato. 7.3. El precio indicado por el Hospital, incluye todo lo especificado en bases para la realización del Servicio. 7.4. En el precio se debe incluir el costo de administración, en caso de existir. 7.5. Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar están exentos de IVA. 7.6. El Hospital no se obliga a realizar la totalidad de las prestaciones publicadas y/o contratadas, ya que estas se realizarán según necesidad y/o disponibilidad del Servicio. 7.7. Déjese establecido que, si los prestadores de servicios son funcionarios del Hospital, las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Por ello, se debe adjuntar documentos que den cuenta de los horarios institucionales en cualquiera de los Establecimientos del Servicio de Salud. Lo anterior será válido para todo el equipo participante. 7.8. Se pagarán sólo por los servicios efectivamente realizados por los prestadores de servicios que están participando de la licitación, así también, por los servicios que cumplan con las bases técnicas.
10. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
10.1 Se deja expresamente establecido que el Hospital no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto de los prestadores que el adjudicatario destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio. La relación existente entre el adjudicatario y los prestadores de servicios, que por su cuenta prestarán los servicios para el Hospital, estará sujeta a las disposiciones de sus respectivos convenios de prestación de servicios a honorarios, no existiendo una relación laboral entre ambos. 10.2 Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento al contrato, a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables, que se encuentren vigentes en las leyes y reglamentos de Chile. 10.3 El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus prestadores de servicios, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil. 10.4 Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. 10.5 Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por el Hospital, esto es, en los plazos que el Establecimiento determine para la entrega de éstos. 10.6 El Adjudicatario se responsabiliza, de la restitución de los bienes que hayan sido hurtados o robados en sectores que se les haya entregado, cuando se compruebe la responsabilidad del adjudicatario en virtud del proceso administrativo que el Hospital haya instruido para tales efectos. 10.7 Así también el Adjudicatario responderá por los daños o deterioros materiales que se produjeran por la ejecución de los servicios afectos a la presente licitación, que hubieren sido causados por el prestador de servicios designado por éste, cuando se compruebe la responsabilidad del adjudicatario en virtud del proceso administrativo que el Hospital haya instruido para tales efectos. 10.8 Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato.
11. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
11.1 El contrato podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes o, de forma unilateral, por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades del Hospital o lo exija el interés público. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos: a) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o c) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. 11.2 Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado conforme lo señalado en el punto anterior. 11.3 Asimismo, el Hospital podrá aumentar o disminuir los puestos de trabajo, manteniendo el valor unitario indicado en la Carta Oferta, siempre que estas modificaciones no alteren los elementos esenciales del contrato ni afecten la igualdad entre los oferentes. Cualquier modificación deberá comunicarse al adjudicatario mediante resolución fundada. 11.4 En ningún caso, las modificaciones podrán exceder, de manera individual o acumulada, el 30% del monto originalmente convenido. Tampoco podrán alterar la naturaleza, objeto o elementos esenciales del contrato 11.5 Cuando la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, aplicando las mismas reglas de presentación de la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondiente a la modificación. 11.6 La nueva garantía podrá complementar la garantía original o ser canjeada por una nueva, que cubra el monto total del contrato modificado, y plazo en los casos que corresponda. 11.7 Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 132 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.
12. PRÓRROGA DE CONTRATO
El contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo entre las partes cuando las necesidades del establecimiento así lo requieran, sin alterar la esencia de lo pactado, el cual, podrá realizarse por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de compras, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM. el Adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos que la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondientes a la prórroga, conforme a lo señalado en el artículo 42 N° 3 del Decreto 661/24. La prórroga al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo N°105 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en la prórroga, las condiciones contractuales previamente pactadas.
DE LAS OBLIGACIONES
13.1. Será obligación del Adjudicatario contar con prestadores acreditados y capacitados para el desempeño de los servicios por los cuales se ejecuta el presente convenio, considerando lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado. 13.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su prestador una credencial de identificación, la que deberá ser utilizada en un lugar visible. Dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, profesión y servicio a prestar, como identificación de la empresa. 13.3. Sera obligación del proveedor presentar por cada prestador de servicios una copia del "Convenio de Prestación de Servicios a Honorarios", de cada prestador de servicios presentado en Nómina Inicial (Anexo de Prestadores de Servicios de las presentes bases), el cual se podrá presentar en un plazo máximo de diez (10) días corridos, una vez adjudicado el convenio. Además, se deberá presentar por cada prestador que fuera incorporado al convenio, el cual se podrá presentar diez (10) días hábiles iniciados los servicios, o presentada la carta de incorporación, lo que ocurra primero. La documentación deberá remitirse al Subdepartamento de Compra de Servicios, por medio de correo electrónico a la casilla: katherine.munoz@redsalud.gov.cl 13.4. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios, enviando esta solicitud a través de correo electrónico a la casilla katherine.munoz@redsalud.gov.cl. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Inspector Administrativo del Convenio antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica. 13.5. El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores antes que las personas del inicio al servicio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Subdepartamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que se acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 13.6. Si por algún motivo debidamente justificado el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este evento constituye un incumplimiento y será notificado por el Jefe (a) del Subdepartamento de Compra de Servicios, por ende, el proveedor debe retirar de manera inmediata a su prestador de servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 13.7. El proveedor deberá realizar las prestaciones en las fechas solicitadas por el Hospital, así como velar que los servicios establecidos en las bases se lleven a cabo en la cantidad establecida, intervalos de tiempo, y ejecutados fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de que el prestador de servicios posea un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Además de ello, deberá cumplir con lo estipulado en las bases técnicas durante la ejecución del contrato, y que digan relación con las prestaciones señaladas en las mismas. 13.8. El Adjudicatario se responsabiliza, a prestar ininterrumpidamente sus servicios, y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del servicio programado, no cubrir toda la dotación necesaria para el servicio, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o mediante reclamo del funcionario a cargo de la Unidad o Servicio en el cual los prestadores de servicios asisten. 13.9. El Adjudicatario deberá prohibir que sus prestadores de servicios coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 13.10. Todos los prestadores de servicios deben usar los elementos de protección personal correspondientes, los que serán proporcionados por el Hospital, en especial para aquellos prestadores que pudieran estar expuesto a agentes químicos 13.11. El Adjudicatario y su prestador respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y dependencias, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior, por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera: - Norma de Higiene de Manos. - Norma de aseo. - Norma de salud de los prestadores de servicios. - Norma de Precauciones estándar. - Norma de precauciones según vía de transmisión. 13.12. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas. 13.13. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: La empresa adjudicada deberá considerar, que a todo prestador de servicios que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
14. DE LAS PROHIBICIONES
14.1. Existirá prohibición total de contratar la prestación de estos servicios con el personal o funcionarios del Hospital, en virtud de lo dispuesto en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886, y en los artículos 13 y 14 del Reglamento de la mencionada ley. 14.2. El Adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con el Hospital.
18. NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS
Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto de los prestadores que el adjudicatario destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio. La relación existente entre el adjudicatario y los prestadores de servicios, que por su cuenta prestarán los servicios para el Hospital, estará sujeta a las disposiciones de sus respectivos convenios de prestación de servicios a honorarios, no existiendo una relación laboral entre ambos. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica de los profesionales que participen en las prestaciones contratadas.
19. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir o utilizar cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley. Dicha información se encuentra protegida por las disposiciones de la Ley Nº19.628, que ampara la protección de la vida privada y la intimidad de las personas. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las normas legales vigentes en materia de publicidad y transparencia.
24. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Para estos efectos, se considerará lo dispuesto en el artículo 127 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
27. NOTA FINAL
27.1 Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas al contrato suscrito con el adjudicatario sin necesidad de Mención expresa de ello, y que éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. 27.2 Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre “PROBIDAD ADMINISTRATIVA” establecidas en las Leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653 y sus modificaciones. Además de la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. 27.3 Además, esta licitación se regirá, para todos los efectos legales, por la Ley N° 19.886, de compras y contrataciones públicas y su Reglamento, y la ley N°21.634 de fecha 11.12.2023 que moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.