Licitación ID: 2133-5-LR23
02-23 SERV. INTERV. QX ENDOPROTESIS TOTAL CADERA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
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Productos o servicios
1
Servicios quirúrgicos 1 Unidad
Cod: 85121609
SERVICIO DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
02-23 SERV. INTERV. QX ENDOPROTESIS TOTAL CADERA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo principal de esta propuesta pública es contratar el Servicio de Intervenciones Quirúrgicas de Endoprótesis Total de Cadera, para dar respuesta a la lista de espera, GES, pacientes que ingresen por el Servicio de Urgencias, y pacientes con secuela funcional grave, que requieren la realización de estas intervenciones para mejorar su condición sanitaria. Dichas intervenciones serán realizadas en dependencias del Establecimiento, y fuera de horario institucional, en las mejores condiciones posibles para ambas partes, según se detalla en las bases administrativas y técnicas, y en Anexo Nº 1. El respectivo contrato estará sujeto a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, del 10 de Julio de 1980 del Ministerio de Salud y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº 18.417, en este sentido, El Prestador de Acciones de Salud se obligará a proporcionar por cuenta y a nombre del Hospital, y por la vía de la delegación, conforme a lo requerido por el inc. 1 del art. 2 del DFL 3680 a los Beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud de la Ley Nº 18.469, las acciones de prevención, fomento, recuperación, protección o de rehabilitación de salud que por este acto se licitan.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-02-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 24-01-2023 16:11:56
Fecha inicio de preguntas: 25-01-2023 8:00:00
Fecha final de preguntas: 08-02-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-02-2023 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-02-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-02-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-03-2023 10:53:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple. - Anexo Nº 3, Carta Compromiso de todos los prestadores de servicios a participar, donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional del Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur; y realizadas fuera del horario académico, en caso de estar cursando la especialidad médica que da origen a esta contratación, así como declara no estar inhabilitado para ingresar a la administración pública, de acuerdo al artículo 24 del Decreto 507 que fija el reglamento de becarios de la Ley N° 15.076. - Escritura vigente de la sociedad donde acredite capital social. Este Documento deberá ser presentado en caso de no encontrarse actualizado y adjunto en Portal Mercado Público. - Certificado de la Tesorería General de la República, en el cual registre que no mantiene deudas con el Estado, vigente al mes de la postulación. - Anexo N° 7 Informe de rendición mensual de los servicios. - Anexo N° 8 Informe de rendición detallada de los servicios en formato digital. - Anexo N° 9 Informe de notificación de actividades.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N° 4, Nómina de Clientes. - Anexo Nº 5, Requisitos mínimos que incluyan las prestaciones. El no cumplimiento de estas especificaciones dejará inadmisible la oferta. - Anexo N° 6, Listado de Prestadores de Servicios, con nombre y rut de todos los participantes que realizarán las prestaciones. (Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La presentación incompleta de este anexo, dejará Inadmisible la Oferta). - Certificado que acredite su calidad de prestador de Salud individual de todos los participantes indicando Nº de registro, actualizado a la fecha del año en que se realiza la postulación. - Licencia o certificado de enseñanza media completa, otorgado por el MINEDUC. Para el caso de prestadores extranjeros, se requerirá validación de sus estudios por el Ministerio de Educación Chileno. - Certificado que acredite la especialidad o certificado de experiencia que indique tiempo mínimo de un año ejecutando la labor de tens de anestesia, para estos prestadores de servicios. Experiencia en cualquier calidad jurídica, la cual debe ser certificada por el Establecimiento Público y/o Privado de Salud. Documento debe indicar periodo de inicio de las funciones o el periodo en el cual desarrollo dicho servicio, identificando claramente al prestador de servicios. - Certificado que acredite la especialidad o certificado de experiencia que indique tiempo mínimo de un año ejecutando la labor de arsenalera(o), para estos prestadores de servicios. Experiencia en cualquier calidad jurídica, la cual debe ser certificada por el Establecimiento Público y/o Privado de Salud. Documento debe indicar periodo de inicio de las funciones o el periodo en el cual desarrollo dicho servicio, identificando claramente al prestador de servicios.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, indicando claramente el costo de administración en caso de existir, el valor unitario, y el valor total ofertado. Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La omisión o presentación incompleta de este anexo dejará Inadmisible la Oferta. - Garantía por Seriedad de la Oferta. Requisito de Admisibilidad de la Oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 b) EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 20 PUNTOS (CIR SUPERIOR A 8 AÑOS 20 puntos SUPERIOR A 3 HASTA 8 AÑOS 15 puntos SUPERIOR A 1 HASTA 3 AÑOS 10 puntos HASTA 1 AÑO 5 puntos 20%
2 c) RESIDENCIA DE LOS PROFESIONALES 10 PUNTOS (CIRU IGUAL O MAYOR A 5 PROFESIONALES CON RESIDENCIA EN TEMUCO 10 puntos DE 3 A 4 PROFESIONALES CON RESIDENCIA EN TEMUCO 7 puntos DE 1 A 2 PROFESIONALES CON RESIDENCIA EN TEMUCO 5 puntos SIN RESIDENCIA EN TEMUCO 1 punto 10%
3 e) ACREDITA SUFICIENCIA ECONÓMICA 10 PUNTOS ACREDITA PATRIMONIO IGUAL O MAYOR AL 20% DEL PRESUPUESTO OFERTADO 10 puntos ACREDITA PATRIMONIO MAYOR O IGUAL A UN 10% Y MENOR AL 20 % DEL PRESUPUESTO OFERTADO 5 puntos ACREDITA PATRIMONIO INFERIOR A UN 10% DEL PRESUPUESTO OFERTADO O NO ACREDITA PATRIMONIO 1 punto 10%
4 a) EVALUACIÓN ECONÓMICA 50 PUNTOS OFERTA MAS ECONÓMICA*50 OFERTA EVALUADA 50%
5 d) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 5 PUNTOS MAYOR O IGUAL A 10 CONVENIOS 5 puntos MAYOR O IGUAL A 5 CONVENIOS Y MENOR O IGUAL A 9 CONVENIOS 3 puntos MAYOR O IGUAL A 1 CONVENIO Y MENOR A 5 CONVENIOS 1 punto SIN CONVENIOS 0 puntos 5%
6 F) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR CUMPLE CON ENTREGA TOTAL HASTA EL MOMENTO DEL CIERRE ELECTRÓNICO 5 puntos ENTREGA POSTERIOR AL CIERRE ELECTRÓNICO (EN RECTIFICATORIA DE 48 HORAS PARA ANTECEDENTES NO CONSIDERADOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD) 2 puntos NO CUMPLE CON ACLARATORIA EN EL PLAZO SEÑALADO PARA ELLO INADMISIBLE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 428324210
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto referencial aproximado del contrato, para seis 6 meses, asciende a la suma de 428.324.210.- Exento de IVA, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de enero 2023.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2004, qu
Observaciones 2.2 La adquisición de estos Servicios se financiará con cargo al presupuesto del Hospital en la cuenta presupuestaria 22.12.999.003.02, “Compra de Intervenciones Quirúrgicas Intrahospitalarias con personal externo”. 2.3 Si las Ofertas supera el costo
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días el pago de la factura se realizará mediante trasferencia electrónica de fondos de la Tesorería General de la República, de acuerdo a la normativa legal vigente y disponibilidad presupuestaria, según Ley de Presupuesto N° 21.516 del año 2023 para los Serv
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: CARMEN PEÑA HERNÁNDEZ
e-mail de responsable de contrato: carmen.penah@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556834-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 24-06-2023
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 8.1. De acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 de la Ley Nº 19.886, los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, Requisito de Admisibilidad, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto no inferior de $200.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación. El cálculo del monto asegurado para los documentos en donde la moneda sea en valor UF, se calculará de acuerdo a la fecha de emisión por el valor o monto asegurado, el cual, no debe ser inferior a $200.000 mil pesos. 8.2. El documento debe indicar como glosa: • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta. • Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 02 DEL 2023 COMPRA DE PRESTACIONES DE SALUD CON SUJECIÓN A LO DISPUESTO EN EL DFL N° 36 DE 10 DE JULIO DE 1980 DEL MINISTERIO DE SALUD “COMPRA DE SERVICIO DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”. • ID portal mercado público: • Rut del Establecimiento: 61.602.232-6. • Fecha de vencimiento: 8.3. Para el caso de los oferentes que caucionen la seriedad de la oferta con Vale Vista, la glosa, el nombre, número e ID de la propuesta pública, no será exigible debido a que por formato de las instituciones emisoras, no es posible incorporar la información requerida por el licitante. Sin embargo, deberá identificar claramente el Rut del Hospital como beneficiario. 8.4. El documento de garantía por seriedad de la oferta debe entregarse en sobre cerrado caratulado en oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del trigésimo (30mo) día corrido posterior a la publicación o bien entregarlo a la Comisión designada para la revisión de estos antecedentes, que se reunirá extraordinariamente y sólo para estos efectos, en Oficina del Subdepartamento de Licitaciones del Hospital, el mismo trigésimo (30mo) día corrido siguiente al de la publicación a las 15:00 horas. Se solicita a los oferentes cumplir con la identificación del sobre, con el objeto de advertir a los medios de transporte, siempre que se use, o al personal que recibirá el documento, indicando claramente en el exterior lo siguiente: • HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA. • DIRECCIÓN MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (OFICINA DE PARTES). • PROPUESTA PÚBLICA Nº 02 DEL 2023 COMPRA DE PRESTACIONES DE SALUD CON SUJECIÓN A LO DISPUESTO EN EL DFL N° 36 DE 10 DE JULIO DE 1980 DEL MINISTERIO DE SALUD “COMPRA DE SERVICIO DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”. • NOMBRE DEL OFERENTE. 8.5. La presentación del documento de garantía por seriedad de la oferta es un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo que debe entregarse impostergablemente en la oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del trigésimo (30mo) día corrido posterior a la publicación. El no presentar esta Boleta dejará automáticamente fuera de Bases al Oferente respectivo, quedando inadmisible la oferta. 8.6. Para los casos de oferentes que utilizarán la caución de garantía de Póliza de Seguro Electrónica, sólo deberán ingresarla al Portal Mercado Público al momento de ingresar su oferta, no será necesario el envío del documento en soporte papel. 8.7. Una vez adjudicada la propuesta pública, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas. 8.8. Si el plazo finaliza un día sábado, domingo o festivo se prorrogará automáticamente para el día hábil siguiente en el mismo horario. 8.9. Si el documento de garantía contiene algún error en la identificación, ya sea de forma o de fondo, o el monto asegurado sea menor a $200.000 mil pesos, la oferta será declarada inadmisible. 8.10. Dada la situación sanitaria actual y en virtud de la Directiva N° 34, se sugiere presentar documentos electrónicos al garantizar su oferta con documento por seriedad de la oferta.
Glosa: • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta. • Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 02 DEL 2023 COMPRA DE PRESTACIONES DE SALUD CON SUJECIÓN A LO DISPUESTO EN EL DFL N° 36 DE 10 DE JULIO DE 1980 DEL MINISTERIO DE SALUD “COMPRA DE SERVICIO DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA”. • ID portal mercado público: • Rut del Establecimiento: 61.602.232-6. • Fecha de vencimiento:
Forma y oportunidad de restitución: 8.7. Una vez adjudicada la propuesta pública, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 24-02-2024
Monto: 5 %
Descripción: 9.1. Al adjudicatario se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que podrá ser vale vista, póliza de seguro electrónica, boleta de garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o certificado de fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos (si los hubiere); tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una persona natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 9.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. 9.3. El documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser enviado a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación y/o posteriores al envío del contrato por parte del hospital, a Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 9.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si lo hubiere (Artículo N° 71 del Decreto N° 250), y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta como sanción por su incumplimiento. 9.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, dentro del plazo de 90 días corridos contados una vez terminado el período de vigencia correspondiente del contrato, lo cual se informará al proveedor a través de correo electrónico para gestionar la devolución. 9.6. Si el monto total estimado de la Garantía no supera los $ 200.000.-, entonces se desestimará su exigencia. 9.7. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio. 9.8. Dada la situación sanitaria actual y en virtud de la Directiva N° 34, se sugiere presentar documentos electrónicos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Glosa: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 9.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, dentro del plazo de 90 días corridos contados una vez terminado el período de vigencia correspondiente del contrato, lo cual se informará al proveedor a través de correo electrónico para gestionar la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
11.10 Si el adjudicatario no suscribe y protocoliza el contrato por desistimiento, o no presenta garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo indicado en punto Nº 9 del ítem III Art. 71 Decreto N° 25004, o no presenta el Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales F30-1, de la Dirección del Trabajo dentro del plazo indicado en el presente punto 11.13, el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena podrá adjudicar el contrato definitivo a la siguiente mejor oferta evaluada y en forma sucesiva si fuere necesario, siempre que dichas ofertas sean conveniente a los intereses del Hospital Art. 41 Decreto N° 25004, y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta como sanción por su incumplimiento.
Resolución de Empates
10.13. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) Mayor puntaje en la evaluación económica, y de persistir el empate,
b) Mayor puntaje en la experiencia de los profesionales, y de persistir el empate,
c) Mayor puntaje en la residencia de los profesionales, y de persistir el empate,
d) Mayor puntaje en la acreditación de suficiencia económica, y de persistir el empate,
e) Mayor puntaje en la experiencia del oferente, y de persistir el empate,
f) Mayor puntaje en el cumplimiento de entrega de antecedentes en cierre electrónico.
10.14. Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
11.6 Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
10.1. A partir de la Apertura y por sesenta (60) días corridos, las ofertas de la propuesta serán evaluadas por la comisión formada por funcionarios del Hospital y nombrado de acuerdo a lo establecido en el punto N°6 del Ítem II del Procedimiento Licitatorio de estas Bases Administrativas. La Comisión de Evaluación de las Ofertas podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u comisiones no les confieran a éstos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información (Art. 40 inc.1 del Decreto N°250/04).
10.2. Las ofertas serán evaluadas en igualdad de condiciones según los factores de evaluación establecidos en las presentes bases. Sin perjuicio de ello, las oferentes, al momento de postular, deben considerar lo dispuesto en la Circular N°50 de fecha 27.10.2022 del Servicio de Impuestos Internos, relativo a la clasificación de los servicios a prestar (exento o afecto a IVA) y a su estructura societaria, los cuales, se tomarán en consideración al momento de la evaluación y posterior adjudicación (en los casos que corresponda). 
10.3. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto N° 250).
10.4. La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar rectificaciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en los puntos Nº 10.1. y N° 10.3. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas rectificaciones se solicitarán vía Portal Mercado Público en el ícono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas rectificaciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.
10.5. Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referentes a los antecedentes de los prestadores de servicios propuestos para realizar las prestaciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la licitación los prestadores de servicios que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes. Estas podrán ser incorporadas posteriormente una vez iniciado el contrato, según el punto 3 del ítem III de las presentes bases.
10.6. La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
3. ACREDITACIÓN DE CALIDAD DEL ADJUDICATARIO
3.1 Junto con la Oferta Económica, será necesario que se presente la nómina de los profesionales disponibles que participarán directamente en la licitación adjuntando Certificado de Prestador Individual solicitado en la Superintendencia de Salud. Estos profesionales deberán cumplir con la idoneidad técnica y por ello no podrán incluirse aquellos profesionales por los cuales el Servicio de Salud haya tenido que pagar indemnizaciones, ya sea judicial o extrajudicialmente, que se hallan derivado de una falta grave imputable al profesional, todo esto, debidamente acreditado. En caso de ser necesario el cambio o la incorporación de profesionales durante la ejecución del contrato, deberá comunicarse por escrito al Director del Hospital un (1) día hábil antes de que realice alguna prestación. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o la incorporación de nuevos profesionales. Se requerirá que el nuevo profesional cumpla con los mismos requisitos de idoneidad comprometidos en la propuesta publica, adjuntando todos los documentos solicitados, lo cual será informado al establecimiento previo a otorgar la prestación, de acuerdo a lo señalado precedentemente, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo, determinación que será comunicada oportunamente; debiendo el Adjudicatario en caso de rechazo, proceder a su reemplazo por otro profesional que cumpla con los requerimientos. 3.2 El Hospital informará dentro de diez (10) días hábiles la aceptación o rechazo de la incorporación. 3.3 El Proveedor deberá hacerse responsable de otorgar las atenciones médicas de la COMPRA DE SERVICIO DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE ENDOPRÓTESIS TOTAL DE CADERA, que deben otorgar el Ministerio de Salud y el Servicio de Salud y por la vía de la delegación, para cuyos efectos esta licitación se sujeta a además a las normas del DFL N° 36/80, la cual se presume conocida por los eventuales oferentes. Las dudas que presente el prestador en la ejecución del contrato con respecto a especificaciones serán resueltas únicamente por el Director del Establecimiento, no admitiéndose excusas o dudas basadas en error a falta de claridad de las mismas. 3.4 Desde el ingreso del paciente beneficiario legal o convencional al cuidado de los profesionales del Prestador y hasta su egreso por el Prestador será jurídicamente responsable de su manejo y protección. 3.5 Queda expresamente prohibido al Prestador traspasar o encomendar a terceros la obligación que asume en virtud del presente Convenio a menos que cuente con la autorización previa del Hospital. En este caso, el Prestador sólo podrá facturar a Hospital el valor arancelario pactado en el Convenio. Se deja constancia que la ejecución de esta prestación específica otorgada por un tercero en ningún caso significa que el paciente salga del ámbito de cuidado y responsabilidad del prestador. 3.6 Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del DFL Nº 36 /80, el Prestador queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud en los términos señalados por el texto citado y en el DFL Nº 1/05 del Ministerio de Salud que fijó el texto refundido del DL Nº 2763/79, del Ministerio de Salud, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y "el Servicio" en ejercicio de sus facultades legales. De igual modo, en lo que la ejecución del Convenio se refiere, el prestador estará sujeto a la inspección técnica, administrativa y al control por parte del "Servicio", sin perjuicio de las facultades que corresponde a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y/o al Ministerio. En consecuencia, corresponderá al Hospital, especialmente con la colaboración de su Departamento de Auditoría fiscalizar en forma sistemática y permanente la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el DFL Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud y, en particular, de las relativas a la utilización de los recursos que se aporten. El prestador deberá prestar las facilidades necesarias para tal efecto, así como los informes y datos que les sean requeridos con el mismo objeto. 3.7 Son parte integrante además todas las disposiciones del DFL N° 36/80 las que se declaran conocidas de las partes contratantes.
4. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR, PROVEEDOR O ADJUDICATARIO
El Adjudicatario será el único responsable de la prestación de los Servicios y deberá sujetarse a las normas de la Lex Artis Médica, así como a las disposiciones establecidas al efecto por El Hospital. El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Hospital o a terceras personas, con motivo de la ejecución de las prestaciones por no ajustarse a lo estipulado en este contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado el Hospital o por violación a las Leyes o reglamentos aplicables. DE LA MISMA MANERA, EL PROVEEDOR SERÁ RESPONSABLE, EN TODOS LOS ASPECTOS, DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS QUE DISPONGA PARA REALIZAR LAS ACCIONES DE SALUD.
5. OBLIGACIÓN DE ENTREGA DE LA PRESTACIÓN
El prestador Proporcionará a los Beneficiarios de la Prestación específicamente convenida, conforme a lo exigido por el DFL N° 36/80, norma que se entiende incorporada a este Convenio las dudas que presente el Prestador en la ejecución del Contrato con respecto a especificaciones serán resueltas únicamente por el Director del Establecimiento, no admitiéndose excusas o dudas basadas en error a falta de claridad de las mismas.
6. ADSCRIPCIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 del DFL Nº 36 “El Prestador de Acciones de Salud” queda adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud, en los términos señalados por el texto citado y el DL Nº 2763/79, especialmente en cuanto al cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar el Ministerio de Salud y “El Hospital”, en ejercicio de sus facultades legales.
10. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
10.1. Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto de los prestadores de servicios que la prestadora contrate o destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. 10.2. Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables a la que estén vigentes en las leyes y reglamentos de Chile. 10.3. El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los prestadores de servicios que contrate, de acuerdo a las normas establecidas en el Código del Trabajo, incluyendo las disposiciones sobre subcontratación. 10.4. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus prestadores de servicios, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil.
11. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
11.1. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 11.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 11.3. Se solicitará una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto ( porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, y de esta manera garantizar la totalidad del contrato. 11.4. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250.
12. DE LAS OBLIGACIONES
12.1. Será obligación del Adjudicatario contar con prestadores acreditados y capacitados para el desempeño de los servicios por los cuales se ejecuta el presente convenio, considerando lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado. 12.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su prestador una credencial de identificación, la que deberá ser utilizada en un lugar visible. Dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, profesión y servicio a prestar, como identificación de la empresa. 12.3. El proveedor adjudicado deberá entregar a todos los prestadores de servicio el tríptico de inducción, adjunto en ID de la propuesta pública en Portal Mercado Público, al momento de dar inicio al Servicio, entregando al Inspector Técnico del convenio el Listado Recepción Tríptico una vez finalizado el primer mes, junto con la documentación para facturación, donde toda la dotación que participe del Servicio haya firmado su recepción. 12.4. El Adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos profesionales. Se requerirá que el nuevo prestador de servicios cumpla con los mismos requisitos solicitados en la propuesta. Deberá presentar Anexo N° 3 Carta compromiso y antecedentes requeridos tanto en bases administrativas como técnicas para su incorporación, lo cual deberá comunicarse por escrito al Director del Hospital un (1) día hábil antes de que realice alguna prestación. 12.5. El proveedor deberá realizar las intervenciones quirúrgicas en las fechas solicitadas por el Hospital, así como velar que los controles establecidos en las bases se lleven a cabo en la cantidad establecida, intervalos de tiempo, y ejecutados fuera del horario institucional contratado del médico tratante. Además de ello, deberá cumplir con lo estipulado en las bases técnicas durante la ejecución del contrato, y que digan relación con las prestaciones señaladas en las mismas. 12.6. El Adjudicatario se responsabiliza, a prestar ininterrumpidamente sus servicios, aún en caso de huelga de sus prestadores, y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del servicio programado, no cubrir toda la dotación necesaria para el servicio, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o mediante reclamo del funcionario a cargo de la Unidad o Servicio en el cual los prestadores de servicios asisten. 12.7. El Adjudicatario deberá prohibir que sus prestadores de servicios coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 12.8. El Adjudicatario y su prestador respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y dependencias, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior, por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera: - Norma de Higiene de Manos. - Norma de aseo. - Norma de salud de los prestadores de servicios. - Norma de Precauciones estándar. - Norma de precauciones según vía de transmisión. 12.9. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas. 12.10. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: La empresa adjudicada deberá considerar, que a todo prestador de servicios que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
14. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital podrá declarar administrativamente, el término anticipado, de todo o parte del contrato mediante Resolución fundada, por alguna de las siguientes razones: 14.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 14.2. Se podrá dar término al contrato anticipadamente cuando las necesidades del Hospital cambien, en el sentido que sea posible cubrir la demanda de las prestaciones que dan origen a esta contratación 14.3. Incumplimiento del Adjudicatario de las siguientes obligaciones: a) No dar inicio al servicio al día hábil siguiente a la fecha de inicio del convenio (según lo indicado en el punto N° 1 del ítem III de las bases administrativas) o según las necesidades del establecimiento. b) Adulteración de Documentos que digan relación con los antecedentes clínicos de los Pacientes tratados (fecha y hora de la atención, Nombre del Paciente y Nombre de los integrantes del Equipo que realiza la atención). c) Multa reiterada, entiéndase una cuarta (4ta) vez por la misma situación. d) Manipulación inadecuada de maquinaria o Instrumental quirúrgico que recaiga en riesgo de vida del Paciente, calificada por el Inspector Técnico del Convenio. e) Incumplimiento del protocolo de Calidad del Servicio donde presta servicios. f) Esta entidad podrá dar término anticipada a este contrato cuando existan razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificados por la autoridad respectiva. g) Paralización de actividades por 24 horas, entendiéndose por tal no solo la paralización total, sino también la paralización parcial (no cubrir algún puesto de trabajo), en caso de que el Adjudicatario no cubra los puestos de trabajo en los periodos prefijados en el convenio. h) Declaración de Quiebra del Adjudicatario, o de Insolvencia Económica, siempre y cuando –a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. i) Incumplimiento reiterado, entiéndase una cuarta (4ta) vez, de alguna(s) de las obligaciones del Adjudicatario, entendiendo por tal el incumpliendo de las obligaciones señaladas en el punto Nº 12 del Ítem III de las Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas. j) Otras causales de término de contrato establecidas en el Art. 13º de la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación Pública y en su Reglamento. k) En caso de presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo para ello presentar certificado de la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de esta obligación. l) Si durante la ejecución del contrato se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituirá causal de término anticipado de contrato. m) Constituirá causal de término anticipado de contrato la constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. n) Será causal de término anticipado de contrato el ocultar información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros. o) Asimismo, será causal de término anticipado de contrato la inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. p) Será causal de término anticipado de contrato la disolución de la UTP. q) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 14.4. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en los puntos N° 14.1. y 14.2. del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 14.5. El Inspector Técnico del convenio al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compras correspondiente. 14.6. La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de la licitación de todos los antecedentes relacionados con el incumplimiento. Deberá notificar al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con el termino anticipado al correo electrónico que haya declarado en su anexo “Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público, concediéndole traslado para que dentro de cinco (5) días hábiles, a contar de las 24 horas hábiles transcurridas desde la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que aceptado el incumplimiento cursado, precluyendo su derecho a impugnarlo. 14.7. Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital. 14.8. El término anticipado del Contrato se decretará por Resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Público al interesado, en consideración a los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.
15. FACULTADES FISCALIZADORAS
De igual modo, en lo que a la ejecución del Convenio se refiere, “El Prestador de Acciones de Salud” estará sujeto a la inspección técnica, administrativa y al control por parte del Hospital, sin perjuicio de las facultades que corresponde al Servicio de Salud Araucanía Sur, a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y/o al Ministerio. En consecuencia, corresponderá al Departamento de Auditoria del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, fiscalizar sistemática y permanentemente la estricta observancia de las disposiciones contenidas en el DFL Nº 36/80 y, en particular de las relativas a la utilización de los recursos que se aporten. Se deja expresa constancia que conforme al inciso final del artículo 10 del DFL 36/80, el Prestador proporcionará las facilidades, Informes y datos que le sean requeridos para el ejercicio de las fiscalizaciones que lleve a cabo el Departamento de Auditoria, el Servicio de Salud Araucanía sur, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, o el Departamento de Inspección del MINSAL, las que podrán hacerse efectivas mediante revisión de Fichas Clínicas, Protocolos Operatorios, Procedimientos, exámenes, Sistema de Registro Pre y Post Operatorios, estados financieros y contables, visitas de inspección, análisis de cuentas de ingresos y gastos y demás medios previstos por las normas y procedimientos de auditoria generalmente aceptados.
16. NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS SUBCONTRATADOS
Se deja expresamente establecido que “El Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el prestador que el Adjudicatario destine o contrate para la provisión del servicio descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica de los profesionales que participen en las prestaciones contratadas.
17. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus prestadores de servicios, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.
23. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
23.1. En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. 23.2. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley N° 19.983. 23.3. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. 23.4. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N° 19.983.