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requerimientos tecnicos y otras clausulas |
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Punto 10 y siguientes de las Bases Administrativas.
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Del término anticipado del contrato |
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El Hospital, previo procedimiento administrativo, declarará el término del convenio, por alguna de las siguientes causales:
a) Que el proveedor, en los casos que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:
• 5 veces por faltas leves.
• Por 4 faltas graves o por 3 faltas graves, habiéndose aplicado anteriormente más de 2 multas por falta leve.
• Por 2 Faltas Gravísimas.
b) Que el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en la licitación.
c) Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Que el total de las multas alcancen un 25% del valor neto de la orden de compra.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
g) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
i) En el caso de la Unidad Temporal de Proveedores (UTP), además de las causales señaladas precedentemente, será causal de término anticipado en los siguientes casos:
• a constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
• Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
• Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
• Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
• Disolución de la UTP.
j) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
• No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
• Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de Resciliación.
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Disminución de partidas |
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El Hospital se reserva el derecho de disminuir el monto total adjudicado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Traumatológico de Concepción según disponibilidad presupuestaria, limitando la disminución en un 30% del monto total adjudicado. Formula: Monto total adjudicado x 0.3 siempre que el convenio este vigente.
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De la obligación de confidencialidad |
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El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Servicio y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 10.23 de las presentes bases.
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Resolución de Empates |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, se privilegiará al proveedor que obtenga mejor puntaje en criterio “Oferta económica ”, de continuar el empate, se privilegiará a quien obtenga mayor puntaje en el criterio de evaluación “Experiencia en servicios de salud públicos o privados en servicios similares a los solicitados”, de continuar el empate, se privilegiará al proveedor que haya obtenido un mejor puntaje en criterio “Servicio de garantía y post venta”, de continuar el empate, se privilegiará al proveedor que haya obtenido un mejor puntaje en criterio de evaluación “Comportamiento contractual anterior”, de continuar el empate, se privilegiará al proveedor que haya obtenido un mejor puntaje en criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”. Si aun así permanece el empate, la línea será declarada como desierta y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a los responsables del proceso de compra de la Licitación, E-mail jorge.novas@ssconcepcion.cl
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Para ser contratados, el proveedor deberá presentar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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