Cláusula de Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESOLUCIÓN DE DESEMPATES |
En caso de empate en el puntaje final de evaluación de dos o más oferentes se aplicarán las siguientes reglas de desempate. 1° Se adjudicará al oferente que haya obtenido un mayor puntaje en la oferta económica. 2° Si persiste el empate, se considerará ganador a quien haya obtenido mayor puntaje en la propuesta técnica. 3° Si aun así hay empate, se privilegiará la oferta que haya sido ingresada primero al portal www.mercadopublico.cl. NOTA GENERAL (para toda la Pauta): En caso de incongruencias en la aplicación de las fórmulas previamente señaladas, la Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corregirlas, conforme a las facultades que le otorgan las Bases Administrativas de la presente licitación.
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SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO |
Si el contrato no se suscribiera en el plazo señalado, por causa imputable al adjudicatario, se podrá llamar a una nueva propuesta o adjudicar la oferta que ocupe el lugar siguiente en la evaluación, siempre que el proponente de la segunda oferta así lo acepte. En caso de desistir el proponente de dicha oferta, podrá recurrirse a la oferta del tercer lugar y así sucesivamente. Podrá recurrirse hasta la oferta del último lugar, siempre que los proponentes de las primeras ofertas, en el orden del segundo al penúltimo lugar, se hubiesen desistido de la adjudicación.
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CONTRATO |
Dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, posteriores a la fecha de comunicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el adjudicatario deberá entregar en la Municipalidad los siguientes antecedentes: a) Certificado que acredite al Adjudicatario como hábil para contratar con el Estado, según registro de www.chileproveedores.cl (sólo deberá presentar este antecedente si al momento de presentar su oferta, el Proponente no contaba con dicha inscripción). b) Garantía de fiel cumplimiento de contrato. c) Copia autorizada del documento donde conste la personería del representante legal (sólo si este antecedente no está en los documentos acreditados de Chileproveedores). d) Declaración jurada de no encontrarse afecto a las prohibiciones contempladas en los artículos 8º y 10º de la Ley sobre Responsabilidad penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley Nº20.393. Una vez recibidos los antecedentes descritos en los puntos precedentes, la Unidad Técnica elaborará el contrato y citará al Adjudicatario para su firma. En la elaboración del contrato no podrán modificarse las condiciones establecidas en los documentos que conforman la presente licitación. La presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del decreto que lo apruebe, debe gestionarse en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la comunicación de adjudicación en el portal. Los gastos en que se incurra serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
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GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Debe ser extendida en pesos chilenos, a la vista e irrevocable. No existen restricciones respecto a un instrumento en particular, y se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones expuestas. Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberá ser tomada por el Contratista o en su nombre, a la orden de la municipalidad de San Joaquín, RUT: 69.254.600-8. La garantía expresará claramente que cauciona el fiel cumplimiento de contrato, y la ID de la licitación. Será entregada a la Municipalidad y quedará bajo su custodia. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la garantía serán de cargo del Contratista y será éste responsable de mantenerla vigente por el período que caucionan. La municipalidad estará facultada para hacer efectiva la garantía, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. El oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de suscribir el contrato, esta caución que tiene por objeto garantizar su fiel cumplimiento. Esta garantía deberá otorgarse por un monto igual al 5% del total contratado. La vigencia de la garantía por “Fiel Cumplimiento del Contrato” será desde la fecha de suscripción del contrato hasta los 90 días corridos siguientes a la fecha de vencimiento del plazo de vigencia del contrato. El incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, dará derecho a la Municipalidad para hacer efectiva esta Garantía, sin más trámite, de acuerdo a las normas de las Bases Administrativas y el contrato. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de plazos o servicios, o servicios nuevos o extraordinarios, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el monto mensual que represente el aumento o en un porcentaje proporcional al monto original, según el caso y por los mismos períodos señalados precedentemente. Se aceptará cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 68 del Reglamento Chilecompra. En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, en el caso de contrataciones de servicios, la Municipalidad estará facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
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MULTAS Y TERMINO DE CONTRATO |
El municipio podrá aplicar las siguientes multas.
a.- Atraso en la entrega y/o instalación de los containers: 3 UTM por cada día de atraso en la entrega y/o instalación de los containers.
b.- Mala calidad de los containers y/o del mobiliario solicitado: 3 UTM por cada día de atraso en el cambio y/o reparación de los containers y/o del mobiliario.
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MECANISMO PARA RECTIFICACIÓN |
10. La Comisión Evaluadora, posterior al acto de apertura, podrá solicitar a los Oferentes que salven errores formales, o que acompañen algún antecedente que no hubieren presentado oportunamente, siempre y cuando no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes. Esta solicitud se comunicará a través del portal a los Oferentes. Con todo, los antecedentes que se presenten con posterioridad al cierre de las ofertas, deben haberse producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o hacer referencia a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En tanto el portal de compras públicas no habilite la opción para adjuntar estos antecedentes a través del mismo sistema, la presentación deberá realizarse en un acto público, donde estarán presentes los integrantes de la Comisión Evaluadora. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles, desde la notificación a través del portal de compras. La oportuna y correcta presentación de los antecedentes será un factor de evaluación, según se fija en la pauta respectiva.
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