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1. GENERALIDADES |
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1. GENERALIDADES
1.1 Introducción
La Municipalidad de San Joaquín, de acuerdo con los antecedentes establecidos en las presentes bases de licitación, llama a Propuesta Pública, para la provisión de “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PARA JORNADAS DE CONMEMORACIÓN DEL MES DE PERSONAS MAYORES 2024”, requiriendo el arriendo de 8 Buses para los días 18 – 19 – 21 – 22 – 25 – 26 – 28 y 29 de Noviembre de 2024 para ser solicitados por el Programa Personas Mayores correspondiente a la Dirección de Desarrollo Comunitario, de acuerdo a los requerimientos realizados por esta unidad.
La licitación pública será a precio unitario por el total del servicio de acuerdo a Formato N° 5 en pesos chilenos, sin reajuste ni interés.
El tipo de servicio que se requiere es un suministro de arriendo de buses con chofer, con capacidad de traslados de pasajeros de acuerdo con las especificaciones técnicas.
El oferente deberá postular por todo el servicio que se individualiza en las bases técnicas.
El presupuesto estimativo para esta contratación, asignado al total del servicio, que corresponde a $ 23.000.000.- (veintitrés millones de pesos).
1.2 Entidad licitante
La entidad licitante y/o unidad técnica, nombrada en las bases de licitación, indistintamente, es la Municipalidad de San Joaquín. Sus datos son:
Razón Social : Municipalidad de San Joaquín
R.U.T : 69.254.600-8
Dirección : Avenida Santa Rosa N°2606
Comuna : San Joaquín
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2. NORMATIVA APLICABLE |
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2. NORMATIVA APLICABLE
Los servicios se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos:
a) Bases Administrativas y sus modificaciones si las hubiere.
b) Especificaciones Técnicas del servicio y sus modificaciones si las hubiere
c) Aclaraciones y Respuestas entregadas a los oferentes a través del portal, dentro del plazo establecido en las bases, las que se entiende, forman parte integrante de las mismas.
d) Contrato a celebrar entre la municipalidad y el adjudicatario y sus modificaciones, si las hubiere.
e) Orden de compra enviada y aceptada por el proveedor.
Estos instrumentos se aplicarán conforme al orden inverso de prelación que indican, aunque guardando entre sí la debida armonía. En todo caso, deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria correspondiente sobre la materia, entre otras (sólo si ellas correspondieren).
a) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, N° 18.695.
b) Ley de Bases N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante, indistintamente, Ley de Compras Públicas y sus modificaciones posteriores.
c) Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante, indistintamente, “el Reglamento”.
d) Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
e) Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado.
f) Toda aquella normativa aplicable al proceso concursal y su posterior ejecución y cumplimiento, contenidas en el ordenamiento jurídico.
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3. DE LOS OFERENTES |
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3. DE LOS OFERENTES
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.886, que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes Bases de Licitación, Para las personas jurídicas extranjeras, se observará lo dispuesto en el artículo 67 del D.S. N° 250, del Ministerio de Hacienda del 2004.
Para efectos del contrato será requisito que el Proveedor esté inscrito en el Registro Chile Proveedores y estar habilitado para contratar con el Estado.
No podrán participar:
a) El oferente que tiene entre sus socios a una o más personas que sean funcionarios de la Ilustre Municipalidad de San Joaquín, o personas unidas a ellos por lo vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Ni aquellas sociedades de personas de las que formen parte los funcionarios directivos y personas mencionadas en el punto anterior, ni en una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni una sociedad abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; Ni integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad); Ni aquellas que fueran representada por una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas arriba singularizadas formen parte o sean beneficiarias finales; Ni aquellas que fueran representada por una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas sean accionistas o beneficiarias finales; Ni aquellas que fueran representada por una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas precedentemente sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales; Ni ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
b) Las personas naturales o jurídicas que, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
c) El oferente afecto a la prohibición del artículo 10 de la Ley N° 20.393, esto es, no haber sido condenada, temporal o perpetuamente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho; Ni haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración a personas naturales que hubiesen sido condenadas a la citada medida.
d) Oferentes que hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973, esto es, por participar en hechos, cometer actos o concurrir a convenciones que impiden, restringen o entorpecen la libre competencia o que tienden a producir dichos efectos, conforme con lo previsto en el artículo 3, letra a), del mismo cuerpo normativo.
3.1 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Los oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal con el fin de complementar y fortalecer en términos de capacidad sus respetivas ofertas.
Las propuestas que se presenten de manera conjunta por dos o más personas deberán indicarlo en un documento que formalice la unión, en el que se deberá señalar, a lo menos, que existe solidaridad de las partes respecto de las obligaciones que se generen para la entidad y designar uno de sus integrantes como representante legal para los efectos de la licitación. Las inhabilidades para presentar la oferta establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, afectarán a cada uno de los integrantes de la unión, individualmente considerados.
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4. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN. |
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4. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN.
El cronograma o calendario de la propuesta será el publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
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5. VALOR DE LA PROPUESTA |
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Los participantes deberán señalar como valor de la propuesta la sumatoria del valor unitario por viaje realizado para cada tipo de bus, de acuerdo al formato N°5. La oferta económica en el portal de Chile Compra NO debe incluir impuestos, al tratarse de un servicio exento de IVA.
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6. DE LAS PROPUESTAS, SU APERTURA Y ADJUDICACIÓN |
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6.1 Disposiciones Generales
La propuesta será pública, a precio unitario, en pesos chilenos, sin interés ni reajuste y exenta de impuesto.
El solo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases. Las ofertas presentadas deberán contar con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, a contar de la fecha de apertura.
Los oferentes, en sus propuestas, deberán considerar todos los gastos directos e indirectos que irrogue el cumplimiento del contrato. A modo solo enunciativo, se considerará todos los gastos en materiales, servicios, transporte, impuestos, y en general, todo lo necesario para cumplir los requisitos de las presentes bases.
El plazo de la licitación será en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario. Los plazos cuyo vencimiento recaiga en un día inhábil deberán cumplirse, más tardar, el día hábil siguiente a dicho vencimiento.
La municipalidad declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación cuando no haya oferentes o bien las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses institucionales, de conformidad al artículo 9° de la Ley N°19.886.
La comunicación entre los oferentes y la entidad licitante se realizará, única y exclusivamente, a través del sistema de información. Los oferentes podrán formular todas sus consultas, a través del portal en los plazos que se disponen para ello.
Las observaciones al acto de apertura también deberán realizarse en el portal, en un plazo máximo de 24 horas a partir de dicho acto. Las consultas, observaciones al acto de apertura o reclamos del proceso que se hagan llegar por vías no oficiales o una vez vencidos los plazos dispuestos, no serán tramitados por la entidad licitante. Del mismo modo, el organismo licitante solo podrá emitir aclaraciones y respuestas, no pudiendo los oferentes alegar desconocimiento de la información publicada.
La unidad licitante, se reserva el derecho a poner término anticipado a la licitación y/o rechazar las ofertas si estima que no son convenientes para sus intereses, lo que deberá ser debidamente comunicado a través del portal.
La adjudicación se realizará dentro del plazo de vigencia y validez de la oferta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 inciso final del Reglamento, en relación con las presentes Bases Administrativas, y se publicará a través del Sistema de Información el acto administrativo de adjudicación, realizando la correspondiente adjudicación electrónica.
6.2 Forma de presentación de las propuestas
Antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, los proponentes deberán ingresar a través del Portal www.mercadopublico.cl sus ofertas, en formato digital, clasificando los antecedentes en tres Anexos (obligatorios), denominados: “Anexos Administrativos”, “Anexos Técnicos” y “Anexos Económicos”.
Se rechazarán las ofertas que no adjunten los antecedentes solicitados y aquellas que no sean ingresadas a través del portal electrónico. Sólo se aceptará el ingreso de documentos en soporte físico, cuando expresamente se señale en las presentes Bases.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas en archivos consolidados o unificados, y con los antecedentes en los anexos correspondientes (Administrativos y Técnicos), según el orden que disponen las presentes bases.
Por consolidado o unificado se entiende que cada documento o antecedente requerido debe estar en un sólo archivo (es decir, un documento no podrá estar distribuido en distintos archivos).
Las ofertas podrán incluir todos los antecedentes de un mismo anexo consolidados en un sólo archivo.
El nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las presentes Bases:
Ejemplo: d) Copia del RUT de la empresa.
Cuando el Proponente consolide todos los antecedentes de la misma naturaleza en un solo archivo, deben tener el orden que establecen las presentes Bases.
El nombre del archivo, de acuerdo con su naturaleza, será:
• Anexos Administrativos.
• Anexos Técnicos.
• Anexos Económicos.
El formato digital de los antecedentes debe ser de uso común (por ejemplo: formato JPG, PDF, Word, Excel, etc.).
ANEXOS QUE PRESENTAR PARA OFERTAR
6.2.1 ANEXOS ADMINISTRATIVOS
FORMATO N°1
(Formal) “FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE, DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA OFERTAR Y/O SUSCRIBIR CONTRATOS CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN Y ACEPTACIÓN DE BASES”. (Deberá acompañar un anexo por cada integrante de la UTP y acompañar el documento que dé cuenta del acuerdo según lo dispone el artículo 67 bis del Reglamento, y se designe en él al representante o apoderado común.)
FORMATO N°2
(Formal) “DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE VÍNCULO JURÍDICO ENTRE LOS OFERENTES”.
FORMATO N°3
(Formal) “PACTO DE INTEGRIDAD”
6.2.2 ANEXOS TÉCNICOS
FORMATO N°4
(Esencial) A. “EXPERIENCIA DEL OFERENTE”. En este anexo los oferentes deberán indicar la experiencia que posee en servicios de transporte de pasajeros o de similar naturaleza en los últimos 3 años, contados retroactivamente desde la fecha de publicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl la acreditación de la experiencia debe realizarse conforme a lo indicado en el punto 7.1 letra B
Para entidades públicas: el oferente deberá presentar los certificados de conformidad con el ID de la compra en Mercado Público y la Orden de Compra. En el caso de que la Orden de Compra con la cual se acredita la experiencia del oferente, se encuentre en el portal en estado de recepción conforme, esta hará las veces de certificado para la acreditación de experiencia.
Para mandantes particulares: Se deberá acompañar el contrato, y/o la factura y el certificado de recepción conforme ya detallado.
(Esencial) C. “PROPUESTA TECNICA POR BUS DEL SERVICIO”, con descripción del servicio y las características técnicas de los buses ofertados (8 buses para cada una de las jornadas), con detalle de marca, año, capacidad de asientos, tracción, equipamiento entre otros.
OTROS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑAR (Formal) Copia simple (fotocopia o scanner) del padrón del bus, copia simple del permiso de circulación vigente. Esta documentación debe ser proporcionada para cada uno de los buses.
6.2.3 ANEXO ECONÓMICO
FORMATO N°5
(Esencial) “OFERTA ECONOMICA DEL SERVICIO”
6.3 La admisibilidad de las ofertas será resuelta en base a los documentos indicados en los numerales 6.2.1, 6.2.2 y 6.2.3. En el caso de que existan otros documentos o certificaciones exigidos en las Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas, estos serán requeridos con posterioridad a la Adjudicación.
6.4 Serán rechazadas las ofertas que:
1. No cumplan con el plazo otorgado en el foro inverso para acompañar los antecedentes solicitados por la Comisión o para dar respuesta a las preguntas o aclaraciones solicitadas por la misma.
2. No adjunten la totalidad de antecedentes requeridos en el punto 6.2.2 Anexos Técnicos y 6.2.3 Anexos Económicos, por ser estos esenciales, sin perjuicio de lo establecido en el punto 6.6 de las bases de licitación.
3. No tengan concordancia entre el valor ofertado en el Formato N°5, correspondiente a la oferta económica, y el valor ingresado en el portal Mercado Público.
6.5 Comunicaciones durante el proceso de licitación
Las comunicaciones entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl
El oferente podrá formular todas sus consultas a través del portal en los plazos dispuestos para tales efectos en el cronograma de licitación.
Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.
Los proponentes no deben utilizar los medios de comunicación (fono y/o correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” en el portal y en el cronograma de las presentes bases, salvo para notificar problemas técnicos del portal.
6.6 ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitar por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dentro de un plazo fatal de 48 (cuarenta y ocho) horas.
Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado anteriormente. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en el presente pliego, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.
En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad de la Municipalidad de San Joaquín, y la comisión evaluadora puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión, considerando particularmente, que la solicitud de rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
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7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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La evaluación de las ofertas se realizará considerando los siguientes factores que se indican en la siguiente tabla, con su ponderación respectiva:
ITEM FACTOR % SUB-FACTOR
A OFERTA ECONÓMICA 60 NO
B EXPERIENCIA 37 NO
C CUMPLIMIENTO REQUISITOS ADMINISTRATIVOS 1 NO
D PACTO DE INTEGRIDAD 2 NO
7.1 METODOLOGIA DE EVALUACIÓN
La evaluación se realizará de acuerdo con el siguiente detalle. Todos los cálculos numéricos se harán con dos decimales.
A.- OFERTA ECONÓMICA (60%): Conforme a lo expresado en el Formato N°5, denominado "Oferta Económica", los puntajes que se asignarán se realizarán mediante el análisis siguiente:
O.M. X 100 = VALOR
O.E
Donde: O.M. = Oferta Menor Valor
O.E. = Oferta Evaluada
Los valores expresados deben incluir todos los costos asociados a la adquisición que se trata en la especie, de conformidad a las bases técnicas. Luego el resultado obtenido será ponderado de acuerdo con el porcentaje fijado para este criterio.
B.- EXPERIENCIA (37%):
En este punto se evaluará la experiencia que posea el proveedor en servicios de similar naturaleza, (transporte de pasajeros) de conformidad al número de certificados de recepción conforme que se acompañen, contados retroactivamente, dentro del plazo de los últimos 3 años, desde el día de publicación de la licitación en el portal mercado público. Los contratos que serán evaluados son aquellos que tengan una duración mínima de tres meses de prestación del servicio.
Para tal efecto, la acreditación será a través de:
Para entidades públicas: el oferente deberá presentar los certificados de conformidad con el ID de la compra en Mercado Público y la Orden de Compra. En el caso de que la Orden de Compra de la prestación con la cual se acredita la experiencia del oferente, se encuentre en el portal en estado de recepción conforme, esta hará las veces de certificado para la acreditación de experiencia.
Para mandantes particulares: Se deberá acompañar el contrato, y/o la factura y el certificado de recepción conforme ya detallado. Se asignará el puntaje de acuerdo con la siguiente tabla:
EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTOS
Presenta 10 o más certificados conformes 100
Presenta 7 o más certificados conformes 80
Presenta 5 o más certificados conformes 60
Presenta 3 o más certificados conformes 40
Presenta 1 o más certificados conformes 20
No informa o no se puede demostrar 0
C) CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA (1%): Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal.
Cumplimiento de Requisitos Formales PUNTOS
No se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso 100
Se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente lo acompaña. 50
Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente no lo acompaña. 0
CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERA CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO
D) PACTO DE INTEGRIDAD (2%)
El pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras Públicas, según el Dictamen N° E370752 de Contraloría General de la Republica de fecha 20 de Julio del 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación Pública. Este pacto contiene compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de contratación administrativa.
Conforme lo que señala el Formato N°3, los oferentes deberán declarar si cuentan o no con programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen citado anteriormente. Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o pactos han sido debidamente difundidos y comunicados al personal. Por lo anterior, la presentación de los programas o pactos deberán ser acompañados de evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y por ende conocidos por el personal, esto es:
• Está disponible en el sitio web del proveedor, de accedo público, comprobable. (Indicar URL para verificación).
• Haber sido distribuido con el personal, acreditado mediante la firma de recepción conforme de los trabajadores e involucrados.
• Haber sido comunicado mediante una charla o capacitación, mediante la firma de asistencia a dicha instancia por parte de los trabajadores o colaboradores e involucrados.
• Ser parte de alguna política o parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe haber sido recepcionado conforme, mediante firma del trabajador e involucrarlos.
• Cualquier otro mecanismo que permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha tomado conocimiento del programa o pacto en cuestión.
• pacto en cuestión.
Pacto de integridad PTS
Cuenta con Programa(s) o Pacto(s) de Integridad y acredita que éstos han sido difundidos, conocidos y cumplidos por su personal. 100
Declara que no cuenta con Programas o Pactos de Integridad; o declara que los tiene, pero no acompaña una copia. 0
7.2 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación:
a) Oferta económica
b) Experiencia del oferente
c) Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
NOTA GENERAL (PARA TODA LA PAUTA)
En caso de incongruencias en la aplicación de las fórmulas previamente señaladas, la Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corregirlas, para lo cual las presentes bases de licitación le facultan expresamente.
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8. DE LA ADJUDICACIÓN. |
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La adjudicación de la licitación se hará a precio unitario y mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el calendario de la licitación.
Se adjudicará el contrato al oferente que hubiese obtenido el primer lugar luego de aplicados los criterios de evaluación correspondientes, y de desempate si procediere.
La notificación de la adjudicación será a través del referido portal y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento, es decir, entendiéndose formalmente practicada luego de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a su publicación en el sistema.
Transcurrido dicho plazo se emitirá la “Resolución de Acta de Adjudicación” emanada del Portal de Compras Públicas.
8.1 Sobre Comisión Evaluadora, la evaluación y adjudicación de las ofertas.
La Comisión Evaluadora, estará constituida por al menos tres funcionarios de la Municipalidad. Esta Comisión tendrá por objeto el estudio de las ofertas según los requisitos administrativos, económicos y técnicos definidos en las Bases de Licitación.
La Comisión Evaluadora, posterior al acto de apertura, podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y que se realice a través del portal Mercado Público. Los Oferentes deberán presentar sus respuestas por el mismo medio, limitándose exclusivamente a los puntos solicitados.
La oportuna presentación de la propuesta será un criterio de evaluación de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora deberá analizar el contenido de los antecedentes que se presenten y procederá a declarar inadmisibles o rechazar las ofertas de conformidad con lo expresado en estas Bases de Licitación.
Asimismo, de verificarse que el oferente ha omitido o manipulado la información referente a los contratos que tenga vigentes al momento de presentar su oferta u otros antecedentes que a juicio de la Ilustre Municipalidad de San Joaquín implique vulnerar el principio de igualdad entre los oferentes, dicha oferta será rechazada.
Evaluadas todas las ofertas preseleccionadas, corresponderá a la Comisión Evaluadora confeccionar una propuesta de adjudicación o deserción. El informe técnico y la propuesta de adjudicación se remitirán al Alcalde, para que éste ratifique, modifique o rechace dicha proposición.
La modificación o el rechazo deberán ser fundados en el marco de las presentes Bases. Aprobada por el Alcalde la propuesta de adjudicación, la Municipalidad dictará el Decreto o la Resolución de Adjudicación fundada, la cual será publicada en el portal de información.
Entre la fecha de apertura de la propuesta y la comunicación de adjudicación no deberá mediar un lapso superior a 60 días hábiles, transcurrido el cual el proponente podrá desistirse de su oferta.
8.2 Desistimiento de las propuestas
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la apertura de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a deducir reclamo alguno, sea judicial o administrativo, ni a demandar indemnización alguna por este concepto. Por la sola aceptación de las presentes bases de licitación, se entiende que el adjudicatario renuncia expresamente a deducir cualquier tipo de reclamo administrativo, y a intentar cualquier acción judicial, entendiendo además que renuncia a toda indemnización si desiste por esta causa. El desistimiento deberá ser comunicado a la Municipalidad vía escrita.
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9. DEL CONTRATO, SUS GARANTÍAS Y SUS MODIFICACIONES |
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9.1 DEL CONTRATO
Cabe precisar, que atendiendo a que la contratación de la especie es menor a las 1000 UTM, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 63 del Decreto Supremo N°250/2004 del Ministerio de Hacienda, esta entidad ha decidido no suscribir contrato, y que la orden de compra que se emita al efecto hará las veces del instrumento contractual, desde la aceptación de esta por parte del adjudicatario.
9.2 Plazo del contrato
El plazo de la contratación será desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario hasta el termino de los viajes (29 de Noviembre de 2024).
9.3 Precio del contrato.
Será el que se señale en el Decreto Alcaldicio de Adjudicación producto de la oferta seleccionada, la que será en pesos chilenos. El pago será efectuado mediante estados de pagos según servicios prestados en modalidad de Contrato de Suministros.
9.4 GARANTÍAS
Atendido el monto de la contratación, esta entidad ha decidido no solicitar garantía de fiel cumplimiento del contrato.
9.5 Disminución y Aumentos de servicios
La Municipalidad podrá aumentar o disminuir los servicios contratados hasta un 30% en el contrato original, reduciendo o aumentando proporcionalmente el precio, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.
Toda modificación que se realice (aumento, disminución de servicios, servicios nuevos o extraordinarios, etc.), deberá ser aprobada por el Inspector Técnico Municipal y se expresará en la correspondiente modificación del contrato. El precio unitario de la modificación deberá ser el indicado en Formato N°5.
9.6 ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
En caso de resultar pertinente y en virtud de lo establecido en el artículo 4° inciso segundo de la Ley N°19.886, una vez adjudicada la licitación se verificarán los antecedentes laborales en virtud de un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanado de la Dirección del Trabajo. De registrarse saldos insolutos, tanto de trabajadores actuales, como de trabajadores contratados en los dos últimos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El contratista deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones, por parte del contratista, dará derecho a poner terminó anticipado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que este último no podrá participar. Esta certificación será solicitada respecto de los trabajadores que presten servicios directamente a la Municipalidad.
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10. DE LOS PAGOS Y MULTAS |
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10.1 De los pagos.
El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva.
La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos:
i. Certificado de Conformidad de todos los servicios prestados, emitidos por la Inspección Técnica, la cual dejará constancia de la fecha en que se aprueba dicho informe. Asimismo, se solicitará un informe de aplicación de multas o la inexistencia de estas.
ii. En caso de que el conductor del vehículo estuviere bajo régimen de subcontratación, deberá presentar un certificado que, de cuenta de ello, conforme lo indica el artículo 183 letra C del Código del Trabajo.
iii. La planificación semanal de uso del vehículo con el total de las horas planificadas.
iv. La planificación semanal de uso del vehículo con el total de las horas compensadas realizadas por el vehículo mensualmente.
v. Bitácora del vehículo.
vi. Otros documentos solicitados por la Inspección Técnica, y que sean necesarios para respaldar el estado de pago.
Una vez que la Inspección Técnica del Servicio apruebe la documentación, se deberá presentar:
Factura exenta de IVA a nombre de la Municipalidad de San Joaquín, R.U.T. 69.254.600-8, Santa Rosa N°2606, Comuna de San Joaquín, Santiago. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 19.983, la Municipalidad dispondrá del plazo de 8 días corridos para reclamar u observar los contenidos de la factura. El reclamo se efectuará y se pondrá en conocimiento del emisor a través de la plataforma electrónica del Servicio de Impuestos Internos (Registro de Aceptación y Reclamos).
10.2 Multas
La Unidad Técnica podrá cursar multas de conformidad con la siguiente tabla:
Descripción Monto
1.- En caso de atraso en la ejecución del servicio ofertado, conforme a la planificación de ruta y sus horarios. 1 UF por cada hora de atraso, contado el atraso desde el horario de ingreso del servicio conforme lo disponen las bases técnicas en su punto 4°.
2.- Incumplimiento de las órdenes, emanadas de la ITS 1 UF por incumplimiento de órdenes específicas, hecho que deberá ser calificado por el Inspector Técnico.
3.- Conductas inapropiadas por parte del conductor. Se entenderá por conducta inapropiada comentarios o acciones que atenten en contra de la dignidad de los pasajeros a transportar, de los funcionarios y/o de cualquier persona que se conecte con el servicio 0,3 UF por cada conducta inapropiada informada al ITS.
3.- Fallas mecánicas o de cualquier otra índole en el bus, durante el viaje o que impidan el inicio de un viaje
1 UF por desperfecto, hecho que deberá ser calificado por el Inspector Técnico.
3.- Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones establecidas en las Bases Técnicas. 0,5 UF
Se deja constancia para los oferentes que el atraso de más de 2 horas en la prestación del servicio desde el acta de inicio de servicio o la no prestación del servicio, facultará al Municipio a dar término anticipado al contrato.
Se deja constancia, además, que la acumulación de multas por un valor igual o superior a 10 UF en un período de tiempo de 30 días, contados desde el acta de inicio de servicio facultará al Municipio a dar término anticipado al contrato.
10.3 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
El procedimiento para la aplicación de multas será el siguiente:
La aplicación de multas por deficiencias en el servicio y/o incumplimiento de las obligaciones del Contratista, se regirá por el siguiente procedimiento:
a) En el caso de incumplimientos al contrato, el ITS comunicará personalmente o mediante comunicación al correo electrónico del contratista informado en su oferta, los hechos que constituyan la infracción, la norma infringida y la multa aplicable al caso.
b) Se conferirá traslado al contratista por el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la comunicación personal o del envío del correo electrónico, para presentar sus descargos ante el I.T.S., en relación con el incumplimiento. En el mismo plazo, el contratista podrá acompañar las pruebas que estime pertinentes para acreditar su defensa. El plazo para presentar prueba podrá ampliarse por 5 días hábiles a solicitud del contratista.
c) Evacuado el traslado o vencido el plazo para efectuarlo, se resolverá sobre la aplicación o absolución de la sanción, mediante Decreto Alcaldicio.
d) En caso de aplicarse multa u otra medida establecida para los casos de incumplimiento se deberá dictar un Decreto Alcaldicio fundado, el que se pronunciará sobre los descargos, si existieren. Dicha resolución se publicará oportunamente en el Sistema de Información.
e) En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que establece las bases de los procedimientos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. La interposición de los recursos señalados no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Con todo, la Municipalidad a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso.
f) Las multas se descontarán del estado de pago que proceda efectuar, entendiéndose mandatado el Municipio por el contratista para efectuar el descuento del valor de la multa. Si el saldo pendiente que existe por concepto de estados de pago no cubre el monto total de la multa, se podrá recurrir a la garantía de fiel cumplimiento. El pago de los servicios será efectuado una vez resuelta la apelación que haya presentado el contratista.
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11. TÉRMINO ANTICIPADO CONTRATO |
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La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) El incumplimiento grave y/o reiterado de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución, la ejecución extemporánea o la ejecución parcial por parte del contratista de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
b) Por no cumplir el vehículo con las especificaciones técnicas indicadas en estas bases de licitación.
c) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
g) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):
2) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
3) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
4) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
5) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
6) Disolución de la UTP.
h) Resciliación o término de mutuo acuerdo: Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
i) Toda otra causal contenida en la ley 19.886 y su Reglamento
j) Si el proveedor es condenado conforme a la ley N°21.595, Ley de Delitos Económicos, a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere y su duración se computará desde ese momento.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Todas las causales de terminación anticipada del contrato a excepción de la contenida en la letra h), facultaran al municipio para el cobro administrativo de la garantía de fiel cumplimiento de conformidad con lo dispuesto en las presente bases, sin perjuicio de las demás acciones que pudiere ejercer la Municipalidad por los perjuicios que se le causaren.
11.1 Procedimiento Administrativo para el Término Anticipado del Contrato.
a) En el caso de que el contratista incurra en una o más causales de término anticipado del contrato, el I.T.S. registrará en el Libro de Inspección Técnica, los hechos que constituyen la causal.
b) Se conferirá traslado al contratista por el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la anotación en el Libro de Inspección Técnica, para presentar sus descargos ante el ITS , en relación con la o las causales de término anticipado. En el mismo plazo el contratista podrá acompañar las pruebas que estime pertinentes para acreditar su defensa. El plazo para presentar prueba podrá ampliarse por cinco días hábiles a solicitud del contratista.
c) Evacuado el traslado o vencido el plazo para efectuarlo, la Inspección Técnica del Contrato analizará la procedencia del término anticipado del contrato.
d) La Inspección Técnica propondrá al Alcalde el término anticipado del contrato o su continuación por motivos fundados. Se deberá dictar un Decreto Alcaldicio fundado, el que se pronunciará sobre los descargos, si existieren. El Decreto Alcaldicio deberá ser redactado por la Inspección Técnica. Dicha resolución se notificará al concesionario mediante Libro de Inspección Técnica y se publicará oportunamente en el Sistema de Información.
e) En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Número diecinueve mil ochocientos ochenta, que establece las bases de los procedimientos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. La interposición de los recursos señalados no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Con todo, la municipalidad a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso.
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12. INSPECCIÓN TÉCNICA MUNICIPAL |
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La Inspección Técnica Municipal será nombrada en el acto administrativo de adjudicación.
Son obligaciones de ella:
12.1 Conocer los documentos que rigen la licitación.
12.2 Conocer y aplicar la tabla de multas y sanciones en caso necesario.
12.3 Realizar la planificación mensual del uso del vehículo.
12.4 Realizar control del servicio adjudicado.
12.5 Tramitar el pago oportuno del servicio, en la forma y plazos establecidos en las presentes bases.
12.6 Llevar un historial de la ejecución del contrato en el correspondiente libro de servicios que generará al efecto, el que deberá ser en formato autocopiativo, en triplicado, o registrado en un medio electrónico que dé certeza de respaldo y copia a las partes, debiendo registrar en dicho libro toda comunicación entre el inspector y el proveedor contratado.
12.7 Requerir toda la documentación que estime pertinente para resguardar la buena ejecución del contrato (ejemplo libro de asistencia, liquidaciones de sueldo, documentación legal vigente del vehículo, otros).
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13. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO |
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La vigencia del contrato se extenderá desde su suscripción hasta la liquidación definitiva de éste, la cual procederá luego del término de la prestación del servicio por cumplimiento del plazo de la contratación o desde que se haya decretado el término anticipado del contrato. La liquidación se efectuará mediante decreto alcaldicio. Su finalidad es formalizar la terminación del vínculo contractual y, en su caso, efectuar los correspondientes ajustes de cuentas, multas, saldos y demás aspectos que resulten pertinentes.
En la liquidación se consignarán todos los estados de pago cursados, el cobro de multas si existieron y la forma de haberse pagado dichas multas por parte del Contratista, además del estado de la garantía de fiel cumplimiento. Este decreto deberá ser confeccionado y tramitado por el ITS, dentro del plazo de noventa (90) días corridos contados desde el término de la prestación del servicio por cumplimiento del plazo de la contratación o desde el término anticipado del contrato.
La liquidación se notificará al contratista por medio del libro de inspección técnica y, adicionalmente podrá remitirse por correo electrónico.
El Contratista podrá realizar observaciones al decreto alcaldicio de liquidación dentro del plazo de diez (10) días corridos desde la notificación.
Las observaciones deberán ser ingresadas en la Oficina de Partes del municipio.
El Secretario Municipal certificará la circunstancia de haberse ingresado o no observaciones en la Oficina de Partes.
Si el contratista no ha presentado observaciones dentro del plazo señalado, se tendrá por aprobada la liquidación para todos los efectos legales, y se entenderá renunciado cualquier ulterior reclamo ante la Administración o ante la justicia ordinaria por parte del contratista.
En caso de observaciones presentadas oportunamente, la Municipalidad deberá resolverlas mediante decreto alcaldicio fundado.
Aprobada la liquidación por falta de observaciones o una vez resueltas estas en la forma señalada en el inciso anterior, se ordenará la devolución de las garantías que se encontraren constituidas, si procede.
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14. DISPOSICIONES FINALES |
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14.1 Interpretación de los antecedentes del Contrato.
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en el punto 2 de la “Normativa Aplicable”, será resuelta sin ulterior recurso por el señor Alcalde, previo informe de la Dirección Jurídica, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los Tribunales de Justicia.
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en San Joaquín y se someten a la competencia de los Tribunales de justicia que correspondan a dicha comuna.
14.2 Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad contenido en las presentes Bases, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i. El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario municipal que tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el Portal www.mercadopublico.cl.
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Bases Técnicas |
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“SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PARA JORNADAS DE CONMEMORACIÓN DEL MES DE PERSONAS MAYORES 2024”
1. SERVICIO A OFERTAR
Se requiere la contratación de servicios de transporte, conforme a las presentes especificaciones técnicas, que identifican de forma detallada los requerimientos necesarios.
N° Descripción Unidad a Cargo DIRECCIÓN
1 Servicio de suministro de transporte de 8 buses con chofer para viajes por la conmemoración del mes de Personas Mayores los días 18 – 19 – 21 – 22 – 25 – 26 – 28 y 29 de Noviembre de 2024.
Se solicita un total de 8 buses para cada una de las jornadas indicadas.
Los destinos podrán ser en las regiones V, VI o RM. Programa Personas Mayores Desarrollo Comunitario
2. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Para que las propuestas de los oferentes sean evaluadas deberán cumplir las especificaciones técnicas mínimas exigidas que se detallan a continuación:
Especificaciones Técnicas
Buses con capacidad para 44 personas, 4x4 o 4x2, aire acondicionado, baño, cinturón de seguridad para el total de pasajeros y acceso a personas con movilidad reducida.
El proveedor debe tener disponible 8 buses con capacidad para 44 personas para cada una de las jornadas.
Todos los transportes antes detallados deben contar con conductor profesional, ser año 2017 en adelante y contar con todos los documentos al día.
3. ANTECEDENES DE LOS CONDUCTORES de la licitación
3.1. Licencia de conducir clase A2 o A3 según lo exigido en el art 12 de la ley 18.290
3.2. Certificado de antecedentes
3.3. Certificado de Hoja de vida del conductor
Todos los antecedentes antes mencionados deberán de encontrarse vigentes durante la duración del contrato
4. HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4.1. El horario será definido según requerimiento de Personal a cargo del contrato e informado con a lo menos 1 semana de anticipación.
4.2. El contratista deberá cumplir con el horario solicitado, debiendo el vehículo presentarse con el combustible necesario para el cumplimiento de la jornada, limpio y en perfectas condiciones mecánicas.
4.3 El servicio no debe ser interrumpido durante el período del contrato (dentro de los horarios solicitados), por lo que se deberá contar con un vehículo de reemplazo de similares características y que cumpla al menos con las especificaciones técnicas, si fuere necesario. Asimismo, en caso de que el chofer tenga algún imprevisto, el oferente debe proporcionar un chofer de reemplazo.
4.5 Los vehículos deberán contar a lo menos con herramientas tales como llave rueda, gata, extintor, rueda de repuesto, y todo lo necesario conforme a la normativa vigente.
4.6 Al momento de la recepción del vehículo este deberá contar con toda su documentación al día, tales como padrón, revisión técnica, análisis de gases, permiso de circulación, póliza, TAG, etc.
4.7 Serán de cargo exclusivo del contratista: los seguros, la mantención mecánica del vehículo, los repuestos, la mano de obra, lubricantes y demás gastos necesarios para mantener su funcionamiento; el combustible usado en la jornada diaria de prestación de servicio; la colación de su conductor, las remuneraciones, cotizaciones previsionales y todo otro beneficio relativo al chofer o conductor del vehículo; asimismo, serán de su cargo los daños a la propiedad o a terceros que por cualquier modo cause el vehículo o su conductor durante la jornada la prestación del servicio.
4.8 El oferente adjudicado deberá dotar al vehículo de un equipo móvil de comunicación (teléfono celular).
4.9 Será obligación del conductor estar vestido de forma apropiada al cumplir sus funciones y mantener una conducta apropiada con los pasajeros en lo relativo a su comportamiento y lenguaje.
5. ASPECTOS ECONÓMICOS DE LA PROPUESTA
El presupuesto estimativo para esta contratación, asignado al total del servicio, que corresponde a $ 23.000.000.- (veintitrés millones de pesos).
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