El pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de
corrupción en materia de compras Públicas, según el Dictamen N° E370752 de
Contraloría General de la Republica de fecha 20 de Julio del 2023, es un
criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y
prevenir la corrupción en la contratación Pública. Este pacto contiene
compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de
los oferentes en el proceso de contratación administrativa.
Conforme lo que señala el Formato N°3, los oferentes deberán declarar si
cuentan o no con programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen
citado anteriormente. Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o
pactos han sido debidamente difundidos y comunicados al personal. Por lo
anterior, la presentación de los programas o pactos deberán ser acompañados de
evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y por ende conocidos
por el personal, esto es:
• Está disponible en el sitio web
del proveedor, de acceso público, comprobable. (Indicar URL para verificación).
• Haber sido distribuido con el
personal, acreditado mediante la firma de recepción conforme de los
trabajadores e involucrados.
• Haber sido comunicado mediante una
charla o capacitación, mediante la firma de asistencia a dicha instancia por
parte de los trabajadores o colaboradores e involucrados.
• Ser parte de alguna política o
parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe haber sido
recepcionado conforme, mediante firma del trabajador e involucrarlos.
• Cualquier otro mecanismo que
permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha tomado conocimiento
del programa o pacto en cuestión.