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NORMATICA APLICABLE |
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La presente licitación se ajustará a lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante, “el Reglamento” y sus modificaciones. Y se regirá, además, por los siguientes documentos según corresponda:
a) Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones y/o modificaciones.
b) Consultas y Respuestas.
c) Contrato a celebrar entre el municipio y el contratista u,
d) Orden de compra enviada y aceptada por el proveedor
e) Y toda norma relativa al efectivo cumplimiento de la contratación de la especie, que se entiende conocida por los oferentes.
1.1 Modalidad del contrato
El contrato suscrito entre la Municipalidad de San Joaquín y el Adjudicatario será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses.
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OBJETO DE LA LICITTACIÓN |
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Las presentes bases tienen por objeto la adquisición de cámaras corporales para la Municipalidad de San Joaquín para labores de seguridad comunitaria. Asimismo, se solicita Software para almacenamiento y tratamiento de Información, Capacitación, Soporte y Mantención.
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DE LOS OFERENTES |
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Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
Para efectos del contrato será requisito que el Proveedor esté inscrito en el Registro Chile Proveedores y estar habilitado para contratar con el Estado.
3.1 Unión Temporal de proveedores
Los oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal con el fin de complementar y fortalecer en términos de capacidad sus respectivas ofertas.
Las propuestas que se presenten de manera conjunta por dos o más personas deberán indicarlo en un documento que formalice la unión, en el que se deberá señalar, a lo menos, que existe solidaridad de las partes respecto de las obligaciones que se generen para la entidad y designar uno de sus integrantes como representante legal para los efectos de la licitación. Las inhabilidades para presentar la oferta establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, afectarán a cada uno de los integrantes de la unión, individualmente considerados.
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DE LAS PROPUESTAS, SU APERTURA Y ADJUDICACIÓN |
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4.1 Disposiciones generales
La propuesta será pública, en pesos chilenos, suma alzada, sin interés ni reajuste y será adjudicada totalmente a un Oferente.
Las ofertas presentadas deberán contar con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, a contar de la fecha de apertura.
El oferente, en su oferta, deberá considerar todos los gastos directos e indirectos que irrogue el cumplimiento del contrato. A modo solo enunciativo, se considerarán todos los gastos en materiales, servicios, transporte, impuestos, y en general, todo lo necesario para cumplir los requisitos de las presentes bases.
El plazo de la licitación será en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario. Los plazos cuyo vencimiento recaiga en un día inhábil deberán cumplirse, a más tardar, el día hábil siguiente a dicho vencimiento.
La municipalidad declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación cuando no haya oferentes o bien las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses institucionales, de conformidad al artículo 9° de la Ley N°19.886.
La comunicación entre los oferentes y la entidad licitante se realizará, única y exclusivamente, a través del sistema de información. Los oferentes podrán formular todas sus consultas, a través del portal en los plazos que se disponen para ello.
Del mismo modo, el organismo licitante solo podrá emitir aclaraciones, respuestas, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada.
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GARANTIAS |
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5.1 Normas Comunes:
a) Las garantías: Deben ser de plazo definido, en pesos chilenos, a la vista e irrevocable. No existen restricciones respecto a un instrumento en particular y se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones expuestas. Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
b) Las garantías deberán ser tomadas, por el contratista o en su nombre, a la orden del Mandante (Municipalidad de San Joaquín, RUT Nº69.254.600-8), salvo que se indique en forma expresa lo contrario.
c) Las Garantías expresarán claramente lo que cauciona y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar “la seriedad de la oferta” o “el fiel cumplimiento de contrato”, etc., con el nombre del proyecto, comuna, ID licitación 218-63-LE23.
d) Las garantías serán remitidas al Mandante y quedarán bajo su custodia, con excepción de la boleta por seriedad de la oferta.
e) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del Contratista y será este responsable de mantenerlas vigentes por el período que cauciona.
f) La Municipalidad estará facultada para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
g) En ningún caso las garantías podrán ser reemplazadas por otras de menor valor o inferior duración, sin autorización escrita de la Municipalidad y ello siempre que el cambio se ajustare a la normativa vigente.
5.2 Garantía de seriedad de la oferta
Los Proponentes deberán presentar una garantía por la seriedad de la oferta, a nombre de la Municipalidad de San Joaquín. El lugar de entrega, monto y glosa se detallan en este punto. El plazo de vigencia de esta garantía no podrá ser inferior a 60 días contados desde la fecha de apertura de la propuesta.
Emitirse a favor de Municipalidad de San Joaquín
RUT 69.254.600-8
Vigencia mínima 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Monto $2.700.000 (dos millones setecientos mil pesos).
Glosa “Para garantizar seriedad Oferta Licitación Pública para la Adquisición de Cámaras Corporales para la Comuna de San Joaquín”. ID 218-63-LE23.
Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa y sin formato de juicio por la entidad licitante en los siguientes casos:
a) Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado;
b) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases;
c) Por la retractación de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;
d) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error;
e) Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;
f) Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado.
Las garantías de aquellos oferentes cuyas propuestas sean declaradas inadmisibles en el informe de la comisión evaluadora, serán devueltas dentro del plazo de 10 días contados desde la publicación del decreto de adjudicación en el portal de compras, lo cual quedará consignado en dicho decreto.
Adjudicada la propuesta y firmado el Contrato por el oferente seleccionado, se procederá a hacer la devolución de las garantías por seriedad de la oferta de todas las demás ofertas admisibles y que no fueron adjudicadas, si las hubiere. En el caso del oferente adjudicado no se procederá a la devolución de la garantía por seriedad de la oferta, sino después de presentada la garantía por fiel cumplimiento del Contrato, en las condiciones que más adelante se detallan. La Dirección Jurídica será la encargada de la devolución de las garantías de seriedad de la oferta.
Serán rechazadas de plano aquellas propuestas que no presenten la garantía de seriedad de la oferta.
En caso de extenderse el plazo de cierre de recepción de las ofertas, las garantías presentadas con anterioridad a la extensión del cierre y de acuerdo con los plazos establecidos en la apertura primitiva serán válidas para el proceso, sin perjuicio de requerirse su prórroga si fuese necesario. En caso de no prorrogarse, se entenderá que el oferente se desiste de su oferta.
5.2.1.- Garantía emitida en Soporte Electrónico.
Deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Deberá adjuntarse a los ANEXOS ADMINISTRATIVOS en el Portal de Mercado Público. Su validez será corroborada por los medios dispuestos por la ley, en el acto de apertura.
5.2.2.- Garantía emitida en soporte papel.
Deberá ser escaneada y presentada en los ANEXOS ADMINISTATIVOS en el Portal de Mercado Público. Su validez será corroborada por los medios dispuestos por la ley, en el acto de apertura.
ADEMAS, deberá ser entregada materialmente en la Dirección de Seguridad Comunitaria de la Municipalidad de San Joaquín, en Rivas N°694, 3° piso, comuna de San Joaquín, hasta el día y hora de cierre del plazo de presentación de las ofertas. El horario de atención es de lunes a jueves de 9:00 a 17:00hrs y los viernes de 9:00 a 13:00hrs.
La entrega en un sobre que indique claramente la individualización del oferente y el ID de la licitación.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO |
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El oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de suscribir el contrato, esta caución que tiene por objeto garantizar el fiel cumplimiento de éste. Esta garantía deberá otorgarse por una cantidad igual al 10% del valor de la contratación, impuesto incluido, a nombre del Mandante Municipalidad de San Joaquín, RUT Nº69.254.600-8. Su vigencia deberá cubrir el periodo que dure la ejecución del contrato, más 120 días adicionales. Es responsabilidad del Contratista mantener vigente durante todo el período del contrato esta garantía.
Beneficiario ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUÍN
RUT 69.254.600-8
Vigencia mínima Desde la suscripción del contrato hasta los 120 días corridos posteriores al término del contrato (*)
Monto 10% del monto adjudicado
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Licitación Pública Adquisición de Cámaras Corporales para la Comuna de San Joaquín ID 218-63-LE23.
La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Municipio de San Joaquín a dejar sin efecto la adjudicación señalada, declarar la licitación desierta, revocar e inclusive, adjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje.
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DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Cada proponente que desee participar en este proceso licitatorio deberá ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes que no presenten uno o más de los documentos calificados como esenciales en el punto siguiente, no serán considerados en la evaluación de la presente licitación.
Solo se considerarán aquellos documentos que:
a) Se encuentren legibles, completos, y debidamente suscritos, cuando corresponda.
b) Hayan sido extendidos a nombre del oferente, si corresponde.
c) Puedan ser verificados en cuanto a su autenticidad.
d) Tengan relación con el presente proceso concursal.
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ARCHIVOS PARA PRESENTAR EN LA OFERTA |
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ANEXOS ADMINISTRATIVOS
ANEXO N°1 “FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE, DECLARACIÓN DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO PARA OFERTAR Y/O SUSCRIBIR CONTRATOS CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUÍN Y ACEPTACIÓN DE BASES”.
(Deberá acompañar un anexo por cada integrante de la UTP y acompañar el documento que dé cuenta del acuerdo según lo dispone el artículo 67 bis del Reglamento, y se designe en él al representante o apoderado común.)
ARCHIVO
(Esencial)
Garantía de Seriedad de la Oferta
ANEXOS TÉCNICOS
ANEXO N°2
(Esencial) “OFERTA TÉCNICA”
El oferente deberá completar el Anexo N°2.
En el señalado anexo deberá indicar las características técnicas específicas de los bienes y servicios ofertados, los que deben cumplir a lo menos con los requerimientos técnicos específicos mínimos establecidos.
Se tendrá por no cumplido el requerimiento técnico en que el oferente sólo se limite a indicar que “sí cumple” o que lo hará “según las bases” o alguna fórmula similar, sin indicar específicamente los datos precisos de la propuesta técnica,
ARCHIVO
(Esencial) Antecedentes Técnicos
El oferente deberá adjuntar, en formato PDF aquella documentación que acredite las características técnicas de los bienes y servicios licitados.
ANEXO N°3
(Esencial) “PLAZO DE ENTREGA Y PLAZO DE GARANTÍA CONVENCIONAL”.
Plazo Máximo de entrega: 60 días.
Plazo Mínimo Garantía Convencional: 12 meses contados desde la entrega de los bienes licitados.
ANEXO N°4
ECONÓMICO
(Esencial) “OFERTA ECONÓMICA”
El presupuesto TOTAL no puede superar los $26.956.039- IVA incluido.
Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible serán declaradas inadmisibles.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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La evaluación de las ofertas se realizará de conformidad con los criterios de evaluación señalados en la presente convocatoria, por una comisión compuesta por tres (3) funcionarios municipales, definida en el acto administrativo correspondiente, y su integración se publicará en el Sistema de Información.
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DE LA REVISIÓN DE ANTECEDENTES Y ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitar por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dentro de un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas.
Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en el presente pliego, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.
En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad de la Municipalidad de San Joaquín, y la comisión evaluadora puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión, velando particularmente, que la solicitud de rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información
La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Las ofertas que no cumplan los Requerimientos Mínimos Especificados en los numerales 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.6 y 3.7 de las Bases Técnicas, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Las evaluaciones de las ofertas se realizarán considerando los siguientes factores que se indican en la siguiente tabla, con su ponderación respectiva:
N° CRITERIO PONDERADOR
1 Oferta económica 54%
2 Plazo entrega 30%
3 Garantía convencional 15%
6 Cumplimiento requisitos formales 1%
11.1 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
La evaluación se realizará de acuerdo con el siguiente detalle. Todos los cálculos numéricos se harán con dos decimales.
11.1.1. OFERTA ECONÓMICA (54%):
Se considerará el valor expresado en el Anexo N°4, denominado "Oferta Económica".
Para la evaluación económica se aplicará el “Análisis del Mínimo Costo”, donde se considera la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente fórmula:
O.M. * 100 = Valor
O.E.
Donde: O.M. = Oferta Menor Valor
O.E. = Oferta Evaluada
Luego de aplicar la fórmula, el puntaje que obtuvo cada oferta (de 0 a 100 puntos, el cual no podrá ser superior a este puntaje máximo), se ponderará cada resultado por el porcentaje fijado.
11.1.2 PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS (30%):
Para este criterio de evaluación, se evaluará el plazo de entrega en días corridos de los productos ofertados en el Anexo N°3. Así el proveedor que presente el menor plazo de entrega de los productos será evaluado de acuerdo a la siguiente tabla:
PLAZO DE ENTREGA PUNTAJE
01 a 15 días corridos 100 puntos
de 16 a 30 días corridos 70 puntos
de 31 a 45 días corridos 40 puntos
de 46 a 60 días corridos 10 puntos
Más de 60 días La oferta será declarada inadmisible
El puntaje obtenido será ponderado por el porcentaje fijado.
11.1.3 PLAZO DE GARANTÍA CONVENCIONAL (15%):
Para la evaluación de este criterio se considerará el número de meses de garantía convencional de los bienes y servicios licitados, consignado en el Anexo N°3. La asignación de puntaje corresponde a la siguiente tabla:
PLAZO DE GARANTÍA PUNTAJE
De 37 meses y más 100 puntos
De 25 a 36 meses 70 puntos
De 13 a 24 meses 40 puntos
12 meses 10 punto
Menos de 12 meses La oferta será declarada inadmisible
El puntaje obtenido será ponderado por el porcentaje fijado.
11.1.4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (1%):
Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal.
Cumplimiento de Requisitos Formales PUNTOS
No se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso 100 puntos
Se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y el oferente lo acompaña. 50 puntos
Se solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y el oferente no lo acompaña. 0 punto
CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERÁ CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO.
11.2 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación:
1) Oferta económica
2) Plazo entrega
3) Garantía convencional
Si aplicados los criterios descritos, continua el empate, se privilegiará al oferente que hubiere hecho ingreso primero su oferta en el portal electrónico.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
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La adjudicación de la licitación se realizará a un oferente por decreto alcaldicio, y se publicará en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento.
Si la publicación de la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N°19.886.
En el evento que el adjudicatario rechazara la adjudicación, o no firmare el contrato dentro del plazo estipulado, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje de acuerdo con el listado de adjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original, en la medida que la oferta a adjudicar se encuentre vigente.
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INSPECCIÓN TÉCNICA MUNICIPAL |
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La Inspección Técnica Municipal será nombrada en el acto administrativo de adjudicación. Son obligaciones de ella:
13.1 Conocer los documentos que rigen la licitación.
13.2 Conocer y aplicar la tabla de multas y sanciones en caso necesario.
13.3 Tramitar el pago oportuno, en la forma y plazos establecidos en las presentes bases de los servicios y/o productos, si estos se prestan y/o entregan en una sola oportunidad.
13.4 Requerir toda la documentación que estime pertinente para resguardar la buena ejecución del contrato.
La comunicación oficial entre la IT y el proveedor será a través de correo electrónico señalado en el contrato.
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DEL CONTRATO |
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Dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, posteriores a la fecha de comunicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el adjudicatario deberá entregar en la Municipalidad los siguientes antecedentes:
a) Certificado que acredite al Adjudicatario como hábil para contratar con el Estado, según registro dewww.chileproveedores.cl (sólo deberá presentar este antecedente si al momento de presentar su oferta, el Proponente no contaba con dicha inscripción).
b) Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
c) Copia autorizada del documento donde conste la personería del representante legal (sólo si este antecedente no está en los documentos acreditados de Chile proveedores)
d) Declaración jurada de no encontrarse afecto a las prohibiciones contempladas en los artículos 8º y 10º de la Ley sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley Nº20.393.
e) Indicar un correo electrónico para mantener las comunicaciones oficiales con la Inspección Técnica.
Una vez recibidos los antecedentes descritos en los puntos precedentes, la Municipalidad elaborará el contrato y citará al Adjudicatario para su firma. En la elaboración del contrato no podrán modificarse las condiciones establecidas en los documentos que conforman la presente licitación. La presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del decreto que lo apruebe, debe gestionarse en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la comunicación de adjudicación en el portal.
Los gastos en que se incurra serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
Si el contrato no se suscribiera en el plazo señalado, por causa imputable al adjudicatario, el municipio podrá hacer valer las acciones legales que procedan. En este caso la Municipalidad podrá llamar a una nueva propuesta o adjudicar la oferta que ocupe el lugar siguiente en la evaluación, siempre que el proponente de la segunda oferta así lo acepte. En caso de desistir el proponente de dicha oferta, podrá recurrirse a la oferta del tercer lugar y así sucesivamente. Podrá recurrirse hasta la oferta del último lugar, siempre que los proponentes de las primeras ofertas, en el orden del segundo al penúltimo lugar, se hubiesen desistido de la adjudicación.
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PLAZO DE CONRTATACIÓN |
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El plazo del contrato será equivalente al plazo de la Garantía Convencional.
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LA RECEPCIÓN CONFORME |
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La recepción conforme será realizada por el Inspector Técnico (IT) quien deberá verificar que la entrega de la totalidad de las cámaras corporales se hubiere realizado conforme a los requerimientos establecidos para esta adquisición en las Bases Técnicas.
Una vez verificada la recepción conforme, el IT deberá redactar un informe de recepción conforme adjuntando todos los antecedentes que den cuenta de ello.
El Acta de Recepción Conforme debe detallar: cantidad o unidades de cada bien, descripción genérica de los mismos y fecha de la recepción efectiva.
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DEL PAGO |
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Antes de emitir la factura el proveedor deberá obtener el Acta de Recepción Conforme emitida por la Inspección Técnica.
El pago de los bienes licitados se efectuará en un estado de pago, contra la presentación por parte del contratista de la factura. Se deberá acompañar Acta de recepción conforme por parte de la Inspección Técnica de los bienes licitados. Se rechazará la factura o las facturas, que hayan sido emitidas sin contar con dicha recepción. Asimismo, se deberá adjuntar un informe de aplicación de multas o la inexistencia de las mismas para gestionar dicho pago, emitida por la Inspección Técnica.
La factura debe ser emitida a nombre del Municipio de San Joaquín Av. Santa Rosa 2606, San Joaquín RUT N°69.254.600-8 y debe indicar los bienes que se adquieren.
El pago del servicio se realizará dentro de 30 días contados desde contra entrega de la factura.
De acuerdo a lo dispuesto en el Articulo Nº 3 de la ley 19.983, la Municipalidad dispondrá del plazo de 8 días corridos para reclamar u observar los contenidos de la factura.
El reclamo será puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada conjuntamente con la devolución de la factura.
Si corresponde, se incluirá la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente.
El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la documentación.
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DE LAS MULTAS |
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La Unidad Técnica podrá cursar multas de conformidad con la siguiente tabla:
N° CAUSAL MULTAS
1 Incumplimiento en plazo de entrega según lo ofertado por el adjudicatario en el Anexo N°3. 5 UTM por cada día de atraso, con tope de 10 días corridos.
2 Incumplimiento en alguno de plazos establecidos en el 5.1 de las Especificaciones Técnicas.
2 UTM por día hábil de atraso contado desde el vencimiento del plazo del 5.1 de las Especificaciones Técnicas, con tope de 15 días corridos.
18.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
a) En el caso de incumplimientos al contrato, el I.T.S. registrará en el Libro de Inspección Técnica (físico o digital), los hechos que constituyen la infracción, la norma infringida y la multa aplicable al caso.
b) Se conferirá traslado al contratista por el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación realizada a través de correo electrónico, para presentar sus descargos ante el I.T.S., en relación al incumplimiento. En el mismo plazo el contratista podrá acompañar las pruebas que estime pertinentes para acreditar su defensa. El plazo para presentar prueba podrá ampliarse por 5 días hábiles a solicitud del contratista.
c) Evacuado el traslado o vencido el plazo para efectuarlo, se resolverá sobre la aplicación o absolución de la sanción, mediante la dictación de un decreto alcaldicio.
d) En caso de aplicarse multa u otra medida establecida para los casos de incumplimiento el Decreto Alcaldicio deberá ser fundado, y pronunciarse sobre los descargos, si existieren. Dicha resolución se publicará oportunamente en el Sistema de Información.
e) En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. La interposición de los recursos señalados no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Con todo, la municipalidad a petición fundada del interesado, podrá suspender la ejecución cuando el cumplimiento del acto recurrido pudiere causar daño irreparable o hacer imposible el cumplimiento de lo que se resolviere, en caso de acogerse el recurso.
f) Una vez ejecutoriadas, las multas se descontarán del o los pagos más próximos que proceda efectuar, entendiéndose mandatado el municipio por el contratista para efectuar el descuento. El contratista No debe emitir nota de crédito, sino que por el total del servicio mensual. El descuento de la multa se hará sobre el líquido. En caso del último mes de servicio, el pago será efectuado una vez resueltos los recursos que haya presentado el contratista.
En caso de no existir estados de pago pendientes, el proveedor deberá pagar la multa dentro de tercero día de ejecutoriada la multa en Tesorería Municipal. De no verificarse el pago, podrá ejecutarse la Garantía de Fiel Cumplimiento, y deducir el importe de la multa de tales fondos.
g) Todas las comunicaciones y notificaciones oficiales de este procedimiento se harán al correo electrónico del proveedor.
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TERMINANCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO |
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La Municipalidad podrá poner término unilateral y administrativamente el contrato, en forma anticipada, sin forma de juicio e ipso facto, mediante acto administrativo fundado, en los siguientes casos, que se enuncian a vía enunciativa y ejemplar, sin ser taxativas, y sin perjuicio de las multas e indemnizaciones y demás acciones que procedan.
18.1. Causales de Terminación Anticipada del Contrato
a) Si el Contratista es declarado en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
b) Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de sus bienes.
c) Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.
d) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
e) Si el Contratista es una sociedad y va a su liquidación.
f) Si el Contratista le fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
g) Si el Contratista fuere condenado por delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima.
h) Si el Contratista ha hecho abandono de los servicios.
i) Si no ha dado comienzo a los servicios en la fecha fijada para ello, habiendo requerimiento por escrito de la Inspección Técnica en orden de iniciarlos.
j) Si a juicio de la Unidad Técnica no está ejecutando los servicios de acuerdo al Contrato o, en forma reiterada o flagrante, no cumple con las obligaciones estipuladas.
k) En caso de muerte del Contratista o socio que implique término de giro de la empresa.
l) El incumplimiento del pago de los sueldos, salarios y leyes sociales o el pago de proveedores, a menos que se subsane dicha situación dentro del quinto día desde que le fuera advertido formalmente por la Unidad Técnica.
m) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
n) Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
o) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato –en el caso de una Unión Temporal de Proveedores-, que afecte a cualquiera de sus miembros;
p) Inhabilidad sobrevinientes de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
q) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores. La Unión Temporal de Proveedores es una asociación de, al menos, 2 integrantes; cuando su número disminuya de 2, la Unión Temporal de Proveedores se entenderá inmediatamente disuelta.
r) Todo otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista.
s) Cuando la Unidad Técnica de común acuerdo con el contratista, acuerdan terminar anticipadamente el contrato.
t) Por haber acumulado multas por los días límites establecidos en el Nº 17 de estas bases administrativas.
En cualquiera de los casos señalados en la presente cláusula, excepto el indicado en la letra s), la Unidad Técnica podrá solicitar al Mandante hacer efectiva la Boleta de garantía que corresponda, sin perjuicio de las multas e indemnizaciones por perjuicios que fueren procedentes.
19.2. Efectos del Término Anticipado del Contrato por Incumplimiento del Contratista
El Alcalde, mediante decreto pondrá término al contrato sin derecho a apelación, aplicando la siguiente sanción:
a. Ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, a título de multa.
b. El no pago del saldo de precio de los bienes licitados que no cuenten con recepción conforme.
c. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá ejercer las acciones legales pertinentes ante la justicia ordinaria.
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