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MODIFICACIONES A LAS BASES |
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Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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Criterios de Desempate |
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En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden (en caso que continúe el empate en el primer, se considerara el siguiente criterio y así sucesivamente):
1.- PRECIO
2.- UBICACION GEOGRAFICA DEL SERVICIO TECNICO
3.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO
4.- GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
5.- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
En el evento de continuar la situación de empate, se adjudicará aquél oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando dos decimales.
La Comisión evaluadora u/o Evaluadores deberán confeccionar un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación con sus respectivas observaciones.
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ADJUDICACION |
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El Servicio de Salud se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Se adjudicará a un único oferente todas las líneas de producto u/o servicio licitado, al oferente que obtenga el mayor puntaje de la suma total de los criterios de evaluación por todas las línea de productos, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°9.8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.
Se deja constancia que en virtud de lo indicado en la cláusula N°2.2 “Condiciones para presentar ofertas” el proveedor adjudicado deberá abastecer la demanda total. En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir el respectivo contrato de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas por organismos contratantes de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°10.3 “Suscripción del contrato”.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Servicio de Salud Aconcagua, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
El Servicio de Salud podría adjudicar por un monto que supere en más del 30% al monto estimado, de acuerdo a la contratación de acuerdo a lo estipulado en el Art.11 del decreto 250 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886
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Documentos integrantes |
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La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
a) Bases de licitación y sus anexos.
b) Consultas, aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
c) Oferta.
d) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder.
e) Orden de compra.
f) Informe de Evaluación de las Ofertas
g) Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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Validez de la oferta |
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La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta la suscripción del contrato.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
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Suscripción del Contrato |
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El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Depto. de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Servicio de Salud Aconcagua, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.
La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días corridos contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
El contrato estará vigente desde la firma de dicho instrumento, elaborado por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente.
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Modificación del contrato |
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Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato suscrito aumentando o disminuyendo los montos y/o cantidades, de conformidad a lo establecido en el art. 77 del decreto 250 que aprueba reglamento de la ley 19.886 por motivos fundados y en caso de que sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del respectivo contrato.
En ningún caso la modificación podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del valor total del respectivo contrato, ni alterar la naturaleza del objeto de éste, situación en la cual el proveedor deberá respetar los valores adjudicados. Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez tramitado totalmente el acto administrativo que lo apruebe.
En estos casos el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución, de acuerdo con lo establecido en la cláusula N°8.2 “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” de las bases de licitación.
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Vigencia |
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El contrato estará vigente desde la firma del instrumento respectivo, redactado por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua.
La vigencia será de 24 meses o hasta la extinción del presupuesto asignado, período en el cual el adjudicatario deberá proveer de los servicios que le fueron adjudicados, en los términos y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus anexos y en el contrato.
Se dispondrá Término anticipado y unilateral de contrato por la extinción del presupuesto asignado, el que será comunicado al proveedor, mediante oficio de la Directora del Servicio de Salud Aconcagua, a través de carta certificada al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880.
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Coordinador del Contrato |
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El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Servicio de Salud Aconcagua, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de la compra. El Servicio de Salud Aconcagua designará a un responsable que se vinculará directamente con el adjudicatario.
Las designaciones del coordinador del contrato por parte del proveedor deberán realizarse conjuntamente con la suscripción del contrato.
En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:
1. Informar oportunamente al Servicio de Salud Aconcagua de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
4. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al Jefe de Operaciones Samu o quien lo subrogue o reemplace por parte del órgano comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.
Nota: El Jefe de Operaciones SAMU Aconcagua o quien lo subrogue o reemplace será la contraparte técnica para coordinar el contrato, quien visará las cotizaciones junto al Jefe de SAMU Aconcagua. Además, el Jefe de Operaciones realizará los informes técnicos que respalden los trabajos en cada vehículo.
Lo anterior para el correcto desarrollo del contrato.
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Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado |
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El adjudicatario se obliga:
a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de proveedores
b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Aconcagua, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual.
c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
d. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente.
e. Entregar oportunamente informes y/o documentación solicitados por el órgano comprador.
f. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
g. Proveer los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación.
h. Acreditar a partir del inicio de vigencia del contrato respectivo, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores.
i. Aceptar la orden de compra emitida por el Servicio de Salud Aconcagua por el valor total estimado de los servicios que le fueron adjudicados, en virtud de las cantidades estimadas para éstos y el precio adjudicado por el proveedor.
j. El proveedor contratado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta licitación.
k. Si durante el desarrollo del proceso de entrega de los servicios, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en el plazo de termino o entrega ofertado, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia al Servicio de Salud Aconcagua, mediante carta ingresada a la Oficina de Partes, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación del plazo respectivo. El Servicio de Salud Aconcagua en vista de los antecedentes que presente el Oferente, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito o rechazará la solicitud.
l. Aceptar la solicitud de entrega del servicio en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos.
m. El proveedor adjudicado será responsable solidario frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Servicio de Salud respectivo, cuando éstas tengan su fundamento en fallas de origen en las reparaciones o mantenciones realizadas por el proveedor adjudicado.; y
n. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo.
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Responsabilidades y obligaciones del Servicio Salud Aconcagua |
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El Servicio Salud Aconcagua se obliga a:
• Adquirir del proveedor los servicios que le fueron adjudicados durante el período de compra, según lo indicado en el Contrato.
• Verificar la concordancia entre el servicio adquirido y servicio recepcionado, para cada una de los requerimientos de compra emanados durante el período de vigencia.
• Efectuar la recepción conforme de los servicios verificando que éstos cumplan con el estándar técnico que corresponda, según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada.
• Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato respectivo.
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Cobro de la garantía de seriedad de la oferta |
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Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por el Servicio de Salud Aconcagua en los siguientes casos:
a) Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde;
b) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde;
c) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;
d) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error;
e) Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;
f) Por la no presentación oportuna de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el caso del proveedor adjudicado, si procede;
g) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
De igual forma, la no inscripción y estado hábil en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases facultará al Servicio de Salud Aconcagua a materializar el cobro de dicha garantía.
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Cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. |
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La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá hacerse efectiva por parte del Servicio Salud Aconcagua, en los siguientes casos:
a. En el caso que el adjudicatario desiste la oferta al momento de formalizar su contratación; y/o si se comprobare falsedad de los documentos constitutivos de la oferta.
b. Si, a juicio del Servicio de Salud Aconcagua, previo informe, se considera que los servicios suministrados no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la Propuesta, la Oferta y el Contrato. Sin perjuicio que frente a esta eventualidad, el Director del Servicio de Salud Aconcagua, se reserva el derecho de rescindir la compra.
c. Si el adjudicatario no da cumplimiento en la entrega de los servicios adquiridos, presentando un retraso superior a lo indicado en el punto 10.11.3 Multas”.
d. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato.
e. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
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Multas |
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El plazo comprometido para las Mantenciones y Reparaciones de los vehículos será el que el adjudicado, indique en cotización final, indicando fecha de entrega del vehículo, el cual será revisado por Jefe de Operaciones de SAMU y autorizado por Jefe de SAMU Aconcagua. En caso de atraso, se devengarán las multas que se señalan a continuación.
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a) Multas por Atrasos |
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El proveedor en caso de determinar un atraso futuro en la entrega del vehículo deberá informar vía mail, 2 días hábiles antes del término del plazo convenido para la entrega, al Jefe Operaciones SAMU Aconcagua indicando:
- Razones fundadas del atraso.
- Nueva fecha de entrega, con un máximo de 90 días corridos.
El jefe de Operaciones del SAMU Aconcagua evaluará y autorizará la nueva fecha de entrega del vehículo. En caso de no autorizar, se aplicarán las multas por atraso según la siguiente tabla:
Días de atraso Multa x día de atraso
Atrasos entre 1 a 9 días hábiles Multa de 3 (tres) Unidades de Fomento por día.
Atrasos de 10 o más días hábiles El Servicio de Salud Aconcagua, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato y hacer efectivo el cobro del instrumento de Garantía de Fiel Cumplimiento.
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b) Multas por no disponibilidad de los repuestos. |
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Días de atraso Multa x día de atraso
No disponibilidad de los repuestos entre 1 a 9 días hábiles Multa de 3 (tres) Unidades de Fomento por día.
No disponibilidad de los repuestos de 10 o más días hábiles El Servicio de Salud Aconcagua, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato y hacer efectivo el cobro del instrumento de Garantía de Fiel Cumplimiento.
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c) Multas por calidad del producto |
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Se produce incumplimiento en calidad, si el proveedor utiliza sin previa autorización de la parte técnica un material o artículo que no respeta los criterios de calidad señalados en su oferta, se multará con 3 Unidades de Fomento por evento, en que el proveedor incluya algún material o artículo en condiciones deficientes o que no corresponda a lo ofertado. Sin perjuicio, el proveedor deberá reemplazar el producto por otro ajustado a los requerimientos, en un plazo máximo de 3 días hábiles, siendo corroborado por el ente técnico encargado de la revisión “Jefe de Operaciones Samu Aconcagua” de l os trabajos.
En el caso de no cumplir con lo indicado en el párrafo anterior se procederá al término anticipado del contrato junto con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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d) Multa por otros incumplimientos |
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En el evento que el proveedor incumpla otras obligaciones asumidas en virtud de la presente licitación, como por ejemplo:
o No entregar el equipo de diagnóstico al inicio de la vigencia del contrato, solicitado en el punto 11.3 Ámbito de la propuesta.
o Falta de actualizaciones o reemplazo en caso de fallas o deterioro del equipo de diagnóstico, solicitado en el punto 11.3 Ámbito de la propuesta.
o Incumplimiento de la recepción inmediata de los móviles, su revisión e inicio de los trabajos correspondientes. Anexo Nº7 de las presentes bases.
El Servicio aplicará como sanción una multa de 30 Unidades de Fomento, por cada evento.
Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor deberá subsanar el incumplimiento en el plazo de 30 días corridos desde el requerimiento y/o informe del “Jefe de operaciones Samu Aconcagua” al Administrador del contrato del proveedor adjudicado.
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Término Anticipado Contrato |
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La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, como por ejemplo el empleo no autorizado de piezas y partes, daños en los móviles, pérdida de equipos o accesorios de éstos, uso no autorizado de los móviles.
2) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.-Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro,entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
7) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, supere los 90 días corridos.
8) En caso de que las multas totalmente tramitadas sobrepasen el 10 % del valor total contratado.
9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases.
En todo caso, el Servicio de Salud dispondrá término anticipado y unilateral de contrato por la extinción del presupuesto asignado, el que será comunicado al proveedor, mediante oficio de la Directora del Servicio de Salud Aconcagua, a través de carta certificada al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
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Del Pago y Facturación |
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El precio a pagar será el correspondiente al valor ofertado por el proveedor, correspondiente a los servicios efectivamente entregados. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente contratación.
Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir de la siguiente forma:
Institución Rut Dirección
Servicio de Salud Aconcagua 61.606.700-1 Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe
Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente:
• Aceptar la respectiva orden de compra en el portal mercado público.
• Hacer entrega de una guía de despacho u otro documento que detalle el valor a cobrar, con los correspondientes respaldos al entregar el producto u/o servicio.
• Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden
de compra a “Recepción conforme”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl.
• Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador.
• Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla correspondiente. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar.
• Además, en la factura (DTE), se debe indicar el número de prefactura o documento emitido previamente con detalle del valor a cobrar.
• Deberá enviar el archivo XML (del DTE facturado) a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando el N° de la orden de compra.
• En el caso de los servicios habituales u obras, deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y/o N° 30-1 emitido por la Inspección del Trabajo que acredite no mantener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura.
El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios.
Nota: Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato.
Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizó la recepción del respectivo producto y/o servicio.
En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado.
Se formalizara la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl.
El Servicio de Salud Aconcagua podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la comunicación del rechazo.
Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley.
Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido.
El proveedor no tendrá derecho a anticipos de ninguna especie, ni a pagos distintos a aquellos señalados en las presentes bases y conforme a lo establecido en el respectivo contrato asociado a este proceso de licitación.
Nota: El Jefe de Operaciones SAMU Aconcagua o quien lo subrogue o reemplace será la contraparte técnica para coordinar el contrato, quien visará las cotizaciones junto al Jefe de SAMU Aconcagua. Además, el Jefe de Operaciones realizará los informes técnicos que respalden los trabajos en cada vehículo, posterior a esto, la Encargada Administrativa firmará y dará V°B° a Guía de despacho u otro documento que detalle el valor a cobrar por trabajos realizados.
Los antecedentes anteriormente mencionados, junto con el informe de cumplimiento (Visado por jefe SAMU Aconcagua), deben ser derivados a la Unidad de Abastecimiento para generar la Recepción conforme del Servicio, en el portal www.Mercadopublico.cl.
Lo anterior para el correcto desarrollo del contrato.
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VISITA TERRENO OBLIGATORIA EXCLUYENTE |
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Esta visita se realizará en cada taller de los proveedores que oferten. Será notificada mediante correo electrónico y llamada telefónica a cada proveedor, indicando fecha y hora de visita.
En esta visita se verificarán las condiciones del taller, infraestructura requerida, maquinaria y herramientas, personal y ubicación del taller.
En esta visita los proveedores y evaluadores deberán contar con lápiz y mascarilla individualmente, para la firma del acta de visita la que se subirá al portal mercado público.
Se evaluará de acuerdo al anexo Nº12.
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VIGENCIA DE LOS PRECIOS |
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El precio ofertado para las Mantenciones y reparaciones en el portal será en pesos ($) chilenos, siendo en la práctica el valor de la Lista de Precios ofertado en los anexos de la propuesta.
Para las mantenciones será el valor consignado en la oferta económica que figura en los anexos respectivos. Las reparaciones serán por el valor ofertado por el proveedor en sus anexos. La vigencia de los precios se mantendrá por el periodo que dure el contrato. Todos los repuestos, accesorios e insumos que no estén detallados en la propuesta deben estar acorde al valor de mercado considerando como valor máximo el propuesto por concesionario de la marca en chile. Los precios ofertados serán reajustados anualmente a la vigencia del Índice de precio.
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PLAZO DE ENTREGA DE LOS VEHICULOS |
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Se entregarán los vehículos previa revisión de parte del Jefe de Operaciones de SAMU Aconcagua, El proveedor indicara en el presupuesto final por la Mantención y Reparación la fecha de entrega del vehículo.
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AMBITO DE LA PROPUESTA |
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Dada la importancia de las actividades que desarrolla diariamente esta Unidad y el permanente uso de estos vehículos de emergencia con el propósito de satisfacer las demandas generadas por los beneficiarios del Valle del Aconcagua, se hace necesario contar con un convenio de “Servicio de Mantenciones y Reparaciones correctivas de ambulancias Mercedes Benz y camioneta Toyota Hilux”.
Este convenio debe adoptar de manera obligatoria las siguientes medidas:
• Evitar que los móviles en el taller, permanezcan a la intemperie o a la vista o acceso de terceros ajenos.
• Evitar daños y/o sustracción de equipos y accesorios de los móviles que permanezcan en taller; y
• Hacer entrega al SAMU Aconcagua, una herramienta de diagnóstico (scanner), compatible con vehículos de la marca Mercedes Benz y Toyota, por toda la vigencia del contrato, esta herramienta de diagnóstico debe estar contantemente actualizada con las últimas versiones del mercado; en caso de fallas o deterioro del equipo de diagnóstico debe ser reemplazado dentro de 30 días corridos.
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