Licitación ID: 2200-39-LE22
Habilitación de Espacios para la Conciliación de Trabajo y Familia Hospital San Camilo San Felipe - RR.FF.
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 44
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
servicios para la ejecución del Proyecto "HABILITACIÓN DE ESPACIOS PARA LA CONCILIACIÓN DE TRABAJO Y FAMILIA, HOSPITAL SAN CAMILO, UBICADO EN AVENIDA MIRAFLORES N° 2085, SAN FELIPE"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Habilitación de Espacios para la Conciliación de Trabajo y Familia Hospital San Camilo San Felipe - RR.FF.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad del Servicio de Salud Aconcagua de habilitar espacios para la conciliación de trabajo y familia en el Hospital San Camilo, ubicado en Avda. Miraflores N°2085, San Felipe, según Solicitud de Compra N°11 (Int. N°345), del Jefe del Depto de RR.FF. y Autorizado segun Res. Exta. N°1033 de 03.06.2022.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio de Salud Aconcagua
R.U.T.:
61.606.700-1
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-06-2022 15:01:00
Fecha de Publicación: 06-06-2022 17:26:00
Fecha inicio de preguntas: 06-06-2022 17:26:00
Fecha final de preguntas: 13-06-2022 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-06-2022 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-06-2022 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-06-2022 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2022 9:24:03
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA Y EXCLUYENTE 09-06-2022 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1. Identificación del Oferente Anexo N°2. Declaración jurada simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo Antecedente Asociado a la Licitación. Anexo N°3. Declaración Jurada Simple del Oferente Anexo N°4. Autorización Simple Validación Garantías Anexo N°5. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores Anexo N°6. Coordinador de Contrato
Documentos Técnicos
1.- Anexos Obligatorios: Anexo N°7. Carta Oferta
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°8. Presupuesto- itemizado
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Oe = Precio en pesos Oferta más económica Oi= Precio en pesos Oferta individual 70%
2 Presentación de Documentos Formales Cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes (Anexos N°1 a 6) : 05 puntos Ha subsanado errores u omisiones de los anexos, certificaciones o antecedentes : 2.5 ptos 5%
3 Plazo de entrega Desde 1 a 45 días corridos : 25 puntos De 46 a 60 días corridos : 15 puntos Más de 60 días corridos : 00 puntos No Informa : Inadmisible No Informa Inadmisible 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Servicio Salud Aconcagua
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La Oferta Económica deberá presentarse en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos chilenos, sin IVA e incluir todos los costos asociados a la correcta y puesta en marcha de los servicios de habilitación de Espacios para la Conciliación de Trabajo y F
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Carolina Hogada Tapia
e-mail de responsable de pago: carolina.hogada@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Nail
e-mail de responsable de contrato: claudio.nail@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2350909-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 29-09-2023
Monto: 15 %
Descripción: Garantizar la entrega de la Habilitación Espacios para la Conciliación de Trabajo y Familia Hospital San Camilo, San Felipe de todos los compromisos que derivan del contrato.
Glosa: “Para garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato de la propuesta pública ID N° _(Nombrar N° de ID)
Forma y oportunidad de restitución: • En caso que aplique la devolución del o los instrumento(s) de garantía, el referente técnico del proceso debe emitir un memorándum a la Unidad de Gestión de Abastecimiento para que se libere la garantía solicitada. Dicha Unidad validará la información en caso que aplique la devolución, emitirá un memorándum al Dpto. de Finanzas para que se libere la garantía solicitada por el Referente Técnico. •La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. •Esta Garantía, será custodiada por el Servicio de Salud Aconcagua y será liberada una vez que envié el acta de recepción definitiva o recepción conforme a la entidad resguardadora. •La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del proveedor. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad, extracto de escritura, fotocopia de cedula de identidad del representante legal y poder simple del representante legal del proveedor que lo faculte a retirar el documento. La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Visita a Terreno Obligatorio o Excluyente
Los interesados en participar en la presente licitación, deberán asistir a la Visita a Terreno el día 09 de Junio del 2022 a las 10:00 horas, en la entrada principal del Hospital San Camilo, ubicado en Avenida Miraflores N°2085, San Felipe. Coordinará dicha visita Don Claudio Nail, el que les hará firmar un Acta que indicará la hora de entrada y término de ésta. Cabe destacar, que los asistentes deberán estar presente en toda la Visita a Terreno, el oferente que no tenga ambas firmas en el Acta, se considerará como NO asistente. En el caso de que algún oferente haga alguna “Observación” en la Visita a Terreno, deberá registrarla en el Acta con nombre, Rut y firma. Posteriormente, este documento será publicado en el sistema www.mercadopublico.cl. Cabe señalar, que cada proveedor que asista a la visita a terreno deberá hacerlo con sus respectivos elementos de protección personal (Mascarilla, etc.).
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Aconcagua pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
El adjudicatario inscrito en el portal de Chile Proveedores que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma de contrato, los siguientes documentos según proceda: Si el oferente es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Fotocopia de su cédula de identidad. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar copia de inscripción de la sociedad en el registro de Comercio original o fotocopia de certificado, certificado de vigencia o fotocopia del mismo, copia del documento en que conste la personería de representante legal, todas las fechas no anterior a 60 días contados desde la notificación de la adjudicación. Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N° 20.659, se debe acompañar certificado de migración al régimen simplificado o certificado de migración al régimen general, según sea el caso, además del certificado de vigencia, certificado de estatutos actualizados y certificado de anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 45 de 2013, Ministerio de Economía, fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales, de fecha no anterior a 60 días contados desde la notificación de la adjudicación. Tratándose de una Unión temporal de Proveedores, deberá acompañarse copia del instrumento que formaliza la UTP de acuerdo a lo prescrito en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004 del Ministerio de hacienda o el instrumento de constitución de la sociedad formada en caso de que la Unión optara por este, en conformidad a los previsto en el acuerdo de participación conjunta. Observaciones Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886. Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario. Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato.   Inscripción en el Registro de Proveedores En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
En el análisis y evaluación de las ofertas el Servicio de Salud Aconcagua podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.

Procedimiento de la Apertura

La apertura de las ofertas se realizará con un Acta de Apertura y Admisibilidad y se subirá como anexo en el portal www.mercadopublico.cl

Las propuestas a la licitación serán recepcionadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl en formato digital, en la fecha indicada en el sistema, no pudiéndose ingresar ningún antecedente adicional fuera de la fecha establecida.

Las propuestas no podrán encontrarse sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

El acto de apertura será a través de www.mercadopublico.cl en la fecha indicada, en las condiciones que allí se estipulan.

Evaluadores


La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por un Ingeniero Eléctrico y un Arquitecto, ambos funcionarios del Departamento de Recursos Físicos designados para tal efecto.

Los Evaluadores no podrán:

  • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
  • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Evaluación.
  • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

Los Evaluadores emitirán un Informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.


Consideraciones Generales

  1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6, “Anexos e Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
  2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las presentes bases.
  3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. 

Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.


Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.


Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación

La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Los Anexos Técnicos y Económico serán obligatorio, la no presentación de éstos, será inadmisible la oferta.

La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.


Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las ofertas

Los criterios de evaluación con sus respectivos factores y sub-factores:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

  1. Precio

70 puntos

  1. Plazo de Entrega

25 puntos

  1. Presentación de Documentos Formales

5 puntos

Puntaje Total: 70 + 25 + 5 = 100

Precio: 70 puntos

Para determinar el puntaje de la oferta económica, se utilizará la siguiente fórmula:

Oe = Precio en pesos Oferta más económica

Oi= Precio en pesos Oferta individual


Plazo de entrega :  25 Puntos

      Para determinar la nota del plazo de entrega de la habilitación, se utilizará la siguiente tabla:

Desde 1 a 45 días corridos

25 puntos

De 46 a 60 días corridos

15 puntos

Más de 60 días corridos

00 puntos.

No Informa

Inadmisible


 Presentación de Documentos Formales: 5 Puntos

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación requeridas en la artículo N°6 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de puntaje asignados al criterio.

Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se ha omitido antecedentes, se aplica lo dispuesto en las cláusulas Nº9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá la mitad del puntaje asignado al criterio.

Por último, si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas Nº9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, se dejará inadmisible la oferta.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

Cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes (Anexos N°1 a 6)

5 puntos

Ha subsanado errores u omisiones de los anexos, certificaciones o antecedentes.

2.5 puntos

NOTA:

a)    La oferta debe considerar en los anexos desde el N°1 al N°6.

b) No cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes, dejará Inadmisible la oferta en la etapa de Apertura de Ofertas.

Criterios de Desempate

En el caso de presentarse situación de empate en la ponderación final de las ofertas, se considerará como criterio de desempate entre los igualados, al proveedor que haya obtenido la ponderación más alta en el criterio de acuerdo al siguiente orden (en caso que continúe el empate en el primer lugar, se considerara el siguiente criterio y así sucesivamente):

  1. PRECIO
  2. PLAZO DE ENTREGA
  3. PRESENTACIÓN DOCUMENTOS FORMALES

En el evento de continuar la situación de empate, se adjudicará aquél oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando dos decimales.

La Comisión evaluadora u/o Evaluadores deberán confeccionar un cuadro de todos los proponentes considerados por orden del puntaje total obtenido y formulará un análisis final de evaluación con sus respectivas observaciones.

ADJUDICACION:

El Servicio de Salud se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.

La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Se adjudicará a un único oferente por cada línea de producto u/o servicio licitado, adjudicando al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°9.8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.

Se deja constancia que en virtud de lo indicado en la cláusula N°2.2 “Condiciones para presentar ofertas” el proveedor adjudicado deberá abastecer la demanda total. En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir el respectivo contrato de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas por organismos contratantes de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°10.3 “Suscripción del contrato”.

La presente licitación se adjudicará a través de una Resolución dictada por la autoridad competente del Servicio de Salud Aconcagua, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo N°6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

El Servicio de Salud podrá adjudicar por un monto que supere en más del 30% al monto estimado de acuerdo a lo estipulado en el Art.11 del decreto 250 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886.

Resolución de consultas respecto de la Adjudicación.

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse al Servicio de Salud Aconcagua dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace:

https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx

El Servicio de Salud dispondrá de 2 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo.

RE ADJUDICACIÓN

Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.






CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS
Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: a) Bases de licitación y sus anexos. b) Consultas, Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. c) Oferta. d) Contrato definitivo suscrito entre las partes, de corresponder. e) Orden de compra. f) Informe de Evaluación de las Ofertas g) Y otros documentos que forman parte de las bases de la licitación Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases. 10.2. Validez de la oferta. La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta la suscripción del contrato. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato. Suscripción del Contrato El/La adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Depto. de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Servicio de Salud Aconcagua, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M. La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 45 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. El contrato estará vigente desde la firma de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua. Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente. Modificación del contrato Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato de conformidad a lo establecido en el art. 77 del decreto 250 que aprueba reglamento de la ley 19.886 por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. Trabajos Extraordinarios, Aumento, Disminución y Adicionales. El Servicio de Salud Aconcagua podrá ordenar la disminución o aumento de las cantidades de los trabajos contempladas en el contrato y trabajos extraordinarias, hasta un 15% del presupuesto adjudicado. En estas circunstancias, las disminuciones o aumentos de trabajos se valorizan de acuerdo al precio unitario establecido en la oferta del contratista adjudicado. Los aumentos o disminuciones de los trabajos extraordinarias podrán dar origen a una variación del plazo, que será estudiada en cada caso. En caso de los trabajos extraordinarias, el contratista debe presentar presupuesto de ésta, el que deberá ser evaluado y aprobado por la Inspección Técnica (ITO). Los porcentajes de Gastos Generales y Utilidades serán los mismos considerados en el presupuesto adjudicado. En ningún caso podrá aumentarse el monto total del contrato, más allá del 15% originalmente pactado. Coordinador del Contrato e Inspección Técnica (ITO) El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al Servicio de Salud Aconcagua, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento de la compra. El Servicio de Salud Aconcagua designará a un responsable que se vinculará directamente con el adjudicatario. Las designaciones del Coordinador del Contrato por parte del proveedor, deberá informarlo en el nexo N°6. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: 1. Informar oportunamente al Servicio de Salud Aconcagua de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. 2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. 4. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes. Todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al ITO. Por su parte, el Servicio de Salud Aconcagua definirá una contraparte técnica (ITO) para coordinar el contrato, la que generará los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, supervisará el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato y demás funciones que le encomienden las bases. Derechos e Impuestos Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor adjudicado. Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado El adjudicatario se obliga: a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro de proveedores b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Aconcagua, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual. c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. d. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente. e. Entregar oportunamente informes y/o documentación solicitados por el órgano comprador. f. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por el órgano comprador en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación. g. Proveer los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos según su oferta y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes establecidas en estas bases de licitación. h. Acreditar a partir del inicio de vigencia del contrato respectivo, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores. i. Aceptar la orden de compra emitida por el Servicio de Salud Aconcagua por el valor total estimado de los servicios que le fueron adjudicados, en virtud de las cantidades estimadas para éstos y el precio adjudicado por el proveedor. j. El proveedor contratado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a esta licitación. k. Si durante el desarrollo del proceso de entrega de los servicios, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales en el plazo de termino o entrega ofertado, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia al Servicio de Salud Aconcagua, mediante carta ingresada a la Oficina de Partes, acreditando el hecho y cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la HABILITACION del plazo respectivo. El Servicio de Salud Aconcagua en vista de los antecedentes que presente el Oferente, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito o rechazará la solicitud. l. Aceptar la solicitud de entrega del servicio en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos. m. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo. Responsabilidades y obligaciones del Servicio Salud Aconcagua El Servicio Salud Aconcagua se obliga a: • Adquirir del proveedor los servicios que le fueron adjudicados según lo indicado en el Contrato. • Verificar la concordancia entre el servicio contratado y servicio recepcionado. • Efectuar la recepción conforme del servicio contratado que éstos cumplan con el estándar técnico que corresponda según lo establecido en estas bases de licitación y la oferta adjudicada. • Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato asociado respectivo. Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor Cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá hacerse efectiva por parte del Servicio Salud Aconcagua, en los siguientes casos: a. En el caso que el adjudicatario desiste la oferta al momento de formalizar su contratación; y/o si se comprobare falsedad de los documentos constitutivos de la oferta. b. Si, a juicio del Servicio de Salud Aconcagua, previo informe técnico, se considera que los servicios no se ajustan a lo exigido en las especificaciones técnicas y antecedentes que componen la Propuesta. Sin perjuicio que frente a esta eventualidad, el Director del Servicio de Salud Aconcagua, se reserva el derecho de rescindir de éste. c. Si el adjudicatario no da cumplimiento a la prestación de los servicios contratados, presentando un retraso superior a lo indicado en el punto 10.9.2 “Multas” .En este caso el Servicio de Salud Aconcagua, podrá considerar no entregado el o los bienes y /o servicios adquiridos. d. Si faltase alguna pieza, instrumento o parte de un equipo, que impida el cumplimiento de alguna de las funciones, para las que está definido. En este caso el Servicio de Salud Aconcagua, podrá considerar no entregado el o los bienes adquiridos. e. Si no se diera cumplimiento a lo indicado en las Especificaciones Técnicas de las presentes bases generales; sin desmedro de toda acción que en derecho esté permitido. f. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato. g. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases. Multas por atraso o El incumplimiento del proveedor a los plazos de entrega establecidos en el contrato de acuerdo con su oferta, facultará al Servicio de Salud Aconcagua para aplicar una multa equivalente a $100.000 por cada día corrido de atraso. Esta multa se aplicará hasta un tope de 20 días corridos de atraso. En caso de que se supere estos días, se dispondrá el término anticipado del contrato, de acuerdo al punto N° 10.9.3 de estas bases de licitación. Procedimiento de aplicación de Multas: A. Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida derivada de incumplimientos por parte del proveedor, contempladas en las presentes bases, deberán ser puestos en conocimiento de la Unidad de Abastecimiento por el responsable del contrato, mediante informe. B. Las multas y/o el término anticipado del contrato cuando procediere, serán dispuestas por Resolución Exenta de la Director (a) del Servicio de Salud Aconcagua y notificadas al contratante, mediante carta certificada dirigida al domicilio indicado en el contrato. Se entenderá practicada la notificación al tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos, en conformidad al artículo 46° de la ley 19.880, sin perjuicio de incorporarla en los medios dispuestos por la Dirección de Compras Públicas (Gestión de Sanciones) C. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución sancionatoria, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. D. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. E. El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio de Salud Aconcagua deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, en caso de que esto no sea posible, ya sea porque dicho monto no es suficiente, en caso de no existir pagos pendientes o cualquier otro tipo de impedimento, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la aplicación y cobro de la multa, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera. Salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio de Salud Aconcagua dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. F. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, deberá el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de veinte (20) días hábiles de ejecutada la garantía. G. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo instrumento de garantía, con igual valor, vigencia y demás requisitos del instrumento inicial. H. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Servicio de Salud Aconcagua para poner término al Contrato y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. I. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor. J. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. K. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Servicio de Salud Aconcagua de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. L. Finalmente, el acto administrativo sancionatorio deberá publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. Término Anticipado Contrato La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 2) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. 6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada. 7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días corridos. 9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Procedimiento de Entrega El Acto Administrativo de la Recepción, se realizará mediante un Acta que verifique el término de los trabajos a conformidad del Mandante. De existir observaciones terminaciones u otras deficiencias, se realizará un Acta de Recepción Provisoria con Observaciones, señalándose un plazo para subsanarlas. Vencido este plazo, se verificará si éstas fueron subsanadas, procediéndose a la Recepción Provisoria Conforme. Transcurrido el tiempo de 365 días corridos para la Recepción Definitiva y no existiendo observaciones en las intervenciones ejecutadas, se emitirá Acta de Recepción Definitiva, documento válido para la liberación de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Del Pago y Facturación El precio a pagar será el correspondiente al valor ofertado por el proveedor, correspondiente a los servicios efectivamente entregados. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente contratación. Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir de la siguiente forma: Institución Rut Dirección Servicio de Salud Aconcagua 61.606.700-1 Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente: • Aceptar la respectiva orden de compra en el portal mercado público. • Hacer entrega de una Guía de Despacho que detalle el valor a cobrar, con los correspondientes respaldos al entregar el producto u/o servicio. • Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden de compra a “Recepción conforme”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl. • Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador. • Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla correspondiente. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar. • Además, en la factura (DTE), se debe indicar el número de Guía de Despacho con detalle del valor a cobrar. • Deberá enviar el archivo XML (del DTE facturado) a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando el N° de la orden de compra. • En el caso de los servicios habituales u obras, deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y/o N° 30-1 emitido por la Inspección del Trabajo que acredite no mantener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios. Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato. Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizo la recepción del respectivo producto y/o servicio. En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado. Se formalizara la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Aconcagua podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la comunicación del rechazo. Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido. Vigencia El contrato tendrá la vigencia hasta la Recepción Definitiva. Pacto de Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Comportamiento ético del Adjudicatario El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº18.575 sobre probidad administrativa es indispensable el cumplimiento de los siguientes deberes y obligaciones del Servicio de Salud Aconcagua: a) Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud cualquier donación que por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. b) Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. c) Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. d) Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. e) Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución. Confidencialidad El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.