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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO RESPECTO DE LO QUE DEBE ADJUNTAR A SU POSTULACIÓN (EETT)”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “UBICACIÓN GEOGRÁFICA DEL PROVEEDOR”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PRESENTACIÓN DOCUMENTOS FORMALES” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PRECIO".
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso de que los oferentes
quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse
vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la Cláusula N° 2 de las
presentes bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo
electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las
preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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En caso que no se encuentre
inscrito deberá durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario
deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Una vez
realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de Evaluación de
la Dirección del Servicio de Salud podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten
los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes,
y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema
de Información.
Se permitirá la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones
o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento
del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Además,
el Servicio de Salud podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones
o pruebas referentes a la información reportada por los proveedores en su
oferta.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Preguntas y Respuestas |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Aconcagua pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.
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Modificaciones a las Bases |
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Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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Validez de la Oferta |
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La oferta tendrá una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas hasta la suscripción del contrato.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
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Antecedentes Legales para ser Contratado |
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El adjudicatario inscrito en el portal de Chile Proveedores que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma de contrato, los siguientes documentos según proceda:
Si el oferente es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Anexo N° 3: Declaración jurada simple del oferente
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva. Acreditar en el Registro de Proveedores
Fotocopia de su cédula de identidad.
Si el oferente no es Persona Natural Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar copia de inscripción de la sociedad en el registro de Comercio original o fotocopia de certificado, certificado de vigencia o fotocopia del mismo, copia del documento en que conste la personería de representante legal, todos de fecha no anterior a 60 días a lo menos de la notificación de la adjudicación. Acreditar en el Registro de Proveedores
Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N° 20.659, se debe acompañar certificado de migración al régimen simplificado o certificado de migración al régimen general, según sea el caso, además del certificado de vigencia, certificado de estatutos actualizados y certificado de anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 45 de 2013, Ministerio de Economía, fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales, de fecha no anterior a 60 días a lo menos de la notificación de la adjudicación.
Tratándose de una Unión temporal de Proveedores, deberá acompañarse copia del instrumento que formaliza la UTP de acuerdo a lo prescrito en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004 del Ministerio de hacienda o el instrumento de constitución de la sociedad formada en caso de que la Unión optara por este, en conformidad a los previsto en el acuerdo de participación conjunta.
Anexo N° 3: Declaración jurada simple del oferente
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Observaciones
Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
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Requisitos Mínimos para participar de la Oferta |
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Podrán participar en esta propuesta, las personas naturales, o jurídicas que cumplan con los requisitos documentales establecidos en las presentes Bases y que cuenten con la capacidad técnica necesaria para la entrega de los servicios.
Al presentar las ofertas, éstas deben adjuntar los documentos señalados más adelante, no obstante, todos o parte de los mismos podrán estar en el portal www.chileproveedores.cl en cuyo caso no será necesario adjuntarlos, pudiendo acreditarlos a través del mencionado portal, lo cual deberá indicarse expresamente al momento de ofertar.
Los oferentes pueden no encontrarse inscritos en los Registros de Chile Proveedores al momento de ofertar, aquel proponente a quien se adjudique la licitación, deberá estarlo en calidad de hábil al momento de celebrar el contrato, contemplado en el artículo 16 de la ley 19.886.
Los documentos emitidos en el extranjero deberán presentarse debidamente legalizados. En el caso de que estén emitidos en idioma extranjero, deberá además acompañarse su correspondiente traducción al castellano.
La oferta y la documentación solicitada según bases, deberán subirse al portal de www.mercadopublico.cl. En caso de no ser posible, la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información se hará de acuerdo a lo establecido en el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Todos los participantes deberán presentar sus propuestas en idioma español.
La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días hábiles.
La Propuesta será resuelta por el Departamento TIC, sobre la base del informe de las ofertas y propuesta de adjudicación preparada por el Evaluador.
Es requisito no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas, ni por delitos concursales tipificados y sancionados en los arts. 463 y siguientes del Código Penal. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades del Servicio de Salud de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886.
Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, para el efecto de la celebración del contrato, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
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Consideraciones Generales |
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1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6. “Anexos e Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
2. La entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las presentes bases.
3. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
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Subsanación de errores u omisiones formales |
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Una vez realizada la apertura electrónica técnica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos |
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La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Procedimiento de la Apertura |
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La apertura de las ofertas se realizará con un Acta de Apertura y Admisibilidad y se subirá como anexo en el portal www.mercadopublico.cl
Las propuestas a la licitación serán recepcionadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl en formato digital, en la fecha indicada en el sistema, no pudiéndose ingresar ningún antecedente adicional fuera de la fecha establecida.
Las propuestas no podrán encontrarse sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.
El acto de apertura será a través de www.mercadopublico.cl en la fecha indicada, en las condiciones que allí se estipulan.
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MULTAS |
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Multas por no Cumplimiento de servicios ofertados, ante el o los incumplimientos por parte del proveedor adjudicado, el Servicio de Salud Aconcagua, deberá aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
MULTAS:
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INCUMPLIMIENTO
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MULTA A APLICAR
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Atraso(s) que incurra en la prestación de los servicios programados e indicado en las EETT
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Valor Total de la OC * 2%*número de horas de atraso contadas desde la hora de inicio de los servicios (Coffe Break AM y/O PM, Amuerzo)definido en la EETT de las presentes bases de Licitación
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Por incumplimiento en la hora definida de inicio del evento
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Por cada 30 minutos de interrupción del Servicio por fallas técnicas u otro motivo atribuible al proveedor, lo que será determinado por la unidad técnica , con un tope de 2 horas
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1 % sobre el valor Total de la O.C
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Por no proporcionar a sus trabajadores los elemento de seguridad y protección personal adecuados para la realización de los trabajos propios del servicio.
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2% sobre el valor Total de la O C.
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Por Observar en los trabajadores que presenten servicios conductas o comportamiento inapropiados , durante la ejecución del Servicio (Consumo de Alcohol,drogas lenguaje grosero entre otros.)
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5% sobre el valor Total de la O C.
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Por cada Elemento o componente que no se ajuste a lo solicitado, considerando las siguientes medidas: Limpieza,olores,calidad de los productos entre otras.
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NOTA: Se considerarán horas completas es decir cuando se cumplan los 60 minutos.
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Del Pago y Facturación |
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El precio a pagar será el correspondiente al valor ofertado por el proveedor, correspondiente a los bienes y servicios efectivamente entregados. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente adquisición.
Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de:
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INSTITUCIÓN
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RUT
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DIRECCIÓN
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Servicio de Salud Aconcagua
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61.606.700-1
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Pasaje Juana Ross #928, San Felipe
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Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente:
- Aceptar la respectiva orden de compra en el portal mercado público.
- Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden de compra a “Recepción conforme”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl.
- La factura debe ser con condición de pago al “CRÉDITO”.
- Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador.
- Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla “Referencias” opción “Orden de Compra” del formato de la factura. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar.
- Deberá enviar el archivo XML (del DTE facturado) a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando el N° de la orden de compra.
- En el caso de los servicios habituales u obras, deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y N° 30-1 emitido por la Inspección del Trabajo que acredite no mantener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura.
El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios.
Nota: Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato.
Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizo la recepción del respectivo producto y/o servicio.
En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado.
Se formalizara la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl.
El Servicio de Salud Aconcagua podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la comunicación del rechazo.
Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley.
Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido.
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COMISIÓN EVALUADORA O EVALUADORES |
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La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora o Evaluadores.
- La comisión evaluadora estará conformada por un mínimo de 3 o un número impar de funcionarios (con sus respectivos subrogantes) para evitar empates en las decisiones ,cuando la licitación sea Mayor a 2000 UTM.
- El o Los Evaluador(es), estará conformada por 1 o 2 funcionarios designados por la dependencia encargada del proceso,cuando la licitación sea menor a 2000 UTM.
La Comisión Evaluadora o Evaluador(es) deberá:
- Ajustarse en todo momento, a las exigencias contenidas en el artículo 37 del decreto Supremo N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, Directiva de Contratación Pública N°14 en sus numerales 3.1.7 y 3.1.8.
- Al menos un integrante de la comisión evaluadora o Evaluadores debe poseer los conocimientos técnicos necesarios en la materia contratada.
- Los Integrantes no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos integrantes de la Comisión Evaluadora o Evaluadores (Si fuera el caso) designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión si fuera el caso.
Los Miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores no podrán:
- Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 35 ter de la ley N°19.886 y artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora o Evaluadores.
- Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el procedimiento de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad de este.
Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de evaluación en el presente proceso tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.
Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadora o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.
Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora o Evaluadores que haya sido nombrada deberá:
- Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
- Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
- Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
- Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
- Proponer la adjudicación a Jefe de Servicio.
Nota: Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante estará facultada para designar una comisión evaluadora o Evaluadores compuesta, total o parcialmente, por miembros distintos a los señalados en la resolución de comisión evaluadora o Evaluadores del proceso, ajustándose en todo momento a las exigencias contenidas en los párrafos que lo anteceden.
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