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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
VER NUMERAL 6.10 DE LAS BASES GENERALES DE LICITACION
El proceso de reclamaciones, para los participantes en los procesos de licitación de prestación de defensa penal, se regirá por lo establecido en el artículo 11, letra d) y artículo 47 de la Ley N° 19.718, además de lo establecido en el artículo 20 del Decreto N° 495, del Ministerio de Justicia del año 2002, que aprueba el reglamento sobre licitaciones y prestación de defensa penal pública. Las reclamaciones de toda clase que se interpongan por cualquiera de los participantes en la licitación serán conocidas y resueltas por el Comité de Adjudicación Regional respectivo, el que sólo será reclamable ante el Consejo.
Las reclamaciones deberán formularse por escrito, en soporte papel e ingresarse por Oficina de Partes de la Defensoría Regional respectiva, contener los fundamentos y antecedentes que le sirven de base, identificándose detalladamente las infracciones que se invocan. Deberán interponerse en el plazo de 5 días corridos desde la notificación de la resolución que formaliza la adjudicación. Se entenderá realizada la notificación de adjudicación, transcurridas 24 horas desde que se publique en www.mercadopublico.cl la resolución de adjudicación.
Para efectos de interponer reclamaciones se considerará como horario hábil de oficina lunes a jueves desde las 09:00 horas hasta las 17:00 horas, y viernes desde las 9:00 a las 16:00 horas, para recibirlos por parte de las Defensorías Regionales.
Recibida una reclamación durante los cinco días siguientes, el Comité dará traslado a los oferentes que hayan presentado ofertas válidas a la licitación correspondiente y que tengan interés en el asunto planteado, para que hagan las alegaciones que les parecieren pertinentes dentro del plazo de 2 días hábiles, para lo cual el Comité pondrá en su conocimiento todos los antecedentes presentados por el recurrente original.
Respecto de dichas alegaciones, una vez puestas en conocimiento de los interesados y recibidos los descargos o cumplido el plazo, el Comité emitirá una única decisión sobre el asunto que se debate.
Contra esta resolución sólo procederá recurso de apelación, el que se interpondrá en la Defensoría Regional respectiva para ante el Consejo de Licitaciones de Defensa Penal Pública. El Defensor Regional podrá ordenar la suspensión del inicio del contrato mientras se ventila la acción recursiva ante el órgano señalado. Tal recurso deberá interponerse en el plazo de 10 días corridos desde la notificación de la resolución recaída sobre la reclamación. La apelación deberá interponerse por escrito, contener todos los fundamentos y antecedentes en los que se apoya, incluyendo peticiones concretas. Conociendo de tal recurso, el Consejo podrá solicitar antecedentes adicionales o decretar diligencias para su acertada resolución.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
VER NUMERAL 8.4.3 DE LAS BASES GENERALES DE LICITACION
Sin perjuicio de que la naturaleza de la contratación de servicios de defensa penal pública es de naturaleza civil, los contratos de trabajo entre el prestador y su respectivo personal deberán respetar la normativa laboral y previsional, en particular la relativa a código del trabajo.
En los casos que corresponda y para efectos de supervisión de las obligaciones civiles del contrato, se verificará el cumplimiento de las condiciones de remuneración ofertadas por la prestadora al equipo de defensa. Tratándose de socios prestadores de una persona jurídica y abogado prestador en el caso persona natural, serán verificadas según sea el caso, las remuneraciones provenientes de un contrato, los retiros de utilidades, el sueldo empresarial u otro tipo de compensación formal, que pueda ser supervisada y validada periódicamente por la Defensoría. Todo lo anterior se verificará de acuerdo con instrucciones del Defensor Nacional.
La celebración de los contratos no significará en caso alguno que a los contratantes, personas jurídicas, naturales o a los integrantes de los equipos de defensa, presentados por personas jurídicas, se les atribuya o adquieran la calidad de funcionarios públicos, ni que la Defensoría Penal Pública tenga responsabilidad en el ámbito laboral respecto de los empleados de la empresa.
La garantía de fiel cumplimiento asegurará, además del correcto cumplimiento de lo adjudicado y las obligaciones emanadas de la oferta y/o del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
VER NUMERAL 5.3 DE LAS BASES GENERALES DE LICITACION
El Comité de Adjudicación Regional podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones de Requisitos Formales detectados en el acto de apertura o los que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, mientras no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, en tanto se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información del portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl).
En los casos en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, el Comité de Adjudicación Regional podrá otorgar un plazo de 3 días hábiles, cada vez que lo requiera, para que el o los oferentes subsanen
![]() ![]() la omisión o corrijan el error en las formalidades requeridas. Si el o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente pues éstas no cumplirán requisitos formales de presentación de las ofertas, quedando excluidas de continuar con el proceso de evaluación. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los oferentes en el portal de Internet de ChileCompra, www.mercadopublico.cl, y transcurridas 24 horas desde la fecha de esta publicación, se deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 3 días hábiles, a que se hace referencia anteriormente, concluya después de las 18:00 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día hábil siguiente.
En conformidad al punto 5.4 siguiente, el Comité de Adjudicación Regional tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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2.10. DE LA ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y PACTO DE INTEGRIDAD
La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las bases del proceso de licitación, sin necesidad de declaración expresa.
Por la sola presentación de su propuesta el oferente acepta todas las normas y condiciones que regulan, tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, como el de ejecución del contrato.
Todas las ofertas, tanto técnicas como económicas, ingresadas a través de la plataforma www.mercadopublico.cl por los proponentes de los llamados licitatorios de Defensa Penal, serán de público conocimiento una vez realizadas las aperturas de las ofertas respectivas.
Asimismo, el oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República, en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, y en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar y promover los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a realizar conductas atentatorias de los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar los efectos de esas conductas cuando se produzcan.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiera. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles o desestimadas, según sea el caso. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y antes del momento de la contratación, la Defensoría Penal Pública quedará habilitada para dejar sin efecto la respectiva adjudicación, pudiendo re adjudicarse la licitación al oferente que le siga en puntaje. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se comprueban hechos o situaciones en las que el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato, pudiendo la Defensoría Penal Pública hacer efectivo el instrumento de garantía de fiel cumplimiento del mismo.
El Anexo 8 de estas bases “Declaración Jurada Pacto de Integridad”, será exigido al proponente adjudicado al momento de la presentación de la oferta.
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