“BASES DE LICITACIÓN
"Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
1. Características de la Licitación
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Nombre de la Licitación
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Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra
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Descripción
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Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra, asimismo, acceder a nuevas tecnologías y mejores servicios bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra.
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Tipo de Licitación
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Pública - Licitación Pública superior a 1000 UTM e inferior a 2000 UTM
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Tipo de Convocatoria
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Abierta.
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Moneda
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Pesos chilenos.
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Presupuesto Disponible
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$0.- (cero).
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Etapas del Proceso de Apertura
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Una etapa
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Toma de Razón por Contraloría
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No requiere toma de razón por Contraloría.
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Publicidad de ofertas técnicas
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Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
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2. Antecedentes Básicos del Organismo Demandante
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Razón Social
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Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP o Dirección ChileCompra).
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Unidad de Compra
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Departamento Administración y Finanzas
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R.U.T.
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60.808.000-7.
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Dirección
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Monjitas 392, 8vo. Piso
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Comuna
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Santiago.
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Región en que se genera la Contratación
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Región Metropolitana de Santiago.
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3. Etapas y Plazos
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Fecha Inicio de Preguntas
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1 día hábil posterior a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha Final de Preguntas
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5 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.
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Fecha de Publicación de Respuestas
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8 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.
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Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
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20 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo por hasta 10 días hábiles adicionales, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal.
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Fecha del Acto de Apertura
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El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.
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Fecha de Publicación de la Evaluación
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4 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha de Adjudicación
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10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
En el caso de que la Institución no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes Bases de licitación, la Dirección ChileCompra informará dicho cambio, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, justificando el incumplimiento del plazo e indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, inciso número 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Fecha de firma de contrato
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Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
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Consideración
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Los plazos de días establecidos en el punto 3 “Etapas y Plazos” son en días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
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4. Instancia de Preguntas y Respuestas y Modificaciones a las Bases
4.1 Preguntas y Respuestas
Los interesados en participar de la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto 3 “Etapas y Plazos” de estas Bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido punto 3.
4.2 Modificación a las Bases
La DCCP podrá modificar las bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, solamente hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan efectuar sus ofertas.
5. Requisitos Mínimos para Participar en la Oferta
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos (2) últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, y los demás señalados en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
Estos requisitos se acreditarán mediante declaración jurada que deben presentar los oferentes, conforme a los Anexos detallados en el punto 6 de estas bases, sin perjuicio de las facultades de la Dirección ChileCompra de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
6. Instrucciones para la Presentación de Ofertas
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Presentación de ofertas por Sistema
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Obligatorio
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Anexos Administrativos
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-Anexo N° 1 “Formulario de datos del oferente”
-Anexo N° 2 “Prácticas antisindicales e infracción
a los Derechos Fundamentales del trabajador”
-Anexo N° 3 “Sin conflictos de interés”
-Anexo N° 4 “Saldos insolutos”
Los Anexos deben ser subidos al Sistema www.mercadopublico.cl, como parte de la oferta, en anexos administrativos.
En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), los anexos administrativos deben ser completados por cada uno de los integrantes de la misma.
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Anexos Técnicos
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-Anexo N° 5 “Niveles de servicios ofrecidos por la banca electronica”
-Anexo N° 6 “Servicios ofrecidos por la banca clásica”
-Anexo N° 7 “productos y servicios adicionales”
(si no cuenta con estos, deberá expresar en dicho anexo esta situación).
Anexo N°8 “Prestigio Institucional”
Los anexos mencionados deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con las certificaciones y los antecedentes indicados en dichos anexos, como parte de la oferta técnica.
En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá completar los anexos N° 1, 2, 3 y 4. Además, el oferente deberá indicar en los anexos N° 5 y 6, expresamente el integrante de la UTP (indicando su RUT) que se debe considerar para la evaluación de cada uno de los criterios. En caso de que esto no sea especificado por el oferente, se desestimará la oferta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Dado que los anexos 5, 6, 7,8 y 9 forman parte de la oferta técnica, en caso de que alguno de éstos no sea presentado, la oferta será declarada inadmisible.
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Anexos económicos
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No se requiere
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Oferta Económica
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Los oferentes deberán tener en consideración al momento de realizar su oferta lo siguiente:
- www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como oferta económica un valor referencial (ejemplo: igual a 1 peso), el que no será evaluado, dado que la oferta económica no se requiere.
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Observaciones
Los anexos arriba singularizados, deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales, en el caso de que éstos sean personas jurídicas.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos.
Siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen tengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser descargado por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente le acreditará el envío de la misma a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
7. Antecedentes Legales para Poder ser Contratado
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Si el Oferente es Persona Natural
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Inscrito (en estado “hábil”) en ChileProveedores
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Fotocopia de su Cédula de Identidad
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Acreditar en ChileProveedores
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Si el Oferente No es Persona Natural
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Inscrito (en estado “hábil”) en ChileProveedores
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Certificado de Vigencia del Poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal, a la época de presentación de la oferta.
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Acreditar en ChileProveedores
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Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
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Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitidos por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación.
Cuando el oferente sea una UTP, deberá presentar este certificado por cada uno de los integrantes de la UTP.
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Acreditar a DCCP
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Observaciones
Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán contratar quienes hayan sido condenados, conforme a la Ley N° 20.393, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta condena esté vigente. La DCCP verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en el Registro ChileProveedores dentro de los 8 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien, enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, Piso 8, Santiago), dentro de los 08 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberán ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en ChileProveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 8 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
En el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los 8 días hábiles establecido en el párrafo anterior, deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de la DCCP, ubicadas en Monjitas 392, Piso 8, Santiago, en su horario de funcionamiento, escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento citado, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder a su pago. El documento indicado es un antecedente indispensable para la elaboración del respectivo contrato.
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4, “Saldos insolutos”, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin prejuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de la misma.
- Naturaleza y Monto de las Garantías
8.1 Garantía Fiel de Cumplimiento de Contrato
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Tipo de Documento
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Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Póliza de Seguro Electrónico, Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, etc.
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Beneficiario
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Dirección de Compras y Contratación Pública.
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RUT Beneficiario
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60.808.000-7
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Fecha de Vencimiento
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La garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato.
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Monto
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$5.000.0000 (Cinco Millones) expresado en pesos chilenos.
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Glosa
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En los casos que corresponda, la garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar las obligaciones asociadas a la propuesta pública ID 2241-3-LP19, y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos cinco años”.
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Entrega
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Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recibida en Monjitas 392, piso 8, Santiago, dentro de los 8 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación o readjudicación correspondiente.
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8.2 Reposición, Forma y Oportunidad de Devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario o de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores, aquel deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Descripción de los Servicios a Licitar
9.1 Descripción general del servicio licitado
La Dirección de Compras y Contratación Pública es un servicio público descentralizado, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, cuyo principal objetivo es la administración eficiente y transparente del mercado público, espacio en el que se transan bienes y servicios por parte de los organismos integrantes de la Administración del Estado, bajo reglas y herramientas comunes.
Su misión es ser la Institución pública que facilita la contratación de bienes y servicios a las instituciones del Estado, conectando sus necesidades con la oferta de los proveedores, a través del Sistema de Compras Públicas, promoviendo un mercado transparente, probo, accesible e inclusivo.
La Dirección Chilecompra, se encuentra en un proceso de mejora continua de modernización y optimización de las operaciones financieras que son necesarias para el correcto funcionamiento del servicio: Para estos efectos la Dirección Chilecompra, se abre a la posibilidad de acceder a nuevas tecnologías y mejores servicios financieros que la banca ofrece en la actualidad.
9.2 Objetivo general del servicio
Acceder a nuevas tecnologías y mejores servicios bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra.
9.3 OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL SERVICIO. SERVICIOS REQUERIDOS:
9.3.1. Cuentas Corrientes.
Para el manejo óptimo de las funciones, la Dirección Chilecompra necesita operar, a lo menos con las siguientes Cuentas Corrientes:
a) 3 Cuentas para la Dirección Chilecompra.
b) 1 Cuenta para el Programa del Tribunal de Compras.
c) 1 Cuenta para Administración de Fondos provenientes de Organismos Internacionales
d) Otras cuentas corrientes requeridas por la Institución, de acuerdo a contingencias.
Se podrá asimismo incluir, en el futuro, una o más cuentas corrientes para la Dirección Chilecompra. Los principales orígenes de los abonos en las respectivas cuentas corrientes, son los provenientes de:
• Aporte fiscal
• Otros abonos
Los principales orígenes de los cargos en las respectivas cuentas corrientes, son los siguientes:
• Pago a proveedores u contratistas nacionales y extranjeros
• Pago de remuneraciones de funcionarios de la Dirección Chilecompra
• Pago de consumo Tarjeta Bancaria Corporativa
• Otros pagos (impuestos, pagos previsionales, etc.)
9.3.2. Envío de los saldos diarios de las cuentas corrientes
El banco adjudicatario deberá informar diariamente a la Dirección de Presupuestos (DIPRES), del Ministerio de Hacienda, mediante correo electrónico, los saldos de las cuentas corrientes mantenidas en el mismo, de acuerdo al formato establecido por dicha Dirección (DIPRES).
9.3.3. Confección de Cheques.
Para el correcto funcionamiento de las operaciones de pago mediante Cheque, la institución Bancaria, deberá proporcionar a la Dirección Chilecompra, los respectivos talonarios de cheques, de acuerdo a las necesidades presentadas mensualmente por cada una de las cuentas corrientes mencionadas.
En materia de control, se requiere un sistema de seguridad donde la institución bancaria informe el detalle de los cheques girados, para evitar y/o disminuir la posibilidad de modificar un cheque girado.
9.3.4. Emisión de Certificados de Saldos mensual.
La Dirección Chilecompra requiere, mensualmente, un certificado en papel de los saldos de cada una de las cuentas corrientes con el cual opera. El plazo, no deberá superar los 2 primeros días hábiles del mes siguiente.
9.3.5. Emisión de Cartolas Bancarias.
La Dirección Chilecompra, requiere mensualmente, las cartolas bancarias de cada una de las cuentas corrientes con que opera, con el movimiento acumulado del mes. El plazo de entrega, no deberá superar los 2 primeros días hábiles del mes siguiente.
9.3.6. Conexión Página Web, para el acceso a la información de movimientos de las Cuentas Corrientes.
La Dirección Chilecompra, requiere de acceso a la información vía Internet, de acuerdo a diferentes perfiles y restricciones entregadas por el “Administrador del sistema”.
En cuanto a la información requerida en línea:
• Cartolas y últimos movimientos financieros diarios de cada una de las cuentas corrientes (del cual deberá mantenerse en el sistema a lo menos por 1 año) (de requerir cartolas de un periodo mayor al de 1 año, la institución deberá proporcionar la información en un plazo máximo de 5 días hábiles en forma físico o electrónico).
• Detalles de pagos masivos (transferencia electrónica).
• Visualización y/o envío de documentos, actuales y/o históricos, depositados y/o pagados especialmente en algunas de las cuentas corrientes. En caso de realizarse envío a través de las oficinas del banco, este no deberá tardar más de 48 horas contando desde la solicitud.
9.3.7. Pagos efectuados mediante transferencia electrónica.
La Dirección Chilecompra opera, principalmente, mediante pagos electrónicos a proveedores y pago de remuneraciones de los funcionarios de la institución, para lo cual se requiere que la información pueda ser cargada mediante un archivo formato TXT emitido por el sistema Sigfe, o que se pueda cargar la información manualmente.
El plazo de pago, deberá ser como máximo de 48 horas posterior a la autorización en la página Web da la institución, sin perjuicio de que pudiera ser instantáneo.
Flexibilidad en los horarios para proceder al pago a los proveedores.
En cuanto a la autorización de la nómina de pago, se requiere que sea autorizada por dos apoderados, que serán identificados por el Administrador del Sistema. Junto al pago por transferencia electrónica, se requiere que la institución bancaria emita un correo electrónico al beneficiario, indicando el pago, monto y el origen de la transferencia, de acuerdo a lo detallado en el momento del pago.
Emisión de un comprobante de pago, emitido con 24 horas de posterioridad a la autorización del pago como máximo.
En caso del pago de remuneraciones, la provisión de los fondos, deberá ser realizada el día de pago del proceso de remuneraciones.
9.3.8. Tarjetas Bancarias Corporativa.
La Dirección Chilecompra requiere de dos tarjetas bancarias corporativas con 01 cupo nacional de $5.000.000 y 01 cupo internacional de USD 1.000 dólares cada una, para ser entregadas al Director de Chilecompra y al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, respectivamente.
La característica de esta Tarjeta Bancaria Corporativa es que opere como tarjeta de débito y no constituya deuda para la institución; es decir el cargo o pago de la tarjeta bancaria corporativa a la cuenta corriente que se designe para tal efecto debe ser dentro de los 30 días que se realiza la operación, a objeto de no generar para la Dirección Chilecompra cobros por concepto de intereses y/o comisiones.
9.3.9. Cargos.
Si hubiese algún cargo que no correspondiera a la Dirección Chilecompra en cualquiera de las cuentas corrientes, la institución bancaria deberá revertirlo en un plazo no superior de 48 horas contando desde que esta se lo comunique.
9.3.10. Designación de un ejecutivo de cuentas preferencial.
La Dirección Chilecompra, mantiene contacto periódico y constante con el ejecutivo de cuenta asignado, para la solución de problemas relacionados con las cuentas corrientes bancarias y otro tipo de inconvenientes, lo que es considerado fundamental para el funcionamiento financiero de la institución, por lo que se solicita un ejecutivo permanente durante la duración el contrato.
9.3.11. Solicitud de información histórica.
La Dirección Chilecompra, de forma constante, requiere de información de movientes o de transacciones de las cuentas corrientes, por lo que se estima que la respuesta, no debería superar como máximo los tres días hábiles.
9.3.12. Saldos mínimos.
La Dirección Chilecompra no tendrá la obligación de mantener saldos mínimos en sus cuentas corrientes.
9.3.13. Pago de Servicios Básicos.
La Dirección Chilecompra, de forma constante, requiere realizar pagos de servicios básicos (electricidad, telefonía fija y móvil, agua, etc.), para lo cual se requiere el poder realizar dichos pagos a través de la plataforma de pagos de la entidad bancaria adjudicataria.
9.3.14. Otros servicios Bancarios.
La institución bancaria podrá proponer otros servicios bancarios no incluidos en este detalle, de acuerdo a las necesidades presentadas por la Dirección Chilecompra.
Es importante señalar que los servicios deben ser bancarios y destinados a mejorar el funcionamiento financiero de la Dirección Chilecompra, que benefician directamente a la Institución en el marco de la presente licitación de apertura y mantención de cuentas corrientes.
Finalmente, todo servicio o producto adicional que beneficie indirectamente a terceros, no serán evaluados ni considerados por la comisión evaluadora.
9.4 Productos requeridos
En términos generales, el servicio deberá contar con los mayores estándares de calidad y tecnología, con el objeto de facilitar al máximo posible, las operaciones financieras de esta Dirección. En este sentido, la Oferta Técnica deberá precisar y detallar en todos sus servicios, al menos las siguientes especificaciones técnicas:
• Plan de Contingencia Bancaria.
• Seguridad de información (Políticas de privacidad)
• Forma de operar del administrador del sistema en cuanto a cambio de perfiles de usuarios y otras configuraciones.
• Tiempos promedios de respuesta (ante consultas de saldo históricos y otro tipo de consultas).
• Compatibilidad con sistema contable SIGFE (pagos y conciliaciones bancarias).
• Compatibilidad con sistema de remuneraciones PAYROLL
• Tiempo de demora en el proceso de pagos mediante transferencia electrónica.
• Tiempo de provisionamiento del pago.
• Tiempo de demora en envío de aviso de transferencia electrónica.
• Plazos en los horarios en cuanto a la autorización de nóminas mediantes transferencia electrónica
• Sistema de seguridad en pago de cheques emitidos (cheque seguro).
• Tarjeta bancaria corporativa
• Plazo en el horario para la compra de divisas.
• Procedimiento para la compra de divisas
• Plazo en el horario para transferencia extranjera
• Procedimiento para el envío del mandato de transferencia al exterior
• Asignación preferencial de ejecutivo de cuenta (indicar cuales son las facultades y limitaciones de sus funciones)
• Servicios y/o Productos adicionales Bancarios
• Número de sucursales a nivel nacional
• Tiempo en el mercado nacional
• Patrimonio institucional
• Política de responsabilidad social
• Contratación de personas discapacitadas
Cabe mencionar que, para todos los productos y servicios requeridos, se espera que las ofertas presentadas no supongan cobro de ningún tipo de comisión o intereses por concepto su uso, cantidad de transacciones, etc. Esta exigencia operará como requisito mínimo, de manera que las ofertas que no cumplan con este requisito serán rechazadas.
10. Presentaciones de Ofertas
Para presentar ofertas no es obligatorio estar registrado en ChileProveedores.
Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases de Licitación y sus correspondientes anexos.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, se considerará lo establecido en el artículo 62° del Reglamento de la Ley 19.886, en caso de que sea aplicable.
La presentación de una propuesta implica para el oferente, la aceptación de las presentes Bases y sus anexos, a las cuales se somete desde el momento de enviar su oferta.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos y anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser descargado por el proponente para su resguardo.
En esta licitación se requiere el envío de los Anexos Administrativos, Técnicos, y Económicos.
11. Evaluación y Adjudicación de las Ofertas
11.1 Comisión Evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por tres funcionarios de la DCCP, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección y publicada en www.mercadopublico.cl.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
- Tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del reglamento de la ley N° 19.886 y de la reunión de presentación ya indicada.
- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella.
- Aceptar ningún donativo de terceros.
Esta Comisión emitirá un Informe de Evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
11.2 Procedimiento de Evaluación de las Ofertas
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los criterios y ponderaciones descritos a continuación. La apertura y evaluación de las ofertas se realizará en una etapa.
En el procedimiento de evaluación se verificará que las ofertas presentadas cumplan con las instrucciones establecidas en las presentes bases, el proveedor es el responsable del correcto ingreso y que el sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones descritas en las bases. La evaluación de este proceso licitatorio, al ser en una etapa, tendrá en consideración el deber del oferente de ingresar y enviar la totalidad de su oferta (requisitos administrativos, técnicos y económicos) antes del plazo de cierre de recepción de ofertas y en el orden indicado en el punto 6 “Instrucciones para la Presentación de Ofertas”.
Las ofertas que no cumplan con lo establecido en el párrafo anterior no serán evaluadas y serán declaradas inadmisibles.
La Evaluación de las ofertas se realizará en una etapa (Técnica), considerando los siguientes criterios de evaluación y ponderaciones:
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I Etapa:
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CRITERIOS
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Ponderación
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Evaluación de Criterios Técnicos Proveedor (100%)
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Niveles de Servicios ofrecidos Banca Electrónica
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60%
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Calidad de los Servicios ofrecidos Banca Clásica
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15%
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Productos o Servicios adicionales ofrecidos
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10%
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Prestigio Institucional
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10%
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Cumplimiento de requisitos formales
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5%
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Para evaluar la oferta técnica de la presente licitación, se considerarán aquellos puntos de acuerdo con lo presentado por el oferente en conformidad a los anexos N° 5, 6, 7, 8 y N°9
Este criterio se dividirá en los siguientes subfactores:
11.2.1 Niveles de Servicios Ofrecidos Banca Electrónica (60%)
Estos productos constituirán los productos mininos, según anexo N°5, los cuales se encuentran detallados por línea (ítem), y deben estar disponibles, al momento de iniciarse el contrato, en caso de resultar adjudicado.
a.1) Plan de Contingencia Bancaria
a.2) Seguridad de Información (Políticas de Privacidad)
a.3) Flexibilidad y facilidad en cambios de perfiles por parte del Administrador del Sistema
a.4) Tiempo promedio de respuesta para solicitud de información histórica
a.5) Compatibilidad con Sistema contable SIGFE (Pagos y Conciliación Bancaria)
a.6) Compatibilidad con Sistema de Remuneraciones utilizado por la Dirección Chilecompra (PAYROLL)
a.7) Tiempo del proceso de pago efectivo mediante transferencia electrónica
a.8) Tiempo de Provisionamiento de Fondos Pago Transferencia
a.9) Demora en el tiempo de envío del correo electrónico una vez realizada la transferencia
a.10) Plazo de Horario para la autorización de transferencias electrónicas
a.11) Sistema de Seguridad en el pago de cheques (Cheque Seguro)
a.12) Tarjeta Bancaria Corporativa
Pauta de evaluación
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a.-Niveles de Servicios ofrecidos Banca Electrónica
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a.1) Plan de Contingencia Bancaria
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0-100
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8%
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100
0
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Si tiene No tiene / no existe
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a.2)Seguridad de Información (Políticas de Privacidad)
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0-100
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8%
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100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
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a.3) Flexibilidad y facilidad en cambios de perfiles por parte del Administrador del Sistema
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0-100
|
8%
|
100
50
0
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Muy flexible y práctico Flexible Complejo
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|
a.4) Tiempo promedio de respuesta para solicitud de información histórica
|
0-100
|
8%
|
100
75
50
25
0
|
Inmediato - 1 hora Mismo día 24 Horas 48 horas Más de 48 horas
|
|
a.5) Compatibilidad con Sistema contable SIGFE (Pagos y Conciliación Bancaria)
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0-100
|
10%
|
100
50
0
|
Compatibilidad automática Compatibilidad semi automática Sin compatibilidad
|
|
a.6) Compatibilidad con Sistema de Remuneraciones utilizado por la Dirección Chilecompra (PAYROLL)
|
0-100
|
10%
|
100
50
0
|
Compatibilidad automática Compatibilidad semi automática Sin compatibilidad
|
|
a.7) Tiempo del proceso de pago efectivo mediante transferencia electrónica
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0-100
|
8%
|
100
50
25
0
|
Inmediato Mismo día 24 horas Más de 24 horas
|
|
a.8) Tiempo de Provisionamiento de Fondos Pago Transferencia
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0-100
|
8%
|
100
50
25
0
|
Junto al pago Mismo día 24 Horas Más de 24 horas
|
|
a.9) Demora en el tiempo de envío del correo electrónico una vez realizada la transferencia
|
0-100
|
8%
|
100
75
50
25
0
|
Junto al pago Misma jornada 24 Horas 48 horas No envía correo
|
|
a.10) Plazo de Horario para la autorización de transferencias electrónicas
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0-100
|
8%
|
100
0
|
Sin restricción de horario Con restricción de horario
|
|
a.11) Sistema de Seguridad en el pago de cheques (Cheque Seguro)
|
0-100
|
8%
|
100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
|
|
a.12) Tarjeta Bancaria Corporativa
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0-100
|
8%
|
100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
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11.2.2. Calidad de los Servicios Ofrecidos Banca Clásica (10%)
Esta pauta se aplicará considerando todos los productos ofrecidos y será aplicado por cada uno de los miembros de la comisión evaluadora, luego se promediarán los puntajes y se aplicará la siguiente formula y anexo N°6:
Los evaluadores considerarán los siguientes descriptores para la cualificación de cada sub criterio a observar:
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b.1) Plazo en el horario para la compra de divisas
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0-100
|
20%
|
100
0
|
Sin restricción de horario Con restricción de horario
|
|
b.2) Procedimiento para la compra de divisas
|
0-100
|
20%
|
100
50
|
Mandato electrónico y físico Solo mandato físico
|
|
b.3) Plazo en el horario para Transferencia Extranjera
|
0-100
|
20%
|
100
0
|
Sin restricción de horario Con restricción de horario
|
|
b.4) Procedimiento para el envío del mandato de Transferencia al Exterior
|
0-100
|
20%
|
100
50
|
Mandato electrónico y físico Solo mandato físico
|
|
b.5) Asignación preferencial de ejecutivo
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0-100
|
20%
|
100
0
|
Con asignación preferencial Sin asignación preferencial
|
11.2.3 Productos o Servicios adicionales ofrecidos (10%)
Para evaluar este subcriterio se medirá la consistencia del modelo de trabajo, en el Anexo N°6, de acuerdo con la siguiente tabla y anexo N°7:
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c.1) Servicios Adicionales Bancarios anexos al servicio que presenta cada oferente
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0-100
|
100%
|
100
75
50
25
0
|
Excelentes Satisfactorios Regulares Escasos Sin beneficios
|
11.2.4 Prestigio Institucional (10%)
Este aspecto será evaluado conforme a la información que se entregue por todos los oferentes, en conformidad a lo indicado en el anexo N° 8.
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d.1) Número de sucursales a nivel nacional
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0-100
|
33%
|
100
75
50
25
0
|
Máximo N° de Sucursales Siguiente Siguiente Siguiente Siguiente
|
|
d.2) Tiempo en Mercado Nacional
|
0-100
|
33%
|
100
75
50
25
0
|
Máximo Tiempo en Mercado Siguiente Siguiente Siguiente Siguiente
|
El puntaje de este subfactor se sumará y luego se divide por 2, del puntaje obtenido se ponderará por 10%.
11.2.5 Evaluación de Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido la presentación de antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los hayan acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2, del reglamento de ley N°19.886, obtendrá 0 puntos en este criterio.
|
|
Tramo
|
Puntos
|
|
1
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Cumple Requisitos Formales
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100
|
|
2
|
No Cumple Requisitos Formales
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0
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El puntaje del criterio cumplimiento de los requisitos formales será dado por la siguiente fórmula: Puntaje obtenido * 5%
El Puntaje Final se obtendrá del promedio ponderado de calificaciones de los 6 criterios, de acuerdo con la ponderación indicada en la tabla precitada. Para todos los criterios, se obtendrá una calificación de 0 a 100 puntos.
PF = (PCa*60%) + (PCb*10%) + (PCc*10%) + (PCd*10%) + (PCe*5%) + (PCf*5%)
Donde
PF = Puntaje Final ponderado
PCi = Puntaje Criterio “i”, para todo “i”=a,…,f. Este puntaje resulta de la sumatoria de puntos de los subcriterios multiplicado por su respectiva subponderación.
Para el punto “C” de los criterios de evaluación, ésta será evaluada según la escala cualitativa que se detalla a continuación.
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Escala cualitativa
|
Especificación
|
Puntaje
|
|
No tiene / No existe
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Se aplicará este puntaje cuando la oferta no señale nada sobre los productos y/o servicios requeridos.
|
0
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|
Incompleto
|
Se aplicará este puntaje cuando la oferta señale solo parcialmente los productos o servicios requeridos, sin especificar las características de los productos y/o servicios.
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25
|
|
Regular
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Se aplicará este puntaje cuando la oferta señale los productos y/o servicios requeridos pero sólo especifica parcialmente las características de los productos o servicios.
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50
|
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Satisfactorio
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Se aplicará este puntaje cuando la oferta señale los productos y/o servicios requeridos, especificando correctamente las características de los productos o servicios.
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75
|
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Excelente
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Se aplicará este puntaje cuando la oferta señale los productos y/o servicios requeridos, especificando correctamente las características de los productos o servicios y cuando la comisión evaluadora considere que además la oferta agrega un valor agregado y que beneficia directamente a la institución, en el marco de la presente licitación.
|
100
|
En caso de empate en el Puntaje Final se aplicará el siguiente procedimiento en forma sucesiva:
a) Se adjudicará al proponente que tenga un puntaje técnico más alto, o
b) En caso de empate en el puntaje técnico, se adjudicará al proveedor que ofrezca mayores servicios adicionales bancarios.
La Comisión Evaluadora contará con un plazo máximo de 10 días corridos para emitir el acta de evaluación y recomendación de adjudicación.
12. Solicitud de aclaraciones y antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que:
- Salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
- Aclaraciones.
- Certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes
13. Adjudicación
La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes Bases.
La DCCP, a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, podrá:
- Declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses; o,
- Adjudicar al oferente que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.
La adjudicación se realizará a aquel proveedor que habiendo pasada la etapa de la evaluación obtenga el mejor puntaje.
En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes Bases de licitación, la Dirección ChileCompra informará dicho cambio, a través del sistema www.mercadopublico.cl, justificando el incumplimiento del plazo e indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
14. Resolución de empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá dicho empate adjudicando al oferente que haya obtenido la mejor evaluación en el sub-criterio “prestigio institucional”. Si continuaran empatados, el empate se resolverá adjudicando al oferente que haya obtenido mejor puntuación en el sub-criterio “eficiencia energética y/o criterios inclusivos”
En el caso que las ofertas siguieran empatadas, se definirá por la oferta que se haya enviada primero a través del sistema www.mercadopublico.cl
15. Notificación de Adjudicación
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
Luego de notificada la resolución, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
16. Consultas respecto de la adjudicación
Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 1 día hábil contado desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en http://servicioalusuario.chilecompra.cl/Solicitudes, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 3 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.
17. Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato o no se inscribe en ChileProveedores o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes bases, la DCCP tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
18. Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la DCCP podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
19. Condiciones Contractuales y Otras Cláusulas
19.1 Suscripción del Contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo, en el plazo indicado en la cláusula 8.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta y pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en ChileProveedores.
Se debe mencionar que, por razones de buen servicio, se podrá dar inicio a la ejecución contractual antes de la total tramitación del contrato, para lo cual se requerirá el acuerdo de las partes, sin perjuicio de lo cual, solo se harán efectivos lo pagos asociados a la ejecución del servicio una vez que se encuentre totalmente aprobado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
19.2 Vigencia del Contrato y Renovación
El contrato que se suscriba con el adjudicatario tendrá una duración de 03 años, contados desde la total tramitación de la resolución que lo apruebe.
Con el fin de mantener la continuidad de los servicios y dada la relevancia de contar con el servicio para nuestros funcionarios, este contrato podrá ser renovado, por una sola vez, por la misma duración antes señalada. En tal caso deberá existir informe favorable de la contraparte técnica de la DCCP y dictarse un acto administrativo que autorice la referida renovación, debiendo el proveedor entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo periodo de ejecución más 60 días hábiles posteriores a su término.
19.3 Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:
- Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.
- Participar en las reuniones fijadas por la Dirección ChileCompra.
- Realizar y entregar oportunamente los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los productos y servicios entregables determinados en el punto 9, de las presentes Bases.
- Cumplir las demás obligaciones que imponen las presentes bases.
19.4 Efectos derivados del incumplimiento
19.4.1 Multas por atraso injustificado a las actividades programadas
En caso de que el adjudicatario se atrase en la entrega del producto o servicio final, y este atraso, sea de su responsabilidad y no por situaciones atribuibles a la Dirección ChileCompra, la Dirección ChileCompra podrá aplicar las siguientes multas equivalentes al porcentaje del valor del producto final a entregar, considerando el valor adjudicado por cada día de atraso según la siguiente tabla:
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Producto o servicio
|
Motivo
|
|
Entrega de productos y servicios solicitados
|
Atraso injustificado en la entrega del producto o servicio.
|
|
Reportes diarios y mensuales requeridos y ofertados por el proveedor
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Atraso injustificado en la entrega del producto o servicio.
|
|
Mantención de cuenta corriente
|
Atraso injustificado en la entrega del producto o servicio.
|
Las multas por atraso en las actividades programadas se cobrarán en caso de que alguno de los hitos antes mencionados presente atrasos injustificados de acuerdo con los plazos establecidos en la carta GANTT entregada por el oferente.
Las multas por atraso se calcularán sobre el valor que correspondiese pagar en el hito correspondiente, según lo siguiente:
a) Entre 1 y 10 días hábiles, se aplicará una multa de 1% del valor total del contrato, por cada día de atraso injustificado.
b) Entre 11 y 20 días hábiles, se aplicará una multa de 2% del valor total del contrato, por cada día de atraso injustificado aplicando esta multa desde el primer día de atraso.
c) Entre 21 días hábiles o más de atraso injustificado: Constituirá causal de término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Con todo, si las multas cursadas superan el 20% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
19.4.2 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato
La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
b) Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
c) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la letra E siguiente, numerales 2 a 14.
d) Incumplimiento de demás obligaciones impuestas por las Bases, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
19.4.3 Procedimiento para la aplicación de sanciones
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:
i) Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato por alguna causal distinta de la establecida en la presente cláusula, letra E, numeral 1, de las presentes Bases, el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
ii) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
iii) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la DCCP.
iv) Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
v) Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación personal o por medio de carta certificada al proveedor, de la resolución fundada singularizada en los números 3 y 4 anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
vi) La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea monetaria y fuere finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que la DCCP deba efectuar al proveedor.
20. Término Anticipado del Contrato
La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
i) Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
ii) Si el adjudicado fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
iii) Si el adjudicado cayera en insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
iv) Si se disuelve la empresa adjudicada o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.
v) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la DCCP un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
vi) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la DCCP, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la DCCP.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución.
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
vii) Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la cláusula 12 letra I de las presentes Bases.
viii) Registrar, a la mitad de la vigencia del respectivo contrato, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
ix) Incumplimiento de las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la cláusula 12 letra P de las presentes Bases.
x) En el caso que la aplicación de multas supere el 20% del monto total del contrato, según lo señalado en la letra D anterior.
xi) En caso que la ejecución del servicio presente atrasos superiores a 21 días hábiles, según lo señalado en la letra c), del numeral 1, de la letra D anterior.
xii) Reemplazo no autorizado por la Dirección de Compras y Contratación Pública del Jefe de Proyecto o uno o más miembros del equipo de trabajo.
xiii) La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación al resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la DCCP o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
xiv) Por motivo fundado en atención a las consideraciones de la DCCP.
En los casos señalados en los numerales 2 a 14, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
21. Cláusula modificación
Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. En todo caso la modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Adicionalmente, se podrá modificar el contrato en común acuerdo con el oferente, siempre y cuando se configuren las condiciones para mejorar las condiciones contractuales para la DCCP.
22. Monto
El presupuesto máximo disponible para esta contratación es de $0 (cero).
23. Pagos
No hay pagos asociados a esta licitación
24. Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El Adjudicatario y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se le solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
25. Coordinador del Contrato
El adjudicatario, deberá nombrar a un Coordinador de contrato, que podrá ser el mismo Jefe de Proyecto, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:
i) Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios en el equipo de consultores de acuerdo con las indicaciones establecidas en el punto 12 Letra L “Continuidad del personal” de las presentes Bases.
ii) Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
iii) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
26. Supervisión, Coordinación y Administración del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra.
La DCCP definirá un administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de esta Dirección, que Aprueba nuevo estatuto interno para la Dirección de Compras y Contratación Pública, o en aquel que eventualmente lo reemplace:
i) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
ii) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
iii) Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones.
iv) Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
v) Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
vi) Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
vii) Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
viii) Las demás que le encomiende el presente instrumento.
27. Cesión de contrato y subcontratación.
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.
Se permitirá la subcontratación parcial de servicios, siempre y cuando ésta se circunscriba a la contratación de no superior al 50% del equipo de trabajo.
28. Estándares de probidad.
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
29. Pacto de integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
i) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
iv) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
v) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
viii) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
ix) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
30. Acreditación de cumplimiento remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales.
Para la contratación, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N° 4, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento o al menos al minuto de cursar el último hito de pago del contrato, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
En el caso de UTP cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.
El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.
La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor total del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.
ANEXO N° 1
FORMULARIO DE DATOS DEL OFERENTE
Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
A) DATOS DEL OFERENTE
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Razón Social o Nombre Persona Natural Oferente
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RUT Oferente
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Nombre Representante Legal
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RUT Representante Legal
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Dirección
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Ciudad
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Teléfono
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e-mail
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Web
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B) DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE
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Nombre Contacto Licitación
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Teléfono
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Celular (opcional)
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e-mail
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Firma Persona Natural o Representante Legal
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* En el caso de las UTP, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
ANEXO N° 2
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
PRÁCTICAS ANTISINDICALES E INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR
Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, ______________________________________________, RUT ________________, de la licitación pública ID N° 2241-3-LP19, declara bajo juramento que:
- No ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
- Asimismo, declaro bajo juramento que, esta persona o empresa, ni sus dependientes o asociados, no tienen alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente, que les impida realizar ofertas o ser adjudicatarios de procesos licitatorios de la Administración del Estado.
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Nombre Representante Legal de persona Jurídica o nombre persona natural
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RUT de Persona Natural o Persona Jurídica
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Rut del Representante Legal
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Firma de la Persona Natural o Representante Legal
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Fecha
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NOTAS:
- Todos los datos solicitados deben ser completados por el proveedor. En el caso de UTP, deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma.
- De faltar alguno de éstos la declaración será rechazada.
ANEXO N° 3
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
SIN CONFLICTOS DE INTERÉS
Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
El firmante, en su calidad de Adjudicatario o de representante legal del Adjudicatario, _(nombre persona natural o razón social de la empresa)____, RUT _______________, de la licitación pública ID N° 2241-3-LP19, declara bajo juramento que:
- El Adjudicatario no es funcionario directivo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
- El Adjudicatario no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Compras y Contratación Pública por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Compras y Contratación Pública o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
- No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
Asimismo, declara conocer que los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
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Nombre Persona Natural o del Representante Legal:
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Firma Persona Natural o del Representante Debidamente Autorizado:
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Fecha:
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NOTAS:
- Todos los datos solicitados deben ser completados por el proveedor. En el caso de UTP, deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma.
- De faltar alguno de estos la declaración será rechazada.
ANEXO N° 4
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
SALDOS INSOLUTOS
Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
Yo, __________________________, cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:
No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
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Nombre Persona Natural o del Representante Legal:
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Firma Persona Natural o del Representante Debidamente Autorizado:
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Fecha:
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NOTAS:
- Todos los datos solicitados deben ser completados por el proveedor. En el caso de UTP, deberá ser completado por cada uno de los integrantes de la misma.
- De faltar alguno de estos la declaración será rechazada.
ANEXO N° 5
NIVELES DE SERVICIOS OFRECIDOS POR LA BANCA ELECTRONICA
“Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
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a.1) Plan de Contingencia Bancaria
|
0-100
|
8%
|
100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
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a.2)Seguridad de Información (Políticas de Privacidad)
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0-100
|
8%
|
100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
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|
a.3) Flexibilidad y facilidad en cambios de perfiles por parte del Administrador del Sistema
|
0-100
|
8%
|
100
50
0
|
Muy flexible y práctico
Flexible Complejo
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|
a.4) Tiempo promedio de respuesta para solicitud de información histórica
|
0-100
|
8%
|
100
75
50
25
0
|
Inmediato - 1 hora Mismo día 24 Horas 48 horas Más de 48 horas
|
|
a.5) Compatibilidad con Sistema contable SIGFE (Pagos y Conciliación Bancaria)
|
0-100
|
10%
|
100
50
0
|
Compatibilidad automática Compatibilidad semi automática Sin compatibilidad
|
|
a.6) Compatibilidad con Sistema de Remuneraciones utilizado por la Dirección Chilecompra (PAYROLL)
|
0-100
|
10%
|
100
50
0
|
Compatibilidad automática Compatibilidad semi automática Sin compatibilidad
|
|
a.7) Tiempo del proceso de pago efectivo mediante transferencia electrónica
|
0-100
|
8%
|
100
50
25
0
|
Inmediato Mismo día 24 horas Más de 24 horas
|
|
a.8) Tiempo de Provisionamiento de Fondos Pago Transferencia
|
0-100
|
8%
|
100
50
25
0
|
Junto al pago Mismo día 24 Horas Más de 24 horas
|
|
a.9) Demora en el tiempo de envío del correo electrónico una vez realizada la transferencia
|
0-100
|
8%
|
100
75
50
25
0
|
Junto al pago Misma jornada 24 Horas 48 horas No envía correo
|
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a.10) Plazo de Horario para la autorización de transferencias electrónicas
|
0-100
|
8%
|
100
0
|
Sin restricción de horario Con restricción de horario
|
|
a.11) Sistema de Seguridad en el pago de cheques (Cheque Seguro)
|
0-100
|
8%
|
100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
|
|
a.12) Tarjeta Bancaria Corporativa
|
0-100
|
8%
|
100
0
|
Si tiene No tiene / no existe
|
* Se solicita que oferente complete la información consultada, y adjunte, en los casos pertinentes información complementaria.
ANEXO N° 6
SERVICIOS OFRECIDOS POR BANCA CLASICA
“Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
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|
b.1) Plazo en el horario para la compra de divisas
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0-100
|
20%
|
100
0
|
Sin restricción de horario Con restricción de horario
|
|
b.2) Procedimiento para la compra de divisas
|
0-100
|
20%
|
100
50
|
Mandato electrónico y físico Solo mandato físico
|
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b.3) Plazo en el horario para Transferencia Extranjera
|
0-100
|
20%
|
100
0
|
Sin restricción de horario Con restricción de horario
|
|
b.4) Procedimiento para el envío del mandato de Transferencia al Exterior
|
0-100
|
20%
|
100
50
|
Mandato electrónico y físico Solo mandato físico
|
|
b.5) Asignación preferencial de ejecutivo
|
0-100
|
20%
|
100
0
|
Con asignación preferencial Sin asignación preferencial
|
* Se solicita que oferente complete la información consultada, y adjunte, en los casos pertinentes información complementaria.
ANEXO N° 7
PRODUCTOS Y SERVICIOS ADICIONALES
“Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
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|
c.1) Servicios Adicionales Bancarios anexos al servicio que presenta cada oferente
|
0-100
|
100%
|
100
75
50
25
0
|
4 criterios 3 criterios 2 criterios 1 criterio
0 criterios/no informa
|
La medición de los servicios adicionales se medirá de acuerdo a su adecuación a las directrices institucionales, para lo cual se tendrá en consideración los siguientes elementos a reunir:
- Disminución de papeleo (cero papel).
- Intereses por fondos estacionarios de caja.
- Mejoramiento de gestión de pagos a proveedores.
- Eficiencia, eficacia y ahorro de procesos.
A partir de lo anterior, la calificación procede de la siguiente manera: 100 puntos, en la medida que se cumplan con todas las directrices; 75 puntos, cuando se cumple con al menos 3 directrices; 50 puntos, cuando se cumple con 2 directrices; 25 puntos, cumple solo con una; 0 puntos, en caso que no se cumpla con ninguna, o derechamente no se informe.
Se solicita completar tabla ad hoc, a objeto de acreditar la concurrencia de los elementos:
* Copiar las tablas tantas veces sea necesario, según la cantidad de servicios adicionales ofrecidos
ANEXO N° 8
PRESTIGIO INSTITUCIONAL
“Servicios Bancarios que permitan optimizar recursos y facilitar las labores cotidianas y específicas de la Dirección Chilecompra"
Licitación 2241-3-LP19
Los oferentes deberán tener en consideración al momento de realizar su oferta lo siguiente:
|
d.1) Número de sucursales a nivel nacional
|
0-100
|
33%
|
100
75
50
25
0
|
Máximo N° de Sucursales Siguiente Siguiente Siguiente Siguiente
|
|
d.2) Tiempo en Mercado Nacional
|
0-100
|
33%
|
100
75
50
25
0
|
Máximo Tiempo en Mercado Siguiente Siguiente Siguiente Siguiente
|