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Resolución de Empates |
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En el
caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo
puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada serán las
siguientes, los que se aplicarán uno a uno, en el orden de su numeración hasta
resolver el desempate.
1.- Evaluación Económica
2.- Evaluación Técnica
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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a) Las consultas, se deben efectuar solo a través del portal www.mercadopublico.cl .
b) Una vez adjudicada la licitación, las empresas participantes, pueden revisar el Informe de Adjudicación adjunto en formato PDF y su resultado.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA COTIZACION |
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- Las consultas, respuestas y aclaraciones, si las hubiere, formarán parte integrante de las Bases de Licitación y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
- Las ofertas deberán formularse conforme a lo requerido en las presentes Bases de Licitación.
- Se hace presente que por el solo hecho de presentar cotización se entenderán aceptadas las condiciones y exigencias establecidas en el presente proceso de adquisición.
- La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante la D.G.A.C., la entidad licitante o la Institución, adjudicará esta Licitación Pública a aquél o a aquellos proponentes que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtengan el mayor puntaje como resultado del proceso de Evaluación Técnica y Económica.
- La D.G.A.C. se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la Propuesta a uno o más proveedores u oferentes, como asimismo de aumentar o disminuir las cantidades adjudicadas de acuerdo a razones técnicas y económicas que serán debidamente justificadas. Con todo, el aumento no podrá superar el 30% del presupuesto originalmente informado. De igual forma, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
- El presupuesto estimado y referencial será informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) para la adquisición de los bienes o servicios que correspondan.
- Adjudicada esta Propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de las obligaciones que asume en esta Propuesta Pública.
- Todos los plazos que se señalan en la ficha de licitación de esta Propuesta Pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
- Si el proveedor adjudicado no se encuentra inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (www.chileproveedores.cl), estará obligado a hacerlo dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contado desde la notificación de la Adjudicación, trámite que constituye requisito previo para emitir la Orden de Compra correspondiente. La no inscripción dentro del término señalado, obligará a la entidad licitante a desestimar la oferta y, eventualmente proceder a la readjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
- Todos los plazos que se establecen en las presentes Bases Administrativas, a saber plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo de visita a terreno o entrega de muestras, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas, fecha de apertura de ofertas, plazo de evaluación, adjudicación y plazo de entrega del bien, podrán ser modificados por la entidad licitante, hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a dichos términos y fechas originalmente publicados. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución fundada firmada por la autoridad competente, oportuna y debidamente tramitada.
- “La Entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
- La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
- La detección de antecedentes falsos, podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo en este último caso y cuando la adjudicación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes."
- Esta institución retiene por todas las compras un impuesto del 2% del total facturado (Art. 37 de la Ley 16.752).
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PARTICIPANTES DE LA LICITACION |
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Podrán participar en esta Propuesta personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores, sean nacionales o extranjeras, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas
Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y, que en caso de adjudicarse la Propuesta, están obligados a suministrar los bienes adquiridos por la Institución y facultadas para cobrar y percibir el pago de la manera que se indica en el punto VIII de las presentes Bases Administrativas.
No podrán participar en esta Propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de "Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios".
Asimismo, no podrán contratar con la D.G.A.C. aquellos proveedores afectos a la prohibición referida en los artículos 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, si ello fuere procedente.
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar un Formulario de Declaración Jurada por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal, según sea el caso.
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PRESENTACION DE LAS OFERTAS |
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Todas las Ofertas deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, y deberán considerar lo que se indica a continuación.
Sólo se aceptarán ofertas en pesos moneda nacional (No se aceptarán otras monedas y/o unidades monetarias)
Las ofertas deberán identificar en detalle el bien ofrecido, según condiciones que se indiquen en las Bases Técnicas, incluyendo, según corresponda, descripción de la garantía técnica, descripción del servicio post venta, certificaciones en caso de ser requeridas, o cualquier otro requisito solicitado en ellas.
Señalar validez de la oferta, la que no podrá ser inferior a 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de la propuesta. Aquellas ofertas que no mencionen la validez se entenderán que aceptan la señalada en estas Bases.
Señalar claramente el plazo de entrega de los bienes en DÍAS HABILES ADMINISTRATIVOS, puesto en bodega del Museo Nacional Aeronáutico y del Espacio de la D.G.A.C.
Para aquellas ofertas que no formulen el plazo de entrega en días hábiles administrativos, se aplicará lo siguiente:
- Plazos de entrega formulados como inmediato o en horas, expresado por cada 24 corresponderá a 1 día hábil administrativo.
- Plazos de entrega formulados en días corridos o sin distingo alguno, serán considerado en días hábiles administrativos.
- Plazos de entrega formulados en semanas, cada semana será considerada de 5 días hábiles administrativos.
- Plazos de entrega formulados en quincena, cada quincena será considerada de 10 días hábiles administrativos.
- Plazos de entrega formulados en meses, cada mes será considerado de 20 días hábiles administrativos.
En caso de tratarse de la Unión Temporal de Proveedores, se deberá adjuntar a la oferta el documento público o privado, donde conste dicha unión. En este documento, se debe establecer, además de la solidaridad entre las partes, respecto a todas las obligaciones que se generen con esta Institución, el nombramiento del representante o apoderado común, con poderes suficientes.
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APERTURA DE OFERTAS |
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- La apertura de oferta, se efectuará en la hora y fecha señalada en las bases, la que podrá postergarse, hasta en 48 horas, por motivos debidamente justificados.
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ACLARACION DE OFERTAS |
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Si durante la evaluación de las ofertas, la comisión evaluadora requiere que las empresas aclaren su oferta, esta acción será efectuada a través del mecanismo disponible en el portal mercado público y en los plazos que correspondientes.
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OTRAS CONSIDERACIONES PARA LA CONTRATACION |
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Una vez adjudicada la propuesta y cuando se trate de bienes estándar de simple y objetiva especificación, la contratación será perfeccionada mediante la emisión de una o varias órdenes de compra a través del Sistema www.mercadopublico.cl, documento en el cual se mencionarán las condiciones de entrega, pago, garantías, etc. según lo indicado en las bases técnicas y administrativas y en la oferta presentada por el proveedor adjudicado.
La operación de compra se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la(s) orden(es) de compra por el(los) proveedor(es) adjudicado(s). Dicha aceptación deberá ser manifestada dentro de las 24 horas siguientes de transcurrido el plazo referido en el artículo 6 del Reglamento de Compras Públicas. En caso de silencio por parte del proveedor adjudicado, la orden de compra se entenderá aceptada y a partir de ese momento, se computarán los plazos de entrega previstos en la presente operación de compra.
Esta Institución, se reserva la facultad de no recibir los bienes, sean estos en forma parcial o total, si la orden de compra no ha sido aceptada en portal de mercado público, como también, solicitar el rechazo de la Orden de Compra, como lo establece el artículo 63 del reglamento de compras públicas.
Si el proveedor adjudicado rechaza o no acepta la orden de compra, facultará a la D.G.A.C. para readjudicar la Licitación al oferente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación, o bien declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de Licitación, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes.
En caso de incumplimiento de lo pactado en la Orden de Compra, la D.G.A.C. está facultada para anular la Orden de Compra y perseguir las eventuales indemnizaciones por daños y perjuicios, comunicando adicionalmente esta situación a la Dirección de Compras Públicas.
El incumplimiento imputable al contratista de una o más obligaciones establecidas en estas Bases de Licitación o en la Orden de Compra, facultará a la D.G.A.C. para aplicar las multas, sin perjuicio de la facultad de exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones emanadas de la contratación o bien, su resolución o terminación anticipada, con indemnización de perjuicios.
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OTRAS CONSIDERACIONES PARA EL PAGO |
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Como condición indispensable para cursar pagos, el proveedor antes de hacer entrega de la o las facturas, deberá haber entregado en bodegas del Museo Nacional Aeronáutico y del Espacio de la D.G.A.C. la totalidad del material consignado en la pertinente orden de compra y aquel encontrarse recibido conforme.
El pago del precio, se efectuará al(los) proveedor(es) adjudicado(s), dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción conforme de la factura o facturas respectivas en original y cuarta copia cedible.
De acuerdo a lo estipulado en el Articulo 3 de Ley N° 19.983 que dice:
Para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercancías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1.- Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o
2.- Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las presentación del servicio, dentro de los 8 (ocho) días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por cualquier medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de 8 (ocho) días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
Las empresas que cedan a terceros el cobro de sus facturas, deben indicarlo en la cotización o inmediatamente al momento de facturar, de lo contrario, el Museo Aeronáutico, cancelará la factura a nombre del proveedor y no se hará responsable, por la empresa de factoring.
La factura electrónica, debe ser enviada al Repositorio Oficial de la DGAC, correo dte.recepcion@dgac.gob.cl información necesaria para proceder a su trámite interno y respectivo pago.
Las facturas electrónicas serán aceptadas una vez que los bienes hayan sido recibidos conforme e incluyendo el número de la orden de compra; de lo contrario, serán rechazadas electrónicamente.
De ser adjudicados proveedores en modalidad de Unión Temporal, será el representante de la misma, quién deberá emitir la factura correspondiente.
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OTRAS CONSIDERACIONES DE LAS MULTAS |
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Se contempla el pago de multas por incumplimiento en el plazo de entrega establecido en la Orden de Compra y en el incumplimiento de lo estipulado en las bases técnicas, cuando la responsabilidad de esto, recaiga en el proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado (Vendedor-Contratista) incurrirá en multas por cada día hábil administrativo de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega de la totalidad o parcialidad o por incumplimiento de las bases técnicas del servicio requerido. Las multas, se calcularán como un 2% del valor NETO del servicio o producto adquirido o contratado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas, respecto al plazo de entrega establecido en la orden de compra, con un tope de 10 días hábiles administrativos
En caso de que el atraso supere el tope de los 10 días hábiles administrativos, la D.G.A.C. podrá poner término anticipado a la contratación perfeccionada a través de la orden de Compra.
Para los casos en que el proveedor adjudicado no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de envío de la O/C, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de emitida la Orden de Compra. Lo mismo se considerará para aquellos proveedores que acepten las Órdenes de Compras posterior a las 24 horas siguientes a la fecha de su emisión.
En caso de que sea detectada una situación que amerite la aplicación de multa por incumplimiento del proveedor adjudicado, por parte de la D.G.A.C., se le notificará al proveedor mediante correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, el monto de la multa y la forma de pago. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (05) días hábiles, para efectuar sus descargos.
Vencido el plazo citado sin que el proveedor adjudicado presente descargos, la D.G.A.C procederá a aplicar la multa de la forma en que le fue notificada.
Si el vendedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la D.G.A.C, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos.
Las multas por incumplimiento antes señaladas se cobrarán a elección del Vendedor, conforme a uno de los siguientes mecanismos:
a) Pago directo del Vendedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, previo requerimiento del Comprador y transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles para que el primero formule los descargos que estime pertinente;
b) Deduciéndolas el Comprador de la factura representativa de estados de pago, lo que bajo circunstancia alguna implica que el precio del bien adquirido, se modifica por dicha imposición
No se aplicarán multas al proveedor adjudicado cuando las faltas en que éste hubiere incurrido, sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a la definición del artículo cuarenta y cinco del Código Civil, circunstancia que el proveedor adjudicado deberá comunicar por escrito a la DGAC tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación el proveedor adjudicado deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término.
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COMUNICACIONES |
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El adjudicado se obliga a mantener una comunicación permanente con la D.G.A.C. y con el funcionario nominado como Inspector Fiscal, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación perfeccionada a través de la Orden de Compra. Asimismo, se obliga a cumplir todas las exigencias que establezca la D.G.A.C., en función de estas Bases Administrativas y Bases Técnicas, dando cumplimiento a todas las obligaciones y condiciones establecidas en ellas y mantener sus datos actualizados en la plataforma www.mercadopublico.cl y en el registro de CHILEPROVEEDORES.
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