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Resolución de Empates |
IX.2 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, a continuación, se establecen los criterios de desempate para adjudicar, que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado:
1° Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en la evaluación del parámetro de análisis “Plazo de ejecución del servicio”.
2° Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en la Evaluación Económica.
3° Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Garantía del servicio”.
4° Se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado en el la evaluación del parámetro de análisis “Programa de Integridad”.
5° Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar los criterios definidos anteriormente, se seleccionará la oferta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl , de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de la oferta |
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El oferente deberá cotizar el valor neto por el servicio de Mejoramiento Acceso Exterior Gimnasio de la ETA en el portal mercado público, en el cual entrega además información de plazo de ejecución y garantía del servicio. Mediante la entrega del Anexo N°1 Formulario de Oferta
El proponente que No adjunte el Anexo N°1 - Formulario de Oferta en el portal Mercado Publico, constituirá causal de exclusión, quedando la respectiva oferta inadmisible y fuera del presente proceso de licitación pública.
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Plazo de Ejecución del Servicio de Mejoramiento |
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El oferente deberá realizar el servicio de mejoramiento en un plazo no mayor a 20 días hábiles.
La empresa deberá informar el plazo de ejecución del servicio en el Formulario Técnico de Oferta, anexo de la licitación.
El proponente que indique un plazo mayor al indicado, constituirá causal de exclusión, quedando la respectiva oferta inadmisible y fuera del presente proceso de licitación pública.
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Garantía |
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El oferente deberá indicar la garantía en meses de los trabajos realizados, en el Anexo N°1 - Formulario Técnico de Oferta, adjunto en el presente proceso de licitación.
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Visita de Terreno Obligatoria |
Previo a la elaboración y estudio del presupuesto, los oferentes deberán asistir a una visita a terreno de carácter obligatorio, siendo lo gastos por este concepto de cargo y responsabilidad del interesado que asista. Dicha visita se realizará el tercer (3°) día hábil contados desde la fecha de publicación de la licitación en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl) a las 12:00 horas, cuyo punto de encuentro será en Av. San Pablo N°8411, comuna de Pudahuel, Santiago.
Al inicio de la actividad, los asistentes deberán firmar un “Registro de asistencia” elaborado para tal efecto, incorporando en, la información requerida, el que posteriormente será publicado en el Portal. Esta visita permitirá que los interesados que asistan tomen conocimiento de aspectos relevantes que les facilite la elaboración de sus eventuales ofertas.
La participación en esta visita es de carácter obligatorio, por lo tanto, la inasistencia a la esta actividad constituirá causal de exclusión, quedando la respectiva oferta inadmisible y fuera del presente proceso de licitación pública.
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Libro de novedades |
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Será obligación de la Inspección Fiscal, exigir a la empresa adjudicada del servicio la apertura del Libro de novedades desde la entrega del terreno, etapa que deberá quedar estampada como inicio de su texto y rubricada con las firmas respectivas del contratista y de la Inspección Fiscal.
En este libro se deberán establecer todos los eventos importantes a lo largo del desarrollo del servicio y particularmente aquellos relacionados con la certificación de materiales, observaciones, sugerencias y órdenes de la inspección fiscal, que obliguen al contratista a dar cumplimiento a sus requerimientos.
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Recepción y Pago del Servicio |
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La entrega de los trabajos debe materializarse con un Informe de Término de Servicio, en el cual la empresa señale que el servicio de mejoramiento, se ejecutó de acuerdo a las bases técnicas de la licitación, la cual permitirá al Inspector Fiscal realizar la debida inspección de éstas antes de dar la respectiva conformidad.
El pago del servicio se hará conforme a la firma del Inspector Fiscal en Acta de Conformidad, en donde da a conocer que el servicio fue realizado satisfactoriamente.
Posterior a la entrega y la conformidad del Inspector fiscal, el contratista deberá emitir y presentar o entregar la factura electrónica correspondiente, junto al Certificado de cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1) emitido por la Dirección del Trabajo.
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Plazo óptimo de ejecución del servicio |
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Considerando el tipo de trabajo a realizar, el plazo de ejecución óptimo por el servicio de mejoramiento acceso Gimnasio de la ETA será de 10 días hábiles.
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Requisitos excluyentes |
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I.1 La empresa que en su oferta establezca un plazo de ejecución para el servicio de mejoramiento superior a 20 días.
I.2 La empresa que no asista a la Visita de Terreno de carácter obligatorio.
I.3 La empresa que no adjunte en su oferta el Anexo N°1 Formulario de Oferta.
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Cláusula de Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación
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De la Adjudicación |
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II.14 La D.G.A.C. se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades adjudicadas de acuerdo a razones técnicas y/o económicas que serán debidamente justificadas, y se podrá aumentar o disminuir el presupuesto asignado dependiendo de los precios ofertados, el que no podrá exceder el 20% de este. De igual forma, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
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IMPORTANTE RETENCIÓN DEL 2 POR CIENTO |
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La DGAC retiene el 2% del total facturado, por todas las compras que realiza, de acuerdo al Artículo Nº 37 de la Ley Nº 16.752
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DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS |
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El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitada en el portal Mercado Público:
VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, contenido en el numeral 2.4 de las presentes bases de licitación.
VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
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DOCUMENTOS TÉCNICOS |
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público:
VII.2.1 Anexo N°1 Formulario Técnico de Oferta el cual deberá contener el detalle de los plazos de entrega, las condiciones de garantía, así como todas las consideraciones exigidas en las bases técnicas, a fin de dar cumplimiento al requerimiento de adquisición formulado por la Escuela Técnica Aeronáutica, organismo dependiente de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
VII.2.2 Declaración programa de integridad: conforme al formato de declaración jurada adjunto en el numeral 2.5 “Formato de declaración de programa de integridad”, acompañando, además, los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por su personal.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto
VII.2 Documentos Técnicos, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas, y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
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DOCUMENTOS ECONÓMICOS |
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El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público:
• Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptar lo señalado en estas bases administrativas.
Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en unidades de fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad.
Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes:
1. El oferente no presenta oferta económica según lo solicitado en punto VII.3
2. La oferta económica no contiene todo lo establecido en las bases de licitación.
3. La modificación u omisión de cualquier ítem solicitado por la DGAC, que altere el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones del servicio a contratar o plazo de ejecución de los mismos.
4. Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases.
5. El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación.
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DE LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO Y DEL TÉRMINO ANTICIPADO |
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El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato. Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un treinta (30%) por ciento del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Asimismo, podrá realizar una modificación respecto de los bienes comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita
satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la presente contratación.
Igualmente el acuerdo de voluntades podrá ser modificado, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificadas por la entidad licitante, el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, y siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC así como que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento presentado.
Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
XI.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 129 del Reglamento de la Ley de Compras. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente:
• La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no sean veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, conforme a lo establecido en las presentes bases administrativas.
• Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el 10% del precio total del contrato.
• Que la entrega de la adquisición no se realice conforme a las condiciones señaladas en las bases técnicas y a lo ofertado por el contratista.
• Si el contratista no mantuviese comunicación con la D.G.A.C Escuela Técnica Aeronáutica, respecto de a la entrega del servicio contratado, facturación, entre otros temas en conjunto.
De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causal del literal c), d) párrafo final, o de algunas de las causales contenidas en el literal f) precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista, sin perjuicio de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la ley sean procedentes.
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