Generalidades: |
El presente proceso de compras se regirá por estas Bases administrativas, técnicas y anexos complementarios de la
propuesta; las normas legales reglamentarias vigentes a su llamado. Asimismo, constituirán reglas propias de la propuesta las aclaraciones
escritas que emita la SEREMI de Salud de Tarapacá, en adelante “la SEREMI de Salud”.
Cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas, Económicas y Anexos de esta licitación se
considerará parte integrante del servicio contratado para estos efectos entre el oferente adjudicado y la SEREMI de Salud. Cabe mencionar
que por el sólo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de las condiciones de las presentes Bases.
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Artículo 1°: Nombre de la licitación. |
“Contratación servicio de arriendo de 2 camionetas 4 x 4 para el traslado de funcionarios de la SEREMI de Salud de Tarapacá”
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Artículo 2°: Objetivo de la licitación. |
La SEREMI de Salud busca dar cumplimiento con lo mandatado en la normativa vigente respecto de la Vigilancia, Promoción, Formalización
y Fiscalización de la Autoridad Sanitaria que le permita ir en resguardo de la salud de la población de la región de Tarapacá.
De acuerdo a esto y, a que la SEREMI de Salud no cuenta con la cantidad de vehículos suficientes para cubrir sus requerimientos, se llama
a licitación pública para proveer el servicio de arriendo de 2 camionetas 4x4, que permita contar con vehículos en excelente estado, que
garanticen el adecuado funcionamiento de los equipos técnicos, manteniendo la operatividad mientras dure el servicio contratado.
Los vehículos arrendados serán destinados para el traslado de los equipos de trabajo en zonas urbanas o rurales, que vayan en pos de
garantizar la continuidad operativa de la institución con 2.500 km aproximadamente de recorrido mensual.
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Artículo 3°: Servicio requerido. |
Se requiere el servicio de arriendo de camionetas 4 x 4 con documentación vigente:
VEHÍCULOS OFERTADOS DEBEN CONTAR CON DOCUMENTO PARA ACREDITAR
Patente en Registro Nacional de Vehículos Motorizados (RNVM) Documento de Registro Nacional de Vehículos Motorizados
actualizado.
Permiso de Circulación anual vigente Copia o fotografía de permiso de circulación anual vigente.
Seguro Obligatorio (SOAP) contra todo evento vigente SOAP vigente.
Certificado Homologación de Gases otorgado mediante Revisión Técnica Certificado vigente.
Seguro complementario Certificado vigente.
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Artículo 4°: Aspectos a considerar por el oferente. |
El PROVEEDOR que presente su oferta por el servicio de arriendo de camionetas, deberá considerar:
4.1 Estado de los vehículos: Los vehículos a considerar en la prestación de servicio pueden ser nuevos o usados, o ambos, debiendo
encontrarse en buenas condiciones de operación al momento de la entrega en caso de que se trate de vehículos usados con una
antigüedad no mayor a año 2019.
4.2 Mantenimiento y reparación de vehículos contratado: El arrendador seleccionado deberá mantener los vehículos en buenas
condiciones de funcionamiento, debiendo efectuar todas las reparaciones que fueren necesarias (preventivas y correctivas), reemplazando
y/o reparando las partes y accesorios a su propia costa.
En la eventualidad que se produzcan desperfectos atribuibles a responsabilidad de la Institución y sus dependientes, en lo que respecta de
manera específica a desperfectos producidos en motores de combustión interna, transmisiones y neumáticos, serán de cargo de la
institución siempre y cuando estos sean aceptados por personal técnico del organismo requirente, debiendo el prestador del servicio
presentar un informe técnico con los sustentos técnicos que justifiquen la responsabilidad del usuario en el desperfecto.
4.3 Vehículos de reemplazo: Si un vehículo dejare de funcionar como consecuencia de un desperfecto mecánico o mantención preventiva
que exceda las 24 horas de ejecución, el arrendador se obliga a reemplazarlo por otro vehículo de similares características, cuyo plazo de
reposición debe ser un máximo de 1 día hábil administrativo , contado desde la fecha que éste reciba el aviso correspondiente, en la
eventualidad que la notificación se realice un día sábado domingo o festivo, el plazo será contabilizado desde el siguiente día hábil
administrativo.
El vehículo conducido por el arrendatario que como consecuencia de un choque o volcamiento dejare de funcionar, este deberá ser
reemplazado por otro de similares características, considerando los términos en cuanto a notificación y plazos descritos en el párrafo que
antecede.
El arrendador deberá considerar la provisión de vehículos de reemplazo, los cuales deben ser de similares características; reemplazos que
se mantendrán en operación por el usuario hasta el reintegro del vehículo, reparado, mantenido preventivamente o hasta la reposición de
vehículos declarados como pérdida total por los seguros exigidos.
En este orden de ideas en la eventualidad que el prestador de servicio no disponga de vehículos para materializar el reemplazo, aplicará las
multas determinadas en las presentes bases y en contrato de arrendamiento.
4.4 Seguro de vehículos: El oferente debe mantener vigente, durante la prestación del servicio, póliza por “Daños propios” sin deducibles
para ambos vehículos ofertados.
Las cuentas por daños producto de siniestros, robos u otra cláusula cubierta por la póliza de seguro, deberá ser informados por la unidad de
cargo al arrendador en un plazo no superior a 48 horas, siendo este último el encargado de notificar a la compañía de seguros contratada.
4.5 Elementos complementarios: Al momento de la entrega de los vehículos: Deberán contar con la totalidad de documentación vigente
que permitan su circulación a nivel nacional, debiendo considerar de igual manera; Kit de Herramientas Básicas para cada unidad (exigiendo
como mínimo llave de ruedas, Gato de accionamiento mecánico o hidráulico para cada unidad conforme al diseño constructivo del vehículo).
Kit de Emergencia (Triángulo de Seguridad, Chaleco Reflectante conforme a norma, Botiquín básico, Extinguidor).
4.6 Forma de entrega: Los vehículos ofertados deben ajustarse a las especificaciones técnicas (EE.TT) exigidas, lo cual debe considerar
camionetas 4 x 4.
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Artículo 5°: Requisitos mínimos. |
NOTA1: Se solicita adjuntar ficha técnica de vehículos ofertados.
NOTA2: Si uno o ambos vehículos ofertados no cuentan con las especificaciones técnicas mínimas solicitadas, no serán considerados
quedando fuera de bases.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (EE.TT.)
1. CARACTERÍSTICAS DEL VEHÍCULO 4X4
1.1 Antigüedad: No debe superar los 5 años
1.2 Tipo vehículo: Camioneta
1.3 Cabina: Doble
1.4 Norma Euro V o superior
1.5 Cilindrada Diésel de mínimo 2300 CC.
1.6 Potencia mínima 148 CV o superior a 3.400 rpm. (valores
referenciales) Indicar Sí/ No
1.7 Torque mínimo de 380 Nm entre 1.500 a 3.000 rpm. (valores
referenciales) Indicar Sí/ No
1.8 Tracción: 4X4
1.9 Caja de cambios mecánica de mínimo 6 velocidades + Reversa
1.10 Capacidad mínima de carga 500 kg
1.11 Dirección asistida.
1.12 Desempañador luneta trasera
1.13 Espejo retrovisor abatible
1.2 EQUIPAMIENTO
1.2.1 Aire acondicionado original de fábrica
1.2.2 Alza vidrios eléctrico originales de fábrica
1.2.3 Radio AM/FM Original de fábrica con Bluetooth
1.2.4 Mando al Volante
1.2.5 Velocidad Crucero
1.2.6 Computador a bordo
1.2.7 Cierre centralizado
1.2.8 Alza vidrios eléctrico
1.2.9 Neblineros Originales de fabrica
1.2.10 Cámara de retroceso. OPCIONAL
1.2.11 Espejos Eléctricos. OPCIONAL
1.3 SEGURIDAD
1.3.1 Sistema de Airbag lado conductor y copiloto
1.3.2 Control de estabilidad y de tracción
1.3.3 Sistema de frenos ABS + ASR + ESP, con discos de frenos
delantero autoventilados y tambor de frenos traseros.
1.3.4 Sistema Hill Assist
1.4 RENDIMIENTO
1.4.1 Carretera Km/L mínimo 15,5 y máximo 16 (valores referenciales)
1.4.2 Ciudad Km/L mínimo 11,5 y máximo 13 (valores referenciales)
1.4.3 Mixto Km/L mínimo 14 y máximo 15 (valores referenciales)
1.5 ACCESORIOS DEL VEHÍCULO
1.5.1 Gata y barrote original fábrica.
1.5.2 Un (1) Espejo interior y dos (2) espejos exteriores.
1.5.3 Extintor de incendio de 2 kg.
1.5.4 Set de triángulos y botiquín Reglamentarios
1.5.5 Un (1) Neumático de repuesto original fábrica bajo chasis.
1.5.6 Set de herramientas básicas originales del vehículo.
1.5.7 Cubre Pickup OPCIONAL
1.5.8 Barra Antivuelco exterior de acero tipo minera
1.5.9 Llave adicional de cruz
1.5.10 Gata adicional
1.5.11 Lanza
1.6 MANUALES
1.6.1 Manual del Vehículo original de fábrica.
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Artículo 6°: Compromisos del PROVEEDOR adjudicado |
Una vez adjudicado el proceso, el PROVEEDOR y su contraparte técnica de la SEREMI de Salud, deberán coordinar, dentro del
plazo indicado en su oferta, el retiro de los vehículos para dar inicio al servicio.
1.
Al momento de la entrega de los vehículos, el PROVEEDOR en conjunto con su contraparte técnica, deberán realizar un chek-list del
estado de las camionetas, así como la entrega de fotografías del estado del vehículo, lo mismo cuando finalice el servicio y se realice
la entrega de éstos por parte de la institución.
2.
Una vez finalizado el proceso, el PROVEEDOR deberá coordinar con la contraparte técnica de la institución, la entrega o devolución
de los vehículos.
3.
El PROVEEDOR debe realizar las mantenciones preventivas que correspondan acorde al kilometraje y lo establecido por el
fabricante, para ello debe indicar dirección donde esta se llevará a cabo y asegurar que el vehículo será atendido en el plazo de 24 de
4.
horas desde solicitada la mantención.
Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la entidad licitante en un plazo
máximo de 2 días hábiles administrativos, contado desde su notificación (a excepción de lo indicado respecto de las mantenciones
preventivas que deben ser en un plazo de 24 horas).
5.
6. Mantener documentación obligatoria de vehículos al día.
7. Entregar oportunamente informes solicitados por la entidad licitante.
8. Dar cumplimiento a lo indicado en Artículo 4° Aspectos a considerar por el oferente.
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Artículo 7°: Contraparte técnica y compromisos de los funcionarios/as. |
La contraparte técnica estará a cargo de la jefa del Departamento (o quien le subrogue) y/o del funcionario designado para la revisión y
certificación de documentación del servicio enviada por PROVEEDOR, así como de la coordinación para ingreso a servicio técnico de los
vehículos.
Será la contraparte técnica, la encargada de dar visto bueno al PROVEEDOR adjudicado por el servicio de arriendo realizado durante cada
mes, con el fin de que se emita la factura correspondiente.
Será la contraparte técnica, la encargada de elaborar el certificado de cumplimiento respectivo que acompañará la factura para el proceso
de pago. Este certificado debe ser firmado por la jefa del Departamento (o quien le subrogue) y/o del funcionario designado para esta labor.
Los deberes y obligaciones que deberán cumplir los funcionarios/as de la SEREMI de Salud que utilizarán el servicio:
1. Como funcionario público, se deberá mantener un trato cordial y respetuoso entre pares, y con terceras personas.
2. Informar de cualquier situación o siniestro a la contraparte técnica de la SEREMI de Salud.
3. Velar por el resguardo del vehículo puesto a su cuidado.
4. Realizar el retiro, según lo coordinado con PROVEEDOR adjudicado y check-list de los vehículos para dar inicio al servicio.
5. Realizar la entrega, según lo coordinado con PROVEEDOR adjudicado y check-list de los vehículos al finalizar el servicio
Luego de coordinado, los usuarios de los vehículos serán los encargados de trasladar los vehículos a los servicios técnicos
dispuestos por el prestador, en el día y horario asignado.
6.
En lo que respecta a las multas de tránsito suscritas a placas patentes de los vehículos objeto del servicio de arriendo, siempre y cuando
estos hayan sido operados por la Institución y sus dependientes a la fecha de registro de la infracción, deberán ser cobradas de manera
independiente a la institución, haciendo presente que el prestador del servicio contratado deberá regularizar la situación de los vehículos,
debiendo mantener todos los vehículos con su respectiva documentación vigente.
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Artículo 8°: Monto disponible, vigencia y renovación del servicio. |
El monto disponible para la presente contratación es de $ 20.200.000 para la totalidad del servicio. El servicio tendrá vigencia hasta 30 de
septiembre de 2024.
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Artículo 9°: Requisitos mínimos para participar. |
Podrán participar todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que emitan factura con IVA y que cumplan con los requisitos establecidos
en las presentes bases.
No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
●
No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del
Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el
plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
●
No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una
sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que
aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director
de cualquiera de las sociedades antedichas.
●
Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de
celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
●
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”,
la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio
de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través
de los medios oficiales disponibles.
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Artículo 10°: Antecedentes legales para ofertar. |
Adjuntar los documentos descritos a continuación:
10.1. Persona Natural.
Antecedentes solicitados
Proveedores INSCRITOS en
Registro de Proveedores del
Estado
Proveedores NO INSCRITOS en Registro de
Proveedores del Estado, que estén inscritos sin
antecedentes actualizados o no se encuentren
vigentes.
Fotocopia de Cédula de Identidad. Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público
Certificado de iniciación de actividades. Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público.
Certificado de deuda Tesorería General
de la Republica
Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público.
10.2. Persona Jurídica.
Antecedentes solicitados
Proveedores INSCRITOS en
Registro de Proveedores del
Estado
Proveedores NO INSCRITOS en Registro de
Proveedores del Estado, que estén inscritos sin
antecedentes actualizados o no se encuentren
vigentes.
Fotocopia del Rut del oferente Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público
Fotocopia de Cédula de Identidad del
Representante Legal
Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público.
Escritura de Poderes del oferente o del
Representante Legal.
Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público
Certificado de Vigencia del oferente Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público.
Certificado de deuda Tesorería General
de la Republica
Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado
Público.
Instrumento público o escritura de
constitución de la persona jurídica y
sus modificaciones, con sus
respectivas inscripciones y certificados
de vigencia si fuera el caso.
Acreditar en Registro de
Proveedores
Adjuntar en la oferta presentada en el Portal Mercado Público
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Artículo 11° Plazos de la Licitación. |
La presente Licitación se desarrollará conforme a las etapas y plazos que se indican en la ficha de licitación del portal
www.mercadopublico.cl.
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación, se encontrarán a
disposición de los interesados en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo.
Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizadas única y
exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en el formulario del Portal.
Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, en el plazo señalado en la ficha del Portal. Tanto las consultas y respuestas o
aclaraciones, se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de
consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa
certidumbre sobre los mismos, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de los mismos. No serán admitidas las
consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la SEREMI de Salud podrá modificar las presentes Bases, si estima que ello
resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Lo anterior, sin perjuicio que la realización de dicha modificación
sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información. En tales circunstancias la SEREMI de Salud deberá prorrogar el
plazo, para presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de antecedentes, considerando lo estipulado
en el plazo anterior, prorroga que será otorgada a todos los oferentes en las mismas condiciones y que no podrá ser inferior a 3 días ni
superior a 10 días.
El plazo de recepción de cierre de las ofertas, se realizará en la fecha prevista e informada en ficha de licitación del Portal.
Extensión del plazo de licitación: La SEREMI de Salud se reserva el derecho de ampliar el plazo de cierre, apertura y adjudicación del
proceso de Licitación, si 5 horas antes de la hora y fecha señalada como cierre no se hubieren presentado Oferentes. El plazo para ofertar
se extenderá automáticamente por un período de 5 días hábiles a contar de la fecha de cierre inicial, asimismo, su plazo de apertura y
adjudicación.
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista e informada en
ficha de licitación del Portal.
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Artículo 12°: Presentación de la oferta. |
Cada proponente podrá presentar más de una propuesta (por separado). Los Antecedentes Administrativos, Técnicos, Económicos y
anexos, se deberán presentar en un mismo acto, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl,
incluyendo el nombre y firma del representante legal del proponente cuando así lo requiera, hasta el día y la hora que señalen las presentes
Bases, en ficha de licitación del Portal Mercado Público.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas
propuestas. En caso de indisponibilidad del Portal o problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección
de Compras y Contratación Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno,
atrasos u omisiones en el ingreso de la información al Portal.
Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal, por lo tanto, no se aceptarán Ofertas que se presenten por otro medio
distinto a lo establecido en estas Bases.
La SEREMI de Salud podrá verificará la información del Proveedor a través de los medios disponibles.
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Artículo 13° Contenido de la “Oferta económica, administrativa y técnica”. |
El contenido de la propuesta será el siguiente:
13.1 Presentación de antecedentes administrativos:
Antecedentes administrativos
● Formato de Identificación del oferente persona natural o jurídica. Anexo N° 1.
● Carta Aceptación de Bases persona natural o jurídica. Anexo N° 2.
● DJ Causales de inhabilidad e incompatibilidad y deudas con trabajadores. Anexo N° 3.
● Documentos para acreditar lo solicitado en Artículo 3° servicio requerido.
● Adjuntar Fichas Técnicas de ambas camionetas ofertadas.
En caso de no presentar uno o más de los documentos administrativos o antecedentes legales para ofertar, o que estos no estén
debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda, la Comisión de Evaluación podrá solicitar por medio de
las aclaraciones a la oferta, la presentación de los documentos omitidos, en un plazo de 24 horas corridas, conforme a los dispuesto en las
presentes bases. En caso de no responder a dicha solicitud, la oferta será declarada inadmisible.
13.2. Presentación de antecedentes económicos:
Los oferentes deberán indicar en su propuesta económica el valor del servicio ofertado. Anexo N° 4 “Oferta Económica”. Este deberá ser
presentado en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl.
De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada
en el Anexo N° 4, se considerará lo indicado en este último documento.
13.3. Presentación de antecedentes técnicos:
La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo a los criterios consignados en el Artículo N° 15, para ello, se considerará la
información presentada en los siguientes documentos:
● Oferta Técnica. Anexo N° 5.
● Cantidad de trabajos realizados por la empresa de acuerdo a servicio solicitado. Anexo N° 6.
● Días de entrega, antigüedad y rendimiento mixto de vehículos. Anexo N° 7.
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Artículo 14°: Subsanación de errores u omisiones formales. |
La SEREMI de Salud, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se
entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al
oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La
responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de
documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
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Artículo 15°: Comisión evaluadora, criterios de evaluación y adjudicación de las ofertas. |
15.1 Comisión evaluadora.
El análisis y evaluación de las propuestas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por los siguientes funcionarios o sus
subrogantes legales, todos los cuales deben tener la calidad de funcionarios públicos.
● Jefe Departamento Desarrollo Institucional o quien le subrogue para estos efectos.
● Jefe Departamento de Acción Sanitaria o quien le subrogue para estos efectos.
● Encargada de Unidad de Apoyo Administrativo DAS o quien le subrogue.
● Encargado de Proceso de Licitación o quien le subrogue.
Corresponde a la Comisión Evaluadora dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 40 bis del Decreto Supremo N°250 del Ministerio de
Hacienda.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo
con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
15.2 Criterios de Evaluación.
Se asignará puntaje a cada PROVEEDOR de acuerdo a los Criterios establecidos, que refleje y permita obtener una ponderación final por
oferta, comparando en igualdad de condiciones la conveniencia técnico – económica de cada una de ellas.
Los puntajes para cada Criterio, su ponderación y puntaje máximo total ponderado serán los siguientes:
Criterio Ponderación en %
Precio (Propuesta Económica) 35
Antigüedad de los vehículos 25
Rendimiento mixto 15
Cantidad de trabajos realizados por la empresa de acuerdo al servicio solicitado 10
Plazo de entrega de los vehículos 10
Salva errores u omisión de requisitos formales 5
PUNTAJE MAXIMO TOTAL PONDERADO 100%
15.2.1.-Criterio Precio (35%)
Para efectos de evaluación de la oferta económica, solo se considerarán aquellas ofertas que no superen el monto disponible, aplicando lo
informado en la siguiente fórmula:
Precio Mínimo x 100 = Puntaje asignado x ponderación 35% = Puntaje Ponderado.
Precio Evaluado
15.2.2.-Antigüedad de los vehículos (25%)
Para efectos de evaluación de este criterio, se promediará la antigüedad de ambos vehículos ofertados, y se aplicará la siguiente tabla:
Promedio Antigüedad de los vehículos Puntaje
Año 2023 100
Año 2022 75
Año 2021 50
Año 2020 25
Año 2019 0
15.2.3.-Rendimiento mixto (15%)
Para efectos de evaluación de este criterio, se promediará el rendimiento de ambos vehículos ofertados, y se aplicará la siguiente tabla:
Rendimiento de los vehículos Puntaje
Mayor rendimiento mixto 100
Segundo mayor rendimiento mixto 80
Tercer mayor rendimiento mixto 60
Cuarto mayor rendimiento mixto 40
Quinto o más 20
15.2.4. Cantidad de experiencia de la empresa de acuerdo al servicio solicitado. (10%)
La experiencia de la empresa se considerará en base a la cantidad de contratos, para ello el Proveedor deberá presentar Anexo N° 5.
Para acreditar lo indicado en anexo, se considerarán los documentos presentados por el Proveedor que acrediten su experiencia en
servicios iguales o similares a lo solicitado, como, por ejemplo, órdenes de compra en estado “Recepción Conforme”, copias de Contratos,
Facturas ya sea con Instituciones Públicas o Privadas:
Cantidad de experiencia de la empresa en el rubro solicitado PUNTAJE
Mas de 10 contratos ejecutados 100
Entre 8 y 10 contratos ejecutados 75
Entre 5 y 7 contratos ejecutados 50
Entre 2 y 4 contratos ejecutados 25
No informa o no se puede demostrar 0
Si no cuenta con experiencia debe indicarlo en este anexo.
15.2.5. Plazo entrega (10%)
Para el cálculo de este criterio se asignará puntaje de acuerdo al plazo indicado por oferente para la entrega de los vehículos en dirección
indicada:
Plazo de entrega PUNTAJE
Menor plazo de entrega 100
Segundo menor plazo de entrega 50
Tercer menor plazo de entrega 25
Cuarto menor plazo de entrega 0
15.2.6. Subsanación de errores u omisión de requisitos formales (5%)
Para la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o
se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de
certificaciones o antecedentes administrativos incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo
dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al
oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La
responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
ESPECIFICACIÓN PUNTAJE
No se requiere solicitar salvar errores formales 100
Salva errores formales solicitado a través de portal 50
No salva errores formales solicitado a través de portal 0
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Artículo 16°: Mecanismo de resolución de empates. |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en
condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por
orden de prelación:
1. PRECIO
2. ANTIGÜEDAD DE LOS VEHÍCULOS
3. RENDIMIENTO DE VEHÍCULOS
4. CANTIDAD DE EXPERIENCIA DE LA EMPRESA
5. PLAZO DE ENTREGA
6. SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Artículo 17°: De la Adjudicación. |
La SEREMI de Salud adjudicará la licitación a la oferta o propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus
correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las bases considerando sus objetivos. Es preciso señalar, que no
necesariamente se adjudicará a la oferta más económica, puesto que se evaluará además si aquélla se ajusta técnicamente a lo requerido.
Reservándose el derecho de adjudicar la propuesta a cualquiera de los oferentes conforme a las normas legales vigentes y las presentes
bases, como asimismo a declarar desierta la licitación o inadmisibles las propuestas en los casos indicados en los siguientes artículos.
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Artículo 18°: Re adjudicación. |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra que formaliza la adquisición conforme a lo dispuesto
en el artículo 63 del reglamento de la Ley N°19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes
bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación
original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos
contados desde la publicación de la adjudicación original.
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Artículo 19°: Inscripción en el Registro de Proveedores. |
En caso que el prestador no esté inscrito en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, este estará obligado a inscribirse hasta
antes del momento de la emisión de la orden de compra respectiva.
En caso que no proceda a la inscripción, la SEREMI DE SALUD, entenderá que se ha desistido de celebrar el Contrato, pudiendo dejar sin
efecto la resolución que aprueba la adjudicación.
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Artículo 20°: Requisitos para contratar. |
Documentos Persona Natural:
1. Certificado de estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado.
2. Fotocopia legalizada Cédula de Identidad.
3. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en razón de:
No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos
años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886).
●
No haber sido condenado de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado
de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).
●
No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los
dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato.
●
Documentos Persona Jurídica:
1. Certificado de estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado.
2. Fotocopia legalizada Cédula de Identidad.
3. Certificado de Vigencia de la Sociedad.
4. Certificado de Boletín de Informes Comerciales.
5. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en razón de:
No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos
años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886).
●
No haber sido condenado de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado
de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).
●
No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los
dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato.
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Los servicios que se contraten se materializarán con la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl.
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Artículo 21°: Validez de la oferta. |
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una re adjudicación,
este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán
de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este
contrato.
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Artículo 22°: Contratación. |
El artículo 63 del Decreto N° 250/2004 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala que los Contratos menores a
100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del PROVEEDOR. En caso que una
orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una
vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Esto también regirá para montos mayores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM por tratarse de un servicio de simple y objetiva
especificación, lo que queda establecido en las presentes bases de licitación.
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Artículo 23°: Inscripción en el Registro de Proveedores. |
En caso que el prestador no esté inscrito en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, este estará obligado a inscribirse hasta
antes del momento de la emisión de la orden de compra respectiva.
En caso que no proceda a la inscripción, la SEREMI de Salud, entenderá que se ha desistido de celebrar el Contrato, pudiendo dejar sin
efecto la resolución que aprueba la adjudicación.
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Artículo 24°: Norma y orden de precedencia de los documentos. |
Esta licitación pública se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°250 de 2004 del
Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, las directivas de contratación pública y por la siguiente documentación, en el orden de
precedencia que se indica en caso de existir discrepancia entre ellos:
Aclaraciones y respuestas sobre los documentos de la licitación o las bases entregadas por la SEREMI DE SALUD, de oficio o con
motivo de alguna consulta de los proponentes.
1.
2. Bases administrativas, técnicas, económicas y los respectivos anexos.
3. Oferta del proponente.
4. Acta de apertura electrónica y acta de evaluación.
5. Resolución de adjudicación.
6. Resolución declara desierta o inadmisible.
Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta
en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI DE SALUD, pudiendo recurrir a todas las instancias
legales que le permite la ley para resolver controversias.
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Artículo 25°: Cesión del Contrato y subcontratación. |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de
esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a
un tercero la ejecución de sus obligaciones.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
La infracción de esta prohibición dará derecho a la SEREMI DE SALUD, para poner término anticipado al Contrato, en forma inmediata. Lo
anterior es sin perjuicio de la transferencia que se puede efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos
justificativos de los créditos que emanen del respectivo Contrato.
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Artículo 26°: Facturación y pago. |
26.1 Facturación
Se emitirá una orden de compra por la adquisición. Al finalizar cada mes, durante el periodo que dure el servicio, una vez que la unidad
requirente informe al PROVEEDOR con copia a la encargada administrativa del proceso, su recepción conforme de los servicios, el
PROVEEDOR deberá emitir Factura con los siguientes datos:
SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o SEREMI DE SALUD SALUD DE TARAPACÁ.
DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR.
RUT : 61601000-K
CIUDAD : IQUIQUE.
GIRO : SERVICIO PUBLICO.
FORMA DE PAGO: CRÉDITO.
Facturar indicando en campo referencia (801) el ID de la orden de compra, que debe ser idéntico a como aparece en mercado público
(ejemplo: 2270-xxx-SE23).
Enviar archivo XML de factura a la casilla subsalrecepcion@custodium.com antes de 72 horas de emitida, de lo contrario será rechazada
automáticamente por la plataforma.
Cualquier error en los datos indicados, puede resultar en el rechazo de la factura o en la solicitud de Nota de Crédito.
La SEREMI de Salud tendrá un plazo de 8 días contados desde su presentación, para proceder al reclamo del contenido de la factura
conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983.
26.2 Pago
Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad del mismo por el jefe del Departamento o su subrogante, adjuntando los
documentos que se señalan a continuación:
1. Orden de compra: Emitida por la SEREMI de SaludRegión de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme”.
Certificado de cumplimiento: El certificado será emitido por el encardo de Unidad o su subrogante. En el certificado se debe indicar la
plena conformidad de los servicios contratados, indicando si se debe aplicar disminución y/o multas por incumplimiento de contrato.
2.
Factura: Concordante con la orden de compra la factura deberá contener el N° de la orden de compra, glosa con descripción del mes
y servicio realizado.
3.
4. Para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia.
La Institución tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su recepción conforme, para realizar el pago.
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Artículo 27°: Modificaciones y término Anticipado del servicio. |
27.1 Modificación.
El contrato o la orden de compra, bases de licitación y especificaciones técnicas podrán modificarse por:
1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes
para garantizar el cumplimiento del contrato.
2.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Las demás que se establezcan en estos Bases de licitación u orden de compra.
La muerte del PROVEEDOR en caso de persona natural o de uno de sus socios en caso de persona jurídica a menos que la
legislación o el pacto social permitan su continuidad.
5.
27.2 Término Anticipado del servicio.
La SEREMI de Salud podrá modificar o poner término anticipado, de conformidad al artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se
verifican las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no
ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin
2.
que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en
el cumplimiento de sus funciones.
3. Denostar el adjudicatario y/o sus trabajadores a través de medios de comunicación o redes sociales a la Institución.
Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
contratados en los últimos dos años, en los casos que corresponda.
4.
Si el adjudicatario fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de
responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de
Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación.
5.
6. Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese la persona natural adjudicataria.
7. Incurrir el adjudicatario en falsedad en la documentación presentada.
Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del
respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal
de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad
licitante.
8.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual
objeto de la presente licitación.
9.
10. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
11. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
12. Infracción indicada en Artículo 25° de las presentes bases.
27.3 Procedimiento administrativo de término anticipado del contrato
Mediante oficio se informará al PROVEEDOR adjudicado el término anticipado del contrato, el cual podrá manifestar sus descargos. Dentro
del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la
resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el PROVEEDOR adjudicado podrá interponer un recurso de
reposición ante el la SEREMI de Salud, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (5) días hábiles contados desde su recepción en la
oficina de partes de la institución.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que
esto se haya efectuado, la SEREMI de Salud deberá resolver sobre el término del contrato mediante la dictación del acto administrativo
correspondiente.
Caso fortuito o fuerza mayor: Si durante el desarrollo del proceso de adquisición y cumplimiento del Contrato, se presentaran eventos de
fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales o cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, el
adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia por escrito a la SEREMI de salud al email grelfa.morales@redsalud.gob.cl con copia a
sandra.povedam@redsalud.gob.cl, dentro de los 2 días siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y entregando la
documentación pertinente que explique cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación de los plazos
comprometidos.
La SEREMI de Salud en vista de los antecedentes que presente el PROVEEDOR adjudicado, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor
o caso fortuito, emitiendo un informe a la SEREMI de Salud y ésta, mediante Resolución Fundada, dará lugar o no a los hechos.
Transcurrido el plazo de 5 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del adjudicatario fundamentándose en razones de
caso fortuito o fuerza mayor.
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Artículo 28°: Multas. |
Si el PROVEEDOR adjudicado incurriera en incumplimiento, corresponderá aplicar las multas y demás sanciones que por este concepto se
consideran, según se indica en el acápite de las multas señaladas en las presentes bases. La Certificación de las incidencias que sean
meritorias de sanción, ya sea amonestación, aplicación de multa o término anticipado de Contrato, estará a cargo de la contraparte técnica
de la SEREMI de Salud..
Retraso en la fecha de inicio del servicio. 1 (una) UTM por cada día de retraso en la entrega de los vehículos de acuerdo a los plazos
acordados, por razones ajenas a la SEREMI de Salud e imputables al Prestador.
1.
Incumplimiento al Artículo 5° “Compromisos del PROVEEDOR”, en cualquiera de sus letras. Al primer incumplimiento una
amonestación por escrito a y la segunda se aplicará 1 (una) UTM aplicable sobre la factura del mes correspondiente.
2.
No contar con vehículo de reemplazo cuando este se requiriere o no se enviará en el tiempo acordado para estos efectos, se aplicará
1 (una) UTM por cada día de retraso.
3.
28.1 Reglas comunes a todas las multas
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato. Se configurará la causal de término anticipado
del contrato, cuando se supere el límite del 20% (en multas) del valor total neto del contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa,
o podrán ser descontadas de las facturas pendientes de pago.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer
efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo
con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la
Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
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Artículo 29°: Resciliación o término de mutuo acuerdo |
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de
común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
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Artículo 30°: Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos |
Se notificará al adjudicatario la multa correspondiente acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica
donde se dé cuenta de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior, se efectuará por correo electrónico del adjudicatario que declare en la oferta y en Registro de Proveedores.
Una vez notificada, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante la SEREMI de Salud, quien
resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la
SEREMI. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el adjudicatario se allane expresamente, la sanción deberá
aplicarse mediante resolución fundada de la SEREMI, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley
N°19.880.
Con todo, las multas establecidas, serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios
causados por el incumplimiento del adjudicatario.
Se entenderá que el PROVEEDOR adjudicado está en mora por el sólo incumplimiento de los plazos establecidos para cualquiera de las
obligaciones pactadas, y no será necesario requerimiento judicial previo.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la SEREMI de Salud de poner término anticipado al Contrato en los casos
previstos en él y en las presentes bases.
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Artículo 31°: Servicios Adicionales y Disminuciones. |
En caso, que la SEREMI de Salud requiera un servicio adicional no contemplado en las bases técnicas ni en la oferta del PROVEEDOR
adjudicado, se podrá aumentar el desarrollo y valor de los mismos hasta un 30% del valor total del Contrato adjudicado, impuesto incluido, y
solo por única vez.
La SEREMI de Salud podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al PROVEEDOR adjudicado,
por correo electrónico y/o mediante oficio, por hasta un 30% del valor del Contrato, por una vez, lo que se indicará en el certificado de
cumplimiento previo a la emisión de la factura.
Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del
Contrato, acorde a los servicios contratados.
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Artículo 32°: Naturaleza de la prestación de servicios. |
El PROVEEDOR adjudicado, sólo ejecutará las prestaciones de servicio de arriendo de camionetas y no tendrá la calidad de dependientes
de la SEREMI de Salud, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará
sometido a las disposiciones laborales vigentes.
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Artículo 33°: Domicilio y Jurisdicción. |
Para los efectos de esta licitación, los oferentes deberán fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Iquique y someterse a la jurisdicción de
sus Tribunales de Justicia.
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Artículo 34°: Notificaciones. |
Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación, se entenderán realizadas luego de trascurridas
24 horas desde que la SEREMI de Salud publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
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