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Generalidades |
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El presente proceso de compras se regirá por las bases administrativas, técnicas y anexos complementarios establecidos, así como por las
normas legales y reglamentarias vigentes aplicables al llamado. Además, serán consideradas como reglas propias de la propuesta las
aclaraciones escritas emitidas por la SEREMI de Salud Región Tarapacá, ya sea a solicitud de los oferentes o impartidas de oficio, según
los plazos y condiciones señalados.
Estas bases técnicas, económicas y administrativas tienen como objetivo regular el procedimiento de licitación pública, estableciendo los
fines, condiciones y requisitos que regirán tanto el proceso de adjudicación como la posterior ejecución del contrato.
Asimismo, se deja constancia de que la presentación de una oferta implica la aceptación íntegra e incondicional de todas las disposiciones y
condiciones estipuladas en estas bases.
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Artículo 1° Objetivo general y Justificación de la adquisición. |
La SEREMI de Salud de Tarapacá, a través del Laboratorio de Salud Pública Ambiental, tiene como misión dar respuesta a la realización de
ensayos microbiológicos y fisio químicos solicitados por programas de vigilancia sanitaria, que contribuyen con el cuidado de la Salud
Pública de la Región de Tarapacá. Para cumplir con esta labor, se requiere que dichos ensayos se ajusten a los requisitos técnicos de los
diferentes organismos fiscalizadores, para lo cual se necesita contar con placas de recuentos de microorganismos Petrifilm, cuyas
metodologías se encuentran verificadas por el Laboratorio de Salud Pública.
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METODOLOGÍAS VERIFICADAS
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RECUENTO AEROBIOS MESÓFILOS CON PLACAS PETRIFILM
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Siembra en placa rehidratable
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AOAC 989.10/ 990.12/ 986.33
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RECUENTO S. AUREUS CON PLACAS PETRIFILM
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Siembra en placa rehidratable
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AOAC 2003.07 /.08 /.11
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RECUENTO E. COLI Y COLIFORMES CON PLACAS PETRIFILM
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Siembra en placa rehidratable
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AOAC 998.08 / 991.14
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RECUENTO MOHOS Y/O LEVADURAS CON PLACAS PETRIFILM
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Siembra en placa rehidratable
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AOAC 997.02
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RECUENTO ENTEROBACTERIAS CON PLACAS PETRIFILM
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Siembra en placa rehidratable
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AOAC 2003.01
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Artículo 2° Bienes requeridos. |
La modalidad de esta licitación es de Suministro, lo que significa que la entrega de los productos adjudicados deberá ser durante el periodo
de un año, cada vez que esta SEREMI de Salud Tarapacá lo requiera, canalizada por medio de la emisión de una orden de compra del
portal Mercado Público.
Se indicará los productos, su descripción y la cantidad requerida, información que el proveedor deberá considerar al momento de ofertar a
través del portal de mercado público, indicando el valor neto unitario de cada producto.
Productos a Licitar:
Se establece que los siguientes productos con sus características técnicas son obligatorios y excluyentes para participar en la
presente licitación. Las propuestas deben contener la totalidad de los productos solicitados:
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Producto
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Descripción
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Unidad
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Cantidad
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Petrifilm E. coli/ Coliformes
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25x20 placas (500)
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Caja
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6
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Petrifilm Stáfilococus aureus Express
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20x25 placas (500)
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Caja
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6
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DISCO STAPHY EXPRESS
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X100 unidades
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Caja
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3
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Petrifilm Recuento aerobios
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20x50 placas (1000)
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Caja
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2
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Petrifilm Mohos y levaduras
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20x50 placas de (1000)
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Caja
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2
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Petrifilm Enterobacteriaceas
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50 unidades
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Caja
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8
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Los proveedores interesados en participar de la presente licitación deberán ofertar por la totalidad de los productos solicitados.
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Artículo 3° Lugar y plazo de entrega de los bienes. |
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Los insumos deberán ser entregados en las dependencias del Laboratorio de Salud Ambiental de la SEREMI de Salud de Tarapacá,
ubicado en Calle Ernesto Riquelme 378, en la ciudad de Iquique, a contra pedido según los plazos acordados con la contraparte técnica. De
existir cambio en la dirección, esta será debidamente informada al proveedor con antelación al envío de productos correspondientes.
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Artículo 4° Contraparte técnica de la SEREMI de Salud. |
Será la Contraparte Técnica de la SEREMI, la Encargada del Laboratorio de Salud Ambiental de la SEREMI de Salud de Tarapacá o quien
le subrogue para tales efectos. Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta
ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica de la SEREMI, entre otros, efectuar las recepciones y
realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la licitación que corresponden a las fases definidas para
este proyecto, y que serán entregados por el Proveedor.
Las comunicaciones entre el ejecutor y la SEREMI se realizarán preferentemente a través de correo electrónico de
leticia.pepe@redsalud.gob.cl con copia a fabiola.cabrera@redsalud.gob.cl y a sandra.poveda.m@redsalud.gob.cl.
Al efecto, la Contraparte Técnica de la SEREMI podrá informar a la SEREMI respecto de cualquier incumplimiento del proveedor a las
obligaciones asumidas por éste en virtud del contrato.
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Artículo 5°: Monto disponible. |
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El monto disponible para la presente adquisición es de $ 22.076.468, impuestos y flete incluidos.
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Artículo 6°: Requisitos mínimos para participar. |
Podrán participar todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que emitan factura, que acrediten su idoneidad técnica y cumplen con los
demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases y que no registren alguno de los delitos concursales establecidos en el
Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4 de la Ley de Compras. Deberá cumplir con todos aquellos requisitos para ofertar indicados en Declaración Jurada de Mercado
Público.
● El Proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
(en los 2 años previos a la oferta o el contrato, art. 4° ley 19.886)
●
El Proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos,
financiamiento al terrorismo, (art. 10 ley 20.393) .
● No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (art. 4° ley 19.886).
● No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26,
letra d, de DL 211)
● El Proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (art. 4° ley 19.886).
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Artículo 7° Requisitos especiales de los oferentes |
1. Los oferentes deberán acreditar trabajo y experiencia en el rubro y ser distribuidores de PETRIFILM, adjuntando currículum de la
empresa.
2. Los oferentes deberán ingresar el monto unitario de cada producto en licitación, en valor neto, sin impuesto.
3. Los oferentes deberán estar “hábiles” en el portal de Mercado Público.
4. Los oferentes deberán completar anexos con información solicitada.
5.Garantizar que los insumos solicitados al proveedor adjudicado se envíen a contra pedido en base a los a los requerimientos de
compra por suministro, como mínimo tiempo de vencimiento 12 meses al momento de recepción.
6.
Se requiere que independiente de la orden de compra, los productos sean enviados a contra pedido dentro de los requerimientos del
laboratorio durante el periodo de la licitación y que se indique plazo de entrega desde envío del correo con solicitud de pedido a
entrega en laboratorio ubicado en Ernesto Riquelme #378, Iquique (De existir cambios en la dirección esta será informada al
proveedor con la debida anticipación).
7. Garantizar el stock disponible en Chile al momento de la adjudicación o que informen la fecha de disponibilidad del producto.
8. Los valores de la oferta deberán incluir flete, puesto en bodega en dependencias del Laboratorio de Salud Pública de la SEREMI
Salud Tarapacá (Ernesto Riquelme #378, Iquique, de existir cambios en la dirección esta será informada al proveedor con la debida
anticipación).
9. No se aceptarán cobros adicionales relacionados al precio ofertado, bajo ninguna circunstancia.
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Artículo 8° Plazos de la Licitación |
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación, se encontrarán a
disposición de los interesados en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo.
Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizadas única
y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en el formulario del Portal.
Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, en el plazo señalado en la ficha del Portal. Tanto las consultas y respuestas o
aclaraciones, se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de
consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa
certidumbre sobre los mismos, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de los mismos. No serán admitidas las
consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El plazo de recepción de cierre de las ofertas, se realizará en la fecha prevista e informada en ficha de licitación del Portal.
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista e informada en
ficha de licitación del Portal.
Modificaciones a las bases La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una
consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se
lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la
modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los Proveedores
interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
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Artículo 9°: Presentación de la Propuesta. |
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de
compras, y únicas.
Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos se deberán presentar en un mismo acto, a través de los anexos que acompañan
las bases de licitación y publicados en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, incluyendo
el nombre y firma del representante legal cuando corresponda.
Cada proponente podrá presentar solo una propuesta, en el plazo indicado en las bases.
Las ofertas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el
valor expresado en pesos chilenos, siendo de su responsabilidad los errores de cálculo o transcripción.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas
propuestas. En caso problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación
Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno, atrasos u omisiones en el ingreso
de la información al Portal.
Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal, por lo tanto, no se aceptarán Ofertas que se presenten por otro medio
distinto a lo establecido en estas Bases.
Para garantizar la transparencia y la capacidad técnica, económica y legal de los participantes, se solicita adjuntar los siguientes
documentos a su propuesta:
9.1 Antecedentes administrativos solicitados:
Se solicitan los siguientes antecedentes administrativos:
● Anexo N° 1: Identificación del oferente (persona natural o jurídica).
● Anexo N° 2: Declaración Jurada sobre inhabilidades, incompatibilidades y deudas laborales.
● Currículum de la empresa.
●Certificado de vigencia del oferente: Personas jurídicas: Certificado del Registro de Comercio, acreditando que la empresa está
activa.Personas naturales: Copia de la cédula de identidad.Acreditación de representación legal (si aplica).
●Certificado de
cumplimiento tributario: Emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), para acreditar que no existen deudas fiscales.
9.2. Antecedentes Económicos:
Los oferentes deberán presentar el Anexo N° 3, detallando la Oferta Económica. (No se aceptarán propuestas económicas por $1).
De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada
en el Anexo N° 3, se considerará lo indicado en este último documento.
9.3. Antecedentes Técnicos:
El cumplimiento técnico será evaluado de acuerdo a lo indicado en el Anexo N° 4 Oferta técnica y garantía y los documentos que respalden
lo señalado.
● Certificado de calidad de los productos.
● Ficha técnica de los productos.
La ausencia de alguno de estos documentos no descalificará automáticamente la oferta, pero podría impactar negativamente en la
puntuación técnica asignada.
9.4 Subsanación de errores u omisiones formales.
La SEREMI de Salud, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se
entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al
oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La
responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de
documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl
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Artículo 10°: Apertura de ofertas, Comisión evaluadora y criterios de evaluación. |
El procedimiento de apertura, evaluación y adjudicación de las propuestas recibidas, se realizará una vez cerrada la licitación, sobre la base
de los antecedentes que los oferentes participantes deberán entregar a la SEREMI, vía Sistema Mercado Público y que se especifican en
los distintos puntos de las presentes Bases de Licitación.
10.1 Comisión evaluadora.
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión integrada por los siguientes funcionarios o sus subrogantes legales, todos con
la calidad de funcionarios públicos:
● Jefa del Laboratorio del Ambiente.
● Encargada de Unidad de Recursos Físicos y Abastecimiento.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo
con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración de no inhabilidad ni conflicto de interés, en conformidad a lo
dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de Compras.
10.2 Criterios de Evaluación.
Se asignará puntaje a cada oferta de acuerdo a los Criterios establecidos, que refleje y permita obtener una ponderación final por oferta,
comparando en igualdad de condiciones la conveniencia técnico – económica de cada una de ellas.
La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:
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Nº
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Criterio
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Ponderación
En %
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1
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Precio: Se evaluará la propuesta económica presentada por el oferente
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40
|
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2
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Certificación de Calidad, que acredite el cumplimiento de estándares y normativas aplicables.
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25
|
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3
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Ficha técnica de los productos que incluya las especificaciones técnicas, modo de uso, condiciones de almacenamiento y cualquier otra información relevante.
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20
|
|
4
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Plazos de tiempo de entrega a contra pedido de los productos desde la solicitud.
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10
|
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5
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Subsanación de errores u omisiones formales: Verificación de entrega oportuna
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5
|
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PUNTAJE MÁXIMO TOTAL PONDERADO
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100%
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10.2.1.-Criterio Precio (40%) Anexo N° 3:
El presente criterio tiene como objetivo evaluar la oferta económica presentada por los oferentes
en relación con el monto disponible informado en esta licitación. Solo se considerarán aquellas ofertas que no excedan dicho monto,
asegurando que las propuestas sean financieramente viables dentro del presupuesto asignado.
La evaluación se realizará utilizando la siguiente fórmula:
Precio Mínimo x 100 = Puntaje asignado x ponderación 40% = Puntaje Ponderado.
Precio Evaluado
Se privilegiarán las ofertas con precios competitivos, siempre que cumplan con los requisitos técnicos y administrativos establecidos en las
bases de licitación.
10.2.2 Certificado de calidad (25%): Este criterio tiene como objetivo evaluar el grado de cumplimiento y la calidad técnica de la propuesta
presentada por los oferentes en relación con las especificaciones detalladas en las bases de licitación. Para ello, se considerará la
presentación de certificados de calidad que respalden el cumplimiento de estándares técnicos, normativos y de fabricación de los productos
ofertados.
Se valorará especialmente la validez, relevancia y coherencia de los certificados con los requisitos establecidos, así como su capacidad
para garantizar la idoneidad y confiabilidad de los productos propuestos.
No se aceptarán documentos enmendados, poco legibles, incompletos o que presenten inconsistencias respecto a los requisitos
establecidos en las bases de licitación.
Todo documento deberá ser presentado en forma clara, sin tachaduras o correcciones visibles. La calidad de los documentos será
considerada en la evaluación, pudiendo la falta de cumplimiento derivar en la descalificación de la oferta correspondiente.
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Presenta certificado de calidad
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Puntaje
|
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Sí presenta. La oferta incluye los certificados de calidad válidos que acrediten el cumplimiento de estándares reconocidos, emitidos por un organismo competente o el fabricante.
|
100
|
|
No presenta. La oferta no incluye los certificados de calidad requerido o este no cumple con las condiciones solicitadas.
|
0
|
10.2.3 Ficha técnica (20%):
Este criterio tiene como finalidad evaluar la presentación de las fichas técnicas de los productos ofertados, las
cuales deben detallar las especificaciones técnicas y características relevantes de los mismos.
La presentación de fichas técnicas completas y coherentes con los requerimientos establecidos en las bases de licitación será un factor
determinante para asignar el puntaje correspondiente.
No se aceptarán documentos enmendados, poco legibles, incompletos o que presenten inconsistencias respecto a los requisitos
establecidos en las bases de licitación.
Todo documento deberá ser presentado en forma clara, sin tachaduras o correcciones visibles. La calidad de los documentos será
considerada en la evaluación, pudiendo la falta de cumplimiento derivar en la descalificación de la oferta correspondiente
|
Ficha Técnica
|
Puntaje
|
|
Sí presenta. La oferta incluye las fichas técnicas completas y claras que detallan las especificaciones técnicas, características relevantes y condiciones de uso y almacenamiento de los productos.
|
100
|
|
No presenta. La oferta no incluye las fichas técnicas o las presentadas son incompletas.
|
50
|
10.2.4 Plazo de entrega contra pedido (10%):
Este criterio busca evaluar el tiempo de entrega de los productos ofertados desde la
recepción del pedido, considerando la rapidez y cumplimiento como factores esenciales para la asignación del puntaje.
La evaluación se realizará de acuerdo con la siguiente escala:
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Plazo de entrega contra pedido
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Puntaje
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0 a 5 días hábiles
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100
|
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6 a 10 días hábiles
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50
|
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11 o 15 días hábiles
|
20
|
|
Mayor a 15 días hábiles o no indica
|
0
|
10.2.5. Subsanación de errores u omisiones formales (5%):
De acuerdo al artículo 56 del decreto 661/24, la Entidad Licitante podrá
solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información.
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Subsanación de errores u omisiones formales
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PUNTAJE
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No se requiere salvar errores formales
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100
|
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Salva errores formales solicitado a través de portal
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50
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No salva errores formales solicitado a través de portal
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0
|
|
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Artículo 11°: Desempate de ofertas. |
En caso de empate en el puntaje total final entre dos o más ofertas técnicamente admisibles, la Comisión Evaluadora aplicará el siguiente
orden de prelación de criterios para resolver el empate:
1. Mayor puntaje en el criterio Precio.
2. Mayor puntaje en el criterio Certificado de calidad.
3. Mayor puntaje en el criterio Ficha técnica.
4. Mejor plazo de entrega contra pedido.
5. Puntaje obtenido en subsanación de errores u omisión de requisitos formales.
Si aún persiste el empate, se seleccionará la oferta que haya sido ingresada primero en el portal www.mercadopublico.cl, considerando la
fecha y hora de ingreso registrada en el sistema
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Artículo 12°: De la Adjudicación, re adjudicación, inadmisibilidad, declaración desierta y notificación |
12.1 Adjudicación de la oferta: La SEREMI de Salud publicará en el Sistema de Información los resultados de sus procesos de licitación o
contratación. Asimismo, deberán publicar la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso, en
conformidad al artículo 59 de este reglamento.
Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de licitación, la SEREMI de Salud informará en el Sistema de
Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Asimismo,
podrá ser prorrogado en el caso del artículo 61 del presente reglamento.
La SEREMI de Salud adjudicará la licitación a la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases y conforme
a la normativa vigente. Podrá, asimismo declarar desierta la licitación o inadmisibles las propuestas, cuando se configuren las causales
establecidas en estas bases, en la ley de compras y su reglamento.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán
de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este
contrato.
La SEREMI de Salud no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.
No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. No podrán adjudicarse ofertas
que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en
conformidad a la ley.
En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose
definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Las consultas respecto de la adjudicación deberán ser formuladas en un plazo máximo no mayor a 48 horas y dirigidas al siguiente correo
electrónico: sandra.povedam@redsalud.gob.cl. Las respuestas a las consultas se realizarán a través del mismo y medio y con el mismo
plazo.
12.2 Re adjudicación: Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y
requisitos establecidos en las Bases para la aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la
Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde
la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
12.3 Inadmisibilidad de las ofertas: La SEREMI declarará inadmisibles aquellas ofertas que no se ajusten a los requerimientos
establecidos en las presentes Bases de Licitación, en la normativa legal o en el reglamento correspondiente.
Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un mismo procedimiento de contratación, se presenten propuestas
simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas que pertenezcan al mismo grupo empresarial o que se encuentren
relacionadas entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
En estos casos, la entidad licitante considerará, para efectos de evaluación, únicamente la oferta más conveniente presentada por empresas
del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con los criterios definidos en las Bases. Las demás ofertas serán
declaradas inadmisibles. En caso de que las Bases no establezcan criterios específicos, se considerará como oferta más conveniente
aquella que presente el menor precio y que cumpla técnicamente con lo solicitado.
En todos los casos, la resolución de inadmisibilidad deberá ser debidamente fundada y publicada en el Sistema de Información, conforme al
principio de publicidad y transparencia.
Serán consideradas inadmisibles aquellas ofertas que no oferten TODOS los productos solicitados.
12.4 Ofertas riesgosas o temerarias: De acuerdo al art. 61 del reglamento de compras, la SEREMI de Salud podrá declarar inadmisible
una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por
debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas
cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
12.5 Declaración de la licitación pública como desierta:
Se declarará desierto (o fallida) la licitación pública cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o
bien, estas no resulten convenientes a los intereses de la Entidad.
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Artículo 13°: Requisitos para contratar. |
Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación
financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro
de Proveedores establecido en el artículo 16, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la
propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido
condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en
el Código Penal.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos por concepto de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o de los últimos dos años, los pagos iniciales del contrato licitado deberán
destinarse al pago de dichas obligaciones. La empresa deberá acreditar el cumplimiento total de estas deudas al cumplirse la mitad del
plazo contractual, con un máximo de seis meses. El incumplimiento faculta a la SEREMI para poner término anticipado al contrato y excluir a
la empresa de futuras contrataciones.
Documentos Persona Natural:
1. Certificado de estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado.
2. Fotocopia legalizada Cédula de Identidad.
3. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en razón de:
●No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos
años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886).
●
No haber sido condenado de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado
de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).
●
No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los
dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato.
Documentos Persona Jurídica:
1. Certificado de estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado.
2. Fotocopia legalizada Cédula de Identidad.
3. Certificado de Vigencia de la Sociedad.
4. Certificado de Boletín de Informes Comerciales.
5. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en razón de:
●No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos
años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886).
●
No haber sido condenado de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado
de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).
●
No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los
dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato. Los servicios que se contraten se materializarán con la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl.
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Artículo 14°: Contratación y validez de las ofertas. |
El artículo 117 del Decreto Supremo N° 661/2024 señala que para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley de
Compras, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse
mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las
adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva
especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente
rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta,
será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y el presente reglamento.
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Artículo 16°: Cesión del Contrato y subcontratación. |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de
esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a
un tercero la ejecución de sus obligaciones.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
La infracción de esta prohibición dará derecho a la SEREMI de Salud, para poner término anticipado al Contrato, en forma inmediata. Lo
anterior es sin perjuicio de la transferencia que se puede efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos
justificativos de los créditos que emanen del respectivo Contrato.
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Artículo 17°: Facturación y pago. |
17.1 Emisión de Órdenes de Compra
La SEREMI de Salud de Tarapacá emitirá una orden de compra individualizando el ID de esta licitación y por el monto adjudicado, con
impuestos incluidos y flete incluidos.
17.2 Facturación
Previa indicación de recepción conforme de los productos por parte de la encargada del Laboratorio o quien le subrogue para estos efectos,
el proveedor podrá emitir la factura correspondiente por los insumos entregados, descontando del valor total de la orden de compra. La
factura deberá incluir los siguientes datos:
SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ.
DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR.
RUT : 61601000-K
CIUDAD : IQUIQUE.
GIRO : SERVICIO PUBLICO.
FORMA DE PAGO: CRÉDITO.
Facturar indicando en campo referencia (801) el ID de la orden de compra, que debe ser idéntico a como aparece en mercado público
(ejemplo: 2270-xxx-SE25).
Enviar archivo XML de factura a la casilla subsalrecepcion@custodium.com antes de 72 horas de emitida, de lo contrario será rechazada
automáticamente por la plataforma.
Cualquier error en los datos mencionados o en la factura podrá generar su rechazo por parte de la plataforma o la solicitud de una nota de
crédito, según corresponda.
La SEREMI de Salud tendrá un plazo de 8 días corridos desde su presentación, para proceder al reclamo del contenido de la factura
conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983.
17.3 Pago
Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad del mismo, adjuntando los documentos que se señalan a continuación:
1.Orden de compra: Emitida por la SEREMI de Salud de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme en
www.mercadopublico.cl”.
2. Salida de bodega: Documento con detalle de productos recibidos en conformidad.
3. En caso de existir incumplimientos, la encargada del laboratorio o quien le subrogue, deberá informar tanto al proveedor como a la
unidad de recursos físicos para la aplicación de rebajas o multas por incumplimientos contractuales.
4.
Factura: Emitida conforme a la orden de compra, indicando en ella el número de dicha orden, la glosa con la descripción del servicio y
el periodo facturado. La factura debe coincidir con los datos de la orden de compra.
5.
El pago se materializará en un plazo no superior a 30 días corridos, desde la recepción conforme de los documentos presentados,
según datos contenidos en la resolución de adjudicación.
La Institución tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su recepción conforme, para realizar el pago.
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Artículo 18°: Modificaciones y término Anticipado del servicio |
18.1 Modificaciones contractuales.
Artículo 13, ley N° 19.886.- Los contratos regidos por la presente ley solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de
los siguientes supuestos: 1.Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o el contrato. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de
estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato. Tampoco podrá aumentarse el monto del
contrato más allá de un 30 por ciento del monto originalmente pactado, siempre que el organismo del Estado cuente con
disponibilidad presupuestaria para ello.
2.
Excepcionalmente, cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor el proveedor esté impedido de cumplir sus
obligaciones y que no se haya previsto en las bases o el contrato.
El organismo del Estado estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el
impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra,
siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya
dado origen al procedimiento de contratación.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente artículo, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se
consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema
de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de éstas no podrá exceder,
independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento
del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad
presupuestaria para ello. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u
orden de compra inicial.
18.2 Término Anticipado del servicio.
La SEREMI de Salud podrá modificar o poner término anticipado, de conformidad al artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se
verifican las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no
ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin
que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en
el cumplimiento de sus funciones.
3. Denostar el adjudicatario y/o sus trabajadores a través de medios de comunicación o redes sociales a la Institución.
4.Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
contratados en los últimos dos años, en los casos que corresponda.
5.
Si el adjudicatario fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de
responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de
Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación.
6. Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese la persona natural adjudicataria.
7. Incurrir el adjudicatario en falsedad en la documentación presentada.
8.Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del
respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
● Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses,
presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
●Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
● Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
9.Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
10.Infracciones que así lo ameriten de acuerdo a lo indicado en las presentes Bases.
18.3 Procedimiento administrativo de término anticipado del contrato
Mediante oficio se informará al Proveedor adjudicado el término anticipado del contrato, el cual podrá manifestar sus descargos. Dentro del
plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la
resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el Proveedor adjudicado podrá interponer un recurso de
reposición ante el la SEREMI de Salud, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (5) días hábiles contados desde su recepción en la
oficina de partes de la institución.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que
esto se haya efectuado, la SEREMI de Salud deberá resolver sobre el término del contrato mediante la dictación del acto administrativo
correspondiente.
Caso fortuito o fuerza mayor: En caso de eventos imprevistos que impidan parcial o totalmente el cumplimiento de las obligaciones
contractuales, el adjudicatario deberá notificar por escrito dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a los correos
sandra.povedam@redsalud.gob.cl y leticia.pepe@redsalud.gob.cl.
Deberá adjuntar antecedentes que respalden el hecho y su efecto en el cumplimiento contractual, solicitando formalmente la ampliación de
plazos.
La SEREMI de Salud evaluará los antecedentes y emitirá una resolución fundada, aceptando o rechazando la solicitud. Si no se presenta
dentro del plazo señalado, no se aceptarán reclamos posteriores por esta causal.
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Artículo 19°: Multas. |
En caso de incumplimiento contractual, la SEREMI de Salud podrá aplicar las sanciones establecidas en estas bases de licitación. La
certificación de las situaciones que constituyan causal de sanción (amonestación, multa o término anticipado del contrato) será
responsabilidad de la contraparte técnica, quien dejará constancia de las incidencias mediante los canales y registros oficiales (correo
electrónico, informes, actas, entre otros).
Conforme a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, Resoluciones y demás documentos del proceso
licitatorio, se establece la siguiente escala de multas por incumplimiento en la ejecución total o parcial de los servicios contratados:
19.1 Multas y sanciones
En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas:
●Atraso en la entrega de los productos: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la
entrega de los productos (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (iva incluido) por
cada día de atraso, con un tope de 20 días.
●
Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por el
incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos solicitados determinados en las bases y en la oferta del proveedor,
lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación. La multa será el equivalente al 5% del total de la contratación
(iva incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo
no superior a 03 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los productos.
●
Atraso en la entrega del producto luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa
por cada día de atraso en la nueva entrega de los productos (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles
contados desde la fecha de notificación del rechazo de los productos. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación
(iva incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días.
Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (I.V.A incluido). Si excediere
dicha cantidad, el Servicio podrá poner término anticipado a la contratación.
19.2 Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos Procedimiento
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del contrato el organismo comprador notificará
inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se
motiva.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por
escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio
de una resolución fundada del organismo comprador. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos
efectos, el organismo comprador tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo para rechazarlos o
acogerlos, total o parcialmente.
Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una
resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá
notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
Recurso de reposición: El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada
al proveedor, de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo
acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El organismo comprador tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Las multas deberán ser pagadas en el
plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. Las multas se aplicarán sin perjuicio del
derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante
incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo
con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la
Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
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Artículo 20°: Resciliación o término de mutuo acuerdo. |
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Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato o modificar el contrato en
cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento, siempre y cuando no se altere el objeto de la presente
contratación.
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Artículo 21°: Servicios Adicionales y Disminuciones. |
En caso, que la SEREMI de Salud requiera un servicio adicional no contemplado en las bases técnicas ni en la oferta del PROVEEDOR
adjudicado, se podrá aumentar el desarrollo y valor de los mismos hasta un 30% del valor total del Contrato adjudicado, impuesto incluido, y
solo por única vez.
La SEREMI de Salud podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al PROVEEDOR adjudicado,
por correo electrónico y/o mediante oficio, hasta contemplar un 30% del monto total del contrato, ya sea en una o varias ocasiones, según
disponibilidad presupuestaria y acto administrativo fundado.
Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del
Contrato, acorde a los servicios contratados
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Artículo 22°: Naturaleza de la prestación de servicios. |
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El PROVEEDOR adjudicado, sólo ejecutará las prestaciones de servicio de arriendo de camionetas y no tendrá la calidad de dependientes
de la SEREMI de Salud, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará
sometido a las disposiciones laborales vigentes.
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Artículo 23° Cláusula de integridad/Probidad administrativa. |
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El proveedor adjudicado se obliga a observar los principios de probidad, transparencia y legalidad en todas las actuaciones relacionadas con
la ejecución del contrato, absteniéndose de ofrecer beneficios, dádivas o cualquier tipo de incentivo indebido a funcionarios públicos. El
incumplimiento de esta cláusula será causal de término anticipado del contrato.
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Artículo 24° Confidencialidad. |
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El proveedor deberá mantener absoluta confidencialidad respecto de toda información a la que tenga acceso con motivo de la ejecución del
contrato. Esta obligación se mantendrá vigente aún después de finalizado el vínculo contractual.
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Artículo 25°: Domicilio y Jurisdicción. |
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Para todos los efectos legales derivados de esta licitación, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Iquique y se someten a la jurisdicción
de sus Tribunales de Justicia.
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Artículo 26°: Notificaciones. |
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Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación, se entenderán realizadas luego de trascurridas
24 horas desde que la SEREMI de Salud publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
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Artículo 27° Anexos |
Anexo N° 1 Identificación del Oferente
Anexo N° 2 Sobre causales de inhabilidad e incompatibilidad de deudas.
Anexo N° 3 Oferta Económica.
Anexo N° 4 Oferta Técnica.
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ANEXO N° 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
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PARA PERSONA NATURAL LLENAR ESTA PRIMERA PARTE
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Nombre completo o Razón Social
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Nombre fantasía
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N° Cédula de Identidad o RUT
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Domicilio legal
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Giro/actividad
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Teléfono (s) / Celular (s)
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Correo (s) electrónico (s)
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PARA PERSONA JURDÍDICA
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Nombre completo
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RUT Empresa
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Dirección
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Domicilio
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Giro/actividad
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Teléfono (s) / Celular (s)
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Correo (s) electrónico (s)
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DATOS REPRESENTANTE LEGAL
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Nombre completo
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Nº Cédula de Identidad o RUT
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Instrumento en que consta personería
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Tipo documento
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Notaría
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Fecha y N° Repertorio
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma Representante Legal
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ANEXO N° 2 SOBRE CAUSALES DE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD, DEUDAS Y OTROS
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Yo..............................................................., cédula nacional de identidad N°.........................., Domiciliado en.........................................................., en mi calidad de representante legal de la Sociedad....................................................................................., declaro que la Empresa que represento y/o ninguno de sus socios no se encuentra afectos a algunas de las inhabilidades e incompatibilidades de la ley N° 19.886 (actualizada el 12-12-2024):
a) Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, en calidad de autor cómplice o encubridor, a menos que haya transcurrido un plazo de 2años del término del cumplimiento de la condena.
b) Haber sido condenado por infracción al decreto N° 511 de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y sus modificaciones, a menos que hayan transcurrido tres años desde el término del cumplimiento de la sanción.
c) Haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de un Contrato celebrado por alguna entidad regida por la Ley de Compras, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar de la fecha de la sentencia.
d) Estar suspendido o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas del Estado.
e) Sin Deudas Vigentes con Trabajadores, declaro bajo juramento que mi Empresa/representada no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Por otra parte, la empresa que represento, garantiza que los insumos que se envíen a contra pedido en base a los a los requerimientos de compra por suministro, tendrán como mínimo tiempo de vencimiento 12 meses al momento de recepción por parte de la entidad compradora.
Finalmente, declaro bajo juramento que estos antecedentes corresponden a la realidad.
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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ANEXO N° 3 OFERTA ECONÓMICA
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El Oferente, _________________________________, representado legalmente por quien suscribe, ___________________________ por la presente declara que su cotización económica en pesos chilenos es la siguiente:
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INSUMO
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DESCRIPCION
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MARCA
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UNIDAD
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CANTIDAD
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VALOR UNITARIO (NETO)
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VALOR TOTAL (NETO)
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Petrifilm E. coli/ Coliformes
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25x20 placas (500)
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CAJA
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6
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Petrifilm Stáfilococus aureus Express
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20x25 placas (500)
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CAJA
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6
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DISCO STAPHY EXPRESS
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X100 unidades
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CAJA
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2
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Petrifilm Recuento aerobios
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20x50 placas (1000)
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CAJA
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2
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Petrifilm Mohos y levaduras
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20x50 placas de (1000)
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CAJA
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2
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Petrifilm Enterobacteriaceas
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50 unidades
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CAJA
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8
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Nota 2: No se aceptarán cobros adicionales bajo ninguna circunstancia.
Nota 3: Esta oferta no será Reajustable durante el período que dure el servicio.
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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ANEXO N° 4 OFERTA TÉCNICA Y GARANTÍA
El Oferente, _________________________________, RUT:_______________ representado legalmente por quien suscribe, _____________________________, RUT:_______________ por la presente declara que los insumos petrifilm ofertados, cumplen con los siguientes atributos:
*Marcar con una X
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Criterio
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SI
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NO
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Presenta certificado de calidad los productos
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Adjunta ficha técnica
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Criterio
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0 a 5 días hábiles
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6 a 10 días hábiles
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11 a 15 días hábiles más días hábiles
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Mayor a 15 días hábiles
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Plazo de entrega contra pedido
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Tiempo de garantía: _____________meses. (mayor a 12 meses desde la fecha de recepción por parte de la SEREMI)
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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Artículo 15°: Norma y orden de precedencia de los documentos |
Esta licitación se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto N°661/24 del Ministerio de
Hacienda, las directivas de contratación pública y los siguientes documentos, en el siguiente orden de precedencia:
1. Aclaraciones y respuestas emitidas por SEREMI de Salud.
2. Bases administrativas, técnicas, económicas y anexos.
3. Oferta del proponente.
4. Acta de apertura evaluación.
5. Resolución de adjudicación.
6. Resolución declara desierta o inadmisible.
Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta
en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que
le permite la ley para resolver controversias.
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