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Artículo 1°: Objetivo de la licitación |
En el ejercicio de sus funciones, la SEREMI de Salud requiere contar con el servicio de guardias de seguridad y vigilancia para resguardar la integridad de las personas, los bienes muebles e inmuebles, así como la información y activos institucionales que se encuentran en las dependencias de la SEREMI de Salud de Tarapacá.
El servicio es necesario en las dependencias donde se desarrollan funciones técnicas, estratégicas o de mayor sensibilidad, tal como es la Unidad de Atención de Usuarios, Oficina de Partes y COMPIN, así como en sus respectivas oficinas administrativas e instalaciones asociadas, contribuyendo a asegurar la continuidad operativa y el normal funcionamiento del servicio público.
La contratación de este servicio se fundamenta en el marco normativo vigente, particularmente en lo dispuesto en la Ley N° 19.327 sobre Seguridad Privada, el artículo 184 del Código del Trabajo, la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en cuanto establecen el deber de resguardar la seguridad de las personas, prevenir riesgos laborales y garantizar la continuidad y eficiencia del servicio público y la Ley N°
19886, del 2003, Ministerio de Hacienda, ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el decreto
N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Asimismo, el servicio de seguridad y vigilancia tiene por finalidad prevenir y disuadir situaciones de riesgo, controlar el acceso de personas no autorizadas, proteger los bienes fiscales y actuar de manera oportuna ante eventuales situaciones de emergencia, contribuyendo al
adecuado resguardo de los recursos públicos y al funcionamiento regular de las dependencias institucionales.
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Artículo 2°: Servicio requerido y Requisitos Técnicos Obligatorios. |
El servicio requerido corresponde a la prestación de servicios de seguridad y vigilancia, mediante guardias de seguridad, destinados a la protección preventiva de personas, bienes muebles e inmuebles e instalaciones institucionales de la SEREMI de Salud, en las dependencias indicadas en las presentes Bases Técnicas.
El proveedor adjudicado deberá asegurar la correcta, continua y oportuna ejecución del servicio, conforme a la dotación, jornadas, horarios y condiciones operativas establecidas en estas Bases, siendo de su exclusiva responsabilidad la gestión, supervisión y control del personal asignado.
2.1. Del personal del servicio de seguridad y vigilancia:
El servicio de guardias de seguridad y vigilancia requiere un desempeño permanente y continuo, en turnos y jornadas que exigen atención
constante, capacidad de reacción oportuna ante situaciones de riesgo y adecuada interacción con funcionarios, usuarios y público en
general.
El personal asignado por el proveedor adjudicado deberá encontrarse debidamente capacitado y contar con condiciones físicas y de salud
compatibles con las funciones a desempeñar, permitiéndole realizar rondas periódicas, controlar accesos, actuar ante emergencias y
enfrentar situaciones de conflicto o tensión, siempre dentro del marco de sus atribuciones legales.
Los guardias de seguridad deberán contar con conocimientos y formación en resolución de conflictos, manejo de situaciones de riesgo y
procedimientos básicos de emergencia, tales como uso de extintores, evacuación y respuesta inicial ante incendios, sismos u otros eventos
de origen natural o antrópico, conforme a los protocolos vigentes en cada dependencia.
El proveedor adjudicado será responsable de asegurar que las dependencias de la SEREMI de salud no queden desprovistas de vigilancia
en ningún momento. En caso de inasistencias por licencias médicas, permisos, vacaciones u otras contingencias, deberá disponer de
reemplazos inmediatos, debidamente instruidos y habilitados para cumplir las funciones del cargo, sin generar interrupciones del servicio ni
costos adicionales para la institución.
Cualquier cambio, rotación o reemplazo de personal deberá ser informado oportunamente al Encargado de la Licitación o al Encargado de
Servicios Generales, acompañando la documentación que acredite que el personal de reemplazo cumple íntegramente con los requisitos
técnicos, legales y de formación exigidos en las presentes Bases.
El proveedor adjudicado será el único responsable de verificar y asegurar el cumplimiento permanente de estas condiciones, las que podrán
ser fiscalizadas por la SEREMI tanto en la etapa de evaluación de las ofertas como durante la ejecución del contrato.
2.1.1. Implementación mínima obligatoria:
La empresa adjudicada deberá proporcionar a cada trabajador, sin costo para éstos ni para la SEREMI de Salud:
● Uniforme distintivo de la empresa.
● Elementos de Protección Personal (EPP) adecuados a las funciones.
● Credencial de identificación visible.
Adicionalmente, deberá proporcionar:
● Un taburete o silla para el debido descanso.
● Un gabinete o locker pequeño para el resguardo de pertenencias personales.
La ubicación de estos elementos deberá ser coordinada por el encargado de la Licitación, encargado de Servicios Generales y la jefatura de
la dependencia respectiva.
2.2. Funciones Específicas del Servicio de Seguridad y Vigilancia:
El servicio de seguridad y vigilancia tendrá por objeto el resguardo preventivo de las personas, bienes muebles e inmuebles, instalaciones y
equipos de la SEREMI de Salud, debiendo los guardias de seguridad desempeñar sus funciones dentro del marco de la normativa vigente,
sin ejercer atribuciones propias de policías u otros órganos del Estado.
Las funciones mínimas que deberá cumplir el personal de seguridad serán las siguientes:
2.2.1. Vigilancia preventiva y detección de riesgos:
● Realizar rondas periódicas en las áreas y pisos asignados.
Detectar, observar y reportar oportunamente situaciones, condiciones o conductas que puedan representar un riesgo para la
seguridad de las personas, bienes, instalaciones o equipos.
● Verificar el cierre adecuado de puertas, ventanas y accesos restringidos.
● Supervisar el estado general de iluminación, señalización de emergencia y vías de evacuación de la dependencia.
Informar de inmediato cualquier anomalía situación de riesgo a su supervisor directo, quien deberá notificarlo formalmente a la
contraparte técnica de la SEREMI de Salud.
2.2.2. Registro de novedades:
Registrar en forma clara, cronológica y objetiva en el Libro de Novedades todos los hechos relevantes ocurridos durante la jornada de
servicio.
●
Consignar, a lo menos, la fecha, hora, lugar y descripción de los hechos observados, evitando emitir juicios de valor o apreciaciones
personales.
●
Registrar incidentes, situaciones de riesgo, alteraciones al orden, eventos externos que afecten el servicio, instrucciones recibidas y
cualquier otra situación relevante para la continuidad del servicio.
2.2.3. Actuación ante emergencias:
● Actuar de manera oportuna, controlada y proporcional ante situaciones de emergencia, tales como incendios, sismos u otros eventos
similares, conforme a los protocolos y planes de emergencia vigentes de la dependencia.
● Conocer y aplicar los procedimientos establecidos en el Plan de Emergencia vigente de la dependencia.
● Mantener una actitud orientadora y calmada, evitando el pánico entre usuarios y personal.
● Colaborar activamente con los equipos de evacuación o primeros auxilios.
2.2.4. Resguardo de bienes e instalaciones:
● Resguardar el mobiliario, equipos, instalaciones y bienes fiscales de la SEREMI de Salud.
● Prevenir y disuadir actos de sustracción, daño, vandalismo o uso indebido de los recursos institucionales.
● Informar de inmediato cualquier intento o hecho consumado que afecte los bienes o instalaciones, siguiendo los canales formales
definidos.
2.2.5. Conducta y presentación del personal:
● Presentarse puntualmente al inicio de cada turno, con uniforme completo, limpio y en buen estado, y portando su credencia de
identificación visible.
● Mantener una actitud respetuosa y cordial con funcionarios y visitantes.
● Uso de celulares personales durante la jornada de trabajo: restringido a la necesidad y criterio establecido por su supervisor.
2.3. Supervisión, fiscalización y responsabilidades
2.3.1. Supervisión del proveedor:
El proveedor adjudicado deberá designar un Supervisor del contrato, distinto del personal operativo,
quien será responsable de la supervisión directa del servicio y deberá contar con teléfono y correo electrónico de contacto, manteniéndose
disponible durante la ejecución del contrato.
El Supervisor será responsable de:
● Verificar el cumplimiento de las funciones del personal asignado.
● Controlar la correcta ejecución de los turnos y la continuidad del servicio.
● Revisar periódicamente el Libro de Novedades.
● Informar oportunamente a la contraparte técnica de la SEREMI sobre hechos relevantes, incumplimientos o situaciones que requieran
medidas correctivas.
2.3.2. Fiscalización por parte de la SEREMI:
La SEREMI de Salud, a través del encargado de la Licitación, encargado de Servicios Generales, contraparte técnica u otros funcionarios
designados, podrá fiscalizar el cumplimiento del contrato, las funciones del personal y las condiciones del servicio, sin que ello implique
asumir funciones propias del empleador.
Asimismo, la SEREMI podrá requerir medidas correctivas y solicitar el reemplazo fundado de personal cuando existan incumplimientos,
conductas inapropiadas, pérdida de requisitos habilitantes o afectación a la correcta prestación del servicio.
2.4. Prohibiciones del personal de seguridad:
Queda estrictamente prohibido al personal de seguridad asignado al servicio:
● Realizar compras, trámites personales o encargos para funcionarios, usuarios o terceros durante la jornada de trabajo.
● Utilizar el tiempo de servicio para fines personales, ajenos a las funciones contratadas.
● Abandonar el puesto de trabajo sin autorización.
● Dormir, descansar prolongadamente o disminuir la vigilancia durante el turno.
● Realizar reuniones sociales, celebraciones, fiestas o actividades recreativas dentro de las dependencias.
● Permitir el ingreso o permanencia de personas ajenas al servicio o no autorizadas.
● Consumir alcohol, drogas o sustancias prohibidas, o presentarse bajo sus efectos.
● Manipular equipos, instalaciones o sistemas que no formen parte de sus funciones.
● Emitir instrucciones al personal de la SEREMI o asumir funciones administrativas o decisorias propias de la institución.
● Ingresar a las dependencias institucionales fuera de los horarios de turno que les correspondan, sin la autorización previa y expresa
de la contraparte técnica de la SEREMI de Salud, cualquiera sea el motivo invocado.
El incumplimiento de estas prohibiciones será considerado falta grave y objeto de multa, conforme lo establecido en las presentes Bases.
2.5. Distribución de turnos, jornadas y condiciones operativas del servicio (Requisito Obligatorio)
La prestación del servicio de seguridad y vigilancia deberá ajustarse estrictamente a la dotación, jornadas y horarios establecidos en el
presente artículo, los cuales constituyen un requisito técnico obligatorio y excluyente, debiendo ser considerados íntegramente por los
oferentes en la oferta presentada.
El servicio se prestará en las dependencias de la SEREMI de Salud de Tarapacá, conforme a la dotación mínima exigida:
Edificio Puerto Mayor
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DEPENDENCIA
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JORNADA
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DOTACIÓN
MÍNIMA
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Edificio Institucional Puerto Mayor – Unidad de Atención de Usuarios (COMPIN), piso 1, calle
Thomson N°127, Iquique
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Lunes a jueves
de 08:00 a 16:00
horas.
Viernes de 08:00
a 15:30 horas.
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2 guardias
operativos
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La dotación indicada corresponde al mínimo de guardias exigido y constituye un requisito técnico obligatorio y excluyente.
● Continuidad del servicio: El proveedor adjudicado deberá organizar los tiempos de colación dentro de la jornada, los cuales serán de su exclusivo cargo, debiendo
organizar el servicio de forma tal que no se produzcan interrupciones ni quiebres de continuidad.
Los costos asociados a colación, movilización, descansos y cualquier otro beneficio laboral del personal serán de exclusiva
responsabilidad del proveedor adjudicado.
● Reemplazos y Rotaciones:
El proveedor podrá realizar rotaciones o cambios de personal durante la ejecución del contrato, siempre que ello no afecte la continuidad
y calidad del servicio, debiendo informar oportunamente a la contraparte técnica de la SEREMI.
Asimismo, la SEREMI podrá solicitar fundadamente el reemplazo de algún guardia cuando existan razones objetivas relacionadas con el
desempeño del servicio, incumplimientos contractuales, trato inadecuado, inobservancia de protocolos o pérdida de requisitos
habilitantes.
Todo personal de reemplazo o rotación deberá cumplir íntegramente con los mismos requisitos técnicos, legales y documentales exigidos
en las presentes Bases, debiendo el proveedor informar y acreditar dichos antecedentes previamente ante la contraparte técnica de la
SEREMI.
● Solicitud de reemplazo por parte de la SEREMI: La SEREMI de Salud podrá solicitar fundadamente el reemplazo de algún guardia cuando existan razones objetivas vinculadas a
incumplimiento contractual, deficiente desempeño, trato inadecuado al público o funcionarios, inobservancia de protocolos, pérdida de
requisitos habilitantes. La solicitud deberá ser debidamente fundamentada y comunicada formalmente al proveedor.
● Modificaciones durante la ejecución del contrato:
Las condiciones de ubicación o jornada solo podrán modificarse durante la ejecución del contrato cuando existan razones fundadas de
carácter institucional, no se altere la naturaleza del servicio contratado, no se modifique la dotación mínima exigida y/o no se altere el
equilibrio económico del contrato. Toda modificación deberá formalizarse mediante el acto administrativo correspondiente previo acuerdo
de las partes cuando proceda.
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Artículo 3°: Documentación y gestión administrativa del contrato. |
Dentro de los primeros cinco días hábiles contados desde el inicio del servicio, el proveedor adjudicado deberá entregar a la SEREMI de Salud la siguiente documentación:
● Nómina del personal asignado, incluyendo nombre completo, U.T., cargo.
● Copia de los contratos de trabajo vigentes del personal asignado, en el cual deberá constar la remuneración bruta mensual
comprometida en su oferta.
● Certificados que acrediten el pago íntegro y oportuno de cotizaciones previsionales y de seguridad social.
● Autorización vigente de la empresa y sus funcionarios otorgada por OS-10 de Carabineros de Chile.
● Copia de reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa.
● Certificado de adhesión a un Organismo Administrador (Mutualidad).
● Procedimiento ante accidentes laborales y enfermedades profesionales.
● Certificado de antecedentes penales sin anotaciones incompatibles con las funciones a desempeñar.
● Póliza o Seguro de accidentes personales.
Asimismo, el proveedor deberá acompañar, en un plazo maximo de cinco dias corridos los siguientes antecedentes del personal asignado:
● Certificado de aptitud física y salud compatible con el cargo.
● Certificados o documentos que acrediten formación en resolución de conflictos, manejo de emergencias, uso de extintores y
procedimientos básicos de evacuación.
●
Declaración jurada del proveedor en que conste la cobertura continua del servicio y la disponibilidad inmediata de personal
debidamente instruido para reemplazos.
La SEREMI de Salud se reserva el derecho de solicitar periodicamente durante toda la vigencia del contrato, la presentación de los
antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de estas obligaciones.
En caso de inasistencia de algún guardia, el proveedor deberá asignar un reemplazo inmediato que cumpla con los requisitos mencionados
y esté instruido en sus funciones. Todo cambio de personal deberá ser informado oportunamente a la contraparte técnica de la SEREMI,
adjuntando la documentación correspondiente.
Durante la ejecución del contrato, será obligación del proveedor coordinar, cuando corresponda, instancias informativas y preventivas con la
Unidad de Prevención de Riesgos de esta SEREMI y/o con el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, con el objeto de abordar los riesgos
asociados a las labores encomendadas y las medidas de control pertinentes.
La participación de dichas unidades tendrá exclusivamente un carácter asesor y preventivo sin que ello implique asumir funciones propias
del empleador ni responsabilidad laboral alguna respecto del personal del proveedor.
El incumplimiento de alguna de estas exigencias podrá dar lugar a la aplicación de multas o término anticipado del contrato, segun
corresponda.
Los oferentes deberán considerar y desarrollar su propuesta en base a lo establecido en el Reglamento Especial para Contratistas y
Subcontratistas del Ministerio de Salud que se encuentra disponible en el sitio web del Ministerio de Salud (www.minsal.cl); aceptar todas
las disposiciones establecidas en él y adjuntar los Formularios de Prevención de Riesgos para Empresas Contratistas (ANEXOS Nºs 1 y
3 del Reglamento Especial para Contratistas y Subcontratistas del Ministerio de Salud).
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Artículo 4°: Área dispuesta por la SEREMI de Salud. |
La SEREMI dispondrá de un sector destinado al desarrollo de las labores propias del servicio de seguridad y vigilancia, incluyendo la
mantención del Libro de Novedades, en el cual se registrarán los hechos relevantes asociados a la prestación del servicio.
Asimismo, el personal de seguridad podrá hacer uso de las áreas comunes de la institución que resulten necesarias para el adecuado
desempeño de sus funciones, conforme a las normas internas de funcionamiento y uso de dependencias.
El uso de dichas áreas no otorgará derechos adquiridos ni facultará al personal del proveedor para utilizarlas con fines distintos a los
estrictamente vinculados a la ejecución del servicio contratado.
Toda coordinación, autorización o acuerdo relacionado con el uso de espacios, implementación o condiciones operativas deberá canalizarse
a través del encargado de la Licitacion y/o con el encargado de Servicio Generales de la SEREMI, con el objeto de resguardar el bienestar
del personal y la correcta ejecución del servicio.
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Artïculo 5°: Responsabilidad Laboral y verificación |
El oferente seleccionado será el único y exclusivo responsable del cumplimiento íntegro de la legislación laboral, previsional y de seguridad
y salud en el trabajo respecto del personal que destine a la ejecución del servicio, conforme a la normativa vigente.
El personal asignado por la empresa adjudicada no tendrá, en caso alguno, la calidad de funcionario público ni vínculo laboral alguno con la
SEREMI de Salud de Tarapacá, por lo que no gozará de beneficios institucionales ni podrá asumir compromisos en su nombre.
La empresa adjudicada será responsable de todas las obligaciones laborales y previsionales de su personal, incluyendo a lo menos::
● La suscripción de contratos de trabajo conforme a la ley.
● El pago oportuno de remuneraciones.
● El pago íntegro y oportuno de cotizaciones previsionales e imposiciones que le correspondan.
● El cumplimiento de las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales.
Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Salud podrá adoptar medidas de control y verificación tendientes a constatar el cumplimiento de
dichas obligaciones, pudiendo requerir en cualquier momento la presentación de contratos de trabajo, comprobantes de pago de
remuneraciones, certificados previsionales u otros antecedentes pertinentes, sin que ello implique asumir la calidad de empleador ni
responsabilidad laboral alguna respecto del personal del proveedor.
Integridad y cumplimiento normativo:
El proveedor adjudicado deberá ejecutar el contrato conforme a los principios de probidad administrativa, integridad, transparencia y buena
fe, dando cumplimiento a la normativa vigente, especialmente a la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas,
en lo que resulte aplicable.
El proveedor debera contar con un Programa de Integridad, Código de Ética o Modelo de Prevención de Delitos, el cual deberá mantenerlo
vigente durante la ejecución del contrato y difundirlo entre el personal que participe en la prestación del servicio.
El incumplimiento grave de estas obligaciones podrá ser considerado causal de aplicación de sanciones contractuales, conforme a lo
establecido en las presentes Bases.
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Artículo 6°: Monto disponible y vigencia del servicio. |
La presente licitación contempla la contratación del servicio de seguridad y vigilancia bajo la modalidad de dos líneas de servicio independientes, conforme al siguiente detalle:
6.1. Montos
Servicio de Seguridad y Vigilancia – Edificio Puerto Mayor.
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Concepto
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Monto
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Monto total disponible
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$ 28.000.000 con Iva incluido
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Vigencia del servicio
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12 meses, contados desde el envío de la orden de compra respectiva al proveedor adjudicado.
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Requiere Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
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Sí, según Artículo 10° de las presentes bases.
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6.2. Vigencia Contractual
El servicio tendrá vigencia desde la emisión y aceptación de la respectiva Orden de Compra y/o inicio efectivo del servicio, según corresponda. Y tendra una duracion de 12 meses.
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Artículo 7°: Requisitos mínimos para participar. |
Podrán participar todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que emitan factura, que acrediten su idoneidad técnica y cumplen con los
demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases y que no registren alguno de los delitos concursales establecidos en el
Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras.
Los oferentes deberán cumplir con todos aquellos requisitos para ofertar indicados en Declaración Jurada de Mercado Público y encontrarse en estado “hábil” al momento de ofertar.
La SEREMI no admitirá ofertas que, por su contenido, forma o presentación, generen confusión, error o ambigüedad respecto del cumplimiento de los requisitos exigidos, del alcance de la prestación ofertada o de las condiciones económicas propuestas.En tales casos, y cuando la inconsistencia no sea susceptible de aclaración sin afectar la igualdad de los oferentes o modificar sustancialmente la propuesta, la oferta será declarada inadmisible mediante acto fundado
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Artículo 8° Plazos de la Licitación |
Visita a Terreno: Los oferentes podrán asistir a una visita a terreno en las dependencias del Edificio Puerto Mayor, ubicado en Thomson N°127, primer piso, en la fecha y horario indicados en la ficha de licitación publicada en el portal.
La visita tendrá carácter no obligatorio, por lo que su inasistencia no constituirá causal de inadmisibilidad ni afectará la evaluación de la oferta. Sin embargo, se recomienda su participación, con el objeto de que los oferentes conozcan las dependencias, condiciones del lugar y antecedentes necesarios para una adecuada formulación de sus ofertas.
El registro de participantes se cerrará estrictamente a la hora de inicio señalada en la ficha de licitación, no permitiéndose el ingreso de proveedores con posterioridad al cierre del acta de asistencia.
Antes de iniciar el recorrido, los oferentes deberán completar y firmar el acta de visita, dejando constancia de su participación.
Los costos asociados al traslado y movilización serán de cargo exclusivo de cada oferente.
Las consultas o dudas que se formulen con ocasión de la visita deberán ingresarse exclusivamente a través del portal de compras públicas, en el Foro de Consultas de la licitación, dentro de los plazos establecidos en el calendario del proceso. No se considerarán válidas las consultas efectuadas por otros medios.
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación, se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo.
Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizadas única y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulada en el formulario del Portal.
Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes, en el plazo señalado en la ficha del Portal. Tanto las consultas y respuestas o aclaraciones se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estos. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El plazo de recepción de cierre de las ofertas se realizará en la fecha prevista e informada en ficha de licitación del Portal.
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista e informada en ficha de licitación del Portal.
Modificaciones a las bases La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
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Artículo 9°: Presentación de la Propuesta. |
El oferente deberá adjuntar a la Propuesta Técnica, en formato libre, un detalle con los servicios a prestar, considerando la distribución de
los trabajadores, horarios, funciones, y todas las inherentes consideradas en las presentes bases de licitación.
Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos se deberán presentar en un mismo acto, a través de los anexos que acompañan
las bases de licitación y publicados en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, incluyendo
el nombre y firma del representante legal cuando corresponda.
Cada oferente podrá presentar solo una propuesta, dentro del plazo indicado en las bases.
Las ofertas deberán ingresarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, expresando los valores en pesos chilenos,
siendo de su responsabilidad los errores de cálculo o transcripción.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas
propuestas. En caso problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación
Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno, atrasos u omisiones en el ingreso
de la información al Portal.
Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal, por lo tanto, no se aceptarán Ofertas que se presenten por otro medio distinto a lo establecido en estas Bases.
9.1. Antecedentes administrativos solicitados:
Se solicitan los siguientes antecedentes administrativos:
● Anexo N° 1: Identificación del oferente.
● Anexo N° 2: Declaración Jurada sobre inexistencia de inhabilidades, incompatibilidades y deudas laborales y previsionales.
● Certificado de vigencia del oferente:
a. Personas jurídicas: Certificado del Registro de Comercio ( 60 días).
b. Personas naturales: Copia de la cédula de identidad vigente.
c. Acreditación de representación legal (si aplica).
● Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo.
● Certificado de Situación Tributaria, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII), para acreditar que no existen deudas fiscales.
● Anexos N° 1 y 3 del Reglamento de contratistas y subcontratistas del Ministerio de Salud.
● Programa de Integridad y cumplimiento normativo: El oferente debe adjuntar una declaración simple en la que indique si cuenta o no con un Programa de Integridad y Ética Empresarial y/o con un Modelo de Prevención de Delitos conforme a la Ley N° 20.393. En caso afirmativo, deberá acompañar copia del documento. La presentación de este antecedente NO será objeto de evaluación ni
asignación de puntaje, ni constituirá requisito excluyente para la admisibilidad de la oferta, sin perjuicio de las obligaciones que emanan de la normativa vigente durante la ejecución del contrato.
9.2. Antecedentes Económicos:
Los oferentes deberán presentar:
Anexo N° 3, detallando la Oferta Económica, indicando:
● Valor neto mensual.
● Valor neto total por la cantidad de guardias y el periodo de 12 meses.
● IVA correspondiente.
● Valor total del contrato con IVA incluido.
Comprobante de oferta en el Portal, El monto ingresado en el comprobante de oferta del portal www.mercadopublico.cl deberá corresponder obligatoriamente al valor total del contrato con IVA incluido, señalado en el Anexo N° 3. Dicho monto deberá considerar la totalidad de los guardias requeridos y el periodo de 12 meses.
Ofertas con valores insuficientes
Las propuestas económicas que indiquen valores simbólicos o irreales, tales como $ 1, tanto en el comprobante de oferta como en el Anexo N° 3, podrán ser calificadas como potencialmente temerarias.
Asimismo, cuando el precio ofertado resulte manifiestamente insuficiente para cubrir las obligaciones laborales, previsionales y operativas comprometidas, la entidad podrá aplicar el procedimiento de oferta temeraria conforme al artículo 61 del D.S. N° 661/24.
Cumplimiento de Sueldo Mínimo Legal: El valor neto mensual ofertado debe ser suficiente para cubrir, a lo menos, el Sueldo Mínimo Mensual vigente a la fecha de la apertura de la licitación, incluyendo las gratificaciones legales, cotizaciones previsionales, seguros obligatorios y haberes no imponibles de toda la dotación requerida.
No se admitirán ofertas cuyo valor neto mensual sea inferior al costo empresa mínimo legal para la dotación solicitada. Si la comisión evaluadora detecta que el monto ofertado no permite cumplir con el pago del Ingreso Mínimo Mensual y sus leyes sociales, la oferta será declarada inadmisible por no ser económicamente viable, conforme a la facultad de rechazo de ofertas temerarias."
9.3. Antecedentes Técnicos:
Los oferentes deberán ingresar su propuesta técnica en formato libre a través de la plataforma Mercado Público. Contenidos Técnicos Obligatorios a Incluir en la Propuesta:
● Descripción del servicio ofertado.
● Jornadas y horarios: Detallar jornadas, duración y cobertura horaria.
● Dotación del personal por dependencia: Número de guardias, si se trata de personal fijo o rotativo.
● Funciones específicas por desempeñar: Tareas del personal de seguridad (control de accesos, rondas de vigilancia, atención de emergencias, etc.).
● Plan de reemplazo: Protocolo de situación ante ausencias.
● Elementos de seguridad y EPP: Indicar en detalle los elementos de seguridad que se utilizarán, con su respectiva especificación técnica. Estos deberán cumplir con las normativas legales vigentes.
● Descripción de uniforme y credencial: Descripción del uniforme y credencial de identificación del personal. Asimismo, deberá adjuntar con su propuesta:
● Anexo N° 4 – Experiencia: Obligatorio. Debe indicar la experiencia de la empresa en servicios similares, conforme al formato indicado en estas bases.
La omisión de antecedentes técnicos o económicos será causal de inadmisibilidad de la oferta.
9.4. Cumplimiento oportuno de los requisitos formales de la oferta:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del D.S. N° 661/24, la SEREMI de Salud, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de solicitar al ofertante: Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. Permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos hayan sido emitidos con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se
refieran a situaciones no mutables.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la SEREMI de Salud y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para estos efectos, se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contado desde la notificación al oferente a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Artículo 10°: De la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato. |
El adjudicatario deberá rendir esta caución que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del Contrato y las obligaciones laborales. Tiene por objeto caucionar el cumplimiento, en tiempo y forma oportuna, por el adjudicatario, de las
obligaciones que impone el Contrato para las prestaciones de servicios que superen las 1.000 U.T.M. Esta garantía podrá ser Boleta
de Garantía, Vale vista, Póliza o cualquier instrumento financiero que cumpla los requisitos del artículo 121 del Decreto Nº 661/24 del
Ministerio de Hacienda.
Esta Garantía deberá ser tomada en las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, pagadera a la vista con carácter irrevocable de liquidez y efectividad inmediata a la orden de la SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD, R.U.T. 61.601.000-K, señalando la siguiente Glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato para el servicio de
vigilancia y seguridad de la SEREMI de Salud de Tarapacá”, en moneda nacional, cuyo monto corresponderá al 5% del valor total neto adjudicado, la que deberá ser presentada en conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la entidad financiera respectiva, y con una vigencia que comienza con la fecha de adjudicación en el Portal de Compras Públicas, la que estará estipulada en el
Contrato y culmina con la fecha de expiración de la garantía de los servicios más 60 días corridos posteriores a esa fecha. Sin perjuicio que atendiendo al principio de razonabilidad y proporcionalidad se toleren diferencias de hasta cinco días corridos. Este documento debe ser emitido por la Entidad Emisora respectiva.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomada por el oferente o un tercero, podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre Documento Electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas anticipadamente.
Será responsabilidad del jefe del Departamento de Administración y Finanzas o su equivalente al interior de la SEREMI, requerir oportunamente la respectiva Garantía, verificando su monto y vigencia según las bases de licitación, para luego custodiarla en la Unidad de Tesorería de la SEREMI.
La SEREMI aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presentes Bases y los dispuesto en el artículo 121 del Decreto N°661/24, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley 19.886.”
Si por algún motivo justificado, la SEREMI otorgará un aumento del plazo de entrega de los servicios a la empresa adjudicataria, esta deberá actualizar o ampliar la Caución o Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, por el nuevo plazo acordado, más sesenta días corridos adicionales.
La SEREMI podrá hacer efectiva la Caución o Garantía de Fiel Cumplimiento, en cualquier momento, una vez producida alguna de las siguientes circunstancias:
a. Cuando por causa imputable al prestador se ponga término anticipado al Contrato;
b. En caso de que el prestador presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los dos últimos años, conforme a los términos previstos en el artículo 4 °, Inciso 2° de la Ley 19.886;
c. En caso de que no existan facturas pendientes de cobro sobre las cuales hacer efectivas las sanciones contempladas en el punto de “Multas” del Contrato y las Bases de Licitación..
d. En caso de que se generen incumplimientos graves respecto de las obligaciones del prestador. El incumplimiento grave será calificado por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria mediante informe.
Devolución Caución Fiel Cumplimiento de Contrato:
Una vez cumplido íntegramente el Contrato, a satisfacción de la SEREMI y expirada la vigencia, el adjudicatario podrá solicitar la devolución de la garantía.
En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, la SEREMI no tendrá responsabilidad respecto a esta caución.
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Artículo 11°: Apertura de ofertas, Comisión evaluadora y criterios de evaluación. |
El proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas se realizará una vez cerrado el plazo de recepción de propuestas, sobre la
base de los antecedentes presentados por los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas, conforme a lo
establecido en las presentes Bases.
11.1. Comisión evaluadora.
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión integrada por los siguientes funcionarios o sus subrogantes legales, todos con la calidad de funcionarios públicos:
● Jefe Departamento Desarrollo Institucional.
● Encargada de Gestion de Usuarios.
● Presidenta de la COMPIN.
● Encargado de Servicios Generales.
● Encargada Regional Prevención de Riesgos.
La Comisión elaborará un informe de evaluación fundado, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir una declaración de ausencia de inhabilidades y conflicto de interés, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 35 del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
11.2. Criterios de Evaluación
Las ofertas admisibles serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y ponderaciones.
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Ítem
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Criterio
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%
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1
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Precio
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40
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2
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Experiencia
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35
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3
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Recomendaciones
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20
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4
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Cumplimiento de requisitos formales dentro del plazo de presentación
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5
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Total
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100%
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11.2.1. Criterio Precio (40%) Anexo N° 3:
Para efectos de evaluación económica, solo serán consideradas aquellas ofertas que no excedan el monto total disponible informado en la presente licitación.
La evaluación del criterio Precio se realizará asignando puntaje conforme a la siguiente fórmula:
Precio Mínimo x 100 = Puntaje asignado x ponderación 40% = Puntaje Ponderado.
Precio Evaluado
11.2.2. Experiencia – Número de trabajos realizados por la empresa según el servicio solicitado (35%). Completar Anexo N.º4:
Este criterio evaluará la experiencia de la empresa oferente en la prestación de servicios de seguridad y vigilancia de igual o similar magnitud y complejidad según lo requerido en esta licitación.
Para ello, el proveedor deberá completar el Anexo N° 4, detallando los servicios ejecutados para distintos mandantes, públicos o privados, que correspondan al objeto de la presente licitación.
Solo se evaluarán aquellos antecedentes que cuenten con el respectivo respaldo documental válido, tales como:
● Ordenes de compra en estado “Recepción Conforme”.
● Copias de contratos
● Facturas
Los documentos deben ser legibles, completos y sin enmendaduras ni alteraciones. La documentación borrosa, incompleta o inconsistente no será considerada.
No se aceptarán como respaldo los simples “datos de contacto” del cliente. Estos se utilizarán únicamente como información referencial para verificación, si la Comisión de Evaluación lo estima necesario.
Solo se evaluarán los servicios efectivamente respaldados. El puntaje se asignará de acuerdo con la cantidad de contratos debidamente acreditados, conforme a la siguiente tabla:
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Cantidad de contratos ejecutados y debidamente respaldados
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Puntaje
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Más de 10 contratos
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100
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Entre 8 y 10 contratos
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75
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Entre 5 y 7 contratos
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50
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Entre 1 y 2 contratos
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25
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No presenta información o respaldo no válidos
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0
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11.2.3. Recomendaciones del servicio (20%) Anexo N°6:
El oferente deberá adjuntar el anexo N° 6, completando con la información solicitada, junto con los documentos que respalden su desempeño en trabajos anteriores de iguales o similares características. Las recomendaciones se evaluarán en base a documentos formales (con firma, timbre, fecha, cargo de quien emite, empresa, etc.) emitidos por entidades públicas o privadas que hayan contratado al oferente, relacionadas directamente con el servicio solicitado.
La información declarada en el Anexo N° 6 debe estar respaldada por documentos válidos, tales como:
● Cartas.
● Certificados.
● Informes de evaluación.
● Etc.
Los documentos deben tener una antigüedad no superior a cinco (5) años y deben ser legibles, sin enmendaduras ni alteraciones. Documentación borrosa o incompleta no será considerada.
La Comisión Evaluadora podrá verificar la autenticidad de la información entregada.
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Recomendaciones del servicio
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Puntaje
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06 o más recomendaciones
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100
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Entre 04 y 05 recomendaciones
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75
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Entre 02 y 03 recomendaciones
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50
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01 recomendación
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25
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No informa, no se puede demostrar
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0
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11.2.4. Subsanación de errores u omisiones formales (5%):
Se evaluará si el oferente presentó completa y oportunamente, dentro del plazo de presentación de ofertas, todos los antecedentes formales exigidos en las presentes Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del decreto 661/24.
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Subsanación de errores u omisiones formales
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Puntaje
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No se requiere salvar errores formales
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100
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Salva errores formales solicitado a través de porta
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50
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No salva errores formales solicitado a través de portal
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0
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Artículo 12°: Desempate de ofertas. |
En caso de empate en el puntaje total final entre dos o más ofertas técnicamente admisibles, la Comisión Evaluadora aplicará el siguiente
orden de prelación de criterios para resolver el empate:
1. Oferta con menor precio.
2. Mayor experiencia acreditada.
3. Mejor cumplimiento en el pago de cotizaciones previsionales.
4. Puntaje obtenido en subsanación de errores u omisión de requisitos formales.
Si aún persiste el empate, se seleccionará la oferta que haya sido ingresada primero en el portal www.mercadopublico.cl, considerando la
fecha y hora de ingreso registrada en el sistema.
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Artículo 13°: De la Adjudicación, re-adjudicación, inadmisibilidad, declaración desierta y notificación. |
13.1. Adjudicación de la oferta:
La SEREMI de Salud publicará en el Sistema de Información los resultados de sus procesos de licitación o
contratación. Asimismo, deberán publicar la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso, en
conformidad al artículo 59 de este reglamento.
Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de licitación, la SEREMI de Salud informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Asimismo, podrá ser prorrogado en el caso del artículo 61 del presente reglamento.
La SEREMI de Salud adjudicará la licitación a la oferta más ventajosa, de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases y conforme a la normativa vigente. Podrá, asimismo declarar desierta la licitación o inadmisibles las propuestas, cuando se configuren las causales establecidas en estas bases, en la ley de compras y su reglamento.
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
La SEREMI de Salud no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Las consultas respecto de la adjudicación deberán ser formuladas en un plazo máximo no mayor a 48 horas y dirigidas a los siguientes correos electrónicos: julio.ruiz@redsalud.gob.cl; jorge.guzman@redsalud.gob.cl y sandra.povedam@redsalud.gob.cl. Las respuestas a las consultas se realizarán a través del mismo medio y con el mismo plazo.
13.2. Re-adjudicación: Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
13.3. Inadmisibilidad de las ofertas: La SEREMI declarará inadmisibles aquellas ofertas que no se ajusten a los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación, en la normativa legal o en el reglamento correspondiente.
Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un mismo procedimiento de contratación, se presenten propuestas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas que pertenezcan al mismo grupo empresarial o que se encuentren relacionadas entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
En estos casos, la entidad licitante considerará, para efectos de evaluación, únicamente la oferta más conveniente presentada por empresas del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de acuerdo con los criterios definidos en las Bases. Las demás ofertas serán declaradas inadmisibles. En caso de que las Bases no establezcan criterios específicos, se considerará como oferta más conveniente aquella que presente el menor precio y que cumpla técnicamente con lo solicitado.
En todos los casos, la resolución de inadmisibilidad deberá ser debidamente fundada y publicada en el Sistema de Información, conforme al
principio de publicidad y transparencia.
13.4. Ofertas riesgosas o temerarias: De acuerdo con el art. 61 del reglamento de compras, la SEREMI de Salud podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
13.5. Declaración de la licitación pública como desierta: Se declarará desierto (o fallida) la licitación pública cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no resulten convenientes a los intereses de la Entidad.
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Artículo 14°: Requisitos para contratar. |
Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación
financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro
de Proveedores establecido en el artículo 16, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la
propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido
condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en
el Código Penal.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos por concepto de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o de los últimos dos años, los pagos iniciales del contrato licitado deberán destinarse al pago de dichas obligaciones. La empresa deberá acreditar el cumplimiento total de estas deudas al cumplirse la mitad del plazo contractual, con un máximo de seis meses. El incumplimiento faculta a la SEREMI para poner término anticipado al contrato y excluir a la empresa de futuras contrataciones.
Documentos Persona Natural:
1. Certificado de estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado, registro que verificará NO haber incurrido en las causales de inhabilidad.
2. Fotocopia legalizada Cédula de Identidad.
3. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado. Declaración firmada al momento de presentar la propuesta a través de www.mercadopublico.cl.
Documentos Persona Jurídica:
1. Certificado de estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado.
2. Fotocopia legalizada Cédula de Identidad.
3. Certificado de Vigencia de la Sociedad.
4. Certificado de Boletín de Informes Comerciales.
5. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado. Declaración firmada al momento de presentar la propuesta a través de www.mercadopublico.cl.
Los servicios que se contraten se materializarán con la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl.
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Artículo 15°: Contratación y validez de las ofertas. |
El artículo 117 del Decreto N° 661/24 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala que se requerirá la suscripción de
Contrato (obligatoria) cuando la licitación sea por monto igual o superior a 1.000 UTM.
Sin perjuicio de que el monto disponible de la contratación sea inferior a las 1.000 UTM, atendida la naturaleza del servicio, se exigirá la
suscripción de contrato por escrito entre las partes, con el fin de garantizar la correcta ejecución del servicio y resguardar adecuadamente
los intereses de la administración.
El contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada.
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre de la licitación. Si el Adjudicatario se niega a
cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo
establecido en la Ley de Compras y su reglamento.
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Artículo 16°: Norma y orden de precedencia de los documentos. |
Esta licitación se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto N°661/24 del Ministerio de
Hacienda, las directivas de contratación pública y los siguientes documentos, en el siguiente orden de precedencia:
1. Bases administrativas, técnicas, económicas y anexos.
2. Aclaraciones y respuestas emitidas por SEREMI de Salud.
3. Oferta del proponente.
4. Acta de apertura y evaluación.
5. Resolución de adjudicación.
6. Resolución declara desierta o inadmisible.
Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta
en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que
le permite la ley para resolver controversias.
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Artículo 17°: Cesión del Contrato y subcontratación. |
El contrato que se celebre con el adjudicatario tendrá carácter Personalísimo, atendida la naturaleza crítica y estratégica del servicio
requerido.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley N° 19.886, se prohíbe expresamente la cesión total o parcial del contrato, así
como la subcontratación total o parcial de las obligaciones derivadas del mismo, sea que se trate de la ejecución directa de la vigilancia o de
las labores de supervisión y control operativo.
La presente prohibición se fundamenta en que el objeto de la contratación corresponde a servicios de seguridad y vigilancia destinados a la
protección de personas, bienes e instalaciones institucionales, los cuales requieren control directo y permanente de la idoneidad del
proveedor; verificación de cumplimiento de requisitos técnicos y legales; supervisión de las habilitaciones vigentes exigidas por la autoridad
competente (OS 10 de Carabineros de Chile); garantía de continuidad operacional del servicio; trazabilidad en la responsabilidad contractual
entre otros.
La adjudicación se realizará considerando los antecedentes técnicos, experiencia, estructura operativa y condiciones laborales declaradas
por el oferente, elementos que resultan determinantes para la evaluación y selección de la oferta más convenientes para los intereses de la
institución. En consecuencia, no resulta procedente que un tercero distinto del adjudicatario ejecute total o parcialmente el contrato.
El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo será calificado como un incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el
proveedor. En tal situación, la SEREMI quedará facultada para declarar el término anticipado del contrato de forma inmediata, de
conformidad al artículo 13 bis, letra c) de la ley N° 19.886 procediendo además al cobro total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento,
sin perjuicio de las indemnizaciones y demás acciones legales que corresponda. legales que correspondan.
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Artículo 18°: Facturación y pago. |
18.1. Emisión de Ordenes de Compra.
La SEREMI de Salud de Tarapacá emitirá, durante la vigencia del contrato, una orden de compra mensual, individualizando el ID de esta
licitación y por el monto mensual pactado, con impuestos incluidos.
18.2. Facturación
La facturación se realizará al finalizar cada mes, previa indicación de recepción conforme de los servicios por parte del funcionario
encargado de esta Licitacion. La factura deberá incluir los siguientes datos:
SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA o SEREMI DE SALUD DE TARAPACA
DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR.
RUT: 61601000-K
CIUDAD : IQUIQUE.
GIRO : SERVICIO PUBLICO.
FORMA DE PAGO: CREDITO.
Facturar indicando en campo referencia (801) el ID de la orden de compra, que debe ser idéntico a como aparece en mercado público (ejemplo: 2270-xxx-SE25).
Enviar archivo XML de factura a la casilla subsalrecepcion@custodium.com antes de 72 horas de emitida, de lo contrario será rechazada automáticamente por la plataforma.
Cualquier error en los datos mencionados o en la factura podrá generar su rechazo por parte de la plataforma o la solicitud de una nota de crédito, según corresponda.
La SEREMI de Salud tendrá un plazo de 8 días corridos desde su presentación, para proceder al reclamo del contenido de la factura conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983.
18.3. Pago:
Los servicios efectivamente prestados serán pagados una vez certificada su correcta ejecución y conformidad, previa presentación de la documentación que se detalla a continuación:
1. Orden de compra: Emitida por la SEREMI de Salud de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme en www.mercadopublico.cl”.
2. Certificado de cumplimiento: Documento emitido por el encargado del proceso o quien le subrogue y firmado por el encargado de Servicios Generales o quien le subrogue, que acredite la correcta y conforme prestación del servicio durante el período mensual correspondiente. Dicho certificado deberá indicar expresamente la conformidad del servicio y, de corresponder, la aplicación de rebajas, descuentos o multas por incumplimientos contractuales. El certificado deberá contar con visto bueno del jefe del Departamento respectivo o su subrogante.
3. Factura: Emitida conforme a la orden de compra, indicando en ella el número de dicha orden, la glosa con la descripción del servicio y el periodo facturado. La factura debe coincidir con los datos de la orden de compra.
4. Para periodos que no cubran la totalidad del mes, se pagarán los días proporcionales en que se prestó el servicio.
5. Acreditación de cumplimiento laboral y previsional: El proveedor deberá acompañar las planillas y comprobantes de pago de Imposiciones; Cotizaciones Previsionales y la copia de Liquidacion de Sueldos del personal que ejecutó el servicio, correspondientes al último mes trabajado, debidamente pagadas. El plazo máximo para el pago de las cotizaciones previsionales e imposiciones de los trabajadores es hasta el día 12 de cada mes posterior al trabajado, o en caso de ser feriado o festivo, el día hábil siguiente. El incumplimiento de esta obligación será causal de aplicación de lo dispuesto “Terminación Anticipada de Contrato”, por parte de la SEREMI de Salud.
6. Plazo de pago: El pago se materializará en un plazo no superior a 30 días corridos, desde la recepción conforme de los documentos presentados, según datos contenidos en la resolución de adjudicación.
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Artículo 19°: Modificaciones y término Anticipado del servicio. |
19.1. Modificaciones contractuales. Art. 129 DS. 661/24:
El contrato, la orden de compra, las bases de licitación y las especificaciones técnicas podrán ser modificadas en los siguientes casos:
1. Cuando así se haya previsto en las bases de licitación o contrato.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
i. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
ii. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de
contratación.
iii. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
iv. Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La SEREMI de Salud, estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el
impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y
cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado
origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones
realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y la SEREMI
de Salud, siempre que esta última cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
19.2. Condiciones para la modificación del contrato. Según lo dispuesto en el artículo 129 del Decreto 661/24 en contratos regidos por la
Ley de Compras y este reglamento la Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra
mientras dure el impedimento previsto en este artículo. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos
en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor
forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones
realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido entre el proveedor y el
organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
19.3. Término Anticipado del servicio.
La SEREMI de Salud podrá modificar o poner término anticipado, de conformidad al artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se verifican las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
3. Cuando el adjudicatario, sus representantes o trabajadores incurran en hechos o conductas graves, objetivamente verificables y debidamente acreditadas, que constituyan un atentado a la probidad administrativa o a la honra institucional, y que afecten directa y significativamente la correcta ejecución del contrato o la confianza indispensable para su cumplimiento.
4. Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, en los casos que corresponda.
5. Si el adjudicatario fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación.
6. Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese la persona natural adjudicataria.
7. Incurrir el adjudicatario en falsedad en la documentación presentada.
8. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
9. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
10. Infracciones que así lo ameriten de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases.
11. La acumulación de multas por un máximo de tres mensualidades o la reincidencia en faltas ya sancionadas relativas a dotación u otro concepto, facultará a la SEREMI para proceder al Termino Anticipado del Contrato.
19.4. Procedimiento administrativo de término anticipado del contrato:
Mediante oficio se informará al proveedor adjudicado el término anticipado del contrato, el cual podrá manifestar sus descargos. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el proveedor adjudicado podrá interponer un recurso de
reposición ante el la SEREMI de Salud, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (5) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes de la institución.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya efectuado, la SEREMI de Salud deberá resolver sobre el término del contrato mediante la dictación del acto administrativo correspondiente.
Caso fortuito o fuerza mayor: En caso de eventos imprevistos que impidan parcial o totalmente el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá notificar por escrito dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a los correos julio.ruiz@redsalud.gob.cl; Jorge.guzman@redsalud.gob.cl; y sandra.povedam@redsalud.gob.cl.
Deberá adjuntar antecedentes que respalden el hecho y su efecto en el cumplimiento contractual, solicitando formalmente la ampliación de
plazos.
La SEREMI de Salud evaluará los antecedentes y emitirá una resolución fundada, aceptando o rechazando la solicitud. Si no se presenta
dentro del plazo señalado, no se aceptarán reclamos posteriores por esta causal.
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Artículo 20°: Multas. |
En caso de incumplimiento contractual, la SEREMI de Salud podrá aplicar las sanciones establecidas en estas bases de licitación. La
certificación de las situaciones que constituyan causal de sanción (amonestación, multa o término anticipado del contrato) será
responsabilidad de la contraparte técnica, quien dejará constancia de las incidencias mediante los canales y registros oficiales (correo
electrónico, informes, actas, entre otros).
Conforme a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, Resoluciones y demás documentos del proceso
licitatorio, se establece la siguiente escala de multas por incumplimiento en la ejecución total o parcial de los servicios contratados:
20.1. Multas específicas:
1. Incumplimiento en el uso de EPP y uniforme del personal: 3% del valor mensual pactado, IVA incluido, por cada mes en que se
verifique la infracción.
2. Ausencia injustificada de trabajadores, o falta de reemplazo oportuno debidamente informado: 5% del valor mensual
pactado, IVA incluido, por cada día en que se constate la ausencia sin reemplazo, previa notificación por correo electrónico desde la
contraparte técnica.
3. Ausencia del Supervisor designado o incumplimiento de sus funciones asignadas: 5% del valor mensual pactado, IVA
incluido, por cada mes en que se verifique incumplimiento. La certificación podrá basarse en informes, correos electrónicos u otros
medios documentales enviados por el Encargado de esta Licitación o el Encargado de Servicios Generales.
4.
Incumplimiento en el pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores en los plazos legales: 10% del valor mensual
pactado, IVA incluido, por cada mes en que se constate el incumplimiento. Esta situación podrá ser causal directa de terminación
anticipada del contrato, según lo dispuesto en el artículo correspondiente de estas Bases.
5.
Incumplimientos reiterados, no especificados o que afecten gravemente el cumplimiento del servicio contratado: Hasta
un 5% del valor mensual pactado, según la gravedad y frecuencia, determinado y fundado por resolución de la SEREMI de Salud,
previo informe de la contraparte técnica.
20.2. Límite de aplicación
Las multas podrán ser aplicadas por un máximo de tres mensualidades acumuladas durante la vigencia del contrato. En caso de reincidencia posterior o incumplimientos graves, se procederá conforme a lo establecido en el apartado sobre la Terminación Anticipada del Contrato por parte de la SEREMI de Salud de Tarapacá.
20.3. Reglas comunes a todas las multas
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato. Se configurará la causal de término anticipado del contrato, cuando se supere el límite del 20% (en multas) del valor total neto del contrato.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa, o podrán ser descontadas de las facturas pendientes de pago.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir.
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Artículo 21°: Resciliación o término de mutuo acuerdo. |
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Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato o modificar el contrato en
cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento, siempre y cuando no se altere el objeto de la presente
contratación
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Artículo 22°: Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos. |
En conformidad con el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886, el procedimiento se ajustará a lo siguiente:
1. Notificación de Cargos: La SEREMI publicará en el Sistema de Información un informe fundado detallando el incumplimiento. La
notificación se entenderá practicada transcurridas 24 horas desde dicha publicación.
2. Descargos: El adjudicatario tendrá 5 días hábiles administrativos para presentar descargos, contados desde el día siguiente a aquel
en que se entendió practicada la notificación.
3.
Resolución: La autoridad dictará resolución fundada en un plazo de 5 días hábiles, la cual deberá pronunciarse obligatoriamente
sobre los descargos presentados.
4.
Cobro de Multas: No se podrá proceder al cobro de multas si la SEREMI mantiene deudas pendientes con el proveedor por servicios
devengados en meses anteriores, conforme al inciso final del artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.
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Artículo 23°: Servicios Adicionales y Disminuciones. |
En caso, que la SEREMI de Salud requiera un servicio adicional no contemplado en las bases técnicas ni en la oferta del proveedor
adjudicado, se podrá aumentar el desarrollo y valor de los mismos hasta un 30% del valor total del Contrato adjudicado, impuesto incluido, y
solo por única vez.
La SEREMI de Salud podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al proveedor adjudicado, por
correo electrónico y/o mediante oficio, hasta contemplar un 30% del monto total del contrato, ya sea en una o varias ocasiones, según
disponibilidad presupuestaria y acto administrativo fundado.
Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del
Contrato, acorde a los servicios contratados.
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Artículo 24°: Naturaleza de la prestación de servicios. |
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El proveedor adjudicado, sólo ejecutará las prestaciones de servicio de seguridad y vigilancia y no tendrá la calidad de dependientes de la
SEREMI de Salud, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará sometido a las disposiciones laborales vigentes.
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Artículo 25° Cláusula de integridad/Probidad administrativa. |
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El proveedor adjudicado se obliga a observar los principios de probidad, transparencia y legalidad en todas las actuaciones relacionadas con
la ejecución del contrato, absteniéndose de ofrecer beneficios, dádivas o cualquier tipo de incentivo indebido a funcionarios públicos. El
incumplimiento de esta cláusula será causal de término anticipado del contrato.
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Artículo 26° Confidencialidad. |
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El proveedor deberá mantener absoluta confidencialidad respecto de toda información a la que tenga acceso con motivo de la ejecución del
contrato. Esta obligación se mantendrá vigente aún después de finalizado el vínculo contractual.
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Artículo 27°: Responsabilidad del Proveedor. |
El proveedor será responsable por el correcto y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en las presentes bases,
asumiendo plenamente su ejecución.
En tal sentido, responderá de manera exclusiva por:
a. Los daños y perjuicios que, por acción u omisión, cause a la SEREMI de Salud, a sus funcionarios, bienes o instalaciones, en el marco de la ejecución del contrato.
b. Los daños causados a terceros, derivados de la ejecución de los servicios contratados, incluyendo su personal dependiente, vehículos, o cualquier otro medio utilizado para prestar los servicios.
c. El incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales, incluyendo fallas por falta de personal o ejecución deficiente de los servicios.
d. El incumplimiento de legislación laboral, previsional y de seguridad social respecto de sus trabajadores, así como de toda la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
e. Cualquier acto u omisión atribuible al proveedor que implique el pago de multas, indemnizaciones, sanciones administrativas o judiciales a cargo de la SEREMI de Salud, las cuales deberán ser restituidas íntegramente por el proveedor dentro de los plazos establecidos por la institución.
El proveedor no podrá eximirse de su responsabilidad invocando actuaciones de terceros, subcontratistas o personal de su dependencia.
La presente cláusula se aplicará sin perjuicio de las acciones civiles, administrativas o penales que la SEREMI de Salud pueda ejercer en caso de incumplimiento grave.
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Artículo 28°: Domicilio y Jurisdicción. |
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Para todos los efectos legales derivados de esta licitación, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Iquique y se someten a la jurisdicción
de sus Tribunales de Justicia.
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Artículo 29°: Notificaciones. |
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Todas las comunicaciones se realizarán a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Los plazos se computarán según el
artículo 25 de la Ley N° 19.880, siendo días hábiles administrativos (lunes a viernes, excluyendo festivos).
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Artículo 30° Anexos. |
Anexo N° 1: Identificación del Oferente.
Anexo N° 2: Sobre causales de inhabilidad e incompatibilidad de deudas.
Anexo N° 3: Oferta Económica.
Anexo N° 4: Cantidad de trabajos realizados por la empresa de acuerdo con el servicio solicitado.
Anexo N° 5: Recomendaciones.
Anexo N° 1 y 3: Reglamento de Contratistas.
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ANEXO N° 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
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PARA PERSONA NATURAL LLENAR ESTA PRIMERA PARTE
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Nombre completo o Razón Social
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Nombre fantasía
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N° Cédula de Identidad o RUT
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Domicilio legal
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Giro/actividad
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Teléfono (s) / Celular (s)
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Correo (s) electrónico (s)
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PARA PERSONA JURDÍDICA
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Nombre completo
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RUT Empresa
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Dirección
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Domicilio
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Giro/actividad
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Teléfono (s) / Celular (s)
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Correo (s) electrónico (s)
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DATOS REPRESENTANTE LEGAL
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Nombre completo
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Nº Cédula de Identidad o RUT
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Instrumento en que consta personería
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Tipo documento
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Notaría
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Fecha y N° Repertorio
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma Representante Legal
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ANEXO N° 2 SOBRE CAUSALES DE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD Y DEUDAS
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Yo..............................................................., cédula nacional de identidad N°.........................., Domiciliado en.........................................................., en mi calidad de representante legal de la Sociedad....................................................................................., declaro que la Empresa que represento y/o ninguno de sus socios se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que a continuación se señalan:
a) Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, en calidad de autor cómplice o encubridor, a menos que haya transcurrido un plazo de 2años del término del cumplimiento de la condena.
b) Haber sido condenado por infracción al decreto N° 511 de 1980, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y sus modificaciones, a menos que hayan transcurrido tres años desde el término del cumplimiento de la sanción.
c) Haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de un Contrato celebrado por alguna entidad regida por la Ley de Compras, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar de la fecha de la sentencia.
d) Estar suspendido o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas del Estado.
e) Sin Deudas Vigentes con Trabajadores, declaro bajo juramento que mi Empresa/representada no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Finalmente, declaro bajo juramento que estos antecedentes corresponden a la realidad.
Declaro, que la información proporcionada es veraz y comprobable, y que conozco que la falta de cumplimiento de cualquiera de los requisitos técnicos obligatorios señalados en las Bases y en el presente anexo será causal de inadmisibilidad de la oferta o término anticipado del contrato, según corresponda.
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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ANEXO N° 3
OFERTA ECONÓMICA
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Licitación: Servicio de Guardias de Seguridad para dependencias de la SEREMI de Salud de Tarapacá.
ID Licitación:
El Oferente, _________________________________, representado legalmente por quien suscribe, ___________________________ por la presente declara que su cotización económica en pesos chilenos es la siguiente:
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SERVICIO
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MONTO
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Seguridad y Vigilancia x 2 guardias según turnos y condiciones contenidas en bases
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Total mensual neto
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Total 12 meses neto
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IVA 19%
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Total contrato 12 meses con IVA
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Son: (en palabras) __________________________________________________________pesos chilenos, IVA incluido Valor total por el plazo de 12 meses
Nota 2: No se aceptarán cobros adicionales en ninguna circunstancia.
Nota 3: Esta oferta no será Reajustable durante el período que dure el servicio.
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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ANEXO N° 4
EXPERIENCIA: CANTIDAD DE TRABAJOS REALIZADOS POR LA EMPRESA DE ACUERDO CON EL SERVICIO SOLICITADO
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El Oferente, _________________________________, representado legalmente por quien suscribe, ___________________________ por la presente declara que su experiencia en el rubro solicitado es la siguiente:
NOTA: Se requiere que el oferente complete los campos solicitados en la siguiente tabla, indicando:
- Razón Social o Rut de la Empresa o Institución contratante donde realizó servicio igual o de similares características.
- Nombrar tipo de documento que adjunta para acreditar la experiencia en la empresa o institución indicada en campo N° 1, como por ejemplo “orden de compra ID: XXXX-XX-SE24, Contrato, Factura N° xxxx, etc.)
- Datos de contacto de empresa o institución donde se prestó el servicio como por ejemplo nombre, teléfono o correo electrónico. Esto es sólo para efectos de verificar información, si es que así lo considera la Comisión Evaluadora.
- Para asignar puntaje de acuerdo con criterio de evaluación, la información entregada en este anexo debe ser concordante con los documentos que se adjunten a la propuesta a través de la plataforma www.mercadopublico.cl
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1.- Razón Social o RUT de Empresa o Institución contratante
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2.-Tipo de documento y número (si aplica).
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Adjunta respaldo de documento indicado
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Datos de Contacto de Empresa o Institución donde se prestó el servicio (Nombre, teléfono y/o correo electrónico)
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***Puede agregar las filas que considere necesarias.
Si lo declarado en anexo no tiene documentos adjuntos que sean concordantes, son ilegibles o enmendados, estos no serán considerados.
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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ANEXO N° 5
RECOMENDACIONES DEL SERVICIO
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El Oferente, _________________________________, representado legalmente por quien suscribe, ___________________________ por la presente declara que sus recomendaciones son las siguientes:
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Nombre Empresa o Institución contratante (A quien se prestó el servicio)
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Documento que acredita recomendación (carta/certificado u otro)
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Datos de Contacto de Empresa o Institución donde se prestó el servicio (Nombre y teléfono y/o correo electrónico)
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***Puede agregar las filas que considere necesarias.
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Fecha
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Nombre, RUT y Firma
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ANEXO N°1
COMPROBANTE OFICIAL DE RECEPCIÓN DEL REGLAMENTO ESPECIAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS DEL MINISTERIO DE SALUD.
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Yo, _______________________, representante legal de la empresa: _________________________;
Rut: ______________; Declaro haber recibido un ejemplar del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas del Ministerio de Salud y manifiesto estar conforme con su contenido y aceptar todas las disposiciones reglamentadas. Además, declaro y acepto que:
- El Ministerio de Salud me ha suministrado la información necesaria y suficiente respecto de las facilidades o dificultades que encontraré o que puedan afectar la ejecución de la obra, faena o servicio.
- Conozco el lugar en que se ejecutara el servicio, obra o faena y sus vías de acceso.
- Me he familiarizado con las condiciones generales existentes en el lugar en que se ejecutará la obra, faena o servicio.
- Entiendo cabalmente la naturaleza de los servicios que se prestará.
- Entregaré toda la información solicitada en el presente reglamento.
- Cumplimiento cabal de las normas establecidas.
Asimismo, declaro que conozco las exigencias que para la ejecución de la obra, faena o servicio puedan imponer las autoridades u oficinas gubernamentales y de servicios públicos que tienen jurisdicción sobre la materia; que habiendo hecho mi propia investigación, estoy conforme con la naturaleza y ubicación del servicio, con las condiciones generales y específicas que encontraré y con cualquier otro asunto que, de un modo o de otro, pudiera afectar la obra(s), faena(s) o servicio(s) y su realización, y que ello ha sido considerado en la aceptación del trabajo.
Fecha de Recepción:
ID de licitación:
Firma y Timbre del Representante Legal
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ANEXO N°3
CERTIFICADO DE COMPROMISO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
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CERTIFICADO DE COMPROMISO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Yo_________________________________, Representante legal de la Empresa ______________.
Rut____________________, declaro estar en conocimiento de lo establecido en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas del Ministerio de Salud y manifiesto estar conforme con su contenido y aceptar todas las disposiciones reglamentadas, además me comprometo que, con 48 horas previas al inicio de los trabajos, tendré la obligación de entregar al Ministerio de Salud los siguientes antecedentes:
a) Copia de autorización de jornada de trabajo otorgada por la Dirección del Trabajo (Según corresponda).
b) Fotocopia carnet por ambos lados de las personas que desarrollarán labores en dependencias del Ministerio de Salud.
c) Copia de todos los contratos de trabajo de las personas que desarrollarán labores en dependencias del Ministerio de Salud.
d) Copia del registro de recepción del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (Art. 14º del D.S. Nº40/1969 Ministerio del Trabajo y Previsión Social.) por la Inspección del trabajo y la Secretaria Regional Ministerial de Salud.
e) Copia del registro de recepción por parte del personal del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (Artículo 14º del Decreto Supremo Nº40/69 Ministerio del Trabajo y Previsión Social).
f) Registro de Charla de Inducción (obligación de Informar – Artículo 23 Decreto Supremo Nº40/1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social).
g) Registro de entrega de los elementos de protección personal necesarios para el tipo de labor que desarrollará el trabajador.
h) Copia de carta o certificado de adhesión al Organismo Administrador de la Ley Nº16.744, (Instituto de Seguridad Laboral, Instituto de Seguridad del Trabajo, Asociación Chilena de Seguridad o Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción) al que se encuentre afiliado.
i) Las personas que tengan contrato a honorarios deberán entregar el o los certificados que acredite(n) que se encuentra(n) afiliada(s) a un organismo administrador de la Ley Nº16.744 (Decreto 67/2008 Ministerio del Trabajo y Previsión Social).
j) Cronograma de Trabajo.
k) Otros requisitos dependiendo de la labor a realizar, como:
- Examen ocupacional que acredite que la persona que se encuentra apta para la labor a realizar (según corresponda).
- Cursos de especialización.
- Hojas de Datos de Seguridad de sustancias peligrosas a utilizar.
- Certificación de la Superintendencia de Electricidad y Combustible para realizar labores de instalación, reparación o mantención de: sistema eléctrico, artefactos eléctricos, sistema de gas o artefactos a gas.
- Antecedentes y documentación de vehículos, equipos o herramientas a utilizar en la obra, faena o servicio.
- Otro antecedente requerido para efectuar la labor.
No obstante a lo anterior si los trabajos pudieran originar caídas de más de 1,8 metros de altura de la superficie del suelo; se realicen en techumbre o en altura; o sean considerados de alto riesgo, por la Oficina de Prevención de Riesgos Profesionales, o por el Encargado del Prevención de Riesgos, o por el Experto Asesor Macrozonal Regional en Prevención de Riesgos, o por el Departamento de Desarrollo y Planificación Institucional, Unidad de Administración Interna, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad u otro Depto. u otra Oficina del Ministerio de Salud. Adjuntaré los siguientes antecedentes:
a) Copia de la resolución de la SEREMI de Salud que acredite al profesional como Experto en Prevención de Riesgos
b) Procedimiento de Trabajo Seguro (PTS) de los trabajos a realizar.
c) Análisis de Trabajo Seguro (ATS) o Análisis de los Riesgos Operacionales (ARO).
d) Inventario de Riesgos Críticos o Matriz de identificación de peligros, evaluación y control de riesgos.
e) Otros requisitos dependiendo de la labor a realizar.
Firma y Timbre del Representante Legal
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