Licitación ID: 2289-31-LE20
Convenio de suministro para Telefonía Móvil
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR, MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de telefonía móvil 1 Unidad
Cod: 83111603
SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR AÑO 2020  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio de suministro para Telefonía Móvil
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Mantener conectado a funcionarios que cumplen actividades críticas dentro del municipio, así como a las autoridades edilicias, con la comunidad de manera de disponer de los servicios de comunicación continua en telefonía celular, mensajes de texto y conección via internet, por el periodo de un año con opción de renovar el contrato.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
R.U.T.:
69.220.700-9
Dirección:
AVDA. ALESSANDRI S/N FRENTE A PLAZA FRUTILLAR ALTO
Comuna:
Frutillar
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-07-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 25-06-2020 17:36:05
Fecha inicio de preguntas: 25-06-2020 17:41:00
Fecha final de preguntas: 02-07-2020 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-07-2020 20:36:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-07-2020 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-07-2020 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2020 17:09:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO N°2 DECLARACIÓN JURADA OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°4 OFERTA TÉCNICA
 
2.- ANEXO N°5 ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 FACTOR CALIDAD TÉCNICA Categoría 1 referente al standar técnicos de los equipos requeridos, se plantean 12 ítems que suman 48 puntos en total. Categoría 2 referente al standar técnicos de los equipos requeridos, se plantean 11 ítems que suman 42 puntos. En cuanto al standar técnicos del navegador portatil, se plantean 3 ítems que suma 10 puntos. El total de los puntajes se multiplica por 35% 35%
2 DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS Y HABILITACIÓN DEL SERVI Menos de 5 días hábiles obtiene 15 puntos; De 5 a 8 días hábiles obtiene 10 puntos; De 8 a 10 días hábiles obtiene 5 puntos y Más de 10 hábiles obtiene 3 puntos. Forma de Cálculo para Ponderar: (Puntaje Asignado x 0,20) 20%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE - Acredita más de 10 órdenes de compras aceptadas y/o contratos con instituciones públicas en servicios de telefonía móvil, obtiene 100 pts. - Acredita más de 5 y hasta 10 órdenes de compras aceptadas y/o contratos con instituciones públicas en servicios de telefonía móvil, obtiene 40 puntos. - Acredita de 1 a 5 órdenes de compras aceptadas y/o contrato obtiene 10 puntos. Cálculo = Puntaje x 5% 5%
4 OFERTA ECONÓMICA (Menor oferta económica x 40)/(Oferta económica evaluada) 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: El Convenio tendrá una duración de 12 meses, a contar de la fecha de suscripción del contrato mediante la aceptación de la orden de compra, entrega de los equipos y del servicio respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, el convenio se extenderá hasta cum
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: CARLOS ROSAS SOTO
e-mail de responsable de pago: pagos@munifrutillar.cl
Nombre de responsable de contrato: ESTEBAN TRONCOSO ARTEAGA
e-mail de responsable de contrato: administrador@munifrutillar.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2422370-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Los servicios son de contratación directa con el oferente para efectos de resguardar los requerimientos y aspectos considerados en las Bases administrativas y técnicas de la presente licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
Primer Factor Oferta Económica; Segundo Factor Calidad Técnica; Tercer Factor Disponibilidad de Equipos y Cuarto Factor Experiencia del Oferente.
ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la licitación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio, para lo cual se elegirá la oferta más ventajosa y más conveniente a los intereses del municipio de Frutillar, en conformidad a lo informado por la Comisión Evaluadora y de acuerdo con la Pauta y resultado del Cuadro de Evaluación. En caso de existir una sola oferta, la licitación será adjudicada a ésta, siempre que ella dé cumplimiento a las Bases Administrativas, Técnicas y demás requerimientos establecidos en el proceso de licitación. La Ilustre Municipalidad de Frutillar declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos, tanto en las bases administrativas como técnicas; en otra circunstancia podrá declarar desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, si la estima que es la más conveniente a sus intereses, debidamente fundado y siempre que cumpla con todo los requisitos señalados en estas bases. Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza. En el evento de que no se realice la adjudicación dentro del plazo señalado previsto, se informará en el portal las razones que justifican dicho incumplimiento y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Si dentro de los 10 días siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos podrán desistirse y retirar sus ofertas, sin derecho a indemnización alguna.
Notificación de la Adjudicación
La Ilustre Municipalidad de Frutillar, podrá realizar una nueva adjudicación o re-adjudicación, en los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado, previo a la perfección del contrato, no se inscribiera en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl • Si el oferente pretende modificar su oferta una vez adjudicado o se niega a dar cumplimiento a cualquier parte de ésta. • Si se descubre en cualquier momento, entre la adjudicación y la perfección del contrato, que el oferente adolece de alguna inhabilidad para contratar con el Estado. • En caso de que exista algún error en la adjudicación observada por algún oferente siempre y cuando esta sea realizada dentro del plazo para realizar consultas respecto a la adjudicación. La nueva adjudicación, se efectuará mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el oferente que haya obtenido el siguiente más alto puntaje y así sucesivamente.
Consultas Respecto a la Adjudicación
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso de licitación, deseen efectuar consultas, respecto al resultado del proceso de adjudicación, podrán realizarlas vía correo electrónico a adquisiciones.munifrutillar@gmail.cl en un plazo no superior a 3 días corridos, contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación. Las respuestas y/o aclaraciones serán atendidas en un plazo máximo de 3 días hábiles.
CONTRATO
No se contratará la oferta de aquel oferente que no se encuentre hábil en el portal de Chilecompra. Formarán parte integrante del contrato las bases administrativas, los anexos, aclaraciones y modificaciones de las bases, preguntas y respuestas del periodo de consultas; así como la Oferta Técnica y Económica del proveedor adjudicado, en ningún caso la empresa adjudicataria podrá establecer clausulas adicionales de forma unilateral, si se presentará una situación en ese contexto, la adjudicación quedará sin efecto y se procederá a adjudicar al siguiente oferente con mejor puntaje en orden de prelación.
Órdenes de Compra
En relación al registro mensual de los servicios utilizados, se generará una orden de compra sujeta al ID de la presente licitación pública, la que puede ser emitida incluso posterior a la recepción de la factura del respectivo mes, a fin de revisar el proceso de cobro del servicio o incluir antecedentes anexos al presente proceso, como la contratación adicional o temporal de la cobertura internacional (roaming). La orden de compra para adjudicar el presente proceso de licitación se realizará una sola vez para dicho fin, las posteriores órdenes de compra serán parte del registro del servicio tomad en el mes y en función de la factura presentada por la empresa proveedora.
GARANTÍAS
1 Garantía de seriedad de la oferta El presente llamado a licitación no contempla o exige la presentación de garantías de seriedad de la oferta por parte de los oferentes. 2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato El presente llamado a licitación no contempla o exige la presentación de garantías por fiel cumplimiento del contrato por parte de los oferentes. 3 Garantía adicional relacionada a equipos móviles. Los PRODUCTOS se deberán garantizar en conformidad con lo establecido en la Ley del Consumidor. En caso de daño, hurto, robo y acción no imputable al usuario, y siempre que la acción denunciada se encuentre debidamente certificada, se emitirá un oficio desde la administración municipal para que sea repuesto o reparado con cargo a la empresa adjudicataria o prestadora del servicio.
INSPECTOR TÉCNICO
Se designa como inspector técnico a quien ejerza el cargo de jefe de gabinete del señor Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Frutillar o quien le subrogue o reemplace en caso de ausencia, con dirección laboral en Avenida Philippi N°753 de la comuna de Frutillar.
PAGOS
El pago se realizará dentro del plazo de 30 días corridos, desde la fecha de recepción del producto y/o servicio y posterior entrega de facturas, es decir deberán contar con la aprobación del Inspector Técnico, según lo indicado en las bases de licitación. En el caso que la factura sea objetada, esta será remitida al adjudicatario para que subsane las observaciones realizadas, dentro del plazo de 10 días corridos, suspendiéndose entre tanto el plazo para el pago. Los servicios de telefonía móvil que se entreguen, producto de este proceso de licitación, deben ser considerados como PLAN A COSTO FIJO MENSUAL, razón por la que los valores durante el periodo de duración del mismo contrato, no deben presentar variación. En este contexto los servicios adicionales a como Publiguías, Concursos, línea 700, Netflix y aquellos que involucren un valor adicional al contratado serán bloqueados por parte de la empresa proveedora. En esta misma lógica de resguardo de recursos públicos, cualquier gasto sobre el valor fijo establecido deberá ser asumido por la empresa que entrega el servicio en razón a la condición establecida. En consecuencia las facturas deberán mantener un valor mensual fijo de acuerdo al monto adjudicado y dependerá de la solicitud de la Ilustre Municipalidad de Frutillar, el disponer de líneas o servicios adicionales, en las condiciones que establece la ley para ese fin. La factura deberá ingresar en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Frutillar, ubicada en Avenida Philippi N°753 de la ciudad de Frutillar, en días hábiles de lunes a viernes entre 8:30 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:30 horas o enviada al correo electrónico: pagos@munifrutillar.cl con copia a: adquisiciones.munifrutillar@gmail.com.
MULTAS
Categoría Grave 1,5 UF por evento: • Atrasos en la entrega de los productos equipos al plazo propuesto en el Anexo Económico. • Si se detectase daño o deterioro intencionados en los equipos por parte del proveedor o sus dependientes, tras su entrega. • Otro incumplimiento de las Bases o especificaciones Categoría Menos Grave 0,5 UF por evento: • La suspensión continua del servicio por periodos prolongados que superen la jornada laboral o las 8 horas( se aplicará multa por día) • Si los precios no son respetados por el proveedor.
Aplicación de Multas
Detectada una situación que a merite la aplicación de multas, por parte de la Ilustre Municipalidad de Frutillar, se informará al adjudicatario, por correo electrónico, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. a) Equipos: El Jefe de Gabinete del señor Alcalde de la comuna de Frutillar, será el encargado de la recepción de los equipos y quien emitirá el certificado correspondiente si algún equipo no cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, haciendo constatar este hecho en el certificado, el cual será remitido a Finanzas y Adquisiciones, conforme al número de equipos que no cumplan con las especificaciones susceptibles de ser informada al Director del Departamento de Administración y Finanzas, quien procederá a aplicar la multa conforme lo establece el punto 18.1 de las presentes bases. b) Servicios: Cada equipo será asignado a un usuario municipal, quien informará por escrito y por el medio más idóneo a la contraparte certificadora, que en este caso será el Jefe de Gabinete del señor Alcalde de la comuna de Frutillar, respecto del número de días de falla de conectividad para efectos de aplicar las multas que correspondan. El proveedor deberá presentar su correspondiente factura luego de finalizar el servicio, acompañada con la respectiva copia de la orden de compra y la multa deberá ser cancelada en un plazo que no podrá superar los 30 días de su notificación, de lo contrario se procederá a descontar del valor total del pago del mes siguiente.
DURACIÓN DEL CONVENIO
El Convenio tendrá una duración de 12 meses, a contar de la fecha de suscripción del contrato mediante la aceptación de la orden de compra, entrega de los equipos y del servicio respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, el convenio se extenderá hasta cumplir con el monto máximo de contratación en pesos, propuesto en el total de la oferta económica, o bien transcurridos los 12 meses (lo que ocurra primero), quedando la posibilidad de ser extendido por 12 meses más, tras acreditación conforme en la entrega del servicio.
MODIFICACIÓN Y TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato que emane de la presente licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las causales establecidas en los Artículos N°13 y N°77 de la Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento respectivamente. Además de las causales anteriores, el Municipio de la comuna de Frutillar podrá dar término anticipado al Contrato cuando el adjudicado incurra en incumplimiento de las obligaciones que asume en virtud de éste, para lo cual lo notificará por escrito, resolviendo el Contrato, sin derecho a indemnización alguna. Algunas de las causales de término anticipado son: a) Por acuerdo de las Partes. b) Por incumplimiento de proveedor adjudicado, a juicio de la Ilustre Municipalidad de Frutillar, de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y de la oferta recibida. c) No aceptar, por parte del adjudicatario, primera orden de compra, dentro de las 48 horas, desde la fecha de emisión de esta. d) No dar cumplimiento a cualquiera de las obligaciones del Pacto de Integridad, estipuladas en el Anexo Nº 2 de las presentes Bases. e) Deficiencias en la entrega del servicio, según Bases Técnicas y Administrativas. f) Interrupciones injustificadas del servicio. g) Acumulación de multas por un monto igual o superior a 3 UF. La resolución de término de contrato deberá ser aprobada por el Concejo Municipal y será notificada al proveedor por el Secretario Municipal.