Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA EN INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "EXPERIENCIA DESARROLLADA EN AÑOS” .
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De la Licitación |
La Consultoría consiste en la inspección de la construcción de la red de agua potable en el sector Los Radales, cuya obra considera la habilitación de un pozo profundo que aportará un caudal de producción de 9 litro por segundo. El tratamiento de agua en el mismo recinto del pozo mediante la inyección de hipoclorito de calcio, a través de un equipo clorador ubicado en una caseta para el sistema de tratamiento con las obras eléctricas necesarias, además del estanque de hormigón armado de 10 metros cúbicos ubicados en el mismo recinto, para distribuir mediante sistema de presurización a toda la población proyectando instalar aproximadamente 3,28 kilómetros de red de distribución que serán en PVC de 75 milímetros de diámetro, con la instalación de 27 arranques domiciliarios.
La inspección debe ser realizada por un profesional competente del área de la construcción, en adelante “el asesor”, debiendo éste estar en posesión de título de Ingeniero Civil de Obras Civiles, Constructor Civil o Ingeniero Constructor, los cuales deberán asesorar al Inspector Técnico de obras de la Municipalidad de Frutillar, en adelante “el ITO”, en la fiscalización de los proyectos.
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Participantes |
Podrán participar de la propuesta pública, las personas naturales o jurídicas, que los faculte para realizar inspecciones técnicas de obras que den cumplimiento a las exigencias establecidas en las presentes bases de licitación y que estén en condiciones de prestar los servicios requeridos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas adjuntas, y que se encuentren al momento de contratar inscritas en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Chile Compra).
Se considera para esta licitación Profesionales del Área:
Ingeniero Constructor
Constructor Civil
Ingeniero Civil en Obras Civiles
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Documentos integrantes de la Licitación |
Serán parte integrante de la presente licitación pública, los siguientes antecedentes:
• Términos de Referencia Consultoría.
• Antecedentes de la contratación de las obras civiles.
• Las presentes Bases Administrativas Generales.
De lo anterior, la licitación da origen a un contrato de asesoría a la inspección técnica de las obras identificadas conforme a: Memorias, Planos, Bases Administrativas Generales y Especiales, Oferta Contratista Adjudicado, Normativa Vigente, Procedimientos Municipales y en general todos los antecedentes que rijan la ejecución de las obras, incluidas sus aclaraciones, eventuales modificaciones, plazos de recepciones provisorias, incluidos periodo de formulación y corrección de observaciones al Contratista y hasta la recepción provisoria sin observaciones de las obras.
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Plazo |
El plazo de ejecución de la Inspección Técnica, será de 6 meses corridos contados desde la fecha de firma del respectivo contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, dicho plazo podrá modificarse, pudiendo incluso terminar anticipadamente en los casos indicados en las presentes bases.
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Relación Técnica y Administrativa |
En caso de discrepancia entre los antecedentes técnicos de la licitación, las aclaraciones prevalecerán sobre los Términos de Referencia.
En caso de discrepancia entre los antecedentes administrativos de la licitación, las aclaraciones prevalecerán sobre las bases y las bases sobre el Contrato.
Sin perjuicio de todo lo anterior, en caso de discrepancias entre la documentación integrante del presente llamado a licitación pública, sea esta administrativa o técnica, siempre prevalecerá aquella alternativa que mejor beneficie el proyecto, de acuerdo a razonamiento fundado del municipio, en atención a su calidad de Mandante y unidad técnica de los proyectos.
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Anexos Administrativos |
A)Anexos Administrativos
1 Identificación del Oferente, debidamente firmada (Según formulario Nº1).
2 Declaración jurada simple. Conocimiento de los Antecedentes, debidamente firmada. (Según formulario Nº2).
3 Declaración Jurada ante Notario acreditando no encontrarse afecto a ninguna situación descrita en el Artículo N° 92 del DS. Nº 250 de Hacienda. Con vigencia igual o inferior a 30 días
4 Registro vigente del proponente, con fecha de emisión no superior a 30 días, o certificado del Curso PAC
B) Anexos Técnicos:
1 Formulario Experiencia del oferente, debidamente firmado, cuando corresponda (Según formulario Nº3).
Esta experiencia deberá ser acreditada mediante la presentación de los respectivos certificados de los mandantes públicos o privados.
2 Certificado de título, certificados Post-títulos, cursos de capacitación reconocidos por la dirección de vialidad o si los hubiere.
3 Plan de Trabajo
El oferente deberá presentar, Plan de Trabajo, el cual deberá incorporar como mínimo, los siguientes ítems:
3.1. Revisión y estudio de la obra a ejecutar. Antecedentes técnicos
3.2. Revisión de los antecedentes administrativos
3.3. Revisión de los antecedentes de la oferta.
3.4. Prever las principales dificultades que se generaran durante la ejecución de la obra.
3.5. Normas y reglamentos que infieren en este tipo de obras.
3.6. Descripción de las Tareas a ejecutar durante la Consultoría.
4 Perfil del Postulante.
El oferente deberá presentar, Declaración Jurada Simple, debidamente firmada (Según formulario N° 5).
5. Anexos Económicos:
5.1 Oferta económica, debidamente firmada (Según formulario Nº 4). Indicar el monto neto por mes y periodo a ofertar.
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Apertura Técnica de las Propuestas |
La Comisión de Apertura, designada por Decreto Alcaldicio, se reunirá el día señalado en el portal en la Municipalidad de Frutillar ubicada en Av. Bernardo Phillipi 753. En dicha ocasión se levantará y suscribirá un Acta de Apertura de las propuestas obtenidas a través del portal y se dejará constancia del cumplimiento que los oferentes hayan dado a los requisitos exigidos para el proceso.
El Acta será firmada por los integrantes de la Comisión y los oferentes presentes. En este acto los oferentes podrán participar si así lo estimasen, lo que deberán quedar establecidos en el acta de apertura.
No se recibirán ofertas ni se podrá modificar o retirar propuestas después de la hora indicada para la recepción de las mismas.
Los oferentes que no cumplan con las exigencias establecidas en las Bases, presenten documentos incompletos o falten antecedentes, quedarán fuera de bases y serán eliminados del proceso de apertura de sobre de oferta económica.
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Adjudicación |
La Comisión emitirá un informe de las ofertas recepcionadas, proponiendo a la máxima autoridad comunal adjudicar aquella que sea más conveniente al interés municipal, de acuerdo a los resultados obtenidos en la evaluación de los requerimientos administrativos, técnicos y económicos establecidos en las bases de licitación.
Tomando como base el informe elaborado por la Comisión, la adjudicación la efectuará el Sr. Alcalde de la comuna, debiendo formalizarse mediante Decreto Alcaldicio ingresado al portal de mercado público, lo que dará origen a una Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el oferente seleccionado.
El mandante, se reserva el derecho de adjudicar a cualquiera de los proponentes, que haya cumplido con los requisitos establecidos en las bases del proyecto aunque no sea la oferta más económica, y siempre que sea la más conveniente o adecuada a los intereses o condiciones del Municipio.
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Contratación |
1 FIRMA DEL CONTRATO:
El contrato deberá ser suscrito a más tardar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que por escrito o vía mail se comunique la adjudicación, el que deberá ser firmado en cuatro ejemplares, siendo una copia para el Mandante.
Si por causa imputable al proponente favorecido el contrato no se firma en el plazo estipulado, la Municipalidad podrá dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación, quedando el Mandante en libertad para adjudicarla propuesta que resultó en 2º lugar o bien realizar un nuevo llamado a licitación si no hubiere más ofertas.
2 BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario, deberá presentar como Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato un documento aceptado legalmente como garantía por un monto equivalente al 5% del valor del contrato, en el momento de la firma del mismo y cuya vigencia comprenderá el plazo desde la firma del contrato hasta la recepción de las obras, aumentado sobre este en 90 días más. La garantía deberá ser tomada a nombre de la Ilustre Municipalidad de Frutillar.
La glosa de la garantía deberá decir: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del Servicio de Consultoría e Inspección Técnica de las Obras: “CONSTRUCCIÓN SERVICIO DE APR SECTOR LOS RADALES, COMUNA DE FRUTILLAR.
Será responsabilidad del contratista renovar la garantía si el contrato se extiende más allá del plazo de su vigencia en caso de ampliaciones de plazo. Si no la renovase antes de 30 días de su vencimiento, luego de haber aplicado las multas respectivas, se podrá hacer efectivo el documento de garantía.
El contratista deberá mantener vigente durante todo el contrato la garantía, siendo de su cargo los gastos que ello irrogue.
La devolución se realizará una vez finalizado los plazos y previa recepción final de las obras sin observaciones.
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Termino Anticipado del Contrato |
a) Por causa del Mandante: El Mandante tendrá derecho a ordenar la suspensión o término del contrato cuando no haya fondos disponibles para llevarlo adelante o cuando así lo aconsejan las necesidades superiores de la comuna.
El aviso de término deberá ser comunicado por escrito con una anticipación mínima de 30 días corridos. El Mandante quedará obligado a pagar al Consultor las sumas por concepto de:
- Derechos notariales, si procede.
- Costo de los trabajos realizados hasta ese momento.
Para el cobro de estas cantidades, el Consultor, deberá acreditar con recibos o comprobantes pertinentes los gastos en que hubiere incurrido. En todos los casos de término anticipado del contrato se procederá a valorizar el trabajo realizado de acuerdo a los precios del mismo, dándose valor "cero" a toda la actividad que deba ser rehecha.
b) En Caso de Rescindir el Contrato:
Corresponde rescindir un contrato cuando, de común acuerdo, las partes decidan poner término y liquidar anticipadamente el contrato. Con tal objeto, la parte interesada en rescindir deberá formular una presentación por escrito y la otra parte, aceptarla. Se perfeccionará el rescindimiento del contrato mediante decreto o acuerdo de la misma autoridad que adjudicó el Contrato. Se rescindirá el Contrato sin indemnización para las partes.
c) Resolución del contrato:
El Contrato quedará resuelto por disposición del Mandante si:
El Consultor es sometido a proceso por delito que merezca pena aflictiva.
El Consultor es declarado en quiebra.
El Consultor no suscribe el contrato en los plazos y condiciones establecidas, sin causas
Justificadas a juicio del Mandante.
d) Fallecimiento del Consultor:
En caso de fallecimiento, se procederá a la liquidación anticipada del contrato y si ella arroja un saldo a favor del Consultor, éste conjuntamente con las garantías le serán entregada a sus herederos, previa acreditación de su calidad de tales, una vez suscrito el finiquito correspondiente.
En caso que la liquidación anticipada del contrato arroje un saldo negativo para el Consultor, el Mandante procederá a cobrar las garantías.
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De las Multas |
1. El Mandante podrá aplicar al Consultor multas por un monto de hasta 3 UTM, por cada oportunidad en que se verifique por parte del ITO municipal, la ausencia sin causa justificada del profesional asesoren terreno, dentro del horario contratado para inspeccionar al Contratista, horario que será fijado en los Términos de Referencia del llamado a licitación.
2. Podrá ser causal de aplicación de multas diarias del 3 por mil del monto neto total del contrato incluidas sus modificaciones, por el incumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases y términos de referencia, como así de cualquier cláusula del contrato.
Las multas serán descontadas de los estados de pago más próximos, o de las garantías que obren en el poder del municipio, sin apelación y forma de juicio.
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Obligaciones del Consultor. Entre Otras. |
a) Deberá ceñirse a los antecedentes integrantes del contrato, haciendo cumplir al Contratista las normas vigentes de construcción aplicables al proyecto, leyes laborales, reglamentos de servicios, ordenanzas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos de la licitación de las obras civiles, programa de avance de las obras, antecedentes todos que se entenderán conocidos por la Consultoría.
b) Le queda prohibido hacer por iniciativa propia, modificaciones o cambios en los planos y/o especificaciones de la obra, sin informar al DOM.
c) Hacer cumplir al Contratista como Subcontratista el cumplimiento a la normativa vigente relativa a la ley Nº 20.123 y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
d) Exigir al Contratista el cumplimiento de la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la ley Nº 16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios.
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Estados de Pagos |
La cancelación del contrato se realizará mediante la presentación y aprobación de 6 Estados de pago mensuales iguales cada uno de ellos.
Para que la ITO de curso a un estado de pago, el Consultor deberá adjuntar en original y dos fotocopias, los siguientes documentos:
1.Carta dirigida al ITO solicitando cancelación del estado de pago respectivo, debiendo ser ingresada la solicitud en Oficina de Partes.
2. Factura o Boleta de Honorarios según sea el caso, por separado para cada obra inspeccionada.
3. Los documentos deben ser emitidos a nombre de la Ilustre Municipalidad de Frutillar, Avda. Phillippi Nº 753, Frutillar Bajo, RUT 69.220.700-9, Giro: Servicios.
4. Carátula tipo.
5.Informe mensual de actividades realizadas.
6. Otros antecedentes que pudiera solicitar el ITO.
Una vez visado el estado de pago, el municipio remitirá los antecedentes al Gobierno Regional solicitando la transferencia de recursos para efectuar posteriormente la cancelación correspondiente.
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Recepción y Liquidación del Contrato |
Una vez concluido el plazo contractual incluida sus eventuales modificaciones, la Consultoría solicitará por escrito mediante carta dirigida al Director de Obras Municipales: la recepción del contrato, la devolución de la garantía en poder del municipio y la cancelación del último estado de pago, adjuntando la siguiente documentación en original y 2 fotocopias:
• Acta de Recepción Provisoria Sin Observaciones de la obra.
• Documentos correspondientes al último estado de pago.
• CD con fotografías finales de la obra.
El Mandante por su parte designará una Comisión de Recepción integrada por funcionarios competente sin dependientes del ITO para recibir el contrato de Consultoría. Para tal efecto, la Comisión emitirá un acta de recepción del contrato del Consultor y procederá a la devolución de la garantía por fiel cumplimiento del contrato, si en todo lo demás procediere.
Posteriormente el municipio remitirá los antecedentes al Gobierno Regional solicitando la transferencia de recursos para efectuar la cancelación correspondiente al último estado de pago, debiendo suscribirse un Acta de Liquidación del contrato.
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