Licitación ID: 2289-8-LQ20
Leaseback terrenos del municipio de Frutillar
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR, MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bancos públicos 1 Unidad
Cod: 84121502
LEASEBACK DE TERRENOS DE LA MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR; adquiridos en el año 2018, 2 hectáreas aproximadamente consistentes en 4 lotes que están inscritos en el conservador de bienes de Puerto Varas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Leaseback terrenos del municipio de Frutillar
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las empresas oferentes que cumpliendo con las Bases Administrativas, tengan las condiciones y capacidad de hacer ofertas deberán firmar con al municipio un contrato de compraventa y un contrato de arriendo con contrato de promesa de venta, de una duración equivalente al período de pago de las cuotas del Leaseback de manera de garantizar el exclusivo destino de las dependencias en licitación, para el uso y goce que la Municipalidad de Frutillar ha destinado, en las mismas condiciones en las que funciona actualmente.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
R.U.T.:
69.220.700-9
Dirección:
AVDA. ALESSANDRI S/N FRENTE A PLAZA FRUTILLAR ALTO
Comuna:
Frutillar
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-03-2020 17:30:00
Fecha de Publicación: 14-02-2020 16:16:00
Fecha inicio de preguntas: 14-02-2020 18:04:00
Fecha final de preguntas: 21-02-2020 21:04:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-02-2020 21:04:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-03-2020 17:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-03-2020 17:31:00
Fecha de Adjudicación: 27-03-2020 15:32:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO N°1 IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
2.- FORMULARIO N°2 DECLARACIÓN JURADA
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°3 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Condiciones de intereses Pje Ci= (Tip x 6)/OE 6%
2 Plazo Prepago Pje PP = (Oe x 6)/Oi 6%
3 Condiciones de comisión de prepago Pje. CP = (Vcp x 3)/OE 3%
4 Valor cuota Leaseback Co = (Omc x 85)/ OE 85%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Activo Municipal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: CARLOS ROSAS SOTO
e-mail de responsable de pago: finanzas@munifrutillar.cl
Nombre de responsable de contrato: Carlos Rosas Soto
e-mail de responsable de contrato: finanzas@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2422370-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La operación consiste en la adquisición de los inmuebles señalados por parte del banco o institución financiera adjudicada, la que deberá entregar en arrendamiento con promesa de venta a la Municipalidad de Frutillar, en los períodos estipulados en es
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: NO SE REQUIERE BOLETA DE GARANTÍA
Fecha de vencimiento: 14-02-2020
Monto: 1 %
Descripción: NO SE REQUIERE BOLETA DE GARANTÍA
Glosa: NO SE REQUIERE BOLETA DE GARANTÍA
Forma y oportunidad de restitución: NO SE REQUIERE BOLETA DE GARANTÍA
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR
Fecha de vencimiento: 11-05-2020
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: La Municipalidad queda facultada para hacer efectiva la garantía, en forma administrativa, en el evento que la Institución Financiera no cumpla con las obligaciones que adquiere en virtud de estas Bases, aclaraciones y los contratos señalados, sin necesidad de requerimiento judicial, y sin perjuicio de su derecho a demandar el cumplimiento forzado del contrato de promesa de venta más indemnización de perjuicios. Dicho documento podrá ser emitido por la misma entidad bancaria o financiera que participa, pues tratándose de un proceso especial, dichas entidades que participan pueden emitir sus propias garantías.
Glosa: Para garantizar el cumplimiento del contrato de arriendo con promesa de venta.
Forma y oportunidad de restitución: La Institución que se adjudique la propuesta deberá presentar una Boleta de Garantía Bancaria de carácter irrevocable pagadera a la Vista; Vale Vista Bancario; Póliza de Seguro de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista (Ley 20.219). Estos documentos deberán ser extendidos a nombre de la MUNICIPALIDAD DE FRUTILLAR, Rut. 69.220.700-9, con fecha de vencimiento equivalente a la duración del presente Contrato aumentado en 90 (noventa) días, para garantizar el cumplimiento del contrato de arriendo con promesa de venta. La respectiva deberá ser restituida tras cierre del plazo comprometido por el oferente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
REQUERIMIENTO DE FORMALIDAD LEGAL
Las empresas oferentes que cumpliendo con las Bases Administrativas, tengan las condiciones y capacidad de hacer ofertas deberán firmar con al municipio un contrato de compraventa y un contrato de arriendo con contrato de promesa de venta, de una duración equivalente al período de pago de las cuotas del Leaseback de manera de garantizar el exclusivo destino de las dependencias en licitación, para el uso y goce que la Municipalidad de Frutillar ha destinado, en las mismas condiciones en las que funciona actualmente.
De las condiciones de entrega del terreno
Los bienes o terrenos objeto de esta operación se entregarán en las actuales condiciones físicas existentes, pudiendo lo oferentes tomar algunos o todos en garantía, para la operación de leseaback.
Condiciones adicionales a la compraventa y arriendo del edificio o terrenos.
El adjudicatario no podrá gravar ni enajenar el inmueble sin previa autorización de la Municipalidad, dicha condición quedará expresamente establecida en el contrato de leaseback que se celebre. Asimismo, la Municipalidad durante el periodo de vigencia del contrato, podrá construir, subarrendar, entregar en comodato o en concesión los inmuebles conforme al uso y destino que le permita la Ley, y que estime conveniente, cualquiera que sea la causal que aplique para dicho término, sea por vencimiento del plazo o por término anticipado, la Municipalidad comunicará al adjudicatario la circunstancia de haberse suscrito un contrato de subarrendamiento, de comodato o de concesión y los términos convenidos.
Presentación de las ofertas
Deberán expresarse en 60 cuotas fijas en UF, mensuales y sucesivas. Dichas cuotas deberán tener incorporado ya los costos administrativos y financieros con que la Institución grava este tipo de operaciones. Se contemplará la posibilidad de un prepago voluntario una vez transcurridos 12 meses desde la celebración del contrato, a fin de ir recuperando bienes anticipadamente conforme oferta presentada, en cuyo caso la Municipalidad pagará intereses y seguros (en su caso) sólo hasta el día del pago efectivo o conforme tasas de descuentos por pronto pago, y/o condiciones que se establezcan en la oferta. En el caso de que el municipio opte por efectuar el prepago total de la deuda, el bienes o bienes podrán ir siendo inmediatamente recuperado por el Municipio haciéndose efectivo el contrato de promesa de venta, suscribiéndose el contrato de venta actuando la institución financiera como vendedora y la Municipalidad de Frutillar como compradora. El monto total de la operación solicitado en este evento, asciende a M$ 200.000.- (léase Doscientos Millones de pesos), los que deberán presentarse en el formulario Nº 3, pagadero en una única cuota.
Componentes de la oferta
La oferta que hagan las instituciones deberá considerar lo siguiente: • Oferta equivalente a las cuotas de arriendo del terreno o pago del Leaseback ofrecido. Lo anterior implica 60 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, sin perjuicio del prepago voluntario de la deuda. • Todos los costos administrativos de la operación, para cada una de las formas de pago, esto es, cuota mensual y prepago. • Tasa involucrada en la operación financiera. • Valor de las cuotas con y sin seguro, manteniendo la tasa para cada una de las alternativas. • Condiciones de pago anticipado.
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
Para la evaluación de la propuesta se tomará en consideración el siguiente factor: Monto de la renta mensual, incluidos todos los costos administrativos y operativos más impuestos e intereses y seguros en su caso.
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las propuestas se entregarán en a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta la hora y fecha indicada, disponiendo en ese portal toda la documentación en los que conste el nombre de la Institución oferente, de su representante legal y su domicilio, junto con el monto total de la oferta expresado en UF (equivalente a las 60 cuotas): * A “Documentos Administrativo - Anexos” y * B “Oferta Económica”, La omisión o no presentación de los antecedentes solicitados en los puntos 9.1 y 9.2 de estas Bases dará lugar a que la oferta de la Institución respectiva quede fuera de Base y por ende fuera de la licitación. De este hecho se dejará constancia en el Acta de Apertura.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La Municipalidad notificará por escrito a la Institución a quien se adjudique esta licitación cuando los contratos se encuentren disponibles para su firma. En esta instancia, se citará a la Institución para que firme la notificación escrita de que los contratos se encuentran en la Notaría correspondiente. A partir de esa fecha tendrá 10 días hábiles para firmar el contrato. En caso de no dar cumplimiento al plazo que se señala, la Municipalidad podrá dar término al trámite mediante Decreto Alcaldicio y hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en el punto 7.1 y se podrá proceder a adjudicar al segundo oferente adjudicado si así se estimare conveniente y así sucesivamente si el caso se repitiera con el segundo oferente, o declarar desestimadas todas las ofertas.
PAGO DEL PRECIO OFRECIDO
El pago del precio ofrecido se deberá efectuar al contado, en una cuota, una vez efectuadas las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, por la totalidad de los recursos ofertados, y/o cuando por descripción de oferta del oferente o por su propia decisión lo entere al municipio antes de esa suscripción de contratos. El adjudicatario está obligado a requerir al Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas la inscripción del dominio a su nombre, a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha en que sea autorizada la escritura pública celebrada por las partes de acuerdo a esta licitación. De igual forma deberá requerir la inscripción de la prohibición de gravar y enajenar el inmueble sin previa autorización de la Municipalidad y la inscripción del contrato de arrendamiento con opción de compra, en los Registros de Hipotecas y Gravámenes, Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas.
FORMAS DE PAGO DE LAS RENTAS DEL ARRENDAMIENTO
El pago de las Rentas de Arrendamiento se efectuará de la siguiente forma: En su equivalente en pesos, en moneda nacional, valorada al valor de la UF del día del pago, la que se pagará dentro de los quince primeros días de cada mes, de acuerdo al valor de la oferta, en 60 cuotas fijas, mensuales y sucesivas, a partir del mes de Mayo del 2020. Lo anterior se eleva a un elemento de la esencia del contrato. Los valores deberán ser expresados en UF y deberán incluir todos los impuestos, derechos, intereses, comisiones si las hubiere, tasa, permisos, impuesto territorial, seguros cuando corresponda, etc., vigentes a la fecha de presentación de la propuesta.
Prohibición de cesión.
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, sin la autorización expresa de la Municipalidad.
Del fraude y la corrupción
En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos Oferentes han incurrido en “Prácticas Corruptas”, “Prácticas Fraudulentas” o “Prácticas Colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el Mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “Práctica Corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier de cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “Práctica Fraudulenta” toda tergiversación de los hechos con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del Mandante, y por “Práctica Colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre consultores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al Mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
De la no compensación de los gastos.
Todos los gastos notariales o impuestos correspondientes al contrato, sus modificaciones, las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, u otros gastos, serán de cargo del Adjudicatario. La Municipalidad no compensará a los proponentes por los gastos en que incurran en la preparación de sus respectivas ofertas. Los documentos que contengan la información solicitada por ésta y que sean incluidos como antecedentes en las propuestas, no serán devueltos. Los oferentes no podrán reclamar su devolución ni tampoco indemnización por su retención.
Resolución de Empates
En caso de empates en el ranking final, se priorizará según aquellas propuestas que presenten mejor puntuación en el criterio" Valor cuota leaseback". Si el empate persiste, se priorizará luego según el criterio "Condiciones y oportunidad de prepago".