DECLARACIÓN JURADA DE CONFIDENCIALIDAD.- |
Por razones de seguridad inherente a la función de DICREP, los oferentes que participen de la visita a terreno y al proveedor adjudicado, se les solicitará firmar el anexo Nº 4 Declaración jurada de confidencialidad, que se adjunta.
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VISITA A TERRENO.- |
Los oferentes podrán asistir al tercer día hábil a las 10:00 horas, después de publicada la licitación, en la Unidad de Crédito Iquique, ubicada en calle Gorostiaga N° 651, Iquique.
Cualquier error de apreciación del oferente durante la visita a terreno, que encarezca las prestaciones de los servicios, será de cargo del adjudicatario y no significará un aumento del precio del contrato.
Para participar de la visita se solicitará:
a.- Nombre completo de la o las personas a concurrir y datos de contacto.
b.- Cédula de identidad vigente de cada uno de ellos.
c.- Nombre de la empresa a quien representa y RUT.
d.- Certificado de Administración extendido por Conservador de Bienes Raíces del lugar en que se constituyó la empresa o el Estatuto Actualizado del registro de empresas y sociedades, que acredite que la persona que concurre a la visita es efectivamente representante legal de la empresa, o mandato firmado por el representante legal de la empresa que autorice a la persona asistente a realizar la visita en terreno.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES.- |
El Servicio podrá modificar las presentes bases y sus anexos, durante el proceso de licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, pero si la modificación se produce dentro de los dos últimos días para presentar las ofertas, se debe ampliar el plazo en 3 (tres) días, a lo menos, con el fin de que los oferentes actualicen sus propuestas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.
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COMISIÓN EVALUADORA. - |
Para efectos del proceso de evaluación, se constituirá una Comisión Evaluadora de DICREP, a la que le corresponderá resolver en una única instancia la licitación, redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos en las que se consignarán las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
Los miembros de la Comisión Evaluadora y los referentes técnicos no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes al momento de la evaluación y deberán evaluar las propuestas para la adjudicación por parte del Jefe Superior del Servicio.
La vigencia de la Comisión será desde la fecha en que se apruebe la presente resolución y hasta 2 días después de aceptada la orden de compra o después de la fecha de la resolución que declara desierta o revoca la presente licitación, según corresponda.
La Comisión Evaluadora de esta licitación estará integrada por:
● Encargado o Encargada de la Oficina de Gestión Estratégica.
● Jefatura del Departamento Administrativo o su subrogante legal.
● Jefatura del Departamento de Crédito o su subrogante legal.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes al momento de la evaluación, en caso que lo hubiere, procederá el orden de subrogación en el orden señalado y deberán cumplirse con las obligaciones que demanda la Ley de Lobby, N.º 20.730.
En caso de la ausencia de miembro titular de la comisión evaluadora, procederá el siguiente orden de subrogación:
1. Encargado de la Oficina de Planificación y Control de Gestión o quien este designe.
2. Jefe del Departamento de Auditoría o su subrogante legal
En el caso que proceda la subrogación, deberá constar un acto administrativo que será notificado por medio del portal www.mercadopublico.cl
Presidirá la comisión evaluadora la Jefatura del Departamento Administrativo o su subrogante legal, quien levantará el informe final que deberá incluir lo señalado en el artículo 40 bis, del D.S 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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ADJUDICACIÓN Y CONTRAPARTE DE DICREP.- |
La licitación se evaluará y adjudicará, con todas las ofertas que cumplan con todos los requisitos de las bases.
El contrato de servicios de aseo se confeccionará y éste contendrá las condiciones establecidas en las presentes bases.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato se entregará según como se señala en las presentes bases.
El Administrador, Administradora o subrogante, será responsable por la ejecución, seguimiento y gestión del respectivo contrato, manteniendo el contacto con el proveedor adjudicado durante toda su vigencia y, a su vez, el proveedor adjudicado deberá remitirse a los funcionarios ya mencionados.
La forma de comunicación entre la Contraparte Técnica y el proveedor adjudicado deberá efectuarse única y exclusivamente por escrito y sobre temas que nacen de la presente licitación, tales como el control de la ejecución del contrato, cambio de trabajadores, entre otras.
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CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN.- |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, rechaza la orden de compra, no presenta la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido en las presentes bases, o no está hábil en ChileProveedores al momento de firmar el contrato, DICREP podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, siempre que DICREP lo estime adecuado a sus intereses y en el evento que no se haya dado inicio a la ejecución de los servicios.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES.- |
En caso de empate, se adjudicará al mejor porcentaje en el criterio PRECIO.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio de INCLUSIÓN CON ENFOQUE DE GÉNERO.
Si el empate persiste, prevalecerá el mejor porcentaje en el criterio CUMPLIMIENTO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.
Por último, si persiste el empate, se adjudicará al proveedor que primero ingresó su oferta al portal
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ACEPTACIÓN DE LAS BASES.- |
El solo hecho de la presentación de la oferta significa el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases y de los antecedentes que la acompañan.
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ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.- |
La acreditación de esta obligación se hará mediante certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, que deberá ser entregado al Administrador, Administradora o subrogante por el adjudicatario, conjuntamente con la factura.
El adjudicatario deberá presentar las facturas de pago mensuales junto con las copias de contrato y cotizaciones laborales pagadas del mes anterior a la prestación del servicio facturado de cada uno de los trabajadores y trabajadoras que prestaron el servicio en DICREP.
Si el adjudicatario no cumple con esta obligación, devengará las multas establecidas en estas bases. Además, DICREP procederá a retener el monto de lo adeudado y podrá pagar las remuneraciones y cotizaciones sociales de los trabajadores que se deban, en forma directa.
Esta acreditación será del personal que estrictamente cumple o cumplió funciones en la dependencia de DICREP, manteniendo las condiciones de remuneraciones brutas indicadas en el anexo correspondiente.
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VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES.- |
El administrador, administradora o subrogante podrá solicitar al proveedor adjudicado, según corresponda, copia de liquidación de sueldo de las personas que hagan aseo en la Unidad de Crédito Iquique con el fin de verificar el cumplimiento del anexo N° 3, antes de pagar la respectiva factura
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INICIO DE SERVICIOS DE ASEO.- |
El servicio comenzará una vez firmado el contrato por ambas partes y aprobado por resolución, en las fechas dispuestas en él mismo.
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DURACIÓN DEL CONTRATO.- |
El contrato tendrá una duración de 24 meses, considerando que el presupuesto es anual.
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FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DE SERVICIO. - |
Los pagos serán mensuales, para lo que el proveedor emitirá la factura una vez que el Administrador, Administradora o su subrogante, como su contraparte técnica, emita el certificado de conformidad de los servicios prestados.
Previo a la emisión del certificado de conformidad el proveedor deberá presentar los certificados de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales (F30 y F30-1).
La factura deberá ser remitida al correo electrónico dicreprecepcion@custodium.com, extendida a nombre de la Dirección General del Crédito Prendario, RUT N° 61.504.000-2, indicando en su glosa la descripción de los servicios y el número de la orden de compra respectiva. El pago de los servicios realizados será dentro de 30 días desde la recepción de la factura en la plataforma web del SII.
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Sanitización, desinsectación y desratización y acreditación.- |
Las empresas de sanitización, desinsectación y desratización, al igual que sus trabajadores, deberán estar autorizadas por la Seremi de Salud, conforme al Decreto N° 157/2005, sobre “Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico”, artículos 95° y 100°, y dar cumplimiento a las exigencias del Decreto N° 594/1999, artículos 3, 11 y 22, sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Deberá estar vigente en el catastro de empresas aplicadoras de plaguicidas de uso sanitario y doméstico.
La empresa adjudicada deberá entregar al Administrador, Administradora o subrogante, al momento de terminar la aplicación, un certificado de los tratamientos realizados, emitido por el responsable técnico.
Exigencia de documentos
El proveedor adjudicado, y antes de comenzar los trabajos de control de plagas, deberá presentar la siguiente documentación:
• Hojas de seguridad de acuerdo a la Norma chilena NCH 2245 Of. 93.
• Ficha técnica de los productos a utilizar.
• Procedimiento de ejecución.
Con respecto a la desratización, el contratista deberá adjuntar un croquis con los sectores donde se ubiquen los cebos y/o trampas.
El administrador, administradora o subrogante, como contraparte técnica, será responsable de
• No permitir que los trabajos se realicen sin los requisitos establecidos en las presentes bases, y aplicar los procedimientos de multas y otros, señalados en las presentes bases.
• Coordinar la sanitización de la unidad de crédito dentro de los primeros dos días de cada semana, frecuencia necesaria considerando las consecuencias negativas de la pandemia mundial covid-19 en nuestro país, lo cual se realizará vía correo electrónico con el proveedor adjudicado y, en caso de no ser respetado, procederán las multas que correspondan.
• Aprobar el plan de desinsectación y desratización de la unidad de crédito que el proveedor entregará para su aprobación dentro de los 7 días siguientes a la firma del contrato, además de coordinar cada una de las sesiones y, en caso de cambio de fecha de estas, deberá ser fundamentado en el correo en que se informó de este cambio al proveedor.
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MULTAS A APLICAR.- |
Las multas a aplicar al proveedor adjudicado se verificarán previo informe del administrador o subrogante, y de acuerdo a las faltas que se indica a continuación:
ítem Falta a multar No cumple con: Multa a aplicar
1 Por cada día de ausencia de trabajador de la empresa de aseo, sin que sea reemplazado. Punto 4, cláusula ANEXO de bases administrativas, en concordancia con lo ofertado en anexo 1. 5% sobre el valor mensual del servicio por cada día de ausencia.
2 Por cada semana de ausencia del Supervisor. Punto 4, cláusula ANEXO de bases administrativas, en concordancia con lo ofertado en anexo 1. 7% sobre el valor mensual del servicio, por cada semana de incumplimiento.
3 Cada incumplimiento en la realización de la desinsectación. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso tras el vencimiento del plazo acordado con el Administrador, Administradora o subrogante.
4 Cada incumplimiento en la realización de la desratización. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso tras el vencimiento del plazo acordado con el Administrador, Administradora o subrogante.
5 Cada incumplimiento en la realización de la Sanitización trimestral. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso una vez terminado el mes.
6 Cada incumplimiento en la realización de la Sanitización semanal. Punto 11 de las bases técnicas sobre control de plagas y sus exigencias. 7% sobre el valor mensual del servicio, por día de atraso tras el vencimiento del plazo acordado con el administrador, administradora o subrogante.
7 En el evento que el adjudicatario o la empresa subcontratada pierdan la certificación correspondiente a sanitización, desinsectación y desratización, durante la ejecución del trabajo en la unidad de crédito Lo señalado en los puntos 9 de las bases administrativas y 11 de las bases técnicas. 2% sobre el valor mensual del contrato.
8 Por cada uno de los demás casos de incumplimiento mensual de las obligaciones señaladas en las presentes bases imputables al proveedor adjudicado informadas por el Administrador, Administradora o subrogante. Demás faltas contempladas en bases y no indicadas en ítems precedentes. 2% sobre el valor mensual del servicio, por cada falta
En todo caso, la suma de las multas no podrán exceder más de 5 (cinco) multas en 3 (tres) meses seguidos, por configurarse causal de término anticipado.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.- |
Cuando la contraparte técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de Mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su correspondiente multa.
El proveedor podrá realizar descargos, por medio de carta certificada dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda.
En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará a la Jefatura del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y la multa que resulta aplicable, siendo notificada al proveedor vía portal.
El proveedor podrá aceptar y pagar la multa una vez notificado el acto administrativo, sin necesidad de seguir con el procedimiento señalado a continuación.
En contra de esta resolución, el proveedor podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios para fundar el recurso.
El Director General resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada, en la que podrá acoger totalmente el recurso, dejando sin efecto la multa aplicada, acoger parcialmente el recurso, modificando el monto de la multa aplicada, o bien, rechazar el recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al proveedor vía portal.
DICREP deberá informar al Registro de Proveedores la resolución que aplica multa o, si corresponde, la resolución que resuelve el recurso de reposición interpuesto en su contra, de acuerdo a lo señalado en el artículo 96 del Reglamento de la Ley de Compras Nº 19.886, contenido en el Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
En contra de la resolución que resuelve el recurso de reposición presentado no procederán más recursos.
El pago de las multas se hará por ventanilla, se expresará en pesos chilenos, y el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para pagarla a contar del término del plazo establecido para su impugnación, en caso de no interponer recurso alguno, o en caso contrario, desde la notificación que se pronuncia sobre la reposición. En de no cumplir con el pago de multas dentro del plazo señalado, el servicio no será recepcionado de manera conforme y DICREP rechazará el pago de la factura hasta que el proveedor no regularice el pago correspondiente.
De la misma forma, podrá poner término anticipado a la contratación del servicio y realizar toda acción judicial que estime conveniente a fin del resguardo de los recursos fiscales de la institución, incluyendo el cobro de la boleta de garantía situación que dará origen a que el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento en las mismas condiciones señaladas en el punto 8 de las presentes bases o bien se rechazará la factura hasta que el proveedor no regularice el pago de la multa.
No procederán estas multas si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el proveedor adjudicado y con el V°B° de la contraparte técnica. En caso de acumular más de cinco (cinco) multas en 3 (tres) meses seguidos, DICREP podrá poner término anticipado a la contratación del servicio por incumplimiento por parte de la empresa adjudicada, sin derecho a indemnización alguna en favor del proveedor.
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Modificación y término anticipado del contrato |
Causales de modificación o término anticipado del contrato:
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, como, por ejemplo, la renuncia unilateral por parte del proveedor adjudicado, la aplicación de más de cinco multas en tres meses seguidos, o bien, la pérdida de la autorización o certificación emitida por la Seremi de Salud a la empresa de sanitización, desinsectación o desratización, siempre que no fuera subsanado en un plazo superior a 20 días corridos.
c. Estado de notoria insolvencia del contratante, lo cual quedará acreditado con el inicio de un procedimiento regulado dentro de la Ley Nº 27.720.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Registrar y/o mantener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Las demás que se establezcan en estas bases de licitación.
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PROCEDIMENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.- |
Cuando la Contraparte Técnica verifique la ocurrencia de uno o más de los incumplimientos tipificados precedentemente, informará al proveedor adjudicado, por medio de carta certificada dirigida al domicilio señalado en la documentación del adjudicatario o en la registrada en el portal de mercadopublico, el detalle de los hechos que configuran el eventual incumplimiento y su decisión de dar por terminado anticipadamente el contrato.
El proveedor podrá realizar descargos por medio de carta certificada, dirigida a la Oficina de Partes de la Dirección General del Crédito Prendario, ubicada en calle San Antonio N°427, quinto piso, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar del tercer día siguiente de su recepción en la oficina de correos que corresponda.
En el caso de que el proveedor no realice descargos, los realice fuera del plazo establecido en las presentes bases, o sean desestimados por la contraparte técnica, esta última informará a la Jefatura del Departamento de Crédito para la elaboración de la resolución, la cual indicará el detalle de los hechos que configuran el incumplimiento y el termino anticipado del contrato, siendo notificada al proveedor vía portal. El acto administrativo que da por terminado anticipadamente el contrato podrá impugnarse mediante los recurso administrativos contemplados en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
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Aumento de servicios. |
Aseo, Mantención y Sanitización.-
Durante la vigencia de la prestación de servicio y en el caso de que se requieran servicios de aseo extraordinarios fuera de los mencionados en las presentes bases, por ejemplo; que un funcionario de positivo a un caso de COVID-19, razón por la cual se deba realizar un aseo y sanitización profunda de la unidad afectada, por daños producidos por alguna catástrofe, saqueo, vandalismo, incendio, inundación u otros, el Administrador, Administradora o subrogante, como contraparte técnica, podrá solicitar al proveedor adjudicado una cotización por el aumento de servicios, siendo facultad del Director General aceptar dicho presupuesto o efectuar la contratación pública por esas nuevas dependencias.
Estos servicios se sancionarán solo mediante la emisión y aceptación de la orden de compra correspondiente por parte del proveedor adjudicado.
Desinsectación y desratización.-
Si en las dependencias llegase a existir plaga de roedores o de algún insecto, y las medidas de desratización y desinsectación establecidas en las presentes bases no fueran suficientes, se deberá complementar la cantidad de aplicaciones solicitadas por aplicaciones adicionales, previa autorización del Director General.
La formalización de aumento de servicio será una vez emitida y aceptada la orden de compra por parte del proveedor, el pago será realizado dentro de los 30 días siguientes recibida la factura en el portal de SII, contra presentación del certificado de conformidad de la contraparte técnica del servicio.
La referida ampliación no puede exceder del 30% del monto adjudicado, con impuesto incluido, y no podrá extenderse más allá de la finalización de la contratación objeto de la presente licitación.
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PERSONAL DE ASEO.- |
Los trabajadores y trabajadoras del proveedor adjudicado deberán cumplir solo las obligaciones señaladas en estas bases.
El Administrador, Administradora o subrogante legal podrá solicitar al proveedor adjudicado el cambio de trabajadores o trabajadoras de aseo, solicitud debidamente fundada, por escrito y dirigida al supervisor
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CONSULTAS Y DUDAS.- |
Durante la publicación de la licitación, las consultas y dudas que se tengan al respecto sólo se aceptarán durante el período que se establece en las mismas bases de licitación, a través de la opción FORO del portal mercadopublico.cl. NO SE RESPONDERÁN CONSULTAS O DUDAS FUERA DEL FORO, NI FUERA DE PLAZO.
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CERTIFICADOS.- |
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario debe remitir a la contraparte técnica la Copia de la Inscripción, Certificado de Administración y Certificado de Vigencia de la empresa del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, o, si fuese el caso, los Estatutos Actualizados y Certificado de Vigencia del Registro de empresas en un día, con una vigencia no superior a 30 días corridos desde la emisión de estos antecedentes. Sin embargo, no será necesario remitir esta documentación en el caso de que esta conste en el portal y respeten el plazo señalado.
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